VII.- Otros Antecedentes
1. Responsabilidades del Proveedor
a) El proveedor deberá contratar a su costa, para el o los vehículos, correspondiente a la línea, con el cual prestará el servicio a CONAF, los seguros respectivos, cubriendo al menos los riesgos indicados a continuación, hecho que deberá acreditar mediante copia digital las pólizas pertinentes, emitidas por la Compañía Aseguradora:
-Daños propios, y por cada evento.
-Daños materiales y pérdida material
-Daños contra terceros (responsabilidad civil) hasta 300 U.F.
-Daños materiales causados por la propia carga
-Robos
Seguro obligatorio contra daños físicos personales, establecidos por la Ley de Tránsito (significa tener la situación al día de este seguro).
La vigencia de las pólizas señaladas deberá cubrir, a lo menos, el período de prestación de servicio. Si una de ellas venciera dentro de ese período, el contratista estará obligado a su renovación previa a su vencimiento, informando de su gestión a la Corporación. El contratista deberá mantener vigentes y situación al día de todas estas pólizas mientras dure el contrato.
b) Serán de cargo exclusivo del contratista todos los gastos necesarios para prestar los servicios requeridos, tanto del vehículo como su equipamiento.
c) Serán también de cargo del contratista los gastos que demande el traslado ida y vuelta del vehículo al lugar determinado por la Corporación para hacer recepción del mismo, al inicio y al finalizar el contrato.
f) En todo caso CONAF descontará del pago mensual la proporción de días no trabajados dividido en treinta días, que superen el tiempo permitido para la mantención y/o reparación del vehículo. Descuento que será aplicable también a situaciones de inoperatividad atribuibles a la responsabilidad del contratista.
g) En caso de accidentes será obligación del propietario gestionar los trámites de los seguros señalados anteriormente. Los daños que cause el vehículo o que sufra el mismo, serán de cargo del seguro. Si éste no cubriere alguno de los anteriores o parte de ellos, éstos serán de cargo del propietario del (los) vehículo(s).
h) Cambio de neumáticos a solicitud de la Corporación, ya sea por cumplimiento vida útil o por el desgaste o daño en uno o más que ameriten el cambio al no ser posible su reparación.
i) La sola presentación de la oferta implicará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
j) Los oferentes deberán tener los vehículos con su certificado de revisión técnica, seguro obligatorio y permiso de circulación vigentes, además del respectivo padrón que permita acreditar estar en posesión del vehículo ofertado.
Los interesados en formular una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes:
Si durante el estudio de los antecedentes, el oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad foro.
Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público.
Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público.
En este proceso de licitación pública podrán participar “Uniones Temporales de Proveedores”, siempre que estas ofertas den pleno cumplimiento a las regulaciones contempladas en el Reglamento de la Ley 19.886, específicamente en su Artículo 67 bis.
El principal objetivo de esta figura de asociación de proveedores consiste en impulsar tanto, actividades de los micros y pequeñas empresas, especialmente tratándose de aquellas pertenecientes a las regiones.
Mediante la Unión temporal dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con empresas de mayor tamaño con las siguientes disposiciones reglamentarias, según lo indicado en la directiva de contratación pública N°22:
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para efectos de la presente licitación y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Independiente de la unión temporal, la entidad exigirá que cada proveedor deba encontrarse inscrito en el registro de Proveedores para suscribir el contrato.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple.
En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta.
El plazo máximo de readjudicación será de 30 días corridos, contados a partir de la publicación de adjudicación original.
La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios que se le encomendaren.
En consecuencia, el adjudicatario y/o su sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena.
Para ilustración del oferente, se adjunta a las presentes bases un documento llamado “Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo” en el cual constan las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato.
El proveedor adjudicado deberá obligatoriamente, al momento de la entrega del servicio y/o suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos, sin éstos tener el carácter de taxativos;
a) Nómina del personal que va a realizar el trabajo.
b) Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
c) Carta Gantt de actividad a realizar.
d) Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
e) Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
f) Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
g) Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
h) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo.
i) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
j) Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
k) Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
l) Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del servicio, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
La presente licitación no condiciona a la Corporación Nacional Forestal un trato de exclusividad con el adjudicado. La Corporación podrá, si así lo estima pertinente, realizar licitaciones y/o Tratos Directos que incluya las partidas que forman parte de la presenta Licitación con otros proveedores.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del atraso.
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documento anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público y estará conformada por:
a) Jefe DEPRIF, o quienes lo subroguen.
b) Jefe DEFA, o quienes lo subroguen
c) Jefe Sección Logística DEPRIF, o quienes lo subroguen.
d) Abogado, como ministro de fe del proceso.
