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OBJETO DE LAS BASES |
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Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición del “SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN Y MANTENCIÓN PARA LOS EQUIPOS MÉDICOS PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA Y EX CRS” y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición.
Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas bases.
No podrá el proveedor ofertar servicios distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación.
El servicio solicitado, se encuentra detallado en las bases Técnicas de licitación.
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DISPOSICIONES PRELIMINARES |
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2.1.- De los Oferentes.
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores.
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar.
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar con el estado , a que se refiere el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases.
Los Oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los servicios y bienes que se requieren, así como de las Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el sólo hecho de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos.
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
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Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al Decreto N° 250, de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones.
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley N°20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público.
• Normas de Derecho Privado.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contrataciones Públicas.
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DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
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Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, Hospital de La Florida, Hospital o HLF: Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542, comuna de La Florida, Santiago de Chile.
• Proponente u Oferente: Persona natural o jurídica que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una oferta, en la forma y condiciones establecidas en las presentes bases.
• Oferente adjudicado: Oferente que resulta adjudicado en el proceso de licitación y, que posteriormente, prestará los servicios requeridos por el Hospital.
• Comisión de Evaluación: La comisión de análisis, evaluación y propuesta de adjudicación de licitaciones públicas y privadas, designada por el director del Hospital mediante resolución, y cuya función es recomendar fundadamente la adjudicación o declaración de desierta de un proceso licitatorio.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días corridos. En caso que el plazo de día corrido expire en días sábados, domingos o festivos se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico.
• Especificaciones Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del servicio a contratar.
• Comodato: El art. 2174 del Código Civil chileno define el comodato en los siguientes términos: “El comodato o préstamo de uso es un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, y con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso.
• Mantención Preventiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por parte de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base de protocolos definidos y cuya finalidad es adelantarse a posibles desperfectos o fallas que ocasionen mayores costos o mayores tiempos de detención de funcionamiento del equipo.
• Mantención Correctiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por parte de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base que este se origina a partir de la detección de una falla del mismo por parte de usuario y que tiene como objetivo la reparación de los equipos de manera de corregir sus desperfectos.
• Programa de Mantención: Corresponde a la programación en calendario y para la ejecución de los protocolos de mantención preventiva y se expresa en periodos o frecuencia.
• Referente Técnico: En la presente licitación pública, el referente técnico es la jefa de Equipos Médicos o quien este designe para tal efecto.
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DISPOSICIONES GENERALES |
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5.1.- Comunicaciones.
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación.
El Oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva responsabilidad de los Oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y Aclaraciones.
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl a través de foro de aclaración de bases, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas por todos los oferentes y su aplicación será obligatoria para todos ellos.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la licitación.
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases de Licitación Las Bases de Licitación se encontrarán publicadas durante treinta (30) días corridos, desde la fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl. hasta el día de cierre de las ofertas.
Visita a Terreno Todo oferente que participe en esta licitación deberá asistir a una Visita a Terreno de carácter obligatorio, la visita a terreno será en oficina de Equipos Médicos, tercer piso, ubicada en Froilán Roa 6542, La Florida.
Esta Visita se deberá realizar en la siguiente fecha y horario:
• Al sexto día hábil contado desde la publicación de la licitación a las 10:00 am en oficina de Equipos Médicos, tercer piso.
• Se permitirá solamente un margen de 5 minutos de retraso en la llegada. Aquel proveedor que se presente posterior a este tiempo, no podrá participar en la visita a terreno, siendo su oferta declarada inadmisible.
Será de exclusiva responsabilidad del oferente estar a la hora, el día y en el lugar establecido en las presentes bases.
Las ofertas de los proponentes que no participen en esta visita a terreno obligatoria, SERÁN DECLARADAS INADMISIBLES.
La visita se realizará solo en la fecha y horario establecido y solo con los participantes que se presenten en tiempo y forma, según lo establecido en el numeral 5.4.1 de estas bases.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59 horas del décimo segundo día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a través de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y Aclaraciones Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el vigésimo día corrido contado desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl,
Si el vigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
Cierre de las ofertas Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el trigésimo día corrido contado desde la publicación de bases hasta las 16:00 horas, a través de www.mercadopublico.cl,
De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el trigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura se realizará desde las 16:01 hrs de la fecha del cierre de las ofertas y hasta los diez días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de admisibilidad La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la verificación de la entrega física o electrónica del documento de garantía de seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la presentación de estos documentos y/o Anexos por algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las Ofertas La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder de 10 (diez) días hábiles.
Adjudicación de las Ofertas La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los 10 (diez) días hábiles contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del contrato El Oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.4.1.- Visita a Terreno
Todo oferente que participe en esta licitación deberá asistir a una Visita a Terreno de carácter obligatorio, en dependencias del Hospital.
Esta Visita se deberá realizar en fecha y hora señalada en el numeral 5.4 de las presentes bases.
El objeto de la visita obligatoria es que los oferentes conozcan la ubicación y el recinto donde se realizará el servicio.
Las ofertas de los proponentes que no participen en esta visita a terreno obligatoria, SERÁN DECLARADAS INADMISIBLES.
El lugar de encuentro para comenzar la visita a terreno será en la visita a terreno será en la oficina de Equipos Médicos, tercer piso, ubicada en Froilán Roa 6542, La Florida.
Durante la visita a terreno no se responderán consultas de ningún tipo sobre el proceso licitatorio ni sobre las Bases de licitación que lo sustentan. Tampoco se responderán consultas técnicas ni sobre las instalaciones visitadas. Cualquier comentario o respuesta emitida en dicha visita no será considerada como parte de este proceso ni de sus bases, ni podrá ser alegada por los oferentes como antecedente para presentar su oferta.
Las consultas derivadas de la visita a terreno deberán formularse por los oferentes solo por escrito en el portal Mercado Publico y dentro de los plazos establecidos para ello.
Para dejar constancia de su visita el oferente deberá firmar el Acta de Visita a Terreno, documento adjunto más abajo, dispuesto por Hospital durante el día de la visita. Es obligación del oferente exigir firmar este documento. El oferente que no firme el Acta de Visita a Terreno, se entenderá que no concurrió al Hospital en el día y hora señalada, declarándose INADMISIBLE SU OFERTA.
Dada la situación actual del país, por contingencia Covid-19, se aceptará solo 1 representante por empresa el cual deberá acudir con todos sus elementos de protección personal.
La visita se realizará sólo en la fecha y hora establecida y sólo con los participantes que se presenten en tiempo y forma. Se dará solo un margen de 5 minutos de atraso.
5.5.- Modalidad de Propuesta.
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores neto (sin IVA.), indicando si el servicio es Exento o afecto de IVA.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el Oferente adjudicado en la prestación de los servicios requeridos hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos, patentes, legalización de documentos, etc.
Los Oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
Se deberán, además, presentar todos los anexos solicitados los cuales deberán tener el servicio requerido claramente identificado.
5.6.- Ofertas alternativas.
Los Proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas.
Las ofertas deberán tener una validez mínima de ciento ochenta (180) días corridos, contados desde la fecha de cierre de las ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si nada señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación o no se haya firmado el contrato, por razones internas del Hospital, este podrá solicitar a los Proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los Proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Hospital y la entrega de nueva garantía.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO N°1. El Oferente tendrá el plazo de cinco (5) días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir respuesta se entenderá que el Oferente no tiene interés en perseverar con su propuesta.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del Oferente de no perseverar en la propuesta, o vencido el plazo de respuesta sin que el Oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los Proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa a declarar inadmisible la o las ofertas.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto Mínimo $200.000 (Doscientos mil pesos)
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de
ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACION PÚBLICA “SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN Y MANTENCIÓN PARA LOS EQUIPOS MÉDICOS PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA Y EX CRS”. ID: 812261-XX-LR23.” (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento.
Forma y oportunidad de
Entrega El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía a profesional a cargo Sr. Anat Silva, en la Unidad de Licitaciones, ubicada en dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida Froilán Roa 6420, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, antes del día y hora de cierre del proceso de recepción de ofertas en mercado público. Las garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a Sr. Anat silva, Unidad de Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
- GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 812261-XX-LR23 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
- IDENTIFICACION DEL OFERENTE.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y requisitos de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser presentadas en original junto a la oferta, antes del cierre de la recepción de las ofertas en mercado público.
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s) oferta(s) presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que deben ajustarse, además, a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
de La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en dependencias ubicado en Froilán Roa N° 6420, comuna La Florida, funcionan distintas dependencias del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa), este solo deberá presentar una garantía por ambas ofertas publicadas.
5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la falsedad de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción del mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y custodia de la Subdirección de Finanzas del HLF el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a través de correo electrónico al responsable de la licitación, indicando tipo de documento e identificación del proceso.
Una vez liberada la garantía desde la Unidad de Finanzas, el profesional a cargo de la licitación, informará al oferente, mediante correo electrónico, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía.
La devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro desde las dependencias del HLF.
Para el retiro se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira)
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira.
5.10.- Modificación de las Bases.
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo o no, modificar la fecha de cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del Oferente, una vez cerrada la presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto de Integridad.
El Oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El Oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El Oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El Oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El Oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El Oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El Oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El Oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El Oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LAS PROPUESTAS |
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Es responsabilidad de los Oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado en el numeral 5.4 de las presentes bases y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases, de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº 02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u otro).
Los anexos N° 01 y N°02 se deben presentar uno por cada Oferente, es decir, si un oferente presenta oferta alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA:
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL OFERENTE Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo N° 01 Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN JURADA Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo N° 02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar, este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta.
Si el oferente es una UTP (Unión Temporal de Proveedores), cada integrante de la UTP deberá presentar junto a la oferta la Declaración Jurada como oferente de forma individual junto a la oferta de la UTP antes del cierre de la Licitación.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada, aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la declaración para ofertar exigida por Ley a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberán acompañar los siguientes documentos:
Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
Si es persona jurídica:
- El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar alternativamente:
Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones vigentes.
Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
- El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la persona jurídica, y para ello deberá presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y alternativamente:
Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha de apertura de las ofertas.
Si es Unión Temporal de Proveedores:
En el caso de una unión temporal de proveedores, los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán además de las Declaraciones Juradas de cada integrante, presentar el documento que materialice la unión temporal de proveedores, según corresponda. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el Decreto Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
CARPETA TECNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con la información técnica respecto del bien y/o servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar todos los documentos, fotografías y/o certificados que respalden su información, según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03 Especificaciones Técnicas” publicado en el portal www.mercadopublico.cl. y completar con la información señalada según cumpla o no las características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan con alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS o no logren ser acreditados, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida, debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03 Especificaciones Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará a revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
04 LISTADO DE PERSONAL Documento donde el ofertante detalla el personal para efectuar los servicios y cumplir con todos los requerimientos listados en las Bases Administrativas y Técnicas. Los servicios de estos profesionales serán prestados en forma simultánea y permanente al interior del Hospital, en los horarios estipulados.
El oferente, además, debe señalar profesión tanto del personal profesional, técnico y administrativo presentado para efectuar los servicios. La profesión deberá ser comprobada a través de la presentación de Título profesional o certificado de título.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos de la evaluación.
Este documento debe adjuntar con el nombre: Anexo N°04 Listado de Personal.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará a revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
05 CERTIFICADO COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR
Documentos que indican los contratos que tenga o haya tenido del mismo rubro y envergadura del servicio requerido en la presente licitación y que certifican que el oferente ha tenido un comportamiento contractual intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la venta del mismo servicio requerido en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud Pública o Privada de Alta Complejidad, durante un mínimo de 12 meses continuos y con una cantidad mínima de 10 personas permanentes en la institución durante todo ese periodo. Si no concurren estas condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por la persona facultada para ello de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre de la Institución que adquirió el servicio. No serán considerados para la evaluación los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que tengan, respecto de la empresa o sociedad oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
Si se presentan certificaciones del propio Hospital La Florida, solo serán consideradas a evaluación las emitidas por la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital.
En consecuencia, los antecedentes y contratos del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes distintos, que hayan adquirido los insumos en los últimos 24 Meses desde el cierre de recepción de las ofertas de este proceso licitatorio.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°05 Certificado Comportamiento Contractual Anterior”.
06 CERTIFICADO DE EXPERIENCIA DEL OFERENTE Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en organismos de salud público como privado, mediante la evaluación del documento Anexo N°06 “Certificado de Experiencia del Oferente” y los respaldos de contratos y/o resoluciones de adjudicación correspondiente.
Los Anexo N°06 “Certificado de Experiencia del Oferente” presentados por los oferentes, deben corresponder a contratos por servicios del mismo rubro y envergadura requerido en la presente licitación. Para estos efectos, se considerarán del mismo rubro, los contratos referidos a los mismos servicios descritos en la presente licitación y se considerará de la misma envergadura, cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud Pública o Privada del Alta Complejidad, durante un mínimo de 12 meses continuos y con una cantidad mínima de 10 personas permanentes en la institución durante todo ese periodo.
Los certificados y otros antecedentes deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°06 “Certificado de Experiencia del Oferente”.
