Licitación ID: 855-19-LR25
CHEE-SUMINISTRO MANTENCIÓN Y REPARACIÓN JUNJI XII
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Fecha de Cierre: 30-01-2026 17:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 30
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Restauración de edificios, casas, señales o monumentos 1 Global
Cod: 72102802
PROVINCIA DE MAGALLANES (Sector Sur)  

2
Restauración de edificios, casas, señales o monumentos 1 Unidad
Cod: 72102802
PROVINCIA DE MAGALLANES (Sector Norte)  

3
Restauración de edificios, casas, señales o monumentos 1 Global
Cod: 72102802
PROVINCIA DE ÚLTIMA ESPERANZA  

4
Restauración de edificios, casas, señales o monumentos 1 Global
Cod: 72102802
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO  

5
Restauración de edificios, casas, señales o monumentos 1 Global
Cod: 72102802
PROVINCIA DE ANTARTICA CHILENA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CHEE-SUMINISTRO MANTENCIÓN Y REPARACIÓN JUNJI XII
Estado:
Publicada
Descripción:
La Junta Nacional de Jardines Infantiles, en adelante La JUNJI, llama a los contratistas, personas naturales o jurídicas, especializadas en el rubro, a presentar sus ofertas para contratar el servicio de “SUMINISTRO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN PARA DEPENDENCIAS DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA AÑO 2026”. Líneas de Contratación Código de Línea PROVINCIA DE MAGALLANES Sector Sur L1 PROVINCIA DE MAGALLANES Sector Norte L2 PROVINCIA DE ÚLTIMA ESPERANZA L3 PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO L4 PROVINCIA DE ANTARTICA CHILENA L5
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Junji - XII Región
R.U.T.:
70.072.600-2
Dirección:
José Menéndez No. 788
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-01-2026 17:00:00
Fecha de Publicación: 31-12-2025 11:10:50
Fecha inicio de preguntas: 31-12-2025 12:15:00
Fecha final de preguntas: 15-01-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-01-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-02-2026 8:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-02-2026 8:30:00
Fecha de Adjudicación: 04-03-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
REUNION EXPLICATIVA OBLIGATORIA SEGUN PUNTO 4.1 DE BASES ADMINISTRATIVAS. 09-01-2026 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS (ANEXO N°1) Las presentes Bases Administrativas y las Especificaciones Técnicas junto con los Anexos de la Licitación, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente Licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los interesados desde el momento de su publicación en el portal www.mercadopublico.cl, y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el ANEXO Nº1, la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos, aceptarlas, y tomar el debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.- Requisito Formal: Declaración jurada simple de habilidad para contratar con la Administración del Estado (Anexo N°2) Podrán ofertar con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que se encuentren inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Registro de Proveedores) y que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile. Requisitos mínimos para ofertar: a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la ley 19.886. b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973. c) No haber sido condenado a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393. d) No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, no tener como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. e) No ser y/o haber sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive). f) No integrar la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni ser contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estar unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad). g) No ser una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes formen parte o sean beneficiarias finales. h) No ser una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean accionistas o beneficiarias finales. i) No ser una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales. j) No ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriba una declaración jurada simple (Anexo N°2) firmada por el oferente o su respectivo Representante Legal que indique tales circunstancias. Sin perjuicio de que la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
3.- Identificación del oferente (Anexo N°3). Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, según Anexo Nº3A, 3B o 3C, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN vigente del representante legal. Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta. Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público, que hayan ingresado la documentación al portal [https://www.mercadopublico.cl].
4.- 7.3. Unión Temporal de Proveedores (Anexo N°4). En relación con las uniones temporales de proveedores, de acuerdo a lo prescrito por el Artículo 51 de la Ley N° 21.634, se define como “un conjunto de empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas, que se unen para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad”. La Unión Temporal de Proveedores se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. La Unión Temporal de Proveedores estará conformada por una o más empresas de menor tamaño. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un Representante Legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes Bases de Licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan sobre el servicio a contratar. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes Bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. Para la presentación de las Ofertas, los requisitos que debe cumplir una la Unión Temporal de Proveedores (UTP) para participar en la presente licitación deberá ceñirse a lo establecido en los artículos 52 y siguientes de la referida Ley N° 21.634, además de cumplir con las siguientes reglas especiales, acompañando los antecedentes, punto 7.3 de Bases.
5.- Subcontratación (Anexos N°6A, N°6B, N°6C, N°6D, N°6E) Conforme a lo dispuesto en el artículo 128 del Reglamento, en caso de que para el cumplimiento de la presente licitación el oferente requiera subcontratar los servicios de otra empresa, junto con indicarlo claramente en su oferta, deberá también proporcionar todos los antecedentes que la identifiquen. La subcontratación no será admisible si al subcontratista le afectara una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores, o si es que se encontrara en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras. El monto total de los servicios subcontratados en su conjunto no debe exceder del 30% del monto total del contrato celebrado con el contratista. En todo caso, el contratista no podrá pretender modificaciones de especificaciones, de precios, o de plazos. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho de objetar fundadamente a un subcontratista. Si durante la vigencia del Contrato, fuere necesario efectuar subcontrataciones, el contratista deberá informar previamente a la JUNJI, a través del Supervisor del Contrato, quien deberá autorizar la subcontratación, y se deberá dar cumplimiento con los mismos requisitos y limitaciones señalados en los párrafos 1 y 2 del presente punto. El contratista será el único responsable ante la Junta Nacional de Jardines Infantiles del cumplimiento de los servicios de la presente licitación.
6.- ANEXOS 1,2 Y 3 REGLAMENTO CONTRATISTAS.
7.- ANEXO 9. PROGRAMA DE INTEGRIDAD
8.- ANEXO 11. APLICA EN CASO DE VALEVISTA/SERIEDAD DE LA OFERTA / FIEL CUMPLIMIENTO
Documentos Técnicos
1.- NÓMINA DE SERVICIOS SIMILARES (Anexo N°12) Se considerará como servicios similares para efectos de evaluación aquellos con duración mínima de 10 días corridos y un monto mínimo de 100 UTM netas en la evaluación de cualquier Línea de contratación El valor de la UTM a considerar será la del mes del cierre de la Licitación. La Nómina según formato (Anexo N°12), de contratos similares a la presente licitación, ejecutados desde 01 enero del 2021 a la fecha, indicando nombre del contratante, teléfono, nombre del servicio, monto del servicio, fecha de inicio y término de los trabajos y plazos de ejecución. Lo anterior deberá acreditarse mediante copia de los certificados, facturas, órdenes de compra, constancias o recepciones aprobadas, entregados por los respectivos mandantes, los que deberán ser subidos al portal www.mercadopublico.cl. Los documentos de acreditación deberán contener como mínimo 1. fecha de inicio y término de los trabajos o plazos de ejecución; 2. nombre del contratante o mandante y monto. Se deja expresamente establecido que no se evaluarán nóminas de servicios presentados en otro formato que no sea el denominado Anexo N°12. Asimismo, no serán considerados para evaluación aquellos servicios similares informados en el Anexo N°12 que no cuenten con certificación ni aquellos de fecha anterior a la estipulada. Ofertas sin presentación del Anexo N°12 serán declaradas inadmisibles. El monto neto del servicio debe expresarse en pesos chilenos.
 
