Licitación ID: 1057461-6-LE26
CONVENIO DE SUMINISTROS PARA LA ADQUISICION DE DETERGENTE INDUSTRIAL PARA HOSPITAL CAUQUENES
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD DEL MAULE HOSPITAL DE CAUQUENES
Fecha de Cierre: 27-02-2026 16:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 21
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Detergentes surfactantes 180 Saco
Cod: 12161902
Detergente industrial en polvo para lavado en maquina industrial, soluble en agua fría y caliente, con poca o nula producción de espuma, formato saco de 20 kg, que permita desmanchar fluidos. Equivalente a Laundry Sparmatic o similar. Ingresar Hoja de Da  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO DE SUMINISTROS PARA LA ADQUISICION DE DETERGENTE INDUSTRIAL PARA HOSPITAL CAUQUENES
Estado:
Publicada
Descripción:
El Hospital de Cauquenes, requiere contratar en condiciones más convenientes la adquisición de detergente industrial, lo anterior con el objeto de mantener stock en la bodega economato para satisfacer demanda de servicio de lavandería. La entrega debe hacerse en bodega de Economato dentro del horario de atención establecido en las presentes bases. Se invita a participar en este proceso licitatorio a todos los oferentes que estén en condiciones de satisfacer la demanda indicada en las presentes bases.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.606.913-6
Dirección:
Bienes y Servicios
Comuna:
Cauquenes
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-02-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 17-02-2026 12:07:38
Fecha inicio de preguntas: 17-02-2026 12:31:00
Fecha final de preguntas: 20-02-2026 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-02-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-02-2026 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-02-2026 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 27-03-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Entrega de muestras 27-02-2026 16:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO Nº 1: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
2.- ANEXO Nº 2: DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LICITACIÓN
3.- ANEXO Nº 3: REQUISITOS PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
4.- ANEXO 4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N° 5 : PLAZO DE ENTREGA
 
2.- ANEXO 6 MONTO MÍNIMO DE FACTURACIÓN YO DESPACHO
 
3.- PAUTA DE EVALUACIÓN CALIDAD TÉCNICA DETERGENTE
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 7 PROPUESTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Puntaje máximo 100 puntos. Se obtendrá de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntaje Oferta (i)= (Precio mínimo ofertado/Precio del oferente analizado) *100 Siendo (i) cada una de las empresas que tengan su oferta válidamente emitida. El valor indicado por el proveedor, de acuerdo con el inciso inicial de este criterio, será el único monto valido para el cálculo. Será responsabilidad del proveedor poner énfasis en el adecuado ingreso de la oferta. El precio de los fármacos en la(s) oferta(s) presentadas vía Mercado Público, deben expresarse en pesos, moneda nacional, valores netos. Una vez adjudicado el convenio, el suministro se ajustará al formato de empaque correspondiente del proveedor, según las características del producto adjudicado y lo requerido en la licitación. Se deja establecido, además, que la modalidad expuesta anteriormente es obligatoria para todos los oferentes. 60%
2 Calidad del producto evaluado Se deja establecido que este criterio será evaluado en base a la muestra enviada por los oferentes, según lo establecido en punto 3.4 de las presentes bases. Puntaje máximo 100 puntos. Se obtendrá de acuerdo con la siguiente tabla de evaluación: Escala de evaluación: 1 = Deficiente | 2 = Insuficiente | 3 = Aceptable | 4 = Bueno | 5 = Excelente Criterios de Evaluación Nº Criterio Indicador Objetivo de Medición Puntaje (1–5) 1 Poder de remoción de suciedad Porcentaje de eliminación de manchas, grasa, aceites y materia orgánica en un solo ciclo 2 Rendimiento por kilo Nº de cargas estándar (kg de ropa lavada) por cada kilo de detergente 3 Eficacia en agua dura/fría Nivel de limpieza con dureza ≥150 ppm CaCO₃ 4 Compatibilidad con lavado industrial Desempeño en ciclos largos, alta agitación y temperaturas ≥60 °C 5 Disolución y ausencia de residuos Disolución completa sin grumos ni residuos en dosificación automática 6 Control de espuma Producción 15%
3 Plazo de entrega Puntaje máximo 100 puntos. El oferente asegura plazo de entrega de los productos según Anexo Nº 5, lo que se evaluará de acuerdo con la siguiente tabla: Plazo de Entrega Puntaje Asignado Dentro de 1 a 2 días hábiles 100 puntos 3 a 5 días hábiles 50 puntos Sobre 5 días / No especifica 0 puntos La no provisión de los productos adjudicados o el atraso en la entrega de ellos, faculta al Hospital de Cauquenes para aplicar multas descontables de las facturaciones u orden de compra, según lo establecen el Punto Nº 10.10 de las presentes bases. El hospital podrá programar el despacho de productos adjudicados de manera mensual o según las necesidades. Asimismo, se establece que no será necesario consumir la totalidad de lo adjudicado. El proveedor adjudicado deberá proporcionar el nombre, correo electrónico y número telefónico de la persona encargada de recepcionar, por correo electrónico, las solicitudes de despacho que se le enviarán. La recepción conforme se efectuará una vez que se cum 10%
4 Monto minimo de despacho Puntaje máximo 100 puntos. El oferente deberá indicar si la compra está sujeta a un monto mínimo de despacho y/o facturación. En caso afirmativo, deberá especificar dichos montos, los cuales serán evaluados según la siguiente tabla. La evaluación de este criterio se basará en la información proporcionada por el proponente en su oferta, conforme al Anexo N°6. Monto mínimo de facturación y/o despacho Puntaje Sin montos mínimos de facturación y/o despacho por Orden de Compra 100 puntos Monto mínimo de facturación y/o despacho superior o igual $50.000 e inferior a $500.000 por Orden de Compra. 50 puntos Monto mínimo de facturación y/o despacho superior o igual a $500.000 por Orden de Compra o no informa. 0 puntos Nota: Montos de facturación y despacho superior a los $ 2.000.000.- no pasarán a proceso de evaluación. Nota: Informar montos Netos y en peso Chileno. 10%
5 Difusión de programa de integridad Puntaje máximo 100 puntos. El oferente deberá acreditar la existencia de un programa de integridad y ética empresarial que deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Para ello, deberá completar declaración jurada indicada en Anexo N° 4. Para la asignación de puntaje se considerará lo establecido en la siguiente tabla: Difusión del programa de integridad Puntaje Oferente cuenta y difunde programa de integridad a los trabajadores de su empresa 100 puntos Oferente no cuenta con programa de integridad 0 puntos Nota: El proveedor deberá adjuntar el programa de integridad de su empresa. Las ofertas que no lo adjunten no recibirán puntaje en este criterio. La difusión del programa se acreditará mediante la declaración jurada contenida en el Anexo N°4. 3%
6 Cumplimiento de requisitos formales Puntaje máximo 100 puntos. Se considerará la totalidad de los antecedentes administrativos solicitados, su claridad y detalle, cuando corresponda: • Presenta todos los antecedentes solicitados en licitación = 100 puntos. y estos se encuentran completos. • No presenta la totalidad de los antecedentes solicitados = 0 puntos. en licitación o estos se encuentran incompletos. Para la determinación del puntaje en este criterio se considerará toda la información proporcionada por el oferente y de acuerdo con las presentes Bases Administrativas y Técnicas, según lo siguiente: Se entenderá por documentos a presentar en conjunto con la oferta, los siguientes: • Anexo Nro. 1: Identificación del oferente. • Anexo Nro. 2: Declaración y aceptación de las condiciones de la licitación. • Anexo Nro. 3: Requisito para contratar con el estado. • Anexo Nro. 4: Difusión de programa de integridad. • Anexo Nro. 5: Plazo de entrega. • Anexo Nro. 6: Monto mínimo de facturación y/o despacho. • A 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto Hospital de Cauquenes
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ana Alarcón
e-mail de responsable de pago: aalarcon@ssmaule.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

