|
Resolución de Empates |
|
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio 1;
2° Criterio 2;
3° Criterio 3;
4° Criterio 4.
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la Licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
Cualquier error de concordancia de la presente pauta de evaluación, será resuelto por la Comisión Evaluadora de la Licitación, sin modificar en lo sustancial la lógica de objetividad de los criterios de evaluación.
Es necesario tener presente, que en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la DGA sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la Licitación, o bien, si se desistirá de ésta. La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia debiera constituir una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta.
La Comisión levantará un acta de evaluación de la presente licitación.
|
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
|
La DGA adjudicará la Licitación mediante resolución fundada, la que se notificará a los oferentes a través del Sistema de Información- www.mercadopublico.cl-, y se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en dicho Sistema.
Se hace presente que la DGA, adjudicará a la oferta que considere más adecuada a sus objetivos. Es preciso señalar, que no necesariamente se adjudicará la prestación de servicios a la empresa u oferente que presente la oferta más económica, dado que se evaluará si se ajusta técnicamente a lo requerido.
En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado al efecto en el numeral III de las presentes Bases, la DGA informará en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del referido plazo, e indicará un nuevo plazo para ello.
Los oferentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza.
En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva.
Lo anterior, con el objeto de verificar la habilidad de los proveedores, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley de Compras.
|
|
|
|
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
|
Formulario 30, certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, correspondiente al mes se dieron por finalizaron los trabajos.
a) Normas Generales de Contratación, Remuneraciones y Cotizaciones Previsionales:
El personal que contrate el Contratista, con motivo de la ejecución o durante la vigencia de esta contratación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con la DGA, sino exclusivamente con el Contratista.
Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que la DGA así lo requiera, el Contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso que el Contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. La DGA exigirá que el Contratista proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento del Contratista de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará a la DGA para poner término anticipado a la contratación. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 20.123.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
I. INTRODUCCIÓN |
|
La Dirección General de Aguas en adelante también DGA, llama a presentar ofertas mediante Licitación Pública para la ejecución de la prestación de servicios denominado “RECONSTRUCCION DE ESTACION FLUVIOMETRICA RIO PANGUE E INSTALACION DE REGLAS Y PILOTES EMBALSE RALCO”.
La DGA de conformidad a las políticas gubernamentales sobre equidad de género, expresa que no discrimina por género, ni por ninguna otra condición, por lo tanto, en la redacción de estas Bases y en todos aquellos instrumentos que se elaboren a consecuencia del presente documento, se utilizará un lenguaje “no sexista”, es decir, que no discrimine ni marque diferencias entre hombres y mujeres.
Por lo anterior, y también para evitar la sobrecarga gráfica que supondría la inclusión en español de “o/a” para marcar la existencia de ambos sexos, se ha optado por utilizar el genérico, en el entendido de que todas las menciones representan siempre a todos/as, hombre y mujer, abarcando claramente ambos sexos.
La Licitación se regirá por las disposiciones de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante "Ley de Compras"; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, en adelante el "Reglamento"; la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; por las Bases Administrativas y Técnicas, y sus correspondientes anexos; y por las consultas, respuestas y aclaraciones realizadas en el Portal de compras públicas (www.mercadopublico.cl) durante la licitación.
Los documentos del proceso de licitación estarán constituidos por las presentes bases, los términos de referencia y por las consultas, respuestas y aclaraciones realizadas. Todos estos documentos estarán a disposición de los interesados en forma gratuita en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La presentación de ofertas implica la aceptación por parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases, las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato, sin necesidad de declaración expresa.
El licitante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en las Bases de Licitación, las cuales, junto con las eventuales consultas y respuestas que dé esta entidad licitante, constituyen la única fuente de información que debe el proponente considerar al preparar su oferta.
Cabe hacer presente, que las presentes Bases Administrativas y Técnicas con los anexos de la licitación, como cualquier otro documento referido en las presentes Bases, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los participantes y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la DGA.
|
|
|
|
II. DEFINICIONES |
|
Para la correcta interpretación de los documentos de la Licitación, se establece el significado o definición de los siguientes términos:
- Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada su oferta.
- Bases: Las presentes Bases Administrativas y Técnicas de la Prestación de Servicios denominada “RECONSTRUCCION DE ESTACION FLUVIOMETRICA RIO PANGUE E INSTALACION DE REGLAS Y PILOTES EMBALSE RALCO”
- Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a la DGA, en virtud de la Ley de Compras y su Reglamento.
- Días Corridos: Son todos los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa.
- Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos. Si un plazo vence en un día inhábil se entiende ampliado hasta el día hábil siguiente.
- Fuerza Mayor o Caso Fortuito: De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 45° del Código Civil.
- Ley de Compras: La ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
- Oferente: Proveedor que participa en el presente proceso de compra presentando una oferta.
- Reglamento: El Reglamento de la ley N° 19.886, contenido en el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
- Servicio o DGA: Dirección General de Aguas.
- Sistema de Información: www.mercadopublico.cl
- Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones.
|
|
|
|
ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN |
-
-
- Llamado y Publicación de las Bases: Las presentes Bases se publicarán en el sitio www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre completamente tramitado el acto administrativo que las aprueba.
- Consultas y aclaraciones: Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación, se deberán realizar a través del sitio www.mercadopublico.cl, en el ID asignado por dicho Sistema, en la sección “Preguntas y Respuestas”, dentro del plazo de 3 (tres) días corridos contados desde la publicación de estas bases.
Las respuestas, igualmente, serán publicadas en la citada sección “Preguntas y Respuestas”, a más tardar al tercer (3) día corrido de expirado el plazo de la recepción de preguntas, a través de un archivo adjunto. Dichas respuestas se considerarán parte integrante de las normas que rigen esta licitación, por lo anterior, será responsabilidad de cada postulante, el informarse acerca de las aclaraciones sin que pueda alegar desconocimiento respecto de éstas.
Cabe hacer presente, que no se atenderán consultas telefónicas o por otro canal que no sea el dispuesto anteriormente.
La DGA podrá consolidar las consultas relacionadas al mismo tema, publicando una sola respuesta general.
Las aclaraciones a las presentes bases que la DGA estime necesario realizar de oficio, se considerarán parte integrante de las presentes Bases y se comunicarán conjuntamente con las respuestas a las consultas en la página web mencionada, según lo dispuesto en el cronograma.
Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública se harán por medio del Portal.
- Cierre de recepción de ofertas: El plazo máximo para la recepción de ofertas será de doce (12) días corridos desde la publicación del llamado a licitación y sus correspondientes Bases.
- Visita obligatoria para admisibilidad de las ofertas: Se deberá realizar visita de inspección en terreno con fecha Miércoles 29 de septiembre del año 2021, a las 10:00 horas, se levantará acta de visita para verificar la admisibilidad de las ofertas, para ello comunicarse con don Luis Daza Quezada, al correo luis.daza@mop.gov.cl o al teléfono 9 64405731.
- Acto de apertura: La presente licitación es en una sola etapa, esto es, que en el acto de apertura se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura se efectuará a través del Sistema de Información el mismo día de cierre de recepción de ofertas. Se aceptará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de éstos, ni que el archivo sea válido o correcto.
- Evaluación de ofertas: El plazo de evaluación de las ofertas será como máximo siete (7) días corridos contados desde el día siguiente al de apertura de las ofertas.
- Adjudicación: La adjudicación de la licitación será dentro de los cinco (5) días corridos siguientes al de término de la evaluación de las ofertas.
Sin perjuicio de lo anterior, los plazos podrán ser modificados según las necesidades del Servicio, lo que será oportunamente informado a través del Portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
|
MODIFICACIÓN A LAS BASES |
|
La DGA podrá modificar las presentes Bases de Licitación, por acto administrativo totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún oferente, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, prorrogando - de ser necesario - el plazo de cierre de recepción de ofertas en cinco (5) días hábiles, para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, prórrogas o suspensiones de plazos o de cualquier otra índole, que sean relevantes para el desarrollo del presente concurso. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas oportunamente en el Sistema de Información y formarán parte integral de la licitación, por tanto, los proponentes deberán revisar, periódicamente, el proceso en dicho Portal.
|
|
|
|
PRESENTACIÓN, CONTENIDO DE LAS OFERTAS Y REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES |
|
En esta licitación podrán participar personas naturales y jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, de derecho público o privado, ya sea en forma individual, en consorcio o unión temporal de proveedores, que al momento de la presentación de la oferta, no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, es decir, que cumplan con lo establecido en el art. 4º de la Ley de Compras. La propuesta, así como toda la documentación relativa a ella, deberá redactarse en idioma español. No obstante, los antecedentes que originalmente se encuentren en otro idioma deberán ser acompañados de una traducción exacta al idioma español, en cuyo caso la traducción prevalecerá en lo que respecta a la interpretación de la oferta salvo la documentación técnica original de fábrica la cual puede ser ingresada en inglés.
Los oferentes y/o participantes por el sólo hecho de presentar sus ofertas a la licitación se entenderán en cabal conocimiento de todos y cada uno de los instrumentos que integran estas bases, eventuales respuestas a las consultas y aclaraciones y las normas jurídicas que les son aplicables en las materias que dicen relación con ellas.
La DGA no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive.
Asimismo, no podrán postular aquellas personas naturales o jurídicas a quienes se les haya rescindido más de un convenio celebrado con la DGA.
Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar su oferta administrativa, técnica y/o económica, deberá contactarse inmediatamente con la mesa de ayuda del portal Mercado Público, Fono 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas. Cuando falla el portal de mercadopublico.cl., los oferentes pueden solicitar un certificado de indisponibilidad de la plataforma de mercadopublico.cl., dentro de los plazos establecidos, pudiendo entregar su oferta, fuera del Sistema de Información, esto de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
Las ofertas deben emanar de quien tenga facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos.
