Licitación ID: 1943-28-LE21
Servicio de riego plantaciones especies nativas
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 43
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Productos o servicios
1
Servicios de administración o gestión de sistemas de riego 1 Unidad no definida
Cod: 70171709
Servicio de riego para plantaciones de especies nativas en la Reserva Nacional Lago Peñuelas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de riego plantaciones especies nativas
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Servicio de riego localizado, planta a planta, en 100 hectáreas de plantaciones de especies nativas en la Reserva Nacional Lago Peñuelas ingresar valor neto por hectárea en la presentación de la oferta económica.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
V Región - Oficina Regional de Valparaiso
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Melgarejo 669, Piso 7
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-11-2021 14:30:00
Fecha de Publicación: 21-10-2021 11:48:19
Fecha inicio de preguntas: 21-10-2021 14:31:00
Fecha final de preguntas: 29-10-2021 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-11-2021 14:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-11-2021 14:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-11-2021 14:31:00
Fecha de Adjudicación: 12-11-2021 12:47:25
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 4.-1.- ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Declaraciones Juradas Simples: El oferente deberá ingresar los siguientes antecedentes: - Anexo 1. ACEPTACIÓN EXPLÍCITA DE LAS BASES DE LICITACIÓN - Anexo 2. DECLARACIÓN JURADA DEL PROVEEDOR RESPECTO A QUE NO PRESENTA DEUDA PREVISIONALES - DECLARACIÓN AUTOMÁTICA Y UNIFICADA EN EL PORTAL DEL MERCADO PÚBLICO (Nota: completar en la sección disponible en el portal www.mercadopublico.cl). Los requisitos administrativos obligatorios para ofertar están definidos en el artículo 4 de la Ley de Compras N° 19.886 y otros Cuerpos legales. El proveedor deberá completar la declaración automática y unificada en el portal www.mercadopublico.cl y así dar cumplimiento legal a los requisitos exigidos para ofertar a los organismos del Estado y que corresponden a los siguientes, a modo de información para los oferentes: 1.- El proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o el contrato)(art. 4° ley 19.886). 2.- Como persona jurídica, el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos de la Ley General de Pesca (art. 10 ley 20.393). 3.- No haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (art. 4° ley 19.886). 4.- No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (art. 26, letra d., de DL 211). 5.- El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (art. 4° ley 19.886). Los Anexos 1, 2 y la declaración automática y unificada, ambas son de suscripción obligatoria, no obstante, CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación que se haya omitida al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos formales”.
Documentos Técnicos
1.- - Anexo 3. Constancia de visita a terreno. Esta licitación contempla la obligatoriedad de realizar una visita a terreno. Para estos efectos, desde el primer día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases, y hasta 1 día antes del cierre de la licitación, los oferentes podrán realizar la visita a terreno, informando previamente su concurrencia a esta actividad al Sr. Claudio Ilabaca, Jefe del Departamento de Bosques y Cambio Climático, al correo electrónico claudio.ilabaca@conaf.cl con copia al supervisor forestal Benjamín Morales al correo benjamin.morales@conaf.cl. El horario disponible para las visitas a terreno será desde las 09:00 h y hasta las 16:00 h, de lunes a viernes y en días hábiles. Para estos efectos, se deberán cumplir los protocolos COVID-19 establecidos por la Reserva Nacional Lago Peñuelas. En esta visita CONAF levantará un acta debidamente firmada por los oferentes y/o por sus representantes (Anexo 3), el que deberá ser presentado por el oferente junto a su oferta y en caso que no se incorpore este anexo, CONAF tendrá a la vista los registros disponibles de las visitas efectuadas en este proceso. Las ofertas cuyos oferentes no hayan realizado la visita a terreno, podrán ser declaradas inadmisibles en la etapa de la evaluación de la oferta.
 
