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RESOLUCION |
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VISTOS:
a) Lo señalado en el DFL Nº1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, "Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado".
b) Lo dispuesto en la Ley Nº19.880, que "Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado".
c) Las facultades que confiere la Ley Nº16.752, que "Fija Organización y Funciones y Establece Disposiciones Generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil".
d) Lo dispuesto en la Ley N°18.712, que "Aprueba Nuevo Estatuto de los Servicios de Bienestar Social de las Fuerzas Armadas".
e) Las disposiciones contenidas en la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, contenido en Decreto Supremo (H) Nº661 del 2024.
f) La Resoluciones Nº36, del año 2024, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, de la Contraloría General de la República.
g) El PRO LOG 01, que regula el procedimiento de Adquisición de Bienes Muebles, Contratación de Servicios y Gestión de Contratos de la DGAC.
h) Resolución Exenta N°09/1/1/0999 de fecha 05/02/2025 que Dispone cese y asunción de funciones en el cargo de Encargado/Jefe del Aeropuerto Chacalluta del Subdepartamento Zona Aeroportuaria Norte del Departamento Aeródromos y Servicios Aeronáuticos.
i) La Resolución Exenta Nº12/3/069, de fecha 12 de marzo de 2025 del Departamento de Bienestar Social que Delega facultades.
CONSIDERANDO:
a) La necesidad de contratar el servicio de transporte para funcionarios del Aeropuerto Chacalluta de Arica por un periodo de 10 meses, en conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias señaladas en los Vistos de la presente Resolución.
b) Que, se ha podido constatar que el servicio requerido se encuentra en el catálogo electrónico de Convenio Marco de la plataforma www.mercadopublico.cl de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sin embargo, se realizó ese proceso con el N° 5802394-2808GMSK, presentándose un solo oferente, el cual se declaró desierto por superar el presupuesto disponible.
c) Que, a fin de efectuar una evaluación técnica y económica de las ofertas que se presenten en el proceso, este Departamento requiere designar una Comisión de Evaluación, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley Nº19.886, citado en Vistos e).
d) Que, este Departamento cuenta con la disponibilidad presupuestaria para la contratación del servicio requerido.
RESUELVO:
1. Llámese a licitación pública para la contratación del servicio de transporte para funcionarios del Aeropuerto Chacalluta por un periodo de 10 meses, en atención a lo indicado en los Vistos y Considerando de la presente Resolución.
2. Apruébense las bases de licitación por las cuales se regirá la presente licitación, conformadas por los documentos que se indican a continuación:
2.1 Bases Administrativas.
2.2 Bases Técnicas.
2.3 Pauta de Evaluación.
2.4 Formato de identificación del proponente
2.5 Formato para presentación de oferta económica.
2.6 Formato declaración de programa de integridad.
2.1 BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN PÚBLICA, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS DEL AEROPUERTO CHACALLUTA
I. OBJETO DE LA PROPUESTA
El DEPARTAMENTO BIENESTAR SOCIAL DE LA DGAC, en adelante también el DBSO, la entidad licitante o la Institución, llama a Propuesta Pública conforme a las presentes Bases de Licitación, para la contratación del servicio de transporte para funcionarios del Aeropuerto Chacalluta por un periodo de 12 meses, pudiéndose renovar por un periodo similar por única vez. La contratación se regirá por las disposiciones contenidas en la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante también la Ley de Compras, y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo (Hacienda) Nº661 de 2024.
II. GENERALIDADES
II.1 El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado (www.mercadopublico.cl), en adelante también el Sistema de Información, la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, la Plataforma, o el Portal, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos de las presentes, bases administrativas, bases técnicas, formato de identificación del proponente, formato para presentación de oferta económica, declaración de programa de integridad, , en adelante también las bases de licitación, documentos que a partir de la fecha de su publicación estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso.
II.2 La presente propuesta y el contrato que de ella se derive se regirán por la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, (en adelante Ley de Compras Públicas), el Decreto Supremo (H) Nº661 del 2024 (en adelante el Reglamento), estas bases de licitación, las aclaraciones que pudiere emitir la Dirección General de Aeronáutica Civil, las consultas de los proponentes, las respuestas evacuadas por la Institución y la oferta que resulte adjudicada. Las consultas, respuestas y aclaraciones se entenderán que forman parte integrante de las bases y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
II.3 En la presente licitación deberán formularse propuestas por el total de lo requerido.
II.4 El Departamento de Bienestar Social de la Dirección General de Aeronáutica Civil adjudicará a la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, conforme a lo señalado en el punto IX.2 de las presentes bases administrativas.
El presupuesto estimado y referencial informado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma de $ 42.120.0000.- (cuarenta y dos millones ciento veinte pesos chilenos) IVA incluido. La entidad licitante se obliga a gestionar, obtener y asignar los recursos para los ejercicios presupuestarios de los años 2026-2027.
El Departamento de Bienestar Social la Dirección General de Aeronáutica Civil declarará inadmisibles las ofertas cuando determine que estas no se ajustan a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la ley o el reglamento y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente. El Departamento Bienestar Social de la Dirección General de Aeronáutica Civil, adjudicará esta Licitación Pública a aquél proponente que, cumpliendo las exigencias de las presentes Bases de Licitación obtenga la mayor ponderación como resultado del proceso de Evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
II.5 Adjudicada la propuesta, y una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que así lo haya resuelto, el Departamento de Bienestar Social la Dirección General de Aeronáutica Civil celebrará el contrato con el oferente que resulte adjudicado previo cumplimiento de lo señalado en el Capítulo X de las presentes bases administrativas.
II.6 Adjudicada esta propuesta no podrán cederse o transferirse a terceros los derechos y obligaciones emanados de ella ni del contrato. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento del contrato de prestación de servicios mencionado en el punto precedente.
II.7 Si durante la vigencia del contrato derivado de la presente licitación el contratista fuere objeto de una transformación o absorción que implicare su disolución, término de giro y registro tributario, la nueva compañía que surja de dicho proceso o la firma que incorpore a su patrimonio los derechos y obligaciones del contrato administrativo, podrá continuar con la ejecución del mismo, situación que no importa de modo alguno contravención de los artículos 14 y 15 de la Ley Nº19.886, siempre que dicha empresa cumpla con las exigencias establecidas en las bases para contratar y ejecutar el contrato.
II.8 Se hace presente que el oferente deberá estar inscrito y habilitado en el Registro de Proveedores, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 120 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) N°661 del año 2024).
La situación de habilidad será verificada a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, administrado por la Dirección de Compras. Asimismo, no será necesario que el adjudicatario entregue documentación que ya se encuentre disponible en el Registro de Proveedores, siempre que esta cumpla con los requisitos exigidos y las fechas de vigencia estén conforme a lo indicado en el punto X.2 del Capítulo X, titulado “Actos preparatorios del contrato”.
II.9 Todos los plazos que se señalan en esta propuesta pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos.
En el evento que las gestiones o actuaciones exigidas por esta entidad licitante coincidan con sábado, domingo o festivo, estas deberán realizarse el día hábil administrativo siguiente.
II.10 Si el oferente adjudicado, al momento de suscribir el contrato no acredita estar habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública, requisito que también se exige a todos los integrantes de una unión temporal de proveedores para la suscripción del contrato definitivo, la entidad licitante deberá dejar sin efecto la adjudicación de la oferta y, eventualmente, adjudicar la licitación al siguiente oferente mejor evaluado.
II.11 Los plazos que se establecen en el cronograma de la propuesta incluido en las presentes bases administrativas, a saber, plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas y fecha de apertura de ofertas, podrán ser modificados hasta por un máximo de treinta (30) días corridos, por la entidad licitante, en la eventualidad de la ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a los plazos y fechas originalmente publicadas. La modificación antes señalada, será materializada mediante la dictación de una resolución, fundada y firmada por la autoridad competente, debidamente tramitada y publicada en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección de Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
II.12 La entidad licitante tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas, así como verificar su habilidad.
