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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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9.2. Participantes |
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Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (numeral 3.3 de estas BA). Para este efecto, deberán presentar los siguientes documentos, según sea el caso:
• Proveedores no inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública:
Deben presentar declaraciones juradas de los Anexos Nºs 1 y 4, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
• Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación
Pública que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal:
Deben presentar declaraciones juradas de los Anexos Nºs 1 y 4, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
• Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal: No deberán presentarlas.
Las UTP deberán estar constituidas mediante escritura pública, contener las menciones mínimas establecidas en el artículo 67 bis del Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda Nº 250/04 y encontrarse vigente a la fecha de presentación de las ofertas. (punto 3.3).
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9.3. Forma de cotización |
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Los oferentes deberán presentar sus ofertas, considerando los requerimientos establecidos en las presentes BA, BT y Anexos.
En los casos en que un oferente presente más de una oferta, se escogerá aquella que resulte más conveniente para el Servicio, de acuerdo con los criterios de evaluación y las presentes bases, y los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas.
Las ofertas y sus antecedentes, se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF o imagen JPEG, GIF o PNG, en las fechas que se identifican en el numeral 3 “Etapas y Plazos” de las presentes bases de licitación. En caso de que los archivos vengan comprimidos, la oferta será declarada inadmisible. Los documentos podrán suscribirse mediante firma electrónica avanzada, ajustándose a la Ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma; o deberán ser debidamente firmados y escaneados o fotografiados. NO se aceptarán archivos con la imagen de la firma pegada, en cuyo caso la oferta será declarada inadmisible.
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:
a. Las ofertas (Anexos Nºs 1 al 4) deben emanar de quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
b. Los oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado en el numeral 3.3 de las presentes BA, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado en el artículo 62, numeral 2, del D.S. N° 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
c. En el caso de que existan diferencias entre el valor precio neto de la oferta del Anexo Nº 2 y el precio ofertado en el Comprobante de Oferta que el oferente ingrese en el portal Mercado Público, prevalecerán los señalados en el Anexo Nº 2, salvo que exista un error evidente, como por ejemplo, incluir IVA si no se ha solicitado.
d. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación señalada en el numeral 5 de estas bases, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma (Artículo 67 bis, inciso 5º, Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda).
e. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el Portal, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las ofertas, por ende se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres señalados en estas bases, con el fin de facilitar el proceso.
f. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes bases de licitación. Serán de exclusivo cargo de los oferentes, todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de los antecedentes exigidos en las bases, no siendo la Dirección de Vialidad, en ningún caso, responsable de estos.
g. En la etapa de apertura electrónica, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán derivadas a una Comisión Evaluadora, quien deberá verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes BA, BT y Anexos.
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9.4. Plazo de validez de la oferta |
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Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la licitación, en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las ofertas, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los oferentes podrán revalidar sus ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, y debiéndose ampliar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, cuando haya sido solicitada.
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9.5. Precios y Monedas |
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Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público, se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para la entrega del producto en las condiciones presentadas por las presentes bases de licitación.
Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los oferentes no contempla ningún tipo de reajuste.
Solo se aceptará una oferta por oferente, en los casos en que un oferente presente más de una oferta, los revisores de ofertas evaluarán sólo la que resulte más conveniente para el Servicio, los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente.
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9.6. Inspector Fiscal |
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Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del servicio prestado por el adjudicatario, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, designará por acto administrativo fundado, a un funcionario en calidad de Inspector Fiscal del contrato, el que tendrá las siguientes facultadas y responsabilidades:
Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales.
Levantar acta de recepción conforme del servicio.
Mantener un archivo con la totalidad de los antecedentes del Contrato.
Revisar y aprobar los documentos de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del Adjudicatario, considerando los eventuales descuentos y/o multas a que hubiere lugar. Para los fines indicados anteriormente, el adjudicatario deberá acompañar un Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo.
En general, desarrollar todas las acciones de control y gestión que faciliten la ejecución del contrato.
Proponer la aplicación de multas cuando sea procedente.
Visar documentación de pago en señal de recepción conforme del servicio.
Evaluar el comportamiento del proveedor según formato establecido por la Dirección ChileCompra
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9.7. Evaluación de antecedentes y aceptación de la propuesta |
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Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación, designada por el Director de Vialidad Región Metropolitana, mediante acto administrativo totalmente tramitado, compuesta por al menos tres funcionarios públicos y/o agentes públicos, todos de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, del Ministerio de Obras Públicas. Esta comisión, podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes, para el cumplimiento de su labor. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de las ofertas que detalle todos los aspectos considerados en la misma.
