BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS
"PROFESIONAL MÉDICO FAMILIAR PIE 2026"
- ANTECEDENTES GENERALES
La Ilustre Municipalidad de Coltauco, R.U.T. N° 69.080.700-9, con domicilio en Avda. Bernardo O’Higgins N° 254, comuna de Coltauco, a través del Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM), llama a licitación pública a través del portal www.mercadopublico.cl, para contratar los servicios de Profesional Medico Familiar para desarrollar atenciones médicas a cada alumno beneficiario del Proyecto Integración Escolar año 2026. El presente proceso licitatorio se regirá por lo dispuesto en las Bases Administrativas y Técnicas y demás antecedentes que las complementan, los cuales se entenderán formar parte integrante del presente llamado a licitación.
- FINANCIAMIENTO
El financiamiento de la licitación denominada “Profesional Médico Familiar PIE 2026” se realizará con cargo a la Subvención Programa de Integración Escolar (PIE), vigente para el año 2026. Los valores ofertados deberán considerar el IVA incluido.
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Cuenta Contable
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Denominación
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Presupuesto
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215.22.11.999.001.001
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OTROS (SERVICIOS PROFESIONALES)
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$ 8.820.000.-
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- MANDANTE
Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación Municipal (DAEM)
- UNIDAD TÉCNICA REQUIRENTE
Departamento de Adquisiciones DAEM – Coordinadora Comunal Programa Integración Escolar Coltauco
- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES (Para Ofertar y Contratar)
Podrán participar en la licitación, las personas naturales y/o jurídicas, en la forma individual o colectiva, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los Artículos 4° de la Ley N°19.886, inhabilidades previstas en el Articulo 35 quater de la Ley N°19.886 agregado por la Ley N° 21.634, no haber sido sancionado de acuerdo con la Ley N° 20.393 con la prohibición absoluta o temporal para celebrar actos o contratos con los organismos del Estado.
Los Oferentes Persona Natural y/o Persona Jurídicas deberá contar con iniciación de actividades ante Servicio de Puestos Internos (SII), encontrarse inscrito y hábiles en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl, de conformidad con lo establecido en el Artículo 16° de la Ley N°19.886. En el caso de que un oferente no se encuentre inscrito ni hábil en el registro indicado, su oferta será declarada inadmisible.
5.1. Requisitos para Ofertar:
- El Proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta del contrato) (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
- Como Persona Jurídica el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos Ley N° 20.393 Artículo 10°.
- No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en el código penal (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
- No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (Articulo 26, Letra d) Decreto Ley N° 211).
- El Proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora. (Artículo 4° Ley N°19.886/2003), (Articulo N° 56 de la Ley N° 18.575).
- El Proveedor no debe estar contratado por el mismo organismo del Estado, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por el mismo organismo, ni ser cónyuge o conviviente civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiario finales, ni con los Gerentes, Administradores, Representantes Legales o Directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma Autoridad o Jefatura Superior del organismo o Servicio Público que intervenga en el procedimiento de contratación.
- Igualmente, la prohibición para subscribir contratos establecidos en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de Jefe de Departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del Articulo 54 de la Ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o estas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario(a) haya cesado en su cargo.
- Abundando en el punto anterior, se entiende por grado de consanguinidad y/o afinidad lo siguiente:
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TITULAR (FUNCIONARIO DE PLANTA, CONTRATA U HONORARIOS)
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CÓNYUGE O CONVIVIENTE CIVIL
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Grado
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Consanguinidad
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Grado
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Afinidad
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1°
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Padres (Padre y Madre)
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1°
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Suegros/ padres del conviviente civil
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Hijos e Hijas
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Hijos(as) del cónyuge o conviviente civil.
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2°
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Hermanos y Hermanas
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2°
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Cuñados/hermanos del conviviente civil.
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Abuelos(as)/Nietos(as)
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Abuelos del cónyuge/nietos (as)
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- Los oferentes al ingresar su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, se estimará que declaran no encontrarse inhabilitados por ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas en el párrafo Requisito de los participantes (para Ofertar y Contratar).
- Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas, técnicas y anexos.
5.2. Requisito para Contratar:
- Al momento de contratar el oferente adjudicado deberá tener vigente su contrato en el Registro de Proveedores y en contraste, del estado hábil para contratar con el Estado. Además, se obtendrá desde la plataforma www.mercadopublico.cl, Declaración Jurada simple de requisito para ofertar, que es aquella que el Oferente debe completar al momento de ingresar su oferta (Formato adjunto es solo de carácter referencial).