La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos los que no son veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública.
La detección de antecedentes falsos podrá dar lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuando la convención se hubiese determinado en base a dichos antecedentes o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera sea la oportunidad en que hayan sido presentados, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato y una vulneración al pacto de integridad contenido en las declaraciones obligatorias que forman parte de las presentes bases y que deben ser firmadas por los oferentes. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes.
III DE LOS PARTICIPANTES
III.1 Podrán participar en esta licitación personas naturales y jurídicas, o bajo la fórmula de UTP (Unión Temporal de Proveedores), integradas solo por una o más empresas de menor tamaño, de acuerdo con lo establecido en los artículos 180 y siguientes del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) Nº661 del año 2024), estando habilitados para aquello en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) y que, en caso de adjudicarse la propuesta, están obligados a prestar el servicio contratado por la institución y facultadas para cobrar y percibir el pago.
III.2 No podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4° de la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, Capítulo II “De los requisitos para contratar con los organismos del Estado”.
Asimismo, no podrán participar en esta propuesta aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades consagradas en el artículo 154 del Reglamento de la Ley de Compras.
Del mismo modo, estarán impedidas de participar en esta licitación pública, aquellas personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las situaciones o afectas a una o más de las prohibiciones enumeradas en el artículo 35 de la Ley Nº19.886. Para acreditar lo señalado en este punto, se deberá acompañar la correspondiente declaración jurada, conforme al formato adjunto.
IV CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Toda solicitud de aclaración de las bases de licitación, así como las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) dentro del plazo de diez (10) días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta.
Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, en un plazo de diez (10) días corridos contados desde la fecha final de recepción de preguntas, mediante un archivo que será incluido como documentación anexa en el apartado “Archivos adjuntos de esta licitación”.
Como consecuencia de las consultas y aclaraciones, el Departamento de Bienestar Social de la Dirección General de Aeronáutica Civil podrá introducir cambios en las bases de licitación, resguardando debidamente los intereses de los proponentes, con el objeto de que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo correspondiente, el que una vez totalmente tramitado se informará a través del Sistema de Información de Chilecompra. En ese caso se considerará un plazo adicional prudencial que se contendrá en la misma resolución, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas.
V INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las bases de licitación que regulan esta propuesta prevalecerá el criterio de la DGAC, que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y de su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la República, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Ante una eventual discrepancia entre las bases de licitación y la oferta, prevalecerán las primeras. Igualmente, ante discrepancias entre la ficha electrónica del Portal Mercado Público y las bases de licitación, prevalecerán estas últimas.
VI GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA
Los gastos que demande participar en la presente Propuesta, deben ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso.
VII DE LA PRESENTACIÓN
Las ofertas, técnicas y económicas, deberán ser presentadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), hasta el cierre de esta propuesta, es decir, dentro del plazo de treinta (30) días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta, hasta el día de cierre de la misma a las 15:00 horas.
El oferente, por el solo hecho de participar, acepta expresamente que ha estudiado las bases de licitación, y que está de acuerdo con sus términos y condiciones.
Lo anterior, no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes bases administrativas como también en las bases técnicas, por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes u otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso de que la omisión corresponda a un aspecto invalidante o excluyente, la comisión evaluadora deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad misma.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras.
Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del contratista, que puedan repercutir en la ejecución del contrato o en una etapa posterior a ella, ni establecer condición alguna que pueda afectar los intereses de la DGAC o que se contrapongan a lo establecido en las bases de la licitación y, en el evento que se incluyan, estas no tendrán valor alguno y se tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de licitación por sobre la oferta por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases.
Las ofertas deberán ser presentadas en idioma español. Solo se aceptará el idioma inglés en manuales y folletos técnicos que se requieren respecto del servicio ofertado.
Esta DGAC, declarará inadmisible una o más ofertas cuando, en un procedimiento de contratación se presenten ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 60 de su Reglamento. En este caso, la entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, únicamente la oferta más conveniente de las empresas del mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes bases de licitación, y declarará inadmisibles las demás.
Asimismo, la oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 182 de su Reglamento.
Los oferentes no podrán, en este proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores, en tal caso, serán declaradas inadmisibles ambas ofertas.
La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del contrato, conforme a lo establecido en el artículo 61 del Reglamento.
Las ofertas deberán presentarse en formato Adobe Acrobat (pdf) para ser leído en el sistema operativo Windows. Los documentos a incluir son los siguientes:
VII.1 DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS.
El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el Portal Mercado Público:
VII.1.1 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto, singularizado como punto 2.4 de las presentes bases de licitación.
VII.1.2 Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá adjuntar una escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
VII. 1.3 Criterios Programa de Integridad
Este criterio evalúa que los oferentes cuenten con programas de integridad, conforme al formato de declaración jurada adjunto al punto 2.6 de las bases de licitación. Los proponentes deberán adjuntar a su oferta los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad, y aquellos documentos que den cuenta de que tales programas son conocidos por sus empleados.
VII.2 DOCUMENTOS TÉCNICOS.
El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público:
VII. 2.1 Experiencia
Se considerarán como experiencia, aquellos servicios que tengan relación con el servicio de transporte ejecutados directamente relacionadas con el itemizado de servicios a contratar, cada experiencia será acreditada mediante Factura emitida por el mandante del servicio, dentro de los 24 meses anteriores a la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.
VII. 2.2 Cumplimiento de Requisitos formales.
El oferente deberá presentar la oferta con la correspondiente descripción del bien o servicio que cotiza, solicitada en el Punto 3 de las Bases Técnicas de la presente Licitación pública El oferente que no presente esta información o copie el texto o descripción publicada, su oferta o ítem no será evaluado
VII. 2.3 Seguro Complementario de accidentes personales para pasajeros
Los oferentes, estarán obligados a presentar el seguro complementario de accidentes personales para pasajeros vigente del (o los) vehículo(s) que prestarán el servicio de transporte del personal Aeronáutico del Aeropuerto Chacalluta de Arica que cotizará en su oferta.
VII. 2.4 Presencia regional de la empresa
Los oferentes, deberá acredita domicilio e inicio de actividades en SII de la ciudad de Arica.
Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este punto VII.2 “Documentos técnicos”, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las bases técnicas y en la pauta de evaluación, que permita a la comisión evaluadora, evaluar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dicha pauta; en caso contrario, se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida.
VII. 2.5 Criterio Sustentable para proveedores
Este parámetro solicita a los proveedores uno de los siguientes criterios sustentables que debe acreditar adjuntando los documentos que le permitan certificar el cumplimiento del o de los aspectos seleccionados.
VII.3 DOCUMENTOS ECONÓMICOS.
El oferente deberá incluir en su oferta los siguientes documentos, utilizando el módulo correspondiente habilitado en el portal Mercado Público:
“Formato para presentación de oferta económica” adjunto en el punto 2.5 de las bases de licitación, con indicación de su vigencia, la que no podrá ser inferior a 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de cierre de la licitación. Lo anterior, sin perjuicio de digitar en el Sistema de Compras Públicas los valores que este exigirá.
Aquellas ofertas que no mencionen la vigencia se entenderán que aceptan lo señalado en estas bases administrativas.
Solo se aceptarán ofertas en pesos chilenos (CLP). La oferta que sea presentada en Unidades de Fomento (UF) u otra moneda, no será considerada en el estudio económico de la propuesta, obteniéndose la comisión evaluadora de continuar evaluando y sugerirá su inadmisibilidad.
Respecto a la oferta económica, serán causales de inadmisibilidad las siguientes:
1. El oferente no presenta oferta económica.
2. La oferta económica no contiene todo lo requerido en el formato de presentación de oferta económica establecido en las bases de licitación.
