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PROPONENTES |
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Podrán participar en la presente licitación, todas aquellas personas naturales y/o jurídicas, chilenas o extranjeras y/o uniones temporales de proveedores, que cumplan con los requisitos establecidos en estas bases, en su llamado y en los documentos Anexos de la propuesta, y que no tengan algunas de las inhabilidades establecidas en el inciso 1° del Artículo 4º de la Ley Nº 19.886, que se transcribe en su parte pertinente:
“(…) Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años”.
En el caso de las personas naturales o jurídicas extranjeras, éstas tendrán la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato, y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato, en los términos establecidos en el inciso cuarto del artículo 4º de la Ley Nº 19.886.
En caso que él, o los oferentes adjudicados no estén inscritos en el Registro Electrónico Oficial de proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, estarán obligados a inscribirse dentro de un plazo señalado en el punto 9 de las presentes bases. En el caso de una unión temporal de proveedores, cada proveedor de dicha unión deberá inscribirse dentro del plazo señalado para suscribir el contrato.
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La oferta deberá estar disponible, en formato digital, junto con la documentación de respaldo que más adelante se indica, en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas (en adelante “Portal Mercado Público”), en la fecha y hora señalado en el punto precedente, de conformidad a los protocolos que éste impone y a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre esta materia.
Sólo se aceptará una propuesta por oferente, de modo que, existiendo más de una, La Municipalidad sólo analizará aquella que se hubiera presentado primero en el precitado Portal, rechazando las demás.
En la presente licitación podrán participar las Compañías de Seguros Generales de forma independiente o a través de Corredores de Seguros que se encuentren constituidos en Chile de conformidad a las normas legales vigentes.
El agente que actúe en representación de la Compañía, deberá contar con la debida autorización simple de representación emitida por esta, para la presente licitación.
Cada agente de seguros solo podrá presentar una sola oferta y de una sola Compañía de Seguros.
Si la oferta es presentada directamente por una Compañía de Seguros, deberá estipularlo y declararlo si es de forma independiente o con un corredor.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES DE DOCUMENTOS DE LICITACIÓN |
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Las consultas o aclaraciones que puedan surgir en relación a las presentes Bases, deberán ser formuladas a través del sitio web www.mercadopublico.cl, a partir de la fecha de publicación de estas bases y hasta la fecha indicada en calendario de licitación.
Las respuestas estarán en conocimiento de todos los oferentes a través de este mismo medio, a más tardar a la hora del día señalado en calendario de licitación.
La Municipalidad podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes del vencimiento del plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante Decreto Alcaldicio, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por un oferente en cuyo caso se establecerá un plazo prudente para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. Se deja constancia, que el oferente se hace responsable del seguimiento del proceso licitatorio mediante la plataforma de compras públicas www.mercadopublico.cl.
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AMPLIACION PLAZO DE ADJUDICACION |
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Si la adjudicación no pudiese efectuarse dentro de los plazos establecidos en el cronograma dispuesto en el punto 4 de las presentes bases, La Municipalidad informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para la adjudicación. Lo anterior, en conformidad con lo establecido en el artículo 41° inciso 2° del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Asimismo, se emitirá la correspondiente resolución fundada, la cual será publicada en la plataforma www.mercadopublico.cl, para el conocimiento y seguimiento del proceso por parte de los oferentes.
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CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACION |
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Las consultas o cualquier duda respecto con al proceso de adjudicación deben ser canalizadas a través del correo gisella.arismendi@municipalidadtimaukel.cl.
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PRECIO, VALIDEZ DE LA OFERTA Y FORMA DE PAGO |
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La Cotización deberá presentarse en U.F con valores NETOS y deberá tener una validez mínima de 60 días corridos, y en ella se entenderán incorporados todos los gastos e impuestos que pudieren ser aplicables.
La cancelación se realizará contra la presentación de la respectiva factura una vez realizada la recepción conforme de las POLIZAS respectivas por parte de la Municipalidad de Timaukel, en un plazo de 30 días, contados desde la fecha de recepción conforme de la factura.
La factura deberá ser extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de Timaukel, Rut Nº69.251.600-1, con dirección en Villa Cameron S/N comuna de Timaukel, Provincia de Tierra del Fuego.
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APERTURA DE LAS OFERTAS |
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Al momento de la apertura, el control de los antecedentes legales y/o administrativos, será formal, es decir, sólo se verificará que se presenten todos los antecedentes requeridos. El análisis de fondo de los antecedentes se efectuará con posterioridad durante el período de evaluación de las ofertas.
Del acto de apertura se levantará un Acta, la que será refrendada por todos los integrantes de la Comisión correspondiente.
Cualquier discrepancia o duda que se presente en el Acto de la Apertura, será resuelta por quien presida la Comisión Evaluadora.