- Los Oferentes Persona Natural y/o Persona Jurídicas deberá contar con iniciación de actividades ante SII (Servicio de Impuestos Internos), como así mismo estén previamente inscrito en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley N° 19.888/2003, “Bases sobre contratos administrativos, de suministro y prestación de servicios.
- SOBRE RENTAS Y PATENTES COMERCIALES.
En este contexto, es preciso recordar que el decreto ley No 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, señala en su artículo 23 que el ejercicio de todo profesión, oficio, industria, comercio, arte o cualquier otra actividad lucrativa secundaria o terciaria, sea cual fuere su naturaleza o denominación, está sujeto a una contribución de patente municipal, y que, según lo dispuesto en el artículo 57 del mismo, las infracciones a la presente ley no sancionadas especialmente serán castigadas con una multa de hasta el equivalente a tres unidades tributarias mensuales.
En consecuencia, para participar en este acto licitatorio, el oferente debe cumplir con el requisito de admisibilidad de contar con documento Patente Municipal/Comercial y Profesional vigente al momento de ofertar.
- ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO
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PROCESO
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DESCRIPCIÓN
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Publicación de la Licitación
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Se publicará a más tardar tres (3) días hábiles dictada la Resolución aprobatoria.
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Periodo de Consultas
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A contar de las 23:59 horas del día de su publicación, el plazo permanecerá vigente por un período de tres (3) días hábiles, finalizando en día hábil a las 23:59 horas.
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Periodo de Respuesta a Consultas
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Se realizará a contar del día siguiente a la finalización del proceso de consultas a las 15:00 hrs. En caso de coincidir dicho día con una fecha inhábil, la actividad se llevará a cabo el día hábil siguiente, a la misma hora.
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Cierre de Recepción de Ofertas
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Se realizará a los diez (10) días de corrido, contados desde la fecha de publicación, en día hábil, a las 11:00 hrs.
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Apertura Electrónica de las Ofertas
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La apertura de las ofertas podrá efectuarse inmediatamente después del cierre a las 11:01, o bien dentro de un plazo máximo de tres (3) días posteriores a dicho cierre.
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Evaluación de las Ofertas
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La evaluación se realizará en un plazo de Tres (3) días hábiles, contado desde la apertura electrónica de las Ofertas.
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Publicación de la Adjudicación
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Se procederá a adjudicar pasado diez (10) días corridos desde la fecha de apertura de la licitación.
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Emisión de la Orden de Compra
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Posterior a la adjudicación se enviará la O.C. teniendo un plazo de tres (3) días hábiles para aceptar Orden de Compra.
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Firma del Contrato de Servicio
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Se procederá a firmar el contrato de suministro en un plazo de diez (10) días hábiles, posterior a la Adjudicación
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Inicio del Servicio
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Una vez aceptada la Orden de Compra y firmado el Contrato, tendrá un plazo de 24 horas para coordinar con la entidad el inicio del servicio.
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- OBJETIVO DEL REQUERIMIENTO “PROFESIONAL MÉDICO FAMILIAR PIE 2026”.
El Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM) requiere contratar los servicios profesionales de un Médico Cirujano con especialidad en Medicina Familiar, para realizar evaluación médica integral a aproximadamente 490 estudiantes beneficiarios del Programa de Integración Escolar (PIE) año 2026, pertenecientes a establecimientos educacionales de la comuna de Coltauco.
- Aquellos proveedores que no se ajusten a lo solicitado no serán considerados en la evaluación de ofertas.
- Los proponentes deberán considerar todos los gastos, directos e indirectos que irrogue el cumplimiento del contrato.
- En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del portal que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes, el oferente tendrá un plazo de 48 horas, contados desde el acto de apertura, para presentar en las oficinas del DAEM, un certificado emitido de la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar situación ante el DAEM y el resto de los oferentes que participen en la licitación. En tal evento, se admitirá que el oferente haga entrega en soporte de papel de su oferta, dentro del mismo plazo señalado. Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo efectuado al sistema de información de compras y contratación pública. Para tal efecto, deberá coordinar previamente la fecha y horario de entrega de su oferta, a través del siguiente correo electrónico: mvera@daemcoltauco.cl y esepulveda@coltauco.cl.
- CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS
Se requiere contratar los servicios profesionales de un Médico Cirujano con especialidad en Medicina Familiar, para realizar evaluación médica integral a aproximadamente 490 estudiantes beneficiarios del Programa de Integración Escolar (PIE) año 2026, pertenecientes a establecimientos educacionales de la comuna de Coltauco.
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N.º
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Clasificación ONU
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Cant.