3. La modificación u omisión de lo solicitado por la DGAC, que alteren el pliego de condiciones, entre otros, las variaciones en las características del servicios o plazo de ejecución de los mismos.
4. Ofertar en una moneda distinta a la exigida en las bases.
5. El plazo de vigencia de la oferta es inferior al solicitado en las bases de licitación.
VIII DE LA APERTURA
La apertura de todas las ofertas se efectuará en un solo acto, el día hábil administrativo siguiente del cierre de la licitación, en forma electrónica, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), liberándose automáticamente las ofertas, permitiendo la publicidad de las ofertas completas de todos los oferentes, sin importar el resultado de su admisibilidad.
En la apertura sólo se efectuará la descarga del contenido de las ofertas desde la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), aceptándose todas las ofertas recibidas. El examen y análisis en detalle del contenido de ellas, corresponderá exclusivamente a la Comisión Evaluadora.
Una vez concluido el acto de Apertura, se confirmará el Acta de Apertura Electrónica emitida por la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). Los proponentes podrán formular observaciones dentro de las 24 horas siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la misma Plataforma, las que serán resueltas por el DBSO de la DGAC dentro del plazo de tres (3) días corridos, contado desde el vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura de las ofertas, la entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su prosecución el día hábil siguiente.
Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos (2) días hábiles administrativos contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), en formato digital y papel, en el Aeropuerto Chacalluta, comuna de Arica, en los siguientes horarios: de lunes a jueves entre las 08:30 a 12:00 horas y desde las 14:30 a 17:00 horas; viernes entre las 08:30 a 12:00 horas y desde las 14:30 a 16:00 horas. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad.
IX. DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
IX.1 La Entidad Licitante, a través de la comisión evaluadora designada mediante resolución e integrada por tres (3) funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil, será responsable de evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas presentadas por los proponentes. Este proceso implica la revisión y análisis detallado de las ofertas, y demás documentos, con el objetivo de determinar si cumplen con los requerimientos establecidos en las Bases de Licitación. En este contexto, se realizará un examen de admisibilidad, y solo se evaluarán aquellas ofertas que resulten admisibles.
La comisión evaluadora propondrá a la Entidad Licitante declarar desierta la licitación, declarar inadmisible una o más ofertas, o proceder con la adjudicación, según lo considerado en las presentes Bases.
IX.2 Las propuestas serán estudiadas y evaluadas en base a la Pauta de Evaluación que forma parte de las Bases de Licitación, en un plazo no superior a siete (7) días corridos, contado desde la apertura de las ofertas o de resueltas las eventuales observaciones que formularen los proponentes a la apertura. Las ofertas serán ponderadas con un 72% para los Aspectos Técnicos, 25% para los Aspectos Económicos y 3%para los Aspectos Administrativos.
Para la evaluación de las ofertas económicas se considerará el valor total de la oferta.
La DGAC adjudicará la licitación a aquel oferente que, cumpliendo las exigencias de las bases de licitación, obtenga el mayor puntaje luego de la aplicación de los criterios de evaluación respectivos, sin perjuicio de declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses.
La DGAC no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las bases.
IX.3 Frente a la eventualidad de que dos o más oferentes obtengan igual puntaje en la pauta de evaluación, se establecen los siguientes criterios de desempate para adjudicar, los que serán aplicados en el siguiente orden de prelación hasta obtener un desempate y que solo un oferente resulte adjudicado:
1. El mayor puntaje obtenido en los aspectos Técnicos.
2. El mayor puntaje obtenido en los aspectos Económicos.
3. El mayor puntaje obtenido en los aspectos Administrativos
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará la oferta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
IX.4 Durante el periodo de evaluación, y de conformidad al artículo 56 del Reglamento de la Ley de Compras, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecte el principio de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). El o los oferentes afectados tendrán un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde la solicitud de la entidad licitante, para salvar tales errores u omisiones.
Se deja establecido que no se considerarán errores formales aquellos relacionados con el precio de la oferta.
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. El o los oferentes afectados tendrán un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del sistema para presentar los antecedentes omitidos.
Para efectos de las facultades contempladas en los párrafos precedentes, se contempla el criterio de evaluación de “Cumplimiento de requisitos formales en la presentación de la oferta”, conforme al cual, se le asignará menor puntaje a aquellas ofertas que no cumplieron dentro del plazo de presentación de las ofertas con la presentación de todos los antecedentes requeridos en las presentes bases de licitación.
Durante el periodo de evaluación, los oferentes solo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, mediante la herramienta de solicitud de aclaraciones del Portal Mercado Público.
IX.5 Dentro de los diez (10) días corridos siguientes a la fecha de apertura de las ofertas, la comisión evaluadora deberá emitir el informe de evaluación y la Dirección General de Aeronáutica Civil dictará la resolución de adjudicación o deserción, según corresponda, la que se notificará a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para ello, conforme a lo establecido en el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Compras, dictando, además, el correspondiente acto administrativo fundado.
Los oferentes tendrán cuarenta y ocho (48) horas para efectuar consultas respecto de la adjudicación, las que deberán ser formalizadas únicamente a través del mecanismo habilitado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), o directamente al correo electrónico sgaspar@dgac.gob.cl y serán contestadas por la DGAC a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (4) días hábiles administrativos.
X. ACTOS PREPARATORIOS DEL CONTRATO
X.1 Luego de dictada la Resolución de Adjudicación y dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de notificado en el Portal dicho acto administrativo, el Departamento Bienestar Social de la DGAC celebrará el Contrato de prestación de servicios con el oferente adjudicado.
X.2 Para celebrar el contrato, el adjudicatario deberá presentar dentro de un plazo de quince (15) días corridos, contado desde la notificación de la resolución de adjudicación en el referido portal, los siguientes documentos:
Xl.2.1 Si el adjudicatario es una persona jurídica, deberá presentar la siguiente documentación, en el caso de que esta no se encuentre en el portal o no esté actualizada:
1. Certificado de inicio de actividades del Servicio de Impuestos Internos (SII)
2. Copia de la escritura de su constitución y de aquellas que contengan las modificaciones que hubiere experimentado y la inscripción de tales extractos en el Registro de Comercio.
3. Certificado de vigencia de la sociedad, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo o por la autoridad correspondiente, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación.
4. Certificado de vigencia de personería de su(s) representante(s), expedido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo, el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, o la autoridad correspondiente, de una antigüedad no superior a sesenta (60) días corridos a la fecha de su presentación.
5. Fotocopia de la cédula de identidad de su(s) representante(s).
X.2.2 Si el adjudicatario es una persona natural, deberá presentar la siguiente documentación, en el caso de que esta no se encuentre en el portal o no esté actualizada:
1. Fotocopia de su cédula de identidad vigente.
2. Copia de la patente municipal vigente
3. Certificado de Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
X.2.3 Si el adjudicatario es una unión temporal de proveedores (UTP), deberán presentar, respecto de cada uno de los integrantes, los antecedentes señalados previamente, según corresponda, en el caso de que estos no se encuentren en el portal o no estén actualizados. Además, deberán dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 180 del Reglamento de Compras Públicas, y acompañar la escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto y que considere una vigencia no menor a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
X.2.4 Asimismo, en cualquiera de los casos anteriores, deberá presentar el Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y sociales emitido por la Dirección del Trabajo de acuerdo a lo establecido en el inciso segundo del Artículo 4° de la Ley N°19.886 (Formulario F30-1).
X.3 La Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, cuando:
1. El adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o no lo suscribe dentro del plazo establecido en las bases.
2. No presenta los documentos exigidos para celebrar el contrato en el plazo de quince (15) días corridos.
3. No presenta la garantía de fiel cumplimiento del contrato en los términos establecido en estas bases.
4. Si al momento de suscribir el correspondiente contrato, el adjudicatario no se encuentra hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl) de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
5. Los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato.
X.4 Requisitos para contratar:
Solo podrán contratar con esta DGAC aquellos proveedores que se encuentren hábiles en el Registro de Proveedores.