Si quienes ofertan es una unión temporal de proveedores que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Lo mismo respecto a quienes se constituyan como Consorcio, quienes deberán conformarse de acuerdo a la Ley.
Requisitos Propuesta Administrativa.
1.- Oferentes Inscritos en Chileproveedores
En el caso que el Oferente esté inscrito en el registro chileproveedores, deberá declarar si alguno o todos los documentos que se solicitan a los oferentes no inscritos en el numeral siguiente, los ha ingresado en el sitio web www.chileproveedores.cl. Su declaración será clara respecto de los documentos que se encuentren acreditados en la página web, bajo su responsabilidad si no indica los antecedentes que se encuentren acreditados.
Si existe algún documento solicitado que no se encuentre ingresado a chileproveedores, deberá incluirlo dentro de su propuesta administrativa. En todo caso deberá adjuntar los Anexos 1 y 2.
2.- Oferentes No Inscritos en Chileproveedores
En el caso que el Oferente no esté inscrito en el registro chileproveedores, deberá anexar en formato digital, como "Anexo Administrativo", en el portal de compras y contratación pública, los siguientes documentos, los que se entenderán formar parte de la propuesta administrativa:
i) Personas Naturales.
a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 1, debidamente firmada por el proponente.
b) Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 2-A, debidamente firmada por el proponente.
c) Fotocopia legalizada de la cédula nacional de identidad o cédula de identidad para extranjeros, en su caso, u otro documento equivalente, en caso de tratarse de persona no residente en nuestro país.
d) Fotocopia de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
ii) Personas Jurídicas distintas a Universidades.
a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1, debidamente firmada por el representante legal del proponente.
b) Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 2-B, debidamente firmada por el representante legal del proponente.
c) Fotocopia del rol único tributario de la empresa, u otro documento equivalente, que dé cuenta de su identificación impositiva.
d) Fotocopia de la cédula de identidad del o los representantes legales, u otro documento equivalente, que acredite la identidad del o los representantes legales.
iii) Universidades.
a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1, debidamente firmada por el representante legal del proponente.
b) Descripción e Individualización del proponente, conforme a formato que se adjunta como Anexo Nº 3-A, debidamente firmada por el representante legal de la Universidad.
c) Carta patrocinio de la Universidad para la propuesta.
d) Si la Universidad no es de aquellas que pertenecen al Consejo de Rectores, debe acompañar los documentos enunciados en las letras a) a la c), ambas inclusive, del punto ii).
iv) En caso de tratarse de un consorcio, los antecedentes a presentar serán los siguientes:
a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1, debidamente firmada por el representante legal del proponente.
b) Acuerdo de consorcio firmado ante notario, en original, por los integrantes del consorcio o sus representantes legales, en el cual se especifique:
- Las condiciones de dicho consorcio para efectos de la presentación de propuesta y la adjudicación.
- Pacto expreso de la obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes bases, de los contenidos de su propuesta y de las normas legales pertinentes.
- La designación de un representante común, que será el encargado de mantener las comunicaciones con la DGA durante la realización de la licitación. En caso de consorcio entre personas chilenas y extranjeras, el representante común deberá tener domicilio en la ciudad de Santiago.
c) Cada una de las empresas o integrantes del consorcio deberá presentar los antecedentes indicados en los puntos i), ii) y/o iii), según corresponda a su naturaleza jurídica.
En el caso de adjudicarse la Licitación Pública, quienes conformaron el acuerdo de consorcio, deberán presentar - dentro de plazo - en conjunto con los antecedentes establecidos en el numeral IX de las Bases Administrativas, la escritura pública mediante la que se establecen como sociedad cuyo objeto será la ejecución de la prestación de servicios, debiendo establecer en su constitución que los socios serán fiadores y codeudores solidarios de todas y cada una de las obligaciones que contraiga la sociedad.
Los documentos que forman parte de la propuesta administrativa deberán ser ingresados electrónicamente en www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos señalados en el punto denominado "Etapas y Plazos".
Lo anterior es sin perjuicio de lo señalado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
v) Unión Temporal de Proveedores - UTP
a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1, debidamente firmada por el representante legal del proponente.
b) Acuerdo de unión temporal de proveedores, por escritura en forma obligatoria en caso de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, la cual deberá presentarse al momento de contratar, sin perjuicio que en el caso de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM deberá observarse la obligatoriedad de adjuntar documento público o privado, en original. En todo caso, se recomienda que los proveedores de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, suscriban igualmente un documento privado para constitución de la UTP, a fin de ser presentado conjuntamente con la oferta, con el compromiso de formalizar lo anterior a través de escritura pública, una vez adjudicada la licitación. En ambos casos, el acuerdo deberá contener:
- Identificación de los integrantes.
- Las condiciones de dicha unión temporal de proveedores para efectos de la presentación de propuesta y la adjudicación.
- La designación de un representante común, que será el encargado de mantener las comunicaciones con la DGA durante la realización de la licitación, explicitando el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes. Se deberá indicar las obligaciones que se le encomienden al apoderado como por ejemplo presentar los antecedentes, subsanar las solicitudes de aclaración, concurrir a visitas a terreno, actuar como supervisor del contrato, entregar los bienes, facturar, entregar informes renovar o modificar garantías.
- Pacto expreso de la obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes bases, de los contenidos de su propuesta y de las normas legales pertinentes.
- Se debe tener presente que todos y cada uno de los integrantes de una UTP, serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivados de la licitación y del respectivo contrato. Por ello, al momento de la suscripción del instrumento de la UTP no pueden incluirse cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP.
- Se recomienda que quienes suscriben el contrato de constitución de la UTP regule la facultad de repetir del integrante de la UTP que haya asumido la responsabilidad en contra del integrante incumplidor, en casos derivados de su culpa. Sin perjuicio de lo anterior, la DGA podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio.
- Deberá constar la inscripción individual de proveedores integrantes de la Unión en ChileProveedores, al momento de la suscripción del contrato.
- Determinación de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.
- Se debe establecer en la constitución de la UTP de la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recepcionará el pago; en caso de omisión en su designación la DGA entenderá que el integrante encargado de dicha obligación es quien represente la UTP, sin posibilidad de modificar su nominación.
Los oferentes que integren una UTP y que experimenten una modificación, deberán informarlo de inmediato a la DGA, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su condición.
Quienes conformen una UTP deberán tener presente que si ésta se disuelve durante la evaluación de la licitación, ésta no podrá ser adjudicada.
Asimismo, se deberá incluir la Descripción e Individualización de los proponentes, conforme a formato que se adjunta como Anexo Nº 3-B, debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores.
Se hace presente, que los postulantes que entreguen algunos de los documentos señalados anteriormente – numerales i) al v) - con la información contenida en ellos, deberán ser veraces en sus declaraciones juradas simples realizadas y entregadas, siendo de exclusiva responsabilidad de los postulantes.
En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad, se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles.
Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la DGA el derecho poner término al contrato y/o hacer efectivas las garantías. Se hace presente, que indistintamente la DGA podrá efectuar la respectiva denuncia en caso que amerite que los antecedentes y los hechos que de ellos deriven, sean constitutivos de delitos.
Requisitos Propuesta Técnica.
Los antecedentes que conforman la propuesta técnica deberán presentarse electrónicamente conforme a los requisitos que se solicitan en las Bases Técnicas. Los proponentes que formen un consorcio o una unión temporal de proveedores deberán presentar una propuesta técnica común.
Requisitos de la Oferta Económica:
a. El oferente, al digitar su oferta en el Sistema de Información, deberá ingresar el precio neto unitario por los servicios ofertados, el que deberá expresarse en moneda nacional y no podrá ser superior al presupuesto máximo disponible para esta contratación.
b. Cada oferente deberá crear un anexo económico donde se debe indicar el monto total de la oferta incluyendo los impuestos y además un desglose de los costos de materiales y mano de obra necesaria para dejar terminados todos los trabajos indicados en las bases técnicas.
c. En caso de inconsistencia entre el valor ofertado en el anexo económico y lo ingresado al Sistema de Información prevalecerá lo indicado en el anexo económico.
Si la oferta presentada es mayor al presupuesto de la Licitación indicado en el numeral XV, la oferta será rechazada y declarada inadmisible por la Comisión evaluadora.
La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes de la oferta administrativa, técnica y/o económica, facultará a la DGA a excluir de la Licitación al oferente, declarándose, por resolución fundada, inadmisible su oferta, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases Administrativas.
No obstante lo anterior, la DGA podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar, a través del Sistema de Información, a cualquier oferente, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los oferentes y el de estricta sujeción a las bases, lo que será evaluado y resuelto por la DGA. Se deja presente que las solicitudes de aclaración o subsanación son una prerrogativa que en ningún caso es obligatoria para los evaluadores, y sólo podrá subsanarse o aclararse por los proponentes lo solicitado, esto en atención a los principios que deben resguardar quienes evalúan. En este caso, se aplicarán las reglas de evaluación, conforme a lo dispuesto en el numeral XII de la Apertura y Evaluación de las Ofertas. Dicha solicitud se informará al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Tratándose de oferentes inscritos en el Registro electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.chileproveedores.cl.
Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los oferentes con motivo del estudio y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en favor de éstos por ningún concepto.
|
|
|
|
DERECHO A DECLARAR INADMISIBLES TODAS LAS PROPUESTAS Y DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN |
|
La DGA declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan los requerimientos establecidos en las Bases. Por otra parte, declarará desierta la licitación si no se presentan ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles , o bien si éstas no resultan convenientes a sus intereses, sin incurrir por todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes. En ambos casos, dicha declaración será por resolución fundada.