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Unidad de Medida
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Descripción
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1
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80111606
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490
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Unidad
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Evaluación médica individual a cada estudiante beneficiario PIE, si es necesario realizar derivación a otro profesional según diagnóstico, y completar íntegramente el Formulario Único de Valoración de Salud del Ministerio de Educación .
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Descripción del Servicio
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Cantidad
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EL PROFESIONAL DEBERÁ:
- Realizar evaluación médica individual a cada estudiante beneficiario PIE (aprox. 490 alumnos).
- Completar íntegramente el Formulario Único de Valoración de Salud del Ministerio de Educación.
- Completar los formularios de puño y letra del evaluador, en horario regular de funcionamiento del establecimiento educacional.
- Emitir diagnóstico clínico cuando corresponda.
- Realizar derivaciones a otros profesionales de salud cuando el diagnóstico lo requiera.
- Entregar la totalidad de formularios debidamente completados dentro del plazo contractual.
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490
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PLAZO DE EJECUCIÓN:
El servicio deberá ejecutarse en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha indicada en el acta de inicio o aceptación de la orden de compra. El oferente deberá presentar obligatoriamente un Plan de Trabajo, el cual deberá contener:
- Cronograma detallado por establecimiento educacional.
- Distribución estimada de estudiantes por jornada.
- Metodología de trabajo en terreno.
- Estrategia de cumplimiento del plazo máximo establecido.
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LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIO:
El servicio deberá ejecutarse en los siguientes establecimientos educacionales de la comuna:
- Escuela “Subte. Julio Montt Salamanca”, Camino a Montegrande, s/n, Comuna Coltauco.
- Escuela “Lucila Godoy Alcayaga”, Camino La Paz s/n, sector Lo Ulloa, Comuna Coltauco.
- Escuela Lo de Cuevas
- Escuela “Josefina Vial de Vial”, hijuela del medio s/n, Comuna Coltauco.
- Escuela Viña la Cruz, ubicada en Carretera H-30 S/N, Sector Viña la Cruz, Coltauco.
- Escuela “Subteniente Luis Cruz Martínez”, ubicada en Avda. Quillayquén s/n, Sector Parral dePurén, Comuna Coltauco.
- Escuela Rinconada de Idahue, Camino el Cristo s/n, sector Rinconada de Idahue, Comuna de Coltauco.
- Escuela “Capitán Ignacio Carrera Pinto”, Avenida Ignacio Carrera Pinto s/n, sector Almendro, Comuna Coltauco.
- Colegio “Nuestra Señora de Loreto”, carretera H-30 Loreto, Comuna de Coltauco.
- Colegio “Quillayquén”, ubicada en Avda. Quillayquen, sector Rinconada de Parral.
- Escuela “Osvaldo Ruiz García”, ubicada en Avenida Bernardo O´Higgins n°500, Coltauco
- Escuela “Subte. Arturo Pérez Canto”, carretera H-30 s/n Idahue lado retén, Comuna Coltauco.
- Liceo Berta Zamorano Lizana, Avenida República de Chile 233, Comuna Coltauco.
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REQUISITOS DEL PROFESIONAL:
El profesional deberá adjuntar obligatoriamente:
- Copia del Título Profesional de Médico Cirujano.
- Certificado que acredite especialidad en Medicina Familiar.
- Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud.
- Curriculum Vitae actualizado.
- Declaración jurada simple de conducta intachable.
La omisión de cualquiera de estos antecedentes dejará la oferta inadmisible.
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CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
El profesional deberá:
- Mantener conducta intachable con estudiantes, apoderados y funcionarios.
- Respetar protocolos internos de cada establecimiento.
- Resguardar la confidencialidad de la información clínica obtenida.
- Cumplir la normativa sanitaria vigente aplicable.
- El incumplimiento grave podrá ser causal de término anticipado del contrato, conforme a lo establecido en las bases administrativas.
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10. INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, adjuntando Anexo(s) indicado(s) en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl.
No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito incluyendo el previo ingreso del Anexo requerido.
Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Para facilitar el ingreso de documentación al Sistema de Información, se sugiere evitar el ingreso de múltiples archivos por separado, los cuales pueden ser agrupados en un solo documento contenedor de formato PDF.
El Oferente, que ingrese una oferta en el sistema ha tomado conocimiento cabal de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y los acepta en su totalidad.
El Oferente deberá ingresar en www.mercadopublico.cl, en la Licitación denominada “PROFESIONAL MÉDICO FAMILIAR PIE 2026”, los siguientes antecedentes:
10.1. Antecedentes Administrativos
- Formulario N° 1 Identificación del Oferente.
- Patente municipal, comercial y/o profesional vigente.