La habilitación en dicho registro será responsabilidad de los proveedores que deberán acreditar su situación financiera y técnica, a través de su inscripción en ese Registro.
Tratándose de una unión temporal de proveedores, todos sus integrantes deberán encontrarse hábiles en el Registro de Proveedores, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 182 y 183 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
XI CONTENIDO DEL CONTRATO
El contrato contendrá la individualización del proveedor, las características del servicio contratado, el precio, el plazo de duración, las garantías, si las hubiere, las medidas a ser aplicadas por eventuales incumplimientos del proveedor, así como sus causales y el procedimiento para su aplicación, causales de término y demás menciones y cláusulas establecidas en estas bases.
El contrato que se derive de la propuesta pública que se regula por las presentes bases de licitación, no podrá contener cláusulas de limitación de responsabilidad del contratista, puesto que una estipulación de tal naturaleza implica renuncia anticipada de derechos que precisa de autorización legal, facultad que la entidad licitante no posee.
XII. DE LAS MODIFICACIONES AL CONTRATO
El contrato solo podrá modificarse durante su vigencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y artículo 129 de su Reglamento, siempre que ello no altere la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el equilibrio financiero del contrato y los elementos esenciales del contrato. Tampoco podrá modificarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado, y siempre que la DGAC cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
Asimismo, podrá realizar una modificación a los servicios comprometidos en el contrato, siempre y cuando existan razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que dio origen a la presente contratación.
Cuando por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificada por la Entidad Licitante, y el contratista esté impedido de cumplir sus obligaciones, siempre que dicho cambio no genere inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para esta DGAC; que se refiera a las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la hizo necesaria y que se respete el equilibrio financiero del contrato. En este caso, la DGAC estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure el impedimento.
Cualquiera de estas modificaciones deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
XIII. DEL TÉRMINO ANTICIPADO.
XIII.1 El contrato solo podrá terminarse anticipadamente en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 bis de la Ley de Compras Públicas y artículo 130 de su Reglamento, por las siguientes causas:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y 129 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los servicios que efectivamente se hubieren prestado, durante la vigencia del contrato.
Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas y artículo 135 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
e) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
f) Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del contratista lo siguiente:
En caso de que el contratista abandonare intempestivamente la ejecución del servicio.
La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos los que no sean veraces, íntegros o auténticos y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes o ellos sean relevantes para la correcta y completa ejecución de la contratación, cualquiera que sea la oportunidad en hayan sido presentado, conforme a lo establecido en el punto II.12 de las presentes bases administrativas.
Exceder el monto máximo establecido para la aplicación de multas, esto es, cuando el monto de las multas supere el diez por ciento (10%) del precio total del contrato y, por tal causa, se hiciera efectivo el total de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación al contratista, para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, requerida por la DGAC, si al momento de entrar en vigor el acuerdo de voluntades, la vigencia de la garantía no alcanzare a cubrir el periodo que contemple el plazo de vigencia del contrato.
El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación al contratista, para entregar la extensión de la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, requerida por la DGAC, en el caso de que se modifique el contrato y ello implique la extensión de su plazo de ejecución.
El incumplimiento en el plazo de quince (15) días corridos, contados desde la notificación al contratista, para que este proporcione una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo periodo de vigencia y monto estipulados en las presentes bases administrativas, en el evento en que esta hubiere sido ejecutada para satisfacer el pago de una multa.
El incumplimiento del plazo de quince (15) días corridos, contados desde la notificación al contratista, para presentar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, por el mismo periodo de vigencia y monto estipulados en las presentes bases administrativas, en el evento en que esta se hubiere hecho efectiva para cubrir deudas de obligaciones laborales y de seguridad social para con sus trabajadores.
El incumplimiento por parte del contratista de las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, del personal bajo su dependencia y subordinación.
Por registrar el contratista saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos (2) años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses.
De proceder la declaración de término anticipado del contrato por la causal del literal c), inciso final letra d) o de algunas de las causales contenidas en el literal f), precedente, la DGAC lo hará efectivo sin forma de juicio y mediante resolución fundada, debidamente comunicada al contratista y en cuyo caso, además, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio del cobro de las multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo a la ley sean procedentes.
XIII.2 El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado del contrato, será el siguiente:
a) La DGAC notificará al contratista el inicio del procedimiento de término anticipado del contrato, mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el Sistema de Información. El contratista dispondrá de un plazo de cinco (05) días hábiles administrativos para presentar sus descargos o alegaciones. Estos deberán ser enviados al correo electrónico ssaavedra@dgac.gob.cl
b) Cumplido el plazo, sea que el contratista presentó o no sus descargos, la DGAC se pronunciará sobre la procedencia de declarar el término anticipado del contrato dentro de los cinco (05) días hábiles administrativos siguientes, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada en el Sistema de Información, y será publicada en el Portal, conforme a lo establecido en el artículo 132 del Reglamento de Compras Públicas.
XIV. DEL CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Para los efectos del contrato, se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impida, a cualquiera de las partes, cumplir con las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales las señaladas a título ejemplar por el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile.
En caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por correo electrónico esta circunstancia a la otra parte dentro del plazo máximo de cinco (05) días hábiles administrativos desde que haya tomado conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente, y dentro de los cinco (05) días hábiles administrativos siguientes de la referida comunicación, la parte afectada deberá acreditar debida y suficientemente la ocurrencia del imprevisto que le afecta y la oportunidad en la que tomó conocimiento de este. El DBSO de la DGAC deberá pronunciarse sobre su procedencia dentro de igual término.
En el caso que la parte afectada sea el contratista deberá comunicar estas circunstancias al inspector fiscal del contrato y al correo ssaavedra@dgac.gob.cl
Acreditada la ocurrencia de tales hechos, las partes se reunirán para analizar la situación y decidir de buena fe y de común acuerdo el curso de acción a seguir, resguardando los intereses de ambos contratantes y conviniendo en el aumento de plazo del contrato, el que, en todo caso, no podrá ser superior a la duración del caso fortuito o fuerza mayor acreditado.
XV. DE LA PRÓRROGA DE LA COMPETENCIA
El contrato que se derive de la presente licitación se someterá a la jurisdicción de los tribunales chilenos, fijando ambas partes domicilio en Santiago de Chile, prorrogándose su competencia para tal efecto en los tribunales de justicia de esta ciudad.
XVI DE LA CONFIDENCIALIDAD
La DGAC y el contratista se obligan a mantener absoluta reserva, y confidencialidad de toda la información que obtengan en virtud del contrato a suscribir. Dicha obligación durará estando vigente la ejecución del acuerdo de voluntades.
En consecuencia, no podrán usar o copiar dicha información confidencial, excepto con el propósito y para los fines del contrato. Tampoco podrán revelar o comunicar o causar que sea revelada o comunicada de manera que pueda disponerse de tal información confidencial por cualquier otra persona que no sean sus directores, empleados, agentes o representantes a quienes su conocimiento sea indispensable para los propósitos del contrato.
XVII DE LA VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigencia en la fecha que en él se establezca y una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo aprueba, la que se entenderá notificada al contratista a las veinticuatro (24) horas siguientes de su publicación a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) y se extenderá por un periodo de diez (10) meses a contar del 01 de junio de 2026.