La DGA se reserva el derecho a no adjudicar a oferente alguno el presente llamado a Licitación Pública, en el evento de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificado por el Servicio, que le impida continuar con el proceso.
La DGA rechazará de forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan con lo exigido en las presentes bases de Licitación. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
|
|
|
|
REVOCACIÓN DE LA LICITACIÓN |
|
La DGA se reserva el derecho de revocar el presente proceso de Licitación, aun existiendo ofertas. Esta revocación puede ser declarada de forma unilateral por la DGA mediante acto administrativo fundado que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
No se devolverá la documentación que presenten los oferentes en esta eventualidad ni en ningún otro caso, salvo que la autoridad del Servicio la autorice expresamente, o bien, en el caso de las garantías de seriedad de la oferta entregadas por los participantes.
|
|
|
|
VALIDEZ DE LA OFERTA |
|
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la DGA podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. Si la oferta presenta una validez mínima inferior a la indicada anteriormente, esta será declarada inadmisible.
El sólo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto.
|
|
|
|
ANTECEDENTES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO. |
|
De acuerdo a lo dispuesto en el capítulo IV del reglamento de la ley de compras y a los artículos 22 Nº 8 relacionado con el artículo 63 del reglamento de compras, por tratarse de una contratación menor a 1.000 UTM, no se requerirá firma de contrato, toda vez que este se formalizara mediante la correspondiente emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del contratista.
Una vez comunicada la adjudicación, la DGA podrá requerir toda la información legal necesaria para la protección de sus intereses. En el caso que el proponente adjudicado sea una persona jurídica deberá acompañar, a petición de la DGA en un plazo no superior a diez días corridos – mismo plazo al establecido para el ingreso de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato - los siguientes antecedentes:
a) Copia simple del instrumento de constitución de la persona jurídica de que se trata, y de todas las modificaciones hasta la fecha de presentación de la propuesta.
b) Copia simple de la escritura pública en que consten sus socios y representantes legales a la fecha de presentación de la propuesta. Si este antecedente ya consta en el instrumento de constitución, señalarlo expresamente. En el caso de las sociedades anónimas, se requerirá, además, presentar una copia del o los folios que correspondan del registro de accionistas de la compañía, u otro documento equivalente según su legislación de origen, en los que consten los accionistas de la sociedad. En caso de tratarse de una persona jurídica extranjera, deberá adjuntar copia íntegra y debidamente legalizada en Chile de su escritura de constitución y de la representación legal, además de todo documento que en su país sirva para acreditar la existencia y vigencia de la persona jurídica a la fecha de presentación de la propuesta. Por último, en el caso de tratarse de universidades, el decreto de nombramiento o acta de nombramiento del rector.
c) Copia simple de inscripción con certificación de vigencia (sociedades) o certificado de vigencia extendido por la autoridad competente (otras personas jurídicas), con antigüedad no superior a 6 meses anterior a la fecha de cierre de presentación de ofertas.
d) Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la empresa, emitido por la Dirección del Trabajo, de fecha no anterior a 60 días contados desde la fecha de cierre de la presentación de propuestas.
e) En el caso de una unión temporal de proveedores o de un consorcio, se deberá presentar la respectiva escritura pública de constitución con los contenidos estipulados en el acuerdo correspondiente presentado en su oferta, bajo sanción de tener por desistida su propuesta, dando cumplimiento a lo establecido en el párrafo posterior. Se debe hacer presente, que para las UTP deberá estarse a lo señalado en el Reglamento de Compras 67 bis, y a la Directiva de Contratación Pública Nº 22, de 2015 de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Para el caso, de aquellas en empresas que se constituyan en consorcio, deberán constituirse como sociedad a través del instrumento público respectivo, la que deberá presentarse en conjunto con la respectiva inscripción en el Registro de Comercio respectivo, ya que deberá Iniciar Actividades en el Servicio de Impuestos Internos.
En caso que el proponente adjudicado no cumpla con la obligación contenida en el párrafo primero dentro de plazo, la DGA podrá adjudicar al siguiente proponente mejor evaluado, y así sucesivamente.
|
|
|
|
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
|
Los oferentes deberán entregar una Garantía de Seriedad de la Oferta, que tendrá el carácter de irrevocable, tomada por el mismo oferente o por terceros en un banco comercial con oficinas en Santiago o Concepción, con las siguientes características:
|
Tipo de documento
|
Cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva.
|
|
Beneficiario
|
Ministerio de Obras Públicas - RUT: 61.202.000-0.
|
|
Pagadera
|
A la vista e irrevocable.
|
|
Vigencia mínima
|
31/12/2021
|
|
Expresada en
|
Pesos chilenos.
|
|
Monto
|
$1.900.000- (Un millón novecientos mil pesos).
|
|
Glosa
|
"Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación pública denominada RECONSTRUCCION DE ESTACION FLUVIOMETRICA RIO PANGUE E INSTALACION DE REGLAS DE PILOTES EMBALSE RALCO”
|
|
Forma y Oportunidad
restitución
|
Respecto de los oferentes no adjudicados, la devolución de la garantía debe solicitarse por escrito a través de oficina de partes, previa conformidad del Inspector Fiscal. En cuanto al adjudicatario le será devuelta, después de presentar la garantía de fiel cumplimiento y oportuno cumplimiento del contrato y previa solicitud de su devolución, por escrito al Inspector Fiscal con la respectiva autorización del mismo.
|
La DGA hará efectiva esta garantía, ejecutándola unilateralmente por la vía administrativa, en cualquiera de los siguientes casos:
- Si el oferente se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de la misma.
- Si el adjudicatario no cumple con la obligación indicada en el Numeral anterior.
- Si el adjudicatario no entrega en forma oportuna la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
- Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
- Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación.
Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta será rechazada por la DGA, por no ajustarse a los términos de las presentes Bases, declarándose inadmisible su oferta en los términos establecidos en el numeral VI de las Bases Administrativas.
Esta Garantía deberá entregarse en la Oficina de Partes de la DGA Regional, ubicada en Arturo Prat 501, 6° Piso, Concepción, hasta el día hábil anterior al cierre de la licitación, bajo sanción de ser excluido de la licitación, y en el caso de presentar un instrumento electrónico – el que deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos y Servicios de Certificación de Firma Electrónica - este deberá suscribirse mediante firma electrónica avanzada, pudiendo ser enviada al correo electrónico mabel.vera@mop.gov.cl y entrega en oficina electrónica o envío por correo electrónico - el plazo de entrega de la garantía será hasta las 16:00 hrs., de la fecha de cierre de la Licitación, bajo sanción de ser excluido de la licitación.
|
|
|
|
COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
|
Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas, técnica y económicamente, por una Comisión que estará conformada por tres (3) funcionarios de la DGA, quienes estarán sujetos a la Ley N° 20.730 que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante autoridades y funcionarios, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esas Comisiones.
Los funcionarios que se designen podrán ser reemplazados por otro, debidamente especificado, en la eventualidad que en el plazo establecido para la evaluación de las propuestas éste no pueda cumplir con esta labor.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, una vez realizada la apertura de las ofertas, las siguientes:
a) Evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas (técnica y económica) de los proveedores, y rechazar aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las bases administrativas y técnicas;
b) Solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectados durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido por el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, es decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
La Comisión evaluadora concederá un plazo fatal para la corrección, el que será informado a través del sistema electrónico, el cual será contado desde el requerimiento. La DGA no considerará las respuestas o antecedentes recibidos, una vez vencido dicho plazo.
Mediante la aclaración no podrán modificarse aspectos sustanciales de la propuesta, de tal forma que la oferta no podrá, mediante las aclaraciones, transformarse en otra diferente, ni constituir una nueva oferta.
c) Establecer un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones que se indican en el numeral siguiente.
d) La comisión evaluadora analizará las ofertas técnicas y las ofertas económicas presentadas por cada oferente en el plazo establecido en las presentes Bases y tendrá en cuenta los criterios y pautas establecidos en este documento para la adjudicación. Durante el desarrollo de su trabajo la Comisión podrá requerir a los oferentes aclaraciones respecto de sus propuestas para efectos de la evaluación, y no podrá mantener contacto con ningún oferente que no hubiere sido previsto en las Bases, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. En todo caso, las aclaraciones que se pidan y las que se den, ambas por escrito, no podrán alterar las Bases de la Licitación, ni la esencia de la oferta ni violar el principio de igualdad entre los oferentes.
La Comisión levantará un acta con la evaluación de las ofertas de acuerdo a lo establecido en el artículo 40 bis del Reglamento de Compras, en la que consignará los puntajes obtenidos por cada oferente en los criterios a evaluar consignados en estas Bases. Dicha acta será suscrita por la referida Comisión y publicada en el Sistema de Información, junto al acto administrativo que dé cuenta del resultado de la Licitación.
|
|
|
|
APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
|
El acto de apertura se efectuará a través del Sistema de Información, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral III de las presentes bases administrativas.
A solicitud de la DGA, los oferentes deberán aclarar o subsanar su oferta a más tardar dentro de los dos (2) días corridos siguientes de recibida dicha solicitud, a través del Sistema de Información sitio www.mercadopublico.cl o, en su defecto, en caso de inoperatividad del sitio web señalado, ingresando los antecedentes requeridos en la Oficina de Partes de la DGA, en un sobre cerrado dirigido al Director Regional que llamó a la respectiva Licitación Pública, rotulado Antecedentes Complementarios Licitación Pública denominada “RECONSTRUCCION DE ESTACION FLUVIOMETRICA RIO PANGUE E INSTALACION DE REGLAS Y PILOTES EMBALSE RALCO” y con el nombre del oferente.
Si la Comisión lo estima pertinente, podrá solicitar a algún proponente, por escrito, precisiones sobre aspectos de su oferta técnica y/o económica, a fin de aclarar puntos específicos de las respectivas postulaciones, los que pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del convenio, en caso de resultar adjudicado.