2.- NÓMINA DE PERSONAL Y DETALLE DE INCENTIVOS (Anexo N°13) Listado, según Anexos N°13A, N°13B, N°13C, N°13D, N°13E según corresponda, que debe contemplar los actuales trabajadores de la empresa. El oferente deberá adjuntar, además, copia de los contratos y de la liquidación de sueldo del mes de JUNIO 2025 O JULIO 2025 de cada uno de los trabajadores sindicados en este Anexo, acompañados de la respectiva constancia de autorización de divulgación de estos instrumentos por parte del trabajador. En caso de que no cuente con personal contratado en las fechas señaladas y contratará para el desarrollo del servicio solicitado en caso de adjudicación, el oferente deberá indicar en las columnas nombre, RUT y fecha de contratación del respectivo anexo la oración “A contratar”, señalando el sueldo bruto mensual que proyecta pagar. El monto para señalar como sueldo bruto mensual debe ser expresado en pesos chilenos. El oferente deberá considerar en su oferta el pago obligatorio de una remuneración bruta de a lo menos el sueldo mínimo legal para todos aquellos trabajadores presentados en los respectivos Anexos N°13. Adicionalmente, deberá detallar en el mismo Anexo los incentivos para los trabajadores que permitan que éstos obtengan mejor remuneración. El concepto de viático no se considera como incentivo dentro de esta Licitación. En cada Anexo N°13 puede ingresar todos los trabajadores que estime pertinentes, contratados o proyectados con sus funciones respectivas. No obstante, la cantidad de trabajadores contratados o proyectados en labores operativas que se presente debe ser como mínimo la exigida para cada Provincia según lo que se indica más adelante. De presentarse en el Anexo una menor cantidad de trabajadores de estas características, se declarará inadmisible la oferta respectiva. Las nóminas que se entreguen podrán contemplar los mismos trabajadores en todos los anexos, lo que será utilizado solo para efectos de evaluación. No obstante, dadas las características y volumen del servicio a realizar, al momento de contratar, se exigirá de manera obligatoria y excluyente para cada Provincia, lo siguiente: Para la Línea de Contratación 1: Provincia de Magallanes (Sector Sur), se considera un mínimo de un (2) trabajadores para la ejecución de los trabajos en terreno. Para la Línea de Contratación 2: Provincia de Magallanes (Sector Norte), se considera un mínimo de un (2) trabajadores para la ejecución de los trabajos en terreno. Para la Línea de Contratación 3: Provincia de Última Esperanza, se considera un mínimo de un (1) trabajador para la ejecución de los trabajos en terreno. Para la Línea de Contratación 4: Provincia de Tierra del Fuego, se considera un mínimo de un (1) trabajador para la ejecución de los trabajos en terreno. Para la Línea de Contratación: Provincia de la Antártica Chilena se considera un mínimo de un (1) trabajador para la ejecución de los trabajos en terreno. La Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá solicitar al oferente adjudicado más información para efectos de cotejarlos con los datos provistos en el Anexo N°13. Si se comprobare falsedad en la información entregada, la Junta Nacional de Jardines Infantiles rechazará la oferta.
 
3.- NOMINA DE PERSONAL COMO ADMINISTRATIVO (Anexo N°14) a) Para las líneas de la Provincia de Última Esperanza, Tierra del Fuego y Antártica Chilena (L3, L4 Y L5), el contratista deberá contar a lo menos con un Encargado como Administrativo de Contrato, con un mínimo de 6 meses de experiencia en cargos similares o trabajos a fines laborales a trabajos administrativos. La no presentación del Encargado dejará la oferta inadmisible. Si el oferente, oferta en cualquier conjunto entre L3, L4 o L5, será suficiente que presente un Encargado como Administrativo de Contrato. Para acreditar la experiencia deberá adjuntar Curriculum Vitae con detalle de trabajos realizados, completando el Anexo N°14. Para efectos de evaluación no se considerará al Administrativo de Contrato para evaluación en “Condiciones de empleo y remuneración” establecido en el punto 13 de las presentes Bases.
 