Sin embargo, de manera excepcional y por razones de buen servicio, el contrato podrá iniciarse de forma anticipada, esto es, antes de la total tramitación de la resolución que lo apruebe. En tal caso, previa coordinación de las partes, el contrato podrá comenzar a ejecutarse bajo la condición de que la licitación haya sido adjudicada y que la resolución adjudicatoria esté totalmente tramitada y debidamente publicada en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, aquellas obligaciones contractuales que, por su naturaleza, requieran ser cumplidas por el contratista con posterioridad al término del contrato, deberán ser realizadas conforme a lo establecido en el acuerdo de voluntades.
XVIII PROPIEDAD DE LA DOCUMENTACIÓN
Toda documentación o material informativo relacionado con esta propuesta y que la Dirección General de Aeronáutica Civil entregue a los proponentes, es de propiedad de la primera y no podrá ser entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que cuente con una autorización escrita para tal efecto.
XIX PROPIEDAD INTELECTUAL
El contratista será el único responsable con relación al buen uso de marcas, patentes, tecnologías y licencias, así como en general de toda propiedad intelectual empleada para la prestación de los servicios debiendo liberar y amparar a la DGAC de todas las consecuencias y acciones legales que puedan intentarse por terceros con motivo de la prestación de servicios mencionada anteriormente.
XX DE LA CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.
El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones, que emanen de la adjudicación de la propuesta y del contrato definitivo, salvo que una norma legal especial lo permita. Sin perjuicio, que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado.
Los oferentes deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores.
Las siguientes tareas críticas no podrán ser objeto de subcontratación, debiendo ser ejecutadas directamente por el proveedor adjudicado:
No será admisible la subcontratación en los siguientes casos:
a) Si excede el 30% (treinta por ciento) del monto total del contrato.
b) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores.
c) Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por esta Entidad Licitante, según lo dispone el artículo 35 de la Ley de Compras Públicas.
XXI DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
XXI.1 Con anterioridad a la firma del contrato, el adjudicatario deberá entregar a la Institución una boleta bancaria de garantía, vale vista, póliza de seguro, certificado de fianza a la vista o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cuya glosa debe expresar:
"Para Garantizar el Fiel y Oportuno cumplimiento del servicio de transporte para funcionarios del Aeropuerto Chacalluta, cobro de multas y el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores."
Esta Garantía deberá extenderse a favor del Fisco, Depto. Bienestar Social de la DGAC (RUT 61.104.022-9), por un monto equivalente al 5% del valor total neto del Contrato. La caución que se constituya deberá ser irrevocable, pagadera a la vista y de ejecución inmediata, ser emitida por una entidad autorizada para operar en Chile; la cual deberá tener una vigencia que contemple el plazo de prestación del servicio, más noventa (90) días corridos.
XXI.2 En el evento que la garantía que se constituya sea una póliza de seguro, esta podrá expresarse en UF, dólar de los Estados Unidos de América o moneda nacional; en este último caso solo si se dan los presupuestos previstos en el Art. 10 del DFL Nº251 de 1931. Asimismo, el tomador deberá solicitar al emisor en las condiciones particulares de ella, que esta cubra el pago de multas. Tanto la póliza de seguros como el certificado de fianza deberán ser pagados a primer requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva.
XXI.3 La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información relativa a la garantía directamente al correo electrónico sgaspar@dgac.gob.cl y ssaavedra@dgac.gob.cl.
XXI.4 Si al momento de entrar en vigencia el contrato, la garantía no alcanzare a cubrir el periodo antes señalado, el contratista, en un plazo no superior a quince (15) días corridos contados desde la notificación de tal situación por parte del DBSO de la DGAC, deberá reemplazarla por otra o extender su vigencia de modo que dicho instrumento cumpla con este periodo, habida consideración que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del contrato por parte del contratista, que facultará a la Institución para poner término anticipado a la convención.
XXI.5 En el evento que fuere necesario, por cualquier causa, ampliar el plazo asignado a una etapa o hito de ejecución del Contrato y ello importare la necesidad de extender el plazo de vigencia de la garantía, será de cargo del contratista gestionar y financiar dicho trámite, con independencia de quien sea la parte a quien esté asociada la ampliación de la ejecución del Contrato. Dicha extensión de vigencia deberá obtenerla el contratista y entregarla al DBSO dentro del plazo que disponga la entidad contratante, habida consideración de que, en caso contrario, ello configurará un incumplimiento grave del Contrato por parte del prestador, que facultará al DBSO para poner término anticipado al citado acuerdo de voluntades.
XXI.6 La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será restituida al contratista a partir de la fecha de su vencimiento, previamente se verificará que no existan multas pendientes y esté al día el cumplimiento de las obligaciones del contratista a satisfacción del DBSO. La devolución se efectuará en la oficina de Finanzas, ubicada en el Aeropuerto Chacalluta, en caso de que este documento haya sido entregado en forma física. De haber sido entregada por vía electrónica, sólo bastará que sea comunicado el término de vigencia, mediante correo electrónico.
XXI.7 Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato:
La DGAC queda facultada para hacer efectiva la citada garantía en caso de incumplimiento grave del contratista de las obligaciones que le impone el contrato, de forma administrativa, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, sin perjuicio de las acciones que esta Institución pueda ejercer.
La DGAC, queda especialmente facultada para hacer efectiva la citada garantía, por:
a) Cualquier incumplimiento grave a las obligaciones, señalados en la letra f) del Capítulo XIII. Del término anticipado.
b) Haberse terminado anticipadamente el contrato por la causal de la letra c) del capítulo XIII. Del término anticipado.
c) Haberse terminado anticipadamente el contrato por la causal de d) inciso final del capítulo XIII. Del término anticipado.
d) Incumplimiento del contratista en el pago de una multa, caso en el cual se descontará del documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato, y se procederá a la devolución del saldo, si existiere, previa entrega de una nueva garantía.
e) Cualquier otra causal establecida en estas bases de licitación, la Ley de Compras Públicas y su Reglamento.
XXII DEL PAGO, FACTURACION Y REAJUSTE DEL PRECIO
XXII.1 Del pago
El precio total del contrato por la prestación del servicio de transporte se pagará en 10 cuotas mensuales, que será facturado por el Contratista, por mes vencido y en moneda nacional. Dicho precio será pagado por el DBSO, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción de la factura y previa emisión del Certificado de conformidad del servicio prestado por parte de la Inspección Fiscal.
La DGAC, en conformidad a lo dispuesto en el art. 8° de la Ley de Presupuestos para el año 2025, pagará los compromisos a los proveedores de bienes y servicios de cualquier naturaleza, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, mediante transferencia electrónica de fondos.
En caso de producirse un pago indebido al proveedor, su restitución se efectuará conforme al artículo 134 del Reglamento.
XXII.2 Facturación
El contratista solo podrá emitir la factura electrónica una vez que haya concluido el periodo mensual de prestación del servicio (mes vencido). La inspección fiscal deberá certificar el grado cumplimiento contractual del servicio, dentro de los ocho (8) días de recibida la factura, hecho que será confirmado mediante el certificado de conformidad correspondiente, debiendo la DGAC aceptar o rechazar la factura según corresponda.
La factura respectiva deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos, conforme a la legislación vigente; que se encuentra afecta a eventuales retenciones y/o descuentos; al impuesto del dos por ciento (2%), establecido en el artículo 37 de la Ley Nº16.752, y el numero de la orden de compra asociada al contrato.
La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, en formato XML, al correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl y ssaavedra@dgac.gob.cl, previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII).
La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 3°, de la Ley N°19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, en los siguientes casos:
1. Cuando se reclame en contra del contenido de la factura electrónica por no ajustarse a los requerimientos de las bases.
2. En el evento de la falta total o parcial de la prestación del servicio.
3. El plazo del pago no coincida con lo dispuesto en las bases.
Será requisito indispensable para cursar los pagos, que el prestador del servicio acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, modificado por la Ley N°20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del formulario F30-1 y la nómina de pago o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto.