- Título profesional de “Medico”, con especialidad en Medicina Familiar. (Excluyente).
- Curriculum Vitae.
- Certificado de inscripción vigente Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud como Médico Familiar (Excluyente).
- Certificado de inhabilidad para trabajar con menores.
10.2. Antecedentes Técnicos
- Formulario N° 2 Oferta Técnica.
- Formulario N° 3 Certificación de experiencia (Anexar copias de ordenes de compras o contratos similares, certificados).
10.3. Antecedentes Económicos
- Formulario N° 4 Oferta Económica
En caso de haber omitido el ingreso de alguno de los documentos antes señalados, se otorgará un plazo de 48 hora hábiles, para ingresarlo, descontándose 1 punto del puntaje total obtenido.
En aquellos casos, que los archivos no se puedan descargar, o bien no se puedan abrir, se informará a través de foro inverso para subsanar la situación, de igual manera se procederá a descontar un punto del puntaje total obtenido.
11. DE LA APERTURA ELECTRÓNICA
11.1. Apertura Electrónica
La Apertura Electrónica se efectuará a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en una etapa y será la Unidad de Adquisiciones del Departamento de Educación la encargada de realizarla.
Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto “Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos" de las presentes Bases Administrativas y técnicas que rigen para esta Licitación. Aquellas ofertas que no presenten el Formulario N.º, 2 y 3, se entiende que constituyen una omisión formal, de aquellas referidas en el Articulo N° 56 del Reglamento de Compras (Decreto N° 661/2024) la Ley N° 21.634/2023. Por tanto, los oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante la presentación de los referidos anexos, dentro del plazo de 48 horas hábiles, contado desde que la Municipalidad comunique a dichos proveedores y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información, esta situación.
11.2. Comisión Evaluadora
Se designará la Comisión Evaluadora por el mediante acto administrativo correspondiente a través del Departamento de Educación conformada por 3 Integrantes para realizar la evaluación de las ofertas, quienes tendrán las siguientes atribuciones:
- Realizar la evaluación de las ofertas, rechazando aquellas ofertas que no se ajusten al presupuesto disponible o que contengan errores u omisiones importantes y que, a juicio de la comisión evaluadora, afecte el principio de igualdad de los proponentes.
- Podrán declarar inamisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir, durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
- Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, tendrán la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan concluir dicha controversia.
- Efectuar el análisis y evaluación de las ofertas recibidas considerando los montos ofertados por los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl, levantar un acta de evaluación dirigida al Sr. Alcalde o en quien este delegada esta atribución, con la terna, ordenados del mayor al menor puntaje. Y solo se podrá adjudicar aquellas ofertas que tengan mayor porcentaje y que superen o igualen el 70%.
- La comisión evaluadora podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si se determina que se tratan de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado esta significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del contrato. La comisión podrá solicitar a través del portal www.mercadopublico.cl a los proveedores en un plazo de 3 días hábiles acompañando antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido su oferta
12. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación de las Ofertas se realizará considerando los siguientes criterios y ponderaciones respectivas:
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N°
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Criterio
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Ponderación
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1
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Oferta Económica – Precio
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35%
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2
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Experiencia Profesional del Oferente
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30%
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3
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Cumplimiento de los Aspectos Técnicos - Plan de Trabajo
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35%
|
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Ponderación Total
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100%
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Conforme a los criterios de evaluación antes mencionados se emitirá un acta de evaluación, dirigido al Alcalde / Administración Municipal y Concejo Municipal correspondiente para su determinación de adjudicar (si corresponde) mediante Decreto Alcaldicio.
12.1. Oferta Económica – Precio (35%)
Los oferentes deberán presentar su propuesta económica indicando precios unitarios por cada ítem requerido. Las cantidades señaladas tienen carácter referencial y se utilizan únicamente para efectos de evaluación. El contrato se ejecutará bajo la modalidad de prestación de servicios, pagándose únicamente los servicios solicitados y recepcionados conforme a Orden de Compra.
En el comprobante de Oferta en plataforma www.mercadopublico.cl deberá indicar total neto siendo este comparado con el Formulario N° 4 Oferta Económica.
En caso de discrepancia entre el precio registrado en el comprobante de oferta del portal mercado público y el precio señalado en el referido Formulario económico, prevalecerá lo informado en el “Comprobante de Ingreso de la Oferta”:
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N°
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Criterio de Evaluación
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Rango
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1
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Oferta Económica – Precio (35%)
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Puntaje Precio = (mínimo entre los oferentes) / precio X 100
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12.2. Experiencia Profesional del Oferente del Oferente (30%)
Se otorgará mayor puntaje a la oferta que, en el Formulario “Experiencia del Oferente”, indique Órdenes de Compra con Recepción Conforme y el organismo público en el cual se prestaron los servicios. Bastará con que dichas Órdenes de Compra sean mencionadas en el formulario, ya que serán verificadas directamente en el portal www.mercadopublico.cl.