9.7.1. Procedimiento de Evaluación
a. La Comisión de Evaluación recibirá todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Portal, para su revisión y evaluación de conformidad a las presentes BA y BT.
b. La Comisión de Evaluación propondrá declarar inadmisibles:
• Las ofertas que no cumplan con la presentación de los Anexos Nºs 2 y 3, indicados en el numerales 4.1.2 y 4.1.3 por tratarse de documentos esenciales, salvo lo indicado en el punto 9.8 de estas bases de licitación.
• Las ofertas que no acompañen la garantía de seriedad de la oferta, en los términos señalados en el numeral 8.3, de estas BA.
• Las ofertas que contengan documentos comprimidos.
• Las ofertas que adjunten documentos con la imagen de la firma.
• Las ofertas y/o antecedentes confeccionados en forma manuscrita
c. La Comisión de Evaluación propondrá declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el art. 9 de la Ley Nº 19.886, en los siguientes casos:
• Cuando no se presenten ofertas, o
• Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá contener las materias señaladas en el artículo 40 bis del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
d. La Comisión de Evaluación efectuará la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios definidos en el numeral 9.7.2 de las presentes BA.
e. La Comisión de Evaluación rechazará las ofertas que NO cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las BA y BT, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 37, inciso 1º del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
f. La Comisión de Evaluación tendrá el plazo señalado en el numeral 3.8 de las presentes BA, para presentar el Acta de Evaluación de las Ofertas ingresadas en el Portal, proponiendo la adjudicación, de conformidad a lo establecido en las BA y BT, a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final.
9.7.2. Factores de Evaluación
Para la proposición de adjudicación de la licitación, las ofertas serán evaluadas, técnica y económicamente por cada ítem requerido, de conformidad a la siguiente ponderación y a los factores y puntajes que se precisan a continuación:
FACTOR PUNTAJE MÁXIMO
a) Oferta Económica 60 Puntos
b) Plazo de Ejecución del Servicio requerido 30 Puntos
c) Cumplimiento de los Requisitos Formales 10 Puntos
TOTAL 100 Puntos
El puntaje final de cada oferta resultará al sumar el puntaje obtenido por cada factor descrito, aplicadas las ponderaciones indicadas precedentemente.
a) Oferta Económica: tendrá un puntaje máximo de 60 puntos.
La Comisión evaluadora, analizará el precio que presenten las ofertas en el Anexo N°2 Oferta Económica, otorgándole puntaje al oferente, de acuerdo a la siguiente fórmula:
(Precio Mínimo Ofertado / Precio de la Oferta en análisis) x 100 x 0.60
b) Oferta Técnica – Plazo de Ejecución del Servicio requerido tendrá un puntaje máximo de 30 puntos.
La Comisión evaluadora, analizará el plazo de entrega del servicio que presenten las ofertas, en el Anexo N°3 oferta técnica otorgándole puntaje al oferente, de acuerdo a la siguiente fórmula:
(Cantidad Menor de días Ofertados / Días Ofertados en análisis) x 100 x 0.30
IMPORTANTE: DEBE INCLUIRSE EN FORMA OBLIGATORIA UNA DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO DE TABAJO POR ETAPAS QUE AVALE EL PLAZO OFERTADO.
c) Cumplimiento de los Requisitos Formales: tendrá un puntaje máximo de 10 puntos
Al Cumplimiento de Requisitos Formales se le asignará puntaje, según lo especificado en la siguiente tabla:
CRITERIO PUNTAJE
Cumple con entregar antes del cierre de recepción de ofertas en la licitación, Anexos y documentos legales que correspondan a su oferta. 10 Puntos
Cumple con entregar después, según los plazos establecidos en el punto de las Bases, las respuestas a consultas en foro inverso. 5 Puntos
El oferente no entrega algún documento o la información solicitada a través del foro inverso del Portal Mercado Público. 0 Puntos
Para determinar el puntaje de cada uno de los subfactores, se procederá de la siguiente forma:
• NOTA 1: La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, no se evaluará y se propondrá su inadmisibilidad.
• NOTA 2: En caso de que el oferente entregue el Anexo Nº 3 (Oferta Técnica) incompleto, no podrá ser evaluado y su oferta será declarada inadmisible.
• NOTA 3: En el caso de que existan diferencias entre el valor precio neto de la oferta del Anexo Nº 2 y el precio ofertado en el Comprobante de Oferta que el oferente ingrese en el portal Mercado Público, prevalecerán los señalados en el Anexo Nº 2, salvo que exista un error evidente, como por ejemplo, incluir IVA si no se ha solicitado.
• NOTA 4: En caso de incongruencia o errores aritméticos en el Anexo Nº 2 (Oferta Económica), no podrá ser evaluado y su oferta será declarada inadmisible.
En caso de que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del foro inverso del Portal Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible, siempre que se trate de antecedentes cuya presentación sea sancionada con dicha declaración. En caso contrario, tendrá cero puntos en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.
