Licitación ID: 2408-129-LE26
SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN E IMPLANTACIÓN DE MICROCHIPS TATUAJE Y VACUNACIÓN ANTIRRÁBICA COMUNA DE LOS ÁNGELES.
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Administración veterinaria 1 Unidad
Cod: 70122007
SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN E IMPLANTACIÓN DE MICROCHIPS, TATUAJE Y VACUNACIÓN ANTIRRÁBICA COMUNA DE LOS ÁNGELES, de acuerdo a lo estipulado en las bases técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE ESTERILIZACIÓN E IMPLANTACIÓN DE MICROCHIPS TATUAJE Y VACUNACIÓN ANTIRRÁBICA COMUNA DE LOS ÁNGELES.
Estado:
Cerrada
Descripción:
Se requiere la contratación de servicios para la esterilización quirúrgica e implantación de microchip, tatuaje y vacunación antirrábica en caninos y felinos, machos y hembras, con y sin dueño de la comuna de Los Ángeles
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
EDIFICIO CONSISTORIAL,CAUPOLICAN N°399,SEXTO PISO,SECPLAN
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-08-2026 9:00:00
Fecha de Publicación: 22-07-2026 9:59:30
Fecha inicio de preguntas: 22-07-2026 17:30:00
Fecha final de preguntas: 28-07-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-07-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-08-2026 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-08-2026 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 11-09-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Tiempo estimado para evaluación de ofertas 02-09-2026 17:00:00
Fecha estimada de firma de ccontrato 09-10-2026 17:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Para los efectos de la presentación de la oferta, todo oferente deberá adjuntar la siguiente documentación:
2.- Anexo N°1: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE.
3.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, el representante de dicha unión deberá adjuntar obligatoriamente el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 20 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además, en el evento de no haber suscrito la Declaración Jurada Requisitos para Ofertar a través del portal de www.mercadopublico.cl deberá adjuntar Anexo N°2, declaración que deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión, de lo contrario, el oferente se considerará fuera de bases.
4.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .d oc .tif .xls .mpp. zip. rar. u otros.
Documentos Técnicos
1.- Anexo nº 3 Programa de Integridad. ANEXO N°3 PROGRAMA DE INTEGRIDAD: Este anexo deberá ser presentado por el oferente junto a la copia del programa de integridad. En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), este anexo deberá ser presentado por cada uno de sus integrantes junto a la copia del programa de integridad de cada uno de estos.
 
2.- EXPERIENCIA DEL OFERENTE: El oferente participante deberá informar la experiencia en el Anexo N°4, en donde deberá completar todos los campos de acuerdo a lo solicitado, de lo contrario, los servicios informados no se considerarán para la evaluación. Para acreditar experiencia, el oferente deberá adjuntar copia simple de los contratos y/o certificado emitido por el mandante de los servicios, donde se estipule expresamente la fecha de inicio y término de contrato, con el propósito de respaldar la información ingresada en el anexo. Los servicios mencionados pueden ser ejecutados o en ejecución, a contar del año 2021 a la fecha de cierre de la recepción de ofertas. Se considerarán sólo documentos que tengan un mínimo de 500 esterilizaciones realizadas por servicio prestado. En caso de no poseer experiencia, deberá ser informado en el anexo. De la misma forma, si un oferente informa experiencia en el Anexo N°4, pero no acredita correctamente o No informa o no posee experiencia, se le asignará cero puntos en el criterio correspondiente.
 
3.- EXPERIENCIA DEL EQUIPO TÉCNICO: (Cirujano 1, 2 y 3; y Anestesista) Oferente participante deberá informar la experiencia en el Anexo N°4, en donde deberá completar todos los campos de acuerdo a lo solicitado, de lo contrario, los servicios informados no se considerarán para la evaluación. Para acreditar experiencia, el oferente deberá adjuntar copia simple de los contratos y/o certificado emitido por el mandante de los servicios, donde se estipule expresamente la fecha de inicio y término de contrato, con el propósito de respaldar la información ingresada en el anexo. Los servicios mencionados pueden ser ejecutados o en ejecución, a contar del año 2021 a la fecha de cierre de la recepción de ofertas. Se considerarán sólo documentos que tengan un mínimo de 500 esterilizaciones realizadas por servicio prestado. En caso de no poseer experiencia, deberá ser informado en el anexo. De la misma forma, si un oferente informa experiencia en el Anexo N°4, pero no acredita correctamente o No informa o no posee experiencia, se le asignará cero puntos en el criterio correspondiente.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 5: OFERTA TÉCNICO ECONÓMICA
2.- El oferente que no ingrese la totalidad de la información de acuerdo a lo solicitado en documento económico o ingrese uno o más documentos económicos ilegibles, será declarado fuera de bases.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Se evaluará de acuerdo a lo estipulado en la cláusula N°9.17. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN de las presentes bases 5%
2 PRECIO Se evaluará de acuerdo a lo estipulado en la cláusula N°9.17. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN de las presentes bases 50%
3 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Se evaluará de acuerdo a lo estipulado en la cláusula N°9.17. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN de las presentes bases 2%
4 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Y EQUIPO TÉCNICO Se evaluará de acuerdo a lo estipulado en la cláusula N°9.17. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN de las presentes bases 43%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Municipal
Monto Total Estimado: 70000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL VALOR INDICADO CORRESPONDE AL PRESUPUESTO DISPONIBLE CON IVA INCLUIDO
Tiempo del Contrato 4 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería Municipal
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No es un servicio habitual para la Municipalidad, según lo indicado en la cláusula N° 25 “DE LA SUBCONTRATACION”
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
DE LOS REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la nueva figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el Portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible. 
Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el acto de Apertura.

Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 35 quáter de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."

2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce la figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Artículo Nº 180 del Reglamento de la Ley nº 19.886.  Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.
El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:
2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
2.2.2.- La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 180, letra c. del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.
2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión, éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.5 La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponda a una empresa de menor tamaño será declarado inadmisible en la etapa de evaluación. 

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.3.1 Inhabilidad sobreviniente de integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio de la Entidad compradora, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato, de todo ello la Entidad compradora deberá dejar constancia en un acta.
    En el evento de que la Entidad compradora apruebe el reemplazo del integrante inhábil, la Unión Temporal de Proveedores deberá suscribir, según corresponda, el respectivo instrumento público o privado para su materialización. Dicho cambio debe formalizarse en un acto administrativo.
    Lo dispuesto en el inciso precedente será verificado en la forma siguiente:
    2.3.1.1 Cuando la modificación de la composición de la Unión Temporal de Proveedores suponga la disminución de empresas, o la sustitución de una o varias por otra u otras, se necesitará la autorización previa y expresa del órgano contratante, debiendo haberse ejecutado el contrato al menos en un veinte por ciento de su valor. En todo caso, deberá mantenerse al menos una de las empresas inicialmente adjudicatarias dentro de la Unión Temporal de Proveedores.
    2.3.1.2. La solicitud efectuada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá incluir los antecedentes técnicos y económicos que sean relevantes según el tipo de contrato, sin perjuicio de la facultad para solicitar cualquier otro antecedente que razonablemente sea necesario para la adecuada resolución de la solicitud, los que deberán ser entregados en el plazo de cinco días hábiles desde que hayan sido solicitados. La no presentación de tales documentos en el plazo establecido será causal para el rechazo de la solicitud.
    2.3.1.3. Una vez que los antecedentes necesarios se encuentren en poder de la Entidad compradora, dispondrá de un plazo de quince días hábiles para aprobar o rechazar esta solicitud.
2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.
2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. 
2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
2.5.5.- Disolución de la UTP.
2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO de las presentes bases administrativas.
( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.
(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3.- DEL ÍTEM PRESUPUESTARIO

Ítem

Nombre Ítem

CC

ID PAC

SP

Monto

22.08.999.016

Servicios generales

23.04.05

3400-648-PC26

2

$70.000.000

 

4.- DE LA APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas, si las hubiere, Bases Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria, la Oferta Técnico Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación: 

PRELACIÓN TÉCNICA
-Normativa Vigente. 
-Preguntas y Respuestas, si las hubiere. 
- Bases Técnicas. 

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA 
- Normativa Vigente. 
- Preguntas y Respuestas, si las hubiere. 
- Bases Administrativas y sus Anexos. 
- Oferta Técnico Económica 
- Contrato y sus modificaciones, si las hubiere
- Orden de compra.

5.- DEL MARCO NORMATIVO
La presente licitación, se regirá por toda la legislación vigente y sus eventuales modificaciones. 

6.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
La comunicación entre la entidad licitante y los Oferentes se debe realizar exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl. 
Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. 
Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. 
Los oferentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación”. 

7.- DE LA MODIFICACIÓN DE BASES
La Municipalidad podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, las que deberán ser aprobadas mediante Decreto Alcaldicio. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Portal web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, en caso de ser necesario, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 

8.- DE LAS OFERTAS
La presente licitación pública corresponde a los servicios para la esterilización quirúrgica e implantación de microchip, tatuaje y vacunación antirrábica en caninos y felinos, machos y hembras, con y sin dueño de la comuna de Los Ángeles, según lo estipulado en las Bases Técnicas que forman parte de la presente licitación.

El oferente que desee postular a la presente licitación, deberá contemplar todos los costos asociados para la ejecución de lo licitado,  según lo indicado en las Bases técnicas que forman parte de la presente licitación.

El oferente deberá presentar su propuesta, según Anexo N°5 “Oferta Técnico Económica”, donde deberá indicar los precios y la información que se solicita, de lo contrario, la oferta se considerará fuera de bases.

Se establece que, para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el precio indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y lo indicado en Anexo N°5 “Oferta Técnico Económica”, para todo evento prevalecerá el valor indicado en el Anexo N°5 “Oferta Técnico Económica”.

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, se entenderá la aceptación de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y toda la Documentación que rige esta licitación por parte del Oferente.