2.- - Anexo 4. Experiencia del oferente. El proveedor deberá indicar la cantidad de trabajos similares al servicio requerido, ejecutados por la empresa oferente. Se entenderá por trabajos similares a servicios de riego en plantaciones forestales, cultivos agrícolas de cualquier naturaleza, áreas verdes o paisajísticas. Para los efectos de acreditar la experiencia, el oferente deberá exhibir un listado de clientes, con sus datos de contacto, a los cuales prestó servicios de riego de plantas. Toda la información ingresada en el anexo 4 deberá ser respaldada obligatoriamente con documentos adjuntos (contratos, facturas, órdenes de compra o de trabajo, etc.). CONAF se reserva el derecho de verificar todos los antecedentes presentados. No se considerará como experiencia válida, aquellas declaradas en el anexo 4 que no adjunten documentación de respaldo, y/o presenten información incompleta. De no ingresarse este anexo, la oferta podrá declararse inadmisible en la etapa de evaluación.
 
3.- - Anexo 5. TÉCNICO INFORMATIVO Programa técnico de trabajo La propuesta de trabajo debe considerar el detalle de las actividades a realizar de acuerdo a los requerimientos técnicos y deberá incluir: Procedimiento de riego, especificaciones técnicas de los equipos e insumos, personal considerado y una programación semanal de trabajo que describa el programa de avance en hectáreas del servicio licitado. En su planificación el oferente podrá contemplar cualquiera de los regímenes de trabajo señalados a continuación. Todo lo anterior, con la finalidad de ejecutar la faena en el menor plazo posible y con el resguardo de cumplir estrictamente la normativa laboral. Opción 1: Realizar la faena en régimen de lunes a viernes de 07:30 a 18:00 horas Opción 2: Realizar la faena en régimen lunes a domingo de 07:30-18:00 horas. Se establece que el plazo máximo para la ejecución de las faenas es el 25 de noviembre de 2021, al término de este plazo CONAF emitirá informe técnico de recepción conforme y procederá al pago de lo efectivamente ejecutado. Se deja constancia que no existe posibilidad de prórroga del plazo antes señalado. El presente anexo técnico 5 requerido, es de carácter informativo y su entrega es obligatoria con toda la información solicitada. Se considera parte del cumplimiento de los requisitos formales. No obstante CONAF podrá solicitar a través de foro inverso la información contenida en este anexo, por lo cual se verá afectado el criterio de requisitos formales.
 
