Licitación ID: 3421-1-LE26
Adquisición de Alimento Seco para CEC
Responsable de esta licitación: Ejercito de Chile
Fecha de Cierre: 22-04-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 336
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 7 días para que cierre esta licitación.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Alimento seco para perros y gatos 1 Unidad
Cod: 10121801
Adquisición de Alimento Seco para Ejemplares Caninos del Centro de Entrenamiento Canino (CEC) del Regimiento de Policía Militar N.° 1 Santiago  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición de Alimento Seco para CEC
Estado:
Publicada
Descripción:
Adquisición de Alimento Seco para Ejemplares Caninos del Centro de Entrenamiento Canino CEC del Regimiento de Policía Militar N.° 1 “Santiago”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Regimiento de Policía Militar Nº1 Santiago
R.U.T.:
65.084.220-0
Dirección:
Avenida Las Perdices 700
Comuna:
Peñalolén
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-04-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 15-04-2026 12:29:36
Fecha inicio de preguntas: 15-04-2026 13:30:00
Fecha final de preguntas: 17-04-2026 13:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-04-2026 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-04-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-04-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 27-04-2026 16:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 3 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SANTIAGO, RESOLUCIÓN RPM N.º 1 S-4 / CGA (P) N.° 4182/_____/____ / 2026. RESOLUCIÓN EXENTA DEL COMANDANTE DEL REGIMIENTO DE POLICÍA MILITAR N.º 1 “SANTIAGO” VISTOS: 1. Lo dispuesto en el DFL N.º 1/19.653, que “Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N.º 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (MINSEGPRES) de 17NOV2001”; 2. Las disposiciones contenidas en la Ley N.º 18.928, que “Fija normas sobre adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales muebles y servicios de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento complementario, aprobado por Decreto N.º 95 del Ministerio de Hacienda, de 2006; 3. Lo establecido en la Ley N.º 19.886, “Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios” y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 661 del Ministerio de Hacienda, de 12DIC2024; 4. Lo establecido en la Ley N.° 21.634, que “Moderniza la Ley N.° 19.886 y otras normas, con el objeto de optimizar la calidad del gasto público, elevar los estándares de probidad y transparencia e incorporar principios de economía circular en las compras del Estado”; 5. Lo establecido en la Ley N.º 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”; 6. Lo establecido en la Resolución N.º 36, de 23DIC2024, que “Fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón”, de la Contraloría General de la República; 7. Lo establecido en el Certificado de Disponibilidad de Fondos N.º 01/2026, para el financiamiento de la “Adquisición de Alimento Seco para Ejemplares Caninos del Centro de Entrenamiento Canino (CEC), perteneciente al Regimiento de Policía Militar N.° “Santiago”, emitido por la Sección Finanzas de fecha 04MAR2026. 8. Lo establecido en el Certificado de Revisión de Convenio Marco N.º 01/2026, de 05MAR2026, emitido por el Centro de Gestión de Adquisiciones, en el cual se indica que los elementos requeridos no se encuentran disponibles en el catálogo electrónico de Convenio Marco. 9. Lo consignado en el Plan Anual de Compras año 2026 para el Regimiento de Policía Militar N.° 1 “Santiago” mediante la Resolución RPM N.° 1 S-4 / CGA (P) N.° 4182/1065/304 “EXENTA” del 29ENE2026. 10. Lo indicado en la solicitud interna de compra N.° 341833 de fecha 19 de Marzo de 2026. CONSIDERANDO: 1. Que, el Regimiento de Policía Militar N.° 1 “Santiago”, cuenta con un Centro de Entrenamiento Canino (CEC), ubicado en el Predio Militar lo Aguirre, comuna de Pudahuel, en donde personal especialista de esta UR se desempeña en el entrenamiento de los 25 ejemplares caninos con el que cuenta dicho centro, los que realizan funciones de patrullaje junto a su guía en la Macrozona Norte del país. 2. Derivado de lo anterior, esta UR se encuentra en la necesidad de gestionar la adquisición de alimento seco para los ejemplares caninos en comento, permitiendo así mantener una dieta apropiada a las actividades de sus funciones institucionales y de las múltiples actividades, determinadas por el alto manto, que desarrollan en este periodo, lo que conlleva a un aumento en la cantidad de calorías consumidas. Por otra parte, las condiciones climáticas en el Predio Militar Lo Aguirre, inserto en la comuna de Pudahuel, y propias de la zona geográfica, proporcionan bajas temperaturas provocando un mayor consumo energético. 3. Que, en consideración a lo señalado en el Art. 46° del reglamento de compras públicas, se estima el tiempo de publicación en relación a la complejidad y monto indica que: Cuando el monto de la contratación sea igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM, el plazo mínimo que debe mediar entre la publicación de las bases y la recepción de las ofertas será de un mínimo de 10 (días) días corridos, a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas. No obstante, el plazo señalado podrá rebajarse hasta cinco días corridos en el evento de que se trate de la contratación de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleve un esfuerzo menor en la preparación de ofertas. 4. Que, ante lo anterior señalado, cabe esclarecer que producto de los últimos acontecimientos vividos en esta UR, han mantenido al personal que cumple funciones dentro del Centro de Gestión de Adquisiciones, en diversas actividades, lo cual nos lleva a la necesidad de rebajar los plazos establecidos para esta Licitación que, aun así, es de simple y objetiva especificación 5. Que, la clasificación de esta será LE (Licitación Pública para contrataciones igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM). 6. Que, existe la disponibilidad presupuestaria en el ítem 22.01.002 “Para Animales”, vinculada a la estructura programática PE-FFAA-00171 para la presente licitación asociada a la “Adquisición de Alimento Seco para Ejemplares Caninos del Centro de Entrenamiento Canino (CEC) del Regimiento de Policía Militar N.° 1 Santiago”, el presupuesto total asignado para la presente Licitación Pública es de $ 23.000.000.- (Veintitrés Millones de Pesos) IVA incluido, conforme a lo indicado en certificado de disponibilidad presupuestaria de “Vistos 7”, dando cumplimiento con ello, a lo señalado en el artículo 11 del Decreto N.º 250 que “Aprueba Reglamento de la Ley N.º 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”, el presupuesto total asignado se especifica de la siguiente manera: Requerimiento Ítem Presupuesto disponible Adquisición de Alimento Seco para Ejemplares Caninos del centro de entrenamiento canino (CEC) del Regimiento de Policía Militar N.° 1 “Santiago” 22.01.002 “Para Animales” $ 23.000.000.- Monto Total Disponible $ 23.000.000.- Los oferentes DEBERÁN ofertar, a través de los Anexos de las presentes bases de licitación u otro similar con todo lo exigido en este y sus ofertas no podrán exceder el presupuesto disponible, toda oferta que exceda el presupuesto disponible será declarada inadmisible, no siendo sujeta a evaluación. Los oferentes que oferten deberán ajustarse a las especificaciones o requerimientos técnicos contenidos en las presentes bases de licitación. 7. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N.° 19.886, y en los artículos 89 y 30 del Decreto Supremo N.° 661, del 12DIC2024, del Ministerio de Hacienda, y atendido que revisado el Catálogo de Convenio Marco vigente, no se identificaron bienes o servicios que satisfagan el requerimiento institucional, corresponde proceder conforme al procedimiento de Licitación Pública, conforme a lo indicado en certificado de “Vistos 8”. 8. Que, mediante la resolución de “vistos 9” se aprueba el “Plan Anual de Compras año 2026”. RESUELVO: 1. LLÁMESE a Licitación Pública para la “Adquisición de Alimento Seco para Ejemplares Caninos del Centro de Entrenamiento Canino (CEC) del Regimiento de Policía Militar N.° 1 “Santiago”, el llamado junto a los antecedentes que regirán el procedimiento concursal y serán publicados a través del sistema de información de compras públicas de la plataforma www.mercadopublico.cl. 2. Apruébense las siguientes bases administrativas y técnicas, asimismo los Anexos A “Oferta Económica”, Anexo B “Cronograma de Licitación”, Anexo C “Compromiso de Integridad y Ética Empresarial”, Anexo D “Formulario de Datos del Oferente” y el Anexo E “Declaración Jurada Simple” que regirán el presente procedimiento concursal. BASES ADMINISTRATIVAS PARA LA “ADQUISICIÓN DE ALIMENTO SECO PARA EJEMPLARES CANINOS DEL CENTRO DE ENTRENAMIENTO CANINO (CEC) DEL REGIMIENTO DE POLICÍA MILITAR N.° 1 “SANTIAGO”. Artículo 1º: Las presentes bases administrativas y técnicas, regulan el llamado a propuesta pública para efectuar la “Adquisición de Alimento Seco para Ejemplares Caninos del Centro de Entrenamiento Canino (CEC) del Regimiento de Policía Militar N.° 1 “Santiago”, ubicado al interior del Predio Militar “Lo Aguirre”, conforme a las condiciones descritas en el presente instrumento. Artículo 2º: La presente propuesta se publicará a través del sistema de información y será cursada a todos aquellos oferentes que se encuentren inscritos en el Portal “Mercado Público” y/o “Chile Proveedores”. Artículo 3º: Las etapas y plazos del procedimiento de Licitación Pública se encuentran establecidos en el Anexo B “Cronograma de Licitación”, sin perjuicio de ello, estos plazos podrán ser modificados de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. En consideración a lo señalado en el Art. 25° del reglamento de compras públicas, que se estima el tiempo de publicación en relación a la complejidad y monto indica que: Cuando el monto de la contratación sea igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM, el plazo mínimo que debe mediar entre la publicación de las bases y la recepción de las ofertas será de un mínimo de 10 (días) corridos, no obstante, el plazo señalado anteriormente podrá rebajarse hasta 05 (cinco) días corridos en el evento de que se trate de la contratación de bienes y servicios de simple y objetiva especificación, a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas. Por regla general, las referencias a días hábiles efectuadas en el presente acto administrativo se entenderán hechas a días hábiles administrativos, considerándose días inhábiles los sábados, domingos y festivos nacionales, salvo mención expresa en contrario. La presente propuesta se llevará a cabo en una etapa, lo que, de conformidad con la ley, consiste en que en el acto de apertura se procederá a la apertura de la oferta técnica y económica. Artículo 4º: De los participantes Podrán participar en esta propuesta todas las personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores - en adelante UTP-nacionales o extranjeras, a través de sus representantes con domicilio en Chile, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la Administración del Estado, y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas. Artículo 5°: Para ofertar Como requisito para ofertar, los Proveedores, al momento de presentar sus propuestas, deberán encontrarse inscritos en estado hábil en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, debiendo adjuntar a través del sistema de información, los siguientes antecedentes: a. Suscribir electrónicamente la “Declaración Jurada para ofertar” que se encuentra disponible el portal Mercado Público para estos efectos, conforme a la Ley N.° 19.886. La entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que la entidad licitante podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales". Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N.