También, podrá requerir documentación administrativa faltante y la aceptará siempre que esta haya sido emitida con anterioridad al plazo de presentación de las propuestas.
En todo caso, tanto la solicitud de aclaraciones, como las respuestas del interesado, no podrán referirse a puntos que alteren elementos esenciales de la propuesta, ni vulnerar el principio de igualdad de los proponentes. Las respuestas deberán ser entregadas, mediante carta suscrita por el representante legal del proponente, dentro del plazo señalado por la Comisión.
Las respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los postulantes a través del portal antes señalado.
Se aceptará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de éstos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión Evaluadora de la DGA procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido.
La calificación de las distintas propuestas y el correspondiente proceso de selección, se realizará en atención a los siguientes criterios de evaluación:
- Oferta económica (50%).
Se asignará 100 puntos a la oferta de menor precio unitario por producto ofertado, y a las demás ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (precio mín./precio oferta)*100.
- Plazo de entrega de los trabajos (30%).
Se le asignará el máximo puntaje al mínimo plazo de entrega ofertado, y a las restantes ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (plazo mín./plazo oferta)*100.
El plazo ofertado no puede inferior a 30 días corridos y tampoco puede ser mayor a 40 días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la emisión de la orden de compra.
- EXPERIENCIA (15%)
Este factor será evaluado utilizando la siguiente tabla. La experiencia de los proponentes será evaluada por medio de órdenes de compra y sus recepciones provisorias y/o definitivas emitidos por los Inspectores Fiscales de los proyectos o certificados de Jefes de Proyectos de las empresas con quienes hubiere contratado, dichos certificados no podrán tener una antigüedad superior a los 3 años contados desde la fecha de apertura de las ofertas, no obstante, que deberá cumplir con los factores que se establecen en el siguiente cuadro:
|
Factores
|
Ptos.
|
|
Ha realizado 8 o más trabajos iguales o de similares características a los indicados en las bases técnicas.
|
100
|
|
Ha realizado entre 5 y 7 trabajos de similares características a los indicados en las bases técnicas (ambas cantidades inclusive).
|
60
|
|
Ha realizado entre 1 y 4 trabajos de similares características a los trabajos indicados en las bases técnicas (ambas cantidades inclusive).
|
20
|
|
No ha realizado trabajos de similares características a los trabajos indicados en las bases técnicas.
|
0
|
- Cumplimiento requisitos formales (5%)
La presentación correcta y oportuna por parte de los oferentes de sus respectivas ofertas será evaluada de la siguiente forma:
- La oferta presentada no contiene errores u omisiones formales y el formato utilizado corresponde al indicado en las bases de licitación = 100 pts.
- La oferta presentada contiene errores u omisiones formales y deben ser subsanadas por solicitud de la DGA, o la oferta administrativa, técnica y/o económica está en un formato distinto del indicado en estas bases, toda vez que los documentos solicitados y en el orden que han sido requeridos tienen por objeto hacer una evaluación de las mismas en una forma más expedita = 0 pts.
- Garantía de los trabajos. (Requisito obligatorio)
La garantía debe ser de 12 meses por sobre el plazo de entrega de los trabajos.
Este factor no tiene asignado puntaje, toda vez que son requisitos mínimos que se deben cumplir obligatoriamente.
La oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de los criterios estipulados y sea conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación.
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio 1;
2° Criterio 2;
3° Criterio 3;
4° Criterio 4.
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la Licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
Cualquier error de concordancia de la presente pauta de evaluación, será resuelto por la Comisión Evaluadora de la Licitación, sin modificar en lo sustancial la lógica de objetividad de los criterios de evaluación.
Es necesario tener presente, que en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la DGA sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la Licitación, o bien, si se desistirá de ésta. La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia debiera constituir una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta.
La Comisión levantará un acta de evaluación de la presente licitación.
XIII. ADJUDICACIÓN
La DGA adjudicará la Licitación mediante resolución fundada, la que se notificará a los oferentes a través del Sistema de Información- www.mercadopublico.cl-, y se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en dicho Sistema.
Se hace presente que la DGA, adjudicará a la oferta que considere más adecuada a sus objetivos. Es preciso señalar, que no necesariamente se adjudicará la prestación de servicios a la empresa u oferente que presente la oferta más económica, dado que se evaluará si se ajusta técnicamente a lo requerido.
En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado al efecto en el numeral III de las presentes Bases, la DGA informará en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del referido plazo, e indicará un nuevo plazo para ello.
Los oferentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza.
En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva.
Lo anterior, con el objeto de verificar la habilidad de los proveedores, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley de Compras.
|
|
|
|
NUEVA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
|
En caso que el adjudicatario se desistiese de su oferta o el oferente adjudicado no acredita su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado o si el oferente adjudicado no presenta la garantía de fiel cumplimiento y/o no firma el contrato correspondiente en el plazo establecido en las Bases y/o no pueda cumplir con la prestación de servicio contratado, la DGA podrá readjudicar la Licitación al oferente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta mediante acto administrativo totalmente tramitado.
|
|
|
|
PRESUPUESTO DISPONIBLE |
|
El contrato será por suma alzada, no reajustable, y dispone de un presupuesto máximo de $40.000.000.- (Cuarenta millones de pesos), impuestos incluidos.
|
|
|
|
CONTRATO |
|
a) Suscripción del Contrato para adjudicaciones menores a 1.000 UTM
Aquel oferente que se adjudique la presente licitación por un monto que no exceda de las 1000 UTM, estará a lo dispuesto en el capítulo IV y al artículo 22 Nº 8, relacionado con el artículo 63, del Reglamento de la Ley de Compras, esto es, que por tratarse de una contratación menor a 1.000 UTM, no se requerirá firma de contrato, toda vez que éste se formalizará mediante la correspondiente emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del contratista, la cual constituirá el contrato en sí. Hecho esto, la DGA debe corroborar que el proveedor esté inscrito en el Registro de Proveedores. De no ser así, el adjudicatario tendrá la obligación e inscribirse en dicho registro, tras lo cual la DGA podrá enviar la Orden de Compra respectiva.
a) Inicio y Vigencia del Contrato
El inicio de las actividades se hará efectivo a partir del día hábil siguiente a la fecha de publicación de la orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl, y hasta la fecha de entrega propuesta por el adjudicatario, no pudiendo ser mayor a 40 días corridos contados desde el día hábil siguiente a la emisión de la orden de compra.
b) Etapas del Contrato y Productos Asociados
El contrato se ejecutará en 1 una etapa.
|
|
|
|
GARANTÍAS |
|
a) Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
El adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, que tendrá el carácter de irrevocable, tomada por el mismo adjudicatario o por terceros en un banco comercial con oficinas en Santiago, con las siguientes Características:
|
Tipo de documento
|
Cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva.
|
|
Beneficiario
|
Ministerio de Obras Públicas - RUT: 61.202.000-0
|
|
Pagadera
|
A la Vista e irrevocable.
|
|
Vigencia mínima
|
30/09/2022.
|
|
Expresada en
|
Pesos Chilenos.
|
|
Monto
|
Equivalente a un 10% del monto total adjudicado.
|
|
Glosa
|
"Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato denominado RECONSTRUCCION DE ESTACION FLUVIOMETRICA RIO PANGUE E INSTALACION DE REGLAS Y PILOTES EMBALSE RALCO”.
|
|
Forma y Oportunidad
Restitución
|
La devolución de la garantía debe solicitarse por escrito en la Oficina de partes dirigida al Inspector Fiscal, por parte del contratista, dentro de 30 días corridos posteriores a la fecha en la que el Inspector Fiscal de por aprobados los trabajos, quien además deberá ordenar la entrega del documento que cauciones la garantía técnica del contrato de acuerdo a los antecedentes que se establecen en la letra b) de este mismo numeral.
|
Esta Garantía deberá entregarse en la Oficina de Partes de la DGA Regional, ubicada en Arturo Prat 501, 6° Piso, Concepción y en el caso de presentar un instrumento electrónico – el que deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos y Servicios de Certificación de Firma Electrónica - este deberá suscribirse mediante firma electrónica avanzada, pudiendo ser enviada al correo electrónico mabel.vera@mop.gov.cl y entrega en oficina electrónica o envío por correo electrónico – dentro del plazo de entrega establecido en numeral XVII.
Si la vigencia de la garantía individualizada precedentemente fuere insuficiente por cualquier causa, el ejecutor deberá presentar, a lo menos el antepenúltimo día hábil bancario a su vencimiento, una garantía en las mismas condiciones señaladas precedentemente, de lo contrario, la DGA hará efectiva la garantía vigente antes de su vencimiento.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, caucionará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que se imponen a la contratada, y además asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de ésta, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley de Compras, pudiendo ser ejecutadas, en caso de incumplimiento, unilateralmente, por la vía administrativa y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, a través de la dictación de la correspondiente resolución fundada.
Se hace presente que el incumplimiento al que se refiere el presente numeral también aplicará en el evento que exista cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones asumidas por la contratada.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la DGA pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
En caso de que exista alguna infracción durante la ejecución del contrato que amerite el cobro de estas garantías, la DGA notificará por escrito al adjudicatario (carta certificada), comunicando las causales o razones que se tienen en vista para dicho cobro. Se hace presente, que el cobro de toda garantía (seriedad y fiel y oportuno cumplimiento del contrato) se encuentra sujeta a las reglas en el Reglamento de Compras en el artículo 79 ter, por lo que deberá respetarse los principios de contradictoriedad e impugnabilidad.