Durante el proceso de evaluación se verificará la correcta ejecución de las operaciones matemáticas contenidas en el Anexo Nº5. En caso de detectarse errores de cálculo, el precio ofertado será recalculado, prevaleciendo dicho valor para todos los efectos de la evaluación de la oferta. Para cualquier cálculo, se considerarán únicamente dos decimales, sin efectuar aproximaciones, conforme a lo establecido en la cláusula N°13 (DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN) de las presentes bases.


9.- DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la firma del contrato por parte del adjudicado. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato.

10.- DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Bases Técnicas, Preguntas y Respuestas, si lo hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación. 

11.- DE LAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Las preguntas sobre antecedentes deberá formularse a través del Portal www.chilecompra.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las respuestas respectivas se entregarán a través de documento Anexo en la respectiva página Web del Portal www.mercadopublico.cl al que podrán acceder todos los participantes de la propuesta. 

12.- DE LA APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS
La apertura de las ofertas se efectuará en forma electrónica y automática a través del portal www.mercadopublico.cl, en la fecha y hora establecidas en el cronograma de la licitación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.886, su reglamento y las instrucciones de la Dirección de Compras y Contratación
Pública.
La plataforma de Mercado Público verificará automáticamente el cumplimiento de los requisitos de apertura establecidos en las presentes bases, generando el correspondiente comprobante o acta electrónica de apertura.
Los oferentes podrán formular observaciones respecto del proceso de apertura electrónica a través del Sistema de Información, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas contado desde la publicación del acta electrónica de apertura.
Atendidas las características del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, no se contempla la asistencia presencial de los oferentes o sus representantes al acto de apertura

13.-DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación será conformada para esta licitación y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará las diferentes ofertas recibidas y que corresponderá a los Anexos y Documentación exigida en el artículo N°4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.
Esta comisión deberá:

1.    Verificar que el oferente esté hábil en el Registro de Proveedores y que no se encuentre inhabilitado por parentesco, de lo contrario se declarará inadmisible.

2.    Revisar los antecedentes presentados por los oferentes, verificando el cumplimiento de los requisitos exigidos en las bases de licitación y en la normativa vigente procediendo a declarar inadmisibles las que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases.

3.    Verificar la existencia de ofertas simultáneas y temerarias, en conformidad a lo establecido en las presentes bases.

Posteriormente las ofertas admisibles pasaran a la evaluación que considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, que serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.

La comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.

En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o a quien corresponda.

En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación, se utilizará dos decimales sin realizar aproximaciones. Lo anterior, será aplicable en todo momento en los cálculos de cada criterio.

A modo de ejemplo:

A continuación, en la tabla se indica los puntajes que obtienen 3 proveedores luego de haber realizado el mecanismo de asignación de puntaje de acuerdo al Criterio de Evaluación XX:

PROVEEDOR

CRITERIO DE EVALUACIÓN XX

(PUNTAJE PRELIMINAR)

PUNTAJE FINAL DEL CRITERIO

Proveedor 1

98,52

98,52

Proveedor 2

98,566

98,56

Proveedor 3

98,4481

98,44


*Puntaje preliminar: Puntaje obtenido de la ponderación del criterio de evaluación.
**Puntaje Final del criterio: Puntaje obtenido del ajuste de los dos decimales sin realizar aproximación al Puntaje preliminar.
Cabe señalar, que lo indicado en la columna Puntaje Final del criterio, será lo utilizado para el cálculo del puntaje final de la oferta.

Ofertas Simultáneas
En el caso de que un oferente presente más de una oferta en la licitación, La Municipalidad considerará para efectos de la evaluación de la licitación, sólo la oferta más conveniente, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las bases, presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás.


14. SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

15. SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS.
La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

16. OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS.
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 30% por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole garantía de fiel cumplimiento del contrato (en caso de no tenerla) o ampliación de esta. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica debiendo aplicar lo establecido en el artículo 61 del D.S. 661 de fecha 12 de diciembre de 2024.


17.- DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Se evaluará según los siguientes criterios: 

17.1.- PRECIO: Ponderación 50%
El criterio “PRECIO” se evaluará en base al precio total IVA incluido (el cual corresponde a la sumatoria de los precios unitarios con IVA incluido), de acuerdo a la información ingresada en Anexo n° 5, mediante la siguiente fórmula:

                                    Precio total IVA incluido más bajo

PUNTAJE PRECIO:    -----------------------------------------  X  100 PUNTOS

                                    Precio total IVA incluido que se está evaluando


17.2. CRITERIO EXPERIENCIA DEL OFERENTE Y EQUIPO TÉCNICO (43%). Según Anexo N°4.

Este criterio se compone de 5 sub criterios:

