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Subcontratación |
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En cumplimiento al artículo 76 del Reglamento de la Ley N°19.886, a lo establecido en las presentes bases, y dado que el servicio al cual se refiere la presente licitación considerará la capacidad e idoneidad del equipo consultor, queda expresamente prohibido al Adjudicado, subcontratar el servicio solicitado en esta licitación.
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Propiedad y Confidencialidad |
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Toda información, datos, documentos, registros, estadísticas y archivos de todo tipo que el Adjudicado, los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes, contratistas u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del Centro de Formación Técnica Estatal de la Región de los Lagos. El Adjudicado no podrá hacer uso de la información a menos que esté expresamente autorizado por el CFT, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley N°19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al CFT para poner término anticipado al contrato, y podrá dar lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.
El Adjudicado podrá hacer uso de la información con el único objeto de prestar los servicios contratados y no podrá utilizarla, en forma directa o indirecta, en su propio beneficio o de cualquier, ya sea durante el plazo de prestación del servicio o en cualquier momento posterior. No podrá, salvo que absolutamente sea necesario en relación con los servicios objeto del contrato, copiar o reproducir la información sin contar con el consentimiento previo escrito del CFT.
El Adjudicado deberá garantizar que sus empleados mantendrán la información en confidencial y secreto y que no podrán usar, suministrar o revelar a ninguna persona salvo en la manera permitida y con sujeción a los términos y condiciones del servicio contratado.
El Adjudicado deberá mantener indemne al CFT, a la Contraparte Técnica y al Estado de Chile, contra cualquier reclamo, acción, daños y perjuicios, pérdidas, costos o gastos soportados por éstos como consecuencia de cualquier violación a esta obligación de confidencialidad por parte del Adjudicado o sus funcionarios, empleados o terceros por los que deba legalmente responder.
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Resolución de Empates |
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En el evento de producirse un empate entre las ofertas mejor evaluadas, la Comisión Evaluadora podrá proponer la adjudicación de la especie, al oferente cuya oferta económica haya obtenido el mayor puntaje y de persistir el empate, se adjudicará al proponente cuyo plazo de ejecución sea el mejor evaluado. Si aún se mantiene el empate, se propondrá adjudicar a aquel de las ofertas que tiene mejor puntaje en experiencia. Si aún persiste la igualdad, se propondrá la adjudicación de la oferta que primero se haya presentado en el Portal según día y hora.
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Prohibición de Cesión |
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El Adjudicado no podrá ceder, transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba.
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Obligación de facilitar supervisión de trabajos |
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El oferente deberá facilitar al CFT la supervisión, control, revisión, inspección, y evaluación del avance y calidad de los servicios, trabajos y productos que por la presente licitación se contraten.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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El CFT podrá solicitar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Las omisiones y rectificaciones no podrán referirse a antecedentes cuya omisión o error le impidan a la Comisión Evaluadora realizar la correspondiente evaluación de las propuestas.
Para los efectos de las aclaraciones o presentación de certificaciones o antecedentes señalados en los dos párrafos anteriores, el proveedor dispondrá de un plazo fatal de 2 días hábiles contado desde la fecha en que se haya efectuado la solicitud correspondiente.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los Oferentes que no resulten seleccionados podrán formular consultas dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la adjudicación, a través del sitio www.mercadopublico.cl, dirigido a la casilla de contacto administrativo administracion@cft-ell.cl. Los Oferentes que no resulten adjudicados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza.
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