4.- NÓMINA DE PERSONAL PARA ADMINISTRACION DE CONTRATO (ANEXO N°15) a) Para las líneas de la Provincia de Magallanes (L1 y L2), el contratista deberá contar a lo menos con un profesional Constructor Civil, Ingeniero Constructor, Ingeniero Civil o Arquitecto, con un mínimo de 3 años de experiencia en Construcción, Conservación, Rehabilitación, Reparación y/o Mantenimiento de edificaciones. La no presentación del profesional para Administrar el Contrato dejará la oferta inadmisible. Si el oferente, oferta en conjunto L1 y L2, será suficiente que presente un profesional para Administrar el Contrato. La experiencia del profesional será contada a partir de la fecha de Titulación. Para acreditar la experiencia deberá adjuntar Curriculum Vitae con detalle de trabajos realizados y deberá completar y presentar el Anexo N°15 Para efectos de evaluación no se considerará al Profesional encargado de Administrar el Contrato para evaluación en “Condiciones de empleo y remuneración” establecido en el punto 13 de las presentes Bases. Dicho Personal para administrar el contrato, debe tener a su cargo resolver los asuntos administrativos, operativos y técnicos propios de éste, que se presenten durante la ejecución del contrato, asimismo, quien será quien se relacionará con la Dirección Regional de la JUNJI, para todos los efectos que digan relación con la ejecución práctica del contrato.
 
