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MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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En caso de que exista empate entre dos o más oferentes, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo
puntaje hasta el máximo de decimales posibles durante la evaluación de las ofertas, se privilegiará a quien
haya obtenido el máximo puntaje, a partir de los siguientes criterios en orden de prelación sucesiva y
excluyente: - - - - - - -
Primer decimal en puntaje Final
El Oferente mejor evaluado en el criterio PRECIO
El Oferente mejor evaluado en el criterio PLAZO DE ENTREGA
El Oferente mejor evaluado en el criterio GARANTÍA
El Oferente mejor evaluado en el criterio CERTIFICADO DE REPRESENTACION Y COMPATIBILIDAD
El Oferente mejor evaluado en el criterio PROGRAMA DE INTEGRIDAD
El Oferente mejor evaluado en el criterio CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
Finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicará al oferente que primero hubiese ingresado su oferta al
portal www.mercadopublico.cl considerando en primer lugar fecha y luego hora.
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PLAZO VIGENCIA DE CONTRATO |
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El Contrato será hasta transcurrido 24 meses desde la resolución que adjudica la licitación, y regirá a partir de
la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato y su vigencia se extenderá hasta el momento del
íntegro cumplimiento de todas las obligaciones contraídas, no obstante, lo anterior y considerando la
importancia y magnitud que tiene el presente servicio y el esencial rol que cumple esta prestación hoy, por
razones de buen servicio, éstos podrán comenzar a prestarse antes de la fecha de aprobación de la
contratación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 de la Ley Nº19.880 y por considerarse servicios
críticos para la operativa clínica de la red del Servicio Salud Talcahuano.
Así mismo, podrá definirse el término anticipado del presente convenio, ya sea, por indicación Ministerial,
Subsecretaría, Dirección y/o Jefatura del Departamento solicitante, en caso que, se establezca el inicio de
Licitación Minsal que considere este tipo de servicios convenidos, para ello, operará el principio de término
Anticipado de Contrato.
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REAJUSTE DE PRECIOS |
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La presente Licitación contempla reajuste de precios dentro de su operatoria de convenio, la cual está
contemplada para un periodo de 24 meses.
Para llevar a cabo dicho procedimiento, se realizará un reajuste de precios de acuerdo a IPC (Índice General)
de acuerdo a lo siguiente:
Detalle
Reajuste
Vigencia
Diciembre 2027, contemplando periodo de vigencia desde el inicio del contrato.
Reajuste
Considera % de reajuste según IPC acumulado del periodo desde inicio de Contrato hasta el
31 de diciembre del 2026.
Aplicación
Se aplicará a valor neto por producto itemizado del Formulario Económico.
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMO TUBO CORRUGADO DESECHABLE PARA VENTILADOR MECÁNICO 2026-2027 DEPTO. SAMU”
SST. Av. Colón n°3030, Talcahuano. Fono: 2722150 Fax: 2722186, www.sstalcahuano.cl
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El reajuste quedará establecido en una nueva resolución de Modificación de Contrato y reflejadas en las
Órdenes de Compra que se comiencen a emitir una vez obtenida la variación de IPC, través de registro e
información oficial del SII.
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DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN |
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Para la presente licitación los antecedentes requeridos serán los siguientes, LOS QUE DEBEN SER INCLUIDOS
EN LA OFERTA:
a) Documentos Administrativos - - - -
Formulario N°1: Identificación del Oferente
Formulario N°2: Declaración Jurada de Socios.
Solo para aquellos proveedores que oferten en modalidad UTP, se deberá dar cumplimiento a lo
establecido en articulo N°180 y 181 bis del Decreto 661/2025. Documento público o privado que da
cuenta del acuerdo para participar como Unión Temporal de Proveedores (Sólo para quienes oferten
bajo esta modalidad).
Declaración Jurada online los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para
ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información,
www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten esta
“CONVENIO DE SUMINISTRO DE INSUMO TUBO CORRUGADO DESECHABLE PARA VENTILADOR MECÁNICO 2026-2027 DEPTO. SAMU”
SST. Av. Colón n°3030, Talcahuano. Fono: 2722150 Fax: 2722186, www.sstalcahuano.cl
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declaración, serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participaran de la evaluación de las
ofertas. -
Programa de Integridad. de Acuerdo a Articulo N°17 Decreto 661/2024, el cual será sometido a
evaluación, conforme a criterios de evaluación de la propuesta.
Se considerará que los oferentes acrediten tener un programa de integridad, y, además, que dicho Programa
es conocido por el personal del proveedor. Los oferentes que no cuenten con programas de integridad, serán
evaluados con Nota 1.0, sin perjuicio de lo que se señalará más adelante al respecto.
