Licitación ID: 1434-3-LE26
ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS PLÁSTICOS PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN DEL DEPARTAMENTO BIENESTAR SOCIAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Responsable de esta licitación: Dirección General de Aeronáutica Civil
Fecha de Cierre: 31-03-2026 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
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Productos o servicios
1
Vasos de servicio 1 Global
Cod: 48101903
Envase plástico desechable para microondas, transparente o negro de 1000 o 1200 cc 14.340 UNIDADES Tapa plástica desechable para microondas transparente, compatible con envase plástico para microondas de 1000 o 1200 cc 14.340 UNIDADES Envase p  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS PLÁSTICOS PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN DEL DEPARTAMENTO BIENESTAR SOCIAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Estado:
Publicada
Descripción:
PARA LA ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS PLÁSTICOS PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN DEL DEPARTAMENTO BIENESTAR SOCIAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL E102RT9.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
UNIDAD DE COMPRA BIENESTAR SOCIAL REGION METROPOLITANA
R.U.T.:
61.104.022-9
Dirección:
Avda. Eliodoro Yañez N 2394
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 31-03-2026 15:01:00
Fecha de Publicación: 19-03-2026 14:33:33
Fecha inicio de preguntas: 19-03-2026 15:05:00
Fecha final de preguntas: 24-03-2026 17:49:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-03-2026 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 31-03-2026 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 31-03-2026 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 10-04-2026 23:59:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- BASES ADMINISTRATIVAS I OBJETO DE LA PROPUESTA. El DEPARTAMENTO BIENESTAR SOCIAL DE LA DGAC., en adelante también "DBSO" o "la entidad licitante", llama a Propuesta Pública destinada a la adquisición de productos plásticos para otorgar el servicio de alimentación a los funcionarios pertenecientes a la DGAC que desempeñan sus funciones en modalidad presencial. Dicha adquisición, se regirá por las disposiciones contenidas en la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante también la Ley de Compras, y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo (Hacienda) N.º 661 de 2024. II GENERALIDADES El proceso completo de licitación, recepción y selección de ofertas, adjudicación y emisión de orden de compra se efectuará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl), en adelante también el Sistema de Información, Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, la Plataforma o el Portal, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Pauta de Evaluación y sus anexos, en adelante también las Bases de Licitación, documentos que a partir de la fecha de su publicación estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso. II.1 Las consultas, respuestas y aclaraciones, si las hubiere, formarán parte integrante de las Bases de Licitación y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). II.2 Las ofertas deberán formularse conforme a lo requerido en las presentes Bases de Licitación. II.3 Se hace presente, que por el solo hecho de presentar oferta se entenderá que el proponente ha estudiado las Bases de Licitación y que está conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan los impedimentos señalados en el Capítulo IV, de las presentes Bases Administrativas. II.4 El Departamento Bienestar Social DGAC., adjudicará esta Licitación Pública a aquél o aquellos proponentes que, cumpliendo las exigencias de las presentes Bases de Licitación obtenga la mayor ponderación como resultado del proceso de Evaluación Técnica, administrativa y Económica. II.5 El DBSO., declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases de Licitación y declarará desierta la propuesta cuando no se presenten ofertas, o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente. II.6 El presupuesto estimado referencial informado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma $8.535.000.- (Ocho millones quinientos treinta y cinco mil pesos.) I.V.A. incluido. II.7 Adjudicada esta Propuesta, no podrán cederse o transferirse a terceros los derechos y obligaciones emanados de ella ni del contrato. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento de las obligaciones que asume en esta Propuesta Pública. II.8 Todos los plazos que se señalan en la ficha de licitación de esta Propuesta Pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trate de días hábiles administrativos. En el evento que las gestiones o actuaciones exigidas por esta entidad licitante coincidan con sábado, domingo o festivo, éstas deberán realizarse el día hábil administrativo siguiente. II.9 El proveedor deberá encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de proveedores de la Administración (www.chileproveedores.cl), para poder ofertar y ser adjudicado, acorde con lo señalado en los artículos 26 y 120 del Decreto Supremo 661 de 2024. II.10Los plazos que se establecen en las presentes Bases Administrativas, a saber, plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas y fecha de apertura de ofertas, plazo de evaluación y adjudicación, podrán ser modificados por la entidad licitante en la eventualidad de ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a dichos términos y fechas originalmente publicados. La modificación antes señalada, será materializada mediante la dictación de una Resolución fundada firmada por la autoridad competente, oportuna y debidamente tramitada. II.11La entidad Licitante, tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas. La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe, que inspira la contratación pública. La detección de antecedentes falsos, podrá dar a lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda, cuando la convención se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato y una vulneración al pacto de integridad contenido en la declaración jurada dispuesta en el portal de Mercado Público, la cual debe ser firmada digitalmente por los oferentes. