Licitación ID: 1057434-3-LP26
CONTRATACION DE SERVICIOS DE MOVILIZACIÓN PARA TRASLADO DE EQUIPOS DE SALUD Y REQUERIMIENTOS A FINES DEL CESFAM DR. VICTOR MANUEL FERNÁNDEZ
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD CONCEPCION ARAUCO CONS
Fecha de Cierre: 18-02-2026 16:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de autobuses contratados 1 Unidad
Cod: 78111803
CONTRATACION DE SERVICIOS DE MOVILIZACIÓN PARA TRASLADO DE EQUIPOS DE SALUD Y REQUERIMIENTOS A FINES DEL CESFAM DR. VICTOR M. FERNÁNDEZ, DE ACUERDO A ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACION DE SERVICIOS DE MOVILIZACIÓN PARA TRASLADO DE EQUIPOS DE SALUD Y REQUERIMIENTOS A FINES DEL CESFAM DR. VICTOR MANUEL FERNÁNDEZ
Estado:
Publicada
Descripción:
LA NECESIDAD DE CONTRATAR SERVICIO DE MOVILIZACIÓN PARA EL TRASLADO DE FUNCIONARIOS Y EQUIPOS DE SALUD DEL CESFAM DR. VMF, PARA ATENCIÓN DOMICILIARIA, VACUNAS Y OTRAS NECESIDADES DEL ESTABLECIMIENTO, DENTRO DEL GRAN CONCEPCIÓN, (CORONEL, CHIGUAYANTE, LOTA, PENCO, SAN PEDRO DE LA PAZ, TALCAHUANO, TOMÉ Y HUALPÉN), SEGUN ESPECIFICACIONES ADJUNTAS.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.607.104-1
Dirección:
MAIPU 2120
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-02-2026 16:01:00
Fecha de Publicación: 29-01-2026 0:49:20
Fecha inicio de preguntas: 29-01-2026 8:00:00
Fecha final de preguntas: 11-02-2026 17:01:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-02-2026 17:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-02-2026 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-02-2026 16:10:00
Fecha de Adjudicación: 18-03-2026 17:01:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1, Formulario Identificación del Oferente
2.- Formularios N°1, 2, 3A y 3B, según corresponda.
3.- Formulario N°4, Datos para el Pago
4.- En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP), se debe adjuntar instrumento privado del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
5.- Las declaraciones juradas sobre habilidades para ofertar y contratar por el Estado, deben ser presentadas digitalmente mediante los formatos tipos que Mercado Público dispone.
6.- Formulario N°5, Declaración Jurada de Programa de Integridad.
Documentos Técnicos
1.- Completar y subir Formulario N°7, “Check List Licitación 1057434-3-LP26”, además, debe adjuntar toda la documentación que en dicho Formulario se solicita.
 
2.- Anexar los antecedentes solicitados en la letra B) Item: “Documentos de los Vehículos”, de las Especificaciones Técnicas.
 
3.- Anexar antecedentes solicitados en la letra C) Item: “Documentos y Requisitos de los Conductores”, de las Especificaciones Técnicas:  Licencia de conducir profesional, acreditar con el respectivo certificado.  Hoja de vida del conductor, emitida por el registro civil e identificación, según Ley del Tránsito. La no presentación de estos antecedentes, o si se verifica que no cumple con las especificaciones técnicas, la oferta se declarará INADMISIBLE.
 