EXPERIENCIA DEL OFERENTE Y EQUIPO TÉCNICO

PONDERACIÓN

TIPO DE EVALUACIÓN INDICANDO FORMULA DE CÁLCULO

PUNTAJE

5%

Oferente

Acredita 5 o más servicios similares

100

Acredita 4 servicios similares

80

Acredita 3 servicios similares

60

Acredita 2 servicios similares

40

Acredita 1 servicio similar

20

No posee experiencia o no la acredita

0

10% Cirujano 1

Acredita 5 o más servicios similares

100

Acredita 4 servicios similares

80

Acredita 3 servicios similares

60

Acredita 2 servicios similares

40

Acredita 1 servicio similar

20

No posee experiencia o no la acredita

0

10% Cirujano 2

Acredita 5 o más servicios similares

100

Acredita 4 servicios similares

80

Acredita 3 servicios similares

60

Acredita 2 servicios similares

40

Acredita 1 servicio similar

20

No posee experiencia o no la acredita

0

10% Cirujano 3

Acredita 5 o más servicios similares

100

Acredita 4 servicios similares

80

Acredita 3 servicios similares

60

Acredita 2 servicios similares

40

Acredita 1 servicio similar

20

No posee experiencia o no la acredita

0

8% Anestesista

Acredita 5 o más servicios similares

100

Acredita 4 servicios similares

80

Acredita 3 servicios similares

60

Acredita 2 servicios similares

40

Acredita 1 servicio similar

20

No posee experiencia o no la acredita

0

   

 Para acreditar experiencia, el oferente y equipo técnico, deberán adjuntar copia simple de los contratos y/o certificado emitido por el mandante de los servicios, donde se estipule expresamente la fecha de inicio y término de contrato, con el propósito de respaldar la información ingresada en el anexo N°4. Los servicios mencionados pueden ser ejecutados o en ejecución, a contar del año 2021 a la fecha de cierre de la recepción de ofertas. Se considerarán sólo documentos que tengan un mínimo de 500 esterilizaciones realizadas por servicio prestado. En caso de no poseer experiencia, deberá ser informado en el anexo. De la misma forma, si un oferente informa experiencia en el Anexo N°4, pero no acredita correctamente o No informa o no posee experiencia, se le asignará cero puntos en el criterio correspondiente.

-      Puntaje ponderado Experiencia del oferente y equipo técnico = (Puntaje Experiencia del oferente x 5% + Puntaje Experiencia del  Cirujano 1 x 10% + Puntaje Experiencia del  Cirujano 2 x 10% + Puntaje Experiencia del  Cirujano 3 x 10%+ Puntaje Experiencia del  Anestesista x 8%)


17.3.- PROGRAMA DE INTEGRIDAD: 5%.
Para la evaluación de este criterio, se considerará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°3. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta, o bien, no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal.
Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°3.
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) se evaluará si cada uno de los integrantes que la conforman posee un programa de integridad que sea conocido por su respectivo personal, lo cual deberá ser declarado por cada uno de ellos a través de la presentación individual del Anexo N°3.
En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta por cada uno de los integrantes de la UTP, o bien, este no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal y, por tanto, la Unión Temporal de Proveedores oferente no cumplirá con los requisitos para obtener puntaje en este criterio, evaluándose con 0 puntos. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°3 y, por tanto, la UTP oferente no cumplirá con los requisitos para obtener puntaje, evaluándose con 0 puntos.

De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:

CRITERIO

PUNTAJE

Presenta Anexo N°3 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y adjunta la copia del Programa de Integridad.

100

No presenta Anexo N°3 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y adjunta la copia del Programa de Integridad.

0

Presenta Anexo N°3 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y no adjunta la copia del Programa de Integridad.

0

No presenta Anexo N°3 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y no adjunta la copia del Programa de Integridad.

0



17.4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES: Ponderación 2%

Se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla:

Descripción

Puntaje

Oferente cumple con la presentación completa de antecedentes.

100 puntos

Oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en las cláusulas N°14 y N°15 de las presentes bases, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado.

50 puntos

Oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las cláusulas N°14 y 15 de las presentes bases.

0 puntos




Puntaje Total Ponderado = Puntaje Precio  x 0.50 + Puntaje Experiencia del oferente y Equipo Técnico x 0.43 + Puntaje  Programa de Integridad x 0.05 + Cumplimiento de requisitos formales x 0.02 

18.- DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Experiencia del Oferente y Equipo técnico”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Programa de Integridad”.  Finalmente, si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio "Cumplimiento de requisitos formales".

Finalmente si aplicando la prelación anterior el empate continuase, se adjudicará al oferente que ingrese primero su oferta en día al portal una vez publicada la licitación. Si el empate persiste, se adjudicará a quien ingrese primero en hora su oferta al portal. 


19.- DE LA ADJUDICACIÓN
Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación al oferente mejor evaluado por la comisión en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto Alcaldicio y se notificará al adjudicado a través del portal de mercado público. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del sistema. 
Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal. 

20.- DE PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso. 


21.- DEL MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE PREGUNTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, las consultas deberán realizarse dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl, a través de correo electrónico, dirigido al contacto de la licitación y responsable del contrato indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las preguntas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.


22.- DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA
Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente tendrá derecho a desistir de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección de Medio Ambiente, vía documento escrito. 

