1. LICITANTE:
Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
RUT : 61.301.000-9
Dirección : Teatinos N° 40
Comuna : Santiago
Región : Metropolitana de Santiago.
2. ENCARGADO DEL PROCESO EN EL PORTAL Y CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO:
Nombre : Karen Zuñiga Caneo
Cargo : Encargada de Compras y Contrataciones
E-mail : karen.zuniga@minagri.gob.cl.
Tipo de Adquisición : Licitación Pública mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM
Tipo de Convocatoria : Abierta
Tipo de Adjudicación : Simple con emisión automática de orden de compra.
Moneda : Unidad de Fomento
Etapas : Una Etapa
Línea de Producto : Una línea
Publicidad de las Ofertas : La Subsecretaría de Agricultura dispone en este acto, que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.
- SERVICIO SOLICITADO
3.1 Nombre de la adquisición : Contratación de seguros para los vehículos de propiedad de la Subsecretaría de Agricultura.
3.2 Objetivo de la contratación : Contar con un seguro automotriz para el parque de vehículos de propiedad de la Subsecretaría de Agricultura, a lo largo del país desde Arica a Punta Arenas, con una cobertura total, sin deducible.
- NORMATIVA
La presente licitación pública se rige por las siguientes normas:
- Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y estas Bases, que se encuentran conformadas por Bases Técnicas, Bases Administrativas, además de sus correspondientes Anexos.
- Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de La Administración del Estado.
- Ley 19.880, Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Las presentes Bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.
La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:
- Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
- Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante.
- Las consultas a las bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la Subsecretaría de Agricultura. Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las Bases por iniciativa de la Subsecretaría de Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento.
- Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Subsecretaría de Agricultura, durante el proceso de evaluación de ofertas.
- REQUISITOS PARA OFERTAR
5.1 Antecedentes Legales
Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el portal www.chileproveedores.cl, deberán adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto:
a) Persona Jurídica
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa
iii. Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia
iv. Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos).
v. Declaración jurada acreditando que no afecta al oferente incompatibilidades del artículo 4° inciso 1° y 6° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. (ver formato correspondiente a Persona Jurídica en Anexo N° 1).
vi. Declaración jurada referida a la existencia, por parte de la Empresa, de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años (ver formato en Anexo N° 1).
b) Persona Natural
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante.
ii. Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.
iii. Declaración Jurada acreditando que no afecta al oferente las inhabilidades e incompatibilidades del artículo 4° inciso 1° y 6° de la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. (ver formato correspondiente a persona natural en Anexo N° 1).
iv. Declaración jurada acerca a la existencia no de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años (ver formato en Anexo N° 1).
c) Personas Jurídicas Régimen simplificado:
Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa
iii. Certificado de Estatuto Actualizado.
iv. Certificado de Vigencia.
v. Certificado de Anotaciones.
vi. Declaración Jurada acreditando que no afecta al oferente las inhabilidades e incompatibilidades del artículo 4° inciso 1° y 6° de la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. (ver formato correspondiente a persona natural en Anexo N° 1).
- Declaración jurada acerca a la existencia o carencia, de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años (ver formato en Anexo N° 1).
Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas del Estado, portal www.chileproveedores.cl, y que figuren en él en estado de “hábil”, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes.
Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el portal www.chileproveedores.cl, o ser prestados formalmente en las oficinas de la Subsecretaría en los términos y condiciones que establezca el Servicio.
d) Unión Temporal de Proveedores (UTP):
En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar adicionalmente el Anexo N° 7 dispuesto para ello y en caso de ser adjudicataria, al momento de contratar debe presentar el mismo documento antes mencionado donde conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario sea dos o más proveedores.
Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen.
Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
El proveedor que presente la oferta, bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente la plataforma), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público.
Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Subsecretaría el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta.
En caso de disolverse una UTP oferente, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada.
La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.
Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 7, debidamente firmada por el representante legal del proponente.
Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que:
-El Anexo N° 7 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.
- Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Subsecretaría entenderá que el integrante encargado de dicha obligación es quien represente a la UTP.
- Debe constar la inscripción individual de proveedores de los integrantes de la Unión en Chileproveedores, al momento de la suscripción del contrato.
Los oferentes que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Subsecretaría debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.
La Subsecretaría podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de la misma.
En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Subsecretaría el derecho poner término al contrato.
5.2 Presentación de Anexos:
Todos los proveedores, inscritos o no en Chileproveedores, deben adjuntar las declaraciones juradas establecidas en el Anexo N° 1, según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 2, 3, 4, 5, 6 y 7, este último si corresponde, más los documentos que acompañen cada uno de ellos.
Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
- PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1 El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2 El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3 El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
4 El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5 El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6 El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7 El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8 El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
- PLAZOS DE LA LICITACIÓN
CRONOGRAMA:
a) Recepción de ofertas y cierre de postulaciones: hasta las 15:00 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.
b) Acto de apertura electrónica: a las 15:10 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las bases de licitación.
c) Preguntas sobre las bases: estas se podrán realizar hasta las 18:00 horas del cuarto día corrido, contados desde la fecha de publicación de las Bases de Licitación.
d) Publicación de las respuestas a las preguntas sobre las bases: serán publicadas hasta las 18:00 horas del día hábil siguiente al cierre del periodo para hacer consultas.
e) Plazo de Evaluación: 3 días hábiles.
f) Fecha de Adjudicación: la adjudicación se realizará, en el plazo máximo que vence el décimo día hábil, contado desde la fecha definida para el cierre de presentación de ofertas.
g) Cambio en la fecha de adjudicación: si por causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 2 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
h) Formalización del contrato: el contrato se entenderá formalizado con la emisión de la orden de compra y la suscripción del acuerdo entre las partes según lo establece el numeral 14 de las presentes bases de licitación. La Formalización del contrato debe llevarse a cabo durante los 5 días corridos siguientes a la fecha de la adjudicación.
i) Contabilización de los días: En caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.
- VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las propuestas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.
9. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
9.1 Comisión Evaluadora
Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por tres funcionarios/as públicos de la Subsecretaría de Agricultura.
La comisión evaluadora emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.2 de las bases de licitación. El informe antes señalado se enviará a la autoridad correspondiente, incluyendo una propuesta de adjudicación.
La Subsecretaría informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.
La Comisión Evaluadora declarará en la oportunidad que se requiera que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y sus debidas declaraciones juradas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas al momento de la publicación del proceso. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del reglamento de la ley N° 19.886, mencionada en el visto.
En el marco de la ley N° 20.730, los/as funcionarios/as de planta o contrata que formarán parte de la Comisión Evaluadora serán transitoriamente sujetos pasivos de la mencionada ley de Lobby.
Quedará prohibido que los integrantes de la Comisión concedan reuniones a terceros (oferentes o no), sobre materias vinculadas a la evaluación.
Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación del contrato, y de acuerdo con lo establecido en artículo 39 del Reglamento de la ley N° 19.886, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de esta en aquellas instancias previstas en las Bases de Licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.
La comisión evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.
Asimismo, en caso de ser necesario debido a la situación que acontece en el país por la emergencia sanitaria derivada de la pandemia de Coronavirus, la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita la expedita reunión de sus miembros. De lo anterior debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.
9.2 Criterios de Evaluación
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CRITERIO DE EVALUACIÓN
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PORCENTAJE
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1.- Precio
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40%
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2.- Propuesta Técnica:
2.1 Concesionarios 25%
2.2 Clasificación de riesgo de la compañía de seguros 10%
2.3 Servicios adicionales 10%
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45%
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3.- Inclusión laboral y/o género
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10%
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4.- Cumplimiento de Requisitos Formales
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5%
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TOTAL
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100%
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a). - Precio (40%)
Se valorará el precio ofertado en el Anexo N° 2, valor que se mantendrá inalterable durante todo el período de vigencia del contrato y que debe ser expresado en Unidades de Fomento.
b). - Propuesta Técnica (45%):
1. Concesionarios (25%)
Los oferentes deberán indicar la nómina de los Concesionarios Autorizados, representantes de las marcas de los vehículos detallados en el numeral N° 3.4 de las Bases Técnicas, a través de la información que entreguen en el Anexo N° 3, además del detalle que deberán acompañar en archivos adjuntos.
2. Clasificación de riesgo de la compañía de seguros (10%)
Este criterio considera la clasificación de riesgo en la que se encuentre la compañía de seguros que oferta, de acuerdo con la última actualización disponible en la web de la Comisión para el mercado financiero.
3. Servicios Adicionales (10%)
Los oferentes deberán indicar qué servicios adicionales incorporarán a la póliza, de acuerdo con lo señalado en el Anexo N° 2, serán considerados Servicios Adicionales relevantes para la contratación, por ejemplo:
1.- Call Center 24 horas
2.- Grúas
3.- Servicios de asistencia en ruta (no consideradas en las especificaciones técnicas)
5.- Ejecutivos administrador de las pólizas.