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COMISION EVALUADORA |
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Para las Licitaciones de Alta Complejidad la Comisión Evaluadora revisará que las ofertas aceptadas cumplan con todos los requisitos establecidos y deberá preparar los cuadros comparativos del proceso de evaluación cumpliendo estrictamente con las fórmulas de cálculo y puntaje asignados a cada factor, la que una vez aprobada será firmada por todos los integrantes y servirá de respaldo para la proposición de adjudicación o para ser presentado ante el Concejo Municipal en caso de que corresponda.
Además, no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación y mientras dure dicho proceso. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún tipo de donativo de parte de terceros.
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RESOLUCION DE EMPATES |
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En el caso de igualdad de puntajes totales entre dos o más oferentes, se resolverá, en primer lugar, considerando la oferta que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio Precio, y, en segundo lugar, tomando como base la mejor propuesta en clasificación y deducible. De mantenerse la igualdad, se adjudicará quien obtenga mayor puntaje en asistencia técnica, si aun así se mantiene la igualdad se desempatará por el mejor puntaje en experiencia, luego Programa de integridad y por último en cumplimiento de requisitos formales.
Finalmente, de mantenerse de todos modos el empate, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal mercado público considerándose el día y la hora en que aquello se efectúe.
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ERRORES U OMISIONES |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Municipalidad de Timaukel podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de tipo administrativo, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo mínimo de 25 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento vía "Foro Inverso" inserta en el portal de compras públicas, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta, según se indique al momento de solicitar dicha aclaración. El cumplimiento en el plazo establecido permitirá evaluar el criterio en el cual se solicitó el antecedente omitido dentro del plazo de presentación de ofertas, según tabla de criterio de requisitos formales. En caso que no se cumpla con el plazo otorgado se desestimará la oferta por no cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases de licitación.
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ADJUDICACION |
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La Municipalidad de Timaukel adjudicará la presente licitación a aquel oferente que, encontrándose hábil para contratar con los organismos del Estado, haya presentado la oferta más conveniente a sus intereses, de acuerdo a la evaluación realizada, debiendo notificar el resultado de la licitación a más tardar el día indicado en el Portal Mercado público.
La resolución de adjudicación será publicada en el Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la fecha del acta de evaluación.
En el evento que se presente alguna imposibilidad de informar el resultado de la adjudicación, esta situación será notificada en el Sistema de Información, indicando las razones que justifican el incumplimiento, fijando el nuevo plazo para hacerlo.
Los proponentes no favorecidos no percibirán indemnización de ninguna naturaleza, siendo de su exclusiva responsabilidad los gastos en que hubieren incurrido con motivo de la presentación de sus ofertas.
Las consultas que pudieran suscitarse con motivo de la adjudicación deberán consultarse a través del “Portal Mercado Público”, siendo respondidas por este mismo medio a más tardar, el día y hora indicado en calendario de licitación.
No obstante, lo señalado precedentemente, la Municipalidad de Timaukel mediante decreto fundado, podrá declarar desierta la licitación por no convenir a los intereses institucionales o, declarará inadmisibles las ofertas por no cumplir los oferentes con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas.
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CONTRATO, VIGENCIA Y RENOVACION |
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El contrato tendrá una duración de 24 meses desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que lo apruebe y deberá suscribirse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del Decreto Alcaldicio de adjudicación.
Considerando las pólizas de seguros actuales para los bienes inmuebles y vehículos municipales y sin perjuicio de la total tramitación del Decreto Alcaldicio aprobatorio del contrato, las nuevas pólizas iniciarán en las siguientes fechas:
INMUEBLES: desde las 12:00 hrs. del 07-03-2026 hasta las 12:00 hrs. del 07-03-2028
VEHICULOS: desde las 12:00 hrs. del 10-03-2026 hasta las 12:00 hrs. del 10-03-2028
Sólo podrá renovarse por motivos fundados, no podrá exceder las 1000 UTM y sólo podrá hacerse efectiva mientras el proceso de licitación se encuentre en trámite.
En todo caso, si durante la ejecución del contrato, ciertas causas o circunstancias no imputables a culpa o negligencia del adjudicatario hicieren imposible su oportuno cumplimiento, podrá ampliarse el plazo estipulado para su término, previa solicitud por escrito y fundada de éste, la cual en caso de aceptarse sólo podrá ser formalizada mediante el dictamen de un decreto fundado que indicando el motivo de la modificación, cumpla con todos los requisitos indicados en el artículo 129° del DS. N° 661, de 2024, Reglamento de la Ley N° 19.886.
Para todos los efectos legales del contrato las partes fijarán su domicilio en la comuna y ciudad de Porvenir y se someterán a la competencia de sus Tribunales de Justicia.