Documentos Económicos
1.- El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en Formularios N°6, “Condiciones de Empleo y Remuneración” (Formularios N°6, 6A, 6B, 6C, 6D Y 6E ).
2.- El Proveedor adjudicado deberá mantener los precios inicialmente ofertados, durante el todo el período de vigencia del Contrato, sin reajustes ni modificaciones de ningún tipo.
3.- El valor a cotizar por el Oferente, corresponderá al Valor Mensual Exento de IVA por los 4 vehículos ofertados.
4.- Emitir Factura a nombre del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, RUT 61.607.104-1, Dirección: Maipú N°2120, Concepción.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Certificado vigencia de la Sociedad no superior a 30 días.
- I18n entry not found: Copia de la Escritura en donde conste la personería del Representante Legal.
- I18n entry not found: CERTIFICADO CONSTITUCION DE SOCIEDAD CON VIGENCIA MINIMA 30 DIAS.
Inscritos en Chileproveedores En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Comportamiento Contractual Anterior Se considerarán las sanciones aplicadas y publicadas (amonestaciones, multas, términos anticipados y otros) en Mercado Público dentro de los últimos 2 años, contados desde la fecha en que las presentes bases administrativas han sido publicadas en el Sistema de información, o en caso de no aparecer las sanciones en el Portal, las que haya aplicado el CESFAM Dr. VMF y que se encuentren totalmente tramitadas. Aquellos proveedores que no registren sanciones, automáticamente obtendrán el puntaje máximo. N° de Sanciones dentro de los 2 últimos años Puntaje Final 0 sanciones 100 Entre 1 y 2 sanciones 60 Entre 3 y 5 sanciones 30 Sobre 5 sanciones 1 La ponderación asignada a este Ítem es de: 5% FORMULA: Puntaje obtenido x 0.05 x 100 5%
2 Año del Vehiculo Este Criterio se evaluará de acuerdo a la siguiente Tabla: Año Vehículo Puntaje Vehículo 2026 100 pts. vehículo 2025 80 pts. Vehículo 2024 60 pts. Vehículo 2023 40 pts. Vehículo 2022 10 pts. Vehículo Menor a 2022 o no informa Oferta se declara inadmisible. Fórmula: Puntaje Obtenido por factor 0.10 x 100 10%
3 Precio Se otorgará mayor puntaje a las ofertas que registren precios menores y se evaluará con FORMULA: (Menor precio mensual por tres vehículos ofertados / precio mensual por tres vehículos analizado) * 0.50 * 100 50%
4 Condiciones de Empleo y Remuneración El oferente deberá completar el Formulario N°6 y acompañar mediante una carta de compromiso (declaración jurada) que cuenta con mejores condiciones de empleo y remuneración de sus trabajadores en cada uno de los factores descritos en la siguiente Tabla: El Oferente cuenta con una o más de las siguientes condiciones de empleo y remuneraciones Marcar con una X lo que el oferente ofrece a sus trabajadores Factor 1 Nivel de remuneraciones mínima imponible mensual de los trabajadores que realizarán el Servicio de Movilización (Completar Formulario 6-A). Se deberá informar remuneración imponible mensual de los trabajadores que realizarán el Servicio de Movilización, mínimo establecido y/o superior al mínimo establecido y hasta $30.000.- y/o superior a $30.000.- respecto del mínimo establecido, según corresponda. Este Factor se evaluará según desglose de la siguiente Tabla: Tramos del Factor 1 a Evaluar Puntaje Total a) Remuneración Imp. 5%
5 Programas de Integridad Este criterio de evaluación considera que el proveedor deberá señalar en el Formulario N°5 “Declaración Jurada Programa de Integridad” si cuenta con programa de integridad conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio y posteriormente, la ejecución del servicio. Para su evaluación, el oferente deberá adjuntar antecedentes que permiten verificar la existencia del programa de integridad y este es conocido por todo el personal. (Ejemplo: link donde se encuentra publicado, nómina de capacitación, declaración poder simple trabajadores, entre otros). En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 1. DESCRIPCION PUNTAJE Cuenta con Programa de Integridad 100 No cuenta con Programa de Integridad 1 FORMULA: Puntaje Obtenido x 0.05 x 100 5%
6 Experiencia en el Rubro Se otorgará mayor puntaje a las empresas que acrediten mayor experiencia en el rubro. Los oferentes deberán adjuntar Certificados de Conformidad por los servicios prestados en los últimos 24 meses hasta la fecha de publicación de la presente licitación, emitidos por entidades donde prestó o presta servicios. Se establece además, que los Certificados de Conformidad presentados, deben ser de distintos contratos y la presentación de 2 ó más Certificados que den cuenta de un mismo contrato, se considerará uno sólo. Se evaluará cantidad de certificados de conformidad presentados, de acuerdo a la siguiente Tabla: N° de Certificados de Conformidad Puntaje Final 0 -1 1 2 - 10 10 11 -15 15 16 en adelante 20 FORMULA: Puntaje obtenido x 0,15 x 100 15%
7 Plazo de Respuesta ante una Emergencia (Numero 1 Se otorgará mayor puntaje a las empresas que acrediten menor tiempo de respuesta ante una emergencia. Se evaluará de acuerdo a la siguiente Tabla: Tiempo de Respuesta ante una emergencia Puntaje Igual o Inferior a 30 min. 10 31 a 60 min. 5 61 a 90 min. 3 91 a 119 min. 2 120 y más minutos 1 Se considera como hora, la hora hábil (1 día = 8hrs hábiles). Se evaluará con la siguiente FORMULA: (Menor tiempo ofertado) x 100 x 0,10 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Fondos PPI - Prestaciones Institucionales CVM
Monto Total Estimado: 84000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto Total Referencial por 12 meses: 84.000.000.- EXENTO DE IVA.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: LUIS CARRASCO PIZARRO
e-mail de responsable de pago: jefefinanzascvmf@ssconcepcion.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CESFAM DR. VICTOR MANUEL FERNANDEZ
Fecha de vencimiento: 31-05-2027
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor que se adjudique la licitación, deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes del oferente y pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 5% del valor total adjudicado (IVA Incluido), con vigencia mínima que exceda en 60 días hábiles de la fecha de término del contrato. Esta garantía además, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores de la empresa contratante acorde con lo dispuesto en el artículo 11, inciso primero de la Ley N°19.886. Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en Oficina de Partes del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, ubicada en Maipú Nº2120, Concepción dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Glosa: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACION PUBLICA 1057434-3-LP26, “CONTRATACION DE SERVICIOS DE MOVILIZACIÓN PARA TRASLADO DE EQUIPOS DE SALUD Y REQUERIMIENTOS AFINES DEL CESFAM DR. VICTOR M. FERNÁNDEZ”.
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del oferente informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su vencimiento o dentro de los 10 días hábiles de suscrita el acta de recepción cualitativa, según el caso. Tratándose de la Garantía Electrónica, ésta se restituirá dentro de 10 días hábiles, contados desde los mismos casos, en la forma que señale el oferente dentro de su oferta.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de este servicio. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
UNIDAD TECNICA
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en calle Maipú Nº2120, Concepción, Unidad de Abastecimiento de Centro del CESFAM Dr. VMF.
DOCUMENTOS DE LA LICITACION

Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:

* Las presentes Bases Administrativas.