Documentos Económicos
1.- Oferta Económica (Anexo N°5). Las Ofertas Económicas deberán ser ingresadas por los oferentes en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicada en dicho sistema de información y en el cronograma respectivo, según los formatos del Anexo N°5A, Anexo N°5B, Anexo N°5C, Anexo N°5D y Anexo N°5E de las presentes Bases de Licitación. Anexo N°5A Línea de Contratación 1: Provincia de Magallanes (Sector Sur) Anexo N°5B Línea de Contratación 2: Provincia de Magallanes (Sector Norte) Anexo N°5C Línea de Contratación 3: Provincia de Última Esperanza Anexo N°5DLínea de Contratación 4: Provincia de Tierra del Fuego Anexo N°5E Línea de Contratación 5: Provincia Antártica Chilena Atendiendo que la presente licitación es del tipo suministro, los oferentes ingresarán en el sitio www.mercadopublico.cl la oferta neta (sin IVA) considerando el valor del presupuesto referencial según corresponda de acuerdo con el siguiente detalle: Línea de Contratación Provincia Monto Oferta Neta para ingresar en Portal Mercado Publico L1 Magallanes (Sector Sur) $ 120.949.580 L2 Magallanes (Sector Norte) $ 78.453.782 L3 Última Esperanza $ 55.571.429 L4 Tierra del Fuego $ 35.957.983 L5 Antártica Chilena $ 35.957.983 Lo anterior, independiente de los valores que presente en los formatos de sus ofertas económicas, que son los que regirán para efectos de la contratación. En caso de que el oferente no indique el monto neto señalado en la tabla precedente en el portal www.mercadopublico.cl, será igualmente evaluado; no obstante, en caso de ser adjudicado la orden de compra será emitida de acuerdo con esos valores indicados. Los interesados podrán ofertar en los Anexos Económicos respectivos bajo o sobre el monto referencial indicando en cada partida por Provincia. No obstante, en caso de ofertar montos sobre el referencial, estos deberán cumplir según el siguiente rango: Anexo N°5A: Línea de Contratación 1: Provincia de Magallanes (Sector Sur): Hasta un 10% sobre el monto referencial indicado. Anexo N°5B: Línea de Contratación 2:Provincia de Magallanes (Sector Norte): Hasta un 10% sobre el monto referencial indicado. Anexo N°5C: Línea de Contratación 3: Provincia de Última Esperanza: Hasta un 15% sobre el monto referencial indicado. Anexo N°5D: Línea de Contratación 4: Provincia de Tierra del Fuego: Hasta un 20% sobre el monto referencial indicado. Anexo N°5E: Línea de Contratación 5: Provincia Antártica Chilena: Hasta un 30% sobre el monto referencial indicado. Ofertas con valores superiores a lo indicado serán descartadas del proceso de evaluación y serán declaradas inadmisibles. Los valores referenciales indicados en los Anexos N°5A, N°5B, N°5C, N°5D y N°5E son NETOS (Valores sin IVA). El oferente deberá además indicar el porcentaje (%) de utilidad. Esta utilidad tiene un tope por cada Línea de contratación el cual se indica en cada Anexo Económico según corresponda. Cada anexo está protegido por contraseña y solo las celdas editables son las que debe completar el oferente. Se deben mantener todas y cada una de las partidas o ítems y cantidades que figuren en éstos, sin agregar ni restar partidas y sin alterar valores referenciales ni factores. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento No podrán existir partidas no valorizadas o con valor $0 en los itemizados de los oferentes. En caso de que esto ocurra, la oferta será declarada inadmisible. La oferta económica deberá tener un período de validez mínimo de 60 días hábiles desde el cierre del plazo para la recepción de las mismas, sin perjuicio que para el oferente adjudicatario constituirá el precio del contrato y se mantendrá sin variación durante toda su vigencia.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes Este criterio será evaluado tomando en consideración la cantidad de servicios similares, según Anexo N°12, y su puntaje será el que corresponda según se indica. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, en conformidad al Art. 52 de la ley N°19886, el puntaje referido será el que arroje lo indicado a continuación, considerando solamente el proveedor con mayor experiencia dentro de la UTP. 10 puntos: oferente que posea más de 10 servicios similares. 7 puntos: oferente que posea más de 5 y hasta 10 servicios similares. 4 puntos: oferente que posea más de 2 y hasta 5 servicios similares. 2 puntos: oferente que posea 1 o 2 servicios similares. 1 punto si no informa servicios similares o no hay servicios similares factibles de evaluar, según Anexo N°12. Asimismo, no serán considerados para evaluación aquellos servicios similares informados en el Anexo N°12 que no cuenten con certificación ni aquellos de fecha anterior a la estipulada. Ofertas que no presenten el Anexo N°12 serán declaradas inadmisibles. 15%