En el caso de experiencias que no se encuentren registradas en el portal de Mercado Público, el oferente deberá adjuntar cartas de respaldo, contratos u otra documentación que permita acreditar dichos servicios, a fin de que estos antecedentes puedan ser considerados en la evaluación:
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N°
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Criterio de Evaluación
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Rango
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2
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Experiencia del Oferente en el Rubro (30%)
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Más de 5 años de Experiencia
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:
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100 puntos
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4 a 5 años de Experiencia
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:
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75 puntos
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|
3 a 4 años de Experiencia
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:
|
50 puntos
|
|
Menos de 3 años
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:
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25 puntos
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|
No informa o no se puede demostrar
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:
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0 puntos
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12.3. Cumplimiento de los Aspectos Técnicos – Plan de Trabajo (35%)
Obtendrá mayor puntaje aquel oferente que al momento de la apertura electrónico, cumpla con todos los requisitos técnicos solicitados en el punto N° 9. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS REQUERIDO, y FORMULARIO TÉCNICO, coherencia del cronograma, viabilidad de cumplimiento en 15 días, metodología clara, organización territorial, aquellos proveedores que no se ajusten a lo solicitado no serán considerados en la evaluación de las ofertas:
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N°
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Criterio de Evaluación
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Rango
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|
3
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Plan de Trabajo (35%)
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Cumple el 100%
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:
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100 puntos
|
|
Cumple entre 91% y 99%
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:
|
90 puntos
|
|
Cumple entre 81% y 90%
|
:
|
80 puntos
|
|
Cumple entre 71% y 80%
|
:
|
70 puntos
|
|
Cumple entre 61% y 70%
|
:
|
60 puntos
|
|
Cumple entre 51% y 60%
|
:
|
50 puntos
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Cumple el 50% o menos
|
:
|
40 puntos.
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|
No cumple o no se informa
|
:
|
0 puntos
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13. OTROS ASPECTOS DE LA EVALUACIÓN
13.1. De las Consultas (Foro Inverso)
El mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación Municipal (DAEM) “podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores…” (Articulo N° 56 del Reglamento de Compras, Decreto N° 661/2024, la Ley N° 21.634/2023). Dichas consultas o dudas serán solicitadas por el operador del sistema, activando el enlace pertinente, para que sean contestadas dentro de 48 horas hábiles. Si, por el contrario, el o los oferentes consultados no dieran respuestas, se marginará del proceso por tratarse de los antecedentes a evaluar.
13.2. Del puntaje mínimo para adjudicar
Se sumarán todos los ponderados, lo que dará un puntaje total y que permitirá determinar cuál de las ofertas pasará a formar parte de la terna. Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes tengan igual o superior al 70% de la ponderación.
13.3. De los antecedentes omitidos
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso del Formulario “Oferta Económica”, y la Patente Comercial, Municipal y/o Profesional, éste será marginado del proceso licitatorio, por tratarse de requisitos de admisibilidad.
13.4. De los documentos extras no exigidos y presentados por el Oferente
Con el propósito de colaborar con el medio ambiente y optimizar los recursos financieros y humanos, aquellas ofertas donde el Oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, éstos no serán impresos ni considerados por la comisión evaluadora.
13.5. De presentarse solo una Oferta
Cuando en un proceso licitatorio se presentase una (01) sola oferta, la Comisión de Evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o Deserción. Lo recién indicado debe entenderse de conformidad con el artículo 9, inciso segundo de la ley 19.886.
13.6. De la Subcontratación
No será admisible la subcontratación debido a que se trata de servicios especiales, y se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del Oferente.
13.7. Oferta riesgosa o temeraria
El mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación (DAEM) podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. (Decreto N° 661/2024, Articulo 61.-)
13.8. Union Temporal de Proveedores
De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el Artículo 180° del citado reglamento. Para lo cual, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compras, deberán establecer, en el documento que formaliza la UTP, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Este documento podrá ser público o privado, según corresponda.
Oportunidad de presentación del instrumento: Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjunta al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. El documento deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes.
Para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, un documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. De resultar adjudicada, esta Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
De resultar adjudicados, la Municipalidad exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) se encuentren inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores.
Duración de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación o prórroga, si hubiere.
Presentación de la oferta: Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo en todo caso dar cumplimiento a todos los requisitos exigidos en las bases.