°19.886, no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte. b. Adjuntar Anexo A “Oferta económica” o similar que cuente con toda la información requerida en este. El incumplimiento de uno o más de los requisitos mínimos obligatorios para ofertar, tendrá por efecto que su oferta sea rechazada, no siendo evaluada y declarándose inadmisible. Artículo 6°: Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto, salvo que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 115, numeral 3 del Reglamento de la Ley N.°19.886, es decir, mediante la presentación por parte del oferente del respectivo certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP). En dicho caso, sí producto de la indisponibilidad los oferentes afectados no hubieren podido presentar su oferta dentro del plazo, deberán solicitar a la DCCP, dentro del plazo de 24 horas siguientes al cierre para presentar ofertas, el certificado que acredite esa situación, y contarán con un plazo adicional de (02) días hábiles, contados desde el envío del certificado por la DCCP, para presentar su oferta fuera del sistema. Sin perjuicio de lo anterior, los documentos ingresados por esta vía deberán ser publicados en la plataforma una vez solucionada la indisponibilidad. En ese orden, si uno o más oferentes se acogen a lo señalado precedentemente, deberán presentar, en las instalaciones de la entidad licitante, Avenida las Perdices N.° 700, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, junto al certificado, toda su documentación en un sobre, junto a ello deberá presentar una hoja en duplicado con la información que contiene el sobre (índice) el cual deberá ser firmado con nombre, R.U.T y fecha, por el representante legal y el Supervisor de Mercado Público de la unidad licitante, con la hora y fecha exacta en la cual se realizó la entrega por parte del oferente. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Asimismo, deben verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados en estas bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. La apertura de las ofertas se realizará en la fecha y horario estipulados en el Anexo B “Cronograma de Licitación” de las presentes bases o en la informada a través del sistema de información en caso de que esta sea prorrogada, en las dependencias del Regimiento de Policía Militar N.° 1 “Santiago” ubicado en Avenida las Perdices N.° 700, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana. Si algunos de los oferentes desean participar de la apertura de dichas ofertas, lo podrá hacer, siempre que haya cumplido a cabalidad con los requisitos para ofertar previamente señalados. Artículo 7°: De las disposiciones generales El proveedor asumirá todos los gastos y responsabilidades, relacionados con las gestiones administrativas, ejecución y riesgos de llevar a cabo el suministro de bienes o servicios contratado. Las ofertas, documentos y correspondencia relativa a la licitación que intercambie el proponente y el Regimiento de Policía Militar N.° 1 “Santiago”, en adelante, el “RPM N.° 1” o la “Entidad Licitante” deberán redactarse en idioma español. Artículo 8°: Los oferentes participantes en la presente propuesta estarán obligados a cumplir con los requisitos que se detallan en las presentes bases administrativas, bases técnicas, anexos y aclaraciones, los cuales forman parte integrante de estas bases. Artículo 9°: Presupuesto disponible El presupuesto para la presente Licitación Pública asciende a la suma total de $ 23.000.000.- (Veintitrés Millones de Pesos) IVA incluido. Las ofertas que excedan el monto antes informado serán declaradas inadmisibles, no siendo sujeto a evaluación, ya que ofertar dentro del monto informado es considerado un requisito excluyente para presentar su propuesta. La adjudicación se encuentra sujeta a la legítima disponibilidad presupuestaria, por lo que, en caso de no disponer de la misma dentro del plazo para adjudicar, se podrá dejar sin efecto el procedimiento licitatorio, revocando el mismo, ello sin perjuicio de las facultades de ampliar ese plazo de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Artículo 10°: Tipo de Contrato Orden de compra y suscripción del contrato: la “Adquisición de Alimento Seco para Ejemplares Caninos del centro de entrenamiento canino (CEC) del Regimiento de Policía Militar N.° 1 “Santiago”, ubicado al interior del Predio Militar “Lo Aguirre”, se materializará, a través de la emisión y aceptación de la Orden de Compra, no requiriéndose la suscripción de un contrato, haciéndolo de tal, la respectiva orden de compra, lo anterior por tener por objeto, la presente licitación, la adquisición de bienes estándar de simple y objetiva especificación, indicado en el Art. 117 del reglamento de compras, aprobado por DS N.° 661, se entienden formar parte integral de la misma, las obligaciones contenidas en las presentes bases y lo ofertado por el proveedor adjudicado. Artículo 11°: Preguntas Toda consulta o aclaración a las presentes bases administrativas, bases técnicas o informaciones adicionales que requieran los oferentes, deberán efectuarse sólo a través del sistema de información, en el foro de preguntas dispuesto para ello, lo anterior dentro del plazo dispuesto en el Anexo B “Cronograma de licitación”, las que para todos los efectos legales forman parte integrante de estas bases. Las respuestas se pondrán a disposición de todos los proponentes, mediante Resolución, la cual será publicada en el portal de Mercado Público, en el plazo indicado en el Anexo B “Cronograma de licitación”. En caso de que el número de preguntas que se reciban sea superior a 50, la Entidad Licitante podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 02 (dos) días hábiles administrativos, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación. Artículo 12°: Modificación de las Bases y Prórroga. La Entidad Licitante podrá modificar las bases administrativas, bases técnicas, sus anexos y plazos de licitación hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Respecto de la modificación de las bases administrativas, técnicas y sus anexos estos serán modificados por medio de resolución fundada y publicadas en el portal de Mercado Público, en el sitio www.mercadopublico.cl, considerándose un plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, en un mínimo de 02 (dos) días corridos. Asimismo, podrá prorrogar la fecha de evaluación y adjudicación, informando los motivos y el nuevo plazo a los oferentes, a través del sistema de información. Sin perjuicio de lo previamente señalado, y sin que resulte una enunciación taxativa, la Entidad Licitante podrá modificar las Bases y su cronograma, en los siguientes casos: - En los casos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, para la presentación de ofertas. - En caso de que producto de las observaciones efectuadas en la visita técnica la Entidad licitante estime necesario complementar o modificar los requerimientos técnicos del bien o servicio a contratar. - En caso de que producto de las consultas realizadas por el oferente la Entidad Licitante estime necesario complementar o modificar las Bases administrativas y/o técnicas, así como sus Anexos. - En caso de que la Entidad Licitante, haga uso de las facultades para salvar oferentes frente a errores y correcciones meramente formales o antecedentes omitidos, de conformidad a lo señalado en las presentes Bases. Artículo 13°: Pacto de integridad El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación, asimismo el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder premios, dádivas o pagos, cualquiera sea su naturaleza tipo y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma. b. El oferente se obliga a revisar y verificar toda información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. c. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. d. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidades ofertadas. e. El oferente reconoce y declara que se encuentra en conocimiento que la presente contratación tiene por objeto la contratación de bienes o servicios para la satisfacción de un interés público, debiendo alinear su participación durante todo el proceso de contratación y ejecución contractual , a ese interés general, por lo que se compromete a llevar a cabo sus obligaciones sin tomar ventajas indebidas, y en general a no transgredir la legalidad, eficiencia, eficacia, transparencia y el adecuado uso de los bienes y recursos fiscales, durante todo el procedimiento de licitación y de ejecución contractual. Artículo 14°: De la presentación de las propuestas Se entenderá que, por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de las bases administrativas, técnicas, anexos y aclaraciones. Las ofertas deberán formularse en forma pura y simple, no sujetas a modalidad, salvo aquellas expresamente contempladas en las presentes Bases, en idioma español, manteniendo su vigencia por el plazo de 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de su presentación en el Sistema de Información. La suscripción de los Anexos deberá efectuarse en el caso de personas naturales por esta misma, de personas jurídicas por su representante legal o por el apoderado que cuenta con facultades suficientes, y de las UTP, por el apoderado que represente la misma. Artículo 15°: Propuesta económica Los oferentes deberán presentar su propuesta económica mediante el Anexo A o modelo similar, el cual deberá contar con toda la información requerida en el Anexo A, a través del sistema de información, dentro del plazo contemplado para el cierre de la presente licitación según lo dispuesto en el Anexo B “Cronograma de licitación”, debiendo considerar en el precio de la oferta, todos los costos y gastos necesarios, para dar cumplimiento a lo solicitado. El detalle itemizado solicitado tendrá un carácter exclusivamente referencial y descriptivo, y será requerido de manera separada de la oferta económica, teniendo por objeto facilitar la verificación técnica del cumplimiento de las partidas, actividades o componentes comprendidos en el servicio contratado, así como la correcta ejecución del mismo al momento de la recepción conforme. Dicho detalle itemizado no constituirá oferta económica, ni regulará, fiscalizará o desagregará costos, gastos, utilidades o márgenes del oferente, no tendrá efectos en la determinación del precio, ni dará origen a pagos parciales, reajustes o compensaciones, debiendo entenderse el precio ofertado como único, global y definitivo para todos los efectos del presente procedimiento concursal. En caso de disconformidad entre el Anexo A “Oferta económica” o similar y el Comprobante de Ingreso de la Oferta, primará lo expuesto en el Anexo A o similar. Asimismo, de acuerdo con lo requerido en las presentes Bases, deberá acompañar junto con esa oferta, los documentos que acrediten el cumplimiento de los criterios de evaluación de experiencia en el rubro y del programa e integridad y ética empresarial, necesarios para su evaluación. Artículo 16º: Propuesta Técnica Los oferentes deberán presentar un documento de propuesta técnica, incluyendo todo lo requerido en las Bases y especificaciones Técnicas, a través del sistema de información con anterioridad al término del plazo contemplado para la recepción de ofertas, según lo dispuesto en el Anexo B “Cronograma de Licitación”. Artículo 17º: Rechazo e Inadmisibilidad Se podrán rechazar en el acto de apertura de la licitación, aquellas propuestas que no cumplan en general, con los requerimientos establecidos en las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, declarándose inadmisibles, y no siendo evaluadas. A su vez, se podrán declarar inadmisibles aquellas ofertas que resultando admisibles y siendo evaluadas, no cumplan en general, con los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases administrativas y técnicas, y Anexos. Asimismo, se podrán declarar inadmisibles cuando se determine que aquellas ofertas no cumplan con la Ley de Compras Públicas N.