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes. II.12De conformidad con el artículo 37 de la Ley N°16.752, el Departamento Bienestar Social de la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuará una retención equivalente al 2% del total facturado, la que constituye una retención legal obligatoria aplicable por la Institución. III CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA Nº ACTIVIDAD TIEMPO 1 Publicación Por un período de doce (12) días corridos. 2 Recepción de Consultas Cinco (05) días corridos, contados desde la fecha publicación de la licitación en el portal. 3 Respuestas a Consultas Tres (03) días corridos, contados desde el término del período de consultas. 4 Cierre de la Propuesta Doce (12) días corridos contados desde la publicación a las 15:01 horas. 5 Apertura Electrónica de Ofertas El mismo día de cierre de la propuesta a las 15:05 horas. 6 Informe de Evaluación y Sugerencia de Adjudicación de la Propuesta Dentro de diez (10) días corridos a contar de la fecha de apertura electrónica de ofertas 7 Resolución de Adjudicación Dentro de diez (10) días corridos de recibido el Informe de la Comisión de Evaluación. IV DE LOS PARTICIPANTES Podrán participar en esta propuesta personas naturales y jurídicas, sean estas nacionales o extranjeras, o bajo la fórmula de UTP (unión temporal de proveedores) de acuerdo con lo establecido en el artículo 180 bis del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), y que, en caso de adjudicarse la Propuesta, están obligados a entregar los productos adquiridos por la Institución y facultadas para cobrar y percibir el pago. No podrán participar en esta Propuesta aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4º de la Ley Nº19.886, de "Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios", Capítulo II "De los Requisitos para Contratar con la Administración del Estado". Asimismo, no podrán participar en esta propuesta aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las limitaciones establecidas en los artículos 8 y 10 de la Ley N.º 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, para cuyo efecto deberán presentar la correspondiente Declaración Jurada. Tampoco podrán participar aquellos proveedores que se encuentren afectos a la prohibición de contratar impuesta por sentencia ejecutoriada del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en virtud de lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto Ley Nº 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, como consecuencia de las conductas descritas en el artículo 3, letra a) de ese cuerpo legal. V CONSULTAS Y ACLARACIONES Toda solicitud de aclaración de las Bases de Licitación, así como las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl/) dentro del plazo establecido en el calendario de la propuesta. Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, dentro del plazo establecido en el calendario de la propuesta. Como consecuencia de las consultas y aclaraciones, el Departamento Bienestar Social, podrá introducir cambios en las Bases de Licitación, resguardando debidamente los eventuales intereses de los proponentes con el objeto de que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo correspondiente, el cual una vez que se encuentre totalmente tramitado se informará a través del Sistema de Informaciones de Chilecompra. En este caso se considerará un plazo adicional de a lo menos tres (3) días hábiles, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas. VI INTERPRETACIÓN DE LAS BASES Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las Bases de Licitación que regulan esta propuesta prevalecerá el criterio del DBSO., que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la República, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Ante una eventual discrepancia entre las Bases de la Licitación, y la oferta, prevalecerán las primeras. Del mismo modo, en caso de discrepancia entre los anexos y el Comprobante de Oferta, se privilegiarán el comprobante de oferta. VIIGASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA Los gastos que demande participar en la presente propuesta deben ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso. VIII DE LA PRESENTACIÓN Todas las ofertas deberán ser presentadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), hasta el cierre de esta propuesta. Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del asegurador que puedan repercutir en la ejecución del contrato o en una etapa posterior a ella, ni establecer condición alguna que pueda afectar los intereses del DBSO. o que se contrapongan a lo establecido en las bases de licitación y, en el evento que se incluyan, éstas no tendrán valor alguno y se tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de la licitación por sobre la oferta, por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases. Este DBSO., declarará inadmisible una o más ofertas cuando, en un procedimiento de contratación se presenten ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o Servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 60 de su Reglamento. En este caso, la entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, únicamente la oferta más conveniente de las empresas del mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes bases de licitación, y declarará inadmisibles las demás. Las ofertas deberán ser presentadas en idioma español. Solo se aceptará el idioma inglés en manuales y folletos técnicos que se requieren respecto del o los bienes ofertados Asimismo, la oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Compras Públicas y el artículo 182 de su Reglamento. Los oferentes no podrán, en este proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores simultáneamente, en tal caso, serán declaradas inadmisibles ambas ofertas. La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del contrato, conforme a lo establecido en el artículo 61 del Reglamento. Los oferentes deberán presentar sus propuestas acordes al Anexo a ofertar: • La información solicitada en el Anexo A "Formulario de presentación de oferta" o anexo propio que contenga toda la información solicitada. • Cuando el oferente sea una unión temporal de proveedores, deberá presentar un poder simple suscrito por todos los miembros integrantes de la UTP, donde conste el nombramiento de un mandatario o apoderado común con poderes suficientes, ante el DBSO., para presentar oferta, aclaraciones, u otras gestiones que sean necesarias en el desarrollo del proceso de licitación, previos a la adjudicación. • Cumplimiento y acreditación de un programa de integridad institucional, como se indica en los anexos B “Declaración jurada Programa de Integridad persona Natural” y Anexo C “Declaración jurada Programa de integridad persona Jurídica”. • Criterio Sustentable para Proveedores, según lo indicado en el Anexo D Criterio Sustentable para Proveedores", adjuntando los documentos de respaldo que acrediten cada iniciativa seleccionada. Los “Anexos Técnicos deberán contener los siguientes antecedentes: • Descripción de los Productos y/o Servicios: Se debe proporcionar toda la información pertinente de los productos y/o servicios ofertados, adjuntando toda aquella información que se considere necesaria para su evaluación. Será responsabilidad del oferente adjuntar todos los antecedentes que permitan evaluar adecuadamente su propuesta. El “Anexo Económico” deberá contener lo siguiente: • En el Anexo A o anexo propio, los valores deberán ser indicados en moneda nacional, además deberán ser unitarios y totales (IVA incluido), como se solicita. • En caso de Ofertar en unidad de fomento, el valor ofertado será calculado con la UF del día de ingreso de la oferta, para todo efecto contractual, tanto para evaluación, adjudicación como emisión de orden de compra. • Plazo de validez de la Oferta, que no deberá ser inferior a 60 días corridos contados desde la fecha de apertura de la licitación. Aquellas ofertas que no mencionen la validez se entenderán que aceptan la señalada en estas Bases Administrativas. • El oferente deberá completar en el sistema Mercado Público, la nueva Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, la cual deberá ser emitida en línea por parte de los proponentes. • El precio requerido en los puntos precedentes y que debe encontrarse en concordancia con las Bases Técnicas, deberá, además, ser ingresado a la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, mediante los archivos adjuntos. Aquellas ofertas que cumplan con lo solicitado en las presentes Bases de Licitación, serán evaluadas técnica, administrativa y económicamente. Aquellas ofertas que no cumplan con lo solicitado, serán declaradas “inadmisibles”. Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en estas Bases de Licitación, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en la Pauta de Evaluación Técnica y que permita a la Comisión de Evaluación analizar todos y cada uno de los parámetros contemplados en la pauta; en caso contrario, no se asignará ponderación en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información obtenida. IX DE LA APERTURA La apertura electrónica de las ofertas se efectuará a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), y se realizará el mismo día del cierre de la licitación a las 15:05 horas. En la apertura sólo se efectuará la descarga del contenido de las ofertas desde la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), aceptándose todas las ofertas recibidas. El examen y análisis en detalle del contenido de ellas, corresponderá exclusivamente a la Comisión Evaluadora. Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura de las ofertas, la entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su prosecución el día hábil siguiente. Una vez concluido el acto de Apertura, se confirmará el Acta de Apertura Electrónica emitida por la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). Los proponentes podrán formular observaciones dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la misma Plataforma, las que serán resueltas por el DBSO dentro del plazo de tres (3) días corridos, contado desde el vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado. En caso de producirse una indisponibilidad técnica en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) que provoque la imposibilidad de subir los archivos correspondientes de algún oferente, éste deberá solicitar a la referida Dirección un Certificado que dé cuenta de tal indisponibilidad, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, el o los oferentes(s) afectado(s) podrá(n) presentar su(s) oferta(s) fuera del Sistema de Información en Avenida Eliodoro Yáñez 2394, comuna de Providencia, Santiago, en el plazo que estipula el artículo 115 del Reglamento de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) N°661, Publicado en el Diario Oficial de fecha 12 de diciembre de 2024 y sus modificaciones posteriores). X DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN X.1 Las ofertas “Aceptadas” en la apertura electrónica y así calificadas en el Portal Electrónico, serán remitidas para su evaluación a la Comisión de evaluación, designada para tal efecto mediante Resolución, e integrada por tres (3) funcionarios del DBSO. Si del examen y análisis en detalle de las ofertas por parte de la Comisión de evaluación, ésta concluyera acerca de la omisión de antecedentes, documentos y/o información de carácter excluyente o