En esta etapa del proceso, serán rechazadas y no continuarán a la siguiente etapa, las ofertas que no hayan hecho entrega del Documento de Garantía de Seriedad de la Oferta, lo cual quedará registrado en el Acta de Apertura Electrónica que emita el portal www.mercadopublico.cl
Los documentos de garantía de seriedad de la oferta serán ingresados al portal de compras en el ID de la licitación, y posteriormente se enviarán a custodia del Departamento de Finanzas de CONAF. A su vez, los Anexos a las Bases de licitación y los archivos incluidos en las ofertas técnicas serán entregados a la Comisión de Evaluación de Ofertas para su respectivo análisis.
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta Licitación Pública serán evaluadas por una Comisión Evaluadora, compuesta por los siguientes funcionarios:
a) Jefe DEPRIF, o quienes lo subroguen.
b) Jefe DEFA, o quienes lo subroguen.
c) Jefe Sección Logística DEPRIF, o quienes lo subroguen.
d) Abogado, como ministro de fe del proceso.
La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 40 bis del Reglamento de Compras Públicas.
Si al sumar todos los puntajes, existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje en los siguientes criterios, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia.
En caso de igualdad en el máximo puntaje obtenido entre dos o más oferentes, la adjudicación se resolverá por aquel que cumpla las siguientes prioridades:
- Primero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio “Antigüedad de los vehículos”
- Segundo: Oferente que presente mayor puntaje en criterio “Kilometraje de los vehículos”
- Tercero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio “Oferta económica”
En caso de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero la oferta en el portal.
La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.
En caso de que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados de la petición de CONAF, a través del FORO. Se exceptúa de esta opción la entrega de antecedentes técnicos, los cuales deberán ser entregados antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. (Artículo N° 40 del Reglamento).
CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “Aclaración de Ofertas” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no se podrá incluir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico marcos.ayancan@conaf.cl, las que serán respondidas por el mismo medio. Se responderán consultas ingresadas hasta las 48 horas, posterior a la adjudicación.
La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 30 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
a) Contraparte Técnica
La contraparte técnica corresponderá al Jefe de Departamento de Protección Contra Incendios Forestales representada por el Jefe de la Sección Logística del Departamento o, quien lo subrogue,
Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
- Administrar el contrato.
- Recepción de los vehículos que entregue el proveedor y verificación de cumplimiento de los requisitos solicitados
- Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato.
- Aprobar la recepción conforme de los bienes/servicios y el visto bueno para el pago de la factura vigente.
- Informar al Departamento de Finanzas de los incumplimientos generados por el proveedor en la ejecución del contrato
- Revisar y autorizar informe técnico emanado del proveedor adjudicado para su posterior gestión de pago, cuando corresponda.
- Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
b) Contraparte Administrativa
La contraparte administrativa corresponderá al Jefe del Departamento de Administración y Finanzas, representada por el Jefe de Sección de Administración, o quienes los subroguen, en las materias que le competen a cada uno.
Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
- Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.
- Gestionar los contratos asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
- Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
- Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
- Comunicar a la Sección Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.
En el caso que la Corporación, requiera efectuar adquisiciones adicionales de los servicios, éstas no podrán superar el 30% del monto adjudicado, evento en el cual el adjudicatario deberá mantener las condiciones técnicas y económicas de la oferta.
a) Contrato
Se suscribirá un contrato entre CONAF y el Oferente adjudicado que señalará los servicios que se obliga a ejecutar conforme a las Bases de Licitación.
El contrato será confeccionado por abogados de la Unidad Jurídica Regional de CONAF, y en él se establecerán las cláusulas que regirán la adquisición de los servicios adjudicados, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicado, los que deben ser concordantes con lo estipulado con las presentes Bases.
Para la confección del contrato el adjudicado deberá adjuntar los siguientes documentos:
• En el caso de una persona natural:
1. Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
2. Documento de Garantía por el Fiel Cumplimiento del contrato.
• En el caso de una persona jurídica:
1. Fotocopia Legalizada del RUT de la Empresa.
2. Copia de Certificado de Vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Registro de Comercio respectivo o cualquier otro antecedente que permita acreditar la existencia jurídica del oferente.
3. Copia de Certificado de Vigencia de Poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Registro de Comercio respectivo o cualquier otro documento que permita acreditar la vigencia de la representación legal del oferente.
4. Copia de la escritura pública o documento en que conste la personería de su(s) representantes(s) lega(es).
5. Documento de Garantía por el Fiel Cumplimiento del contrato.
El oferente adjudicado deberá suscribir el contrato en un plazo no mayor a 30 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación. El contrato será publicado en la respectiva licitación del portal de compras.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando inadmisible el proceso.