23.- DE LA READJUDICACIÓN
Si el respectivo oferente adjudicado se desiste de su Oferta, o no entrega los documentos para contratar, no firma el contrato, o no acepta la orden de compra (en el caso que no exista contrato), en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

24.- DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR
Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente favorecido, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 10 días corridos los siguientes documentos:

a. Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica.
En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, los documentos solicitados en el punto a, sólo si corresponde, y que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.
b. Si el oferente postuló con la modalidad  “Unión temporal de proveedores”, y  la licitación es mayor a 1000 UTM,  deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.
c. Declaración jurada Habilidad en Registro de Proveedores.  En caso de que el oferente participante sea una Unión Temporal de Proveedores, dicha declaración deberá ser entregada por cada uno de los integrantes de dicha unión.
d. Certificado de antecedentes laborales y previsionales art. 6 Ley de presupuestos 2026, N°21.796, es decir, F-30. En caso de que el oferente participante sea una Unión Temporal de Proveedores, dicho certificado deberá ser entregada por cada uno de los integrantes de la unión.
e) Documentos de los trabajadores que ejecutarán los servicios:
1. Fotocopia de cédula de identidad.
2. Curriculum Vitae.
3. Fotocopia legalizada del certificado de título de los Médicos Veterinarios y Técnicos Veterinarios o Pecuarios, cuando corresponda.
4. Certificado de antecedentes para fines especiales.

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el portal www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. 

Si el oferente postuló con la modalidad de “Unión temporal de proveedores”, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores. 

Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado, se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad. Una vez redactado el contrato, se informará al adjudicado mediante correo electrónico y/o vía telefónica, para que éste sea retirado y proceda a su firma personalmente, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda.

El Adjudicado remite contrato, debidamente suscrito ya sea con firma electrónica simple, adjuntando además copia de la cédula de identidad firmada de la persona natural adjudicada o representante legal de la Empresa, según corresponda, o firma electrónica avanzada o firma autorizada ante Notario a la Unidad Requirente, de forma personal, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda, en un plazo máximo de 10 días hábiles

Si el Oferente Adjudicado no entregare los documentos de solicitados (letras a. y b. sólo si corresponden), no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación
Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Oferente Adjudicado. 

La vigencia del contrato será a partir de la fecha del decreto que aprueba el contrato hasta el 31 de diciembre de 2026 ó hasta la liquidación de éste, estipulado en las presentes bases.

El Oferente Adjudicado no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

Cuando se trate de licitaciones superiores a 5.000 UTM la suscripción del contrato sólo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la adjudicación.


25. DE LA SUBCONTRATACIÓN

En todo evento el adjudicado es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en virtud del Contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores, proveedores o cualquier otra que incumpla el subcontratista. Se prohíbe la subcontratación por no tratarse de un servicio habitual para el Municipio.


26. DE LA DISMINUCIÓN O AUMENTO DE CONTRATO

No corresponde aumento o disminución del contrato por tratarse de una licitación con monto disponible asignado.

27.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al proveedor de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:

a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural.

b) La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

c) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

d) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Las bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.  Se entenderá por incumplimiento grave:

- Lo estipulado en la cláusula Nº 39 De las sanciones y/o multas y su aplicación.
- En caso de que se haga cobro de distintas causales de multa o sanción indicadas en la tabla de la presente  cláusula Nº 39 De las sanciones y/o multas y su aplicación y éstas superen las 40 UTM dentro de un período de 2 meses corridos.

e) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme con el artículo 129 del reglamento de la ley de compras nº 19.886. En tal caso, la entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de la Ley 19.886.

g) Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 130 del Decreto Supremo 661, del Ministerio de Hacienda.

h) Si al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y F30 - 1, y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

i) Las demás causales establecidas en la ley, en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.

En caso de producirse las causales indicadas en b); d); e); y/o h), la Municipalidad de Los Ángeles deberá poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.


28.- DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICADO

El adjudicado deberá ejecutar correcta y oportunamente los servicios contratados. Será responsable de culpa leve por todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual.

El adjudicado será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuito o causa no imputable a aquél, de obtener las autorizaciones de todo servicio requerido para el normal desarrollo de la presente licitación y/o cumplimiento de sus obligaciones.

Los aumentos de plazo, así como el retardo en la ejecución del servicio, o en la elaboración de cualquier acto administrativo que se relacione con el servicio contratado, incluidos los referidos al pago, incluso si fueran imputables exclusivamente a errores u omisiones de la Unidad Técnica y/o del Mandante, no darán derecho a indemnizaciones de ninguna especie.

Corresponderá al adjudicado demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.

Será responsabilidad del proveedor velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.

29.- DE LAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
A) Será obligación del oferente adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Bases Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere, y demás antecedentes de esta licitación, y lo establecido en su oferta y Contrato.

B) La entrega del servicio y todo lo requerido para el normal desarrollo de éste, con estricta sujeción a las presentes Bases y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente.

C) Acatar y dar solución inmediata a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica.

D) Deberá mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso del contrato.

E) Será responsabilidad exclusiva del oferente adjudicado tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el oferente adjudicado, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del oferente adjudicado. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el oferente adjudicado, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el oferente adjudicado, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato, si corresponde.

F) El oferente adjudicado deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley N°20.123 y reglamento que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios, cuando corresponda.

G) Será obligación del oferente adjudicado cumplir con la normativa vigente relativa al Reglamento para la aplicación del Artículo 66 bis de la Ley N°16.744 sobre la Gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios, según corresponda.

