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Resolución de Empates |
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MECANISMO DE DESEMPATE.
En caso de existir empate, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:
- Mejor puntaje Oferta Económica
- Mejor puntaje Localización de las instalaciones
- Mejor puntaje Experiencia del Oferente
- Mejor puntaje Sustentabilidad
- Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
- Oferente que ingreso primero la oferta a través del Portal Mercado Público.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
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La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación,
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto, que estará compuesta por 4 integrantes, designados por resolución.
La Comisión Evaluadora estará integrada por las siguientes personas:
• Directora de Salud Comunal, o quien esta defina en su reemplazo.
• Dos funcionarios(as) de Dirección Salud.
• Un(a) funcionario(a) del Departamento de Abastecimiento.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta.
Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
Evaluar las Ofertas Económicas de los proponentes que hayan calificado técnicamente.
Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
Solicitar a las oferentes aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación, en virtud de lo establecido en el artículo 39° del Reglamento de Compras.
Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas y cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Corporación; la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes; así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de adjudicación, dirigida a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, señalando en orden decreciente, la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas.
Indicar, en el Acta Final de Evaluación, el valor total de los servicios requeridos, considerando impuestos si correspondiere y la duración total del contrato respectivo.
Por último, los miembros de la Comisión Evaluadora declararán que no tienen conflictos de intereses respecto de los oferentes y/u ofertas evaluadas.
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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA |
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El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación será seleccionado y se procederá, posteriormente, mediante acto administrativo fundado de la Corporación, a la adjudicación del servicio a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
La notificación de la adjudicación, tanto al o los oferentes adjudicados como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el oferente adjudicado se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado o que se desista de su oferta, la Corporación podrá adjudicar, dentro de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses de la Corporación, o bien declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Corporación comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
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FORMALIZACION DE LA CONTRATACION |
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La contratación se realizará mediante la suscripción de contrato.
El adjudicatario deberá suscribir, dentro del décimo día hábil siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación a través del Portal Mercado Público.
El departamento de Abastecimiento será el responsable de la redacción del contrato, para el cual solicitará toda la documentación requerida, tales como:
• Fotocopia de RUT del oferente y de la cedula de identidad de su representante legal.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrá solicitar adicionalmente, toda aquella documentación que estime necesaria para la redacción del contrato.
Las boletas de garantías solicitadas para la ejecución de contrato deberán ser entregadas de forma previa a la suscripción del contrato.
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PAGO |
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La Corporación pagará al Contratista por los servicios encomendados de forma mensual, previa recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica.
El valor a pagar mensual, será conforme a la cantidad de exámenes realizados en el mes a liquidar. Para tales efectos, se emitirá una orden de compra por el Departamento de Abastecimiento, según solicitud de Dirección de Salud, por el mes vencido, indicando claramente la cantidad de exámenes realizados y el monto total a pagar por los servicios prestados.
La Corporación procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días corridos contados desde que el Contratista presente los siguientes antecedentes:
a) Certificado que indique la recepción conforme de los bienes requeridos, otorgado por la Contraparte Técnica de la Corporación (Dirección de Salud).
b) Listado de usuarios atendidos en el mes.
c) Informe mensual.
d) En caso que la empresa o el oferente no posea una cuenta bancaria, se podrá girar el pago al representante legal, siempre y cuando envíe la escritura o extracto de la misma que acredite que es el representante legal vigente.
e) La(s) factura(s) respectiva(s), extendida(s) a nombre de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT Nº 70.954.200-1, domicilio en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa.
f) Declaración jurada simple del proveedor o beneficiario del cobro que señale si la factura será o no cedida a algún factoring de conformidad a la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura, o bien una especificación detallada y documentada, mediante su copia cedible, si el crédito a que da derecho el documento mercantil referido ha sido o será definitivamente cedido a este tipo de instituciones financieras, especificándose con rigurosidad los antecedentes que permitan realizar el pago a tal organismo (nombre, Rut, detalle de cuenta corriente, etc.).
En caso que la factura sea cedida a crédito (factoring) se deberá adjuntar una copia del contrato de factoring y la copia cedible de la factura.
Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo establecido en el artículo 3º Nº 2 de la Ley Nº 19.983.
Para proceder a ejecutar los pagos que correspondan, la Orden de Compra respectiva debe encontrarse aceptada por el proveedor, en el portal www.mercadopublico.cl.
El pago deberá realizarse a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato u orden de compra, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.
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DE LA INSPECCIÓN |
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La labor de Contraparte Técnica será realizada por el (la) Director(a) Comunal de Salud, o por el (la) funcionario(a) que este(a) designe.
a) Autorizar los pagos correspondientes, previa emisión del Certificado de conformidad de los servicios prestados.
b) Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda.
c) Colaborar y asistir al Contratista en el ámbito de sus competencias.
El oferente adjudicado podrá ser visitado, en cualquier momento del periodo vigente del contrato, por el referente del programa Imágenes Diagnosticas, para verificar en terreno la calidad de las prestaciones ofertadas.
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INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR |
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En caso que el Contratista no diese cumplimiento a las obligaciones contraídas en las presentes bases, se aplicará las siguientes multas:
INCUMPLIMIENTO MONTO DE LA MULTA EN UTM TOPE MÁXIMO POR EVENTO EN UTM
No informar previo a la hora de citación al examen, vía E-mail o Telefónica a el Centro de Salud y al paciente, por la suspensión del servicio por cada evento que ocurra. 1 4
El prestador no cumple con el plazo de entrega del Informe de Resultados ofertados. 1 5
Se detecta errores de transcripción, como informar exámenes que no corresponde, por uso de planillas prestablecidas, siendo uno de los posibles casos, en que se informa próstata a pacientes de sexo femenino, entre otros. 2 1
En caso de entrega de informe de resultado del examen correspondiente a otro paciente 3 1
En caso que el prestador se desista a repetir exámenes que presenten deficiencias técnicas o que dificulten precisar el diagnostico. 2 2
Incumplimiento en las condiciones del servicio establecidas en las bases técnicas. 2 1
Los incumplimientos considerados, en la prestación de los servicios en que haya incurrido en falta, serán informados mediante Carta de “Notificación de Incumplimiento” enviada por la Dirección de Administración y Finanzas, al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público.