Se entenderá por programa de integridad, cualquier sistema de gestión que tenga como objeto prevenir,
identificar y sancionar las infracciones a las leyes, regulaciones, códigos y procedimientos internos, que tienen
lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento y de prevención de la corrupción. Para
efectos de la evaluación, dicha información será acreditada presentando a lo menos, uno de los siguientes
documentos:
a) Certificaciones en materia de cumplimiento normativo.
b) Código de ética, plan de integridad, implementado por la empresa.
c)
Capacitaciones, cursos o jornadas en materia de integridad, impartidas a todos o parte del personal que
presta servicios para la empresa, debiendo acompañar los certificados o constancias correspondientes.
Consideraciones para el declarante:
“Selecciona a la persona que firmará esta declaración jurada. Te recordamos que debe ser un Representante
Legal de tu empresa. Podrás seleccionar alguno de los Representantes Legales obtenidos del Servicio de
Impuestos Internos o agregar uno nuevo.”
La omisión de documentos técnicos y/o económicos será causal de declarar la oferta inadmisible
b) Antecedentes Técnicos (OBLIGATORIO) - -
c) - -
Formulario N°3: Especificaciones técnicas, plazo de entrega y garantía.
Formato de Ficha Técnica con imagen donde se pueda corroborar el cumplimiento de todas las
especificaciones técnicas solicitadas en el formulario N°3.
Antecedentes Económicos (OBLIGATORIO)
Formulario N°4, todos los valores presentados deberán ser en moneda nacional y en valores netos.
Ficha del portal www.mercadopublico.cl, valor total neto de los productos ofertados
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VALIDEZ DE LA OFERTA |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos desde la fecha de cierre de la recepción de ofertas
en el portal www.mercadopublico.cl. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la entidad
licitante podrá solicitar a través del portal www.mercadopublico.cl, la prórroga de las ofertas. Si alguno de los
proponentes no accediere a esta solicitud, su propuesta no será considerada en el proceso de evaluación y
adjudicación y no se le cobrará la boleta de seriedad de la oferta, si el proveedor acepta el plazo de prorroga
se somete las condiciones ya establecidas en las bases de licitación.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
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La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones
establecidos en las presentes bases de licitación (bases administrativas y términos técnicos de referencia), sin
perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con
lo establecido en las presentes bases de licitación.
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MODIFICACION DE BASES |
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La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una
consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web.
www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de
bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar
la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin
de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación, según lo señalado
en los Artículos 40 y 36 del Decreto N°661/2024.
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COMISIÓN DE EVALUACIÓN |
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La apertura en el Portal Mercado Publico, y la respectiva evaluación, calificación de las ofertas de manera
administrativa, técnica y económica estará a cargo de una Comisión de Evaluación. Esta estará integrada por
los siguientes profesionales del Servicio: - - -
Jefatura del Depto. Abastecimiento y Logística del Servicio de Salud Talcahuano
Profesional Asesor de Compras del Servicio de Salud Talcahuano
Referente Convenio de Suministro de Insumo Tubo Corrugado para Ventilador Mecánico 2026-2027
Depto. SAMU.
O quienes los subroguen o reemplacen legalmente
Los miembros de la Comisión Evaluadora conforme a lo establecido en Manual de Procedimientos de
Compras de la institución, no podrán: - - -
Tener contacto con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los
artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la Ley 19.886.
Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados, directa o indirectamente
con esta licitación, mientras integren la comisión evaluadora.
Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas
que prestan servicios de asesoría o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
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AUMENTOS Y/O DISMINUCIONES |
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El Servicio de Salud Talcahuano se reserva el derecho de aumentar o disminuir lo requerido o la disponibilidad
presupuestaria, fundadamente conforme a los intereses del Servicio de Salud Talcahuano, limitando a un
aumento o disminución de hasta 30% de las cantidades y/o montos estimados de la presente licitación,
ajustándose al presupuesto disponible. Según disponibilidad presupuestaria, sin alterar los principios de
estricta sujeción a las bases y de la igualdad de los oferentes.
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DE LA FORMA DE PAGO |
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El pago se realizará vía transferencia electrónica a través el Departamento de Finanzas del Servicio de Salud
Talcahuano, una vez recepcionados conforme los servicios prestados, por parte del referente del convenio en
el portal www.mercadopublico.cl, la cual debe ser aceptada por el proveedor dentro de las 24 horas
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siguientes al envío de ésta. El proveedor enviará el DTE a la casilla dipresrecepcion@custodium.com y debe
incluir en el Campo 801 del DTE: el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal
www.mercadopublico.cl. Asimismo, deberá considerar incluir en la glosa de la factura el detalle de los
servicios entregados y consignar el mes y año del servicio facturado.