Documentos Económicos
1.- Presentación de oferta económica: el oferente deberá subir la oferta económica al portal de compras públicas, en la sección dispuesta para tales efectos, ingresando el valor neto por hectárea. Servicio Valor neto ($/ha) Valor total neto($/100 ha) Riego localizado La oferta debe considerar e incluir en el precio total, todos los costos asociados al servicio de riego de las plantas: agua, transporte del agua hasta la Reserva, mano de obra para la ejecución del riego y costo de personal, alimentación, elementos de seguridad, transporte, materiales y equipos a utilizar etc. como asimismo, cualquier otro costo relacionado a la prestación de servicios. Una vez adjudicada la licitación, CONAF no asumirá ningún costo adicional que el proveedor no haya incluido en su oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA DEL OFERENTE 4 o más trabajos similares: 100 Puntos; 2 o 3 trabajos similares: 75 Puntos; Un trabajo similar: 50 Puntos; No tiene experiencia valida de trabajos de ejecución de riego:0 Puntos Trabajos similares: riego en plantaciones forestales, cultivos agrícolas de cualquier naturaleza, áreas verdes o paisajísticas. 40%
2 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES •Cumple con la entrega de toda la información en los plazos establecidos:100 Puntos;• Cumple con la entrega de toda la información previa solicitud por foro inverso:0 Puntos. 15%
3 PRECIO • El factor “precio” se calculará aplicando la siguiente fórmula: Valor mínimo ofertado * 100 valor ofertado 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Fondo de Emergencia Transitorio-Ley 21.288
Monto Total Estimado: 52360000
Justificación del monto estimado Presupuesto disponible.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones 44.000.000.- Monto expresado en precio neto. Este monto es de carácter referencial y no constituye obligación alguna por parte de CONAF. No obstante, CONAF podrá rechazar en el acto de apertura, las ofertas que superen el monto informado.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: LUISA MORALES LOBOS
e-mail de responsable de pago: luisa.morales@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: Claudio Ilabaca Vergara
e-mail de responsable de contrato: claudio.ilabaca@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2320215-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACION NACIONAL FORESTAL
Fecha de vencimiento: 30-01-2022
Monto: 5 %
Descripción: El oferente podrá optar por cualquiera de los siguientes instrumentos de garantía contemplados en la ley de compras públicas y sus reglamentos: 1 Vale vista 2 Boleta de Garantía Bancaria 3 Póliza de Seguro 4 Certificado de Fianza PYME 5 Suma de 2 o más instrumentos El postulante que resulte adjudicado deberá entregar a CONAF la correspondiente garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato consistente en una garantía pagadera a la vista de carácter de irrevocable, a nombre de la Corporación Nacional Forestal, Rut 61.313.000-4, por un monto total equivalente al 5% (con impuesto incluido) del monto total adjudicado al oferente. El documento se deberá entregar dentro de los primeros 5 días hábiles siguientes a la adjudicación, entre las 09:00 y 14:00 horas, en la Oficina de Partes CONAF, ubicado en 3 Norte 555 Viña del Mar, en sobre cerrado dirigido a la JEFA DEPARTAMENTO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, indicando la leyenda “Contiene garantía de fiel cumplimiento licitación pública Servicio de riego para plantaciones de especies nativas en la Reserva Nacional Lago Peñuelas”. En caso de que el documento de garantía corresponda a una Póliza de Seguro o Certificado de Fianza, ésta podrá ser incorporada en la oferta o enviada a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl
Glosa: La garantía debe indicar en su texto lo siguiente: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública Servicio de riego para plantaciones de especies nativas en la Reserva Nacional Lago Peñuelas”
Forma y oportunidad de restitución: Se efectuará la devolución del documento a los 60 días corridos siguientes al término del contrato y previo finiquito firmado entre las partes.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN
Servicio de riego de auxilio, localizado, planta a planta, en rodales reforestados en la temporada 2021 con especies nativas en el Programa de Reconversión Silvicultural de Plantaciones Forestales de Especies Exóticas a Nativas en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, en el marco del Fondo de Emergencia Transitorio – Ley 21.288, PROGRAMA DE REACTIVACIÓN ECONÓMICA PARA PEQUEÑOS/AS Y MEDIANOS/AS PROPIETARIOS/AS FORESTALES. El objetivo de riego es apoyar el establecimiento de plantaciones en las condiciones de déficit hídrico, de acuerdo a las especificaciones técnicas contenidas en las presentes bases de licitación.
a) Apertura de las ofertas

La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema. La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.