La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, NO se evaluará y se propondrá su inadmisibilidad
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9.8. Contacto en etapa de evaluación de ofertas |
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Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes, la comisión podrá solicitar a través del Foro disponible en el Portal por escrito a estos, aclaraciones, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al artículo 40 del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados en el plazo de 2 días hábiles, contados desde efectuado el requerimiento.
Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, siempre que no se vulnere el principio de igualdad de los oferentes ante las bases ni se otorgue una situación de privilegio a alguno de los oferentes.
El plazo máximo para corregir las omisiones requeridas será de 2 días hábiles, las que se contarán desde el requerimiento que se efectúe mediante el Portal.
Desde la fecha de publicación en el Portal, de la resolución que designa a los integrantes de la comisión de evaluación y hasta la adjudicación, la comisión solo podrá mantener contacto con los oferentes de la licitación para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes, que esta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos.
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9.9. Derecho a desestimar las ofertas |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando estas superen el 30% del monto estimado de la adquisición, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente. En tal caso, el oferente no podrá reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana.
En caso de desestimar las ofertas o declarar desierto el proceso, la autoridad competente de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana dictará una resolución fundada, la que será publicada en el Portal Mercado Público.
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9.10. Derecho a variación de cantidades |
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La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a disminuir o aumentar el monto original, hasta en un 30% del total, cualesquiera sean los precios y condiciones, en la adjudicación. Si al aplicar el porcentaje indicado, resulta una cifra con decimales, se asumirá la unidad superior correspondiente.
Tal variación no podrá significar una alteración del precio unitario.
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9.11. Resolución de empates |
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En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento de Factores de la Evaluación
LUGAR NOMBRE DEL FACTOR
1° Evaluación Precio
2° Evaluación Técnica Plazos
3° Cumplimiento de los Requisitos Formales
En caso de persistir la igualdad, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
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9.12. Adjudicación de la licitación |
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La adjudicación de la licitación se materializará mediante resolución fundada de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana. Formarán parte integrante de esta resolución, dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases, las presentes BA, BT y Anexos; las ofertas presentadas por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el Acta de Evaluación de Ofertas, en lo que corresponda.
El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, antes de suscribir el contrato señalado en el numeral 3.7 de las presentes BA. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforme esa Unión, deberá acreditar la inscripción precitada.
ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE, NO SE CONTRATARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE ENCUENTRE INHABILITADO PARA CONTRATAR CON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
9.12.1. Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación:
a. En caso de que el proveedor se desista de firmar el contrato
b. En caso de que el proveedor no acepte o rechace la orden de compra.
c. En caso de incumplimiento del pacto de integridad.
d. Si el oferente adjudicado NO acreditase su inscripción en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en el plazo establecido en las presentes BA.
e. Si el oferente adjudicado correspondiese a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, NO acreditasen su inscripción en el Registro anteriormente señalado.
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores hábiles, no obstante lo anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la presentación de la modificación a la escritura pública, en el plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación.
f. Si el oferente adjudicado NO cumpliese con los requisitos para contratar, establecidos en el numeral 5 de estas BA.
g. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases.
h. En caso de que el proveedor adjudicado no presente garantías exigidas en punto 8 de las presentes Bases, en caso de que hayan sido requeridas
i. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error.
j. Por la no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado.
k. En general, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente durante el presente proceso licitatorio.
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 30 días contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, y recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente y teniendo presente lo señalado en el numeral 9.15 “Readjudicación de la licitación”, de estas BA.
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9.13. Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la adjudicación por medio del correo electrónico que se indicará en la resolución de adjudicación correspondiente. Las respuestas se efectuarán por el mismo medio.
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 5 días hábiles siguientes desde la fecha de recepción de las consultas.
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9.14. Notificación y aceptación de orden de compra |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en el portal Mercado Público, la resolución objeto de la notificación.
Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar la respectiva orden de compra, remitida a través del Portal Mercado Público, en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores su fecha de envío; de lo contrario, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá cancelar dicha orden de compra
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9.15. Readjudicación de la licitación |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo establecido (cuando sea requerida), no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o se encuentre inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efectos la primera adjudicación y se procederá a readjudicar.
No obstante lo señalado precedentemente, en caso de existir un único oferente para el servicio licitado, se podrá postergar por una única oportunidad el plazo para entregar el documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato. Este hecho deberá ser expresamente autorizado por el Inspector Fiscal y obedecerá una petición formal y adecuadamente sustentada por parte del adjudicatario.
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9.16. Cesión del contrato |
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La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
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9.17. Gestión del contrato |
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a. Firma del contrato
De acuerdo con el numeral 3.7 de las presentes BA.
b. Habilidad de proveedores
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, debiendo encontrarse en calidad de Hábil.