08 CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN Documento en el cual el oferente declara el monto liquido de los bonos entregado a cada estamento del personal ofertado.
Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre correspondiente tal, que permita su inequívoca identificación Anexo N°8 “Condiciones de empleo y remuneración”.
09 EXPERIENCIA DEL RECURSO HUMANO El oferente debe completar los años de experiencia idónea del recurso humano y acompañar documentos que acrediten de forma expresa, lo señalado (ej. currículum vitae, relación de servicios, boletas de honorarios con detalle de prestación, órdenes de compra, finiquitos, etc. Pudiendo ser valido cualquiera de ellos según sea el caso). Los documentos deben ser originales y/o estar firmados por autoridad competente de la institución que lo emite.
Solo se podrán presentar antecedentes del personal que prestarán el servicio en esta contratación, según lo indicado en el Anexo n°04: “listado del Personal” a prestar el Servicio. Si se presentan datos o antecedentes de empleados distintos a los indicados en Anexo 04, estos no serán considerados a evaluación.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos de la evaluación.
Una vez completados los datos en este anexo, debe adjuntarse el documento en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°09 Experiencia del Recurso humano “
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará a revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
10 DECLARACIÓN DE AUTORIZACIÓN DEL PERSONAL Documento en el cual el personal del servicio requerido, autoriza expresamente al proveedor a presentar toda su información y documentación requerida para participar en la presente licitación.
Se deberá presentar este anexo por cada integrante del personal que realizará el servicio, según lo indicado en el Anexo N°04 “Listado del Personal “.
Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo N° 10 “Declaración de Autorización del Personal”.
Si se trata de más de un integrante, esta declaración de autorización deberá ser firmada y entregada de forma individual por cada integrante del personal ofertado.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará a revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
11 PROCESO DE ACREDITACIÓN Participación en Acreditación Hospitalaria demostrable mediante certificados de participación satisfactoria en proceso de acreditación hospitalaria, específicamente en el ámbito de Equipamiento.
Debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°11 “Proceso de Acreditación Hospitalaria”.
12 LISTADO DE EQUIPOS/ EQUIPAMIENTO Documento que, señala el listado los equipos médicos con los que cuenta el hospital. Este documento no debe ser presentado junto a la oferta y se entiende conocido por el proveedor que se presente en este proceso.
13 DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD CON APLICACIÓN DE CÓDIGO ÉTICA PARA PROVEEDORES (DIRECTIVA N°31 CHILECOMPRA) Documento que declara la aplicación de programas de integridad de Código de ética para proveedores, correspondiente a la Directiva N°31 ChileCompra, por el proveedor y sus trabajadores.
Si no se presenta este anexo, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para proveedores, por tanto, su oferta no será evaluada en este criterio de evaluación.
Anexo N°09: Declaración jurada programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 OFERTA ECONÓMICA Documento donde se oferta el valor Mensual Unitario (sin IVA) y en pesos chilenos, indicando si el servicio es Exento o afecto de IVA. Se deben incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario en la prestación del servicio hasta su total recepción conforme, incluidos todos los seguros, fletes, impuestos y tasas, capacitación, especificaciones técnicas licencias, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica con el nombre: Anexo N°07 Oferta Económica.
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los documentos que conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados en el campo correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal, prevalecerá la oferta subida en a www.mercadopublico.cl.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará a revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Las propuestas que no cumplan o no logren acreditar alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.-Carácter de los documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo adjuntos en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o acreditar algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados, declaraciones, contratos, Ordenes de Compras, catálogos, etc. según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”, según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del documento sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
Anexo N°02 Declaración Jurada.
Anexo N°04 Listado de Personal.
Anexo N°07 Carta Oferta.
Anexo N°10 Declaración de Autorización del Personal.
Garantía de Seriedad de la Oferta.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión o aquellos documentos que no se hayan adjuntado por omisión a la oferta.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA |
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La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4 de las presentes bases, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los Oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa, técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión de Evaluación, designada por el Hospital en las presentes bases.
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DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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8.1.- Comisión de Evaluación.
La Comisión de Evaluación podrá estar integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
SDA.
SD de Área.
Jefe Abastecimiento.
Jefe Finanzas.
Jefe CR.
Jefe Contratos.
Referente/s Técnico/s.
Responsable de la licitación.
En caso de ausencia o inhabilidad de uno o más de los miembros de la comisión de evaluación, ocupará su lugar el subrogante respectivo, o el funcionario que designe la autoridad en su caso, con la finalidad que la comisión sesione con la totalidad de los miembros que la integran.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación), deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación, cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad.
Para ello, previa evaluación, cada uno de sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas. La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3 profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
SDA.
Jefe Abastecimiento.
Jefe Contratos.
La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de Evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director, quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
Errores u omisiones en documentos presentados
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
Omisión de documentos
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48 horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan; la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados a un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de todos los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de dicha sumatoria.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación, dicotómico o porcentual.
Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
Criterio Mayor Valor:((Valor Ofertado)/(Mayor Valor Ofertado))x (Puntaje del Requerimiento)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
Criterio Menor Valor:((Menor Valor Ofertado)/(Valor Ofertado))x (Puntaje del Requerimiento)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual -al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4. Criterios de Evaluación.
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN FACTOR PONDERACIÓN SUBFACTOR PONDERACIÓN PUNTAJE MÁXIMO
Cumplimiento de Requisitos Formales 1% 100
Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado 1% 100
Condiciones de empleo y remuneración 3% 100
Criterio Técnico 45% Comportamiento Contractual Anterior 10% 100
Experiencia del Oferente 10% 100
Especificaciones Técnicas 30% 100
Experiencia del Recurso Humano 35% Experiencia del Personal A 40% 100
Experiencia del Personal B 30% 100
Experiencia del Personal C 30% 100
Proceso de Acreditación 15% 100
Oferta Económica 50% 100
8.4.1 Evaluación Requisitos Formales (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, en consideración lo indicado en el acta de apertura, asignándose el siguiente puntaje al criterio:
CRITERIO PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos y anexos solicitados, en tiempo y forma. 100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma. 50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma. 0
Aquellas ofertas que no cumplan con los documentos, antecedentes o anexos de carácter esencial serán declaradas inadmisibles, de acuerdo al numeral 6.1. de las presentes bases.
Aquellas ofertas que presenten requisitos administrativos, técnicos y/o económicos de carácter subsanable observados y no rectifiquen las observaciones dentro del plazo asignado para ello, no recibirán puntaje por ese concepto, ya que se asumirá que el requisito observado no se cumple.
8.4.2. Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado (1%)
Corresponde a programas de integridad relacionadas a la contratación pública con aplicación del código de ética para proveedores dentro de la empresa y por parte de sus trabajadores, situación debidamente acreditada, a través de declaración jurada del proveedor (anexo 13), donde se señala expresamente como política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores (Directiva N°31 de ChileCompra).
Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.
De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.
Para este criterio se aplicará el mecanismo dicotómico, según la siguiente tabla y el anexo N°13:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado.
100
NO aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar.
0
8.4.3 Condiciones de empleo y remuneración (3%)
Se evaluará las condiciones de Empleo y Remuneración aplicando el mecanismo de mayor valor a la sumatoria de los bonos de cada estamento declarados en Anexo N°08.
Criterio Mayor Valor=( (Puntaje promedio oferente i)/(Mayor Puntaje Promedio Ofertado)) x (100)
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Sumatoria de los montos líquidos de cada bono de los tres estamentos (profesional, técnico y administrativo) 100
Las condiciones declaradas en este anexo, se deberán mantener durante toda la vigencia del contrato y serán comprobadas en los estados de pagos según corresponda, sin perjuicio de lo anterior, el Hospital en cualquier momento podrá verificar si se cumplen estas condiciones durante la vigencia del contrato, solicitando los antecedentes que estime conveniente al proveedor.
8.4.4 Criterio Técnico (45%)
Se evaluará el criterio de evaluación técnico a través de la sumatoria de la evaluación de los factores “Comportamiento contractual anterior” 10%, “Experiencia del oferente” 10%, “Especificaciones Técnicas” 30%, “Experiencia del Recurso Humano” 35% y “Proceso de Acreditación” 15%”.
8.4.4.1 Comportamiento Contractual Anterior (10%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo N°05, “Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, a través de contratos del mismo rubro y envergadura del servicio requerido en la presente licitación que declaren la conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni término anticipado de contrato.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a servicios prestados de semejantes características a los requeridos en la presente licitación y se considerará de la misma envergadura cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud Pública o Privada del Alta Complejidad, durante un mínimo de 12 meses continuos y con una cantidad mínima de 10 personas permanentes en la institución durante todo ese periodo. Si no concurren estas condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por la persona facultada para ello de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre de la Institución que adquirió el servicio. No serán considerados para la evaluación los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que tengan, respecto de la empresa o sociedad oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
Si se presentan certificaciones del propio Hospital La Florida, solo serán consideradas a evaluación las emitidas por la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital.
En consecuencia, los antecedentes y contratos del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes distintos, que hayan adquirido los insumos en los últimos 24 Meses desde el cierre de recepción de las ofertas de este proceso licitatorio.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°05 Certificado Comportamiento Contractual Anterior”.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 contratos 100
Presenta Certificados de 5 contratos 80
Presenta Certificados de 4 contratos 60
Presenta Certificados de 3 contratos 40
Presenta Certificados de 2 contratos 20
Presenta Certificados de 1 contrato 10
No presenta certificados o estos no pueden ser corroborados con la entidad emisora 0
8.4.4.2 Experiencia del oferente (10%)
Este factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en organismos de salud público como privado, mediante la evaluación del documento Anexo N°06 “Certificado de Experiencia del Oferente” y los respaldos de contratos y/o resoluciones de adjudicación correspondiente.
Los Anexo N°06 “Certificado de Experiencia del Oferente” presentados por los oferentes, deben corresponder a contratos por servicios del mismo rubro y envergadura requerido en la presente licitación. Para estos efectos, se considerarán del mismo rubro, los contratos referidos a los mismos servicios descritos en la presente licitación y se considerará de la misma envergadura, cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud Pública o Privada del Alta Complejidad, durante un mínimo de 12 meses continuos y con una cantidad mínima de 10 personas permanentes en la institución durante todo ese periodo.
Si no concurren estas constancias en conjunto, el comprobante de conformidad y sus correspondientes respaldos, no serán consideradas como antecedente para la Evaluación.
En consecuencia, los antecedentes que no puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación se entenderán como no presentadas, para efectos de la evaluación.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado público y SII de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones y/o empresas que hayan emitido dicha información.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 contratos que hayan adquirido los mismos servicios descritos en la presenta licitación.
Si el oferente presenta más de 6 contratos, solo se considerarán las 6 donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta 6 Certificado de Experiencia del Oferente y sus correspondientes respaldos. 100
Presenta 5 Certificado de Experiencia del Oferente y sus correspondientes respaldos. 80
Presenta 4 Certificado de Experiencia del Oferente y sus correspondientes respaldos. 60
Presenta 3 Certificado de Experiencia del Oferente y sus correspondientes respaldos. 40
Presenta 2 Certificado de Experiencia del Oferente y sus correspondientes respaldos. 20
Presenta 1 Certificado de Experiencia del Oferente y sus correspondientes respaldos. 10
No presenta Certificados o estos no pueden ser corroborados con la entidad emisora 0
8.4.4.3 Especificaciones Técnicas (30%)
El Anexo N° 03 contendrá los requisitos OBLIGATORIOS y los requisitos DESEABLES de la oferta Técnica de cada proveedor.
Se evaluarán solo los requerimientos Deseables.
Requisitos Deseables (D): Considera los requisitos que son importantes, pero que, sin embargo, su incumplimiento no afecta el funcionamiento del servicio. Se evaluarán en este criterio solo el cumplimiento de los requisitos técnicos DESEABLES especificados en el Anexo Nº 03.
Se entenderá que no cumple el requisito técnico Deseable:
Cuando no acompañe el Certificado que acredite el requisito técnico Deseable.
También se entenderá que no cumple el requisito técnico deseable, si el Certificado que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
Se evaluará a través del mecanismo de Mayor Valor respecto de la suma de puntajes obtenidos en la tabla correspondiente a cada ítem, indicadas más abajo.