invalidante, se abstendrá de evaluar la propuesta infractora, debiendo en su informe pronunciarse sobre su inadmisibilidad. X.2 Las propuestas serán estudiadas y evaluadas en base a la Pauta de Evaluación que forma parte de las Bases de Licitación, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contado desde la apertura de las ofertas o de resueltas las eventuales observaciones que formularen los proponentes a la apertura. Las ofertas serán ponderadas con un 8% para los Aspectos administrativos, 32% para los Aspectos Técnicos y 60% para el Aspecto Económico. En caso de producirse un empate en la evaluación final, entre dos o más proponentes, la comisión considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el criterio ECONÓMICO. De persistir el empate, se considerarán en forma sucesiva los siguientes parámetros: • Plazo de Entrega. • Programa de Integridad. • Criterio Sustentable para Proveedores • Cumplimiento Requisitos formales De persistir el empate, se utilizará el segundo decimal en el resultado de la evaluación final, si incluso así se mantuviera el empate, será declarada ganadora la primera oferta publicada en el Portal. Durante el periodo de evaluación la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones, acorde a lo señalado en el artículo 56 del Decreto Supremo N°661, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes a través del Sistema de información de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). Asimismo, podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El o los oferentes requeridos tendrán un plazo máximo de 48 horas, contado desde la solicitud de la entidad licitante, para salvar tales errores u omisiones. Se deja establecido que no se considerarán errores formales aquellos relacionados con el precio de la oferta. Se entenderá por requisitos formales los siguientes: • Descripción de los Productos: Se debe proporcionar toda la información pertinente de los productos y/o servicios ofertados, adjuntando toda aquella información que se considere necesaria para su evaluación. • El proveedor deberá adjuntar el o los Anexos a ofertar en el formato establecido. • El proveedor deberá adjuntar a la plataforma de Mercado Público, el o los Anexos que desea ofertar, en un formato que permita su lectura y evaluación. En caso que dichos archivos se encuentren dañados o no sean compatibles con Excel, Word o PDF, podrán ser subsanados, en la forma y plazo establecidos en estas bases. Culminada la Evaluación Técnica, administrativa y Económica, la Comisión de evaluación, deberá emitir el Informe pertinente dentro del plazo de diez (10) días corridos, contado desde la apertura de las ofertas. X.3 Dentro de los diez (10) días corridos siguientes a la fecha de emisión del Informe de Evaluación, el DBSO. dictará la Resolución de Adjudicación, la que se notificará a él proponente favorecido a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada. Mediante igual mecanismo se notificará a los proponentes cuyas ofertas no sean aceptadas. En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para ello, conforme a lo establecido en el Artículo N°58 del Reglamento de la Ley de Compras, dictando, además, el correspondiente acto administrativo fundado. Los oferentes tendrán 48 horas para efectuar consultas respecto de la Adjudicación, las que deberán ser formalizadas únicamente a través del mecanismo habilitado en la Plataforma de Licitación de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), y serán contestadas por el DBSO. a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (04) días hábiles administrativos. XI DE LA CONTRATACIÓN Una vez adjudicada la propuesta, la adquisición será formalizada mediante la emisión de una orden o varias órdenes de compra a través del Sistema www.mercadopublico.cl, documento en el cual se mencionarán el plazo de entrega, pago, etc., según lo indicado en las bases técnicas y administrativas, y la oferta presentada por el proveedor adjudicado La contratación se entenderá perfeccionada por el hecho de la aceptación de la orden(es) de compra por el proveedor adjudicado. Dicha aceptación deberá ser dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de la emisión de la orden de compra y si la orden de compra se encuentra en estado de Proceso, se entenderá como aceptada. En caso de no ser aceptada en el plazo estipulado, por el proveedor adjudicado, el DBSO. podrá anular la orden de compra y readjudicar la licitación. Si el proveedor adjudicado rechaza la orden de compra, el DBSO estará facultado para adjudicar la licitación al siguiente oferente mejor evaluado, o bien declarar desierta la propuesta y efectuar un nuevo proceso de contratación, sin perjuicio de su facultad de ejercer las demás acciones legales correspondientes. Asimismo, en caso de incumplimiento grave del contratista, el DBSO está facultado para poner término anticipado a la contratación, anular la Orden de Compra y perseguir las eventuales indemnizaciones por daños y perjuicios, comunicando adicionalmente esta situación, a la Dirección de Compras y Contratación Pública. Serán aplicables a esta contratación las causales de Modificación y Término anticipado del Contrato, mediante Resolución fundada, señaladas en los artículos 13 y 13 bis de la Ley N°19.886 y 130 de su Reglamento contenido en el Decreto Supremo (H) Nº661/2024, y especialmente, por las que a continuación se señalan A. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. B. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el contratista no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. C. Por incumplimiento grave del contratista a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del contratista lo siguiente: • El incumplimiento grave de alguna de las obligaciones y prohibiciones establecidas en el capítulo XV de estas Bases Administrativas. • Si las multas aplicadas durante la vigencia del contrato exceden el 10% del total neto de la contratación. • El incumplimiento en el plazo de cada entrega pactada, por un tiempo mayor a cinco (05) días hábiles administrativos. • La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, y la contratación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes. D. Estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato. E. La imposibilidad de entregar los bienes en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de mutuo acuerdo. F. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. G. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El procedimiento por el cual se declarará el término anticipado del contrato será el siguiente: a) El DBSO. notificará por carta remitida mediante correo electrónico, el incumplimiento en que haya incurrido, para que dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, éste pueda presentar sus descargos o alegaciones por escrito o correo electrónico. b) Cumplido el plazo, sea que el contratista presentó o no sus descargos, el DBSO. se pronunciará sobre la procedencia de declarar el término anticipado del contrato dentro de treinta (30) días hábiles siguientes, mediante resolución fundada o correo electrónico, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico a la dirección presentada en su propuesta. c) De proceder la declaración de término anticipado del contrato por algunas de las causales señaladas anteriormente, el DBSO. hará efectivo sin forma de juicio y mediante resolución fundada debidamente comunicada al contratista, sin perjuicio del cobro de las multas que correspondieren por incumplimiento contractual, así como el ejercicio de las demás acciones y derechos que de acuerdo a la Ley sean procedentes. Caso fortuito o fuerza mayor, esto es, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impidan, al prestador y/o al DBSO., cumplir con cualquiera de las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales las señaladas a título ejemplar en el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. En caso de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por escrito esta circunstancia a la otra parte, tan pronto tome conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la referida comunicación, el contratista deberá acreditar debida y suficientemente el imprevisto que lo afecta. El DBSO deberá pronunciarse sobre su aceptación o rechazo dentro de igual término. En la ocurrencia de tales hechos, las partes se reunirán para analizar la situación y decidir de buena fe y de común acuerdo el curso de acción a seguir resguardando los intereses de ambos contratantes conviniendo en el aumento del plazo del Contrato, el que en todo caso no podrá ser superior al de duración del caso fortuito o fuerza mayor. Además de lo anterior, el contrato contendrá las demás cláusulas inherentes a la contratación objeto de la presente licitación, señalándose especialmente las siguientes: • Reserva y seguridad: Toda la documentación o material informativo relacionado a los bienes e instalaciones objeto de esta Propuesta y que el Departamento Bienestar Social entregue a los proponentes, es de propiedad del primero y no podrá ser entregada o facilitada a terceros a ningún título, a menos que se cuente con una autorización expresa para tal efecto. • Cláusula de domicilio, litigios, legislación aplicable y prórroga de competencia, sometiendo el contrato a la jurisdicción de los Tribunales Chilenos, fijando al efecto ambas partes domicilio en Santiago de Chile. XIIPLAZO DE ENTREGA El proveedor deberá realizar las entregas de los productos de forma diferida, según los plazos establecidos en las Bases Técnicas, conforme al siguiente esquema: PRIMER DESPACHO (MARZO 2026): Plazo entre 1 y 3 días hábiles administrativos, contados desde la aceptación de la orden de compra. SEGUNDO DESPACHO (MAYO 2026): Plazo entre 1 y 3 días hábiles administrativos, contados desde la solicitud del Inspector Fiscal. TERCER DESPACHO (AGOSTO 2026): Plazo entre 1 y 3 días hábiles administrativos, contados desde la solicitud del Inspector Fiscal. CUARTO DESPACHO (NOVIEMBRE 2026): Plazo entre 1 y 3 días hábiles administrativos, contados desde la solicitud del Inspector Fiscal. En caso de que el oferente indique un plazo fuera del rango de 1 a 3 días hábiles administrativos para cualquiera de las entregas, no será considerado en la evaluación y se declarará inadmisible. La oferta debe indicar un plazo de entrega expresado en días para cada despacho. Aquella oferta que indique un plazo de entrega que pueda admitir distintas interpretaciones, como por ejemplo "entrega inmediata" "plazo mínimo" "medio día" o no lo señale en su oferta, no será considerada en la evaluación y se declarará inadmisible. XIII DEL PAGO El precio total de la presente adquisición, será pagado de forma diferida en cuatro (4) partidas, correspondiente a cada despacho efectuado, según lo establecido en las Bases Técnicas. Cada pago de las partidas, se efectuará contra entrega de los productos, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción conforme de cada despacho y de la respectiva factura, previa emisión del Certificado de Conformidad emitido por la Inspección Fiscal designada. El monto de cada partida, corresponderá al valor proporcional de los productos entregados en cada despacho, según el detalle ofertado por el proveedor adjudicado. La factura deberá indicar en su glosa que será pagadera a 30 días desde la fecha de recepción conforme, que se encuentra afecta a un impuesto del 2% establecido en el artículo 37 de la Ley N°16.752 y deberá ser entregada en el DBSO en original y copia cedible. Cada factura deberá tener presente que se encuentra afecta al impuesto del 2% establecido en el artículo 37 de la Ley N°16.752, a eventuales retenciones y/o descuentos que correspondan. Las facturas deberán ser entregadas en la dirección estipulada en la orden de compra o enviadas mediante la modalidad de