En tal caso, la Corporación hará efectivo el documento de garantía de seriedad de oferta del oferente adjudicado.
b) Del término anticipado del contrato
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieran constituido, si concurre alguna de las causales que, a continuación, se señalan, sin perjuicio de las que establece la ley:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento, por parte del oferente, de las obligaciones establecidas en las Bases de Licitación.
c) Incumplimiento, por parte del oferente, de cualquiera de las obligaciones emanadas del contrato.
d) Estado de notoria insolvencia del oferente, a menos que mejore las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) Declaración de quiebra del oferente.
f) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del oferente.
g) Muerte o incapacidad sobreviniente del oferente, si fuese una persona natural.
h) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
i) Por registrar el oferente saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
j) Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
El incumplimiento de plazos en la entrega de los servicios y/o productos parciales o totales por causas imputables al Proveedor, salvo causa de fuerza mayor comunicadas formalmente, podrá ser objeto de una multa de UF 1 (neto), por cada día corrido de atraso en la fecha comprometida.
No serán admitidas justificaciones presentadas una vez producido el problema, debiendo el adjudicatario comunicar por escrito tan pronto prevea cada situación, indicando las fechas de las clases de recuperación teóricas y prácticas, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo a los méritos señalados en la presentación, pudiendo acoger los fundamentos y aceptar la propuesta, o en su defecto, no acogerla y aplicar las multas que correspondan.
a) Monto Máximo por cobro de Multas
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto total estimado del contrato, sin impuestos.
b) Procedimiento Aplicativo de Multas
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
1.- Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, según lo estime la Corporación, la contraparte técnica informará a la contraparte administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa, a través de la entrega de un informe de las faltas incurridas y los respaldos que lo acrediten.
2.- La Sección Administración calculara y validará con la Unidad Jurídica las multas a aplicar, y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada, emitida por el Jefe de Departamento de Finanzas y Administración, informándole la situación que motiva dicha sanción y sobre los hechos en que aquéllas se respaldan.
3.- A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el Director Regional de CONAF Magallanes y Antártica Chilena, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes, ubicada en Avenida Bulnes 0309, Piso 4, Punta Arenas.
4.- Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, mediante Resolución, del Director Regional CONAF, se aplicará la sanción y la correspondiente multa, informando al proveedor por medio de una carta certificada de CONAF.
5.- Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el Director Regional CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.
6.- La medida a aplicarse deberá formalizarse a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información.
7.- Al respecto, la aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse a través de una carta certificada de CONAF, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar.
8.- Además, de acuerdo a las Bases de Licitación, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas.
4- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
6- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma.
7- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
El pago se informará en el Sistema de Pago Centralizado de la Tesorería General de la República, www.tgr.cl, dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de los siguientes requisitos:
- Aceptación de la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl.
- Recepción conforme de los servicios requeridos efectuada por la contraparte técnica.
- Factura devengada en sistema SIGFE II.
El estado de pagos de factura se puede revisar en www.trg.cl o en el link disponible en www.mercadopublico.cl ya que desde mayo de 2020 la tesorería general de la Republica es la entidad encargada de realizar los pagos a proveedores.
La factura debe ser emitida en moneda nacional (pesos chilenos), a través del sistema electrónico del Servicio de Impuestos Internos (SII)
*La factura deberá indicar en los campos REFERENCIA (opción orden de compra) y FOLIO (indicar número de la orden de compra).
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
Para la correcta aplicación y entendimiento de normas y disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas, sean generales y/o especiales, se entenderán por:
1. Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un Contrato de Suministro o Servicios, regido por la Ley N° 19.886, en adelante, también, la "Ley de Compras".
2. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
3. Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
4. Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.
5. Contrato de Suministro de Bienes Muebles: Aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles. Un contrato será considerado igualmente de suministro si el valor del servicio que pudiere contener es inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
6. Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sean inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
7. Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento.
8. Entidad Licitante: organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un Proceso de Compras. (Corporación Nacional Forestal)
9. Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él.
10. Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente contratación.
11. Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.
12. Renovación: Acción y resultado de volver a dar validez a un contrato o acuerdo complementario que este terminando su vigencia, por un período de tiempo determinado previamente establecido en dichos documentos.
13. Prorroga: Acción de extender o prolongar un contrato, mediante el mecanismo excepcional de Trato o Contratación Directa, establecido en el Art. 10, Numeral 7 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas, y según las características ahí detalladas.
14. Servicios Adicionales: Concepto utilizado para solicitar una mayor cantidad de productos y/o servicios ya adjudicados en una licitación, los cuales no podrán superar en un 30% del monto total contratado.
15. Afectación Presupuestaria: Subtitulo, Ítem, Asignación, al cual se imputarán o cargarán los recursos presupuestarios asignados a la adquisición de bienes y/o contratación de servicios.