° 19.886 o su Reglamento DS N.° 661. Sin perjuicio de lo anterior, durante el período de evaluación, el RPM N.° 1 podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales, no se considerará error formal, errores sobre el precio ofertado. Asimismo, podrá permitir la presentación de antecedentes o certificaciones omitidas siempre y cuando estas se hayan producido y obtenido antes del vencimiento para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento de esta y el periodo de evaluación. Con todo, los errores y omisiones que se soliciten y permitan subsanar o salvar a los oferentes, no podrán conferirles a dichos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. Esto implica que, mientras no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, la solicitud será informada a los oferentes, a través del sistema de información, conforme al artículo 56 del Reglamento Complementario de la Ley N.° 19.886. Artículo 18°: Evaluación de las ofertas La evaluación de las ofertas se realizará conforme a lo establecido en las presentes Bases, considerando todos los antecedentes solicitados para estos efectos. La evaluación técnica y administrativa será efectuada por el centro de entrenamiento canino (CEC), en su calidad de órgano requirente, y por el Centro de Gestión y Adquisiciones (CGA), en su calidad de órgano técnico administrativo y económico, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, quienes elaborarán el correspondiente Acta de Evaluación, el cual servirá de antecedente para la dictación del acto administrativo que resuelva el presente procedimiento concursal. Para el cumplimiento de sus funciones, y sin que la enumeración sea taxativa, los órganos antes señalados, a través de los funcionarios que determinen para estos efectos, podrán: a) Responder el foro de preguntas presentadas por los oferentes, si las hubiera. b) Solicitar aclaración formal de las ofertas o presentación de antecedentes omitidos. c) Calificar toda la documentación presentada, y evaluar las ofertas. d) Confeccionar un Informe final de Evaluación y presentarlo al Comandante de Regimiento, para trámite de Resolución de Adjudicación y declaración de inadmisibilidad de ofertas. e) Proponer la declaración de licitación desierta, readjudicación, o revocación, según corresponda. Artículo 19º: Criterios de Evaluación Para la evaluación de las ofertas y en conformidad a lo señalado en el artículo 55 del Reglamento Complementario de la Ley N.º 19.886, se aplicarán los siguientes criterios, con sus respectivos puntajes y ponderaciones: N.° ITEM PONDERACIÓN PORCENTAJE OBTENIDO 1. OFERTA ECONÓMICA 50 % Conforme a la aplicación de formula. 2. TIEMPO DE ENTREGA 15 % 3. DURABILIDAD DE PRODUCTOS OFERTADOS 25 % 4. PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL 5 % 5. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5% TOTAL 100 % Nota: En los cálculos se considerarán solo dos decimales. El puntaje obtenido equivale al porcentaje ponderado en cada criterio. Precio = 50 % (máximo puntos 50) El presente criterio, se evaluará de conformidad al precio ofertado con IVA incluido por los proponentes y se evaluará de la forma siguiente, asignado mayor puntaje a la oferta económica más conveniente: (Menor precio ofertado/oferta evaluada) x 50 = porcentaje ponderado Ejemplo:  Oferta proveedor A: $ 6.000.000 (menor precio ofertado)  Oferta proveedor B: $ 6.500.000  Oferta proveedor C: $ 7.000.000 Cálculo de puntaje de acuerdo con las ofertas:  Proveedor A: (6.000.000/6.000.000) = 1 x 50 = 50,00 Puntos  Proveedor B: (6.000.000/6.500.000) = 0.92 x 50 = 46,15 Puntos  Proveedor C: (6.000.000/7.000.000) = 0.86 x 50 = 42,86 Puntos Todo proponente, cuya oferta exceda el presupuesto disponible para la presente contratación, no será evaluado y será declarada inadmisible su oferta, conforme a lo estipulado en el Artículo 9°, de las presentes bases. Sólo se admitirán ofertas en pesos chilenos, declarándose inadmisible y no encontrándose sujetas a evaluación aquellas que se formulen en otra moneda. Tiempo de Entrega= 15 % (máximo puntos 15) Para efecto del tiempo de entrega vinculados a los productos ofertados se contemplarán los días hábiles administrativos contados desde la aceptación de la respectiva orden de compra a través del sistema de información y conforme a lo estipulado en las presentes bases de licitación pública, y conforme a lo establecido en las presentes bases de licitación, evaluándose conforme a lo siguiente: El presente criterio, se evaluará de la forma siguiente, asignado mayor puntaje al menor tiempo ofertado siendo la más conveniente para esta entidad licitante: (Menor tiempo ofertado/oferta evaluada) x 15 = porcentaje ponderado Ejemplo:  Oferta proveedor A: 05 días Hábiles Administrativos (menor plazo Ofertado)  Oferta proveedor B: 07 días corridos Hábiles Administrativos  Oferta proveedor C: 09 días corridos Hábiles Administrativos Cálculo de puntaje de acuerdo con las ofertas:  Proveedor A: (05 días /05 días) = 1 x 15 = 15,00 Puntos  Proveedor A: (05 días /07 días) = 0,71 x 15 = 10,71 Puntos  Proveedor A: (05 días /09 días) = 0,55 x 15 = 8,33 Puntos Todo proponente, cuya oferta exceda los 10 (diez) días hábiles administrativos para la ejecución de la presente contratación, no será evaluado y será declarada inadmisible su oferta. Los oferentes deberán considerar que, para el presente proceso de licitación, la entrega del alimento eco requerido será con entrega parcializada, conforme al siguiente detalle: 1ra. entrega 2da. entrega 04MAY2026 03AGO2026 4.110 Kilos 4.110 Kilos NOTA: El tiempo de entrega adjudicado, será aplicable para todos los aspectos administrativos y técnicos del proceso de recepción de los productos y lo establecido en el presente proceso de licitación pública. Durabilidad de Productos Ofertados = 25 % (máximo de puntos 25) Para efecto de la durabilidad del productos ofertado por los oferentes, se evaluará la duración del alimento pellet seco ofertado para los ejemplares caninos institucionales (para comprobar dicha información, los oferentes deberán adjuntar las fichas técnicas de los productos a ofertar y declarar su fecha de durabilidad y caducidad etc), considerando para estos efectos la fecha de vencimiento o caducidad del producto ofertado y se evaluará conforme a lo declarado por cada oferente a través de su oferta presentada, mediante la siguiente formula: Durabilidad de Productos Ofertados Ponderación A los oferentes que oferten y entreguen productos con una duración mayor a 01 (un) año, para estos efectos la entidad técnica, contabilizará esta fecha desde la elaboración del producto. 25 % A los oferentes que oferten y entreguen productos con una duración menor a 01 (un) año y superior o igual a 06 meses, contabilizará esta fecha desde la elaboración del producto. 10% A los oferentes que NO oferten o NO declaren en su oferta y ficha técnica la fecha de vencimiento o caducidad de este, o que declaren una vigencia inferior a 06 meses, NO serán sometidos a evaluación y esta entidad licitante está facultada para rechazar dicha oferta. Excluyente y no sujetos a evaluación Programa de Integridad y Ética Empresarial= 05% (máximo 05 puntos) Se entenderá por programa de integridad un conjunto de políticas, procedimientos y herramientas diseñados para prevenir, detectar y responder a conductas irregulares, fraudes, corrupción y otros riesgos que puedan afectar la transparencia, legalidad y eficiencia en la gestión de los recursos públicos. Este tipo de programas es fundamental para garantizar que las contrataciones y operaciones en el sector público se realicen de manera ética, conforme a la normativa vigente y en beneficio del interés general. El artículo 17 del reglamento N.° 661/24, establece que los proveedores que contraten con entidades deben demostrar tener programas de integridad y ética empresarial, conocidos y aplicados por su personal. Para efecto del presente criterio de evaluación, los oferentes deberán adjuntar a su oferta, copia digital del mismo, el cual deberá incluir como mínimo, las obligaciones y prohibiciones de la empresa y el personal contenido en el artículo 13 de las presentes bases, además deberá adjuntar las copias de actas en donde conste la entrega y puesta en conocimiento de su personal, las cuales deberán estar suscritas por este último. Sin perjuicio de la asignación de puntaje conforme al criterio de evaluación de cumplimiento de requisitos formales, el programa de integridad y ética, así como, las actas de conocimiento del personal, podrán ser solicitadas conforme a esa facultad, asimismo, se podrán solicitar aclaraciones correcciones de errores y enmiendas de la información entregada, no obstante ello, el oferente deberá cumplir con los requisitos y condiciones establecidas para el ejercicio de la misma, es decir, estos antecedentes deben haberse generado o producido con anterioridad al momento de presentar las ofertas o referirse a situaciones no mutables entre ese periodo y el de evaluación, en ese orden, de no contar al momento de ofertar con esos antecedentes se deberá declarar tal situación conforme al párrafo siguiente, no permitiéndose su incorporación conforme a la facultad previamente citada. Si el proveedor, no adjunta, el citado programa y actas de conocimiento de su personal, al momento de su oferta o dentro del plazo otorgado para subsanar omisiones, errores o aclaraciones de esos antecedentes, podrá comprometer su entrega e implementación, mediante el Anexo C, con todo, se deberán adjuntar el programa y actas cumpliendo con sus requisitos, previo a la aceptación de la orden de compra, constituyendo un requisito para contratar. Si el proveedor no adjunta el programa de identidad, las actas de conocimiento del personal o subsana los errores formales dentro del plazo establecido para ello, o el Anexo C, su oferta no será evaluada declarándose inadmisible. Si la empresa adjudicada para la entrega del suministro de bienes o servicio resulta ser una única persona natural, de todas formas, se requerirá cumplir la obligación respecto a la misma. Programa de Integridad y Ética Empresaria Ponderación Adjunta a su oferta el programa de integridad y actas de conocimiento del personal cumpliendo con el contenido mínimo. 5 % No adjunta a su oferta el programa de integridad y actas de conocimiento del personal cumpliendo con el contenido mínimo, pero subsana dentro del plazo para presentar antecedentes omitidos o efectuar aclaraciones o enmiendas meramente formales 2,5 % No cuenta con un programa de integridad, y actas de conocimiento del personal cumpliendo con el contenido mínimo, pero adjunta Anexo C comprometiendo adjuntarlo e implementarlo previo a la aceptación de la orden de comprase compromete a implementarlo indicando en su oferta el plazo dentro del cual se efectuará dicha implementación” 0 % Cumplimiento de requisitos formales = 5% (máximo 05 puntos) El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales, obtendrá 5%. El oferente que no haya cumplido todos los requisitos formales habiendo omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 56, del reglamento de la Ley N°19.886 y la facultad establecida en estas bases a este respecto, o se le haya solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al artículo 56, del mismo cuerpo reglamentario, obtendrá 0 % en este criterio. Cumplimiento de requisitos formales = 05% Ponderación Cumple con la presentación completa de antecedentes. 5 % No cumple o los acompaña con posterioridad conforme al artículo 56, del Reglamento de la ley N°19.886, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al artículo 56, de dicho reglamento. 