factura electrónica a la casilla de correo electrónico abastecimientodbso@dgac.gob.cl incluyendo toda la información necesaria para su tramitación interna y respectivo pago, tales como: número de orden de compra, número de despacho (primero, segundo, tercero o cuarto) y fecha de recepción conforme. XIV MULTAS El DBSO podrá aplicar multas por incumplimiento del contrato, cuya responsabilidad recaiga en el proveedor adjudicado, en conformidad a lo siguiente: 1) Retraso en el plazo de cada entrega pactada de los productos. Según el plazo ofertado por el adjudicatario, se podrá aplicar una multa equivalente al 1% del total neto de la contratación, por cada día hábil administrativo de atraso en la entrega de los productos, hasta un tope de 5 días hábiles administrativos, contados desde el término del plazo ofertado de cada entrega pactada. Posterior al tope de 05 días hábiles administrativos este Departamento estará facultado para disponer el término anticipado a la contratación. Con todo, el total de las multas durante la vigencia de la contratación, no podrá exceder el 10% del total de la misma, y en caso de exceder el tope señalado, el DBSO estará facultado para poner término anticipado al contrato. La aplicación de multas se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento: a) El DBSO notificará, mediante correo electrónico enviado a la dirección de contacto que el proveedor mantenga en el portal Mercado Publico, el incumplimiento en el cual se haya incurrido, para que dentro del plazo de cinco (05) días hábiles administrativos, éste pueda presentar sus descargos o alegaciones por escrito en el Departamento Bienestar Social o vía correo electrónico al Inspector Fiscal. b) Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco (05) días hábiles administrativos sin que éste haya formulado descargo alguno, el DBSO se pronunciará sobre la aplicación de la multa mediante resolución fundada, la que será notificada al proveedor por correo electrónico y debidamente publicada en el Portal. c) En caso de que el proveedor resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley N°19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas. d) Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de las multas que resulten de la aplicación de los puntos anteriores, éstas deberán enterarse, conforme al siguiente orden: • Descontándolas del próximo pago de facturas, si existiesen. • Pago directo del proveedor, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (05) días hábiles administrativos contados desde la notificación que la cursa. En el evento de que se hayan presentado descargos y estos fueren rechazados, el pago de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (03) días hábiles administrativos siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestime su reclamación y curse la multa. No se aplicarán multas al proveedor cuando los retrasos en que éste hubiere incurrido, sean resultados directo de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancia que el proveedor deberá acreditar suficientemente. El cobro de las multas contempladas en este capítulo, no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dichas multas no extingue la obligación del proveedor del cumplimiento de su obligación principal. XVOBLIGACIONES Y PROHIBICIONES. El o los proveedores adjudicados se obligan, entre otros, a lo siguiente: • A mantener una comunicación permanente con el Inspector Fiscal que nomine el DBSO., a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento del contrato. • A cumplir todas las exigencias que establezca el DBSO., en función de las Bases de Licitación, de la Oferta del proveedor y de las preguntas y respuestas que forman parte de la Licitación correspondiente. Los siguientes actos están estrictamente prohibidos y será absoluta responsabilidad del proveedor asegurar que estos no ocurran: • Manipular y usar equipos de cualquier clase o naturaleza, respecto de los cuales no hayan sido autorizados. • Apropiarse de información, ya sea en forma digital o física de propiedad de la institución. • Consumir bebidas alcohólicas, psicotrópicos o cualquier otra sustancia similar en los Recintos Fiscales del DBSO. XVI DEL INSPECTOR FISCAL Para todos los efectos, se entenderá por inspectores fiscales a los funcionarios nombrados por la autoridad competente, a quienes se les haya encargado velar directamente por la correcta entrega. Cualquier orden o comunicación que el(los) Inspector(es) Fiscal(es) dirija(n) al proveedor, deberá ser recibida por el profesional a cargo y, en su ausencia, por quien éste haya designado responsable, las cuales deberán quedar por escrito y ser remitidas mediante correo electrónico. Todo reclamo o solicitud del proveedor que se relacione con la entrega deberá presentarse por escrito mediante carta o correo electrónico al o los Inspectores Fiscales. XVII DE LA SUBCONTRATACIÓN El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que emanen del Contrato, como tampoco, constituir gravámenes sobre éste. Asimismo, el Contratista se obliga a no subcontratar con terceros la entrega de los bienes. El incumplimiento de lo establecido en el párrafo precedente será causal suficiente para que el DBSO pueda poner término anticipado al contrato, sin perjuicio de las demás acciones legales que procedan, circunstancia que éste declara conocer y que las partes elevan al carácter de esencial en el Contrato. En el caso de la cesión de una factura, conforme a la Ley N°19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la factura, deberá notificarse a la entidad obligada al pago de ésta, bajo apercibimiento de hacerse merecedor de las sanciones establecidas en dicho cuerpo legal. XVIII PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en él, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 10. El oferente se obliga a cumplir con lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley 19.886.