Corresponde a la Municipalidad determinar los criterios de evaluación y sus ponderaciones, sin embargo, las UTP gozan de total discreción a la hora de determinar cómo formulan sus ofertas y de elegir los antecedentes que presentarán para cumplir con lo exigido en las bases y para ser evaluados de acuerdo con los criterios y ponderaciones predeterminados en las bases. En efecto, una UTP podría, a modo ejemplar, presentar juntamente con su oferta, la experiencia de todas o de sólo algunas de las empresas que la integran, según cual sea la modalidad más ventajosa para los efectos de la evaluación de su oferta.
13.9. Resolución de Empate
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio que más adelante se describe y que si persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio que siga y así sucesivamente y que si aún persiste se adjudicara a quien haya ingresado primero la oferta:
1º. Oferta Económica – Precio.
2º. Experiencia del Oferente en el Rubro.
3º. Cumplimiento de los Aspectos Técnicos – Plan de Trabajo.
14. DE LA ADJUDICACIÓN
Se adjudicará a un solo oferente la totalidad de la licitación.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, o no se encuentra hábil en el registro de proveedores, o bien no suscribe el Contrato de prestación de servicios, el mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación Municipal (DAEM) podrá seleccionar al oferente que de acuerdo con el resultado de la evaluación le siga en la terna y en puntaje y/o podrá dejar sin efecto la adjudicación, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En caso de que la Licitación se declara desierta ( Artículo 59, Decreto N° 661/2024), por no presentarse ofertas, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado.
Eventualmente, la Unidad Compradora podrá de acuerdo con el Artículo 58° del Reglamento de Compras (Decreto N° 661/2024), indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de adjudicación, estas podrán ser hasta 30 días.
14.1. Mecanismo para solución de consultas respecto de la Adjudicación
Cualquier duda o consulta será por escrito a e-mail esepulveda@coltauco.cl, y/o mvera@daemcoltauco.cl, una vez recibido será derivado a la Comisión evaluadora y se procederá a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, en un plazo de 48 horas hábiles.
14.2. De la Re-adjudicación
Se procederá a la Re-Adjudicación cuando el proveedor seleccionado rechace la oferta y/o la orden de compra, desista de participar en el proceso, o incumpla con los requisitos necesarios para la suscripción del contrato, adjudicando al segundo puntaje en la Terna, siendo este superior o igual al 70% de cumplimiento.
15. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO
Una vez adjudicado y notificado a través del portal www.mercadopublico.cl, él mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación (DAEM) y él adjudicatario, formalizarán con un Contrato de Prestación de Servicios. Para ello tendrán un máximo de 10 días hábiles y cuyo contenido contendrá entre otros puntos, el plazo de ejecución (fecha de término) de los trabajos, el monto a cancelar y causales de término anticipado de éste.
15.1. Forma de Pago
El sistema de pago será en forma mensual, contra factura a 30 días, la cual será financiada con recursos de la Subvención Fondos del Departamento de Educación (DAEM), vigente para el año 2026.
La factura podrá ser entregada a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad de Coltauco, Ubicado en Avenida Bernardo O’Higgins N° 254, Coltauco, quien remitirá el Informe Favorable, copia de la Orden de Compra Electrónica, dirigido a Oficina de Finanzas DAEM en un plazo no superior a 24 horas recepcionado el documento. El informe de conformidad deberá reflejar explícitamente si debe existir retenciones al pago ya sea por incumplimiento, por multa, entre otros. El servicio se pagará dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de entrega de la Factura o Factura electrónica. Dicha factura podrá ser ingresada en la Oficina de Partes, o bien enviarla al correo electrónico del funcionario requirente, con copia a mvera@daemcoltauco.cl o a esepulveda@coltauco.cl, con especial atención a la Unidad de Finanzas DAEM, quien, en un plazo no superior a 24 horas, contados desde la recepción, remitirá un informe favorable con todos los antecedentes de respaldo para su respectivo trámite de pago.
Al momento de emitir facturas, la Orden de Compra Electrónica deberá estar en estado “aceptada” en el sistema.
15.2. De la Operación de Factoring
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar a la Municipalidad dentro de 48 horas de su celebración. Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago, todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N°19.983. No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existen obligaciones o multas pendientes, Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurara la causal de incumplimiento grave para los efectos del término del Contrato.
15.3. Anticipo
No te contempla – no se consulta.