El adjudicatario, por su parte, dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación para efectuar sus descargos, resolviendo la DGA, mediante resolución fundada, si acepta los mismos o ratifica el cobro de la garantía. Para tal efecto, la autoridad deberá pronunciarse en el plazo de cinco (5) días hábiles.
En contra de esta última resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880.
No procederá esta sanción si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor, calificado así por la DGA mediante resolución fundada.
Finalmente, en caso de que el cobro de esta Garantía no implique el término del contrato, el Contratista deberá reemplazar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato por una de igual monto y vigencia, dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la fecha de cobro de la caución, bajo sanción de término del contrato.
b) Garantía Técnica
Se garantizará técnicamente los servicios finalizados en atención a la garantía técnica ofrecida y que fue analizada por la Comisión Evaluadora, mediante la entrega a la Unidad Técnica de una garantía adicional, y deberá ser presentada dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la fecha en que el Inspector Fiscal de por aprobados los trabajos contratados y antes de cursar el pago final. Esta Garantía Técnica, tendrá el carácter de irrevocable, tomada por el mismo contratista o por terceros en un banco comercial con oficinas en Santiago o en la región contratante, y deberá emitirse con las siguientes características:
|
Tipo de documento
|
Cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva.
|
|
Beneficiario
|
Ministerio de Obras Públicas - RUT: 61.202.000-0
|
|
Pagadera
|
A la Vista e irrevocable.
|
|
Vigencia mínima
|
31/12/2022.
|
|
Expresada en
|
Pesos Chilenos.
|
|
Monto
|
Equivalente a un 2.5% del monto total adjudicado.
|
|
Glosa
|
"Para garantizar técnicamente el contrato denominado RECONSTRUCCION DE ESTACION FLUVIOMETRICA RIO PANGUE E INSTALACION DE REGLAS Y PILOTES EMBALSE RALCO”.
|
|
Forma y Oportunidad
Restitución
|
La devolución de la garantía debe solicitarse por escrito en la Oficina de Partes dirigida al Inspector Fiscal, por parte del contratista, dentro de los 30 días anteriores al término de la vigencia de la garantía técnica de los trabajos efectuados por concepto del contrato de prestación de servicios. La petición del contratista deberá fundarse en el hecho que se cumplirá el plazo ofrecido como garantía técnica. El Inspector Fiscal en conjunto al Jefe de – División, Departamento, Unidad o Director Regional – suscribirán un acta de liquidación, remitiendo los antecedentes del contrato al subdepartamento de abastecimiento del Nivel Central para su respectiva liquidación, de acuerdo a lo establecido en el numeral XXVII de estas Bases Administrativas.
|
Esta Garantía deberá entregarse en la Oficina de Partes de la DGA Regional, ubicada en Arturo Prat 501, 6° Piso, Concepción, y en el caso de presentar un instrumento electrónico – el que deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos y Servicios de Certificación de Firma Electrónica - este deberá suscribirse mediante firma electrónica avanzada, pudiendo ser enviada al correo electrónico mabel.vera@mop.gov.cl y entrega en oficina electrónica o envío por correo electrónico – dentro del plazo de entrega establecido en numeral XVII.
En caso de que el adjudicatario no hace entrega de esta garantía en el plazo ya indicado, se cobrará en forma inmediata la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, ejecutándola unilateralmente por la vía administrativa.
Si la vigencia de la garantía individualizada precedentemente fuere insuficiente por cualquier causa, el ejecutor deberá presentar, a lo menos el antepenúltimo día hábil bancario a su vencimiento, una garantía en las mismas condiciones señaladas precedentemente, de lo contrario, la DGA hará efectiva la garantía vigente antes de su vencimiento.
|
|
|
|
PROGRAMA DE TRABAJO DEFINITIVO. |
|
El adjudicatario deberá presentar un programa de trabajo detallado definitivo, a más tardar en el plazo de 5 días corridos, contados desde la fecha de emisión de la orden de compra respectiva, en el cual se ajusten las actividades propuestas en su oferta de acuerdo a la fecha de vigencia del contrato, dentro del marco entregado en las Bases Técnicas y el programa propuesto por el oferente, identificando las fechas de entrega de los trabajos, los plazos de revisión por parte del Inspector Fiscal y los plazos que cuenta el contratista para atender las observaciones que se hagan en la respectiva etapa, del estado de pago asociado y los montos respectivos. Este programa de trabajo definitivo debe ser aprobado por el Inspector Fiscal, constando su aprobación mediante un Oficio que será notificado al contratista por medio de correo electrónico, dicha aprobación deberá constar en la carpeta del contrato respectivo. En la eventualidad que el programa de trabajo no sea aprobado por el Inspector Fiscal, será él quien lo fije y el adjudicatario deberá acatar lo resuelto por la inspección fiscal.
|
|
|
|
INTERPRETACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE TRABAJO. |
|
Toda discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como toda diferencia de interpretación de su contenido, será resuelta por el Director Regional, sin perjuicio de las atribuciones legales correspondientes al Ministro de Obras Públicas, y al Contralor General de la República.
Los requisitos mínimos establecidos en las Bases del presente concurso prevalecerán sobre lo ofrecido por el Oferente en su propuesta.
|
|
|
|
Garantía de los trabajos. (Requisito obligatorio) |
|
La garantía debe ser de 12 meses por sobre el plazo de entrega de los trabajos.
Este factor no tiene asignado puntaje, toda vez que son requisitos mínimos que se deben cumplir obligatoriamente.
|
|
|
|
INSPECTOR FISCAL. |
|
La DGA, con el fin de velar por el buen cumplimiento del contrato, designará un Inspector Fiscal y a un subrogante del mismo, quienes serán funcionarios profesionales de la DGA.
|
|
|
|
INSPECCIÓN DE LOS TRABAJOS. |
|
El Inspector Fiscal será el encargado del cumplimiento cabal de la oferta adjudicada, el cumplimiento de los plazos estipulados, cursará las multas en los casos que corresponda, fijará las reuniones que estime necesarias, será el responsable de recepcionar los trabajos de acuerdo a las formalidades establecidas en las presentes bases administrativas, analizar y autorizar las prórrogas de plazos y/o modificaciones de productos de las bases de licitación, y en general atender situaciones emergentes no consideradas, la que deberá siempre ser propuesta para su aprobación o rechazo del Director Regional, mediante el respectivo informe técnico o minuta técnica en la que deberá establecer los hechos que se deben considerar más su conclusión técnica, lo que no solamente deberá ser un detalle pormenorizado de los hechos, sino que temas técnicos relevantes que deberán ser considerados al momento de resolver.
Cualquier duda o situación no contemplada en las presentes Bases y que surja durante la ejecución de los trabajos, será evaluada por el Inspector Fiscal y consultada entre las partes. En todo caso, previa consulta y negociación, primará lo que resuelva el Director Regional conforme lo consignado en el numeral XIX de las presentes Bases.
|
|
|
|
CONSULTAS Y ACLARACIONES SOBRE LOS TRABAJOS. |
|
Las preguntas que el Contratista estime necesario efectuar durante la ejecución del trabajo, sólo serán consideradas si son dirigidas por escrito al Inspector Fiscal.
Estas consultas serán resueltas por escrito por el Inspector Fiscal dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de recepción de la consulta en la Oficina de Partes correspondiente.
De igual forma, el Contratista sólo podrá considerar válidas y oficiales las aclaraciones escritas, firmadas por el Inspector Fiscal.
|
|
|
|
INGRESO DE DOCUMENTOS E INFORMES. |
|
Todos los documentos que se hagan llegar al Inspector Fiscal, ya sean solicitudes específicas o informes por etapa, deberán ser ingresados por Oficina de Partes de la Dirección General de Aguas Región del Biobío. Los documentos no se entenderán recibidos si no se cumple con este requisito. El Contratista deberá asegurarse que sus ingresos sean registrados adecuada y oportunamente.
|
|
|
|
APROBACIÓN DE ETAPAS. |
|
No aplica para la presente licitación.
|
|
|
|
APROBACIÓN FINAL DEL TRABAJO |
|
Plazo de Entrega: Los trabajos deberán ser entregados en el plazo estipulado por el adjudicatario, el cual no podrá ser mayor 40 días corridos.
Observaciones y Correcciones: El adjudicatario deberá comunicar formalmente al inspector fiscal el término de los trabajos, dentro del plazo ofertado. El inspector fiscal se constituirá en terreno y levantará acta de recepción final de los trabajos, la cual se otorgará solo en el evento que los trabajos hayan sido terminados en forma íntegra y no existan observaciones por parte del inspector fiscal. Si los trabajos no son aprobados, la Inspección Fiscal tendrá 5 días corridos contados desde la visita terreno para elaborar un "Acta de Observaciones", la cual será notificada por correo electrónico al contratista, constituyendo fecha cierta el día de su envío, razón por la que será responsabilidad del contratista informar de un correo electrónico. El contratista dispondrá de 5 días corridos contados a partir de la remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por la Inspección Fiscal para subsanarlas, informándole al Inspector Fiscal a través del mismo medio, entendiéndose como plazo de entrega de las observaciones el término de los 5 días corridos. Terminado este plazo, el Inspector Fiscal realizará una nueva visita a terreno para verificar que el contratista haya corregido las observaciones. En el caso que los trabajos sean rechazados nuevamente, la Inspección Fiscal enviará oficio al contratista informando un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles, para acoger las observaciones realizadas. La forma de notificación contemplada en este período es mediante correo electrónico, entendiéndose dicho medio con la forma de comunicación más expedita y certera para éstos efectos. Dicho plazo estará sujeto a las multas correspondientes. De no realizar las correcciones solicitadas, la Inspección Fiscal solicitará el término del contrato.
|
|
|
|
PAGOS Y MULTAS |
|
a) Forma de Pago
El pago se efectuará en la medida que se realicen los trabajos en el plazo de 30 días desde la presentación de la factura, previa recepción conforme de los trabajos por parte del Inspector Fiscal de la Dirección General de Aguas.