En el evento de existir empate en el puntaje, la comisión evaluadora resolverá esto, aplicando las siguientes consideraciones:

a)           Se buscará en primer término en las ofertas empatadas, el mejor puntaje para el factor Precio, adjudicando a dicho oferente la licitación.

b)           Se buscará en primer término en las ofertas empatadas, el mejor puntaje para el factor Plazo de Entrega, adjudicando a dicho oferente la licitación.

c)           Se buscará en primer término en las ofertas empatadas, el mejor puntaje para el factor Calidad técnica de los bienes y servicios, adjudicando a dicho oferente la licitación.

d)           Si el empate aún persiste, se considerará de entre las ofertas en que persista el empate, el mejor puntaje obtenido en el factor Cumplimiento de los Requisitos, a éste se procederá a adjudicar la licitación.

Finalmente, de persistir el empate se privilegiará al oferente que primero haya realizado su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo indicado en el comprobante de oferta de los oferentes.


Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Cumplimiento del artículo 35 quater
El adjudicatario garantiza que tanto él como su equipo no se encuentran afectos por las inhabilidades establecidas en el artículo 35 quater de la Ley N° 19.886 y el artículo 14 del reglamento de compras públicas N°661/2024, que prohíbe la suscripción de contratos administrativos con el personal del mismo organismo, así como con personas relacionadas, incluyendo cónyuges, convivientes civiles y aquellos vinculados por parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Adicionalmente, conforme al artículo 14 del reglamento de la Ley N° 19.886, esta prohibición se aplica a las personas identificadas anualmente mediante resolución de la jefatura superior de la entidad. En particular, afecta a quienes desempeñen funciones de "Participantes de la Unidad de Compra o unidad equivalente" (numeral 2 del artículo 13 del reglamento) y "Administrador de Contrato" (numeral 5 del artículo 13 del reglamento), así como a quienes posean el perfil de "Comprador" o "Supervisor" en el Sistema de Información de Compras Públicas, durante el tiempo en que ejerzan dichas funciones y hasta un año después de cesar en sus cargos. De igual forma, el adjudicatario debe presentar, al momento de la presentación de su oferta, declaraciones juradas individuales tanto de él como de cada uno de los miembros de sus equipos, acreditando que ninguno de ellos está afecto a las inhabilidades mencionadas en dicho artículo.
Factoring y prohibición de cesión
El Hospital respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. Es responsabilidad y obligación del adjudicatario notificar de manera formal a los correos electrónicos del departamento de administración y finanzas jcarmona@ssmaule.cl, mamigog@ssmaule.cl, fverdugo@ssmaule.cl, aalarcon@ssmaule.cl y/o de manera presencial mediante carta certificada dirigida a la oficina de partes del Hospital de Cauquenes, Calle Manuel Montt S/N, Cauquenes, la materialización de la contratación de factoring. El incumplimiento de las formalidades legales en la cesión de facturas o el uso malicioso del factoring facultará al Hospital para poner término anticipado al contrato de forma administrativa, notificando al proveedor según los plazos establecidos en las bases de licitación. Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico rgallardo@ssmaule.cl .