*Las Especificaciones Técnicas.

*Las consultas y respuestas.

*Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.

*Los Formularios.

*La oferta adjudicada. *La Orden de Compra

*Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción. El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El servicio podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.

DE LOS PROPONENTES

Podrán participar en esta licitación pública personas naturales o jurídicas contribuyentes de primera categoría (que emitan facturas) que se encuentren hábiles en el registro de proveedores y que estén inscritas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.

Además, podrán participar proveedores que se acojan al mecanismo de la unión temporal de proveedores (UTP). El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, en conformidad al Capitulo XIII, párrafo 2 del Decreto 661/ 2024 del Ministerio de Hacienda.

Deberán acreditar su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, como también sólo podrán participar aquellos oferentes que tenga registrado giros relacionados a la materia de la presente licitación en el SII.

Si se detecta que el giro no corresponde a la materia de la presente licitación, será causal suficiente para dejar inadmisible dicha oferta.

El Adjudicatario y/o su Representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar.


INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases.

Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español.
MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION
El CESFAM Dr. VMF, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por resolución fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente.

El CESFAM deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.

Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el CESFAM a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA

Documentos Administrativos

a)     Anexo N°1, “Identificación del Oferente”.

b)     Formularios N°1, 2, 3A y 3B, según corresponda.

c)     Formulario N°4, Datos para el Pago.

d)     Formulario N°5, Declaración Jurada de Programa de Integridad.

e)   En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP), se debe adjuntar instrumento privado del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.

f)  Las declaraciones juradas sobre habilidades para ofertar y contratar por el Estado, deben ser presentadas digitalmente mediante los formatos tipos que Mercado Público dispone.

 Documentos Técnicos

a)   a)  Completar y subir Formulario N°7, “Check List Licitación 1057434-3-LP26”, además, debe adjuntar toda la documentación que en dicho Formulario se solicita.

b)     b) Anexar los antecedentes solicitados en la letra  B) Item: “Documentos de los Vehículos”, de las Especificaciones Técnicas.

c)   c)   Anexar antecedentes solicitados en la letra C) Item: “Documentos y Requisitos de los Conductores”, de las Especificaciones Técnicas:

  • Licencia de conducir profesional, acreditar con el respectivo certificado.
    • Hoja de vida del conductor, emitida por el registro civil e identificación, según Ley del  Tránsito.

La no presentación de estos antecedentes, o si se verifica que no cumple con las especificaciones técnicas, la oferta se declarará INADMISIBLE.

Documentos Económicos

a)   El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en Formularios N°6, “Condiciones de Empleo y Remuneración” .

b)   El Proveedor adjudicado deberá mantener los precios inicialmente ofertados, durante el todo el período de vigencia del Contrato, sin reajustes ni modificaciones de ningún tipo.

c)   El valor a cotizar por el Oferente, corresponderá al Valor Mensual Exento de IVA por los 4 vehículos ofertados.

d)     d) Emitir Factura a nombre del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, RUT 61.607.104-1, Dirección: Maipú N°2120, Concepción.



VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el CESFAM podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES

PERSONA NATURAL

 Requisitos para Ofertar

  • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
  • No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
  • Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

 Requisitos para ser Contratado

  • No estar afecto a lo señalado en el art. 35 quáter de la ley N°19.886, que establece, “Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades entredichas.  La prohibición establecida debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.  Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá , respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional  de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un   desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo”.

  • Encontrarse Inscritos y hábil en Chile Proveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el Art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886.

  • No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los Órganos de la Administración del Estado prevista en el Art. 26, Letra d) del DFL Nº1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº211 de 1973.

Documentos persona natural

Documentos a presentar previamente a la suscripción del contrato (Siempre que no se encuentran actualizados en el sistema de información).

  • Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
  • Certificado de obligaciones laborales y previsionales.
  • Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 35 quáter de la ley 19.886.
  • Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.

En caso que los documentos solicitados anteriormente se encuentren en el sistema de información, sólo serán considerados aquellos que tengan una fecha de emisión o validación no superior a 30 días, contados desde la fecha de cierre de las ofertas.

PERSONA JURÍDICA

Requisitos para ofertar:

  • No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
  • No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
  • Las personas jurídicas distintas de sociedades deberán acompañar a sus propuestas los documentos legales que conforme a su naturaleza sean los equivalentes a los requeridos en el mencionado punto N°15.
  • Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

Requisitos para ser Contratado:

  • No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículos 8 Y 10, Ley 20.393).