Si durante el periodo de la contratación, el oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá regularizar su situación y Contratación Pública, en un plazo máximo de 15 días hábiles, de lo contrario, ello será causal de término anticipado al contrato.
c. Evaluación de proveedores
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, evaluará, antes de tramitar el estado de pago correspondiente, a través del Formulario establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el oferente adjudicado.
Los factores a medir, son:
• Oportunidad de entrega
• Calidad
• Cumplimiento especificaciones técnicas
• Desempeño en general
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9.18. Vigencia del contrato |
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El periodo de vigencia del contrato será máximo de seis (06) meses. El plazo de vigencia del Contrato se entenderá que comienza a regir desde el día hábil siguiente a la fecha de trámite de la Resolución que apruebe el Contrato, sin perjuicio que por razones de buen servicio, la prestación podrá iniciarse el día hábil posterior a la notificación de la adjudicación del servicio, quedando el pago pendiente hasta la total tramitación de la Resolución que apruebe el contrato.
En el caso de prórroga, deberá efectuarse en los mismos términos y condiciones del contrato original, incluyendo la mantención de la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
No obstante lo indicado se deberá de dejar constancia de la fecha de entrega del servicio, en un Acta preparada para tal efecto, la cual deberá ser firmada por el Inspector Fiscal y un representante del Oferente adjudicado.
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9.19. Plazo de entrega |
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El servicio iniciará su entrega y/o ejecución a contar del día hábil siguiente a la suscripción del Acta de Entrega de Terreno, de acuerdo con los plazos señalados en el numeral 9.18 de las BA.
Si con posterioridad a la adjudicación de la propuesta, el adjudicatario no pudiere cumplir con el inicio del servicio por causa de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificada por la Dirección, podrá solicitar una ampliación.
Esta ampliación, podrá ser solicitada antes de la fecha de vencimiento plazo de entrega original, con los antecedentes sustentatorios que lo justifiquen. No obstante lo anterior, esta solicitud, no obliga de modo alguno a la Dirección de Vialidad, siendo ésta soberana de conceder, disminuir o denegar el aumento de plazo solicitado, de lo contrario se aplicarán las multas correspondientes.
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9.20. Acreditación de cumplimientos de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social |
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El oferente deberá presentar junto con la documentación de la oferta a la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, una declaración firmada por el Representante Legal (Anexo Nº 4), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años y un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales vigente a la fecha de ingreso de las ofertas.
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse el período de ejecución del contrato.
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9.21. Condiciones de pago |
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El/los pago/s al proveedor se realizarán vía transferencia electrónica, dentro de los 30 días posteriores a la presentación de la factura por el servicio realizado, previa recepción conforme.
Las facturas electrónicas al momento de su emisión:
1. Deben indicar en las “Referencias” el código UDP 1650.
2. Deben indicar en las “Referencias” el nombre de la Unidad de Pago, que en este caso es:
1650 REG_METROP_DIRECCION_DE_VIALIDAD_.
3. Deben ser enviadas al correo electrónico: mop_dte@paperless.cl
Se establece que la Dirección de Vialidad Región Metropolitana tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme de los bienes o servicios, contados desde la fecha de recepción del documento tributario. En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado al SII de acuerdo con lo que establece la ley.
Los documentos tributarios deben ser extendidos con los siguientes antecedentes: Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS – DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Domicilio: Morandé 71, primer piso. Comuna: Santiago.
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el adjudicatario deberá verificar, antes de generar su factura, que la “Autorización Pago a través de Bancos” perteneciente a su Empresa se encuentre registrada en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
Para acceder a la plataforma de seguimiento al sitio web MOP ubicado en el siguiente enlace: https://dcyf.mop.gob.cl/Paginas/default.aspx o bien https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio e identificarse mediante ClaveÚnica y completar el formulario web.
Requisitos para crear una solicitud
Requisitos en caso de ser Persona Natural: Sólo deberá ingresar completando las credenciales de la clave única, con lo que se verificará identidad.
Requisitos en caso de ser Persona Jurídica:
Ser Representante Legal de una Empresa.
Contar con Certificado de Vigencia de Sociedad del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Contar con Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Ambos certificados hayan sido emitidos recientemente y tengan una antigüedad máxima de antigüedad máxima de 48 horas.
Crear una solicitud
Completar el formulario web indicando:
• Rut de la empresa
• Región (en la que desea agregar o revocar la cuenta)
• Correo electrónico
• Tipo de Solicitud (Agregar o Revocar cuenta)
• Cuenta
• Tipo de Cuenta
• Banco
Además, en caso de ser Persona Jurídica:
• Cargar Certificado de Vigencia de Sociedad del Registro de Comercio emitido recientemente (no más de 48 horas al ingreso de la solicitud)
• Cargar Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio emitido recientemente (no más de 48 horas al ingreso de la solicitud)
Ambos certificados pueden ser obtenidos en el sitio web del Conservador de Bienes Raíces de Santiago / Trámites en Línea /Registro de Comercio (https://www.conservador.cl/portal/)
Aprobación/Rechazo de la solicitud
Una vez verificados los datos proporcionados en la solicitud de Autorización, ésta será Aprobada o Rechazada.