Los trabajos serán financiados por la asignación correspondiente al presupuesto de que dispone la Dirección General de Aguas.
El pago se realizará bajo condición de cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Que el Inspector fiscal haya aprobado la entrega de los trabajos respectivos mediante un acta suscrita, en la queda su conformidad.
2. Que el Contratista o Proveedor realice su cobro mediante facturación electrónica, que deberá ser emitida a nombre del Ministerio de Obras Públicas, RUT: 61.202.000-0, ingresando en su archivo XML de factura, el código de unidad de pago: 1070, y descripción de unidad de pago: REG_08_DIRECCION_GENERAL_DE_AGUAS, según Instructivo del MOP sobre facturación electrónica, cuyos principales puntos se indican en el Anexo Nº 5. Deberá indicar además en su factura la respectiva Orden de Compra.
Los estados de pago, facturas y/o boletas correspondientes serán visada, además, por el Jefe de la unidad de hidrología región del Biobío.
Una vez adjudicado el servicio, el adjudicatario deberá indicar al Inspector Fiscal por cualquier medio escrito idóneo, sus datos bancarios para efectos de efectuar el pago por medio de transferencia bancaria a fin de dar cumplimiento a lo indicado en la Ley Nº 21.125 artículo 8º, indicando al efecto Banco, cuenta corriente, chequera electrónica o cuenta vista, cuenta RUT, nombre o razón social a quien se deba efectuar dicha transferencia, RUT, correo electrónico, si no ha realizado el trámite en Tesorería MOP, deberá llenar Anexo N° 6, “Formulario de Solicitud de Deposito a través de Bancos, firmado ante notario y presentarlo en cajas de Tesorería MOP.
Formulario 30, certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, correspondiente al mes se dieron por finalizaron los trabajos.
b) Multas
Será sancionado con una multa, el incumplimiento en la entrega:
- (i) De los trabajos en los plazos ofertados para la revisión del Inspector Fiscal, la que tendrá 5 días corridos para efectuar la revisión de los mismos; o
- (ii) De los trabajos que cuenten con las modificaciones solicitadas por el Inspector Fiscal y a conformidad de éste, dentro del plazo de 5 días corridos y 5 días hábiles, contados a partir de la remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por el Inspector Fiscal, conforme lo dispuesto en el numeral XXV.
La multa será de 1% del valor neto de los trabajos contratados que cuente con atraso, por cada día corrido de atraso. Estas multas serán exigibles de inmediato y descontadas de la más próxima factura que presente el Contratista o de cualquier suma que se le adeude o adeudase, con motivo del presente contrato, o le serán cobradas judicialmente, si así lo estima conveniente.
Si el valor total acumulado de las multas excede del 10% del valor del contrato, la DGA podrá ponerle término anticipado y cobrar la garantía de fiel cumplimiento y las retenciones realizadas. En todo caso, si el incumplimiento es grave, antes de acumular un 10% del valor del contrato, la DGA podrá poner término anticipado al mismo.
Verificada la infracción la DGA notificará por escrito al adjudicatario, comunicando las causales o razones que se tienen en vista para la aplicación de la multa con indicación de su monto, o, en su caso para poner término anticipado al contrato.
El adjudicatario, por su parte, dispondrá de un plazo de 3 días hábiles desde la notificación para efectuar sus descargos, resolviendo la DGA mediante resolución fundada, si acepta los mismos o ratifica la aplicación de la multa o el término contractual, para tal efecto la autoridad deberá pronunciarse en el plazo de 5 días hábiles.
En contra de ésta última resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880.
No procederá esta sanción si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por la DGA mediante resolución fundada.
|
|
|
|
LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. |
|
Dentro de los treinta (30) días corridos, contados con anterioridad al término de la vigencia de la garantía técnica ofrecida por el contratista de la prestación de servicios solicitándola al Inspector Fiscal mediante carta presentada en Oficina de Partes. El Inspector Fiscal deberá haber efectuado todas las actividades establecidas en el numeral XXV de las Bases Administrativas, y comprobado que la entrega de los trabajos se hubiere efectuado en atención a lo establecido en las condiciones especificadas en las Bases Técnicas, la Inspección Fiscal deberá calificar el trabajo y enviar los antecedentes relativos a la liquidación del contrato al Subdepartamento de Abastecimiento de la DGA, para su aprobación.
La liquidación del contrato será efectiva desde el momento en que se tramite la resolución respectiva, y se procederá a la devolución de la garantía de fiel, oportuno e íntegro cumplimiento del contrato y las retenciones realizadas.
La calificación se realizará de acuerdo al siguiente cuadro:
|
Oportunidad de entrega, ya sea de informe de etapa y/o final
|
Nota
|
Calidad del Servicio (cuando corresponda)
|
Nota
|
Calidad del Producto (cuando corresponda)
|
Nota
|
|
Antes de plazo.
|
7
|
Sobresale en requisitos técnicos solicitados.
|
7
|
Entrega la cantidad y calidad adjudicada, sin observaciones del Inspector Fiscal.
|
7
|
|
En plazo.
|
7
|
Cumple satisfactoriamente requisitos técnicos.
|
6
|
Los productos entregados fueron observados en la entrega y fueron subsanadas las observaciones dentro de plazo.
|
5
|
|
Con un día de atraso.
|
6
|
Cumple con los requisitos mínimos solicitados.
|
4
|
Los productos entregados fueron observados en la entrega y fueron subsanadas las observaciones fuera de plazo.
|
4
|
|
Con dos días de atraso.
|
5
|
|
|
|
|
|
Hasta cuatro días de atraso.
|
4
|
|
|
|
|
|
Entre 5 y 7 días de atraso.
|
3
|
|
|
|
|
|
Entre 8 y 10 días de atraso.
|
2
|
|
|
|
|
|
Más de 10 días de atraso.
|
1
|
|
|
|
|
En el evento que al contrato se le ponga término anticipado por incumplimiento grave de las obligaciones impuestas al contratista, este recibirá como nota un 1.
|
|
|
|
MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. |
|
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
La DGA y el Contratista podrán modificar o dar término anticipado al contrato, de común acuerdo entre ellos, cuando, a juicio de ambas partes, se hayan hecho presentes motivos necesarios para la modificación del contrato o que hagan imposible su cumplimiento y cuya solución no esté contemplado en el contrato. En este caso, no corresponderá pagar indemnización.
- Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones contraídas por el Contratista.
- Si el Contratista no destina personal en la cantidad y de la calidad indicada en su propuesta o recursos suficientes que, a juicio de la Dirección General de Aguas, ponga en peligro el poder llevar a cabo el trabajo en forma convenida.
- Si la DGA considera que el Contratista ha incurrido en negligencia, lo que se traduce en que la calidad del trabajo ejecutado no corresponde a lo estipulado en el contrato.
- Si existen causas graves imputables al Contratista que, a criterio de la DGA, impidan una correcta ejecución de los trabajos contratados.
- Si transgrede lo estipulado en las presentes Bases Administrativas y Técnicas y/o en el contrato o convenio que se suscriba, para la ejecución de la prestación de servicios.
- La quiebra o el estado de notoria insolvencia del Contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato.
Producidas cualquiera de las causales enumeradas (salvo aquellas indicadas en los números 1 y 4) u otras indicadas en los documentos del contrato, la DGA notificará por escrito al Contratista la causal del incumplimiento, fijándole un plazo perentorio para que lo solucione o corrija.
Si transcurrido este plazo el Contratista no ha solucionado o corregido la causal de incumplimiento, la DGA pondrá administrativamente término anticipado al contrato, procediéndose a su liquidación. En este caso, no corresponderá indemnizar al Contratista y se harán efectivas las garantías del contrato. Sólo se pagará los servicios ejecutados y recibidos a plena conformidad.
En caso de término anticipado, el Contratista deberá satisfacer íntegramente los servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido término anticipado.
No obstante, todo lo descrito anteriormente, se deberá estar a lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento de Compras.
|
|
|
|
NORMAS DE TRABAJO |
|
Las actividades deberán ser ejecutadas por el Contratista en conformidad a las siguientes normas:
a) Normas Generales de Contratación, Remuneraciones y Cotizaciones Previsionales:
El personal que contrate el Contratista, con motivo de la ejecución o durante la vigencia de esta contratación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con la DGA, sino exclusivamente con el Contratista.
Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que la DGA así lo requiera, el Contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso que el Contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. La DGA exigirá que el Contratista proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento del Contratista de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará a la DGA para poner término anticipado a la contratación. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 20.123.
b) Confidencialidad de la Información:
Quienes ejecuten una prestación de servicios en favor de la DGA en calidad de contratista o proveedores deberán tener presente lo siguiente:
- El contratista y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del contrato como posterioridad a su finalización, esto incluye habiéndose liquidado el contrato.
- El contratista, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal WEB del MOP: http://mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx.
- Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que el contratista pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información haya sido definida expresamente como confidencial.
- El Ministerio de Obras Públicas a través de la Dirección General de Aguas (DGA), se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
- En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad que se establece en estas Bases, tanto por el contratista como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación de servicio que se contrata, el MOP – DGA dará término anticipado al contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan.
c) Cambios en el equipo de trabajo definido inicialmente en la oferta:
Si el Contratista desea efectuar cambios en el equipo de trabajo destinado a cumplir las obligaciones del contrato, deberá informar, justificar y solicitar la aprobación de los cambios a la inspección fiscal de la DGA, con una antelación no inferior a una semana, presentando al efecto una terna de las personas que se requiere reemplazar.