XXII.3 Reajustabilidad
El precio del contrato por el servicio de transporte para funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil hacia y desde el Aeropuerto Chacalluta, no experimentará variaciones ni reajuste durante el periodo de vigencia del Contrato.
En el evento que se decidiera la renovación del contrato, como lo establece el objeto de las presentes Bases, el precio del contrato se podrá reajustar conforme a la variación que experimente el IPC en el transcurso de los doce (10) meses precedentes del contrato, es decir, el reajuste se aplicará en el mes trece (11) correspondiente. En el evento de que la variación del IPC de algún mes sea negativa, el monto de la variación de ese mes será considerada equivalente a cero.
XXIII MULTAS Y DESCUENTOS
El DBSO podrá aplicar multas por incumplimiento del contrato, cuya responsabilidad recaiga en el contratista, por las siguientes causales:
a) Por cada hora de atraso en el cumplimiento de los horarios establecidos se aplicará una multa del 2% calculado sobre el total mensual del recorrido en que se incurrió en la falta, con un tope de 3 horas, pasado este tiempo se considerara que el servicio no se prestó, en este caso la multa será del 5% calculado sobre el total neto mensual correspondiente al mes en que se incurrió en la falta.
Este cobro de multas se aplicará por cada uno de los recorridos establecidos que presenten retraso.
b) Si los servicios fueren calificados por la Inspección Fiscal como deficientes, o bien, se observare por parte del contratista el incumplimiento de cualquiera otra obligación o prohibición establecida en el Contrato o en las Bases Administrativas o Bases Técnicas, se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de 1 U.T.M.
La UTM aplicable corresponderá al mes en que ocurrió la infracción.
Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 5% del valor total del contrato. Igualmente, el contratista no podrá recibir más de 6 multas totalmente tramitadas en un período de 6 meses consecutivos. En ambos casos, se configurará una causal de término anticipado del contrato.
La aplicación de multas se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento:
a. El DBSO notificará, mediante correo electrónico, enviada a la dirección de contacto que el contratista haya señalado en el Sistema de Información, el incumplimiento en el cual haya incurrido, para que dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, éste pueda presentar sus descargos o alegaciones al correo electrónico del 1 inspector Fiscal.
b. Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco (05) días hábiles sin que el contratista haya formulado descargo alguno, el DBSO se pronunciará dentro del plazo de treinta (30) días hábiles sobre la aplicación de la multa mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista al correo electrónico debidamente publicada en el Sistema de Información.
c. En caso de que el contratista resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley Nº19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas.
XXIII.1 Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de las multas que resulten de la aplicación de los puntos anteriores, éstas deberán enterarse, conforme al siguiente orden:
• Descontándolas del próximo pago de facturas, si existiesen.
• Aplicándolas el DBSO directamente sobre la garantía que se entregue por fiel y oportuno cumplimiento de contrato. Previo a hacer efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el contratista deberá proporcionar dentro del plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación que cursa la multa, una nueva garantía por el mismo período de vigencia, manteniéndose así íntegramente el documento originalmente pactado. Con posterioridad a la entrega de la caución, el DBSO procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento y acto seguido hará entrega al contratista del remanente no destinado al pago de la multa.
• Pago directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (05) días hábiles contados desde la notificación que la cursa. En el evento de que se hayan presentado descargos y estos fueren rechazados, el pago de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestime su reclamación y curse la multa.
XXIII .2 Si el contratista excede el 10% del valor total del Contrato por aplicación de multas, por cualquier causal el DBSO quedará facultado para hacer efectiva la cláusula de Término Anticipado del Contrato por incumplimiento grave de las obligaciones por parte del prestador. En este caso el DBSO hará efectiva, además, la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato.
XXIII.3 En el evento que las multas impliquen hacer efectivo el total de la Garantía, el DBSO podrá poner término anticipado al Contrato, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, con indemnización de perjuicios.
XXIIl.4 El cobro de multas no impide ni limita al DBSO para ejercer la facultad de poner término anticipado al Contrato ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dichas multas no extingue la obligación del prestador del cumplimiento de su obligación principal.
XXIIl.5 Las multas aplicadas durante la ejecución del Contrato, tendrán como tope máximo la suma equivalente al 5% del valor total del Contrato de prestación de servicios resultante de la Licitación.
DESCUENTO POR SERVICIOS NO PRESTADOS
Establecida la NO prestación del servicio (no efectuar el recorrido), el descuento que resulte de la siguiente operación:
(Precio Mensual Neto/Cantidad de recorridos mensuales)
X (Cantidad de recorridos no prestados) = Valor descuento por recorrido no prestado
XXIV OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El Contratista se obliga a lo siguiente:
a) No ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados de las presentes bases de licitación y del contrato.
b) Cumplir con las exigencias técnicas y administrativas establecidas por la DGAC en las presentes bases de licitación y en el contrato que de ellas derive.
c) Mantener una comunicación permanente con el inspector fiscal de la DGAC, a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del contrato de prestación de servicios.
d) Dar cumplimiento a los plazos y plan de trabajo establecidos en las bases de licitación y en el contrato que se suscriba.
e) Cumplir todas las exigencias que establezca el DBSO, en función de estas Bases Administrativas, Bases Técnicas y del Contrato.
f) Iniciar la prestación de los servicios licitados en la fecha que el Depto. Bienestar Social de la DGAC lo indique, previa entrada en vigencia del respectivo contrato.
g) En caso que se produzcan robos, hurtos o daños imputables al prestador del servicio o sus dependientes en los bienes del DBSO el contratista deberá reintegrar el monto de lo sustraído o dañado, en un plazo no superior a diez (1O) días corridos, contados desde la notificación respectiva, informada previamente por este DBSO.
XXV PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
XXVI DE LAS LEYES SOCIALES, SEGUROS Y OTROS.
Será obligación del contratista dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y, en especial, deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales.
Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la DGAC estará facultada para exigir al contratista, en cualquier oportunidad y a lo menos a la mitad del periodo de ejecución del contrato, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información correspondiente a la Inspección del Trabajo.
En caso de que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la DGAC, de conformidad con lo que dispone la Ley N°20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo, podrá descontar de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.886 y su Reglamento contenido en DS. N°661 de 2024, la DGAC podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de que el contratista mantenga el incumplimiento de sus obligaciones laborales o sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos (02) últimos años y pagar con cargo a ella a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras. En este caso, el contratista deberá presentar, dentro del plazo de quince (15) días corridos, una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, por el mismo período de vigencia y monto requerido originalmente, a fin de reemplazar la caución destinada a cubrir el incumplimiento de sus obligaciones laborales. Si transcurrido el plazo antes mencionado sin que el contratista hubiere hecho entrega de la caución, la DGAC podrá poner término anticipado al contrato por constituir una causal de incumplimiento grave del mismo, conforme al punto XIII, de las presentes bases administrativas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Asimismo, el incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente será considerado por la DGAC como causal grave de incumplimiento del contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
XXVII.- DEL INSPECTOR FISCAL
Para todos los efectos, se entenderá por inspector fiscal el profesional funcionario, nombrado por la autoridad competente, a quien se le haya encargado velar directamente por la correcta ejecución de un proceso de compra de bienes o servicios y, en general, por el cumplimiento de la Contratación de ellos derivado de la presente licitación.
XXVIII.- ANEXOS
Forman parte integrante de estas Bases de Licitación los siguientes documentos:
2.1 Bases Administrativas.
2.2 Bases Técnicas
2.3 Pauta de Evaluación
2.4 Formato de identificación del proponente.
2.5 Formato de presentación de oferta económica
2.6 Formato de declaración programa de integridad
2.2 BASES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DEL PERSONAL D.G.A.C DEL AEROPUERTO CHACALLUTA DE ARICA
1.- OBJETIVO:
Requerir el servicio para el transporte del personal administrativo y en turno de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que prestan sus servicios en el Aeropuerto Chacalluta de Arica, desde el radio urbano cercano al mencionado Aeropuerto, al inicio y al término de la jornada laboral, considerando el retorno a los mismos puntos de origen del servicio, desde el 01 de Junio de 2026 hasta el 30 de Abril de 2027, por un periodo de 10 meses, con la posibilidad de ser renovado por un periodo similar por única vez.