0 % De producirse empates, la adjudicación se resolverá conforme al criterio cuyo puntaje sea el mayor, de acuerdo al siguiente orden de precedencia: 1. Criterio “Precio” 2. Criterio “Plazo de Entrega” 3. Criterio “Durabilidad de productos ofertados” 4. Criterio “Programa de Integridad y Ética Empresarial” 5. En caso de continuar el empate se seleccionará a la primera de las ofertas que haya ingresado a través de la plataforma. Artículo 20°: De la adjudicación El RPM N.° 1, adjudicará la presente licitación a la propuesta que resulte ser más ventajosa, de conformidad con la evaluación efectuada por la comisión de evaluación, mediante acto administrativo debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información. La presente licitación será adjudicada en la fecha señalada en el Anexo B “Cronograma de licitación”, no obstante, se podrá cambiar esta fecha por motivos debidamente justificados, la que deberá ser autorizada y comunicada a los participantes a través del sistema de Compras Públicas. Exclusiones de adjudicación - La Entidad licitante no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases. - No podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades. - No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley. - No podrán adjudicarse una o más ofertas que se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí. Sin perjuicio de la anterior, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, considerando que esta es la que presente el menor precio, siempre y cuando haya cumplido con el resto de requisitos exigidos en las Bases de Licitación declarando el resto de esas ofertas inadmisibles, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 9º de la Ley de Compras Públicas N.º 19.886. - La Entidad licitante podrá adjudicar a oferentes cuya oferta sea menor al 50% (cincuenta por ciento) de la oferta que le sigue en conformidad a lo establecido en al artículo 30° siguiente. Artículo 21°: Ofertas Riesgosas o Temerarias De conformidad a lo indicado en el Reglamento de Compras, DS N.° 661, en su Art. 61 La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, cuando el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos de la relación contractual. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente, si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento de la relación contractual. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia. Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación: a. La Comisión o la persona evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios. b. La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible. c. De ser adjudicada la oferta, la Entidad licitante solicitará al proveedor o contratista el aumento o constitución, si esta no se hubiera exigido, de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica. Dicha declaración se materializará, a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los proveedores. Artículo 22°: Declaración de licitación desierta y readjudicación El RPM N.° 1, podrá declarar Desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resultaren convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación cuando las ofertas fueran declaradas inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. El RPM N.° 1, podrá Readjudicar la licitación, si el oferente se desistiera de firmar aceptar la orden de compra, o no cumpliera con los requisitos establecidos en las presentes Bases para la suscripción o aceptación de tales documentos, la Entidad Licitante, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, podrá adjudicar al oferente que siga en orden de prelación de porcentaje. Asimismo, procederá la Readjudicación si el adjudicatario fuere inhábil en los términos previstos en la Ley, al momento de la aceptación de la orden de compra. De igual forma, si previo a la suscripción del contrato y/o aceptación de la orden de compra, se produce el retiro de alguno de los miembros de la UTP y su integración no cumple con el mínimo de los integrantes para su funcionamiento, o el integrante que se retira es alguno de los hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la adjudicación será dejada sin efecto y se readjudicará de acuerdo con los términos señalados en el artículo precedente. La declaración de licitación Desierta y de Readjudicación, se informará por medio de una Resolución Fundada que así lo disponga la cual será publicada en el Sistema de Información. Por este hecho los oferentes no tendrán derecho a ningún tipo de indemnización o de reclamar alguna reparación. Artículo 23: Consulta respecto a la adjudicación Una vez realizada y publicada la adjudicación, y en caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de esta, podrán comunicarse vía correo electrónico y exclusivamente para estos efectos a la casilla cga.rpm.santiago@gmail.com, ello en un plazo de hasta 02 (dos) días hábiles, contados desde fecha de la resolución de adjudicación. Dichas aclaraciones, tanto preguntas como respuestas serán publicadas como anexos a la licitación, por medio de Resolución Fundada y subida al Sistema de Información. La Entidad Licitante se reserva el derecho de visitar las dependencias de los oferentes durante el proceso de adjudicación, para verificar su capacidad, tecnología en uso, mano de obra utilizada y otros aspectos de interés para la Institución, indistintamente de los Criterios de Evaluación establecidos en las presentes bases. Artículo 24°: De los requisitos para contratar Una vez adjudicado el proveedor, deberá hacer entrega al RPM N.° 1, antes de la aceptación de la orden de compra a través del sistema de información, de los siguientes antecedentes, vía correo electrónico a la casilla cga.rpm.santiago@gmail.com: A. Tratándose de adjudicatarios que sean personas naturales: 1) Fotocopia de la cédula nacional de identidad. 2) Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. 3) Inscripción y estado hábil en el registro de proveedores. 4) Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. B. Tratándose de adjudicatarios que no sean personas naturales: 1) Fotocopia del RUT de la empresa. 2) Fotocopia de la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. 3) Inscripción y estado hábil en el registro de proveedores. Certificados, emitidos por el Registro de Comercio respectivo, u otro antecedente legal, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos a la fecha de presentación de la oferta, que acredite legalmente las siguientes circunstancias: a) Poder de representante legal vigente. b) Vigencia de la sociedad o empresa. c) Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 5) Tratándose de UTP, deberán deberá presentar la siguiente documentación: 6) Inscripción y estado hábil de cada miembro, a fin de acreditar que no se encuentran afectos a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con los organismos del Estado. 7) Fotocopia del Rut de los integrantes de la UTP. 8) Fotocopia de la cédula de identidad del representante o apoderado común de la UTP. 9) Certificados, emitidos por el Registro de Comercio respectivo, u otro antecedente legal, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos a la fecha de presentación de la oferta, que acredite legalmente las siguientes circunstancias, respecto a cada uno de los integrantes: a) Poder de representante legal vigente. b) Vigencia de la sociedad o empresa Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 10) Para el caso de que no se haya presentado el programa de integridad y ética empresarial y sus comprobantes de implementación y conocimiento por parte del personal suscribiéndose el Anexo C, deberá acompañarse a la aceptación de la orden de compra, copias digitales de los mismos. 11) Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes cerciorarse que los referidos antecedentes se encuentren disponibles en el Registro de Proveedores y/o presentarlos a la Entidad Licitante y que cumplan con los requisitos solicitados. Una vez, adjudicado el proveedor, para efectos de cumplimiento dará aceptación de la respectiva orden de compra en los tiempos establecidos, remitida por el sistema de información por con la Entidad Licitante. Artículo 25°: La relación contractual se formalizará mediante la aceptación de la orden de compra, previo cumplimiento de los requisitos para contratar, dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución que adjudica la licitación, de conformidad a lo establecido en las Bases. La relación contractual tendrá una vigencia por el tiempo de caducidad del producto ofertado y adjudicado, contados desde la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor adjudicado, plazo que comprenderá la entrega parcial y total, su recepción conforme parcial y total, así como también el pago respectivo, sin perjuicio de las obligaciones que subsistan durante el período de garantía ofertada. El contenido de la orden de compra, se ajustará a las Bases del procedimiento licitatorio y lo ofertado por el proveedor adjudicado, así como el resto de los antecedentes que regían el mismo, en ese orden la orden de compra contendrá la individualización del Proveedor adjudicado, las características del bien y/o servicio contratado, el precio, el plazo de duración, las garantías, si las hubiere, las medidas a ser aplicadas por eventuales incumplimientos del Proveedor, así como sus causales y el procedimiento para su aplicación, causales de término y demás menciones y cláusulas establecidas en las Bases que sean pertinentes, siendo las bases de licitación parte integra de la orden de compra. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán aclarar y complementar en las cláusulas del mismo, aspectos de detalles relativos a su oferta y ejecución, siempre y cuando, esto no implique una ventaja indebida o desnaturalicen las Bases y oferta del proveedor. La Orden de Compra deberá ser aceptada dentro del plazo de 48 horas desde su envío, en caso de que esta no haya sido aceptada dentro de ese plazo, el RPM N.° 1 podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud. Una vez aceptada la Orden de Compra se deberá comenzar la entrega de los elementos requeridos conforme y a oferta adjudicada, conforme al lugar, plazos y cantidades establecidos en las Bases y especificaciones técnicas, las entregas que superen este plazo o no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las especificaciones administrativas y técnicas, se encontraran sujetas a multas u otras medidas ante incumplimientos establecidas en las presentes Bases. Artículo 26°: Las partes se encuentran obligadas a dar cumplimiento a lo establecido en la respectiva orden de compra y bases de licitación, así como a todas aquellas obligaciones que emanen de su naturaleza, sin perjuicio de lo anterior, estas asumen las siguientes responsabilidades y obligaciones. 1. Del Contratista: a. Será responsabilidad del contratista velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores. b. El contratista liberará de toda responsabilidad a la entidad contratante en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N.° 17.336, sobre Propiedad Intelectual. c. Velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los informes y productos entregables requeridos en virtud de los servicios encomendados, so pena de la medida que ésta pueda aplicar en caso de incumplimiento de lo solicitado. d. Las reuniones no comprendidas en las respectivas bases de licitación que se soliciten durante la relación contractual, deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario, lo que deberá documentarse fehacientemente. e. Entregar oportunamente la documentación que le sea solicitada por la entidad contratante, esto es, en los plazos que la entidad contratante determine para la entrega de éstos. f. Proveer los productos requeridos en los plazos comprometidos según su oferta adjudicada y cumpliendo con las especificaciones y requerimientos técnicos correspondientes establecidos en las respectivas bases de licitación, así como en la orden de compra. g. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores. h. Acreditar, mediante la presentación de los respectivos certificados, el certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores. i. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y la orden de compra respectiva. 2. De la Entidad Contratante: a. Verificar la concordancia entre el producto/servicio adquirido y el producto/servicio recibido. b. Efectuar la recepción conforme de los productos y/o servicios entregados verificando que estos cumplan con el estándar requerido que corresponda según lo establecido en las bases de licitación y la oferta adjudicada. El organismo contratante deberá velar por realizar dicha recepción conforme dentro de los plazos establecidos en las bases de licitación. c. Realizar los pagos oportunamente conforme a lo dispuesto en las presentes Bases. d. Velar por la correcta ejecución de la entrega parcial eh informe a de recepción de entregas. e. Aplicar las medidas que procedan ante incumplimientos que eventualmente pueda incurrir el proveedor contratado durante la vigencia de la relación contractual, de acuerdo con el procedimiento dispuesto en las presentes Bases. f. Velar por el cumplimiento del deber de abstención de sus autoridades y/o funcionarios, independiente de su calidad jurídica, en lo que respecta a su intervención en el proceso de contratación, y posterior ejecución contractual, conforme a lo señalado en el artículo 35 quinquies de la Ley N ° 19.886. g. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y la orden de compra. Artículo 27°: Garantías. SERIEDAD DE LA OFERTA: En atención al monto de la presente licitación pública, no se exige la entrega de una garantía de seriedad de la oferta. FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO: En atención a la naturaleza del objeto de la contratación, consistente en el suministro de alimento seco destinado a los ejemplares caninos del Centro de Entrenamiento Canino (CEC) del Regimiento de Policía Militar N.°1 “Santiago”, el cual no constituye un bien prescindible, sino que se trata de un insumo esencial para la mantención, salud y operatividad de los ejemplares caninos institucionales, los cuales cumplen funciones críticas de apoyo a la seguridad y defensa, particularmente en zonas de alta exigencia operativa. En este sentido, la eventual falta de cumplimiento, cumplimiento tardío o defectuoso por parte del proveedor adjudicado puede generar consecuencias graves. La afectación directa al estado de salud y bienestar de los ejemplares canino. El oferente que resultare adjudicado, deberá hacer llegar al Regimiento de Policía Militar N.°1 “Santiago”, ubicado en Las Perdices N.°700, Campo Militar Peñalolén, comuna Peñalolén, en soporte material papel, al momento de la aceptación de la orden de compra, cualquier instrumento financiero en los términos del artículo 121 y siguientes del reglamento de la Ley de Compras, que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva a nombre del COMANDO DE INDUSTRIA MILITAR E INGENIERÍA (CIMI), RUT N.° 61.101.054-0, N.º de cuenta 109000809, pagadera a la vista con el carácter de irrevocable y de realización inmediata, la cual, en su glosa, si procediere, deberá llevar el texto “Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato de la licitación ID 3421-1-LE26”, por un total del 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario. La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato deberá tener una vigencia de 6 (seis) meses contados desde que el acto administrativo que apruebe el contrato se encuentre totalmente tramitado. Este documento será devuelto dentro de los 30 días siguientes a su vencimiento. La no entrega de este documento dará derecho a dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al siguiente proponente mejor evaluado. En atención a la naturaleza del objeto de la contratación, consistente en el suministro de alimento seco destinado a los ejemplares caninos del Centro de Entrenamiento Canino (CEC) del Regimiento de Policía Militar N.°1 “Santiago”, el cual no constituye un bien prescindible, sino que se trata de un insumo esencial para la mantención, salud y operatividad de los ejemplares caninos institucionales, los cuales cumplen funciones críticas de apoyo a la seguridad y defensa, particularmente en zonas de alta exigencia operativa. En este sentido, la eventual falta de cumplimiento, cumplimiento tardío o defectuoso por parte del proveedor adjudicado puede generar consecuencias graves. La afectación directa al estado de salud y bienestar de los ejemplares canino. Artículo 28°: Cesión y subcontratación. El adjudicatario y/o contratista, no podrá bajo ningún pretexto negociar, traspasar, ceder o delegar las obligaciones contraídas en el contrato y/u orden de compra a terceros, salvo que una norma legal especial lo permita. Por tanto, queda expresamente prohibida la cesión, con excepción de la cesión de sus créditos en contra del fisco o factoraje (factoring), siempre y cuando se notifique al Regimiento de Policía Militar N.° 1 “Santiago”, del contrato de factoring y no existan obligaciones pendientes (artículo 127 del Reglamento Complementario de la Ley N.°19.886). Atendida la naturaleza de la adquisición, correspondiente a la entrega de alimento para ejemplares caninos institucionales del centro de entrenamiento canino (CEC), ubicado al interior del Predio Militar “Lo Aguirre”, la subcontratación se permitirá de manera parcial, sujeta al cumplimiento copulativo de los requisitos que se indican a continuación: 1. La subcontratación no podrá exceder del treinta por ciento (30%) del monto total de la orden de compra aceptada por el proveedor adjudicado. 2. El subcontratista deberá encontrarse debidamente inscrito y hábil en el Registro de Proveedores del Estado, no afectándole ninguna causal de inhabilidad vigente. 3. El subcontratista no deberá encontrarse afecto a ninguna de las incompatibilidades para contratar con la Entidad Pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley N.° 19.886. 4. El proveedor adjudicado deberá informar previamente y por escrito a la Entidad Contratante la identidad del subcontratista, el alcance de las prestaciones subcontratadas y su participación porcentual en la relación contractual, quedando dicha subcontratación sujeta a la aprobación expresa de la Entidad. 5. En ningún caso la subcontratación eximirá al proveedor adjudicado de su responsabilidad total frente a la Entidad Contratante respecto del cumplimiento íntegro, oportuno y conforme de la orden de compra. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones precedentes facultará a la Entidad Contratante para rechazar la subcontratación propuesta o exigir su término inmediato, sin perjuicio de la aplicación de las multas o sanciones contractuales que correspondan. El proveedor adjudicado que desee subcontratar parcialmente la ejecución de la orden de compra y oferta adjudicada deberá informar junto a su oferta, o a más tardar previo a la aceptación de la orden de compra a través del sistema de información, la parte que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores. En todo caso la persona o empresa con la que se subcontrate, previa autorización del ente convocante, deberá satisfacer los requerimientos que se exigieron al contratista para la ejecución de estas actividades, con todo, el proveedor adjudicado mantendrá la responsabilidad respecto del cumplimiento de las obligaciones que emanan de las presentes bases y la contratación respecto de la entidad licitante. Sin perjuicio de ello, la subcontratación no podrá en ningún caso exceder del 30% del valor total de la orden de compra. El Proveedor principal deberá notificar por escrito al correo electrónico cga.rpm.santiago@gmail.com respecto de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el Proveedor principal deberá acreditar que este cumple con los requisitos, de habilidad para contratar requeridos al proveedor adjudicado. En ningún caso la subcontratación podrá ser utilizada para efectuar una cesión de la relación contractual vinculada a la orden de compra. La infracción de las prohibiciones establecidas en este artículo hará responsable al proveedor de los perjuicios ocasionados y será causal suficiente para poner término de inmediato a la presente contratación. Artículo 29°: Será obligación del proveedor adjudicado, entre otras, dar cumplimiento a todo lo establecido en las bases de licitación, en su respectiva orden de compra, sus modificaciones, en las presentes bases administrativas, en las bases técnicas, aclaraciones, si las hubiere y en su oferta. Los cuales se complementan e integran entre sí. Artículo 30°: Modificación al contrato y/o relación contractual Las partes podrán acordar modificaciones a la presente relación contractual, después de su entrada en vigor, debiendo dichas modificaciones contar con un Adendum escrito, que debidamente firmado por las partes, pasará a formar parte integrante de la orden de compra. En tal caso, no podrán alterarse los elementos esenciales de la relación contractual y orden de compra inicial, entendiéndose que se afectan cuando: 1) Cuando se introducen condiciones que alteran la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada originalmente o habría atraído más oferentes al proceso de contratación. 2) Cuando la modificación altera el equilibrio financiero de la orden de compra. 3) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. Las modificaciones en su conjunto no podrán exceder del 30% del monto originalmente contratado. Asimismo, en caso de mutuo acuerdo, fuerza mayor, o por exigirlo el interés nacional, además de aumentar la contratación, la Entidad Licitante, podrá disminuir las cantidades solicitadas, pudiendo disminuir el contratado hasta en un 30% del valor de la orden de compra, para cuyos efectos el monto de pago será rebajado proporcionalmente. El oferente adjudicado, declara conocer y aceptar la presente facultad, de aumentar o disminuir la contratación, toda vez que pueden existir variaciones respecto a las cantidades requeridas, ya sea por disolución, creación o restructuración de departamentos, secciones u otros, que requiera el servicio que da cuenta la presente licitación. Por tanto, atendido lo expuesto, se compromete a aceptar esas modificaciones, bajo las mismas condiciones y requisitos establecidos para las presentes bases, por lo que sin que esta enumeración sea taxativa, deberá respetar las características técnicas de producto requerido y contratado, los precios unitarios ofertados, suscribir y aceptar oportunamente los adendum y órdenes de compra que se emitan conforme a esas modificaciones. Artículo 31°: Se entenderá por incumplimiento contractual, la entrega parcial o el cumplimiento imperfecto de cualquiera de las obligaciones derivadas de la relación contractual y/o la orden de compra (En caso de que esta última la haga de contrato). El contrato y la orden de compra (En caso de que esta última la haga de contrato), se integra y complementa, sin la necesidad de mención expresa, con las Bases de licitación, la oferta del proveedor adjudicado, ajustada a las mismas, la orden de compra, así como las modificaciones contractuales que accedan al mismo. El incumplimiento por parte del Contratista, de una o más obligaciones establecidas en la relación contractual, dará lugar a la aplicación de sanciones, multas, u otras medidas ante incumplimientos contemplada en las bases y relación contractual, tales como cobro de garantías y termino anticipado, las cuales son compatibles entre sí y pueden aplicarse, tanto de forma conjunta como de forma independiente, resultará aplicable el procedimiento establecido en la presente disposición. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución, la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones o el cumplimiento imperfecto de las mismas, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad y cuando dicho incumplimiento le genera a la entidad licitante un perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. En ese orden, se entenderá que existe un incumplimiento grave que faculta la aplicación de multas y término anticipado del contrato, en los siguientes casos: - Alcanzar o exceder individualmente o en conjunto, el atraso máximo para la aplicación de multas por atraso de entrega u otras que se hayan contemplado conforme a las Bases y relación contractual. - Incumplimiento del pacto de integridad. - Incumplimiento del programa de integridad y ética empresarial. - Incumplimiento de la prohibición de subcontratar, o sus condiciones, si es el caso. - Incurrir en cuatro o más rechazos de entrega por falta de cumplimiento de especificaciones técnicas, sin que se hayan subsanado dentro del plazo establecido para la entrega. - Incumplimiento que afecte gravemente el objeto del contrato, considerando el interés general comprometido, el adecuado funcionamiento de la Entidad Licitante o la imagen institucional, debidamente fundado por la autoridad competente. - Incurrir en agresiones, malos tratos o daños en contra del personal o bienes fiscales. - Incumplir el deber de confidencialidad. - No pago de multas. - Incumplimiento del deber de renovación oportuna de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. - Incumplimiento de la obligación de ampliar la garantía frente a aumentos de contratación. - Incumplimiento de la obligación de suscribir oportunamente un Addendum y aceptar la orden de compra frente a la necesidad de modificar la relación contractual. - Incumplimiento de la obligación de restitución ante pago indebido. Artículo 32°: El Regimiento de Policía Militar N.° 1 (RPM N.° 1) y el proveedor no serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, definidos como tales por el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile. La parte afectada notificará, por escrito, a la otra parte, dentro de los 05 (cinco) primeros días corridos de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido. La solicitud, deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la fuerza mayor o caso fortuito invocado, acompañando los correspondientes documentos y/o certificados de respaldo, para mejor resolver. La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito será resuelta mediante Resolución Fundada, exclusivamente por el Regimiento de Policía Militar N.° 1 (RPM N.° 1) , en base a los antecedentes que oportunamente le proporcione el proveedor y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público. La parte que no pudiere cumplir con sus obligaciones procurará atenuar los daños y cumplirá con aquellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar a la causa de fuerza mayor. De producirse alguno de los eventos antes mencionados, el plazo de entrega para la “Adquisición de Alimento Seco para Ejemplares Caninos del centro de entrenamiento canino (CEC) del Regimiento de Policía Militar N.°1 Santiago” interior del Predio Militar “Lo Aguirre”, se entenderá suspendido por el tiempo que dure tal evento o se podrá poner término a la contratación. En estos casos no regirá la aplicación de multas. Multas por atraso de la entrega. Artículo 33°: En el caso que el proveedor adjudicado incurra en atrasos en la “Adquisición de Alimento Seco para Ejemplares Caninos de la Unidad Canina Militar (UCAM) del Regimiento de Policía Militar N.° 1 Santiago”, ubicado al interior del Predio Militar “Lo Aguirre” y entrega de conformidad a las especificaciones de las bases administrativas y técnicas, y el plazo ofertado, salvo caso fortuito o fuerza mayor, se le cursará una multa por cada día corrido de atraso, correspondiente al 2% (dos por ciento), del valor neto de la orden de compra, hasta alcanzar un máximo del 20% (veinte por ciento), en cuyo caso la Entidad Licitante podrá, además poner término anticipado a la contratación. Para estos efectos los días se considerarán hábiles. Para todos los efectos, los plazos de atraso se contabilizarán en días hábiles administrativos La aplicación de multas se realizará por resolución fundada, la que una vez notificada, el proveedor adjudicado, tendrá el plazo de 05 (cinco) días hábiles, para pagar el monto a que ascendiere la multa, mediante vale vista, extendido a nombre del Comando de Industria Militar e Ingeniería, RUT N.° 61.101.054-0, con el carácter de irrevocable y de realización inmediata. Para efecto de la aplicación de las medidas señaladas, se estará sujeto al procedimiento establecido ante incumplimientos en las presentes bases. En caso de incumplimiento del pago precedentemente señalado y sin perjuicio de la aplicación de otras medidas derivadas ante incumplimientos, el monto de las multas podrá ser rebajado del pago que la Entidad Licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del RPM N.° 1, de recurrir ante los entes competentes para perseguir judicialmente la responsabilidad del contratante incumplidor. Artículo 34°: El RPM N.° 1, podrá poner término anticipado a la relación contractual, si concurren las causales establecidas en el Párrafo 5 y sus artículos 129 y 130, del Reglamento Complementario de la Ley N.° 19.886, sin perjuicio de las siguientes: a. Muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. b. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. c. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. d. Estado de notaria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la relación contractual. e. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la relación contractual, sin perjuicio de las multas o sanciones que procedan. f. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. g. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución de la relación contractual, con un máximo de tres meses. h. Si el adjudicatario se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. i. Si se disuelve la empresa adjudicada. j. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquel, no actuaren éticamente durante la ejecución de la respectiva relación contractual o propiciaren prácticas corruptas, tales como: - Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiera implicar conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. - Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. k. Tergiversar hechos con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. En los casos de letras c, d, e, f, g, h, i, y j, y las causales para UTP, contempladas en el artículo siguiente, junto con el término anticipado. La declaración de término anticipado o modificación se hará administrativamente, sin forma de juicio, mediante Resolución Administrativa. En ningún caso del término anticipado de la relación contractual, por las causales establecidas en las presentes bases, dará derecho a indemnización, ni generará algún tipo de derecho al proveedor o prestador de la contratación. Para efectos de la aplicación de las medidas de término anticipado se estará al procedimiento de medidas derivadas ante incumplimientos establecido en las presentes Bases. Artículo 35°: En el caso de las UTP procederán además las siguientes causales de término anticipado y cobro de garantía de fiel cumplimiento: La constatación de que sus integrantes constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica. a. Si se retira de la UTP un integrante que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. b. Si se ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. c. Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no puedas continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. d. Disolución de la UTP. e. El no cumplimiento de lo señalado en requisitos para contratar de las presentes bases técnicas. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviera afecto a alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, sobreviniente, se deberá informar dicha situación por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, señalando además si se desiste o si decide igualmente ejecutar la contratación adjudicada con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fueren hábiles, situación que será evaluada, pudiendo la entidad licitante aceptar el cambio o rechazarlo si estima que sus atributos son inferiores a los del integrante reemplazado. Artículo 36°: La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá (en caso de corresponder), ser cobrada en los siguientes casos: a. Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases. b. Cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato u orden de compra que corresponde. c. En los demás casos que se contemplen junto a las causales de termino anticipado del contrato. En caso de hacerse efectiva la garantía y seguir vigente el contrato, el proveedor adjudicado deberá entregar, dentro de un plazo de 05 (cinco) días hábiles contados desde el cobro de la primera, una nueva garantía de fiel cumplimiento, la que deberá cumplir con los mismos requisitos señalados en las presentes bases de licitación. De no dar cumplimiento a lo anterior, se podrá resolver la relación contractual. Cuando el cálculo del monto del respectivo cobro convertido a pesos chilenos resulte un número con decimales, este se redondeará al número entero más cercano. Artículo 37°: En caso de incumplimiento por parte del Contratista, de una o más obligaciones establecidas en la relación contractual, las cuales son compatibles entre sí, que den lugar a la aplicación de sanciones, multas, u otras medidas ante incumplimientos contemplada en ese instrumento o en las presentes Bases, tales como cobros de garantías y termino anticipado, resultará aplicable el procedimiento establecido en la presente disposición. Previo a la adopción y ejecución de alguna de las medidas señaladas precedentemente, el Regimiento de Policía Militar N.° “Santiago”, comunicará al contratista, mediante carta enviada a la dirección única de correo electrónico registrada en el Sistema de Información, para efecto de recibir notificaciones derivadas su aplicación, los antecedentes que configuran la aplicación de alguna de las medidas señaladas, dando traslado al proveedor, para que dentro del término de 5 (cinco) días hábiles desde su envío, efectúe sus descargos por escrito a los correos cga.rpm.santiago@gmail.com, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Será responsabilidad exclusiva del proveedor adjudicado, el tomar conocimiento de la comunicación precedente, y no será admisible como causal que justifique su incumplimiento la falta de conocimiento de la misma producto de errores incurridos al momento de que este registre su correo, modificaciones de este, no comunicadas de forma oportuna, falta de conocimiento producto de que esta se encuentre en correos indeseados, spam, promociones, entre otras. Por otro lado, vencido este plazo con o sin descargos la Entidad Licitante, tendrá el plazo de 30 días hábiles para pronunciarse respecto a la multa u otra medida a aplicar, mediante una resolución fundada, siendo esta publicada en el Sistema de Información. Además, sin perjuicio de esa notificación y la efectuada al correo electrónico establecido para efectos de incumplimientos, se podrá notificar de forma personal al proveedor o mediante envió de carta certificada. En contra de la resolución señalada precedentemente, procederán los recursos de reposición y jerárquico, en los plazos y condiciones dispuestos en la Ley N.º 19.880, que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”. Artículo 38°: Cumplimiento del contrato y recepción conforme de bienes o servicios. Una vez finalizado el proceso de entrega parcial y total por parte del Contratista, este dará aviso vía correo electrónico a la casilla cga.rpm.santiago@gmail.com, para que proceda a su revisión, y si procede a la recepción, todo lo cual constara en acta escrita, en ese orden, si no existen obligaciones pendientes, se autorizará la facturación a fin de que el contratista genere y envíe el respectivo documento tributario de cobro. El proveedor solo podrá facturar los productos efectivamente entregados y recibidos conforme por la entidad requirente, una vez que el centro de entrenamiento canino (CEC) autorice la facturación. El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los productos y la autorización expresa de facturar por parte de éste. Si los productos fuesen recibidos, existiendo circunstancias de incumplimiento de la relación contractual, la autorización y condiciones de facturación serán informadas por el RPM N.