15.4. Aplicación de Multas
La aplicación de multas se realizará de forma administrativa, sin forma de juicio, y su monto será descontado de la factura correspondiente. En caso de incumplimiento de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y/o de la documentación que rige la presente licitación, se procederá al cobro de las multas que se indican a continuación:
a) Multa por atraso:
Se aplicará una multa equivalente a 2 U.T.M. por cada día corrido de atraso en la entrega y/o ejecución de los servicios y/o productos, con un tope máximo de 10 días corridos.
b) Multa por incumplimiento de lo ofrecido:
Se aplicará una multa equivalente a 1 U.T.M., respecto del valor total contratado, cuando se detecte la entrega de servicios, materiales y/o productos defectuosos, que no se ajusten a lo ofertado o que no cumplan con las especificaciones técnicas comprometidas en la oferta adjudicada.
c) Reiteración de incumplimiento
En caso de que la aplicación de la multa señalada en la letra b) sea reiterativa, entendiéndose por tal más de tres (3) ocasiones, la entidad licitante podrá poner término anticipado a la Orden de Compra, solicitando su cancelación conforme a la normativa vigente.
15.5. Retenciones
Las multas aplicadas serán retenidas del monto total de la factura emitida por el proveedor, efectuándose el descuento correspondiente al momento del pago.
15.6. Recurso de Reposición
El mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación (DAEM) podrá aplicar multas en forma administrativa. El Adjudicatario podrá formular descargos, dentro del plazo de 5 días hábiles, desde la notificación, para efectuar sus descargos, de los que conocerá la Contraparte Técnica, siendo, finalmente, el Alcalde quien decidirá si procede la aplicación de la multa, en cuyo caso determinará su monto.
La Municipalidad de Coltauco tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la multa sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la emisión de un vale vista, cheque a nombre de la Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación.
15.7. Termino Anticipado del Contrato
La Municipalidad podrá terminar en forma anticipada y administrativamente el contrato y sin forma de juicio, aduciendo las siguientes causales:
- El profesional adjudicado deberá mantener conducta intachable con la comunidad educativa de los establecimientos señalados. El incumplimiento grave de esta obligación podrá ser causal de término anticipado del contrato.
- Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
- Si se disuelve la empresa adjudicada.
- Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la prestación del servicio, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Municipalidad de Coltauco un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
- Cuando de común acuerdo, la Municipalidad de Coltauco y de respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
- Por multas reiteradas que superen el 20% del monto total contratado.
- Por fallecimiento del prestador de servicios, en caso de fallecimiento del Prestador de Servicios, solo si es persona natural, se procederá a la liquidación anticipada del contrato, y si ella arroja un saldo a favor del Prestador de Servicios, éste les será entregado a sus herederos juntamente con las garantías y retenciones, una vez suscrito el finiquito correspondiente.
- En el caso de que el contratista sea una Unión Temporal de Proveedores y se presente la siguiente situación:
- Cuando uno de los miembros de la UTP se retira de ésta, será, y dicho integrante hubiera reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta;
- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
- Inhabilidad sobreviniente de algunos de sus integrantes, en la media que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
- Disolución de la Unión Temporal de Proveedores.
15.8. De la Supervisión Técnica del Contrato
La supervisión será por parte de cada Unidad Técnica Requirente o quien subrogue, quien(es) deberá(n) legitimar mediante acto administrativo, quien(es) velará por dar fiel cumplimiento a las presentes Bases Administrativas y Técnicas, cargo que será legitimado en el Decreto de Adjudicación nombrando a él/la Inspector Técnico Supervisor (ITS).
16. OTRAS CONSIDERACIONES
16.1. De la Publicidad de las Ofertas Técnicas
Será de público conocimiento una vez que se resuelva el Proceso Licitatorio.
16.2. Modificación de las Bases Administrativas y técnicas
El mandante Ilustre Municipalidad de Coltauco – Departamento de Educación (DAEM), podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas hasta antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso, otorgando un plazo prudencial para que los Oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través de la Plataforma www.mercadopublico.cl, estas modificaciones formarán parte integral de las Bases Administrativas y Técnicas.
16.3. Vigencia de las Ofertas
Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 30 días.
16.4. Del Contacto entre Oferentes
Se recuerda a los Oferentes, que conforme al Artículo N.º 35° Ter del Reglamento de Compras, sólo se podrá tener contacto con los Oferentes, durante las visitas a terreno y el foro de consultas. Queda prohibido cualquier otro tipo de contacto como, por ejemplo: usar el correo mvera@daemcoltauco.cl, que es sólo para aclarar los resultados posteriores a la adjudicación, ni los correos que aparecen en el formulario de adquisición, ni otros correos, fax, mensajes de textos o llamados telefónicos, mientras dure el proceso de publicación, evaluación y adjudicación. De lo contrario, será informado a la Dirección de Compras y quedará registrado en el Informe.