La notificación del resultado de la solicitud será entregada a través del correo electrónico proporcionado en formulario web. En caso de ser aprobada, la autorización o revocación comenzará a regir a partir del tercer día hábil siguiente desde que la solicitud sea recibida en la plataforma.
La autorización comenzará a contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de recepción del documento en la Dirección de Contabilidad y Finanzas, y se otorga por un plazo indefinido, sin perjuicio de poder revocarla, notificando por escrito con a lo menos 3 días de anticipación a la fecha requerida de revocación. También será causal de expiración el cierre de la cuenta individualizada. La información que se detalla en esta autorización es de exclusiva responsabilidad del beneficiario, eximiendo a la Dirección de Contabilidad y Finanzas de toda responsabilidad por errores o imprecisiones en los datos entregados. Las personas jurídicas deberán acreditar su representación mediante los instrumentos requeridos.
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9.22. Multas, sanciones y procedimientos para su aplicación |
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Todo incumplimiento del proveedor al Contrato facultará a la Dirección de Vialidad Región Metropolitana para aplicar una o más sanciones que se indican, sin perjuicio de los otros derechos que corresponden, en especial, el de hacer efectivas las garantías que tenga constituida el proveedor en favor esta.
Se establece como unidad monetaria de multa la UTM al día de la aplicación de la misma, los montos por aplicación serán descontados del pago de la factura del mes correspondiente.
El Inspector Fiscal deberá informar a la Unidad de Gestión y Ejecución Presupuestaría R.M., para las medidas pertinentes, si existen multas relacionadas al servicio realizado.
A Daños a terceros, a la infraestructura o reclamos debidamente fundados, que serán evaluados por la contraparte técnica 1 UTM por cada evento
B
Responsabilidad por robo de especies, pérdida o daños en las instalaciones fiscales usadas como resguardo del retiro, sean estas directas o por omisión. Multa por cada hecho informado e investigado, además del costo por reposición de la especie robada o dañada. 1 UTM por cada hecho más costo reposición.
C Falta de Elementos de Protección personal requeridos 1 UTM por cada incumplimiento.
D Demora en la ejecución de los trabajos. Si existe una demora sin justificación o no aceptada por el IF, se cursará una multa diaria por cada día de retraso 1 UTM por cada día de retraso
Para el cálculo de las multas a pesos chilenos, el valor de la UTM será el que esté vigente en la fecha de incumplimiento por parte del contratista.
En caso de que la sumatoria de multas supere el 10% del valor total (IVA incluido) de la Orden de Compra, se informará lo anterior al proveedor informándole que ello constituye una falta grave y que una próxima infracción de la misma naturaleza podrá dar lugar al término anticipado del contrato por incumplimiento grave. De incurrir el proveedor por segunda vez en una infracción de esa naturaleza, la Dirección podrá realizar el término anticipado del contrato por incumplimiento grave.
La multa que corresponda será cancelada mediante Vale Vista a nombre del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS en un plazo de 10 días corridos, contados a partir de la notificación de la multa. En caso que el oferente adjudicado no entregue dicho vale vista en el plazo estipulado, el pago del servicio contratado será emitido considerando el descuento de la multa correspondiente, mediante una solicitud del Inspector Fiscal adjunta a la factura correspondiente.
La aplicación de una multa debe ser notificada por el Inspector Fiscal a la Empresa, detallando el punto de incumplimiento del contrato. En caso de que la empresa considere apelar, tendrá 3 días hábiles para presentar sus descargos formalmente al Director Regional de Vialidad. Tomando en cuenta ambos antecedentes, el Director Regional de Vialidad notificará a la empresa y al Inspector Fiscal si procede o no la aplicación de dicha multa.
9.22.1. Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
En el caso que corresponda la aplicación de una multa, el procedimiento será el siguiente:
a) El Inspector Fiscal comunicará mediante carta, oficio o correo electrónico al proveedor contratado que ha incurrido en una causal de incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica dicha medida, así como de los hechos que la configuran.
El Inspector Fiscal conocerá y analizará los descargos del proveedor, quien los podrá presentar (en soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación por la contraparte técnica. Si este último estima que aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes al Director de Vialidad, solicitando que se aplique la multa que corresponda, indicando la causal del incumplimiento, el cálculo y monto de la multa.
b) El Director de Vialidad Región Metropolitana analizará los antecedentes, y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal Mercado Público. Esta resolución deberá ser notificada por escrito a la empresa contratista, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación al Departamento de Compras y Contratación de Servicio.
c) En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el contratista podrá interponer los siguientes recursos: 1) Recurso de Reposición, ante la autoridad señalada en el numeral anterior (Director de Vialidad Región Metropolitana), y subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, ante el Director General de Obras Públicas.
d) Los recursos señalados en la letra c) anterior, deberán ser fundados e interponerse, por escrito, y conjuntamente en el mismo escrito, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que apruebe la aplicación de multa.
e) Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra c), tendrán un plazo no superior a 30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes.
f) La multa respectiva, será descontada del pago correspondiente.