  • No estar afecto a lo señalado en el art. 35 quáter de la ley N°19.886, que establece, “Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades entredichas.  La prohibición establecida debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.  Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá , respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional  de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un   desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo”.
  • Encontrarse Inscritos y hábil en Chile Proveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el Art. 154 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886.

  • No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los Organos de la Administración del Estado prevista en el Art. 26, Letra d) del DFL Nº1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº211 de 1973.

Documentos persona jurídica

- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa

- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 35 quáter de la ley 19.886.

- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.

- Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones.

- Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a 30 días.

- Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días.

- Certificado de obligaciones laborales y previsionales.

En caso de que los documentos solicitados anteriormente se encuentren en el Sistema de información sólo serán considerados aquellos que tengan una fecha de emisión o validación no superior a 30 días contados desde la fecha de cierre de las ofertas.

•   Las personas jurídicas distintas de sociedades deberán acompañar a sus propuestas los documentos legales que conforme a su naturaleza sean los equivalentes a los requeridos en el mencionado punto N°15.

•    Las personas jurídicas constituidas a través del procedimiento simplificado que contempla la ley 20.659 y su reglamento contenido en el decreto 45 de 2013 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán presentar, al momento de contratar, los certificados digitales señalados en el artículo 29 del reglamento de la Ley 20.659.

  UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES.

En este caso, quienes la componen deben cumplir con los mismos requisitos exigidos, ya sea si corresponden a persona natural o jurídica y deberán cumplir con lo señalado en el Capítulo XIII, párrafo 2 del Decreto 661/ 2024 del Ministerio de Hacienda.

Documentos UTP:

  1. Instrumento privado en el que conste la unión.
  2. Demás antecedentes exigidos en los puntos, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
  3. En relación a los formularios en donde conste las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.
  1. Cada integrante de la UTP deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
GARANTIAS REQUERIDAS

GARANTÍA DE FIEL, CORRECTO Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Tipo de instrumento:     Boleta, Vale Vista u Otro Instrumento

Beneficiario:                   CESFAM DR. VICTOR MANUEL FERNANDEZ 

Monto:                           5%

DESCRIPCIÓN: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor que se adjudique la licitación,  deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes del oferente y pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 5% del valor total neto adjudicado, con vigencia de 60 días  hábiles posteriores a la fecha de finalización del contrato,  plazo que se contará desde la notificación de la Adjudicación. Esta garantía además, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores de la empresa contratante acorde con lo dispuesto en el artículo 11, inciso primero de la Ley N°19.886.  Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en Oficina de Partes del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, ubicada en Maipú Nº2120, Concepción dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y enviar al siguiente correo: jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl.

El CESFAM  Dr. Víctor Manuel Fernández hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el numeral 36.2, del Nº1 al Nº11 “Del Término Anticipado del Contrato”.  Asimismo, hará efectiva esta garantía, en el evento de cobrar multas o sanciones que se deriven de los incumplimientos señalados en los Puntos N°34.1 y 34.2 de las presentes bases administrativas, de la forma que en dichos párrafos se indica.

GLOSA:    GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACION PUBLICA  1057434-3-LP26, “CONTRATACION DE SERVICIOS DE MOVILIZACIÓN PARA TRASLADO DE EQUIPOS DE SALUD Y REQUERIMIENTOS AFINES DEL CESFAM DR. VICTOR M. FERNÁNDEZ”.

FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN: Al adjudicatario se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del oferente informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su vencimiento o dentro de los 10 días hábiles de suscrita el acta de recepción cualitativa, según el caso. Tratándose de la Garantía Electrónica, ésta se restituirá dentro de 10 días hábiles, contados desde los mismos casos, en la forma que señale el oferente dentro de su oferta.

16.2  ERRORES EN LAS GARANTÍAS

Si los instrumentos de garantía presentasen errores de forma, en el nombre de la propuesta, en el nombre del mandante u otro, el Servicio podrá solicitar al oferente un nuevo documento correctamente emitido, quien podrá presentarlo en el plazo de 5 días hábiles de notificado sobre el error.

Tratándose de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, esta corrección se solicitará a través de correo electrónico.



MONTOS Y DURACION DEL CONTRATO

a)      Estimación en base a: Presupuesto Referencial.

b)     Fuente de Financiamiento: Fondos PPI – PRESTACIONES INSTITUCIONALES CVMF.

c)      Monto Total Referencial por 12 meses:   $84.000.000.-  EXENTO DE IVA.

d)      Tipo Contrato: Suministro

e)      Duración del Contrato: Contrato de ejecución en el tiempo.

f)        Tiempo de ejecución: 12 meses. 

g)      Plazos de pago: Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada, según lo señalado en el punto 31 de las presentes Bases.

h)      Opciones de Pago: Transferencia electrónica.

i)        Responsable del pago:  Luis Carrasco Pizarro. 

j) e-mail de responsable de pago: jefefinanzascvmf@ssconcepcion.cl

k)       Nombre del responsable del contrato: Ing. Marleni Heredia Cares.

l)  e-mail del responsable del contrato: jefegestionoperacionalcvmf@ssconcepcion.cl

m)     Teléfono responsable de contrato:  41-2724119

n)      Prohibición de subcontratación: No se permite subcontratación



DE LA COMISION DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN

La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:

1. Subdirector Administrativo CVMF.

2. Jefe Depto. Gestión Operacional CVMF

3. Jefe Departamento de Finanzas CVMF

4. Jefe (S) Departamento Abastecimiento CVMF.

Funciones de la comisión:

1)    Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.