PERFIL REQUISITO TÉCNICO DESEABLE PUNTAJE
SE DEBE ACREDITAR CON:
INGENIERO DE PROCESOS Manejo Nivel Intermedio Word Herramienta Microsoft Office 2 Certificación de curso o capacitación aprobada
Manejo Nivel Intermedio Excel Herramienta Microsoft Office 2 Certificación de curso o capacitación aprobada
Capacitaciones asociadas a Equipos Médicos igual o superior a 5 12 Certificación de curso o capacitación aprobada
INGENIERO SUPERVISOR Manejo Nivel Intermedio Word Herramienta Microsoft Office 2 Certificación de curso o capacitación aprobada
Manejo Nivel Intermedio Excel Herramienta Microsoft Office 2 Certificación de curso o capacitación aprobada
Personal a cargo en el último año, entre 7 y 9 personas a cargo 8 Certificado laboral de empleador
Personal a cargo en el último año, 10 y más personas a cargo 12 Certificado laboral de empleador
Capacitaciones asociadas a Equipos Médicos igual o superior a 4 10 Certificación de curso o capacitación aprobada
TÉCNICOS DIURNOS Y DE TURNO Manejo Nivel básico Word Herramienta Microsoft Office 2 Certificación de curso o capacitación aprobada
Manejo Nivel básico Excel Herramienta Microsoft Office 2 Certificación de curso o capacitación aprobada
TECNÓLOGO INFORMÁTICO BIOMÉDICO Manejo Nivel Intermedio Word Herramienta Microsoft Office 2 Certificación de curso o capacitación aprobada
Manejo Nivel Intermedio Excel Herramienta Microsoft Office 2 Certificación de curso o capacitación aprobada
Manejo nivel básico Mercado Público 8 Certificación de curso o capacitación aprobada
Curso, seminario o capacitación asociada a la gestión de compra o recepción de Equipos Médicos 8 Certificación de curso o capacitación aprobada
ADMINISTRATIVO Manejo Nivel Intermedio Word Herramienta Microsoft Office 2 Certificación de curso o capacitación aprobada
Manejo Nivel Intermedio Excel Herramienta Microsoft Office 2 Certificación de curso o capacitación aprobada
Manejo nivel básico Mercado Público 8 Certificación de curso o capacitación aprobada
TECNOLOGO INFORMÁTICO BIOMÉDICO DE APOYO Manejo Nivel Intermedio Word Herramienta Microsoft Office 2 Certificación de curso o capacitación aprobada
Manejo Nivel Intermedio Excel Herramienta Microsoft Office 2 Certificación de curso o capacitación aprobada
Manejo nivel básico Mercado Público 10 Certificación de curso o capacitación aprobada
Requisitos Obligatorios (O): Corresponden a los requisitos cuyo incumplimiento declaran a la oferta inadmisible. Bajo esta categoría se incluyen los requisitos técnicos cuyo incumplimiento impide el funcionamiento requerido, no cumple con lo requerido por el Hospital o producen una falta a las normas de seguridad vigente.
Las propuestas que no cumplan con alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Se entenderá que no cumplen los requisitos técnicos Obligatorios:
Cuando no acompañe el documento, fotografía y/o certificado que acredite los requisitos técnicos.
También se entenderá que no cumple los requisitos técnicos Obligatorios, si el documento, fotografía y/o certificado que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
8.4.4.4 Experiencia del Recurso Humano (35%)
El factor de evaluación de Experiencia del Recurso Humano se evaluará a través de los subfactores “Experiencia del Personal A”, “Experiencia del Personal B” y “Experiencia del Personal C”, otorgando una ponderación de 40%, 30% y 30% del total respectivamente.
8.4.4.4.1 Experiencia del Personal A
Se evaluará “Experiencia del Personal A” aplicando el mecanismo Tabulación. El puntaje final será el promedio de los puntajes evaluados.
Se asignará puntaje a razón de la experiencia de los profesionales de los perfiles: “Ingeniero de Procesos”, “Ingeniero Supervisor”, “Administrativo” y “Tecnólogo Informático Biomédico de Apoyo” en base a la documentación entregada como respaldo según Anexo N°09.
A cada profesional de estos perfiles, se le asignará un puntaje según la siguiente tabla:
EXPERIENCIA DEL RECURSO HUMANO (Anexo N°09) PUNTAJE RESPALDO
Acredita experiencia profesional igual a 7 años o más 100 Certificado laboral, relación de servicios o finiquitos
Acredita experiencia profesional igual o mayor a 5 años y menor a 7 años 50
Experiencia profesional menor a 5 años o No acredita experiencia 0
8.4.4.4.2 Experiencia del Personal B
Se evaluará “Experiencia del Personal B” aplicando el mecanismo de tabulación. El puntaje final será el promedio de los puntajes evaluados.
A cada profesional evaluado de este perfil, se le asignará un puntaje según la siguiente tabla:
EXPERIENCIA DEL RECURSO HUMANO (Anexo N°09) PUNTAJE RESPALDO
Acredita experiencia igual a 7 años o más 100 Certificado laboral, relación de servicios, finiquitos
Acredita experiencia igual o mayor a 4 años y menor a 7 años 50
Experiencia menor a 4 años o no acredita experiencia 0
8.4.4.4.3 Experiencia del Personal C
Se evaluará “Experiencia del Personal C” aplicando el mecanismo de tabulación. El puntaje final será el promedio de los puntajes evaluados.
Se asignará puntaje a razón de la experiencia de los profesionales del perfil: “Tecnólogo Informático Biomédico”, en base a la documentación entregada como respaldo según Anexo N°09.
A cada profesional de este perfil, se le asignará un puntaje según la siguiente tabla:
EXPERIENCIA DEL RECURSO HUMANO (Anexo N°09) PUNTAJE RESPALDO
Acredita experiencia igual a 2 años o más 100 Certificado laboral, relación de servicios, finiquitos
Acredita experiencia igual o mayor a 1 años y menor a 2 años 50
Experiencia menor a 1 año o no acredita experiencia 0
Solo se podrán presentar antecedentes del personal que prestará el servicio en esta contratación, según lo indicado en el Anexo n°04: “Listado del Personal”. Si se presentan datos o antecedentes de empleados distintos a los indicados en Anexo 04, estos no serán considerados a evaluación.
8.4.4.5 Proceso de acreditación (15%)
Participación en Acreditación Hospitalaria demostrable mediante certificados de participación satisfactoria en proceso de acreditación hospitalaria, específicamente en el ámbito de Equipamiento.
Certificado Puntaje
Presenta 2 o más certificados 100
Presenta 1 Certificado 50
No presenta certificado 0
8.4.5 Evaluación Económica (50%)
Se debe ofertar en Anexo N°7 el monto total mensual de los servicios licitados.
Para efectos de discriminar entre las ofertas, se aplicará el Criterio de Menor Valor, al valor ofertado mensual por el servicio en Anexo N°7.
REQUERIMIENTO MEDICION PUNTAJE
Valor mensual ofertado en Anexo Nº07 Criterio Menor Valor 100
Menor Precio:((Menor Precio Ofertado)/(Precio Ofertado))x 100
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
8.5.- Situación de Empate:
En caso que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes criterios:
Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en criterio técnico.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor Especificaciones Técnicas.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor Experiencia del Recurso Humano.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor Comportamiento Contractual anterior.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor Proceso de Acreditación.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor experiencia del oferente.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio económico.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Condiciones de Empleo y Remuneración.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de cumplimiento de requisitos formales.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora en el portal Mercado Público.
8.6.- Acta de Evaluación:
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases, siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron cumplidos por todas estas ofertas.
Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con especificación del puntaje final.
Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no resulten convenientes para los intereses del establecimiento, cuando proceda.
La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no discriminatorias.
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DE LA ADJUDICACION DE LA PROPUESTA |
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9.1.- Criterios de Adjudicación.
La adjudicación se hará por el total del Servicio requerido en estas bases.
Se adjudicará a aquel Proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado.
Adjudicada la propuesta, no podrá el Proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones; las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación.
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar la Licitación, en virtud de la falta de oportunidad o el interés público, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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DEL CONTRATO |
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De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para la formalización del contrato.
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Contratos de Comercialización del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación y según el siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o superior a 50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, y que tratándose de personas jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393. Si se trata de una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de los integrantes deberá presentar su Declaración Jurada de forma Individual.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de proveedores: Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato.
El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso.
10.2 Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El Oferente al momento de la adjudicación y al momento de contratar deberá estar inscrito en el registro nacional www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro, tendrá un plazo excepcional de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1 de las presentes bases.
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la segunda mejor oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del Oferente adjudicado cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción del Contrato y Aceptación de la Orden de Compra:
10.3.a Firma de contrato: Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el documento de contrato vía correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. El oferente adjudicado estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato físico, en sobre cerrado a nombre de Unidad de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente referencia “CONTRATO ID 812261-XX-LR23 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación).
El sobre deberá ser entregado en Unidad de Contratos ubicada en dependencias del Departamento de Comercialización del Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que aprueba dicho contrato.
10.3.c Emisión de Orden de compra: una vez recibido conforme el servicio, se emitirá orden de compra respectiva, por los servicios o prestaciones efectivamente ejecutados por mes vencido, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
En los casos que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra se podrá emitir antes de la completa tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato, por razones excepcional de buen servicio. Sin perjuicio de que esta, debe encontrarse totalmente tramitada al momento de pagar dicha Orden de compra.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del contrato. Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el pago no se llevará a cabo. El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato.
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo cumplimiento, especificará el objeto, precio, modalidad de pago, entre otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del Oferente adjudicado, todo lo señalado en su oferta.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes que pueda ejercer el servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El Oferente adjudicado será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo laboral alguno entre el Hospital y el Oferente adjudicado ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato.
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda, salvo en aquellos casos en los cuales, por razones de buen servicio, y mediante resolución fundada, las prestaciones contenidas en el contrato escrito, deban iniciarse desde el momento de su suscripción, sin perjuicio, de que no proceda pago alguno antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
La duración del contrato será de 12 meses o hasta que se alcance el monto total máximo adjudicado, lo que ocurra primero.
10.6.- Renovación del Contrato.
En caso excepcional y por motivos fundados el contrato podrá eventualmente ser renovado, solo por una sola vez y bajo las mismas condiciones comerciales convenidas.
Dicha renovación deberá aprobarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, según lo dispuesto, entre otros, en el dictamen N°34.713, de 2015.
Los motivos fundados serán:
a. Continuidad del servicio
b. Caso fortuito y /o Fuerza mayor
10.7.- Modificación del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Junto a la firma del contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el Oferente adjudicado deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadera a la vista.
• No sujeto a modalidad.
• Irrevocable.
• Emitida a favor de Entidad Pública.
Monto 10% del monto total del contrato en pesos chilenos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, RUT Nº65.075.485-9
Vigencia 12 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones laborales del “SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN Y MANTENCIÓN PARA LOS EQUIPOS MÉDICOS PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA Y EX CRS” ID 812261-XX-LR23. (donde se señala XX reemplazar por el número de la Licitación)
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señala la glosa en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento.
Forma y oportunidad de Entrega Física o electrónica El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en secretaría de Comercialización ubicada en dependencias del Hospital La Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de los 5 días hábiles desde la adjudicación. La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XX-LR23 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la
misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar
y entregarse de forma física o electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por secretaría de abastecimiento, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de Contratos En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser enviadas al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento del plazo de 5 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la oferta adjudicada se entenderá desistida. Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que, además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el contrato respectivo. La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad del Tesorería del Hospital La Florida.
Se hace presente que en el Departamento de comercialización ubicado en dependencias del Hospital La Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar o renovar el contrato, el Oferente adjudicado deberá renovar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos. La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el término del contrato, y/ o una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10.- Resciliación del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación.
Queda prohibida la subcontratación de los servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de transporte y/o distribución.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato.
10.14.- Solución de controversias.
Las diferencias que se puedan originar entre el Oferente Adjudicado y el Hospital serán dirimidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia de Santiago, sin perjuicio de las atribuciones que competen al Tribunal de Contratación Pública y a la Contraloría General de la República.
10.15.- Reserva de información.
El Oferente adjudicado queda especialmente obligado a resguardar la reserva y confidencialidad de toda la información que el Hospital le proporcione directa o indirectamente, o a la información que tenga acceso, con ocasión de la ejecución del servicio que se contrate. En caso de que, el Oferente adjudicado infringiere alguna de las obligaciones establecidas en esta cláusula, será responsable de todo daño o agravio que ello pueda producir al Hospital o a terceras personas.
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DE LAS ACTIVIDADES |
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11.1 Inicio de Actividades.
El inicio formal de las actividades será previa coordinación con el Referente técnico, con el fin de dar continuidad a los servicios requeridos y no afectar el regular funcionamiento del Hospital.
Los adjudicatarios deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el Hospital de La Florida, a través del referente técnico.
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MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
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12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director, poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato, cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) Evaluación Técnica deficiente del proveedor emitida por el Hospital. Según lo señalado en el número 12.1.1 de las bases administrativas.
c) Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del servicio, condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada por la Entidad.
d) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
e) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al servicio adjudicado.
f) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
g) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
h) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.
i) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
j) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, salvo lo estipulado en numeral 10.12
k) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena.
l) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.1.1.- Evaluación Técnica
Durante toda la vigencia del contrato, el referente técnico, podrá evaluar el servicio a fin de dar cuenta de su ejecución conforme, según los niveles de servicio exigidos en las Base Técnicas y sus correspondientes indicadores.