2 Precio 10 puntos a la oferta más económica. El puntaje de las otras ofertas se asignará en forma inversamente proporcional a la oferta más económica. Se evaluará el sumatorio total de las partidas a valor neto, según lo ofertado por el oferente. Puntaje Precio = (Precio Mínimo ofertado/Precio Oferente) X 10 65%
3 Programa de Integridad 10 puntos: Oferente acredita programa de integridad y su difusión a su personal. 0 puntos: Oferente no cuenta con programa de integridad Nota: en caso de que el oferente declare contar con un programa de integridad, pero no acredite su existencia y/o difusión, se evaluará con puntaje 0. 5%
4 Cumplimiento de los requisitos 10 puntos: oferente que cumpla con la entrega de todos los antecedentes formales dentro del plazo según cronograma de Licitación. 3 puntos: La institución u organismo oferente cumple con la entrega de antecedentes necesarios para postular dentro del plazo adicional señalado en el punto N°10, “Antecedentes omitidos en la presentación de la oferta”, conforme al artículo 56, del Reglamento de la ley N°19.886, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al artículo previamente citado. La oferta que no entregue los antecedentes solicitados será declarada inadmisible. 5%
5 Condiciones de empleo y remuneración Subfactor: Sueldo Mínimo Legal (5%) 10 puntos: Oferente que presente el 100% de trabajadores que perciban 20% o más por sobre el sueldo mínimo legal. 6 puntos: Oferente que presente entre 70% y menos de 100% de trabajadores que perciban 20% o más por sobre el sueldo mínimo legal. 4 puntos: Oferente que presente entre 30% y menos de 70% de trabajadores que perciban 20% o más por sobre el sueldo mínimo legal. 2 puntos: Oferente que presente menos de 30% de trabajadores que perciban 20% o más por sobre el sueldo mínimo legal. 1 punto: Oferente que presente el 100% de los trabajadores que perciban entre el sueldo mínimo legal y menos del 20% por sobre el sueldo mínimo legal. Para evaluar este criterio se considerará el sueldo bruto que perciban los trabajadores, de acuerdo con la información entregada en Anexos 13A, 13B, 13C, 13D y/o 13E según corresponda. Subfactor: Mecanismos de Incentivos para los trabajadores (5%). 10 puntos: oferente que presente dos o más incentivos para los trabajadores que permitan que éstos obtengan mejor remuneración. 5 puntos: oferente que presenten un incentivo para los trabajadores que permitan que éstos obtengan mejor remuneración. 1 punto: oferente que no presente incentivos para los trabajadores que permitan que éstos obtengan mejor remuneración. Para evaluar este criterio se considerará si presenta incentivos para los trabajadores, de acuerdo con la información entregada en Anexos 13A, 13B, 13C, 13D y/o 13E según corresponda. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: AURORA VILLARROEL
e-mail de responsable de pago: AVILLARROEL@JUNJI.CL
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Fecha de vencimiento: 27-04-2026
Monto: 100000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: SEGUN SE INDICA EN PUNTO 7.13 DE BASES ADMINISTRATIVAS.
Forma y oportunidad de restitución: SEGUN SE INDICA EN PUNTO 7.13 DE BASES ADMINISTRATIVAS.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Fecha de vencimiento: 29-03-2027
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: DESGLOSE SEGUN SE INDICA EN PUNTO 23 DE BASES ADMINISTRATIVAS
Forma y oportunidad de restitución: DESGLOSE SEGUN SE INDICA EN PUNTO 23 DE BASES ADMINISTRATIVAS
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
De conformidad al artículo 58 inciso final del Reglamento de la Ley N° 19.886, si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Resolución de Empates