b) Adjudicación
La adjudicación se realizará solo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan la habilidad para contratar con el Estado. En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
c) Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales requeridos y/o la garantía de fiel cumplimiento, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En este caso, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
d) Plazo de Adjudicación
Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta indicando el nuevo plazo de adjudicación.
e) Metodología de desempate
En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, el desempate se efectuará aplicando los criterios de evaluación, en un orden de mayor a menor del porcentaje de ponderación, en el siguiente orden: Precio, Experiencia del oferente. En caso de persistir el empate, será la primera oferta ingresada en el sistema www.mercadopublico.cl la que se adjudique la licitación.
f) Recepción de antecedentes
Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos o económicos. No obstante CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
g) Consultas a la adjudicación
Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 2 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación al siguiente correo: miguel.vargas@conaf.cl.
h) Cláusula de confidencialidad
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer publica cualquier información obtenida y/o entregada.
i) Orden de Compra
Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva orden de compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor en un plazo no superior a 48 horas. En caso de no aceptar la orden compra en el plazo antes indicado, CONAF podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente cancelada una vez transcurridas 24 horas de dicha solicitud.
j) Aplazamiento del cierre de la Licitación
En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse su cierre por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
k) Modificación de Bases
De ser necesario podrán modificarse las presentes Bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
l) Comisión Evaluadora
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por Jefe (a) del Departamento Finanzas y Administración o a quien designe, Jefe(a) Departamento de Áreas Silvestres Protegidas o a quien designe, Jefe(a) de la Sección Administración o a quien designe, Jefe (a) de Departamento de Bosques y Cambio Climático o a quien designe, el Jefe de la Sección de Bosque Nativo o quien designe y como Ministro de Fe y asesor de la comisión, el Jefe (a) de la Unidad de Jurídica o a quién designe. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un informe con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para el Director Regional de CONAF. Los integrantes de la comisión realizarán una declaración jurada sobre su ausencia de conflictos de interés en el proceso licitatorio; esto en virtud del Art. 37 del reglamento de la Ley 19.886 y el Art.62, N°6 dela Ley 18.575.
m) Contrato o relación contractual
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados desde la adjudicación. Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la adjudicación, la documentación necesaria para la confección de éste. Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl.
 1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
 2) Constancia de la inscripción del extracto y publicación en el diario oficial
3) Certificado de vigencia de la sociedad.
4) Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales con vigencia. La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones. Las presentes bases de licitación, sus anexos y la oferta de adjudicado, formarán parte integrante del contrato a suscribir. El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título. La garantía de fiel cumplimiento del contrato asegurará el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en él, las bases y sus anexos y, en especial, de las obligaciones que se indican a continuación:
 1. Ejecutar las actividades indicadas en el contrato, de acuerdo a los estándares de las actividades indicados en las bases y oferta técnica adjudicada.
2. Responder por daños y perjuicios que se ocasionen a bienes y/o inversiones existentes la Reserva.
 3. Incumplir por parte del contratista el pago de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.
4. Cumplir con la totalidad de lo señalado en las respectivas bases de licitación y en la oferta del proveedor. El incumplimiento de éstas y otras obligaciones establecidas en el contrato hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía indicada, pena que corresponde a la evaluación anticipada de los perjuicios producidos, sin necesidad de ningún otro trámite judicial ni extrajudicial. No obstante, de que se haya hecho efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y se decida por parte de CONAF, continuar el mismo, el proveedor del servicio deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos iniciales establecidos en las bases. "Toda controversia, divergencia o dificultad que se suscite entre el proveedor y CONAF, respecto del cumplimiento, incumplimiento, interpretación, validez, nulidad o cualquiera otra cuestión o consecuencia relacionada, tanto respecto de alguna cláusula del contrato o de las Bases referidas, que no pueda ser resuelta directamente por las partes, quedará sometida a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia de la comuna y ciudad de Viña del Mar".
n) Término anticipado del contrato
CONAF podrá poner término anticipado al contrato, por las causales que se indica a continuación, las que no son de carácter taxativo:
 1. Cualquier incumplimiento a las obligaciones establecidas en las respectivas bases de licitación y al respectivo contrato, facultará a CONAF para dar término anticipado al contrato.