Documentos Técnicos
1.- BASES TÉCNICAS I. OBJETO DE LAS BASES Estas Especificaciones Técnicas establecen las condiciones que regularán la adquisición de productos plásticos, a fin otorgar el servicio de alimentación a los funcionarios pertenecientes a la D.G.A.C., que desempeñan sus funciones en modalidad presencial. II. DISPOSICIONES GENERALES a) La adquisición será evaluada y adjudicada al oferente que complete el listado de productos plásticos en el Anexo A o Anexo Propio, debiendo contemplar y asumir todos los costos de despacho al momento de ofertar. b) El funcionario que representará al Departamento Bienestar Social en la adquisición tendrá el cargo de Inspector Fiscal. Por lo tanto, cualquier decisión relacionada con los productos adquiridos será canalizada a través del Inspector Fiscal. c) Cualquier daño que se cause al momento del traslado, la descarga y entrega de los productos, en los bienes muebles o inmuebles, ya sean aeronáuticos como de terceros, será de exclusiva responsabilidad del proveedor, ante lo cual deberá responder por dichos daños. III. DESCRIPCIÓN DEL REQUERIMIENTO a) Adquirir productos plásticos para la utilización en el servicio de alimentación del Departamento Bienestar Social de la D.G.A.C., en consideración a lo detallado en el listado del literal e) de estas especificaciones técnicas. b) Las cantidades, capacidades, formatos y cualquier detalle técnico asociado, serán los informados en estos requerimientos técnicos. El Inspector Fiscal coordinará con el proveedor adjudicado, una vez aceptada la orden de compra. Asimismo, el proveedor deberá otorgar facilidades para realizar cambios por diferencias en especificaciones, daños en transporte o mercancía defectuosa, si fuese necesario. c) El despacho deberá estar incluido en la oferta, así como la descarga de los productos en el lugar de destino señalado en el punto IV, literal b) "Plazo y lugar de entrega", de estas especificaciones técnicas. d) Las marcas y modelos que se describen en el listado tendrán carácter referencial. Los productos ofertados podrán ser de igual o superior calidad a los solicitados, siempre que cumplan con las características generales establecidas. Todos los artículos quedarán sujetos a revisión por parte del Inspector Fiscal al momento de su entrega. e) El listado de productos plásticos es el siguiente: PRODUCTO CANTIDAD Envase plástico desechable para microondas, transparente o negro de 1000 o 1200 cc 14.340 UNIDADES Tapa plástica desechable para microondas transparente, compatible con envase plástico para microondas de 1000 o 1200 cc 14.340 UNIDADES Envase plástico desechable para microondas, transparente o negro de 500 cc con tapa incluida 15.306 UNIDADES Rollo de Bolsas prepicadas 60 x 40 cm 110 KILOS Rollo de Bolsas prepicadas 20 x 30 cm 95 KILOS PRODUCTO CANTIDAD Alusa plast 38 cm x 1400 mts 36 UNIDADES Imágenes referenciales: Tapa: - Ancho promedio 15 cm. - Largo 24 cm promedio. Envase: - Altura promedio 4 cm. - Ancho promedio 15 cm. - Largo 24 cm aprox. - Color transparente. - Color transparente o negro. - Apto para microondas. - Apto para microondas. Envase: 500 cc tapa incluida - Altura promedio 4 cm. - Ancho promedio 11 cm. - Largo 15 cm aprox. - Color transparente o negro. - Apto para microondas. Bolsas Prepicadas 60x 40 cm: Largo promedio 60 cm., ancho 40 cm., color transparente. Bolsas Prepicadas 20x 30 cm: Largo promedio 30 cm., ancho 20 cm., color transparente. Alusa Plast 38 cm.: Rollo film apto para alimentos. Largo promedio 1400 mt., transparente de tono amarillo. Apto para uso en microondas, refrigerador y congelador. . IV.CONSIDERACIONES GENERALES a) Garantía: Será obligación del proveedor el cambio de cualquier producto que se entregue deteriorado o en malas condiciones, en un plazo máximo de 5 días hábiles, contado desde la entrega del producto. Los productos estarán sujetos a un plazo de garantía legal de 6 meses, contado desde la recepción conforme de los mismos, en conformidad a lo dispuesto por la Ley N°19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. Si durante este periodo se descubre algún desperfecto, el DBSO. tendrá derecho al cambio del producto, a su reparación gratuita o a la devolución del dinero. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el proveedor o distribuidor de la marca ofrezca un periodo de garantía superior al legal, este prevalecerá ante cualquier reclamación o desperfecto de los bienes. b) Plazos de entrega y despacho diferido: La entrega de los productos a adquirir, se realizará de la siguiente manera: Primer despacho (Marzo 2026): La primera entrega deberá efectuarse dentro del plazo ofertado, el cual deberá estar comprendido entre 1 y 3 días hábiles administrativos, contados desde la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor adjudicado, en las siguientes cantidades: • 3.585 unidades de envases plásticos de 1000-1200 cc. • 3.585 unidades de tapas plásticas. • 3.828 unidades de envases plásticos de 500 cc con tapa. • 27,5 kilos de bolsas prepicadas de 60 x 40 cm. • 