6.- Otros (como, por ejemplo, aumento del monto asegurado de las coberturas, etc.)
Se entiende como coberturas adicionales, aquellas coberturas que no se encuentren incluidas en las bases técnicas y agreguen valor a la póliza ofertada, para la Subsecretaría de Agricultura.
c). - Inclusión laboral y/o género (10%)
Se calculará a partir del cumplimiento con alguno de los criterios o factores de inclusión social que declare el proponente en el Anexo N° 6.
d). - Cumplimiento de Requisitos formales (5%)
Requisitos formales son aquellos solicitados en las bases de licitación, respecto de aquellos postulantes que dan cumplimiento a la correcta presentación de la oferta. (Anexos, antecedentes legales, etc.).
9.3 Metodología de Cálculo
Para calcular los porcentajes obtenidos por los oferentes en cada uno de los criterios de evaluación, se utilizará la siguiente metodología:
a) Precio
Criterios de evaluación “Precio”: Se realizará dividiendo el valor de la oferta de menor monto por el valor ofertado i, multiplicando el resultado por él % asignado al criterio específico, de acuerdo con la siguiente fórmula:
![]()
Dónde:
Pi = Puntaje ponderado del criterio en evaluación de la oferta i
Xi = Valor de la oferta i
Xmin = Valor de la oferta de menor monto.
% = Porcentaje asignado al criterio específico, ingresado como número entero.
b) Concesionarios:
Los oferentes deberán completar el anexo N° 3, con la información de los Concesionarios Autorizados por cada Región, que sean representantes de las marcas de los vehículos detallados en el punto N° 3.4 de las Bases Técnicas, por región. La metodología de cálculo será:
![]()
Dónde:
Pi = Puntaje ponderado del criterio en evaluación de la oferta i
Xi = Valor de la oferta i
Xmax = Valor de la oferta de mayor N° de concesionarios por región.
% = Porcentaje asignado al criterio específico, ingresado como número entero.
c) Clasificación de riesgo de la compañía de seguros
Para medir este criterio se utilizará la siguiente escala de puntaje:
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Tramos
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Puntaje
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Clasifica al Oferente en Categoría AAA, AA, AA+, A o A+
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100
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Clasifica al Oferente en Categoría BBB, BB, BB+, B o B+
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70
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Clasifica al Oferente en Categoría CCC, CC o C
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20
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Cualquier otra clasificación distinta a las anteriores
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0
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AAA: La más alta calificación de una compañía, fiable y estable.
AA: Compañías de gran calidad, muy estables y de bajo riesgo.
A: Compañías a las que la situación económica puede afectar a la financiación.
BBB: Compañías de nivel medio que se encuentran en buena situación en el momento de ser calificadas.
Inversiones de riesgo o especulativas
BB: Muy propensas a los cambios económicos
B: La situación financiera sufre variaciones notables.
CCC: Vulnerable en el momento y muy dependiente de la situación económica
CC: Muy vulnerable, alto nivel especulativo.
C: Extremadamente vulnerable con riesgo de impagos
Para verificar la clasificación de riesgo del oferente, esta Subsecretaría revisará las nóminas de Clasificación de Riesgos que se encuentran publicadas en la página http://www.cmfchile.cl/institucional/estadisticas/merc_seguros/rgcri/seg_rgcri_inf1.php, del mes anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas o último mes que se encuentre disponible.
d) Servicios Adicionales:
Los oferentes deberán indicar que servicios adicionales incorporarán a la póliza, de acuerdo con lo señalado en el Anexo N° 2.
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Tramos
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Puntaje
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La oferta agrega más de cuatro coberturas adicionales.
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100
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La oferta agrega cuatro coberturas adicionales.
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80
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La oferta agrega tres coberturas adicionales.
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60
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La oferta agrega dos coberturas adicionales.
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40
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La oferta agrega una cobertura adicional.
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20
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La oferta no agrega coberturas adicionales o no informa.
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0
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Para estos efectos el oferente debe completar el ítem “Adicionales” del Anexo N° 2. En caso de no presentar la información requerida en dicho anexo se le asignará 0 puntos en este criterio.
Se entenderá servicio adicional, aquel que agregue valor a la prestación contratada y que no se interprete como parte de los servicios contratados o una duplicidad con otro servicio adicional propuesto o que es parte de la base de servicios que se establecen en las presentes bases.
e) Inclusión:
Se calculará a partir de los siguientes datos o parámetros de información, completa completar Anexo N° 6:
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Inclusión laboral y/o de género
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Ítem
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Materias y contenidos
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Medio de verificación
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Política de Inclusión Laboral y/o de género (5%)
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Jóvenes trabajadores
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El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a Jóvenes (18 a 25 años) a partir de políticas no discriminatorias.