2)    Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.

3)    Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.

4)    De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”. 

5)    Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del CESFAM.

6)    Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes

del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.

7)    En caso de existir dudas entre los miembros de la comisión, podrán solicitar un pronunciamiento al departamento Jurídico del Servicio, como asesor externo, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.

8)    Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.




PRESENTACION DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el CESFAM, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta.

El CESFAM no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN

1)   Precio

2)   Experiencia del Oferente en el Rubro

3)   Plazo de Respuesta ante una  Emergencia  (numero 11 de la letra C)

4)   Año del Vehículo

5)   Condiciones de Empleo y Remuneración

6)   Comportamiento Contractual Anterior 

7)   Programas de Integridad

La descripcion de cada uno de los Criterios mencionados, se encuentra en el Numeral 20, Item:  CRITERIOS DE EVALUACION, de las presentes Bases de licitacion.


RESOLUCION DE EMPATES

En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:

1)   Precio

2)   Experiencia del Oferente en el Rubro

3)   Plazo de Respuesta ante una  Emergencia  (numero 11 de la letra C)

4)   Año del Vehículo

5)   Condiciones de Empleo y Remuneración

6)   Comportamiento Contractual Anterior 

7)   Programas de Integridad












DE LA ADJUDICACION

Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Servicio adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación Múltiple aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.

El CESFAM declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.

A su vez, el Servicio podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia. En caso que se proponga la oferta como adjudicación, el Servicio solicitará una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento, cuyo monto corresponderá al 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 61 inciso final del Reglamento.

Asimismo, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Presentes Bases, y declarará inadmisibles las demás.

Todo lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto.

La adjudicación será dejada sin efecto por el Servicio dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:

a)   Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.

b)   Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases.

c)   Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito o hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo al envío de la orden de compra.

d)   Si el adjudicatario infringiere la Ley N°19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el  artículo 35 quáter de la referida Ley.

e)   Si se comprobare que alguno de los documentos o antecedentes presentados por el adjudicado no corresponden a la realidad.

En todos estos casos, el CESFAM podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 58 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.

El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes (En concordancia con lo establecido en artículo 58 de Decreto N°661 que establece Reglamento de Compras).


MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico a Subdirector Administrativo o al responsable del proceso de compra

  jefegestionoperacionalcvmf@ssconcepcion.cl  ó
 jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl
AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS

Al momento de la adjudicación, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.

FORMULA: Cantidad requeridas por ítem x 0.3 del total de cantidades por ítem o por el presupuesto total.

CONTRATO Y ORDEN DE COMPRA

Una vez adjudicada la propuesta se elaborará el contrato por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Concepción, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada y a los demás antecedentes del llamado a propuesta.  El contrato se suscribirá mediante instrumento privado.

Plazo para celebrar el Contrato: Las partes deberán suscribir el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución adjudicataria.

Luego de firmado el contrato, éste deberá ser aprobado mediante resolución, documento que, una vez publicado, permitirá enviar la orden de compra.

 

Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.

Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario.  En consecuencia, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros, vinculados al Contrato y los actos que de él se deriven.

ORDEN DE COMPRA

Se emitirán Órdenes de Compra mensuales, previas Solicitudes emitidas a través del Sistema Informático CGCOM, por parte del Depto. de Gestión Operacional del CESFAM Dr. VMF, correspondiente a los servicios a ejecutar durante el respectivo mes, una vez que se encuentre tramitada la Resolución que Aprueba el Contrato y ésta sea publicada en el portal www.mercadopublico.cl., entendiéndose notificada  al adjudicatorio, 24 horas posteriores a su publicación en el Portal Mercado Público



DE LA ORDEN DE COMPRA

Se emitirán Órdenes de Compra mensuales, previas Solicitudes emitidas a través del Sistema Informático CGCOM, por parte del Depto. de Gestión Operacional del CESFAM Dr. VMF, correspondiente a los servicios a ejecutar durante el respectivo mes, una vez que se encuentre tramitada la Resolución que Aprueba el Contrato y ésta sea publicada en el portal www.mercadopublico.cl., entendiéndose notificada  al adjudicatorio, 24 horas posteriores a su publicación en el Portal Mercado Público



VIGENCIA Y RENOVACIÓN

El convenio tendrá una vigencia de 12 meses a contar del día corrido siguiente a la fecha de suscripción del “Acta de Inicio de Servicios”, debidamente publicada en Mercado Público.

No contemplándose renovación de contrato.



ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Para ser contratado, el proveedor adjudicado deberá adjuntar los formularios N°4A O 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores. Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
OPERATIVIDAD DEL SUMINISTRO

Para dar cumplimiento al inicio del servicio, se coordinará con el adjudicado, mediante correo electrónico, para lo cual, se generarán órdenes de compra, previa coordinación con el Departamento de Gestión Operacional del Establecimiento, designado para estas funciones, que se detallan a continuación:

  1. La entrega de muestras médicas, deberá realizarse de igual forma de lunes a domingo y festivos en horarios que se requiera, (horarios específicos a definir por referente del contrato), en Laboratorios debidamente individualizados. El incumplimiento de este requisito, constituirá una Falta Leve, sujeta a Multa.
  2. El traslado de equipos de Sectores,  Personal de Salud para Atención Domiciliaria (Toma de exámenes),  Exámenes, Atención odontológica domiciliaria, Vacunación domiciliaria, entrega de medicamentos, entrega de ortesis, entrega de alimentos (PACAM) y  y otras necesidades que requiera la Institución, deberán entregarse en los días y horarios establecidos según programación.  El incumplimiento de este requisito, constituirá una Falta Leve, sujeta a Multa.
  3. Proveedor deberá mantener Bitácora de Ruta con registros diarios tanto para entrega de muestras,  como para traslado de equipos de salud. El incumplimiento de este requisito, constituirá una Falta Grave, sujeta a Multa.
  4. Los servicios de traslado a contratar deberán disponer de Furgón con una capacidad mínima de 12 pasajeros más el conductor, debidamente sentados. El incumplimiento de este requisito constituye una Falta Grave, sujeta a multa.
  5. Los servicios deberán contar con conductor del furgón, combustibles, peajes, estacionamientos y seguros respectivos. El incumplimiento de este requisito constituye una Falta Grave, sujeta a multa.
  6. Luego de cada viaje realizado, el vehículo deberá ser sanitizado íntegramente, por parte del proveedor. El incumplimiento de este requisito constituye una Falta Grave, sujeta a multa.
  7. Proveedor deberá proporcionar al conductor, protección personal y EPP necesarios para prevenir posibles contagios.  El incumplimiento de este requisito constituye una Falta Grave, sujeta a multa.
  8. Se requerirá que el Conductor disponga de teléfono de contacto permanente para coordinaciones con Jefe de Gestión Operacional del CESFAM Dr. VMF. El incumplimiento de este requisito constituye una Falta Grave, sujeta a multa.
  9. Los servicios de traslados se deberán considerar para los fines de semanas y festivos en base a la demanda y programación; y el traslado de equipos de salud de acuerdo a necesidad existente.  El incumplimiento de este requisito constituye una Falta Grave, sujeta a multa.
  10. La ruta se entregará en forma diaria en virtud de la programación realizada por el referente del contrato de la Institución, en base a los requerimientos.
  11. El último día corrido de cada mes, el Referente del Contrato solicitará al conductor copia de Bitácora de Ruta con registros diarios tanto para entrega de muestras como de traslado de funcionarios, para recepción conforme de los servicios, antecedente que  formará parte del expediente de pago.  El incumplimiento de este requisito constituye una Falta Grave, sujeta a multa.



PLAZO DE ENTREGA

 INICIO DE LOS SERVICIOS

El plazo para la iniciación de los Servicios de Movilización para el Traslado de Equipos de Salud y Requerimientos Afines para el CESFAM Dr. VMF, será a contar del día corrido siguiente a la fecha de suscripción del Acta de Inicio de Servicios, dentro de los cinco días corridos de adjudicados los servicios, Acta que se podrá suscribir con anterioridad a la Resolución Aprobatoria de Contrato, siempre que se haya recepcionado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Lo anterior, atendido a la necesidad de no interrumpir el servicio puesto que éste es imprescindible para contar con la dotación completa de funcionarios en el Establecimiento para relevos requeridos en la continuidad de la atención de pacientes  El incumplimiento de este plazo, constituirá una Falta Leve, Sujeta a Multa.










MODALIDAD DE PAGO

El pago se realizará contra factura, previa recepción conforme por parte del requirente, dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura respectiva, (Ley de presupuesto de la Nación para el año 2026, Ley 21.796 de fecha 12.12.2025, glosa 2, letra e) de las partidas del  Ministerio de Salud, “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada”.

La factura deberá ser emitida a nombre del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción RUT. 61.607.104-1, dirección Maipú N°2120, Concepción, cancelada en original y dos copias. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA LICITACION QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE Y ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA, Y CORREO ELECTRÓNICO PARA SU NOTIFICACIÓN.

En el caso que la empresa adjudicada emita factura electrónica, se requiere que este además sea enviado al correo electrónico del Encargado de Oficina de Partes, ofpartescvmf@ssconcepcion.cl.

El proveedor deberá enviar el XML de la factura a la dirección dipresrecepcion@custodium.com y el número de OC se debe indicar en referencia (801).

En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018:  “se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, el plazo para la recepción cuantitativa será de 8 días corridos a partir de la recepción de bultos, transcurrido el cual se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.

En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

Para efectos de pago el proveedor deberá acompañar la documentación entregada con el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo (F-30).

En conformidad al Artículo 8 de la Ley de presupuestos, el adjudicado/contratado debe contar con cuenta bancaria para efectuar el pago mediante transferencia electrónica de fondos.



DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN
El CESFAM respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatorios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.

Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
DEL INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR Y SUS SANCIONES

Ante los siguientes incumplimientos por parte del proveedor contratado, el CESFAM deberá para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:

Faltas Leves y sus sanciones:

1.  Para el caso de atrasos en los servicios, en los horarios establecidos, se cobrará una multa del 5 UTM por cada hora (o proporcional en minutos) de atraso en el traslado de Exámenes  y/o Equipos de Salud y todos los traslados contemplados en el contrato, por separado e independientes entre sí, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, por responsabilidad del conductor o la empresa prestadora de servicios,  considerando para este cálculo, la fecha de la UF del día en que se verifica la falta y teniendo en consideración lo establecido en el numeral 29,  Item “Operatividad del Suministro”.

Faltas Graves y sus sanciones:

Por cada una de las faltas Graves a continuación detalladas en que incurra el oferente, por separado e independientes entre sí, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al CESFAM Dr. VMF de Concepción a aplicar una  multa por evento, equivalente al 10 UTM, considerando para este cálculo, la fecha de la UF del día en que se verifica la falta.

1)     Incumplimiento con la exigencia referida a que, en caso de reparación, mantenimiento y/o daños por  condiciones adversas del camino; los costos asociados de estas acciones serán de responsabilidad del proveedor, quien, además, deberá coordinar anticipadamente el traslado en otro vehículo de iguales o similares características.

2)     Incumplimiento con el requisito exigido, que refiere a que en caso que el vehículo presentara un desperfecto mecánico y/o accidente, en el desarrollo de sus funciones, y para el cual fue contratado, el proveedor tendrá como máximo 120  minutos para enviar un vehículo de reemplazo, el cual debe cumplir con las mismas características solicitadas en la letra C  de las presentes bases. 

3)     Incumplimiento en el uso y mantenimiento actualizado de Bitácora de Ruta con registros diarios tanto para entrega de muestras como de traslado de Equipos de Sector y de Salud.

4)     Incumplimiento en el uso de furgón, en algún traslado,  que no corresponda al vehículo ofertado y que  no cumpla con  capacidad mínima de pasajeros más el conductor, debidamente sentados.

5)     Incumplimiento en la disposición del conductor del furgón, combustibles, peajes  y seguros respectivos. 

6)     Incumplimiento en el proceso de sanitización del vehículo, luego de cada viaje realizado. 

7)     Incumplimiento del adjudicado en la entrega al conductor,  de protección personal necesarios.

8)     Incumplimiento en la tenencia de teléfono, por parte del Conductor,  para coordinaciones con Jefe de Gestión Operacional del CESFAM Dr. VMF. 

9)     Incumplimiento en el traslado de los Equipos de Sectores y Personal de Salud, los fines de semana y festivos en base a la demanda y programación realizada. 

10)  Incumplimiento en la entrega de  copia de Bitácora de Ruta, solicitada por el Referente del Contrato el último día corrido de cada mes, con registros diarios tanto para entrega de muestras como de traslado de funcionarios, para recepción conforme de los servicios y posterior proceso de pago.

11)  Inasistencia del conductor a desarrollar las funciones previamente coordinadas con Referente del Contrato.

Faltas Gravísimas  y sus sanciones:

Por cada una de las faltas Gravísimas continuación detalladas en que incurra el oferente, por separado e independientes entre sí, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al CESFAM Dr. VMF de Concepción a aplicar una  multa por evento, equivalente al 15 UTM, considerando para este cálculo, la fecha de la UF del día en que se verifica la falta.

  1. Incumplimiento en la tenencia de los antecedentes de los vehículos, solicitados en el Numeral III, letra A, Números del 1 al 8.
  2. Incumplimiento con la exigencia referida a que el vehículo  deberá contar con todas las condiciones de seguridad necesarias, (vehículo en perfecto estado, cinturones de seguridad, airbag, Neumáticos con una huella no inferior a 3 milímetros, demostrar con certificado de taller mecánico, (anexar a la oferta), entre otros  para proteger al conductor y a los funcionarios-usuarios que utilicen los móviles.

En toda sanción, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción deberá considerar las siguientes reglas:

a)     Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la sección de Abastecimiento para proceder con el proceso de evaluación del mismo, salvo tratándose de la entrega del bien, en cuyo caso se analiza en base a los antecedentes proporcionados por bodega.

b)     Las multas de que trata el presente artículo se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.

c)     El CESFAM Dr. VMF podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, de los Estados de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del CESFAM dentro del plazo de 3 días hábiles desde la notificación de la Resolución que aplica la multa. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el CESFAM consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días hábiles de ejecutada la garantía. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el 5% del valor total del contrato, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial. El CESFAM Dr. VMF retendrá el saldo a favor hasta que el adjudicatario entregue la nueva garantía.

d)     Si no existiere pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el CESFAM. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El CESFAM podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.

e)   Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor total del servicio. No obstante lo anterior, el incumplimiento en la prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.

f)     El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del CESFAM para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.

g)     No obstante lo anterior, el incumplimiento en la entrega del bien o prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.



PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES

En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de multa, además se informará su monto.

A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la sanción.

Si el adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda. En virtud del Artículo 6 y 79  del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.

Se hace presente las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor tenga registrado en Mercado Público. En caso que, la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos.

Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

De las Modificaciones:

Los contratos regidos por la Ley de Compras y este reglamento solo podrán modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:

  1. Cuando así se haya previsto en las Bases de licitación o el contrato:

  • Modificar los horarios en el traslado de Exámenes  y/o Equipos de Salud y todos los traslados contemplados en el contrato, previa coordinación entre el proveedor adjudicado y el Referente del Contrato.

  En ningún caso, las Entidades podrán prever en las Bases modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Se entenderá que se alteran éstos:

a)      Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta  sujeción de las bases,  en  términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación;

b)     Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o

c)     Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.

d)     No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual.

2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:

a)     Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante.

b)     Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación.

c)     Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.

d)     Que se respete el equilibrio financiero del contrato.

La Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.

   

En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.

Del Término Anticipado del Contrato:

Por otro lado, el Servicio, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:

  1. Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere multado por el acto administrativo correspondiente:

  • Seis veces por Faltas Leves.
    • Tres veces por Faltas Graves; o por una Falta Grave, habiéndose aplicado anteriormente más de una multa por Falta Leve.
    • Dos veces por Faltas Gravisimas.

 

  1. Cuando el contratista abandone la ejecución de los servicios o la entrega del suministro.

  1. Que la suma de las multas aplicadas a un proveedor alcance el 30% del valor total neto del contrato.

  1. Que el proveedor fuese declarado en estado de notoria insolvencia, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

  1. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

  1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

  1. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento.

  1. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.

  1. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.

  1. Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere.

  1. En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:

a)    La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

b)  Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

c)  Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

d)    Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

e)    Disolución de la UTP.

  1. En el caso que al adjudicatario se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, prevista en los artículos 8° y 10 de la ley N° 20.393, sustituidos por el artículo 50 de la ley N° 21.595”

  1. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

  1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
  • No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
  • Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación. 
PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO

En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 13, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario a través de la plataforma Mercado Público Módulo Gestión de Contratos “gestión de sanciones” el cual será notificado mediante su escritorio de www.mercadopublico.cl y un correo electrónico dirigido al “administrador del Contrato” comunicando del inicio del procedimiento y especificando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. El adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para aceptar la aplicación de sanción o efectuar sus descargos a través de la plataforma www.mercadopublico.cl en Módulo Gestión de Contratos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución aplicando o no la sanción.

Si el adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de estos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo. En virtud del Artículo 137 del Reglamento de Compras Públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público “Gestión de Contrato”.

 

 

Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes) desde notificada la resolución en portal Mercado público “Gestión de Contrato” para presentar recurso de reposición a través de carta certificada o con entrega presencial en Oficina de Partes o derivando sus descargos al correo electrónico ofpartescvmf@ssconcepcion.cl – jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl – jefedetalcvmf@ssconcepcion.cl – abastecimiento4cvmf@ssconcepcion.cl. Resuelto el recurso de reposición, ya sea éste acogido parcial o totalmente, será notificado al adjudicatario a través de la plataforma Mercado Público Módulo Gestión de Contratos “gestión de sanciones”, el que a su vez notificará mediante su escritorio de www.mercadopublico.cl y un correo electrónico que el Sistema dirige al “administrador del Contrato”; en caso que el recurso de reposición sea rechazado, el acto administrativo que así lo resuelva será notificado por correo electrónico dirigido al “administrador del Contrato”.

El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.

El término del contrato por la causal establecida en el numeral 14  se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.

Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.

PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el CESFAM y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley.

Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el punto 34 de las presentes bases.
DE LA RECEPCION DEL SERVICIO

La recepción conforme de los Servicios de Movilización para el Traslado de Equipos de Salud y Requerimientos Afines para el CESFAM Dr. VMF, se hará efectiva una vez que el adjudicado haga entrega al Referente del Contrato, el último día hábil de cada mes, de los siguientes antecedentes:

                   

  • Ø Copia de Bitácora de Ruta con registros diarios, de los 4 vehiculos, para los traslados de equipos de sectores, personal de salud para atención domiciliaria (toma de exámenes),  traslado de exámenes, atención odontológica domiciliaria, vacunación domiciliaria, entrega de medicamentos, entrega de ortesis, entrega de alimentos (PACAM) y  otras necesidades que requiera la Institución, de acuerdo a programación.

Para efectos de pago, el Referente del Contrato hará entrega al Depto. de Finanzas del Establecimiento, a través de Memorandum Interno, de la documentación mencionada, en los numerales anteriores, debidamente validada adjuntando además el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo (F-30).

El proveedor adjudicado deberá presentar de igual forma, nómina de trabajadores y sus respectivas liquidaciones de sueldo del mes anterior, esto último a contar del segundo mes, las renuncias y finiquitos si correspondieren, y los verificables del cumplimiento de las mejores condiciones de empleo y remuneración que ofertó.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.