2.- REQUISITOS:
El transportista deberá estar en condiciones de efectuar el servicio de transporte durante todos los días del año, (hábiles e inhábiles), de acuerdo al horario establecido (diurno y nocturno) y bajo cualquier circunstancia que sea requerido.
El transportista deberá realizar el servicio con vehículos que se encuentren en óptimas condiciones mecánicas y de estado general, de modo que garanticen la seguridad de los usuarios, a la vez de realizar los recorridos sin alteraciones a causa de desperfectos o conducción inadecuada (fuera del reglamento del Transito).
Los vehículos deberán estar aseados y con conductores bien presentados.
Los vehículos deben contar con toda la documentación, seguros y verificaciones definidos por ley.
El transportista se obliga, a que los conductores de los vehículos respeten íntegramente la reglamentación vigente, velocidades y las señalizaciones del tránsito.
Será responsabilidad del transportista mantener en todo momento la continuidad de los servicios pactados, no pudiendo aducir a fuerza mayor, caso fortuito, huelga o paralización de las actividades de su personal como causal de incumplimiento de la prestación convenida.
El transportista deberá presentar en su oferta, el padrón de los vehículos que realizarán el servicio de transporte.
Se desea que la empresa de transporte tenga presencia regional informando y documentando iniciación de actividades en SII en la ciudad de Arica y domicilio particular en la misma ciudad. Esta condición será evaluada.
3.- MÁQUINAS Y CARACTERÍSTICAS:
a) El oferente deberá informar Marca, Modelo, Cilindrada y Año de los buses.
b) Los buses deberán cumplir con las siguientes características:
Capacidad mínima 30 o más pasajeros SOLO para los días lunes a viernes, EN EL TRAYECTO DE LAS 08:30 horas.
Capacidad mínima de 16 pasajeros para los días: lunes a viernes en los trayectos de las 17:00 y 19:30 horas; sábado, domingo y festivos en todos los trayectos.
Antigüedad del vehículo año 2019 en adelante, para ambos casos.
Equipos con aire acondicionado funcionales.
Sistema de calefacción funcional.
Salidas de emergencia.
Cortinas.
Cinturones de seguridad en todos los asientos.
Letrero de identificación que indique el nombre de la Institución contratante al inicio del servicio.
Contar con Sistema de Posicionamiento Global en línea (GPS) que no considere su manipulación por parte del conductor.
4.- CONDICIONES PARTICULARES:
a) SEGURO COMPLEMENTARIO DE ACCIDENTES PERSONALES PARA PASAJEROS
Los oferentes, estarán obligados a presentar el seguro complementario de accidentes personales para pasajeros vigente del (o los) vehículo(s) que prestarán el servicio de transporte del personal Aeronáutico del Aeropuerto Chacalluta de Arica que cotizará en su oferta.
b) TICA
Todos los conductores que operen los servicios de transporte de personal del que tratan estas Bases de Licitación, deberán obtener la respectiva credencial para operar en el Aeropuerto (documentos que deberán ser tramitados por el contratista), para lo cual deberán presentar:
Solicitud de Tarjeta de Ingreso Controlado firmada por representante que se
encuentra en anexo C presentado por la empresa.
Certificado de Antecedentes para fines especiales.
Fotocopia de cédula de identidad vigente.
Contrato de trabajo y/o anexos.
Vale de pago o Factura de pago de credencial.
02 fotografías tamaño pasaporte con fondo blanco.
Carta de solicitud.
5.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE ACERCAMIENTO Y HORARIOS:
SERVICIO DE ACERCAMIENTO DE LUNES A DOMINGO Y FESTIVOS
TRAYECTO SUBIDA (CIUDAD AL AEROPUERTO)
Inicio Recorrido: Av. Diego Portales (a la altura del supermercado LIDER) - Av. Santa María – Panamericana Norte – Aeropuerto.
TRAYECTO BAJADA (AEROPUERTO A LA CIUDAD)
Inicio Recorrido: Aeropuerto – Panamericana Norte –Av. Santa María – Av. Diego Portales (a la altura del supermercado LIDER).
HORARIOS:
Lunes a Viernes
MAÑANA TARDE NOCHE
SUBIDA / BAJADA SUBIDA / BAJADA SUBIDA / BAJADA
07:40 - 08:40 17:00 - 17:40 19:30 - 20:40
Sábados – Domingos y Festivos
MAÑANA TARDE
SUBIDA / BAJADA SUBIDA / BAJADA
07:40 - 08:40 19:30 - 20:40
Cada trayecto que realice el bus contratado, considera un recorrido aproximado de 20 kilómetros, por tanto, dicha distancia se distribuye de la siguiente manera:
LUNES A VIERNES:
TRAYECTO HORARIO KILÓMETROS
SUBIDA 08:30 20
BAJADA 08:40 20
SUBIDA 17:30 20
BAJADA 17:40 20
SUBIDA 20:30 20
BAJADA 20:40 20
TOTAL, KILOMETROS DIARIO APROXIMADO 120
SÁBADO, DOMINGOS Y FESTIVOS:
TRAYECTO HORARIO KILÓMETROS
SUBIDA 08:30 20
BAJADA 08:40 20
SUBIDA 20:30 20
BAJADA 20:40 20
TOTAL, KILOMETROS DIARIO APROXIMADO 80
6.- CONDICIONES A CONSIDERAR EN LA OFERTA:
Los servicios ofertados deberán considerar:
a) Seguros obligatorios, Permiso de Circulación y Revisión Técnica al día.
b) Mantenciones programadas. Estas operaciones tendrán costo cero para la entidad requirente.
c) Fallas Mecánicas. En caso que un vehículo que se encuentre en servicio, presente algún tipo de falla o desperfecto, el prestador de servicio deberá reemplazarlo en forma inmediata, ya sea temporal o definitivamente. Con todo, la ocurrencia de reiteradas fallas, podría dar lugar a la aplicación de multas o al término anticipado del contrato. Estas operaciones tendrán costo cero para la entidad requirente.
d) Costo de combustible.
e) El oferente deberá informar un teléfono de contacto para mantener comunicación entre la DGAC y el prestador del servicio frente a cualquiera contingencia antes, durante o al término del recorrido.
2.3 PAUTA DE EVALUACIÓN
Para la evaluación de la adquisición de servicio de transporte para funcionarios del Aeropuerto Chacalluta de Arica por un periodo de 10 meses de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Aeropuerto Chacalluta de Arica, se utilizarán los criterios de Evaluación de ofertas que a continuación se indican, donde el adjudicado será el que obtenga el porcentaje más alto.
I.- EVALUACION ADMINISTRATIVA: 3 Ptos
1. Formulario Declaración Jurada de Programa de Integridad (3 ptos.)
El oferente deberá adjuntar el Formulario Declaración Jurada de Programa de Integridad que fomentan, entre sus integrantes, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos que contribuyen a las buenas prácticas, al respeto de la normativa vigente y a la creación de una cultura de probidad que permita prevenir, identificar y sancionar prácticas corruptas o delictivas, promoviendo una cultura de cumplimiento”.
Declaración jurada Programa de Integridad Puntos
El oferente presenta Declaración Jurada Programa de Integridad indicada en las bases de la licitación 3
El oferente no presenta Cláusula de Proveedores de Bienes y Servicios. 0
II.- EVALUACION TÉCNICA: 72 ptos.