En el evento de evaluarse como NO RECOMENDABLE, se podrá dar término al contrato según lo estipulado en la letra b el numeral 12.1. y servir dicha evaluación, a futuro, como herramienta en un próximo proceso licitatorio para evaluar al oferente en el Criterio Comportamiento contractual anterior.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva, cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Entrega fuera de plazo: Se aplicará una multa de 3 UTM por cada día corrido de atraso en el inicio del servicio, tomando como base lo indicado en el contrato.
b) Pérdida, destrozo o deterioro de la infraestructura o equipamiento propiedad del Hospital La Florida. Se aplicará una multa de 2 UTM.
c) Manipulación fraudulenta de los datos e información de trazabilidad o cualquier otro, para el cobro del Servicio. Se aplicará una multa de 10 UTM por cada una de las faltas antes descritas.
d) Conductas que conlleven falta o falla que atente directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de pacientes y/o funcionarios, tanto el adjudicatario y/o su personal. (por ejemplo, falta comprobada a la probidad y transparencia del cargo que desarrolla; maltrato físico o verbal al paciente y/o funcionarios; robo o hurto a pacientes, funcionarios, al HLF, etc.) Se aplicará una multa de 10 UTM por cada una de las faltas antes descritas.
e) Conductas que impliquen condiciones sanitarias deficientes, de acuerdo a normas de infecciones intrahospitalarias o que obstruyan la atención y/o calidad del servicio. (por ejemplo, no cumplir con los protocolos de seguridad y/o infecciones, etc.). Se aplicará una multa de 10 UTM por cada una de las faltas antes descritas.
f) Ausencia del personal ofertado: En el caso de ausencia del personal ofertado, debe existir un reemplazo dentro de las 24 horas siguientes, previa autorización del cambio por jefatura de la unidad de Equipos médicos. Será aplicada una multa de 2 UTM por cada técnico o profesional ausente, con un tope máximo de 5 ausencias sin reemplazo oportuno y calificado dentro de la vigencia del contrato, luego de lo cual, el Hospital podrá acreditar el incumplimiento grave del contrato por parte del proveedor, requiriendo, si así lo estima el Subdirector Administrativo, ordenar el término anticipado del contrato.
g) Cambio del personal ofertado: El HLF podrá exigir el cambio de cualquier trabajador si a su juicio este presentara mala conducta, atrasos o ausencias reiteradas o no tuviera los conocimientos técnicos necesarios para llevar a cabo los trabajos. Si al cabo de 1 mes de realizada la solicitud formal de cambio, ésta no se concreta, se aplicará una multa de 2 UTM por cada día de atraso, hasta por 15 días, luego de lo cual, se entenderá que el proveedor no se encuentra calificado para prestar el servicio, debiendo el HLF emitir un informe completo al Subdirector Administrativo, con todos los antecedentes que acrediten el incumplimiento grave del proveedor y para que se proceda ordenar el término anticipado al contrato, de conformidad a lo establecido en el artículo 12.1 de estas Bases.
h) Incumplimiento de las normas de seguridad: En el caso que se constate que el proveedor ha incumplido las normas de seguridad, tales como falta de elementos de protección personal o incumplimientos a la normativa laboral y previsional, se podrá aplicar multas de 5 UTM por cada trabajador.
i) Incumplimiento de Condiciones Laborales: En el caso que se constate que el proveedor ha incumplido con las condiciones laborales exigidas en los Anexos N°08, se aplicará una multa de 2 UTM por cada trabajador.
j) Ejecución del servicio con personal no correspondiente: En el caso que el proveedor oferte un personal de ciertas características y este personal no sea el que está en el recinto durante la ejecución del contrato, y sea cambiado sin ser aceptado en común acuerdo, se podrá aplicar multas de 5 UTM por cada día de incumplimiento en reemplazar a personal por uno capacitado según perfil detallado en Anexo N°04.
k) Incumplimiento de labores y/o atrasos: El incumplimiento del proveedor a los plazos comprometidos, ya sea en la metodología de trabajo, el cronograma de actividades solicitadas o en la ejecución de las actividades solicitadas, el que debe ser previamente fijado con el Encargado de la Unidad de Equipos Médicos, facultará al Hospital a aplicar una multa equivalente a 2 UTM por cada día de atraso en la prestación de los servicios solicitados por la Institución, hasta por 7 días en total, después de los cuales se entenderá que el proveedor no se encuentra calificado para prestar el servicio, debiendo el HLF emitir un informe completo al Subdirector Administrativo, con todos los antecedentes que acrediten el incumplimiento grave del proveedor y para que se proceda a ordenar el término anticipado al contrato, de conformidad a lo establecido en el artículo 12.1 de estas Bases.
l) Se aplicará una multa de 2 UTM por incumplimiento de las instrucciones impartidas por el Hospital, a través del administrador del contrato.
m) Aplicación de 2 amonestaciones en 2 meses calendario, se aplicará una multa de 0,5 UTM.
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa.
12.4 Registro de comportamiento.
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s), cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos del Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5 Procedimiento de Aplicación de sanciones, multas y/o Término Anticipado de Contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización. Recibido el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl. 12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado.
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá retener su monto al momento del pago de las facturas pendientes. En este caso, se descontarán administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el Hospital. Serán descontadas del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir facturas pendientes por pagar, se podrá hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá descontar del estado de pago correspondiente. En este caso, se descontará del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir estado de pago pendiente, se podrá hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento, según cuál sea el caso.
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DE LA GARANTIA TÉCNICA DE LOS BIENES ADJUDICADOS |
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El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los servicios, por sobre la garantía obligatoria legal, según lo establecido en la normativa vigente para esta materia durante toda la vigencia del Contrato más 120 días hábiles.
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DE LA FACTURACIÓN |
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El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho ni de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones correspondientes al adjudicatario o rechazarla.
El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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DEL PAGO |
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La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital al Departamento de Finanzas, previa confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) La recepción completa, conforme y sin observaciones del servicio brindado, que debe constar en el respectivo Informe de Visación Técnica suscrito por el referente técnico.
c) Emisión de factura la cual deberá indicar el Numero de OC que se generó por los servicios.
d) Formulario 30 “Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales” (si procede).
e) La eventual aplicación de multas y sanciones.
f) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal, la que dará origen a la facturación electrónica.
g) Para acreditar los servicios realizados en forma efectiva, a mes vencido, dentro de los primeros 2 días hábiles del mes siguiente, el proveedor deberá entregar a la Unidad de Equipos Médicos un reporte de avance mensual, indicando las actividades realizadas durante el mes recién pasado, tales como:
- Mantenimiento Preventivo
- Mantenimiento Correctivo
- Adquisición
- Gestión de la Información
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará dentro de los 30 días corridos, a través de Tesorería General de La República, desde la fecha de la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará en 10 días hábiles.
Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado en el artículo 4º de la Ley 19.886.
15.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en Tesorería o secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________ , RUN: _________________________, en calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta. Corriente Cta. Débito Cta. de Ahorro Cta. Vista
Nº Cuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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RESPECTO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
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Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del Oferente adjudicado deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el Oferente adjudicado será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que puedan sufrir el inmueble del Hospital de La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital de La Florida, para efectos de ejecutar su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado para tal efecto y que será oportunamente informado.
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ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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17.1 Administración, Control y validación por parte del Hospital.
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a Erika Cortés Tello, Jefa de Unidad de Equipos Médicos o quien sea titular del mismo cargo al momento de la ejecución del contrato, o quien subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato, quien, junto a la Unidad de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital, tendrán las siguientes responsabilidades:
Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y entrega oportuna de los bienes.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que faciliten la ejecución del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico Administrador de Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso oportuno al proveedor vía correo electrónico.
17.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor.
Por su parte, el Oferente deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el referente técnico y con el Administrador del contrato del Hospital y cuyo nombre deberá señalarse en su Anexo N°1.
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LEY Nº20.584 |
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Tanto el Oferente adjudicado como su personal, deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que establece la Ley Nº 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.
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DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
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Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el Oferente adjudicado y/o su personal no podrá divulgar o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción, incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital de La Florida para ejercer las acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº 19.628 de Protección de Datos de Carácter Personal.
El Oferente adjudicado no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios contratados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste durante la vigencia del mismo.
El Oferente adjudicado, así como sus consultores y/o personal dependiente que de una u otra manera se haya vinculado a la ejecución de los servicios, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
La responsabilidad del respectivo proveedor en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores, subcontratistas o cualquier tercero quien en función de su cargo tenga acceso a la documentación, antecedentes, datos e información, en cualquiera de sus formas, entregadas por el proveedor del servicio.
El Oferente adjudicado debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Entidad contratante el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.
Las partes declaran y reconocen que toda la información que derive del uso de la aplicación y/o solución licitada, generada exclusivamente con motivo de los servicios materia de este proceso y toda información que a partir de ella pudiese derivarse, será reservada, no pudiendo ninguna de ellas, reproducir, usar, gozar, distribuir, comercializar de cualquier forma dicha información.
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INEXISTENCIA DE VÍNCULO DE SUBORDINACIÓN Y DEPENDENCIA |
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El proveedor se obliga a que ningún miembro del Personal que prestará los servicios, sea una persona que tengan vínculo de subordinación o dependencia laboral con el Hospital ni con ninguna otra persona jurídica controladora de, controlada por o bajo control común del Hospital.
Asimismo, ni la celebración del Contrato ni la ejecución de los Servicios Adjudicados, creará o dará lugar a vínculo de subordinación o dependencia laboral alguno entre el Hospital y el personal que preste los servicios, siendo para todos los efectos, el proveedor adjudicado, el único empleador de todos los profesionales.
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BASES TÉCNICAS |
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1.- CONDICIONES GENERALES:
Las presentes bases técnicas tienen por objeto especificar la forma en que el Proveedor deberá cumplir el Contrato, definiéndose requisitos, procedimientos y estándares de calidad y de funcionamiento mínimos.
Los equipos médicos que actualmente tiene el Hospital Dra. Eloísa Diaz I., están distribuidos de acuerdo a lo siguiente:
• Anexo Nº12: corresponden a la base de datos general de equipos médicos del Hospital Dra. Eloísa Diaz I, no críticos y críticos (listado general), que estarán incorporados al contrato de “Administración y Mantención a Todo Evento”, que se licita.
• Anexo Nº12.1: Corresponde a equipos críticos contenidos en el anexo Nº12, que se han definido como estratégicos y cuya puesta en servicio producto de un fallo repentino, no puede demorarse más de 48 horas en ser atendidos y presentar una alternativa solución, Corresponde a equipos médicos críticos definidos con un cumplimiento del 100% de la mantención preventiva programada. El programa de mantenimiento para este tipo de equipos está definido por el establecimiento y se detalla en el anexo Nº12, según año calendario. En Este listado existirán equipos de gestión de mantención propia de la empresa y programada de contratos directos que tomará el establecimiento con empresas adjudicadas previamente o representante de la marca y que se indican en el anexo N.º 12.3.
• Anexo N.º 12.2: Corresponde al listado de equipos que a la fecha de inicio del contrato mantiene su garantía vigente. El Proveedor debe considerar que este listado podrá ser actualizado y / o incrementado con la incorporación de los nuevos equipos adquiridos por el Hospital.
• Anexo Nº12.3: Corresponde al listado de equipamiento con contratos o convenios directos de mantenimiento sostenidos entre el Hospital y el representante de la marca en Chile u otro.
• Anexo N°12.4: Corresponde al listado de equipamiento en comodato con contratos o convenios directos sostenidos entre el Hospital y el representante de la marca en Chile u otro.
• Anexo N°12.5: Corresponde al listado de servicios de provisión de accesorios periféricos del equipamiento médico.
El detalle de los equipos incorporados en los anexos nombrados anteriormente forma parte de las presentes bases técnicas.
2.- OBJETIVOS DEL SERVICIO A CONTRATAR
Las prestaciones licitadas son las siguientes:
ÍTEM SERVICIO VALOR GASTO TOTAL ESTIMADO PARA 12 MESES EN UTM CON IVA INCLUIDO
1 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN, GESTIÓN Y MANTENCIÓN PARA LOS EQUIPOS MÉDICOS PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA Y EX CRS 9.795 UTM
2.1. Objetivo General
Constituye un Objetivo general de la presente licitación que producto de la implementación de un sistema de mantenimiento, que permita con un alto estándar de calidad la disponibilidad permanente del equipamiento médico del Hospital Dra. Eloísa Diaz I.
Para ello, el servicio contratado, abordará el mantenimiento programado, en sus diferentes formas (mantenimiento preventivo, calibración y verificación), el cual estará por demás soportado mediante el empleo de un sistema o tecnología de información, de propiedad del proveedor que permita tanto al Proveedor como a los usuarios del Hospital, conocer el estado de sus solicitudes de mantenimiento, el cumplimiento de programas de mantenimiento, los tiempos de respuesta e información histórica por equipo, entre otros.
