El MINISTERIO PÚBLICO durante la etapa de evaluación podrá solicitar a los Oferentes:
a) Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal los referidos a la no presentación de las ofertas técnicas y económicas. Asimismo, no se considerará error formal cualquier aspecto relativo al precio de la oferta económica presentada. En el caso de que exista inconsistencia entre el valor declarado en la plataforma Mercado Público y el respectivo documento de oferta económica (Anexo correspondiente), se considerará como válido el segundo, esto es, el valor consignado en el respectivo anexo de oferta económica.
b) La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta; y,
c) La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de estás.
En los casos antes señalados y a contar de la solicitud del MINISTERIO PÚBLICO en el Sistema de Información: plataforma de Mercado Público, los oferentes tendrán un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles, o el plazo específico que se indique en el foro, para subir los antecedentes requeridos; siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.