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9.23. Modificación y término del contrato |
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La modificación del contrato no podrá significar una alteración del precio unitario y solo podrá realizarse en la medida en que se configuren las situaciones que se detallan a continuación:
• Para evaluar la procedencia de la modificación, se requerirá un informe en el cual el Inspector Fiscal/Contraparte Técnica correspondiente, exponga a autoridad contratante, todos los argumentos por los cuales se justifica técnica y/o económicamente la variación del requerimiento original.
• Cuando la variación implique recursos adicionales, el informe señalado en el punto precedente deberá contener la factibilidad de recursos, validada y formalizada por la Unidad de Gestión Presupuestaria.
• La Autoridad Contratante, en base al informe presentado, emitirá la conformidad o rechazo de la variación de cantidades solicitadas, dejando registro en el mismo Informe de su decisión.
• En el caso que las variaciones sean autorizadas, se procederá a formalizar mediante resolución fundada, siempre previo a cualquier ejecución.
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la materia en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Compras, contenido en el D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por “incumplimiento grave”:
a. No dar cumplimiento en la entrega o prestación del servicio de la forma requerida en las presentes bases.
b. Llevar un atraso superior a 15 días hábiles en la entrega del servicio, sin causa justificada.
c. Por la aplicación de multas reiteradas y/o superando el 25% del valor total de la adjudicación.
d. Efectuar la cesión del contrato.
e. La no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Dirección de Vialidad Región Metropolitana perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores adjudicatarios en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
e) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f) Si se disuelve la empresa adjudicada.
g) Si el adjudicatario, sus representantes, o personal dependiente, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
• Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
• Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
• Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
h) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la contraparte técnica, deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, que emita el acto administrativo correspondiente.
En estos casos de término anticipado, se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el proveedor, debiendo la Dirección de Vialidad Región Metropolitana concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana y el respectivo proveedor podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato mediante notificación por escrito, con una anticipación no inferior a 10 días.
Si la empresa es la que notifica su intención de dar término anticipado del contrato al MOP, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana hará efectiva la garantía correspondiente, en el caso de comprobarse incumplimiento del contrato.
Si es el MOP - Dirección de Vialidad Región Metropolitana, la que notifica el término anticipado de contrato dentro del plazo establecido, la empresa (contratista) no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización
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9.24. Confidencialidad y seguridad de la información |
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a) El proveedor y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización.
b) El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal institucional del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible, a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el proveedor como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio o ejecución del contrato, el MOP dará término anticipado al referido contrato, sin perjuicio de ejercer, además, las acciones legales que correspondan.
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9.25. Solución de controversias |
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Los reclamos que se susciten durante la ejecución del contrato serán presentados al Inspector Fiscal, quién los enviará, si fuere necesario, a la Unidad correspondiente para su resolución o para que se someta a la consideración del Director Regional de Vialidad Metropolitana, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director Nacional de Vialidad o Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas Región Metropolitana, según corresponda y a lo dispuesto por la Contraloría General de la República.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos.
Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo a la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la ley 19.880.
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9.26. Jurisdicción y domicilio |
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Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago de Chile y se someterán a la ley chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República.
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9.27. Interpretación e información |
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Las BA, BT y Anexos, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
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9.28. Integración al contrato |
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Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las BA, BT y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el proveedor adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases de Licitación (BA, BT y sus Anexos), las consultas, respuestas y aclaraciones (si las hubiere), la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, el contrato definitivo y la orden de compra.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
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9.29. Días inhábiles |
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Los plazos de días corridos que se establezcan en las presentes BA y BT, cuyo vencimiento recayeren en día inhábil, se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente a su vencimiento.
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9.30. Estándares de probidad |
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El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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BASES TÉCNICAS |
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“SERVICIO DE DESMONTAJE, RETIRO Y TRANSPORTE DE ESTRUCTURAS METÁLICAS DE LETREROS PUBLICITARIOS, INSTALADOS EN LA COMUNA DE COLINA,
PROVINCIA DE CHACABUCO, REGIÓN METROPOLITANA”
1. Objetivo del Servicio
Las presentes Especificaciones Técnicas tienen como objetivo la contratación del "Servicio de Desmontaje, Retiro y Transporte de Estructuras Metálicas de Letreros Publicitarios instalados en Faja de Caminos Públicos ubicados en la Comuna de Colina, Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana”, en un periodo máximo de seis (06) meses. Dicho servicio es indispensable, ya que los letreros en la comuna de Colina, Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana, en contravención de la normativa actual, sin la debida autorización de la Dirección de Vialidad, trasgrediendo la normativa vigente, el D.S. MOP 1319/77 y la Ley N° 21473 del 10/08/2022. Adicionalmente el retiro de estos letreros publicitarios tipo unipole cumplen con la solicitud de la Contraloría General de la República.