Administrar y gestionar los programas de mantenimiento que el Hospital establezca con otros proveedores, tales como: Equipos en servicio asociados a contratos de comodato, Equipos nuevos en los cuales deba administrarse y efectuar una gestión para el cumplimiento de los programas de mantención preventiva comprometidas en los contratos y/o por garantías de compra de equipos y Equipos en los cuales el Hospital ha tomado un contrato de mantención en forma directa con el representante de la marca o servicio técnico exclusivo en el territorio nacional por lo cual se requiere de la empresa adjudicada la administración y gestión de la mantención.
Capacitar regularmente a los funcionarios usuarios del equipamiento médico, con la finalidad de disminuir las fallas asociadas a mal uso de este.
2.2 Objetivos Específicos.
Constituyen objetivos específicos de la licitación y del contrato que se suscriba al efecto, lo siguiente:
• Mantener los equipos en óptimas condiciones de operación, seguridad y disponibilidad, dentro de los parámetros de funcionamiento definidos por el fabricante.
• Cumplir con la normativa vigente nacional e internacional relacionado con la seguridad eléctrica de los equipos médicos. En particular con la norma IEC 60601, que tiene relación con “Requisitos de Seguridad para Sistemas electro médicos”, o su equivalente nacional.
• Aumentar el tiempo de disponibilidad de los equipos con que cuenta el hospital.
• Otorgar al hospital un servicio que gestione eficientemente todos los trabajos y los costos asociados al mantenimiento de los equipos contenidos en los anexos.
• Mantener un registro actualizado de cada equipo, su hoja técnica y de vida respectiva, conteniendo todo dato relevante del equipo y sus mantenciones.
• Ejecutar, Registrar e informar,las mantenciones preventivas, correctivas, reparativas, calibraciones y verificaciones de los equipos contenidos en cada uno de los anexos mencionados en las condiciones generales. Dentro del mes de servicio y mediante un informe de detalle dentro de los primeros 10 días corridos del mes siguiente con la información de la actividad ejecutada.
• Registrar e informar el cumplimiento de indicadores que se definan para el control de objetivos y metas.
• Disponer de la información necesaria para la toma de decisiones, cuando el hospital tenga que reemplazar equipos que han cumplido con su Ciclo de Vida útil o incorpore nuevos equipos.
• Presentar al Hospital para su Vº Bº un nuevo programa o mejoramiento del existente, de las mantenciones preventivas, verificaciones y calibración trazable, orientado siempre a mejorar la disponibilidad de los equipos. El programa debe estar basado en las recomendaciones del fabricante de cada equipo y/o normas internacionales aceptadas por el hospital.
• El Programa aprobado por el hospital, no podrá ser modificado sin el VºBº del hospital.
• Desarrollar programas escritos, en español, del mantenimiento preventivo de cada familia de equipos médicos. Este programa debe ser entregado al supervisor del hospital dentro de los 60 días de iniciado el contrato. El incumplimiento de este requerimiento se considera falta grave.
• Considerar la aplicación de “Pruebas de Aceptación” para todo equipo nuevo que el hospital adquiera, además de los equipos que se encuentren en mantenimiento programado o en mantención correctiva por el Proveedor o terceros.
• Las pruebas de aceptación deberán considerar al menos las pautas contempladas por la agencia ECRI en su procedimiento Procedure/Checklist 438-0595, Health Devices Inspection and Preventive Maitenance.
• Considerar el Procedure/Checklist 438-0595 y las recomendaciones del fabricante, como referente para el desarrollo de los programas de mantenimiento, o las recomendaciones del MINSAL en su página Salunet.
• La capacitación del personal clínico del hospital, en relación al uso y cuidado del equipamiento, es parte de los objetivos de esta licitación. El proveedor debe ejecutar el programa de capacitación que se especifica en las presentes bases.
• Efectuar un inventario anual del equipamiento médico en el establecimiento a fin de constatar existencia, indicando nombre real del equipamiento, familia, ubicación y datos propios del equipamiento, entre otros.
• Cumplir con los estándares y procedimientos que forman parte del protocolo de mantención de equipamiento médico crítico, valido para los aspectos de acreditación de la institución.
• Los programas de mantenimiento preventivo y calibraciones trazables deben considerar criterios de riesgo de los equipos, de acuerdo a los siguientes niveles:
Alto: Equipos de soporte a la vida, resucitación y aquellos en que una falla pueda causar serios daños al paciente u operador.
Medio: Equipos en los cuales una falla pueda tener un significativo impacto sobre el cuidado del paciente, pero no provoca de manera inmediata daños severos.
Bajo: La falla no provoca daños severos.
El servicio de Mantención Correctiva debe tener como objetivo reparar y poner en funcionamiento los equipos, en el menor tiempo posible y dentro de los parámetros de funcionamientos definidos por el fabricante del Equipo o de acuerdo a la decisión que tome el Hospital.
No obstante, lo anterior, en ningún caso el Proveedor deberá dar su aprobación de uso de un equipo que presente riesgos al paciente o al operador del equipo.
2.3 Indicadores de Gestión.
Con el fin de medir el cumplimiento de los objetivos indicados, se establecen los siguientes indicadores y sus metas parciales:
• Cumplimiento de programas de verificación, mantenimiento preventivo y calibración, programadas mensualmente, debe ser igual al 100 % (medidos mensualmente), para equipos NO críticos. (*)
• Cumplimiento de programas de verificación, mantenimiento preventivo y calibración, programadas mensualmente, debe ser igual al 100 % (medidos mensualmente), para equipos críticos y de apoyo (*)
• Cumplimiento de reparación de equipos en mantención correctiva, debe ser mayor o igual al 90% mensual, de los requerimientos mensuales medido a 15 días del mes subsiguiente a la generación del requerimiento.
• Los equipos definidos como estratégicos, no puede exceder de 48 hrs. para definir su condición de reparación, evaluación, disponibilidad de repuestos, etc.
• Cumplimiento del 100% del programa de capacitación solicitado.
• Cumplimiento con él con 100% del gasto ejecutado mensual para equipos críticos y estratégicos. (mantenimiento ejecutado/mantenimiento devengado).
El Hospital podrá establecer otro tipo de metas que permitan cuantificar la gestión del Proveedor en relación a la calidad del servicio contratado. Las metas ya indicadas podrán ser modificadas de común acuerdo entre el Proveedor y el Hospital según los resultados obtenidos.
(*) Las modificaciones a que están sujetos los planes de mantención preventiva anual del equipamiento está sujeto a las consideraciones de disponibilidad (baja, fallas).
2.4 De los servicios o prestaciones licitadas
El Hospital requiere de la presentación de los siguientes servicios:
Servicio Interno de mantención preventiva, correctiva y calibración del equipamiento médico: corresponde al servicio de mantención relacionado a 1880 equipos con intervención técnica directa de la empresa y de aquel equipamiento en convenio de mantención que se encuentren prontos a vencer, los que se deben agregar como parte del mantenimiento interno una vez finalizado su convenio de mantención
Servicio mensual de administración de equipos en comodato: Se refiera al servicio de administración del mantenimiento a que tiene objeto equipos tomados en comodato por el Hospital y que requiere el cumplimiento estricto de los programas de mantención preventiva, correctiva y calibración objeto del comodato.
Servicio mensual de administración de garantías: Se refiere al servicio de administración de las garantías técnicas del equipamiento adquirido por el establecimiento en el cual se requiere una contraparte técnica para el control y gestión de la mantención programada y/o contratada junto con la compra durante el periodo de garantía del equipamiento. La empresa deberá completar la columna con los valores unitarios respectivos por la administración de este tipo de servicios en el formulario nº9. La suma de los subtotales de cada familia de equipo resultara el valor de este ítem.
Servicio mensual de administración de contratos de mantención: Se refiere al servicio de administración de la mantención preventiva, correctiva y calibración de contratos de mantención y de equipamiento médico que el Hospital ha tomado con empresas externas, que son estratégicos para el Hospital y que exige el cumplimiento estricto de los programas de mantención. La empresa deberá completar la columna con los valores respectivos por la administración de este tipo de servicios.
provisión de accesorios de equipos médicos: Se refiere al servicio de provisión de accesorios periféricos del equipamiento médicos durante el mes de servicios de acuerdo a los valores unitarios ofertados (contenidos en el Anexo N°07).
Asesoría Servicios: Se consideran dentro de la Gestión de Asesoría, las siguientes actividades para el Total del Parque de Equipos de 9028 Equipos:
- Gestión de requerimiento y entrega de Flujómetros.
- Apoyo en el control y compras asociadas a la gestión de un Fondo Fijo.
- Recepción de Equipos y Accesorios.
- Puesta en Marcha de Equipos.
- Gestión de capacitación sobre equipos para los usuarios clínicos.
- Recepción de requerimientos y generación de bases de licitación.
: Toma y Control de Inventario de equipos médicos Realizar un inventario anual del equipamiento médico en el establecimiento a fin de constatar existencia.
La sumatoria de los siete servicios señalados , efectivamente ejecutados en el mes, resultará el valor mensual total del servicio.
3.- REQUERIMIENTOS GENERALES:
3.1. Modalidad del Contrato de servicio de mantención.
La modalidad de mantenimiento que se requiere contratar en la presente licitación, se ha definido como “Mantención a todo evento” de los equipos contenidos en el anexo N.º12 (Base de datos general de equipos de mantención propia de la empresa y valorizada en Anexos Nº7, esto significa que el Proveedor, deberá contemplar de su cargo, el costo de todos los repuestos, insumos, accesorios, mano de obra, reparaciones necesarias, sistemas de información y programas de capacitación, para cumplir con los requerimientos establecidos en estas bases técnicas.
El servicio referido, comprende la gestión de repuestos, la contratación de mano de obra especializada y la administración del mantenimiento correctivo del listado de equipos que se señalan en el anexo nº12.2, cuyo monto no supere las 30 UTM por evento.
Los equipos contenidos en el anexo Nº12.1 (garantías vigentes), deben ser administrados en relación al control del cumplimiento de lo estipulado en las garantías respectivas. Sin embargo, se debe considerar la reparación de mantenimiento correctivo no cubierto por las garantías, dentro del concepto a todo evento. Esto debe efectuarse de común acuerdo con las empresas representantes o proveedor del equipo para evitar pérdidas de garantía por intervención de terceros.
El Hospital definió como una estrategia de buen servicio que la empresa a cargo de la mantención del equipamiento médico centralice todos los requerimientos de atención solicitados por los usuarios del establecimiento, administre las garantía, la mantención preventiva, correctiva y calibración contratada por el Hospital con terceros; los equipos a que se refiere dicha gestión de mantenimiento con terceros se numeran en el anexo N°12.3.
3.2. Situaciones de Excepción.
Sin perjuicio de lo establecido en el punto 2.1 de estas bases técnicas, se contemplan las siguientes situaciones de excepción:
• Se exceptúan de la mantención correctiva a todo evento, los daños producidos como consecuencia de hechos de la naturaleza, disturbios, asaltos, acciones terroristas, inundaciones y derrumbes. En estos casos, el Hospital solicitara al Proveedor adjudicada y/o a terceros la correspondiente reparación de acuerdo a las reglas generales aplicables a la provisión de estos servicios.
En caso de ocurrencia de alguno de los hechos destacados, el Proveedor deberá colaborar con el Hospital en la gestión de reparación de los equipos siniestrados, que el Hospital mandate directamente a la empresa o que determine realizar con terceros.
• Se exceptúan del contrato a todo evento el cambio o reposición de equipamiento o accesorios, que por razones de fallas permanentes o término de su vida útil deban ser reemplazados, siempre y cuando estos equipos hubiesen sido eficazmente sometidos a las mantenciones preventivas, correctivas y calibraciones propuestas, existiendo constancia de ello y por tanto obedecen a la baja correspondiente. El Proveedor deberá proponer el cambio con la debida anticipación, entregando al administrador del contrato los informes técnicos correspondientes y respaldados por el historial de mantenimiento efectuado y el presupuesto para ser evaluado.
• Todos los repuestos, elementos o accesorios que tengan un valor inferior a 30 UTM, necesarios para la reparación del equipamiento serán de costo de la empresa. Respecto de los Tubos de Rayos de los equipos de imagenología y la eventual compra de pantallas y transductores ecográficos que no puedan ser reparados, se procederá de acuerdo a lo establecido en el punto 3.2.
3.3. Recursos.
Para otorgar los servicios licitados, el Proveedor pondrá a disposición del Hospital el personal y recursos tecnológicos y administrativos que se requieran para cumplir con lo establecido en las bases técnicas y administrativas, siendo de cuenta del Proveedor la responsabilidad de poner mayor cantidad de técnicos de acuerdo a las necesidades.
a. Personal Solicitado
Para el buen funcionamiento de los servicios de mantenimientos y gestión de equipos médicos se requiere que el oferente dentro de los requisitos mínimos para la oferta ponga a disposición del Hospital el personal y recursos tecnológicos y administrativos que se requieran para cumplir con lo establecido en las bases técnicas y administrativas, siendo de cuenta del Proveedor la responsabilidad de poner mayor cantidad de técnicos de acuerdo a las necesidades del Hospital.