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios de evaluación en orden de prelación hasta que se logre el desempate.

  1. PRECIO.
  2. TÉCNICOS.
  3. PROGRAMA DE INTEGRIDAD
  4. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES.

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl de acuerdo a lo indicado en el comprobante de oferta de los oferentes


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 5 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, con Sebastián Ponce Cerda, Subdirector de Cobertura y Habilitación de Espacios Educativos, correo electrónico saponce@junji.cl, fono (61)2748236 con copia a pamorales@junji.cl, fono (61) 2748264.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Durante la vigencia del contrato, por cada Estado de Pago, el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.

La Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas.

En cada liquidación de pago, el contratista deberá presentar un Certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte de la Empresa adjudicada para con sus trabajadores. Este deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de que el Certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros Estados de Pago producto del Contrato licitado deberán ser destinadas al pago de dichas obligaciones.

Con todo, el oferente adjudicado deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato.

El incumplimiento de esta obligación, como asimismo la falta de presentación de dicho Certificado, habilitará a la Junta Nacional de Jardines Infantiles para poner término al contrato en forma anticipada, hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y obligaciones laborales y sociales y se podrá llamar a una nueva Licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso.

Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Junta Nacional de Jardines Infantiles pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del Contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones del contratista.

39.1   RETENCIÓN: JUNJI tendrá derecho a retener de los Estados de Pago aquellas sumas reclamadas al Proveedor, o a sus Subcontratistas (si los hubiere), informadas por la Inspección del Trabajo o por instituciones previsionales, como también aquellas que emanen de un requerimiento judicial por demanda en contra del Proveedor o en contra de sus Subcontratistas. Para obtener la devolución de esta retención, el Proveedor, y por su intermedio sus Subcontratistas involucrados (si los hubiere), deben acreditar el pago de las obligaciones que dieron origen a la retención, mediante un Certificado de la respectiva institución.

En el caso de retenciones aplicadas por requerimiento judicial, ellas se devolverán al Proveedor si así lo ordena o autoriza el respectivo tribunal.

Toda retención que se aplique por este efecto se devolverá al Contratista, si es que procede, sin reajuste.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta omisión deberá ser corregida en el plazo de 48 horas contadas desde el requerimiento informado a través del sistema.

En estos casos, se procederá en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo N°56 del Reglamento de la Ley Nº19.886, asignándose el menor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.