17. PACTO DE INTEGRIDAD
Los Oferentes que participen deberán respetar lo indicado en el Formulario de Adquisición que dice lo siguiente:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
18. FORMULARIOS PROPORCIONADO EN LA PRESENTE LICITACIÓN.
- Formulario N.º 1 Individualización del Oferente
- Formulario N.º 2 Oferta Técnica.
- Formulario N.º 3 Certificado de Experiencia en el rubro
- Formulario N.º 4 Oferta Económica
- Declaración Jurada Simple Persona Natural/Jurídica.
![Cuadro de texto: MADELINE SOLANGE VERA HERNANDEZ ENCARGADA DE ADQUISICIONES Y APOYO ADMINISTRATIVO DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN]()
FORMULARIO N.º 1
INDIVIDUALIZACIÓN DEL OFERENTE
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Id Licitación
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Coltauco, _________de_____________del 2026.
NOTA:
- Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
- Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Técnicas.
FORMULARIO N.º 2 OFERTA TÉCNICA
ANTECEDENTES PROFESIONALES
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Id Licitación
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Oferente
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ANTECEDENTES PROFESIONAL
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Título Profesional
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Universidad que lo otorga
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Año de Titulación
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Especialidad
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Años de Ejercicio Profesional
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Debe adjuntar:
- Copia de Título Profesional
- Certificado de Especialidad en Medicina Familiar
- Certificado de Inscripción vigente en Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud.
PLAN DE TRABAJO
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CRONOGRAMA POR ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL :
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DISTRIBUCIÓN DIARIA ESTIMADA DE EVALUACIONES:
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ESTRATEGIA PARA CUMPLIR 490 EVALUACIONES EN UN MÁXIMO DE 15 DÍAS HÁBILES:
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FORMA DE COORDINACIÓN CON ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES:
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PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DE FORMULARIOS ÚNICOS DE VALORACIÓN DE SALUD:
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Coltauco, _________de_____________del 2026.
NOTA:
- Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
- Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Bases Técnicas.
- En el caso de que el Oferente no tenga órdenes de compra electrónicas en el portal asociadas, podrá también adjuntar archivos o documentos escaneados, tales como contratos o cartas de referencia las cuales indiquen en qué otras entidades han prestado este tipo de servicios. (en todos los casos, siempre deberá llenar este formulario, tenga o no tenga órdenes de compra asociadas).
FORMULARIO N.º 3 CERTIFICACIÓN DE
EXPERIENCIA PROFESIONAL
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Id Licitación
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Oferente
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Teléfono fijo
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N.º
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Tipo de Servicio
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Organismo Público/Privado
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Orden de Compra Electrónica / Contrato/Factura
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Coltauco, _________de_____________del 2026.
NOTA:
- Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
- Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Bases Técnicas.
- En el caso de que el Oferente no tenga órdenes de compra electrónicas en el portal asociadas, podrá también adjuntar archivos o documentos escaneados, tales como contratos o cartas de referencia las cuales indiquen en qué otras entidades han prestado este tipo de servicios. (en todos los casos, siempre deberá llenar este formulario, tenga o no tenga órdenes de compra asociadas).
FORMULARIO N° 4 OFERTA ECONÓMICA
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Datos del Oferente
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Id Licitación
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Oferente
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R.U.T
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Dirección
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Teléfono fijo
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Celular
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E-mail
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Repte. Legal
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R.U.T
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Teléfono
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Corresponde al llamado a la propuesta pública, viene en presentar la siguiente oferta:
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N°
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Detalle del Servicio
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Cantidad
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Valor Neto
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Total Neto
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490
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Valor Neto
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19% IVA
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Valor total Oferta
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Coltauco, _________de_____________del 2026.
NOTA:
- Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
- Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases.
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
(Persona Jurídica)
El firmante, en su calidad de representante legal del proveedor, , cédula de identidad N° <RUT del representante legal> con domicilio en <domicilio>, , , en representación de <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declara bajo juramento que:
a) No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973.
b) Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N° 20.393.
c) No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N° 21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
d) No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
e) No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
f) Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
g) Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
h) Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
i) No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
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__________________________
NOTAS:
- Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
(Persona Natural)
El firmante, en su calidad de proveedor, <nombre del proveedor>, cédula de identidad N° <RUT del proveedor> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad>, declara bajo juramento que:
a) No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973.
b) Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N° 20.393.
c) No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N° 21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
d) No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
e) No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
f) Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
g) Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
h) Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
i) No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
,
__________________________
<Firma>
<Nombre>
NOTA:
- Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”