La empresa debe comprometerse a poner a disposición el servicio, en un plazo no mayor a 5 días hábiles, previa coordinación, desde la petición formal de la Inspección Fiscal que se designe una vez aceptada la Orden de Compra.
2. Servicio requerido
Se solicita el Servicio de desmontaje, retiro y transporte de letreros publicitarios que se encuentran ubicados en faja pública, de la Comuna de Colina, provincia Chacabuco, Región Metropolitana, hacia Recinto Fiscal. Como referencia de instalaciones de letrero publicitario a retirar se pueden considerar las estructuras instaladas en faja fiscal de camino público G-179, Avenida del Calle, Comuna de Colina, sector de Chicureo, provincia Chacabuco, Región Metropolitana
La ejecución de las obras debe incluir la remoción y desarme de estructuras metálicas completas incluyendo las bases y los elementos publicitarios (pantalla publicitaria)
Características de las estructuras a retirar (medidas aproximadas):
Pilar Tubular de acero de 6 metros de largo y 0,80 m de diámetro.
Doble pantalla de estructura y entramado de perfiles de acero de 8,50 m x 9,5 m.
12 focos alógenos.
Perfil tubular de acero de 8,5 m de largo y 0,30 m de diámetro.
Cabe mencionar que la Fundación de hormigón de 6 m x 2,60 m x 0,8m puesta a nivel de piso no se contempla retirar inicialmente, sin embargo, sobre ella existe una plancha base que debe ser cortada.
Las medidas de las estructuras a retirar son estimadas y se deben considerar solo como una referencia para estimar las maniobras y procedimiento de trabajo. Será responsabilidad de la empresa realizar las acciones que corresponda para ejecutar el retiro en forma adecuada, debiendo presentar a la Inspección Fiscal la metodología de trabajo para V°B° previo al inicio de las faenas.
El retiro contempla el desarme de los letreros, su traslado y disposición final (puesta en piso) en recinto fiscal, de todas las estructuras que conforma el letrero publicitario.
Las estructuras que se desarmen se deben retirar de manera íntegra (piezas modulares enteras) en cada una de sus partes, no pueden ser cortadas o destruidas.
La estructura metálica o plancha base que está empotrada en el dado de fundación debe ser cortada y retirada, de manera de imposibilitar que pueda instalarse una nueva estructura sobre ella.
El trabajo comprende además la desconexión del cableado eléctrico que alimenta de energía a las luces que iluminan estas gigantografías, para lo cual se deben realizar las gestiones que correspondan con la empresa proveedora de servicios para llevar adelante este corte y no dejar cables electrificados y que puedan generar un accidente durante la ejecución de estos trabajos de desmontaje o posterior a estas labores.
El recinto fiscal donde se dejarán las estructuras (letreros) se ubica en Alpatacal N°614, comuna de Colina. La Oficina Provincial de Chacabuco, debe entregar a la empresa y al Inspector fiscal un documento que certifique la correcta recepción de la estructura en el recinto fiscal.
Para los traslados, la empresa deberá cumplir las normas de sobrepeso y dimensión de cargas que se establecen en el DFL N° 850 y norma asociada para el traslado seguro de este tipo de estructuras y será de su responsabilidad realizar los trámites y permisos necesarios de sobre peso y sobre dimensión necesarios para el traslado de ellas.
El contratista debe contar con todos los materiales, equipos y mano de obra necesarios para la ejecución de los trabajos, considerando también equipo de protección personal para sus operarios, señalética adecuada para el área de trabajo, personal idóneo para señalización y restricción parcial o total de la calzada, utilizando los esquemas de segregación de pistas que indica el manual de carreteras de modo que se permita el transito seguro de los vehículos. El programa a presentar debe ser aprobado por el Inspector Fiscal que se designe.
En cuanto a la operación propia de equipos o maquinarias que utilice, deben estar en buen estado mecánico y de operación.
El contratista estará obligado a reponer oportunamente cualquier daño que provoque producto de su intervención tanto en elementos de la faja fiscal como de particulares.
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, tendrá la potestad de exigir todos los requerimientos de seguridad estipulados en el volumen N° 6 del Manual de Carreteras, capitulo 6.400; para este fin se le recomienda a cada contratista que participe en la presente licitación, tomar conocimiento de dicha información. La empresa adjudicada deberá presentar un esquema de desvío de transito que deberá ser visado por el Inspector Fiscal de este contrato.