H) El oferente adjudicado es el único responsable de emergencias, daños a terceros o de sus trabajadores, si corresponde, en razón de las obligaciones contraídas de la presente licitación; en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios, si corresponde.

I) El oferente adjudicado está obligado y se compromete a ejecutar las obligaciones contraídas de la presente licitación con el menor malestar a los vecinos, en donde éstas se ejecuten. La Municipalidad se reserva el derecho de ponderar este comportamiento y  aplicar las sanciones y/o multas de acuerdo a la Ordenanza Local.

J) Será obligación del oferente adjudicado solicitar la Recepción Conforme al Inspector Técnico y una vez terminado el plazo de ejecución del servicio, notificar al Inspector Técnico el término de las obligaciones contraídas de la presente licitación.

K) El oferente adjudicado deberá informar a la Inspección Técnica si la factura de pago fue cedida o no al factoring para el estado de pago correspondiente.

L) Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el oferente adjudicado deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico.


30.- DE LA ORDEN DE COMPRA

Una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado, el profesional responsable del contrato solicitará a profesional de Secplan la emisión de la primera orden de compra con los respectivos antecedentes para su emisión, entregados por el adjudicado.

El proveedor tendrá un plazo de 2 días hábiles (es decir, contado de lunes a viernes) para aceptar la orden de compra desde el momento de su emisión. Si transcurrido ese plazo el proveedor no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud

En caso de dos o más órdenes de compra, a partir de la segunda hacia adelante, el profesional responsable del contrato solicitará a la unidad de Adquisiciones la emisión de la orden de compra correspondiente.

31. DE LA OPERATORIA DEL SERVICIO

Una vez dictado el decreto que aprueba el contrato, el Inspector Técnico del Servicio deberá mediante correo electrónico notificar al oferente adjudicado para dar inicio al servicio. POSTERIOR A REUNIÓN EJECUTADA ENTRE EL PROVEEDOR Y EL ITS, DONDE EL PROVEEDOR DEBERÁ PRESENTAR SU PLAN DE TRABAJO, SEGÚN SE INDICA EN EL PUNTO 3. PLANIFICACIÓN DE JORNADAS DE ESTERILIZACIÓN E IMPLANTACIÓN DE LAS BASES TÉCNICAS.

El Inspector Técnico coordinará el desarrollo de las jornadas, de acuerdo en la forma que se establece en el punto N°3 de las bases técnicas.
El oferente adjudicado, estará obligado a entregar el servicio, según lo establecido en las Bases Técnicas, de lo contrario, se le aplicará las multas correspondientes.
Para cada procedimiento se deberá completar la Ficha de identificación de la mascota la que será necesaria para validar y posteriormente solicitar la orden de compra de acuerdo al número de servicios (cantidad de procedimientos) ejecutados durante el mes, estos documentos serán corroborados con la planilla Excel que debe presentar el proveedor de acuerdo lo mencionado en el punto N°4.2. de las Bases Técnicas. En este punto, si no existen observaciones, el ITS hará la solicitud de la orden de compra.
Al final de mes, el Inspector Técnico solicitará la emisión de la orden de compra correspondiente a los servicios ejecutados y validados durante el mes, según señalan las bases técnicas. La orden de compra será enviada al proveedor para que emita la factura correspondiente.
Las órdenes de compra se emitirán de acuerdo al precio adjudicado y deberán señalar cualquier otra información atingente al requerimiento de compra según se estime pertinente.
El proveedor adjudicado no podrá rechazar la orden de compra válidamente emitida en conformidad a este convenio.

La orden de compra deberá estar en estado aceptada para el respectivo pago.


32.- DEL PLAZO DE EJECUCIÓN
Una vez dictado el decreto que aprueba contrato, la unidad mandante podrá hacer uso del servicio contratado.  La unidad mandante hará uso del servicio de suministro hasta el 31 de diciembre de 2026.
El desarrollo de las jornadas será coordinado entre el Inspector Técnico y el oferente adjudicado, de acuerdo a lo estipulado en las Bases Técnicas que forman parte de la presente licitación.
El plazo fijado para el desarrollo de las jornadas, se entenderá en días hábiles y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativa:

1. Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Proveedor.
2. Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.
3. Que el hecho sea insuperable.
4. Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.


33.- DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO

La ejecución del servicio por parte del Proveedor, se efectuará en base a lo estipulado en el contrato firmado por ambas partes y en base a lo ofertado por el Proveedor en su Anexo N°5, Oferta Técnico Económica.


34. DE LOS PERMISOS
El Proveedor deberá considerar en su oferta todos los permisos y pagos que se requieran, con el fin de ejecutar el servicio, con el cumplimiento frente a todas las entidades públicas o privadas, que correspondan.


35.- DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico, I.T.  al o los profesionales a quién la Directora de la Dirección de Medio Ambiente le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución del suministro y en general, por el cumplimiento del Contrato, el que deberá ser designado por decreto Alcaldicio indicando I.T.  suplente y las funciones a desarrollar.