Se solicita por parte del Hospital que el proveedor considere los siguientes perfiles y como mínimo los siguientes profesionales:
Cargo Cantidad mínima requerida Carrera Actividad Principal
Ingeniero Supervisor 1 Ingeniería Biomédica, Civil, Eléctrica, Civil Industrial, Mecánica, Electrónica o Tecnólogo en Informática Biomédica. Monitoreo y Control de procesos.
Gestión de indicadores.
Gestión de RR.HH.
Generación propuesta de mejora y optimización.
Entregas oficiales a Unidad de Equipos Médicos.
Ingeniero de Proceso 2 Ingeniería Biomédica, Civil, Eléctrica, Civil Industrial, Mecánica, Electrónica o Tecnólogo en Informática Biomédica. Una persona como Encargado del Proceso Mantenimiento Preventivo. Ejecución de las actividades descritas en el punto N°3.5 de las Bases Técnicas.
Apoyo en Mantenimiento Preventivo en terreno.
La segunda persona como Encargado del Proceso Mantenimiento Correctivo. Ejecución de las actividades descritas en el punto N°4 de las Bases Técnicas.
Apoyo en Mantenimiento Correctivo en terreno.
Tecnólogo Informático Biomédico 4 Tecnólogo Informática Biomédica. Gestión de la información de equipo y equipamiento.
Actualización de base de datos de equipos y servicios.
Gestión en terreno de Mantenimiento Preventivo y Mantenimiento Correctivo.
Generación de indicadores de gestión.
Gestión documental de servicios.
Registro y ejecución de notificaciones SAP.
Apoyo en recepción de equipos y accesorios.
Tecnólogo Informático de Apoyo 1 Tecnólogo Informática Biomédica. Apoyo y gestión de los procesos descritos en el punto N°3.10 de las Bases Técnicas, a ejecutarse directamente en oficina de Unidad de Equipos.
Técnico Diurno día hábil 4 Técnicos o Ingenieros en Electrónica, Electromedicina, Electricidad, Biomédico, Mecánica, en Mantención Ejecución Mantenimiento Preventivo y Correctivo en terreno. Análisis diagnóstico y evaluación de equipos y equipamiento.
Elaboración de informe técnico por servicios realizados, esta cantidad puede variar de acuerdo a la carga laboral
Técnico de turno 2 Técnicos o Ingenieros en Electrónica, Electromedicina, Electricidad, Biomédica, Mecánica, en Mantención Ejecución Mantenimiento Preventivo y Correctivo en terreno. Análisis diagnóstico y evaluación de equipos y equipamiento.
Elaboración de informe técnico por servicios realizados.
Administrativo 1 Tecnólogo Informática Biomédica. Gestión documental y apoyo administrativo para la coordinación con Unidades Clínicas y proveedores.
Cabe destacar, que, si el proveedor señala en su oferta un número inferior al mínimo del personal solicitado, su oferta será declarada inadmisible.
* Estos deberán estar contratados previamente a la prestación de los servicios y desempeño de funciones en dependencias del Hospital.
* El proveedor deberá mantener durante toda la vigencia del contrato, la dotación de personal ofertada, no aceptándose en ningún caso una dotación en cantidad inferior.
* El Hospital podrá exigir el cambio de cualquier trabajador si a su juicio este presentara mala conducta, atrasos o ausencias reiteradas, o no tuviera los conocimientos técnicos necesarios para llevar a cabo en buena forma los trabajos exigidos por el HLF.
* No podrá prestar funciones en el marco de la presente licitación, un profesional no presentado en la oferta al momento de dar inicio al contrato. Infracción a lo anterior será causal de término inmediato de contrato. Ello, debido a que dichos profesionales deben recibir una inducción a su ingreso en el sistema SAP del HLF, sistema donde son ingresados los datos de gestión del equipamiento médico que posee el establecimiento.
* Si, durante el transcurso de la vigencia del contrato se necesita reemplazar a algún profesional de los ofertados, este deberá contar con las mismas competencias técnicas, titulo y especialidad del profesional que reemplaza, situación que deberá ser acreditada con los documentos correspondientes. Sin perjuicio de lo anterior, el reemplazo deberá siempre solicitarse con una anticipación no inferior a 48 horas y debe siempre ser autorizado por jefatura de la unidad de Equipos médicos y dejar registro con carta de ingreso/retiro de profesionales, so pena de aplicación de multa correspondiente.
* Se deja constancia que ni la celebración del Contrato ni la ejecución de los Servicios Adjudicados, creará o dará lugar a vínculo de subordinación o dependencia laboral alguno entre el Hospital y el personal que preste los servicios, siendo para todos los efectos, el proveedor adjudicado, el único empleador de todos los profesionales.
Horario
El horario para la prestación de servicios deberá ser de lunes a viernes 9 horas diarias, sin incluir horario de colación, pudiendo cumplir con éstas a partir de las 8:00 horas u 8:30 horas, y hasta las horas a definir con Encargado de Equipos Médicos. No obstante, debe existir por lo menos un técnico y un ingeniero que preste los servicios en horario de 8:00 a 18:00, con el fin de cumplir los requerimientos que puedan ocurrir a primera hora. Dicha situación se coordinará con el referente técnico del HLF.
El proveedor deberá presentar un sistema de enrolamiento del personal ofertado, manteniendo así un registro del control de asistencia mensual. Además, el hospital podrá fiscalizar dicha asistencia y las debidas ausencias y al mismo tiempo pedir aumento de personal si los trabajos no se realizan con la eficacia y ritmo necesario, siempre que el cumplimiento de los indicadores de gestión así lo requieran.
En caso de feriado legal (vacaciones), el oferente planificará y reemplazará al personal con profesionales titulados y de experiencia igual al reemplazado, esto a partir del primer día de ausencia.
Respecto al horario de colación del personal, este corresponderá a una hora reloj (60 minutos), en horario por convenir entre las partes, teniendo en consideración que siempre debe quedar alguien en la oficina en caso de llamados de emergencia.
Herramientas de Trabajo
El Hospital La Florida proveerá a la empresa adjudicada lo siguiente:
- 1 taller
- 4 teléfonos con diferentes anexos asociados a la Unidad de Equipos Médicos.
- Tarjeta de acceso a las diferentes Unidades del Hospital.
Por parte de la empresa adjudicada el Hospital solicitará los siguientes elementos:
- 1 computador por trabajador ofertado
- 1 impresora
- Artículos de escritorio tales como carpetas, cuadernos, lápices, entre otros.
- Tarjeta de identificación con su fotografía, nombre y apellidos, Unidad a la que pertenece (en este caso Equipos Médicos) y el logo de la empresa adjudicada.
Prevención de Riesgos Laborales y Elementos de Protección Personal
El adjudicatario deberá demostrar la afiliación a un Organismo Administrador del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley N° 16.744 que establece normas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales), a su vez deberá presentar un programa de trabajo en esta materia. Adicionalmente, deberá mantener al día toda la documentación legal exigida en esta materia, la cual será remitida al administrador del contrato, según lo mencionado en las bases.
Para proteger la integridad física de su personal, la empresa adjudicada deberá dotarlos de todos los elementos de protección personal de acuerdo con la actividad que estos realicen y en concordancia con la normativa vigente.
Documentación
Cada empresa que realice una oferta debe presentar la documentación necesaria y correspondiente tales como:
- Personal ofertado que prestara los servicios
- Título Profesional o Certificado de Título
- Currículum Vitae del personal ofertado
- Certificados de capacitación y/o entrenamiento.
Dentro del Anexo N° 04 Listado del Personal, se debe definir el perfil del personal ofertado y la estructura organizacional de la empresa, con el fin de definir el conducto regular a seguir para la entrega de información oficial por parte del Hospital a la empresa adjudicada.
3.4 Supervisión
Con el objetivo de asegurar el orden y brindar apoyo a la Unidad de Equipos Médicos, se requiere realizar un monitoreo constante de los procesos realizados por la misma. Dicha actividad debe ser realizada por un supervisor de contrato, el cual debe garantizar el cumplimiento de las siguientes actividades, como mínimo, además de las solicitudes realizadas acorde a la necesidad de la Unidad de Equipos Médicos
Entregar información oficial a la Unidad de Equipos Médicos y Unidades Clínicas: dicha labor tiene el fin de transparentar y hacer seguimiento de los estados de cumplimiento o avance de los distintos procesos que realiza la Unidad y la empresa en convenio
Elaboración de reporte mensual: se requiere una elaboración de un informe mensual, el cual se detalle las actividades realizadas por el personal. Dentro de dicho reporte, se deben incluir información relacionada, con los mantenimientos preventivos planificados, los mantenimientos preventivos realizados, los mantenimientos correctivos realizados, cantidad de equipos operativos, cantidad de equipos inoperativos con el fin de levantar indicadores y evaluar el funcionamiento de la unidad durante la duración del contrato. Todo esto con el fin de obtener valores cuantificables del desempeño y la gestión realizada.
Informar estado de contratos y convenios de servicios y adquisición: con el fin de asegurar la disponibilidad de equipos médicos del Hospital y garantizar el adecuado cuidado de la salud del paciente, se debe monitorizar el estado de los diferentes convenios y la duración que estos tienen como lo son, los convenios de arriendo de equipos, convenios de mantenimientos preventivos y convenios de mantenimientos correctivos, el cumplimiento de las respectivas garantías, entre otras.
Coordinación de capacitaciones usuarias: Asegurar la realización de capacitaciones, las cuales deben ser coordinadas tanto con el proveedor del equipo/equipamiento/instrumental como por la unidad clínica que lo utiliza con el fin de minimizar los problemas y fallas en su uso.
Apoyar en elaboración y revisión de documentos de equipos médicos para la Acreditación Hospitalaria e Indicadores de Gestión.
3.5 Proceso Mantenimiento Preventivo (MP)
Con el objetivo de asegurar la disponibilidad de los equipos médicos del Hospital y garantizar la prestación de los servicios de la Institución, se apoyará en el diseño, implementación y ejecución de un Plan de Mantenimiento Preventivo de Equipos Médicos Anual. Para cumplir con esta actividad, se deben ejecutar las siguientes tareas y sub-tareas:
- Definir las estrategias para la ejecución de los servicios de mantenimiento preventivo, el cual se divide en 4 modalidades:
o MP externo: Equipos que cuentan con sus convenios de mantenimientos previos a este proceso; generalmente son los asociados a Acreditación o que requieran algún tipo de calibración por parte de la empresa y que tengan sus garantías técnicas terminadas, los que, una vez finalizado sus convenios, deben ser incorporados al MP interno y ejecutados por el adjudicatario.
o MP interno: Equipos a los cuales la empresa adjudicada deberá ejecutar los mantenimientos preventivos en las fechas acordadas en el Plan de Mantenimiento Preventivo Anual.
o MP comodato: Equipos a los cuales las empresas comodatarias realizan los mantenimientos, por lo que se debe coordinar con ellas.
o MP garantía: Equipos que aún se encuentran con su garantía técnica vigente y por lo tanto los MP los realiza el proveedor del equipo, por lo que se debe coordinar con ellos.
- Ejecutar y/u optimizar el actual procedimiento que describe la gestión asociada a las asesorías técnicas de MP, diferenciando la modalidad de cada equipo.
- Elaborar anualmente un Plan de Mantenimiento Preventivo que incluya todos los equipos de la institución, haciendo distinción según la modalidad de gestión, y los requerimientos de acreditación, en equipos Críticos y de Apoyo.
- Definición de los equipos a incluir en el Plan de Mantenimiento Preventivo, previa coordinación con Encargado de Equipos Médicos.
- Definición de herramientas y modalidad de registro.
- Informar mensualmente a la Unidad de Equipos sobre las modificaciones en el inventario de equipos de la institución. En caso de que un equipo sea eliminado del Plan de Mantenimiento Preventivo, se debe generar un informe técnico emitido por la empresa responsable de la ejecución de los servicios.
- Análisis de normas de Acreditación para aquellas Unidades o equipos críticos definidos de mutuo acuerdo entre el referente técnico del HLF y el referente técnico de la empresa adjudicada.
- Análisis del alcance de las garantías asociadas a compra de equipos médicos.
- Sensibilización usuaria respecto a la ejecución e implementación de los servicios.
- Ejecución de los servicios según el Plan de Mantenimiento Preventivo Anual. La ejecución debe realizarse en el día y fecha acordada entre las partes, informando de manera oportuna a la Unidad de Equipos del HLF.
- En caso de que un servicio no sea ejecutado, debe ser reprogramado e informado a todos los involucrados en el proceso.
- Diseño e implementación de etiquetas que identifiquen el último mantenimiento realizado al equipo, así como también la próxima fecha a mantener. Informar además la empresa que realiza el mantenimiento, haciendo diferencia si es externo o interno.
- Los elementos para realizar actividades tanto preventivas como correctivas (tornillos, ampolletas, fusible, entre otros), deberán solicitarse a la Unidad de Equipos Médicos, y se priorizará su compra según criticidad y complejidad del requerimiento asociado.