Para la ejecución de estos trabajos, dado que el camino corresponde a una doble calzada con dos pistas por sentido, no se podrá suspender el tránsito del camino, por lo cual la empresa deberá presentar el esquema de desvíos a utilizar a la Inspección Fiscal para su V°B°, previo al inicio de las faenas. Considerar que los desvíos de transito se deben instalar y retirar en cada jornada de trabajo, no pudiendo quedar estos desvíos instalados si no existen trabajos de desmontajes y menos aún en las horas punta.
Se deberá informar al Inspector Fiscal las fechas y horarios de los trabajos, con al menos 3 días hábiles previos al inicio de los trabajos, para que este de su V°B°. La empresa deberá emitir carta en donde informe de estos trabajos al municipio.
Cualquier accidente que ocurra o Cualquier daño a terceros que ocasione el proceso de retiro de los letreros (desarme, traslado, disposición final, etc.), será de exclusiva responsabilidad de la empresa proveedora del servicio y los daños a terceros deberán ser repuestos sin costos para la Dirección de Vialidad y con cargo al proveedor. Y en caso de algún daño a algún servicio (gas, eléctrico, agua u otro de los privados) deberá dar aviso inmediato a la contraparte técnica con copia al Jefe Provincial Respectivo, pero será el contratista a su costo quien deberá coordinar su reparación/reposición en forma automática con la empresa del servicio afectado.
La Dirección podrá dar término anticipado a este Servicio, si sus necesidades así lo determinaran, con una anticipación de 24 hrs. Esto NO dará derecho a indemnización de ningún tipo a la empresa adjudicataria.
3. Duración del Contrato
El Contrato tendrá una vigencia máxima de seis (06) meses y éste comenzará a regir desde la fecha de tramitación de la Resolución que apruebe el contrato, sin perjuicio que por razones de buen servicio, la prestación podrá iniciarse al día hábil siguiente luego de tramitada la Resolución de Adjudicación del servicio, quedando el pago del servicio pendiente hasta la total tramitación de la Resolución que apruebe el Contrato.
4. PROCEDIMIENTO
a) El Inspector Fiscal se comunicará con la empresa para solicitar el retiro de algún letrero.
b) La empresa deberá responder y poner a disposición el servicio de retiro de letrero en coordinación con el IF. El IF fijará el día de inicio del retiro.
c) El IF debe verificar el correcto funcionamiento del servicio.
d) La empresa comunicará oportunamente cualquier novedad y asimismo entregará un informe fotográfico que avale el retiro y el total de etapas del servicio.
e) El Inspector Fiscal levanta un Acta de Recepción Conforme de Servicio y solicita a la Empresa la facturación del Servicio realizado.
f) El pago por letrero retirado será parcelado en atención a unidad de letrero retirado y responderá solo a lo efectivamente realizado hasta completar el costo del contrato. La Dirección de Vialidad Región Metropolitana se reserva el derecho de indicar los letreros a retirar, no siendo obligatorio ocupar la totalidad del monto destinado a este efecto.
5. Presupuesto
El presupuesto del Contrato será de $100.000.000.- (cien millones de pesos) IVA incluido.
El pago estará sujeto a lo efectivamente ejecutado, es decir por unidad de letrero retirado, previa aprobación del Inspector Fiscal.
Esto no implica necesariamente, que se invierta todo el presupuesto en el lapso de 06 meses del contrato.
6. Lugar de las Obras
El servicio debe ejecutarse en faja fiscal de caminos públicos de la Comuna de Colina, de la Provincia Chacabuco, Región Metropolitana.
7. Horario de Trabajo
La empresa podrá proponer el horario de trabajo para aprobación de la Inspección Fiscal, sin embargo, la empresa no podrá trabajar en los horarios de hora punta en días hábiles, de 07:00 a 09:00 hrs. en la mañana y de 17:00 a 19:30 hrs en la tarde.
8. Cobertura de los Servicios
La Empresa adjudicataria suministrará un servicio integral, el que considerará la maquinaria a utilizar, operadores, combustible, traslado de equipo al punto de trabajo y regreso, viático, colación, asistencia técnica y mecánica, equipo de reemplazo, etc. para dar continuidad al programa del servicio requerido y en general todos los insumos necesarios para garantizar el buen funcionamiento, la ejecución del presente servicio.
La empresa deberá contar con todos los elementos de seguridad personales que se requieren para este tipo de trabajo, los cuales deberán ser constantemente repuestos de acuerdo a su deterioro, lo anterior es por cuenta y cargo de la empresa contratada.
9. Tarifas
La empresa deberá ofertar por unidad de letrero desmontado, retirado, trasladado y disposición final en Recinto fiscal ($/letrero). El precio debe contemplar todo lo necesario para entregar el servicio.
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