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SANCIONES Y MULTAS |
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SANCIONES: Se entenderá por incumplimiento del contrato, si el oferente no da cumplimiento a lo estipulado
en su oferta, salvo razones de fuerza mayor, si fuese sin motivo razonable a criterio del Servicio de Salud
Talcahuano, lo que facultará al Servicio de Salud Talcahuano para aplicar las siguientes sanciones: -
Resolver unilateralmente dejar sin efecto el contrato, sin necesidad de notificación judicial ni
requerimiento de ninguna especie. - -
Exigir el cumplimiento judicial de la resolución.
Informar por escrito al Ministerio de Salud, Servicios de Salud del País y Plataforma Chile proveedores y
respecto del incumplimiento por parte del proveedor.
MULTAS:
El adjudicatario será sancionado por el Servicio Salud Talcahuano, con el pago de una multa por atraso en la
entrega de los productos, respecto al plazo de entrega indicado en su oferta.
a. La multa deberá ser solicitada al Departamento de Abastecimiento y Logística por el Administrador del
Contrato.
b. La aplicación de multas será sin prejuicio de la facultad del Mandante de poner término anticipado al
contrato en los casos previstos en él y en estas Bases.
c.
Las multas y sanciones que se deriven de los incumplimientos del proveedor establecidas en las
presentes bases se podrán hacer efectivas con cargo a la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
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TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
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De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la ley N °19.886, y el artículo 77 del reglamento de la citada ley,
el mandante podrá poner término anticipado al contrato en las siguientes causales:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor: Se entiende como
incumplimiento grave el incumplimiento de las exigencias técnicas del servicio requerido (contenido,
especificaciones técnicas, forma, detalles técnicos, plazos de ejecución de los servicios, faltas reiteradas),
según lo estipulado en las bases.
b) En todo caso, las multas cursadas al proveedor adjudicado no superaran el 30% del monto total
adjudicado.
c)
Contravención del Proveedor, en el desempeño de los servicios contratados.
d) Ejecución tardía de sus obligaciones contractuales.
e) Participar activa o pasivamente, directa o indirectamente, ejecutando u omitiendo actos o conductas que
puedan comprometer los bienes o intereses del Servicio de Salud Talcahuano y sus establecimientos
dependientes; la salud y/o seguridad de sus trabajadores; o que afecten el fiel y oportuno cumplimiento
de las Obligaciones contraídas.
f)
g)
Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las
existentes sean insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución
del contrato, con un máximo de seis meses. Si así correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta
causal, el Servicio de Salud Talcahuano podrá solicitar se le exhiba, entre otros, contratos de trabajo,
copias firmadas de las respectivas liquidaciones de remuneraciones, planillas de declaración y pago de
imposiciones previsionales, de salud y cesantía del personal, empleado en la ejecución del contrato,
registros de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado emitido por la Inspección del Trabajo
correspondiente al lugar donde se ejecuta el contrato en que conste que no tiene reclamos pendientes
con dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales por incumplimiento de los
contratos de trabajo.
h) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
i)
Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del
desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
j)
k)
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
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DESERCIÓN |
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El Servicio de Salud Talcahuano declarará inadmisible la o las ofertas cuando estas no cumplan con los
requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará a si mismo desierta la presente Licitación cuando no
se presenten ofertas o interesados; o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de este
Servicio. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada.
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REVOCACIÓN |
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Se podrá otorgar el estado de "Revocada" en aquellas situaciones donde la Licitación ya está publicada y, en
base a una decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiéndose seguir el flujo normal que conduce a
la adjudicación. Este estado es similar al estado "Desierta" pero con la salvedad de que, aun existiendo
ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por la
entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado
el procedimiento.
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SUSPENSIÓN |
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Esta instancia procederá cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan
esta medida. Este estado consiste en congelar el proceso licitatorio por un periodo determinado de tiempo y
posteriormente seguir con el curso normal de la licitación, y podrá aplicarse desde la publicación hasta la
adjudicación.
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RETROTRAER PROCESO |
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El Servicio de Salud Talcahuano, podrá, retrotraer el proceso de adjudicación, cuando se detecte un error en
el proceso de evaluación de la propuesta y/o se detecten errores, vicios u omisiones en la propuesta
adjudicada. Para dicho procedimiento se deberá publicar en la plataforma de Mercado Público, resolución
fundada dejando sin efecto la adjudicación. Una vez retrotraído el proceso, se reúne a la comisión evaluadora
para realizar un nuevo proceso de evaluación, para continuar con el proceso de adjudicación. En caso de que
se requiera dejar sin efecto todo el proceso, por errores, vicios u omisiones se revocara la propuesta, con
resolución fundada, se revisara el requerimiento y se levantara un nuevo llamado licitatorio.
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