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1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores jóvenes desempleados; copia del carné de identidad del trabajador; y certificado de la AFP respecto a que el trabajador no tuvo cotizaciones en los últimos 3 meses antes del inicio de la fecha del contrato; o
2. Acreditación como beneficiario del programa “Subsidio Joven” de SENCE.
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Trabajadores de la tercera edad
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El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la Tercera Edad Activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años) a partir de políticas no discriminatorias.
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1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores adulto mayor, con antigüedad igual o mayor a 3 meses; y
2. Copia de carné de identidad del trabajador.
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Trabajadores pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios
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El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias.
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1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses; y
2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.
Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país.
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Trabajadores en situación de discapacidad
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El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.
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1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses;
2. Inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.
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Mujeres trabajadoras
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1- El oferente es una persona natural de género femenino.
2-El oferente es una microempresa* liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer.
3-El oferente demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados.
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Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:
1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).
2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes.
3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa.
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*Entiéndase para el concepto de “Microempresa”, lo siguiente: “Entidad que ejerce una actividad económica donde sus ventas anuales son inferiores a UF 2.400 y el número de trabajadores es de 1 a 9 personas”.
**Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.
***Se entenderá cumplido el requisito si el oferente al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.
Asignación de puntaje:
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Subcriterio
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Ítem
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Puntaje
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Política de Inclusión Laboral y/o de género
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Cuenta con dos o más factores de inclusión laboral y/o de género.
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100
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Cuenta con un factor de inclusión laboral y/o de género.
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50
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No cuenta con factores de inclusión laboral y/o de género.
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0
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f) Cumplimiento de Requisitos Formales
Corresponde al cumplimiento de los oferentes en lo referido a la correcta presentación de la oferta. El cumplimiento de requisitos formales implica que se hubieren incluido aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, a saber:
1) Presentación de anexos técnicos según formatos.
2) Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.
3) Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.
La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta, la no respuesta por los oferentes en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación del proveedor, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose su oferta como inadmisible.
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Servicio
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Puntaje
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Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.
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100
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Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, y si se solicita su rectificación y/o aclaración responde dentro de los plazos previstos para ello.
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50
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No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y/o no responde dentro de los plazos establecidos.
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0
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9.4 Puntaje Mínimo de Adjudicación
Se adjudicará la licitación el proveedor que obtenga el mayor puntaje ponderado a los criterios de evaluación, no obstante, dicho puntaje ponderado debe ser igual o superior al 60%.
En caso de que ningún proponte alcance dicha puntuación ponderada la licitación será declarada desierta, en los términos previstos en el numeral 14 de las presentes bases.
9.5 Mecanismo para Dirimir Empates
En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
- En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “precio”.
- En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “propuesta técnica”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “concesionarios”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “servicios adicionales”.
- De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el máximo puntaje ponderado en la evaluación del criterio del criterio “inclusión laboral y/o género”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “clasificación de riesgo de la compañía de seguros”.
- De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el criterio de “cumplimiento de requisitos formales”.
- En caso de mantenerse el empate, se resolverá por la fecha y hora de ingreso de la oferta en el Sistema de Compras.
9.6 Aclaraciones y/o Consultas a Las Bases De Licitación
Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl.
La Subsecretaría dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.
10. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
La Subsecretaría exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta del proveedor/a como archivos adjuntos.
Solamente en el periodo de evaluación y en los casos que la Subsecretaría lo estime necesario, y ante la omisión o rectificación de antecedentes y errores, se solicitará durante el proceso de evaluación la rectificación de documentación en términos formales, mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deberán ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de 48 horas hábiles.
Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886.
La subsecretaría no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales, los aplicativos o la página web de ChileCompra www.mercadopublico.cl, siendo de responsabilidad de cada proveedor, proporcionar la información requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases, para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a la Subsecretaría para rechazar las ofertas.
11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
El oferente debe ingresar su oferta técnica y económica a través de los Anexos adjuntos, así como toda la información que la respalde en formato digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los plazos ahí señalados, indicando con detalle, las características y descripción de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso previo de todos los formularios y anexos requeridos, asegurándose de haber publicado su oferta a través del portal electrónico de compras públicas. Actuar en contrario facultará a la Subsecretaría para rechazar las ofertas.
