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4.1.- Antecedentes de la oferta técnica.
La oferta técnica y las características de los procedimientos y productos químicos deberán ser coincidentes con los servicios requeridos en esta propuesta.
Se requiere el servicio de fumigación, sanitización, y desratización de los establecimientos de salud primaria de la comuna de Ovalle, llámese Postas Rurales, Cesfam y Cecosf, como también del control de Palomas cuando así corresponda y sea requerido.
Sobre la identificación de los establecimientos de salud primaria, estos son los que a continuación se detallan:
1.- DEPARTAMENTO DE SALUD E HIGIENE AMBIENTAL: Calle Gabriela Mistral N° 55, 54, y 51, Ovalle.
2.- DROGUERIA CENTRAL: El Molino esquina Potrerillos, Pobl. El Molino, Ovalle.
3.- CESFAM DR. MARCOS MACUADA OGALDE: Covarrubias N° 260, Sector Estación, Ovalle.
4.- CESFAM DR JORGE JORDAN: Av. Magallanes Moure N° 794, Pobl. Carmelitana, Ovalle.
5.- CESFAM CERRILLOS DE TAMAYA, Arturo Villalón s/n, Cerrillos de Tamaya.
6.- CESFAM SOTAQUÍ: Camino El Guindo N° 926, Sotaquí.
7.- CESFAM FRAY JORGE: Jorge Edwards N° 543, esquina Augusto D’ Halmar, Pobl. Fray Jorge, Ovalle
8.- CECOSF SAN JOSÉ DE LA DEHESA: Tomas Yagnam N° 20, Pobl. San José de la Dehesa, Ovalle.
9.- CECOSF LIMARÍ: Diaguitas N°1328, Pobl. Limarí, Ovalle
10.- CECOSF COLONIA DEL LIMARI Y BODEGA: Francisco Barraza N° 65, Pueblo de Limarí.
11.- CECOSF LOS COPIHUES: Rio Loa s/n, localidad de los Leices.
12.- S.A.R. SERVICIO DE URGENCIA DE ALTA RESOLUTIVIDAD, Prolongación Pedro Montt N°3, Ovalle.
13- CENTRO COMUNITARIO DE REHABILITACIÓN COMUNAL: Socos N° 214, Ovalle
14.- CENTRO DESARROLLA: Carmen N° 181, Ovalle.
15.- EQUIPO DE SALUD RURAL Y BODEGA DE LECHE: Santiago N°277, 2° piso, Ovalle.
16.- PSCIRCUTOPIA: Av. La Paz N° 605, Villa La Paz, Ovalle.
17.- POSTA HORNILLOS
18.- POSTA ALCONES
19.- POSTA BARRAZA
20.- POSTA LAS SOSSAS
21.- POSTA CERRO BLANCO
22.- POSTA CHALINGA
23.- POSTA CAMARICO
24.- POSTA HUAMALATA
25.- POSTA RECOLETA
4.2.- Especificaciones de oferta Técnicas.
El servicio de fumigación, sanitización, y desratización de las postas y centros señalados debe considerar, como plan de trabajo: la confección de un plano, croquis o dibujo de la distribución de las cebaderas según corresponda. Periodicidad en que se repondrán los cebos consumidos considerando que la primera revisión y reposición de cebos debe ser dentro de los 15 primeros días de realizada. En cada dependencia tratada se deben fijar sellos que identifiquen la empresa aplicadora y un certificado de atención al cliente debidamente foliado, con firma y timbre del responsable técnico. La fumigación y sanitización comprende las dependencias interiores y exteriores de los establecimientos individualizados, incorporando parte de los patios anteriores y posteriores. El equipo a usar debe ser operado por personal con conocimientos en la aplicación de los productos a utilizar, los que, en todo caso, deben aplicarse con equipos electrónicos y como segunda opción de combustión.
Para el caso de control de Palomas, la empresa deber estar registrada frente al Servicio Agrícola Ganadero del territorio regional en donde se desarrolle la acción correspondiente, o en su defecto, evidencie estar en trámite dicho proceso de validación. Este servicio se deberá realizar mediante sistemas anti posicionamiento evitando que estas se posen y aniden en áreas que afecten a personas. Para ello, la empresa deberá elaborar un informe técnico con las medidas a considerar para que la contraparte disponga de recursos y materiales para la instalación de posibles sistemas de exclusión como mallas anti anidado, pinchos o repelentes del tipo gel para evitar el reingreso de éstas a las áreas tratadas, más la aplicación de un desinfectante concentrado basado en un complejo de amonios cuaternarios de última generación, que controle y elimine microorganismos patógenos en las áreas afectadas por las fecas de las aves, a realizar por la empresa adjudicada. La eliminación de Palomas deberá contemplar técnicas de eliminación que estén consideradas dentro de los parámetros establecidos por la autoridad en la materia.
El horario en que deben efectuarse los servicios adjudicados para las postas rurales deberá ser de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas, siempre y cuando no hubiese ronda médica ni se esté atendiendo público, a excepción de la revisión de cebaderas 15 días posterior a la aplicación general del servicio. En los establecimientos Cesfam, Cecosf y otros, desde las 16:00 hrs hasta las 20:00 horas, o en su defecto, un día sábado de 09:00 a 20:00 hrs, o como sea convenido entre las partes.
Cabe señalar que dada la actual contingencia por la que atraviesa el país, y en lo particular nuestro estamento de salud, dado el rol que cumple nuestro estamento frente a la pandemia, es factible que el ITO pueda requerir de la acción de sanitización por sobre otras acciones si así se considera pertinente, dependiendo de la situación epidemiológica que presente la Comuna, o en su defecto, recurrir de manera excepcional a un refuerzo en el servicio general si así se requiere.
La oferta deberá contener el Tiempo de respuesta expresado en minutos u horas, frente a un requerimiento de los Centros de Salud, o mediante petición del ITO cuando así se determine.
En lo no contemplado expresamente en estas bases, los tratamientos deberán regirse por las normas que rigen la actividad, por las instrucciones elaboradas sobre la materia por el ministerio de salud, y por las instrucciones que al efecto entregue el inspector técnico.
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