- * Ante el requerimiento del HLF, es menester tener conocimientos y nociones de manejo de instrumental quirúrgico para validación de recepciones de éste en caso de envío a Servicio Técnico por MP.
En tanto a las tareas específicas de mantenimiento preventivo que se deben realizar por modalidades, éstas son los siguientes:
a) Mantenimiento Preventivo por Servicio técnico Externo (Garantía, Comodato, Externo):
- Apoyar en el proceso de licitación de los servicios de mantenimiento preventivo, lo que incluye la generación de bases técnicas, especificaciones técnicas de licitación, evaluación de las ofertas y coordinación de los servicios adjudicados.
- Gestionar el traslado externo de los equipos, si lo requiere.
- Coordinar con los Servicios Clínicos y proveedores externos.
- Informar a la Unidad de Equipos Médicos a través de correo, la Unidad Clínica, fecha y datos de los equipos a los cuales se les realizará MP con una anticipación de 1 semana.
- Solicitud de Informes de mantenimiento preventivo de equipos e instrumentos utilizados durante el procedimiento.
- Inspección y verificación como contraparte técnica de las mantenciones realizadas por proveedor de servicios externos.
- Informar a los supervisores clínicos la correcta realización de los servicios de MP a través de correo, basándose en correo inicial enviado por la Unidad de Equipos Médicos.
- Informar de manera mensual los mantenimientos que se llevaron a cabo y los que quedaron pendientes.
b) Mantenimiento Preventivo por Servicio técnico Interno (Interno):
- Coordinación del mantenimiento preventivo con el usuario clínico.
- Informar a la Unidad de Equipos Médicos a través de correo la Unidad Clínica, fecha y datos de los equipos a los cuales se les realizará MP con una anticipación de 1 semana.
- Ejecución del mantenimiento preventivo interno.
- Ejecución del mantenimiento preventivo una vez finalizados, los convenios de mantenimiento con empresas externas, garantías etc correspondiente a equipos críticos y de apoyo.
- Generación de informe técnico del MP.
- Gestión de compra de insumos e instrumentos necesarios para la ejecución del mantenimiento preventivo.
- Será de responsabilidad del adjudicado contar con los elementos necesarios para el óptimo desempeño de sus funciones al momento de resolver un requerimiento. Los materiales de trabajo que sean consumibles, es decir, los elementos como toallas de papel, paños amarillos, cinta aislante, artículos de oficina, entre otros, deberá proveerlos la empresa adjudicada.
- Mantener un registro actualizado de cambios de repuestos y sus fechas correspondientes, con la idea de proyectar servicios futuros a los equipos mantenidos.
- El HLF proveerá de los instrumentos necesarios para la correcta ejecución de los servicios de mantenimientos preventivos.
- Se excluyen del mantenimiento preventivo interno, el equipamiento de mayor envergadura como equipos de radiaciones ionizantes y equipamiento de endoscopía.
3.6 Proceso Mantenimiento Correctivo (MC)
El servicio de mantención correctiva tiene como objeto reparar y, en su caso reponer, los repuestos, insumos de mantenimiento y accesorios necesarios para suplir las fallas producidas, poniendo en funcionamiento en el más breve plazo el equipo médico respectivo. Para cumplir con esta actividad, se deben ejecutar las siguientes tareas y subtareas:
- La Unidad de Equipos Médicos ha diseñado un procedimiento para la realización de los mantenimientos correctivos:
o Interno: Mantenimiento que deberá realizar personal de empresa adjudicada, por un monto hasta de 30 UTM, el que debe comprender todo lo necesario para dejar operativo el equipamiento médico, mantenimientos correctivos que superen dicha cantidad, serán de cargo del Hospital.
o Externo: Mantenimientos realizados por proveedores de los equipos y cuyo monto supera las 30 UTM.
o Garantía: Mantenimientos realizados por los proveedores de los equipos, debido a que la falla o el mantenimiento dentro de la garantía técnica ofertada por el proveedor en licitación pública respectiva.
o Comodato: Todos los equipos que se encuentran en comodato en el Hospital, se realizan según falla específica y a cargo del proveedor comodante. Se consideran también equipos en modalidad de arriendo con opción de compra.
- Según el procedimiento generado por la Unidad de Equipos Médicos se deberá realizar el flujo de trabajo e información asociado a la notificación de falla de equipos tanto por correo como por sistema informático.
- Cada cotización por mantenimiento correctivo debe ser validada por la Unidad de Equipos Médicos y debe siempre ir acompañada de un informe técnico que indique posibles causas y acciones a realizar.
- Definición de herramientas y modalidad de registro interna.
- Visita a terreno para diagnóstico de falla y definición de modalidad de gestión.
- Registro, seguimiento y control de fallas de los equipos y/o sus partes, tanto en correo informativo como en software SAP, módulo PM a través de tratamiento de avisos y órdenes asociados a notificaciones de falla.
- Coordinación con usuario clínico por el mantenimiento correctivo de los equipos.
- Gestionar el traslado interno o externo de un equipo para su reparación, si lo requiere.
- Los elementos para realizar actividades tanto preventivas como correctivas serán de cargo del adjudicatario no superando un monto de 30 UTM por evento.
- De ser necesario dar de baja un equipo, ya sea por parte del proveedor o la empresa adjudicada, según análisis específico, se solicita generar y completar formato de baja e informe técnico correspondiente.
- Si el mantenimiento correctivo corresponde a una falla usuaria, sea o no reparado el equipo, se debe generar reporte de incidencia con los datos del equipo, operatividad, si tiene asociada compra de repuesto, Unidad Clínica a la que pertenece y la historia asociada a la falla (de ser necesario, adjuntar fotografía).
- * Ante el requerimiento del HLF, es menester tener conocimientos y nociones de manejo de instrumental quirúrgico para validación de recepciones de éste en caso de envío a Servicio Técnico por MC.
En tanto a las tareas específicas de mantenimiento correctivo que se deben realizar por modalidades, éstas son los siguientes:
a) Mantenimiento Correctivo por Servicio técnico Externo (Garantía, Comodato, Arriendo con opción de compra, Externo):
- Análisis de convenios vigentes que contemplen servicios de Mantenimiento Correctivos asociados a MP.
- Análisis del Up time para aquellos equipos críticos definidos por la Unidad de Equipos Médicos del HLF.
- Registro, seguimiento y control de fallas y salidas de equipos, si corresponde.
- Diseño e implementación de etiquetas que identifiquen a los equipos que presentan falla o no pueden ser ocupados por los usuarios.
- Apoyar en el proceso de licitación de los servicios de mantenimiento correctivo, lo que incluye la generación de bases técnicas, especificaciones técnicas de licitación, evaluación de las ofertas y coordinación con los servicios adjudicados.
- Gestionar el traslado externo de los equipos, si lo requiere.
- Coordinar con los servicios clínicos y proveedores externos.
- Solicitud de informes de mantenimiento correctivo de equipos e instrumentos utilizados durante el procedimiento.
- Inspección y verificación como contraparte técnica de las mantenciones realizadas por proveedor de servicios externos.
- Informar a los supervisores clínicos a través de correo electrónico, el estado de sus equipos.
- Informar de manera mensual los mantenimientos que se llevaron a cabo y los que quedaron pendientes, especificando la causa (equipo perdido, falta de repuesto, entre otros).
b) Mantenimiento Correctivo por Servicio técnico Interno (Interno):
- Gestión de traslado interno de equipos de las Unidades para reparación en Taller de Equipos Médicos.
- Diseño e implementación de etiquetas que identifiquen a los equipos que presentan falla o no pueden ser ocupados por los usuarios.
- Gestión de compra de repuestos e instrumentos necesarios para la ejecución del mantenimiento
- Será de responsabilidad del adjudicado contar con los elementos necesarios para el óptimo desempeño de sus funciones al momento de resolver un requerimiento. Los materiales de trabajo que sean consumibles, es decir, los elementos como toallas de papel, paños amarillos, cinta aislante, artículos de oficina, entre otros, deberá proveerlos la empresa adjudicada.
- Diseño de informes para la ejecución del mantenimiento correctivo interno.
3.7 Asesoría por Proceso Adquisición
La asesoría técnica de adquisición considera la recepción, instalación, puesta en marcha y gestión de capacitaciones asociadas a los equipos médicos del HLF y sus partes, ya sea repuesto o accesorio. Además, se considera el apoyo en el proceso de compras, tal como creación de bases y evaluación de ofertas de equipos y sus partes. Para cumplir con esta actividad, se deben ejecutar las siguientes tareas y subtareas:
a) Levantamiento de información:
- Identificar requerimientos y exigencias estipuladas en las bases de licitación de equipos y/o sus partes en proceso de adquisición y en listado de información remitido por el HLF, que contienen los antecedentes por cada equipo, para ser verificadas al momento de entrega, instalación, puesta en marcha y capacitación del personal, según corresponda. En consecuencia, a partir de este análisis, se identifican, registran y organizan cada uno de los requerimientos que deben ser exigidos a los proveedores.
- Completar fichas de recepción para cada uno de los equipos adquiridos. Esta ficha contiene todos los datos y partes del equipo, además de las exigencias estipuladas en las bases de licitación, tales como cumplimiento de requisitos de pre-instalación, módulos y/o accesorios solicitados en las EE.TT., embalaje, revisión de posibles defectos, montaje y puesta en marcha, pruebas de funcionamiento y cumplimiento del programa de capacitaciones, si aplica.
- Implementar los procedimientos, flujos y formatos asociados al levantamiento de equipos y registro de información en la base de datos de equipos del HLF.
- Implementar planilla de seguimiento y control del plan de recepción e instalación actualizada, reflejando el proceso completo, es decir, conocer el estado de avance por equipo, de modo de anticiparse a diferentes escenarios posibles.
- Levantar información de equipos y sus partes desde el mercado, tales como catálogos, cotizaciones, entre otros.
- Gestionar el almacenamiento de manuales de operación usuaria y técnica de cada uno de los equipos recibidos de las Unidades que corresponda, para así cumplir con requerimientos de Acreditación. Será responsabilidad del HLF proveer los muebles para el almacenamiento de dichos manuales.
- Determinar valor de adquisición de cada componente de los equipos/equipamiento adquirido para cumplir normativa de NICSP, por concepto de descomponetización.
- Apoyar en el proceso de licitación de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo, lo que incluye la generación de bases técnicas, especificaciones técnicas de licitación, evaluación de las ofertas y coordinación con los servicios adjudicados.
b) Proceso de evaluación:
- Colaboración directa con la Unidad de Equipos Médicos del HLF en la elaboración de las bases de licitación y especificaciones técnicas, por concepto de compra, arriendo, arriendo con opción de compra o convenio comodato de equipos médicos y sus partes, tales como repuestos, accesorios u otros.
- Apoyo en las actividades de evaluación y generación del informe final para adjudicar el o los ítems solicitados.
- Generación de planillas de evaluación según los antecedentes de los procesos evaluados.
- Las actividades serán organizadas por el Encargado de la Unidad de Equipos Médicos e informadas a la empresa adjudicada, tomando en consideración el tiempo que requiere cada uno de estos requerimientos y las gestiones que se realizan con respecto al resto de las actividades.
c) Recepción de equipos:
- Monitorear habilitación de espacio físico y recinto, previo al montaje del equipo en el espacio destinado para ello, de manera que estén las condiciones ambientales y/o de infraestructura previamente definidas para la instalación.
- Planificar y coordinar con los proveedores el traslado, recepción, instalación y puesta en marcha de los diferentes equipos. Deberá contactarse con el proveedor de cada equipo y coordinar los servicios en la obra o lugar donde el HLF lo disponga, según las actividades y equipos/equipamiento pendiente.
- Procurar la indemnidad del equipo, los accesorios y sus manuales, esto implica que debe asegurarse de que el traslado, entrega, instalación y puesta en marcha, se realice en condiciones de seguridad y acorde con los requerimientos del equipo.
- Además de realizar la recepción de los equipos, se debe realizar la recepción de sus partes, tales como repuestos y/o accesorios requeridos para continuar o mejorar el funcionamiento de este, identificando compatibilidad y funcionamiento.
- Asistir a toda recepción de equipos médicos que se reciban en el HLF, independiente de su modalidad de ingreso a la institución, pudiendo ser estas: Adquisición, Arriendo, Arriendo con opción de compra, Demostración, convenio comodato, entre otros, dentro del período de ejecución de esta licitación y coordinar, en caso de requerirse, la concurrencia de otros referentes, tanto clínicos como técnicos.
* Ante el requerimiento del HLF, es menester tener conocimientos y nociones de manejo de instrumental quirúrgico para validación de recepciones de éste en caso de Adquisición.
d) Puesta en marcha:
- Ejecutar, de ser necesario, en conjunto con proveedor, la puesta en marcha de los equipos en la Unidad que corresponda y bajo las condiciones adecuadas y normales de trabajo.
- Realizar pruebas de funcionamiento, simulaciones y/o demostraciones para constatar el correcto funcionamiento del equipo, así como también que cumple con los detalles solicitados en las especificaciones técnicas informadas en las bases técnicas.