 2. El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
 3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
 4. En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
 5. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
 6. Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de CONAF o de funcionarios de ésta.
 7. Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio.
 8. El haberse cursado más de cuatro multas. Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de los números 2 y 4.
o) Procedimiento de aplicación en caso de incumplimientos del contrato:
1.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará una carta certificada a la dirección indicada en el contrato, comunicando la intención de poner término anticipado al contrato.
 2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días corridos, desde el envío de la carta certificada, señalado precedentemente, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia a claudio.ilabaca@conaf.cl.
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
 4.- Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
p) Finiquito del contrato
Se procederá a elaborar el finiquito del contrato previo informe técnico de recepción conforme del Departamento de Bosques y Cambio Climático.
q) Registros de terreno
Con el fin de mantener un sistema de registro y comunicación efectiva entre la empresa adjudicataria y CONAF, respecto a la gestión de las actividades, sean estas no conformidades u otras situaciones que eventualmente surgieran en la faena, se establecerá un registro de terreno con observaciones, amonestaciones y multas, las cuales deberán ser obligatoriamente recibidas por el Supervisor de Terreno de la empresa, quien deberá dar recepción conforme a través de la firma del documento.
r) Sanciones y multas
Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas y/o en la forma en que cada caso se indica, las siguientes situaciones o incumplimientos:
 a) Causar daño o perjuicio de carácter menor según calificación de CONAF, en los recursos naturales, bienes e inversiones existentes en la Reserva. Multa 3 UF.
 b) Provocar incendio forestal. 25 UF, sin perjuicio de acciones legales que lleve a cabo CONAF.
c) Incumplimientos identificados, a través de registros de terreno de los supervisores de faena de CONAF, en las siguientes situaciones:
 i. Incumplimiento de prescripciones manejo de los residuos de cualquier naturaleza generados. 1 UF/día según se mantenga la situación detectada.
 ii. Incumplimiento de las prescripciones técnicas contenidas en las presentes bases de licitación y/o parámetros silviculturales que se deben aplicar en la ejecución de la faena 1UF/por cada situación detectada.
 iii. Manejo inadecuado de sustancias peligrosas. 2 UF/día, mientras se mantenga la situación detectada.
 iv. Efectuar reparaciones o mantenciones de maquinarias dentro de la Reserva, sin la autorización del Supervisor Forestal de CONAF, quien coordinará con la Administración de Área Protegida, o sin los protocolos y resguardos exigidos por CONAF, o en un lugar NO autorizado por CONAF : 1,5 UF /evento. Las multas aplicadas y confirmadas, serán de carácter acumulable y se descontarán en la facturación del siguiente estado de pago. El proveedor estará obligado a efectuar el descuento en la factura correspondiente.
s) Procedimiento de aplicación de las multas
En caso de que el adjudicatario incurra en uno o más incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF comunicará esta situación, a través de “Registro de Terreno con observaciones, amonestaciones o multas” dirigido al supervisor de terreno por parte de la empresa adjudicada, estando este obligado a recibir dicho documento. La aplicación de las multas, será informada a través de correo electrónico indicado en la oferta. El proveedor, tendrá un plazo de 48 horas, desde la recepción del correo, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla de correo electrónico oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia a claudio.ilabaca@conaf.cl. Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, con o sin éstos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto. Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880. Si procediere la aplicación de la multa, esta será descontada de la facturación del mes respectivo.
t) Forma de Pago
El oferente adjudicado, podrá emitir su factura una vez concluida las faenas, la que no se podrán extender más allá del 25 de noviembre 2021 y previo informe técnico de recepción conforme por parte de CONAF.
El pago se hará contra la aceptación de la factura electrónica por parte de CONAF, dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de aceptación de la factura respectiva. En la factura se debe indicar el número de la orden de compra en la referencia de ésta, para que pueda ingresar al proceso de pago y debe coincidir con la superficie del servicio recepcionado conforme por CONAF.
La factura será aceptada por CONAF previo envío de parte del contratista del F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo), del mes previo a la fecha de facturación del servicio. De no presentar la documentación señalada precedentemente, la factura será rechazada. Una vez contabilizada la factura quedará a disposición de la Tesorería General de la República para pago.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato. CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores.
En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.
u) Obligaciones generales del adjudicatario
1) El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, por los de sus trabajadores y por los de sus contratistas, subcontratistas y trabajadores de éstos. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen al predio por cuenta de aquél, bajo cualquier título.