El Contratista deberá identificar con su respectivo currículum a los trabajadores propuestos, quienes deberán cumplir con los mismos requisitos del personal propuesto en su oferta. La inspección fiscal aprobará o rechazará con antecedentes fundados la petición, dentro del plazo de 5 días corridos de recepcionada la solicitud. En caso de ser rechazada, el equipo de trabajo no podrá ser modificado, y en caso de incumplimiento, el contratista podría llegar sancionado con el término del contrato.
d) Subcontratación:
Los contratos para prestación de servicios personales se celebran en especial consideración de las personas naturales, personas jurídicas o empresarios individuales que prestarán el servicio, esto sin perjuicio de los reemplazos, sustituciones e incorporación de alguno de los trabajadores de la adjudicataria. Durante la ejecución del trabajo, el Contratista sólo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas lo que deberá ser aprobado previamente por la Inspección Fiscal. Para proceder con estas subcontrataciones el Contratista deberá solicitar, por escrito, autorización al Inspector Fiscal, a quien corresponderá calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Contratista seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la DGA.
De igual manera toda subcontratación de algún servicio que justifique un mejor desarrollo de las materias deberá ser planteada al inspector fiscal quien deberá aprobar finalmente.
e) De los Dependientes de la Empresa:
La empresa contratada, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de su equipo de trabajo.
En consecuencia, la empresa será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su equipo de trabajo. Se deja constancia que entre el personal asignado por la empresa para el cumplimiento del contrato y la DGA no existirá vínculo de dependencia alguna.
Lo anterior, sin perjuicio de las normas que sobre la materia establece el Código del Trabajo.
Para los efectos de cursar el pago, el contratante deberá informar en forma mensual el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo y en el Decreto Supremo N° 319 (Min. Trabajo y Previsión Social), 2006, Reglamento sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. En el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales, la DGA podrá retener de las obligaciones que tenga a favor de aquél, el monto que es responsable.
Asimismo, el incumplimiento de esta obligación dará derecho de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, caso en el cual, previo a su cobro, el contratante deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, en un plazo máximo de cinco días hábiles, bajo sanción de decretar el término anticipado del contrato en caso de no entregarla y como se señaló, cobrar la garantía anterior.
f) Aplicación del Pago a Obligaciones pendientes con los Trabajadores:
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° inciso 2° de la Ley N° 19.886, modificada en este punto por la Ley N° 20.238 de 2008, el adjudicatario que hubiese declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La DGA exigirá que el contratante proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de obligación. El incumplimiento de estas obligaciones dará derecho a la DGA a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación.
g) Propiedad intelectual:
Toda la información que se maneje y los productos resultantes del presente trabajo serán de propiedad exclusiva de la DGA, de modo que su uso, administración, intervención o publicación le corresponde sólo a la DGA. Sin perjuicio de lo anterior, la Contratista tiene la obligación de ceder y garantizar la cesión de cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial que diga relación con el trabajo desarrollado con objeto del presente convenio. Esta obligación subsistirá inclusive después de liquidado el contrato, y en caso de incumplimiento de la obligación impuesta, la DGA se reserva el derecho de accionar en contra de los responsables ante los Tribunales de Justicia.
h) Responsabilidad por la información:
El Contratista será responsable por todos y cada uno de los antecedentes, cálculos, conclusiones, y en general, de todas las materias que forman parte del trabajo. En el caso de disolución de la empresa, las personas que actuaron como representante legal y jefe de proyecto en el contrato pertinente, asumirán esta responsabilidad, que se entenderá en su más amplia acepción, y en caso de incumplimiento de la obligación impuesta, la DGA se reserva el derecho de accionar en contra de los responsables ante los Tribunales de Justicia.
|
|
|
|
PRÓRROGA DE PLAZOS |
|
Si el adjudicatario estimare necesario solicitar una prórroga en los plazos para la entrega de los trabajos, deberá basar su solicitud ya sea por fuerza mayor o un atraso por parte del Servicio en la entrega de algún insumo básico para la realización de los mismos. Esta solicitud deberá presentarse, antes del vencimiento del plazo correspondiente, vía Oficina de Partes, dirigida al Inspector Fiscal, quien deberá aprobar o rechazar las justificaciones entregadas, enviando luego toda la documentación para que sea resuelto finalmente por el Director Regional de Aguas del Bío Bío.
|
|
|
|
MODIFICACIÓN DE PRODUCTO |
|
Si la DGA o el Contratista requirieran modificar algún o algunos de los productos o de los servicios contratados de las bases técnicas o de la oferta técnica del oferente adjudicatario, el Inspector Fiscal deberá levantar una minuta de oficio, dirigida al Director Regional de Aguas del Bío Bío con una antelación de 15 días hábiles al término de la etapa que corresponda para su aprobación, con todos los antecedentes que permitan realizar el cambio solicitado, el cual deberá ser aprobado por resolución fundada.
El Contratista podrá solicitar modificaciones a su propuesta técnica orientadas al logro de los productos comprometidos o servicios contratados, por escrito fundando su petición, ya sea por temas técnicos o de plazo de entrega. El procedimiento de análisis y eventual aprobación de la solicitud se regulará por lo dispuesto en estas bases.
|
|
|
|
CONTRAPARTE TÉCNICA |
|
La Dirección General de Aguas designará a un funcionario del Servicio para realizar la función de Contraparte Técnica de la prestación de servicios quien podrá ser algún profesional de los distintos Departamentos/Unidades/Divisiones de la Dirección General de Aguas que tengan competencias en el ámbito de la presente prestación.
|
|
|
|
BASES TÉCNICAS |
- INTRODUCCIÓN
Dada las competencias de la Dirección General de Aguas, conforme al artículo 129 bis 3, del código de aguas, es necesario construir estaciones hidrométricas que permitan establecer una red de control de cauces, en cuanto a calidad, cantidad y nivel, generando así información pública de interés nacional.
- OBJETIVO
“RECONSTRUCCION DE ESTACION FLUVIOMETRICA RIO PANGUE E INSTALACION DE REGLAS DE PILOTES EMBALSE RALCO”
- DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
3.1 Limpieza y Desmalezado de estaciones:
Fluviométricas:
Se deberán desmalezar ambas orillas de cada cauce aguas arriba y aguas abajo del cable andarivel, según se específica en las bases, de toda maleza, arbustos y ramas que perturben el normal escurrimiento de las aguas en épocas de crecidas, (sin uso de químicos o similares); en caso de árboles MAYORES DE ESTACIONES FLUVIOMÉTRICAS, la Inspección Técnica de las Obras dará el VºBº para su corte y/o poda si así se estableciera.
Se deberán limpiar y desmalezar todos los accesos a observación de limnímetros, dejando los accesos limpios en un ancho mínimo de 1 m, a cada lado de sus peldaños.
Se deberán limpiar y desmalezar todos los accesos para observación hacia y en caseta Datalogger y tuberías de sensor, permitiendo el paso libre, seguro y sin obstáculos para el hidromensor.
Se deberán limpiar y desmalezar todos los accesos hacia el carro de aforo, permitiendo el paso libre, seguro y sin obstáculos para el hidromensor con los equipos respectivos de aforo.
Las reglas limnimetricas de acero fundido, estas deberán ser limpiadas con escobillas de acero, de manera que permita una clara lectura.
Limpieza de ramas y/o objetos que obstaculicen el libre traslado del carro de aforo.
Desembanque: Se debe retirar todo el material y sedimentos que se acumulan en el interior de las tuberías limnigráficas y/o reglas limnimétricas, según corresponda, dejando al menos 50 cm de agua libre en su interior, contados desde el fondo desde el pozo limnigráfico o “cero” de referencia. A su vez se debe efectuar la limpieza de los canales de acercamiento de agua existentes en el exterior de dichas tuberías en las dimensiones especificadas en la Bases Administrativa-
Estaciones Meteorológicas:
Se deberá escarpar y desmalezar el terreno ubicado al interior del cerco de protección, considerando un ancho de 1 m alrededor del cerco, retirando todo pasto, maleza y arbustos que eventualmente perturben los registros pluviométricos.
3.2. Pintura y Conservación de estructuras:
Se considera la pintura de torres, cable andarivel, carro de aforo, tuberías, plataformas de acceso al carro de aforo y tuberías, escalas. Según lo detallado en punto de las presentes E.T.
Previo al pintado de las estructuras, se deberá retirar toda la pintura anterior suelta, dejando las superficies limpias, secas, libres de polvo, grasa, herrumbre y/u óxido; la limpieza se deberá realizar con las herramientas (mecánicas) necesarias, que permitan cumplir con lo señalado anteriormente. No se aceptarán métodos de limpieza con aplicación de calor tanto a las estructuras, como al cable andarivel.
Para las estructuras nuevas, una vez recibido por parte de la Inspección Técnica de las Obras, se procederá a aplicar dos manos de Antioxido Alquídico, Anticorrosivo Maestranza Sherwin Williams, triple acción en metal o similar.
La primera mano será en color Rojo, con aplicación máxima de solvente 10 % y con secado de 24 hrs., a 25º C y 60% de humedad relativa del aire como máximo.
La segunda mano se aplicará previo V°B° de la I.T.O., será en color Gris Verdoso, con aplicación máxima de solvente 10% y con secado de 24 hrs., a 25° C y 60% de humedad relativa del aire como máximo.
Para las estructuras antiguas, luego del raspado y retiro de los materiales sueltos, se aplicarán dos manos de esmalte sintético alto brillo. La primera mano se aplicará en color Blanco, o azul según corresponda, con 10% a 20% máximo de solvente, según aplicación con brocha o pistola, con un secado mínimo de 12 hrs., siempre que haya sido aplicado como mínimo a 20 ºC y 80% de humedad relativa del aire como máximo.