° 1, una vez sean aplicadas dichas medidas. Artículo 39°: La forma de pago se efectuará mediante dos pagos el primero posterior a la recepción conforme de la primera entrega indicada en las presentes bases, y el pago final se realizará posterior a la recepción conforme de la segunda y final entrega, a través de transferencia bancaria, vale vista o cheque a nombre del proveedor adjudicado. La factura deberá ser emitida por el proveedor adjudicado conforme a lo estipulado en las presentes bases de licitación y detalle de orden de compra emitida a través del portal Chilecompra y la cantidad entregada asociada a guía de despacho debidamente firmada por el Oficial de Veterinaria del CEC, para proceder a su pago requiere contener los siguientes antecedentes: Factura comercial emitida a nombre de: - Razón Social: Regimiento de Policía Militar N.° 1 “Santiago”. - RUT: 65.084.220-0 - Giro: Defensa - Dirección: Avenida las Perdices N.° 700, Comuna Peñalolén, RM. - Fono: 226935720. Además, para proceder a su trámite y pago se deberán cumplir los siguientes requisitos: 1. Certificado de recepción conforme emitida por la entidad técnica licitante (CEC). 2. Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales el personal de empresa adjudicada, correspondiente a los últimos dos años y de la subcontratada, en caso de corresponder. En caso de realizar los pagos factoring suscritos por el proveedor, este deberá dar estricto cumplimiento al artículo 127 del Reglamento Complementario de la Ley N.°19.886. Consecuente con ello, Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus Contratistas, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes. La notificación de la cesión deberá hacerse legalmente. Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, el CIMI registrara los hechos en que se funda la disconformidad, acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso, no se procederá al pago hasta que se autorice la facturación previa liquidación de las obligaciones considerando la eventual aplicación de medidas ante incumplimientos. Como una forma de dar cumplimiento a la tramitación de la documentación contable, y como requisito de pago, se requiere que el proveedor una vez adjudicado presente la siguiente documentación: - Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la empresa. - Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores de la empresa. El Proveedor que reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso. La Entidad responsable del error que originó el pago indebido deberá requerir, de oficio, al Proveedor la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde que tomó conocimiento del pago indebido. Este requerimiento podrá efectuarse a través del Sistema de Información. Para estos efectos, los servicios deberán tener en cuenta las instrucciones dictadas por el Ministerio de Hacienda al respecto. En caso de que el Proveedor no proceda a la restitución en el plazo solicitado, la Entidad deberá informar dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, del Proveedor en el Registro de Proveedores, de conformidad a lo señalado en el artículo 160 y demás normas pertinentes, Reglamento de Compras Públicas. Artículo 40°: La forma de pago se efectuará, mediante transferencia bancaria, vale vista o cheque a nombre del proveedor adjudicado. Artículo 41°: Tratándose de las UTP, será el representante designado en el acto de constitución quien deberá emitir la factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. Artículo 42°: Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las bases administrativas y técnicas, lo ofertado por el proveedor adjudicado conforme a estas, y las respuestas de la Entidad Licitante a preguntas del foro, se entienden incorporadas en la respectiva orden de compra. Artículo 43°: El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. Artículo 44°: Los vacíos o puntos obscuros o dudosos de las presentes bases, se interpretan e integran de conformidad la Ley sobre adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales, muebles y servicios de las fuerzas armadas y su Reglamento complementario y la Ley de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios y su reglamento y específicamente conforme al deber de resguardo de los recursos fiscales y los principios de igualdad de oferentes, probidad y buena fe contractual, considerando especialmente, la naturaleza administrativa de la contratación. Artículo 45: Los anexos que se indican a continuación, forman parte integrante de las presentes bases: ANEXO A “Oferta Económica” ANEXO B “Cronograma de Licitación” ANEXO C “Compromiso de Integridad y Ética Empresarial” ANEXO D “Formulario de Datos del Oferente” ANEXO E “Declaración Jurada Simple”
Documentos Técnicos
1.- BASES TÉCNICAS PARA LICITACIÓN PÚBLICA VINCULADA A LA ADQUISICIÓN DE ALIMENTO SECO PARA EJEMPLARES CANINOS DEL CENTRO DE ENTRENAMIENTO CANINO (CEC) DEL REGIMIENTO DE POLICÍA MILITAR N.° 1 “SANTIAGO” La oferta técnica deberá contener una descripción de cada uno y todos los requerimientos solicitados, en el orden descrito más adelante en la presente especificación técnica de alimento seco (pellet) para perros con función específica del Ejército de Chile. Importante: Las especificaciones técnicas del alimento constituyen un elemento excluyente. Se requiere un total de 8.220 kilos de alimento pellet seco, independiente las diferencias que se puedan producir por motivos de presentación del alimento (Tamaño del saco). 1. REQUERIMIENTOS: Estos requerimientos se considerarán como únicos, por lo tanto, el oferente debe limitarse solamente a los puntos solicitados. Cualquier otro elemento adicional entregado por la empresa, no será de consideración en el resultado de la presente licitación. Fórmula Con la finalidad de cubrir la alimentación y conforme a los requerimientos actuales, la formulación de ración requerida es para un perro de raza grande, puede ser cachorro, junior, adulto o toda edad (25 a 45 Kilogramos de peso vivo), para mantenimiento de perros de alta carga de trabajo y/o ejercicio. El alimento no puede caer en categoría de alimentos medicados. Composición Debido a la carga de trabajo, ejercicio y entrenamiento, la formulación debe ser del tipo “alta energía”, con la finalidad de cubrir los requerimientos nutritivos y fisiológicos de los ejemplares caninos. Se necesitan altos requerimientos energéticos para su mantenimiento, por lo tanto, el alimento debe tener alta densidad energética (a mayor densidad energética menos cantidad de alimento se debe suministrar) expresada en Kilocalorías/Kilo (Tabla 1) y alta digestibilidad. Además, se requiere que posea fuente de proteína de primera calidad, traduciendo esto a una menor entrega de alimento y con ello evitar patologías derivadas a este factor como son las torsiones vólvulo gástrico, dilataciones gástricas, etc. 2. TABLA DE COMPOSICIÓN DEL ALIMENTO Energía Metabolizable Proteína Bruta Humedad Grasa Bruta Fibra Cruda Sobre 3.700 Kcal/Kg Mínimo 30% Máximo 32% Mínimo 11% Máximo 13% Mínimo 12% Máximo 14% Mínimo 3,0%, Máximo 4,0% Fósforo Calcio Minerales totales 1,0% Mínimo a 1,2 % Máximo 1,4 % Mínimo y 1,6% Máximo Máximo 9% Disposición y stock El proveedor del alimento debe cumplir con los requerimientos de la cantidad de stock (8.220 kilos de alimento pellet) entregados en dos etapas, conforme a lo siguiente: 1ra. entrega 2da. entrega 04MAY2026 03AGO2026 4.110 Kilos 4.110 Kilos Distribución Los productos serán entregados por la empresa adjudicada de conformidad a lo señalado en las presentes Bases y su oferta, en la dirección Ruta 68 Km 20 Predio Militar Lo Aguirre Comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, a través de las coordinaciones necesarias a través de correo electrónico indicado en las presentes bases de licitación. Embalaje y tamaño de los sacos El alimento debe venir en bolsas o sacos de estructura multilaminar de plástico con alta resistencia al impacto que provea al alimento una cubierta protectora segura, que impida el ingreso de contaminantes, humedad y mantenga las características organolépticas del alimento. El tamaño de los sacos puede ser de entre los 10 a 25 Kgs. Garantías En el caso de presentar envases con alguna anormalidad se retirará la totalidad de la partida del alimento, la que deberá ser repuesta a la brevedad. Los gastos logísticos en caso de ocurrencia de anormalidades deberán ser asumidos por la empresa distribuidora. Además, los sacos de alimentos deberán presentar en su envase una fecha de vencimiento visible e impresa. Las mermas se producirán en el caso de que: - Los envases estén abiertos. - Los envases vengan desgarrados. - Envases con contenidos extraños. - Envases con elementos contaminantes. - Envases sin etiqueta (Tabla nutricional, Componentes, presentación y racionamiento) - Envases adulterados. - Envases con contenido diferente a lo señalado en la etiqueta. - Pérdida de calidad de los productos durante el plazo de durabilidad del producto ofertado y adjudicado. Consideraciones generales Todos los traslados dentro de la Región Metropolitana correrán por parte de la empresa adjudicada, independiente el punto a despachar, misma situación rige para la cantidad de alimento requerida, la cual puede ser despachada de forma parcializada. Se debe proveer la totalidad de lo requerido y el tipo de alimento señalado en estas especificaciones técnicas. Aspectos críticos para devolución: - Contaminación de los envases. - Incumplimiento en el tiempo de despacho. - Entrega de envases con fechas de vencimiento alteradas. - Envases con daños en su embalaje - Embalajes con pérdida de continuidad ASPECTOS GENERALES a. El cumplimiento de las presentes bases y sus respectivos Anexos serán de exclusiva responsabilidad del oferente, por lo que deberá ajustar su oferta en todas sus partes a lo estipulado en aquella documentación y todo error u omisión sólo es imputable al oferente. b. Se entiende que, sin perjuicio de la singularización o descripción de determinados bienes y/o servicios que verá suministrar el proveedor, se entienden incluidas y como de su cargo y costa, todas las demás prestaciones, cualquiera que fuere su naturaleza, contenido o valor, que resultaren necesarias para satisfacer la finalidad de los bienes y/o servicios que se adquirirán, las que deberán cumplir con los requerimientos técnicos establecidos en las bases. c. Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes, contar con la cantidad de personal suficiente para efectuar la entrega de los productos tanto la carga y/o descarga de los productos ofertados y adjudicados hasta las instalaciones que la unidad licitante contemple para estos efectos, como también dicho personal deberá utilizar los elementos de seguridad correspondientes al tipo de actividad ejecuten, los que deberán ser de cargo del proveedor adjudicado. d. La entrega de bienes se materializará con personal calificado, de acuerdo con los requerimientos entregados y los procedimientos recomendados por el fabricante de los materiales y procesos adecuados. Asimismo, el oferente adjudicado deberá demostrar que el personal que declare cuenta con el equipamiento de seguridad respectivo, conforme a las labores que desempeñarán y la normativa vigente en Chile y que su condición laboral se encuentra vigente (Código del Trabajo, Ley N.º 16.744 que establecen normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales), todo lo anterior, será supervisado y controlado por personal de la Unidad militar donde se realizará la entrega de los bienes.