 2) El adjudicatario deberá realizar las instalaciones de campamento que requiera para sus trabajadores, fuera de la Reserva, excepto en el área concesionada.

3) Será obligación del adjudicatario disponer o nombrar, dentro del personal que ejecutará el servicio en la Reserva, un supervisor de la faena de la Empresa, que actúe como un representante con permanencia diaria en las faenas que se ejecuten con motivo de la presente licitación, a fin de que CONAF, a través de sus funcionarios pueda entenderse, solucionar problemas que se presenten y notificar al adjudicatario de incumplimientos y no conformidades. El adjudicatario deberá identificar ante CONAF a su representante en terreno, quien debe tener capacidad de resolución y decisión para planificar, programar e informar previa y oportunamente a CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso.

 4) En el caso que el adjudicatario contrate los servicios de terceros para la ejecución de las faenas, las obligaciones estipuladas en las presentes bases serán de cumplimiento obligatorio para ellos, lo que no exime de las obligaciones contractuales al adjudicatario. CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en las faenas. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá solicitar al adjudicatario copia de las planillas de pago de las cotizaciones y comprobantes de remuneraciones mensuales que acrediten que éstas se encuentran debidamente pagadas. Así también, podrá solicitar el Libro de Asistencia en la faena.

 5) Ante cualquier problema que se suscite con terceros, se deja expresamente establecido que la relación contractual es entre CONAF y el adjudicatario.

6) La vigilancia diurna y nocturna de las instalaciones que realice el adjudicatario, así como de los bienes y productos que permanezcan en el lugar de la faena, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. Por lo que, el adjudicatario, podrá a su entero costo tener personal de vigilancia diurna y/o nocturna para los efectos de evitar vandalismo o delitos sobre sus bienes. La nómina del personal de vigilancia debe ser informada oportunamente a CONAF.

 7) En el caso de existir cercos u otra clase de infraestructura y si éstos resultan dañados como consecuencia de las faenas, éstos deberán ser reparados por el adjudicatario.

 8) En concordancia con la Ley de Bosques y su respectiva modificación efectuada por la Ley Nº 20.653, se deberá instruir a los trabajadores de la prohibición de hacer fuego y fumar dentro de la Reserva.

 9) El adjudicatario deberá cumplir con el procedimiento de seguridad y medioambiente que establece las obligaciones y responsabilidades, que en estas materias debe cumplir toda empresa que provee un servicio al interior de la Reserva y que se encuentran señaladas en el Manual de Implementación de Procedimientos de Seguridad y Medioambiente de Empresas Colaboradoras, documento que será entregado formalmente al adjudicatario al momento de la suscripción del contrato y que será exigible además a todo su personal.

10) Al término de la faena, el adjudicatario deberá entregar el área usada con sus instalaciones libres de todo residuo sólido o líquido que pueda generar un impacto ambiental y entregar el sector en las mismas condiciones en que lo recibió al inicio del contrato.

11) El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. Asimismo, cumplir con el protocolo COVID-19 para las faenas forestales en la Reserva Nacional Lago Peñuelas.

12) Si la propuesta de ejecución de faenas del adjudicatario, considera el uso de maquinaria, De acuerdo a lo establecido en el artículo 3° de la Resolución N° 389 de fecha 20 de octubre de 2015, por la cual se reglamenta y norma el uso del fuego y otras fuentes de calor en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, queda estrictamente prohibido en toda la Reserva encender fuego o la utilización de fuentes de calor. Esta misma disposición contempla una excepción para aquellas áreas explícitamente aceptadas y en aquellos lugares previamente definidos, demarcados y acondicionados por la administración de esta Área Silvestre Protegida. En consideración a lo dispuesto precedentemente, excepcionalmente se podrá autorizar la mantención o reparación de maquinaria, que genere fuentes de calor, previa autorización de CONAF y en las áreas de seguridad que para tal efecto, demarque la Corporación.

13) Además, el adjudicatario deberá dotar sin costo para los trabajadores, de los elementos de protección necesarios para proteger su integridad física de acuerdo al tipo de faena, considerando, al menos, los siguientes elementos: quepís, guantes, ropa contra agua, zapatos de seguridad, antiparras, mascarillas, bloqueador solar, entre otros.

 14) El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que impone la Ley 16.744 sobre el Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales, sus Decretos y Reglamentos, además de las Disposiciones Legales vigentes en materia de las actividades a realizar.

15) El adjudicatario velará por la correcta ejecución de los trabajos, de tal forma que se ejecuten sin accidentes, impactos y/o daños a la salud de las personas y al medioambiente.

16) El adjudicatario no podrá ejecutar más actividades administrativas que las estrictamente necesarias dentro de los recintos de CONAF.

17) El adjudicatario controlará que la instalación de faenas cumpla con las exigencias legales aplicables, especialmente en lo relacionado con el almacenamiento y disposición de materiales y sustancias peligrosas.

18) No se permitirá el consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, ni cualquier otro tipo de droga, así como tampoco, trabajadores del adjudicatario en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas al interior de la Reserva.