La segunda mano se aplicará en color blanco o azul pacífico, previo Vº Bº de la primera mano de la I.T.O., con 10% o 20% máximo de solvente, según aplicación con brocha o pistola, con un secado mínimo de 12 hrs., siempre que se haya aplicado como mínimo a 20º C y 80% de humedad relativa del aire como máximo.
En el caso del cable andarivel, se deberá escobillar toda la pintura suelta para luego pintar de metro en metro alternadamente, con los colores Blanco para los diez metros y Azul Pacífico los diez metros siguientes y así sucesivamente, en el mismo orden que se encuentra cada estación en la actualidad.
Las piezas de madera deben ser entregadas pintadas, con dos manos de esmalte sintético tricolor, color blanco y color azul pacífico en sus dos caras y cantos.
- Carro de Aforo:
Las piezas de madera deben ser entregadas pintadas, con dos manos de esmalte sintético tricolor. o similar, 1ª mano color Blanco y 2ª mano color azul en sus dos caras y cantos.
Se deben recorrer, engrasar y cambiar rodamientos de poleas de carro de aforo, a objeto de permitir la normal circulación del mismo, a través del cable andarivel.
La estructura metálica del carro de aforo, deberá entregarse pintada de acuerdo a instrucciones señaladas en el ítem “Pintura de las Estructuras.”
Se solicitará respaldo fotográfico de dichas labores.
- Cable Andarivel:
El cable andarivel debe ser pintado cada metro con intercambio de 2 colores como se detalla en el ítem anterior. (Blanco, azul pacífico). Es importante señalar que antes de pintar se debe raspar de forma prolija toda la superficie, la pintura debe ser esmalte sintético de marca tricolor o similar.
Se deberá marcar cables de aforo, de acuerdo a normativa vigente, en colores Blanco y Azul Pacífico alteradamente; previo a ello se deberá raspar el cable, sacando toda impureza y pintura suelta, que impida la correcta aplicación de la nueva pintura. Esta se aplicará de acuerdo a ítem “Pintura de las Estructuras”.
Siempre se debe iniciar la pintura desde la orilla izquierda (mirando hacia aguas abajo del río) empleando color azul.
- Tubería Limnigráfica y Caseta Datalogger:
Se deben limpiar exteriormente y pintar las tuberías limnigráficas y caseta datalogger, de acuerdo a normativa vigente, en colores Blanco y Azul Pacífico alternadamente y a las instrucciones señaladas en ítem “Pintura de estructuras”.
- Estructuras de acceso a carro de aforo, Escalera y Plataforma:
Se deberán pintar todas las estructuras de acuerdo a instrucciones indicadas en ítem “Pintura de las estructuras”.
- Terminación estaciones meteorológicas y fluviométricas:
-Color blanco: pluviómetros, pluviógrafos y soporte de madera, mallas de cerco perimetral.
-Color Azul Pacífico: pilares de cerco perimetral.
-Carro de Aforo: Techo completo y maderas de asiento, respaldo y piso color blanco.
-Caseta de limnígrafo e instrumental: techo color blanco.
- NORMAS
Según las establecidas en las presentes bases administrativas y técnicas.
- PROTECCIÓN Y CONTROL DEL MEDIO AMBIENTE
a) Generalidades
El medio ambiente en el cual se encuentran emplazados las estructuras de la Dirección General de Aguas (DGA) no puede ser alteradas y se deberá procurar mantener lo existente sin realizar grandes alteraciones.
- DISPOSICIONES GENERALES
6.1.- Queda prohibido el uso de productos químicos, en el desmalezado de las estaciones.
6.2.- Cualquier modificación, como por ejemplo poda de árboles que impidan el tránsito del carro de aforos, debe ser debidamente autorizada por el inspector fiscal.
6.3.- Se debe retirar todo resto de material utilizado.
6.4.- Las herramientas que sean utilizadas en pintura, no podrán, bajo ningún punto de vista, ser desechados en el cauce o en cualquier otro lugar que no sea un depósito autorizado (incluye diluyente, brichas usadas, limpieza de brochas, etc.)
6.5.- De la misma manera, se debe establecer un lugar habilitado para la alimentación de los trabajadores, y los residuos generados deben ser depositados en lugares habilitados para ello.
7. OBRAS A CONSIDERAR
7.1.- RECONSTRUCCION DE ESTACION FLUVIOMETRICA RIO PANGUE
7.2.- INSTALACION DE REGLAS DE PILOTES EMBALSE RALCO”
8. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS TRABAJOS
8.1. ESTACION RIO PANGUE ANTES DE JUNTA RIO BIOBIO
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N= 5.802.352 metros; E= 269.506 metros Huso 18, aproximadamente 100 kilómetros al este de la ciudad de los Ángeles.
Trabajos a realizar:
Construcción de estación:
- En orilla derecha confección y montaje de machón de anclaje lado izquierdo y derecho para cable 7/8” según plano tipo configuración machón - machón.
- En orilla izquierda confección y montaje de machón de anclaje lado izquierdo y derecho para cable 7/8” según plano tipo configuración machón - machón.
- Confección e instalación de cable andarivel 7/8” alma de acero 6x19 de 200 metros, más vueltas de seguridad, con 5 mordazas de acero en cada lado, tensado para flecha que será informada por ITO.
- Confección e instalación de tensor tipo Crossby 1 3/8” x 20 ½”.
- Se debe considerar los guardacabos, estrobos y argollas de seguridad necesarias.
- Confección e instalación de carro de aforo según plano tipo.
- Provisión e instalación de 7 Cañerías ASTM A-53 galvanizada de 2” de 6 metros cada una adosada desde la caseta al rio, anclada en dados de hormigón.
- Confección e instalación de letrero de identificación de estación, sujeto en dos postes fundados en dados de hormigón de 50x50x80 cm, según especificaciones adjuntas. La ubicación de la instalación será indicada por ITO. El código BNA será entregado a la adjudicaría por parte del ITO.
- Confección e instalación de letrero de advertencia de peligro fundado en poste de acero en dado de hormigón de 50x50x80 cm, según especificaciones adjuntas. La ubicación de la instalación será indicada por ITO.
- Confección e instalación de 5 regla Limnimétricas con soporte metálico según especificaciones adjuntas. La ubicación de la instalación será indicada por ITO.
- Confección e instalación caseta metálica ext.: 60x60x60 cm. Según detalle de croquis, montada en altura en dado de hormigón dimensiones 1x1x1 m, con un soporte de cañería de 8” A-53 SCH-20 NEGRA L=6M, con una cañería ASTM A-53 galvanizada de 1 ½“ interior para pasar cable sensor recubierta de hormigón.
- Se deberá confeccionar acceso a estación hidrométrica a construir, debiendo dejar estándares mínimos para acceso de vehículos, considerar ripio y ensanche de huella existente.
- Construcción de escalinatas de acceso a caseta de instrumentos en hormigón de 60 cm de ancho por una pisada de 35 cm, con baranda en cañería ASTM A-53 galvanizada de 1 ½“
- Se debe considerar retiro de estación existente aguas arriba como: casetas, mástil, plataforma, limnimetros, cable de acero y electrodos de hormigón de anclaje.
- Confección e instalación de portón acceso de 4 metros ancho total, confeccionado en 2 paños de ancho cada uno 2 metros, en cañería ASTM A-53 galvanizada de 2” y malla acmafor de 4,50 mm, montado en dos postes de perfil cuadrado 200x200mm, hormigonados en pollos de Hormigón de 60x60x90 cm, además estos deben ser llenados de hormigón.
- Confección e instalación de 50 metros de cerco en malla cuadrada de 60x60mm diámetro 1,96mm x 1.80 mt de alto galvanizada con tres corridas de alambre de púas para sujetar dichas malla,
- Provisión e instalación en carro de aforo 1.5 metros de cadena acero de 8 mm con candado.
- Se debe considerar horas de excavadora para el retiro de rocas que obstaculicen el libre escurrimiento del agua, mínimo 10 horas. Las rocas a remover serán debidamente autorizadas por ITO.
- Se deberá entregar un plano de la obra construida, perfil transversal de la sección de aforo y además curva de descarga teórica.
- Retiro de restos de material y limpieza final.
8.2. EMBALSE RALCO
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N= 5.785.048 metros; E= 286.377 metros Huso 18, aproximadamente 100 kilómetros al este de la ciudad de los Ángeles.
Construcción de Pilotes:
- Se deberá construir desde la cota 690 hacia arriba 6 pilotes, cada uno de 18 metros bajo nivel de terreno y 6 metros sobre nivel de terreno, cada uno de ellos se debe hormigonar con un hormigón H- 30
- Confección e Instalación de 30 Limnimetros de fierro fundido instalado 5 Limnimetros en cada pilote
- Especificaciones del lugar de instalación de cada pilote será indicada por ITO.
- Confección de cada pilote deberá ser de cuatro tubos de acero correspondientes a cañería de 8” A-53 SCH-20 NEGRA L=6M, unidos a base de soldadura de alta resistencia.
- Construcción de camino de ingreso para maquinaria y materiales.
- Restitución de terreno emplazamiento de camino terminada la obra.
- Retiro de restos de material y limpieza final.
9. RIESGOS
Se deja constancia que durante la ejecución de las obras, la Empresa que se adjudique los trabajos, deberá absorber los riesgos que puedan afectar a las labores, ya sea por crecimiento de los ríos, lluvias u otros.
|
|
|
|
• Visita obligatoria para admisibilidad de las ofertas |
|
Se deberá realizar visita de inspección en terreno con fecha Miércoles 29 de septiembre del año 2021, a las 10:00 horas, se levantará acta de visita para verificar la admisibilidad de las ofertas, para ello comunicarse con don Luis Daza Quezada, al correo luis.daza@mop.gov.cl o al teléfono 9 64405731
|
|
|
|