El proveedor tendrá 5 días corridos para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, por la misma vía al correo electrónico a adquisciones@corporacionlampa.cl con copia a Nicole.pena@corporacionlampa.cl y camila.maldonado@corporacionlampa.cl. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Corporación dictará la respectiva Resolución aplicando la multa respectiva.
Si el contratista hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 20 días corridos a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución, previo V°B° de la Unidad de Control, lo que se notificará al adjudicatario al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público, la cual se entenderá notificada, transcurrido 3 días hábiles de remitido el documento, siendo además publicado oportunamente en el Sistema de Información.
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TÉRMINO ANTICIPADO |
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La entidad licitante podrá declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
3) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
4) Si se disuelve la empresa adjudicada.
5) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales el cobro de multas que superen el tope máximo por evento.
6) Por fallecimiento del proveedor.
En todos los casos señalados, a excepción de la resciliación o mutuo acuerdo, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
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AUMENTO Y/O DISMINUCIÓN DEL MONTO DE LA CONTRATACIÓN. |
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Los productos y/o servicios que se adquieren por la presente licitación, se han programado en base a un consumo histórico, por lo cual se establece que la demanda final está sujeta a consumo operacional, por lo tanto, se deja establecido que puede haber un aumento de hasta un 30% del programa.
Cualquier modificación deberá ser aprobada mediante resolución.
La corporación no está obligada a solicitar o adquirir una cantidad determinada de productos durante la vigencia del contrato, dado que las solicitudes podrán variar mensualmente.
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OTRAS CLAUSULAS |
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18.1. EXIGENCIAS GENERALES
a) Las instrucciones clínicas que deban entregarse a los pacientes para la toma del examen serán de responsabilidad del centro contratista.
b) La citación de los usuarios será responsabilidad del contratista de acuerdo a las indicaciones acordadas previamente con el inspector técnico.
c) Se debe hacer entrega al usuario de un informe del especialista. El tiempo máximo de emisión es de 3 (tres) días hábiles sin biopsia y 10 (diez) días hábiles con biopsia posterior a la ejecución del examen.
d) El informe deberá ser firmado por el especialista que realizó el examen, el cual se hace responsable del diagnóstico del paciente. En caso de la detección de algún hallazgo importante se deberá enviar el informe y alertar vía correo electrónico a referente técnico para realizar las gestiones necesarias para una pronta atención del usuario. Plazo máximo de reporte de resultado crítico 2 días hábiles.
e) El contratista deberá entregar nómina de pacientes atendidos mensualmente, la cual deberá consignar al menos los siguientes datos: Nombre, Rut, edad centro de procedencia, fecha de realización del examen, resultado del examen y diagnóstico, esta debe ser enviada a la Unidad Técnica vía correo electrónico los primeros 5 días hábiles del mes siguiente a la realización del estudio.
18.2. CALIDAD
Los servicios prestados deben ser ajustados a los estándares de calidad expuestos en las bases técnicas de la presente licitación, precisamente en el punto III. “REQUISITOS DE CALIDAD”.
18.3. PERSONAL DEL PROVEEDOR
El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.
18.4. RESPONSABILIDAD CIVIL Y OBLIGACIÓN DE SEGURO
El proveedor deberá responder de todo daño que con ocasión de los trabajos encomendados se cause a tercero o a sus bienes, cualquier sea su propiedad, tanto de particulares, de empresas de utilidad pública, o entidades fiscales o municipales.
18.5. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES LABORALES
La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la CORPORACIÓN de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.
18.6. ELEMENTOS QUE DEBERÁ SUMINISTRAR EL ADJUDICATARIO
Será de cargo del proveedor adjudicado aprovisionar todos los materiales, herramientas, equipamiento, etc. Y todos los gastos que se originen con objeto de esta contratación. Además, el prestador deberá facilitar a todos los establecimientos de salud ordenes de exámenes del respectivo al centro adjudicado.
18.7. PROCEDIMIENTO DE DERIVACIÓN
Los centros de salud dependiente de la Corporación serán los encargados de emitir la ordenes de exámenes y derivar a los pacientes al centro adjudicado. Para mayor información respecto al procedimiento remitirse al punto IV. “PROCEDIMIENTO DE DERIVACIÓN” las bases técnicas de la presente licitación
18.8. MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE TRABAJO
Cuando circunstancias especiales lo ameriten, la Corporación o el proveedor adjudicado podrán solicitar a la contraparte, con la debida antelación, la modificación del cronograma de trabajo, en cuyo caso, tanto la solicitud como la autorización deberán constar por escrito.
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ANTECEDENTES FINALES |
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Para efectos de la presente licitación, las bases administrativas, bases técnicas, especificaciones técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas, formarán parte integra del proceso licitatorio como también para la ejecución del contrato.
Toda impresión o discordancia en los antecedentes o falta de aclaración de un detalle deberá interpretarse en la forma que mejor se beneficie la ejecución del contrato, previa coordinación y autorización del Inspector del Contrato
La información entregada por el contratista a la Corporación deberá estar contenida en formatos o soportes reutilizables y procesables (ejemplo; formato CSV, XML, SPSS, KML, WFS, XLS, etc.
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