19) Al término del plazo de la faena, el adjudicatario dispondrá de 5 días hábiles para ejecutar todas aquellas actividades relacionadas al abandono de faena. Entre estas actividades se encuentran: a. Retiro de todo el personal desde la Reserva; b. Retiro de las instalaciones y maquinarias utilizadas en la faena desde el interior de la Reserva; c. Mejoramiento de caminos y alcantarillas si correspondiese; d. Eliminación de desechos sólidos y líquidos, etc.
v) Trabajadores dependientes del adjudicado
Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio, serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en tal calidad, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
w) Implementación de seguridad
El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
x) Otras disposiciones
Ley Subcontratación. El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena. Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato. El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de la entrega del terreno y/o suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos:
 1. Listado del personal que va a realizar el trabajo.
 2. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
 3. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
 4. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI). 5. Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
 6. Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
 7. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
8. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
9. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. 10. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
 En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.
10. ASPECTOS, DESCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES TÉCNICOS DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS 10.1 Descripción del servicio.

Las plantaciones de especies nativas que fueron establecidas durante la temporada 2021 en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, no serán manejadas bajo un esquema de riego periódico, puesto que se busca establecer plantaciones adaptadas a las condiciones locales de disponibilidad de recursos hídricos. Sin embargo, a través de esta licitación se realizará un riego de auxilio que permita mejorar las condiciones de establecimiento de las superficies plantadas al término de la temporada de plantación.

  • Riego de auxilio: corresponde a 1 riego localizado, planta a planta, que permita mejorar las condiciones de establecimiento de las superficies ejecutadas al término de la faena de plantación, para mitigar los efectos del estrés hídrico, producto de la baja disponibilidad de agua en la temporada.
  • Superficie a regar: 100 ha en la Reserva Nacional Lago Peñuelas
  • Dosis de riego: 8 litros por planta.
  • Densidad de plantas por hectárea: 696 plantas por hectárea promedio ponderado (densidades promedio por rodal y superficie de cada rodal por superficie total en donde se ejecutará  el riego localizado)

Rodal

Superficie (ha)

Densidad promedio del rodal  (pl/ha) 

Densidad pl/ha  (PROMEDIO PONDERADO)

E-1

5,27

610

32

E-189 b

3,42

660

23

E-5

20,08

615

123

Na-1

6,72

685

46

P-124

12,43

805

100

P-135

12,62

825

104

P-138

2,09

665

14

P-15

12,79

703

90

P-283

0,79

394

3

P-2A

10,94

735

80

P-47

8,79

600

53

P-49

1,98

625

12

P-8

0,44

735

3

Pp-1

1,43

880

13

Totales

100

681

696 pl/ha

Requerimientos técnicos:

-Previamente a la aplicación del riego,  se deberá hacer una cavidad circular menor (tacita) alrededor de la planta, de forma manual o herramienta, con un radio aproximado de 15 cm.

-El riego debe ser localizado, planta a planta, eficiente en términos de operatividad, para asegurar el mayor aprovechamiento del agua de riego por cada planta y no favorecer el crecimiento de vegetación herbácea competidora.

-El riego se deberá realizar con mangueras de baja presión o recipientes, de manera tal que no provoque daños a las plantas.

-Los protectores de polipropileno de cada planta, deberán quedar después de aplicado el riego, de la misma manera en que se encontraban previo a la ejecución del servicio de riego, es decir, sujetos y bien anclados al suelo.

No se aceptarán sistemas de riego por aspersión u otros sistemas similares, en que el agua no sea vertida localizadamente.

El agua para el riego debe ser proporcionada por el oferente y de fuentes externas a la Reserva Nacional Lago Peñuelas, pudiendo instalar estanques o contenedores para almacenar el agua, si así lo estimare necesario.

El servicio a ejecutar debe considerar todos los costos relacionados al riego de las plantas: agua, transporte del agua mediante camión aljibe, mano de obra para la ejecución del riego, equipos, etc.

La superficie a ejecutar se singulariza en el plano adjunto a estas bases. Se deja abierta la posibilidad de realizar eventuales cambios de zonas por ejecutar, sin que ello implique modificación de la relación contractual, siempre y cuando los cambios propuestos no superen el 20% de la superficie total licitada y sea realizado por razones técnicas que se presenten en el desarrollo de las faenas. El reemplazo específico, se hará de común acuerdo por las partes, utilizando otras zonas de similares características y quedará refrendado en el libro manifold de faenas, debidamente firmado por el supervisor de CONAF y el Supervisor y/o representante de la empresa contratista.