36.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO

Serán atribuciones del Inspector Técnico lo siguiente:

a. El Inspector Técnico inspeccionará el cumplimiento de la ejecución del servicio de acuerdo a todos los antecedentes de las obligaciones contractuales.

b.  El Inspector Técnico tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del pago correspondiente, o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquellos no fuesen suficientes.

c. El Inspector técnico emitirá Certificado detallado que acredite la recepción conforme de los servicios o Certificado detallado de recepción con observaciones, según corresponda.

d. El Inspector técnico validará el cumplimiento sobre las características intrínsecas de los servicios requeridos.

e. Las órdenes y/o instrucciones impartidas por el Inspector Técnico al proveedor serán estipuladas siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones de las presentes bases, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la Inspección Técnica estipule.


37.- DEL PAGO

La Municipalidad pagará al proveedor adjudicado conforme al contrato y oferta presentada en Anexo N°5 “Oferta Técnico Económica”, contra Factura, la cual deberá indicar el número de orden de compra correspondiente.
La facturación debe ser realizada a nombre de:

RAZÓN SOCIAL

:

MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES

RUT

:

69.170.100-K

DIRECCIÓN:

:

CAUPOLICÁN 399, LOS ÁNGELES.

La Municipalidad pagará directamente al adjudicado, según Anexo Nº5 Oferta Técnico Económica. La Directora de la Dirección de Medio Ambiente junto al Inspector Técnico dará su Visto Bueno a la respectiva factura, de acuerdo a la oferta presentada por el adjudicado. El pago será contra factura a nombre de la Municipalidad, RUT Nº 69.170.100-k, calle Caupolicán N° 399 Los Ángeles. 

El pago será al contado, sin reajustes ni intereses: “contraprestación conforme, de acuerdo a las órdenes de pedido solicitadas por el inspector técnico”.  En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el adjudicado. Los descuentos se harán del estado de pago y/o de las garantías vigentes. 


38.- DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO
Para el pago, se deberán presentar los siguientes documentos, los cuales son obligación del adjudicado y del Inspector Técnico, según el siguiente detalle: 

1.- El Proveedor debe presentar: 
1.1. Factura, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles RUT: 69.170.100-K, la factura deberá indicar el número de orden de compra correspondiente.
1.2. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico.
1.3. Copia de la liquidación de remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el mes correspondiente al proceso de cobro.
1.4. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales (F30-1) vigente, emitido por la Inspección del Trabajo que acredite que el Contratista no tiene reclamaciones laborales por parte de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el mes correspondiente al proceso de cobro. 
1.5. Certificado de antecedentes laboral y previsional vigente emitido por la Inspección del Trabajo.
1.6. Planilla Excel con los registros de los procedimientos ejecutados y validados durante el mes.
1.7. Ficha de identificación de la mascota. 
1.8 En caso de trabajadores contratados en modalidad de honorarios:
- BOLETA DE HONORARIOS
- CERTIFICADO DE EMISIÓN DE BOLETAS DE HONORARIOS (emitido por el proveedor y firmado por los profesionales a honorarios, quienes se responsabilizan de realizar sus pagos previsionales.

2.- El Inspector Técnico deberá presentar: 
2.1- Estado de pago con el detalle de las órdenes de compra, con visto bueno de la Directora de la Dirección de Medio Ambiente y del Inspector Técnico. 
2.2- Factura a nombre del municipio, con visto bueno de la Directora de la Dirección de Medio Ambiente y del Inspector Técnico.
2.3- Copia de la orden de compra debidamente aceptada por el oferente.
2.4- Certificado detallado que acredite la recepción conforme del servicio visado por el I.T. 
2.5- Copia de planillas excel con los datos de cada operativo (punto 4.2 Bases Técnicas).
2.6- Copia de bases administrativas y Bases Técnicas. 
2.7- Anexo Nº5: Oferta Técnico Económica. 
2.8- Copia de decreto Alcaldicio de adjudicación y sus modificaciones si correspondiere.
2.9- Copia de nombramiento de Inspector Técnico y suplente.
2.10- Copia Decreto que aprueba contrato y sus modificaciones si correspondiera.
2.11- Copia de contrato y sus modificaciones si correspondiera.
2.12- En el caso de haberse cursado multas y éstas hayan sido favorables al municipio, se deberá adjuntar además el decreto Alcaldicio que sanciona la o las multas.
2.13-En caso de factura cedida al factoring, informe de cesión emitido por el SII (www.sii.cl). 


39.- DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN

Las multas serán aplicables en virtud a las causales indicadas a continuación:

Falta

Sanción

1

No proceder con la extracción de los órganos reproductivos en los animales intervenidos.

5 UTM por cada vez que se detecte.

2

No efectuar marcaje, implantación de microchips y/o vacuna antirrábica de todos los animales esterilizados, salvo que esta ya la tengan.

5 UTM por cada vez que se detecte.

3

La ejecución de las esterilizaciones efectuadas por personas diferentes a Médico Veterinario titulado.

5 UTM por cada vez que se detecte.

4

No reportar animales fallecidos al Programa.

5 UTM por cada vez que se detecte.

5

La utilización de personal, equipamiento y/o insumos insuficientes o de calidad inferior a los requeridos por el Programa.

5 UTM por cada vez que se detecte.

6

Por no presentarse a un operativo previamente agendado.