2. Cumplimiento Requisitos Técnicos: (27 ptos.)
El proponente deberá presentar su oferta con la mayor cantidad de información solicitada en el Punto 3 de las Bases Técnicas de la presente Licitación pública.
Cumplimiento de Requisitos Técnicos Puntos
El oferente presenta la totalidad de información detallada del Servicio solicitado en las bases técnicas. 27
El oferente presenta parcialmente información del Servicio solicitado en las bases técnicas. 13
El oferente no presenta información detallada del producto, no cumple las bases técnicas o copia el Texto Publicado 0
3. Experiencia: (10 Ptos.)
Se considerarán como experiencia, aquellos servicios que tengan relación con el servicio de transporte ejecutados directamente relacionadas con el itemizado de servicios a contratar, cada experiencia será acreditada mediante Factura emitida por el mandante del servicio, dentro de los 24 meses anteriores a la fecha de publicación de las presentes bases de licitación
Experiencia Puntos
El oferente presenta entre 15 y 10 facturas dentro de 24 meses solicitados 10
El oferente presenta entre 9 y 5 facturas dentro de 24 meses solicitados 05
El oferente NO presenta facturas o presenta facturas fuera del plazo de 24 meses solicitados 0
4. Seguro Complementario de accidentes personales para pasajeros: (17 ptos.)
Los oferentes, estarán obligados a presentar el seguro complementario de accidentes personales para pasajeros vigente del (o los) vehículo(s) que prestarán el servicio de transporte del personal Aeronáutico del Aeropuerto Chacalluta de Arica que cotizará en su oferta.
Seguro Complementario de accidentes personales para pasajeros Puntos
El oferente presenta seguro complementario de accidentes. 17
El oferente NO presenta seguro complementario de accidentes. 0
5. Presencia regional de la empresa: (15 puntos)
Presencia regional de la empresa Puntos
El oferente acredita domicilio e inicio de actividades en SII de la ciudad de Arica. 15
El oferente presenta otro antecedente que acredita domicilio en la ciudad de Arica. 8
El oferente no presenta documentación que acredite domicilio en la ciudad de Arica. 0
III.- CRITERIO SUSTENTABLE PARA PROVEEDORES (3 PUNTOS):
Este parámetro solicita a los proveedores uno de los siguientes criterios sustentables que debe acreditar adjuntando los documentos que le permitan certificar el cumplimiento del o de los aspectos seleccionados:
a) ____ Se cuenta con convenio de reciclaje (papel, latas y/o vidrio) con proveedor …………, vigente hasta……… (Se debe adjuntar convenio).
b) ____ Se cuenta con convenio de reciclaje de desechos tecnológicos (Computadores, impresoras, baterías, tóner y/o cartuchos de tinta, con ………………, vigente hasta…… (Se debe adjuntar convenio con proveedor de reciclaje en lugares autorizados).
c) ____ En el caso de proveedores de servicios, manufactura o industria se dispone de convenios de disposición y/o reciclaje de desechos usados en sus procesos productivos, con proveedor ………, vigente hasta…… (se debe adjuntar convenio).
d) ____ Política o procedimiento para el ahorro y/o la eficiencia energética DIFUNDIDA. (Se debe adjuntar correo o copia de la difusión de la Política).
e) ____ Sello de cuantificación. (Deberá adjuntar el certificado respectivo emitido por HuellaChile).
f) ____ Sello de reducción. (Deberá adjuntar el certificado respectivo emitido por HuellaChile).
g) ____ Sello de neutralidad. (Deberá adjuntar el certificado respectivo emitido por HuellaChile).
h) ____ Sello de excelencia. (Deberá adjuntar el certificado respectivo emitido por HuellaChile).
i) ____ Acuerdos de producción limpia (APL). (Deberá adjuntar el certificado de cumplimiento de APL o el sello estrella azul).
IV.- EVALUACIÓN ECONÓMICA 25 ptos.
En el aspecto económico, la oferta de menor costo obtendrá una ponderación de 25 ptos., y las ofertas mayores se evaluarán de acuerdo a la siguiente tabla:
Puntaje máximo Indicador Rango o fórmula de cálculo
25 Valor por el bien o servicio requerido
X = Menor oferta * 25
Oferta a evaluar
X = Resultado de la ponderación.
(Menor Oferta) = Oferta más económica.
(Oferta a Evaluar) = Oferta que va a ser evaluada y que no es la menor.
Evaluación Final = ∑ Puntaje Evaluación Administrativa + Puntaje Evaluación Técnica + Puntaje Evaluación Económica = 100%.
Una vez obtenidos todos los puntajes, estos serán sumados y el proveedor que obtenga el mayor puntaje se adjudicará la licitación.
2.4 FORMATO IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
Persona Natural Persona Jurídica Unión Temporal de Proveedores
Nombre o razón social del proponente / Nombre o razón social de los integrantes de la U.T.P.
RUT del proponente / RUT de cada uno de los integrantes de la U.T.P.
Domicilio del Proponente.
Número de Teléfono, Correo Electrónico (e-mail).
Nombre Representante Legal o convencional. (Si se tratase de persona jurídica o de UTP)
Rut del Representante del Proponente
Domicilio del Representante del Proponente
Número de Teléfono, Correo Electrónico (e-mail).
Nombre y RUT del representante Legal o convencional, en el evento de que el representante sea una persona jurídica
2.5 FORMATO PARA PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA
OFERTA ECONÓMICA LICITACIÓN CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DEL PERSONAL D.G.A.C DEL AEROPUERTO CHACALLUTA DE ARICA
OFERTA ECONÓMICA
FECHA:
PROPONENTE:
DIRECCIÓN:
CORREO ELECTRÓNICO:
N° UNIDAD PRECIO NETO MENSUAL IVA PRECIO TOTAL MENSUAL
1 SERVICIO DE TRANSPORTE DEL PERSONAL D.G.A.C
PRECIO TOTAL MENSUAL SIN IVA
PRECIO TOTAL MENSUAL CON IVA
PLAZO
DÍAS
Plazo de vigencia de la oferta, que no podrá ser inferior a noventa (90) días corridos contados desde la fecha de cierre de la licitación. Aquellas ofertas que no mencionen la vigencia se entenderán que aceptan la señalada en estas bases administrativas
Firma Oferente
2.6 FORMATO DECLARACIÓN DE PROGRAMA DE INTEGRIDAD
DECLARACIÓN JURADA
PROGRAMA DE INTEGRIDAD
“CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DEL PERSONAL D.G.A.C DEL AEROPUERTO CHACALLUTA DE ARICA”
ID XXXX-XX-XXXX
Yo, , cédula de identidad Nº , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, declaro bajo juramento que:
Mi representada ___(SI/NO) posee un programa de integridad que es conocido por su personal, entendiendo por programa de integridad de una empresa u organización un conjunto de instrumentos de gestión interna que fomentan, entre sus integrantes, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos que contribuyen a las buenas prácticas, al respeto de la normativa vigente y a la creación de una cultura de probidad que permita prevenir, identificar y sancionar prácticas corruptas o delictivas, promoviendo una cultura de cumplimiento.
____________________________________________
Firma del Proponente o Representante legal
(obligatoria)
NOTAS:
1. En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.
2. Marcar con SI/NO el párrafo, según corresponda a su situación.
3. A fin de comprobar que cuentan con programas de integridad y que estos son conocidos por sus trabajadores, los proponentes deberán adjuntar a su oferta los protocolos, instructivos, certificaciones o cualquier documento alusivo a programas de integridad, y aquellos documentos que den cuenta de que tales programas son conocidos por sus empleados.
4. De no ser presentada esta declaración jurada o no entregar respaldos de verificación, se entenderá que no cuentan con esos programas, obteniendo cero (0) puntos en este criterio.
Fecha: En XXXXXXX a XX días del mes de XXXXXXX de XXX
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