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO A PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA (EDITABLE) ADQUISICIÓN DE ALIMENTO SECO PARA EJEMPLARES CANINOS DEL CENTRO DE ENTRENAMIENTO CANINO (CEC) DEL REGIMIENTO DE POLICÍA MILITAR N.° 1 “SANTIAGO” REQUERIMIENTO CANTIDAD DE KILOS VALOR UNITARIO (KILO) VALOR TOTAL NETO Kilos de Alimento Seco 8.220 $ $ Valor Total Neto $ IVA $ Monto Total $ Plazo de Entrega : _______ Días hábiles administrativos, contados desde la aceptación de la respectiva orden de compra a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. 1RA. ENTREGA 2DA. ENTREGA 04MAY2026 03AGO2026 4.110 Kilos 4.110 Kilos Durabilidad de productos ofertados : ________meses, contados desde la fecha de elaboración del producto. ______________________________ _____________________________ Nombre de la Empresa Firma de Representante Legal RUT:_________________________ C.N.I________________________ ANEXO B “CRONOGRAMA DE LICITACIÓN” Fecha de Publicación : 15 de abril de 2026 12:00 hrs. Fecha inicio de preguntas : 15 de abril de 2026 12:30 hrs. Fecha final de preguntas : 17 de abril de 2026 13:00 hrs. Fecha de publicación de respuestas : 21 de abril de 2026 14:30 hrs. Fecha de cierre de ofertas : 21 de abril de 2026 17:00 hrs. Fecha de acto de apertura : 22 de abril de 2026 09:00 hrs. Fecha de evaluación : 22 al 24 de abril de 2026. Fecha de adjudicación : 27 de abril de 2026 16:00 hrs. Fecha aceptación orden de compra : Hasta 48 hrs. El presente cronograma se ejecuta conforme a lo establecido en el Artículo 46, incisos tercero y cuarto del Reglamento complementario de la Ley N.º 19.886; ANEXO C “COMPROMISO DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL” LICITACIÓN PÚBLICA N.° 3421-1-LE26 Regimiento de Policía Militar N.° 1 “Santiago” I. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE 1. Razón social : ____________________________________. 2. RUT : ____________________________________. 3. Representante legal : ____________________________________. 4. Correo electrónico de contacto : ____________________________________. 5. Teléfono : ____________________________________. II. PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL En conformidad con lo establecido en el artículo 17 del D.S. N.° 661, con el objetivo de promover buenas prácticas, transparencia y probidad en las contrataciones públicas, el oferente declara lo siguiente: La empresa no cuenta actualmente con un programa formal de integridad y ética empresarial, pero se compromete a implementarlo y ponerlo en conocimiento de su personal previo a la suscripción del contrato y/o aceptación de la orden de compra, el cual deberá cumplir los requisitos y condiciones mínimos establecidos en las Bases de Licitación, y acompañar dentro de ese plazo los respectivos antecedentes. III. DECLARACIÓN JURADA Declaro bajo juramento que la información proporcionada en el presente anexo es veraz y fidedigna, y que los documentos entregados como respaldo son auténticos. Asimismo, me comprometo a informar oportunamente cualquier modificación relevante respecto al programa de integridad de la empresa. Firma : _________________________________________. Nombre : _________________________________________. RUT : _________________________________________. Cargo : _________________________________________. Fecha : _________________________________________. ANEXO D “FORMULARIO DE DATOS DEL OFERENTE” Razón social o nombre persona natural RUT oferente Giro Dirección Ciudad Nombre Representante legal (si procede) Rut Representante legal (si procede) • ¿Oferente corresponde a una Unión Temporal de Proveedores?: ______ (Indicar Sí o No) N.° Nombre o Razón Social Rut Calidad 1 Apoderado UTP 2 Integrante UTP 3 Integrante UTP 4 Integrante UTP 5 Integrante UTP ____________________________________ (Firma y nombre del representante o apoderado) ANEXO E “DECLARACIÓN JURADA SIMPLE” Yo, __________________________________ cédula de identidad N.° ________________, en calidad de representante legal de la empresa ______________________________________, RUT N.°: _________________, declaro bajo juramento que: - Ni el que suscribe ni ninguno de los socios, accionistas, directores, gerentes, administradores, ni beneficios finales de la empresa que represento, se encuentran afectos a las prohibiciones de contratación establecidas en el artículo 35 Quáter de la Ley N.° 19.886. - Específicamente, en relación con lo establecido en el inciso tercero del mismo artículo, declaro que ninguna de dichas personas mantiene vínculos de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad con funcionarios del Ejército que, en el ejercicio de sus funciones actuales o dentro del último año, hayan ocupado cargos directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento o equivalente, o que hayan participado en procedimiento de contratación en la Institución. - En caso de verificarse cualquier situación que vulnere lo anteriormente declarado, me comprometo a informarlo de forma inmediata a la autoridad correspondiente. Ciudad y fecha: _____________/ / Nombre/timbre y firma del representante legal: 3. Los gastos que irrogare la presente adquisición serán imputados a Fondos Presupuestarios año 2026 al ítem 22.01.002. “Para animales”. 4. Publíquese la presente resolución al Sistema de Información. ANÓTESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONÓMICA 50%
2 TIEMPO DE ENTREGA 15%
3 DURABILIDAD DE PRODUCTOS OFERTADOS 25%
4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL 5%
5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Las ofertas que excedan el monto antes informado serán declaradas inadmisibles, no siendo sujeto a evaluación, ya que ofertar dentro del monto informado es considerado un requisito excluyente para presentar su propuesta. La adjudicación se encuentra suje
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Maria Niklitschek
e-mail de responsable de pago: FINANZASRPM@EJERCITO.CL
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: COMANDO DE INDUSTRIA MILITAR E INGENIERÍA (CIMI)
Fecha de vencimiento: 04-02-2027
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato de la licitación ID 3421-1-LE26”, por un total del 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario.
Forma y oportunidad de restitución: Este documento será devuelto dentro de los 30 días siguientes a su vencimiento
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

De producirse empates, la adjudicación se resolverá conforme al criterio cuyo puntaje sea el mayor, de acuerdo al siguiente orden de precedencia:

  1. Criterio “Precio”
  2. Criterio “Plazo de Entrega”
  3. Criterio “Durabilidad de productos ofertados”
  4. Criterio “Programa de Integridad y Ética Empresarial”
En caso de continuar el empate se seleccionará a la primera de las ofertas que haya ingresado a través de la plataforma.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Sin perjuicio de lo anterior, durante el período de evaluación, el RPM N.° 1 podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales, no se considerará error formal, errores sobre el precio ofertado. Asimismo, podrá permitir la presentación de antecedentes o certificaciones omitidas siempre y cuando estas se hayan producido y obtenido antes del vencimiento para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento de esta y el periodo de evaluación.

Con todo, los errores y omisiones que se soliciten y permitan subsanar o salvar a los oferentes, no podrán conferirles a dichos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. Esto implica que, mientras no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, la solicitud será informada a los oferentes, a través del sistema de información, conforme al artículo 56 del Reglamento Complementario de la Ley N.° 19.886.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.