Durante la vigencia del contrato, la Municipalidad podrá agregar, modificar o eliminar de la nómina los inmuebles y vehículos que estime necesarios, solicitando al proveedor una cotización previa, la cual deberá contener las mismas coberturas y cláusulas ofertadas en este contrato y no podrá superar el 10% de un edificio o vehículo que tenga similares características al incorporado.
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ENTREGA DEL PRODUCTO |
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El oferente deberá hacer entrega de las pólizas de seguros requeridas en formato físico o digital al municipio en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la firma del contrato respectivo.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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1.- La Municipalidad de reserva la facultad de poner término definitivo o suspender transitoriamente la ejecución del servicio, bajo las siguientes circunstancias:
a) Por caso fortuito o fuerza mayor.
b) Por causas imputables al adjudicatario por incumplimiento de las Bases Administrativas.
c) Por acuerdo entre las partes (resciliación).
d) Fallecimiento del adjudicatario si es persona natural o de uno de los socios que implique la disolución de la sociedad si es persona jurídica.
El contrato se entenderá resuelto administrativamente ipso-facto sin forma de juicio por cualquier incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el consultor, sin derecho a indemnización.
2.- Para todos los efectos de justificar la terminación administrativa del contrato, se considerarán como graves las siguientes causales:
I) Si el adjudicatario por causa que le sea imputable no entregase el servicio solicitado.
II) Si a juicio de la contraparte técnica no está ejecutando los servicios de acuerdo al contrato, o en forma reiterada o flagrante no cumple con lo estipulado en las Especificaciones Técnicas.
III) Si por causas o errores imputables al adjudicatario los productos encargados fruto del servicio prestado quedaren con defectos graves o no pudiesen ser reparados.
IV) Si el servicio final entregado no fuese de la calidad ofrecida y comprometiera a juicio de la contraparte municipal, la finalidad de la inversión.
V) Si el adjudicatario es declarado en quiebra, solicita su quiebra o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.
VI) Si el adjudicatario es una sociedad y va a su liquidación.
VII) Si hay orden de ejecución y embargo de todo o parte de los bienes del proveedor.
VIII) Si el adjudicatario cede o transfiere a terceros las obligaciones emanadas del contrato.
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MULTAS |
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En el evento de un incumplimiento total o parcial de lo pactado, imputable al adjudicatario, se aplicará a este la multa que a continuación se indica. Para ello, se considerará el valor de la UF vigente al día de la aceptación de la orden de compra:
0,5 UTM, por día de atraso, si el adjudicatario no entregare dentro del plazo señalado las pólizas establecidas, de acuerdo a lo dispuesto en el punto N° 12.3 de las presentes bases.
1 UTM por día de atraso en la respuesta ante una denuncia formal de un siniestro.
Con todo, el atraso en Ia entrega de los productos ofertados por un periodo que sobrepase los 10 días corridos contados desde el término del plazo ofertado por el adjudicatario sin justificación alguna, dará derecho a Ia Municipalidad de Timaukel a poner término inmediato al Contrato.
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CONFIDENCIALIDAD |
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El adjudicatario estará obligado a mantener en estricta reserva y confidencialidad, el contenido de todos los antecedentes y de toda información que, con objeto de esta licitación y del contrato respectivo, sea y haya sido conocida por ella, quedándole estrictamente prohibido utilizar dicha información o conocimiento en cualquier otra actividad que pueda desarrollar y que no se refiera estrictamente al cumplimiento del servicio contratado, sin el consentimiento previo por escrito de la Municipalidad de Timaukel. Esta obligación se extiende también, al personal que trabaja para ella, directa o indirectamente.
En caso de incumplimiento de esta cláusula, la Municipalidad de Timaukel podrá dejar sin efecto la adjudicación o terminar anticipadamente el contrato, según el caso, pudiendo además hacer efectiva la garantía respectiva, sin perjuicio de iniciar las acciones legales que fueren procedentes.
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OTRAS CONSIDERACIONES |
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Las presentes bases prevalecerán por sobre todo otro instrumento emitido en relación a su contenido.
Queda absolutamente prohibido al adjudicatario, ceder las obligaciones que asuma en virtud de la presente licitación. Su incumplimiento se regirá por lo dispuesto en el numeral 12.3 N° 2.
Además, la Municipalidad de Timaukel no cancelará anticipo alguno al adjudicatario.
En caso de que fuera necesario modificar estas bases, sea por caso fortuito o fuerza mayor; en atención a una aclaración solicitada por alguno de los participantes; o, por otras circunstancias debidamente fundamentadas en un acto administrativo debidamente tramitado, se otorgará un plazo prudencial de adecuación, el que será informado en el sitio web www.mercadopublico.cl.
Igualmente, si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en estas bases, se informará en el precitado sitio, las razones que justifican dicho incumplimiento, así como el nuevo plazo para la adjudicación.
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