23,75 kilos de bolsas prepicadas de 20 x 30 cm. • 9 rollos de alusa plast. El plazo ofertado para la primera entrega no podrá ser menor a 1 ni mayor a 3 días hábiles administrativos. Aquel oferente que indique un plazo fuera de este rango no será evaluado y será declarado inadmisible. Segundo despacho (mayo 2026): Esta entrega deberá realizarse dentro del plazo ofertado por el adjudicatario, el cual comenzará a contar desde la solicitud del inspector fiscal mediante correo electrónico. Se deberá realizar la entrega por la cantidad de: • 3.585 unidades de envases plásticos de 1000-1200 cc. • 3.585 unidades de tapas plásticas. • 3.826 unidades de envases plásticos de 500 cc con tapa. • 27,5 kilos de bolsas prepicadas de 60 x 40 cm. • 23,75 kilos de bolsas prepicadas de 20 x 30 cm. • 9 rollos de alusa plast. El plazo ofertado para la segunda entrega no podrá ser menor a 1 ni mayor a 3 días hábiles administrativos desde la solicitud del Inspector Fiscal. Aquel oferente que indique un plazo fuera de este rango, no será evaluado y será declarado inadmisible. Tercer despacho (agosto 2026): Esta entrega deberá realizarse dentro del plazo ofertado por el adjudicatario, el cual comenzará a contar desde la solicitud del inspector fiscal mediante correo electrónico. Se deberá realizar la entrega por la cantidad de: • 3.585 unidades de envases plásticos de 1000-1200 cc. • 3.585 unidades de tapas plásticas. • 3.826 unidades de envases plásticos de 500 cc con tapa. • 27,5 kilos de bolsas prepicadas de 60 x 40 cm. • 23,75 kilos de bolsas prepicadas de 20 x 30 cm. • 9 rollos de alusa plast. El plazo ofertado para la tercera entrega no podrá ser menor a 1 ni mayor a 3 días hábiles administrativos desde la solicitud del Inspector Fiscal. Aquel oferente que indique un plazo fuera de este rango, no será evaluado y será declarado inadmisible. Cuarto despacho (noviembre 2026): Esta entrega deberá realizarse dentro del plazo ofertado por el adjudicatario, el cual comenzará a contar desde la solicitud del inspector fiscal mediante correo electrónico. Se deberá realizar la entrega de: • 3.585 unidades de envases plásticos de 1000-1200 cc. • 3.585 unidades de tapas plásticas. • 3.826 unidades de envases plásticos de 500 cc con tapa. • 27,5 kilos de bolsas prepicadas de 60 x 40 cm. • 23,75 kilos de bolsas prepicadas de 20 x 30 cm. • 9 rollos de alusa plast. El plazo ofertado para la cuarta entrega no podrá ser menor a 1 ni mayor a 3 días hábiles desde la solicitud del Inspector Fiscal. Aquel oferente que indique un plazo fuera de este rango no será evaluado y será declarado inadmisible En caso de existir alguna problemática en cuanto al almacenamiento de estos productos, el Inspector Fiscal podrá solicitar al proveedor adjudicado, mediante correo electrónico, la modificación de los despachos y las entregas, referente a la cantidad de cada bien adquirido. c) Lugar y horario de entrega: Los productos deberán ser entregados en el Departamento Bienestar Social ubicado en la siguiente dirección, previa coordinación con el Inspector Fiscal: ● Avenida Eliodoro Yáñez N° 2394, comuna de Providencia. El horario de entrega será de lunes a jueves de 09:00 a 16:00 horas y viernes de 09:00 a 15:00 horas. El transporte de los productos, descarga y posicionamiento en el casino, así como también el personal y costo asociado a esta labor, será responsabilidad del proveedor adjudicado. Cualquier daño o deterioro causado durante el trayecto, descarga y posicionamiento será a cargo del mismo.
 
Documentos Económicos
1.- EVALUACIÓN ECONÓMICA La Evaluación Económica tendrá una ponderación del 60% de la evaluación total, donde el proveedor debe indicar el costo total de los bienes, de acuerdo al(os) anexo(s) presentados o anexo propio y se efectuará de acuerdo al siguiente procedimiento: La ponderación final se obtiene dividiendo el valor mínimo ofertado, por la oferta de cada oferente y todo esto multiplicado por 60. (VALOR MÍNIMO OFERTADO/OFERTA A EVALUAR) *60
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACIÓN TÉCNICA 32%
2 EVALUACIÓN ECONÓMICA 60%
3 EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA 8%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 8535000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: FELIPE DART
e-mail de responsable de pago: felipe.dart@dgac.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
CRITERIO DE DESEMPATE. En caso de producirse un empate en la evaluación final, entre dos o más proponentes, la comisión considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el criterio ECONÓMICO. De persistir el empate, se considerarán en forma sucesiva los siguientes parámetros: • Plazo de Entrega. • Programa de Integridad. • Criterio Sustentable para Proveedores • Cumplimiento Requisitos formales De persistir el empate, se utilizará el segundo decimal en el resultado de la evaluación final, si incluso así se mantuviera el empate, será declarada ganadora la primera oferta publicada en el Portal.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.