- Se deberá constatar que el equipo recibido en forma definitiva cumple con todo lo ofertado dentro de licitación correspondiente, ya sea a través de pruebas de funcionamiento, simulaciones, demostraciones, presentación de certificados y/o documentos por parte del proveedor según lo amerite; en caso de que esto no ocurriese, deberá dar aviso al HLF.
- Si se tratase de un accesorio o repuesto de algún equipo, verificar que dicho elemento es compatible con la marca y el modelo asociado, por lo cual, de ser necesario, se debe realizar una prueba en terreno con el equipo. Además, verificar en las bases si se requiere de instalación.
- Recopilación de información correspondiente al Acta de Recepción Conforme, la cual deberá ser entregada al responsable de la Unidad de Equipos Médicos en papel, con firma de representante del proveedor, representante de quien recepciona y representante de Bodega de Abastecimiento. Además, si la situación lo amerita, se requerirá la asistencia de un Referente Clínico para que entregue la conformidad del equipo recepcionado, lo cual quedará registrado en un documento interno.
- Apoyar en las tareas de etiquetado e inventario de los equipos que serán ingresados a la plataforma SAP. Es responsabilidad del HLF entregar el formato de documento para registro de equipos según plataforma SAP.
e) Capacitación:
- Definición de los requerimientos de los usuarios respecto a la capacitación en el uso y mantenimiento a nivel usuario de los equipos.
- Coordinar y documentar conformidad con la o las capacitaciones de personal técnico y usuario clínico del equipo recepcionado, así como la evaluación de dicha capacitación.
- Entregar a la Unidad de Equipos Médicos del HLF un listado en papel con firmas de asistentes, los resultados de la evaluación y firma del representante del proveedor.
- De no cumplirse la capacitación coordinada, informar a la Unidad de Equipos Médicos el motivo y la reprogramación de esta actividad, pues es parte fundamental para el buen uso del equipo.
- Para los casos que el HLF disponga, se podrá hacer entrega de Recepción Conforme a proveedor previo a la ejecución de la totalidad de los servicios adquiridos. Para llevar a cabo dicho acto, se solicitará a proveedor Carta de Compromiso que garantice ejecución de las asesorías faltantes en la fecha en que el HLF lo requiera.
- Archivar documentación asociada de manera digital y en carpetas físicas.
- Evaluar el impacto de ejecución de las capacitaciones.
- Evaluar periódicamente la tasa de fallas de los equipos y con respecto a ésta, gestionar una nueva capacitación usuaria, la cual puede ser realizada por personal de la empresa adjudicada si se tienen los conocimientos técnicos o si se debe coordinar con proveedor del equipo.
- Realizar capacitaciones que el HLF requiera para el buen uso de los equipos, siempre y cuando la empresa cuente con los conocimientos necesarios para realizar dicha actividad.
3.8 Gestión de la Información
El levantamiento, seguimiento y recopilación de información relevante para la gestión de los equipos médicos, junto con el apoyo a la toma de decisión, son los ejes principales de esta sub-área. Para este cometido se contará con profesionales especialistas en gestión de la información, los cuales contarán con el soporte de la plataforma informática SAP, módulo PM y diversas planillas complementarias.
El HLF utiliza como herramienta de gestión este sistema SAP, para la programación de órdenes de trabajo y avisos para mantenimientos preventivos y correctivos, calendarización de mantenimiento y planificación de actividades de la Unidad en general.
La Unidad de Equipos Médicos capacitará al personal de la empresa adjudicada para el uso y manejo del software, con la finalidad de dar continuidad, eficiencia y efectividad a las actividades que se realizan.
Registro, Monitoreo y Control:
- Recepción, registro y generación de avisos y órdenes de mantenimientos, tanto del sistema informático SAP como manual.
- Recepción de requerimientos, generación de órdenes de trabajo (OTs), Registro de OTs, Almacenamiento de documento en formato físico y digital de los servicios ejecutados.
- Actualización de los avisos u órdenes generadas en SAP, así como también informar al clínico a través de correo del estado de su equipo.
- Actualizar mensualmente los datos de los equipos, para que la Unidad de Equipos Médicos esté informada y pueda realizar la actualización en SAP.
- A la empresa adjudicada se le entregará una base de datos con información relevante de los equipos, como su ubicación, datos del equipo, datos de la compra y datos de mantenciones. Se debe trabajar en conjunto con la Unidad de Equipos Médicos para dar mejoras a la planilla, como por ejemplo el estado actual del equipo (dado de baja, en reparación, inoperativo, entre otros).
- Es responsabilidad de la empresa adjudicada mantener actualizada la base de datos con la información de los equipos, como apoyo al registro de inventario de equipos y equipamiento médico.
- La empresa adjudicada deberá realizar una planilla de adquisición de accesorios, repuestos y servicios con los datos requeridos por la Unidad de Equipos Médicos, para mantener el registro al día de lo que se ha adquirido, fecha de entrega y multas asociadas.
- Se deberá mantener actualizada la planilla que se les entregará de compra de equipos médicos, con el formato de compra, es decir, adquisición propia (garantía), comodato, arriendo con opción de compra, arriendo, entre otros.
- Trabajar en conjunto con la Unidad de Equipos Médicos para mantener una planilla actualizada de las solicitudes de accesorios, repuestos, servicios y compras por Fondo Fijo, agregando las nuevas solicitudes o ítems desiertos en procesos anteriores.
- Monitorear la trazabilidad de los equipos y equipamiento dentro y fuera de las dependencias de la Institución.
- Monitorear el cumplimiento general del Plan de Mantenimiento Preventivo Anual.
- Actualizar la información de la gestión asociada a los contratos de mantenimiento preventivo.
- Informar en reporte mensual el número de mantenimientos planificados y realizados, según lo que se solicita para Acreditación e indicadores SISQ, SICARS, COMGES y otros de carácter ministerial.
- Actualización permanente de la información registrada en plataforma, informando detalles a evaluar con la Unidad de Equipos Médicos en reporte generado mensualmente.
- Diseñar e implementar una encuesta de satisfacción usuaria como medición de la percepción en la ejecución de los servicios y posibles mejoras de los procesos actuales de la Unidad.
- Apoyo en levantamiento de accesorios asociados a equipos del Hospital, de acuerdo a su criticidad, complejidad y uso (desechable o reutilizable).
- Se realizará en conjunto con la Unidad de Equipos Médicos un listado de accesorios en base a los equipos de cada Unidad, con el fin de estandarizar los requerimientos de los usuarios clínicos.
- Controlar los ingresos de equipos médicos por demostración o donación, según Resolución del HLF.
- Informar con anticipación cuándo equipo cumplirá su vida útil y éste debe ser dado de baja. En el caso de equipos dados de baja por falla, se debe informar al momento de ocurrido el suceso.
- Coordinar con Inventario la actualización de los equipos con respecto a su Ubicación Técnica, Recinto y Número de Inventario. Todo informado a través de correo a la Unidad de Equipos Médicos.
- Reporte de indicadores que apoyen la toma de decisiones a diferentes niveles.
- Control y gestión de organización de ingresos a planilla de Bodega Equipos Médicos, con consecuente orden en Bodega.
- Apoyar a la Unidad en las gestiones asociadas a los equipos médicos que se solicite, ya sea de adquisición, evaluación de procesos, mantenimientos, información, entre otros.
3.9 Apoyo Administrativo
Para la correcta gestión y respuestas oportunas a los requerimientos del Hospital para con la empresa adjudicada, es necesario mantener una organización y gestión documental de los registros generados durante la vigencia del convenio. Las actividades a desarrollar para apoyo administrativo son las siguientes:
- Cierre de Órdenes de Trabajo en terreno en Unidades Clínicas
- Traspaso de información a planillas de gestión
- Escaneo y archivo de documentos de gestión
- Apoyo en coordinación con proveedores de equipos médicos
- Gestiones en terreno según requerimiento
3.10 Apoyo Profesional Unidad Equipos Médicos
Se deben ejecutar las actividades directamente en oficina de la Unidad de Equipos Médicos para prestar apoyo inmediato en las actividades solicitadas tanto por el Encargado de la Unidad como la Jefatura del Departamento.
Las principales tareas a prestar apoyo son:
- Levantar información, consolidar datos en planillas de carga, elaborar de protocolos y HR de mantenimiento preventivo para SAP PM.
- Elaborar y revisar especificaciones técnicas para adquisición de accesorios y repuestos de equipos médicos.
- Elaborar y revisar Bases Técnicas de Licitación de mantenimientos preventivos y correctivos de equipos médicos.
- Apoyar en gestión de adquisición, recepción y garantías técnicas de equipos médicos.
- Apoyar en recepción de facturas y documentos relevantes para la unidad con su consecuente respaldo y archivo.
- Actualizar información de licitaciones y modalidades de compra mensualmente con sus respectivas planillas de registro.
- Consolidar requerimientos de compras de servicios, accesorios y repuestos.
- Control y gestión de organización de documentación relacionada a licitaciones y su respectivo respaldo digital.
- Apoyo en el control y gestión de convenios de mantenimiento
- Gestión de indicadores
La función de apoyo a la Unidad se activará según necesidad del HLF, el cual debe solicitar con 15 días corridos de anticipación, la necesidad de contar con apoyo para la Unidad, el cuál en ningún caso puede ser por un periodo inferior a un mes y debe renovarse cada 1 mes, la persona solicitada para estas labores debe cumplir con las siguientes exigencias:
• Título de Tecnólogo en Informática Biomédica, Ingeniería Biomédica, Ingeniería Civil, Ingeniería Eléctrica, Ingeniería Civil Industrial, Ingeniería Mecánica o Ingeniería Electrónica (según requerimiento).
• 1 año de experiencia en gestión de equipamiento médico.
Estas características se revisarán al momento que el oferente responda la solicitud de apoyo por parte del HLF.
3.11 Otros
a) Reporte Mensual
Dentro de los primeros 2 días hábiles de cada mes, la empresa adjudicada deberá entregar a la Unidad de Equipos Médicos un reporte de avance mensual, indicando las actividades realizadas durante el mes recién pasado, tales como:
- Mantenimiento Preventivo
- Mantenimiento Correctivo
- Adquisición
- Gestión de la Información
Al momento de adjudicar a la empresa de esta licitación, se agendará una reunión para evaluar los puntos y el orden que debe tener este documento.
b) Tiempo de respuesta
Cada solicitud proveniente de las Unidades Clínicas deberá ser respondida dependiendo de la criticidad del equipo o de la propia de la solicitud. Existen ciertos requerimientos por parte de la Unidad de Equipos Médicos de carácter urgente, los cuales se les informará oportunamente a través de correo electrónico y donde la empresa adjudicada deberá dar todo el apoyo posible para cumplir con dicha solicitud dentro del plazo establecido. La Unidad de Equipos Médicos informará oportunamente acerca del listado de equipos críticos y para los cuales se requiere una respuesta rápida y de urgencia ante las solicitudes.
c) Turno de Llamado
Las fallas de los equipos médicos pueden ocurrir en cualquier momento, es por esto que la empresa adjudicada debe contar con personal de turno y personal de llamado que pueda estar disponible para resolver el conflicto, ya sea con apoyo telefónico o asistencia al Hospital, según sea el caso. Se solicitará agregar un número en el contrato que se encuentre disponible las 24 horas, los 7 días de la semana, esto para solicitudes de personal del HLF, generadas mediante Mesa de Ayuda o por personal de la Unidad de Equipos Médicos.
d) Bodega de Equipos Médicos
Es de responsabilidad de la empresa adjudicada establecer y mantener organización de Bodega de Equipos Médicos para el óptimo almacenamiento y conservación de los bienes que allí se encuentren.
Cabe destacar que actualmente se cuenta con dos recintos de Bodega de Equipos Médicos, los cuales deben estar en las mismas condiciones.
Se trabajará en base a planilla con registro de accesorios y repuestos adquiridos, además de registrarse Inventario mensual de equipos y/o equipamiento presente en Bodega, el que debe estar actualizado en todo momento.
Debe realizarse inventario de ambas bodegas de manera mensual para controlar ingresos y salidas tanto de equipos/equipamiento como de accesorios y repuestos.
De no cumplirse este requerimiento, se realizará cobro de multa detallado en punto 12.3.
e) Mejores Condiciones Laborales
Durante el período de duración de la presente licitación la Unidad de Equipos Médicos tiene la facultad de generar revisiones sin previo aviso al proveedor en el sistema previsional y confirmar que esté cumpliendo con sus deberes como empleador al generar los pagos de sus empleados, de no ser así, se cursará la multa correspondiente según bases de licitación.
4.- LISTADO DE EQUIPOS/EQUIPAMIENTO MÉDICO DEL HLF
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, a través de la presente licitación, solicita el servicio de mantenimiento y gestión de equipos médicos según el detalle de equipos médicos descritos en el Anexo N°12 Listado de Equipos/Equipamiento. Se debe considerar que el parque de equipos/equipamiento médico experimenta un crecimiento aproximado de un 10% anual.
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