El Hospital de Cauquenes dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

El Hospital de Cauquenes tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.  Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles Administrativos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

Comportamiento ético del Adjudicatario
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Dichos estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado
Sanciones y multas
De acuerdo con lo establecido en el artículo 136 del Reglamento de Compras Públicas, la sumatoria total de las multas aplicadas durante la ejecución del contrato no podrá exceder el 30% del monto total adjudicado por proveedor. En caso de que las sanciones acumuladas alcancen este límite, se evaluará la continuidad del contrato, pudiendo derivar en su término anticipado conforme a la normativa vigente. Los siguientes incumplimientos, obligarán al Hospital para aplicar las multas que se detallan a continuación: a. Faltas Leves y sus multas: 1. Retraso en el Plazo de Entrega: El atraso en el plazo de entrega por cada día hábil, en los plazos propuestos por el Proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al Hospital de Cauquenes a aplicar una multa equivalente al 4% del Monto Neto, respecto al valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas. b. Faltas Graves y sus multas: 1. Por despacho de producto no licitado: El ingreso de productos no licitados con cargo a OC de la licitación, se considerarán una falta grave; por lo que será sancionado con el 4% del Monto Neto respecto al valor del producto adjudicado y a las cantidades despachadas. Por incumplimiento en las especificaciones técnicas de los productos recibidos, en relación a lo requerido en la presente Licitación y a la oferta técnica del proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, se aplicará una multa equivalente al 10% del Monto Neto, respecto al valor del producto y por cada día hábil de retraso que exista del producto entregado. 2. Los hechos que constituyen las causales de multa deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la Jefa de departamento de Abastecimiento para proceder con el proceso de evaluación de multa. 3. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. 4. La multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El Hospital de Cauquenes podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. 5. El cobro de dos o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. 6. Las multas serán aplicables hasta un tope del del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas. Por lo tanto, las multas por atraso en la entrega de suministros se aplicarán de acuerdo con la siguiente fórmula: • Monto de la multa = días corridos de atraso en la entrega * valor neto la orden de compra con atraso * (Porcentaje equivalente a la multa). c. Descontinuación de productos o quiebre de stock En el caso que el adjudicatario, dentro del plazo de vigencia del contrato de suministro, descontinuará un producto adjudicado, por quiebre, falta o agotamiento de stock, por razones tecnológicas y/o de mercado, sin ofrecer una alternativa de productos similares o superiores a lo adjudicado, que sea aprobada por el establecimiento y su referente técnico, y manteniendo los precios acordados en la adjudicación, se aplicará una multa de 10 UF por producto.
Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
a. Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación, la Subdirección de Gestión Administrativa notificará inmediatamente de ello al adjudicado, a su correo electrónico, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. b. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. c. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. d. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el Director de la institución licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, que se pronunciara sobre la aplicación de la multa que procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880 sobre Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La indicada resolución deberá publicarse en el Sistema de Información dentro de 24 horas de dictaminada y por dicho medio se entenderá que se notificó al adjudicado. e. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. f. La resolución fundada una vez ejecutoriada aplicará la sanción de la multa, la que se descontará y/o retendrá de las sumatorias de la o las facturas emitidas por el adjudicatario donde incurrió la sanción o en cualquiera otra derivada de la misma licitación. De no existir facturaciones pendientes de pago, el proveedor tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la sanción para realizar el depósito o transferencia electrónica a la respectiva cuenta corriente del establecimiento. g. El no pago de la multa, dentro del plazo señalado precedentemente, facultará a la institución para poner término anticipado al contrato y ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si la hubiera en la presente licitación. h. Finalmente, la sanción ejecutoriada debe ser publicada en el "Registro de Proveedores del Estado" en el aplicativo "Comportamiento Contractual Anterior de los Proveedores".
Mecanismo de pago de multa
La multa aplicada deberá pagarse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para presentar la reclamación o resuelto el recurso indicado en el punto anterior. El procedimiento de pago de la multa será el siguiente: a) Pago directo del proveedor: Las multas deberán ser pagadas mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente del Hospital de Cauquenes. b) Podrán ser descontada de pagos pendientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.