12. COSTOS
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Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de que su oferta no sea rechazada, desestimada o no considerada por la Subsecretaría.
13. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
La Subsecretaría se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas en la apertura, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes Bases de Licitación Pública, sin que ello otorgue derecho alguno a los oferentes a reclamar indemnización alguna por este motivo.
Serán rechazadas en el Acto de apertura de ofertas, aquellas propuestas que:
- Excedan el presupuesto máximo disponible.
- No presenten el Anexo N°1 “Declaración Jurada”.
- No presenten el Anexo N° 7, para UTP, si procede.
- Anexos 4 y 5, en caso de que corresponda para corredores, ajustándose completamente a lo previsto en el numeral 7 de las bases técnicas.
- Oferten seguros con deducible.
14. DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN CONSULTAS SOBRE LA MISMA Y RE-ADJUDICACIÓN.
Notificación: la Subsecretaría informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.
Re-adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra, no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En consecuencia, cualquier incumplimiento del proveedor adjudicado, facultará a la Subsecretaría de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada de acuerdo con la evaluación efectuada por la comisión evaluadora.
Declaración de Desierta: la Subsecretaría podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la ley 19.886.
Consultas: El o los proveedores que tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.
15. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN
La Subsecretaría podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
La Subsecretaría podrá ampliar los plazos establecidos en las presentes bases si tiene lugar situaciones determinadas como fuerza mayor o caso fortuito, lo que será calificado formalmente por esta entidad, siempre previo al cierre del proceso de licitación y otorgando un plazo prudencial para ofertar.
La modificación se hará efectiva una vez que sea aprobada por el respectivo acto administrativo.
16. CONTRATO
La Subsecretaría suscribirá con el adjudicatario un contrato que establecerá las siguientes clausulas:
16.1 Inicio del servicio y plazo del contrato:
El contrato comenzará a regir a partir de su total tramitación administrativa y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2022.
La vigencia de las pólizas de seguros será de 12 meses a partir de las 00:00 del 1° enero de 2022 y hasta las 23:59 del 31 de diciembre de 2022.
Los servicios requeridos corresponden al aseguramiento de 24 vehículos de propiedad de la Subsecretaría de Agricultura, los que se asegurarán desde el 01 de enero (00:00) del año 2022 hasta las 23:59 del 31 de diciembre de 2022.
Se deja establecido que durante la vigencia de la relación contractual la Subsecretaría de Agricultura podrá solicitar las bajas o incorporaciones que se requieran y el proveedor adjudicado reducirá los precios o, en su caso, aceptará las incorporaciones manteniendo las condiciones de asegurabilidad propuestas del vehículo que se trate.
En caso de existir diferencias por pagar por concepto de endoso, la Subsecretaría aprobará el presupuesto enviado por la aseguradora y emitirá la respectiva Orden de Compra, para proceder al pago.
16.2 Forma de pago
El pago se realizará en una cuota, una vez recibidas conforme las pólizas de seguro por parte de la Subsecretaría, el proveedor debe emitir la factura, según corresponda, de acuerdo con el detalle de la orden de compra enviada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La factura debe ser emitida de la siguiente forma:
Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
RUT : 61.301.000-9
Dirección : Teatinos N° 40
Giro : Servicio Público
Glosa : identificación de la orden de compra y póliza
Como el valor de la contratación será en unidad de fomento, se establece por este acto que el pago se realizará en pesos, considerando, para la conversión de la Unidad de Fomento, el valor de ésta para el día de la emisión de la factura.
La factura será pagada en un plazo no superior a los 30 días corridos, contados desde su recepción conforme.
El archivo XML de las facturas debe ser ingresado electrónicamente a la siguiente casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com, con copia del PDF a correo electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde podrá acompañar otros antecedentes, si así corresponde, adicionalmente debe consignar en el campo 801 o folio el ID de la orden de compra en forma exacta como se establezca en el sistema de información.
El adjudicatario debe acompañar además de la factura el certificado de cumplimento del pago de las leyes sociales de sus trabajadores. Formulario F-30 o certificado de PreviRed, en cualquiera de los casos debe corresponder al pago del mes de servicio que se está cobrando.
La Subsecretaría de Agricultura, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la ley N° 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada. Dicho reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación, mediante la plataforma electrónica dispuesta por el SII, para dichos efectos.
Es responsabilidad del proveedor adjudicado incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la Subsecretaría para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).
16.3 Factoring
En caso de que el proveedor ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por el proveedor.
Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 del Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
Tratándose de cesión electrónica el proveedor debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.