5 UTM por cada vez que ello ocurra.

7

Por incumplimiento de la Guía de Protocolo Médico de Servicios Veterinarios Públicos de la Subdere, durante la ejecución de los operativos.

5 UTM por evento.

8

No dar cumplimiento a las instrucciones que disponga el ITS en tiempo y forma, a través del libro manifold, según los requisitos técnicos establecidos en las Bases Técnicas.

5 UTM por cada vez que ello ocurra.

9

No efectuar el registro de antecedentes de usuarios y pacientes en la planilla dispuesta por el programa, o registrar antecedentes falsos.

2 UTM por cada vez que se detecte.

10

Realizar cobro del servicio o recibir donaciones durante las jornadas.

5 UTM por cada vez que se detecte.

11

Por no utilizar la ropa de trabajo quirúrgico y/o utilizar la ropa de trabajo sucia e impresentable.

3 UTM por cada vez que se detecte.

12

Funcionamiento con dotación incompleta.

5 UTM por trabajador ausente y toda vez que se infrinja en este punto.

Se dará término anticipado del contrato en caso de producirse el siguiente caso:

En caso de que se haga cobro de distintas causales de multa o sanción indicadas en la tabla de la presente cláusula, y el cobro de éstas supere las 40 UTM dentro de un período de 2 meses corridos.

- El valor de la UTM será del mes en que ocurra el incumplimiento.

-El responsable de la aplicación de las multas será el Inspector Técnico y podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes bases.
-Las multas se registrarán mediante el envío de correo electrónico.  El proveedor se dará por notificado de la multa al día hábil (de lunes a viernes) siguiente de su registro.
- Las multas se descontarán del pago correspondiente.
-Toda multa, apelada o no por el proveedor, será formalizada mediante decreto Alcaldicio.

40.- DEL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES

Este procedimiento se utilizará para la aplicación de multas y término anticipado del contrato.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multa o término anticipado del contrato, la Dirección a cargo, notificará inmediatamente de ello al proveedor, por escrito, a través de libro de inspección técnica o correo electrónico, informando sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquella se motiva.

A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito acompañando todos los antecedentes que respalden su posición mediante carta dirigida al director (a) de la Dirección a cargo. Dicha comunicación deberá ser ingresada en la secretaría municipal respectiva en horario de 08:15 horas a 14:00 horas y desde las 15:00 a 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes.

Vencido el plazo indicado en el párrafo anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de decreto alcaldicio.

Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Municipalidad, mediante una comisión Municipal de Apelación, conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control de la Municipalidad de Los Ángeles o quienes los subroguen, tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, para la aplicación de multas.

En caso de rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor, la sanción que se aplique deberá formalizarse a través de decreto alcaldicio, en la cual deberá además pronunciarse sobre los descargos presentados.

Todo decreto alcaldicio, se notificará al respectivo proveedor por escrito, y se publicará oportunamente en el sistema de información electrónico.

Cabe señalar que, a estos actos administrativos, le son aplicables los recursos de impugnación estipulados en la Ley N° 19.880 “Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.

Se entiende a la Dirección Municipal respectiva a Dirección de Medio Ambiente.


41.- DE LOS DESCUENTOS
En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Proveedor. Los descuentos se harán del estado de pago del Proveedor y/o de las garantías vigentes.


42.- DE LA RECEPCIÓN CONFORME
A medida que se hace uso del contrato de servicios, en conformidad a las necesidades de la Dirección de Medio Ambiente, el Inspector Técnico deberá emitir un Certificado detallado de Recepción Conforme de los servicios realizados, el cual deberá ser visado por la Inspección Técnica y por la Directora de la Dirección de medio Ambiente, indicando la recepción conforme del servicio en tiempo, forma, cantidad y calidad.
En el caso de que la Inspección Técnica considere que no corresponda dar visto bueno a la entrega del servicio, deberá emitir observaciones, solicitando la aplicación de descuentos necesarios por concepto de multas o solicitar el término anticipado del contrato, si corresponde.


43.- DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Una vez cumplida la vigencia del contrato, se procederá a realizar la Liquidación del Contrato una vez transcurridos 60 días corridos, contados a partir de la fecha de término de vigencia del contrato.  La liquidación del Contrato será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. La Liquidación del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del adjudicado. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo.
En caso de término anticipado de Contrato la liquidación se efectuará en las mismas condiciones descritas en la presente cláusula, mediante informe o documento que dictamina el término anticipado del contrato.

44.- DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica, no libera al adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio será exclusivamente del adjudicado. 

45.- DE LA RESPONSABILIDAD
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeren a terceros con motivo u ocasión de la ejecución del servicio, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el adjudicado. 

46.- JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas o del Contrato y demás Documentación que rige esta Licitación se someterá a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

47.- DE LOS DAÑOS A TERCEROS
Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo del cumplimiento de la entrega de los suministros, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costos del Adjudicado.

48.- PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, artículos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

RAZÓN SOCIAL

:

MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES

RUT

:

69.170.100-K

DIRECCIÓN:

:

CAUPOLICÁN 399, LOS ÁNGELES.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.