10.2 Régimen de días y horario de faenas.
Las faenas se podrán realizar en régimen lunes a viernes o lunes a domingo de 07:30 a 18:00 horas, según haya informado el oferente en su postulación.
10.3. Suspensión de faenas
Al iniciarse un incendio forestal dentro o en las proximidades de la Reserva, CONAF podrá suspender la faena y ordenar la evacuación del personal del adjudicatario, si las circunstancias lo aconsejan para la seguridad de las personas y los bienes. CONAF, también podrá suspender las faenas, por otras causas que comprometan la seguridad del personal que labora en la faena licitada. La faena se deberá suspender si una Resolución de la autoridad competente, así lo ordena.
10.4 Medidas de protección COVID-19
En consideración a la pandemia que actualmente se encuentra en nuestro país, COVID-19, el oferente deberá velar por el estricto cumplimiento de todas las medidas de seguridad y sanidad determinadas por el Ministerio de Salud (MINSAL) durante la ejecución de faenas así como el “Protocolo COVID-19 faenas forestales Reserva Nacional Lago Peñuelas”, desarrollado por CONAF.
10.5 LAS NORMAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS.
El adjudicatario, sus contratistas, subcontratistas y todos los trabajadores que formen parte de la faena, deberán cumplir las siguientes normas:

 1) Todo residuo generado en los trabajos propios de la faena (basuras), así como también los provenientes de vehículos o maquinarias (combustibles, petróleo, aceites usados, trapos impregnados con derivados de hidrocarburos u otros) se deberán colocar en recipientes herméticos, sellados con tapa y su disposición final será fuera de los límites de la Reserva, en rellenos autorizados por el Servicio de Salud.

 2) Se deberán instalar y mantener operativos e higienizados baños químicos y sitios de descanso adecuados para atender las necesidades de la totalidad del personal asignado a la faena.

 3) No se podrá hacer fuego bajo ninguna circunstancia.

 4) Está prohibido fumar en los lugares de faena.

 5) No se permitirá la presencia ni estadía de personas ajenas a las faenas.

 6) Queda prohibida la presencia de animales domésticos en los lugares de la faena.

 7) Queda prohibido el uso de armas de fuego y de aire comprimido, así como el uso de hondas y trampas.

 8) Se deben proteger los valores del paisaje especialmente en aquellos que limitan con sectores de uso público.

 9) Se debe cubrir el suelo, con una superficie impermeable, en el momento de realizar llenado de combustible de maquinarias (motosierras), etc.

 10) Se debe realizar la Mantención de los basureros donde se depositen los residuos generados por la faena. Estos deben ser eliminados a diario de la Reserva por parte de la empresa.

 11) Queda estrictamente prohibido cazar, matar y/o molestar a especies de fauna de todo tipo, incluyendo aves, reptiles, anfibios y mamíferos inferiores.

 12) En los rodales a manejar, el contratista deberá evitar la corta o daño de especies vegetales nativas y/o endémicas a escala regional o nacional que se encuentren en alguna categoría de amenaza para su conservación, tanto se trate de especies arbóreas o arbustivas.

 13) De ser necesario, la Administración de la Unidad desarrollará una inspección técnica de éstos sectores, y podrá determinar la ejecución de actividades de rescate o protección de estas especies. El contratista deberá cumplir las instrucciones de la administración en este sentido y permitir al personal profesional y guardaparques de la Unidad ingresar al sector para el desarrollo de esta labor.

 14) Cabe agregar que, antes del inicio de las faenas, todo el personal con el cual el adjudicatario opera al interior de la Reserva deberá asistir, junto con éste, a una exposición de inducción sobre los objetivos de la Unidad y de la importancia de los recursos naturales que se protegen y que impartirá la administración de la Reserva.

 15) Por último, el adjudicatario y su personal deberán colaborar en el rescate de especies de flora y fauna silvestre que se hallen en el área de la faena y que sean de interés para la Corporación salvaguardar para su conservación, ya sea trasladando ejemplares o bien con el cercado.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.