16.4 Incumplimientos y Multas
La Subsecretaría estará facultada para aplicar multas cada vez que el adjudicatario no proporcione los servicios convenidos dentro de los plazos fijados en su oferta, póliza contratada o bajo las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación. Dichas multas serán aplicadas en forma administrativa y serán pagadas por el proveedor en los términos que establezca la resolución que las aplique.
A continuación, se detallan los criterios conforme a los cuales se determinarán y aplicarán las multas por incumplimientos en la prestación de los servicios contratados:
Incumplimiento
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Multa
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Atraso en la entrega de las pólizas contratadas
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1 UF por día hábil de atraso, con un tope de 10 días hábiles.
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Atraso en el plazo de liquidación de siniestros, de acuerdo con lo que establece la normativa vigente.
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1 UF por día hábil de atraso. Con un tope de 20 días hábiles.
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Resolución negligente o tardía ante un siniestro, entendiéndose excesivo plazo (sobre 5 días hábiles) para la asignación de un taller, o contacto de respuesta sobre 24 horas, desde la comunicación formal de la Subsecretaría.
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5 UF por evento. Con un tope de 10 días hábiles y 72 horas, respectivamente.
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La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor que posea la Unidad de Fomento al día de la notificación de aplicación de ésta.
Las multas y el comportamiento general del proveedor serán informados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo a lo establecido en el artículo 96 bis del reglamento de la ley N° 19.886.
Procedimiento de cobro de multas:
Una vez producido el incumplimiento, la Subsecretaría notificará formalmente el incumplimiento mediante el acto administrativo correspondiente otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir del envío de la notificación para que el proveedor formule sus descargos en el plazo mencionado.
La Subsecretaría contará con un plazo máximo de 10 días hábiles para otorgar respuesta al proveedor y formalizar el cobro de la multa respectiva, si así procediese, para instruir la forma de pago de la misma.
En resumen, los plazos del proceso de cobro de multas son los siguientes:
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Notificación al proveedor
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Respuesta - Descargos
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Respuesta formal – Notificación de Multa.
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3 días hábiles – Correo Certificado.
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5 días hábiles para responder a la Subsecretaría.
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10 días hábiles a partir de los descargos del proveedor o cumplido el plazo para responder.
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16.5 Término anticipado del servicio contratado
La Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 de la ley N° 19.886, en el artículo 77 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y las multas, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Cuando el proveedor incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, haber formalizado más de dos multas durante la vigencia del contrato.
- Si el proveedor registra incumplimiento del pago de remuneraciones de sus trabajadores.
- Estado de notoria insolvencia del contratante.
- Si el proveedor perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.
- Si el proveedor supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases de licitación.
- No dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La Subsecretaría en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.
En este caso, la Subsecretaría debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte del proveedor, para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.
16.6 Supervisión del contrato
La Subsecretaría de Agricultura ejercerá la supervisión integral del desarrollo del servicio contratado, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una contraparte técnica para que la represente, la que estará integrada por un funcionario del Departamento de Administración y Operaciones de la Subsecretaría.
Entre las funciones que tendrá la contraparte técnica, se mencionan y detallan las siguientes:
a) Supervisar y controlar la entrega de los servicios contratados.
b) Otorgar la recepción conforme y orden de pago de las facturas.
c) Informar sobre la procedencia de la aplicación de multas ante eventuales incumplimientos por parte del proveedor.
16.7 Subcontratación
La persona o empresa adjudicada podrá subcontratar con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta un 30% de la totalidad del contrato, siempre que ello sea informado por escrito a la Subsecretaría, con la debida antelación, esto es, con a lo menos cinco días hábiles anteriores a la fecha de la subcontratación. La Subsecretaría se pronunciará por escrito, en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada.
El incumplimiento de la notificación antes mencionada generará el cobro de multas pertinentes. Del mismo modo, el subcontratista debe dar debido cumplimiento a las condiciones del contrato, siendo el titular el responsable final de las acciones.
La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92, de conformidad con lo que se dispone en el numeral 2, del inciso segundo, del artículo 76, ambos del reglamento de la ley N° 19.886.
17. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Tanto el proveedor como la Subsecretaría están exentos de responsabilidad en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales, debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto el artículo 45 del Código Civil.
El proveedor que se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a la Subsecretaría, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.
La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la Subsecretaría de Agricultura mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione el proveedor y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.
En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, debiendo el proveedor también extender las garantías vigentes, hasta cumplir con los términos y condiciones de las presentes bases.