Que
conforme lo establece el art. 79 Ter del Reglamento
N° 250/2004 que
Aprueba Reglamento de La Ley Nº19.886 de Bases Sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios,
si
el contratista no concluye los trabajos dentro del plazo contractual,
pagará una multa diaria igual a:
Multa
= 0,5 * Precio del Contrato / Total de Días Contrato (90) +
Total de Días de Prorroga (En el caso de que se extienda el plazo
según lo indicado en el punto 13 de las presentes bases).
(APLICA DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA FECHA LEGAL DE TERMINO DE LOS
TRABAJOS).
Si
el contratista no termina los trabajos en un plazo = 1,2*Total de
Días Contrato (90) +
Total de Días de Prorroga (En el caso de que se extienda el plazo
según lo indicado en el punto 13 de las presentes bases),
se aplicarán las multas correspondientes y se pondrá término
anticipado de servicio, cancelando sólo lo ejecutado.
El
contratista tendrá un plazo de máximo de 5 días para desplazar y
ubicar la maquinaría al lugar en que se desarrollará el servicio
contratado, de no cumplir será motivo de término anticipado del
servicio. El plazo señalado es a contar desde el día siguiente
que la Dirección de Obras Hidráulicas realice la entrega de
terreno.
Se
debe adjuntar Certificado de Inscripción (padrón) de la maquinaria
a utilizar. No se aceptará solicitud de primera inscripción. Si el
contratista no presenta en terreno una maquinaria de iguales o
mejores características a la maquinaria declarada (año, capacidad,
potencia, etc.), o no cumple con los requisitos de maquinaria y
personal comprometido, será motivo de término anticipado de
servicio.