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BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES
“CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA PROCEDIMIENTOS CUTANEOS DE BAJA COMPLEJIDAD DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL 2025”
ARTÍCULO 1: DEL OBJETIVO
Las presentes Bases Administrativas, regularán el procedimiento de Licitación Pública denominada “CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA PROCEDIMIENTOS CUTANEOS DE BAJA COMPLEJIDAD DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL 2025”, el cual está orientado para realizar 250 (Doscientos cincuenta), procedimientos cutáneos Quirúrgicos de Baja Complejidad del Programa de Resolutividad en Atención Primaria de Salud año 2025, a desarrollarse por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, en horario de Lunes a Jueves de 17:00 a 20:00 hrs, viernes desde 16:00 hasta 20:00 hrs y Sabados de 09:00 a 13: 00 hrs, existiendo flexibilidad en días y horarios, con previo aviso y coordinación entre Sbudireccion medica, medico referente de programa y Jefe de SOME.
ARTICULO 2: DEFINICION DE TERMINOS
En las presentes Bases Administrativas Generales, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación.
2.1 Bases:
Conjunto de normas que regulan el Proceso de contratación de servicios profesionales individualizados en especificaciones técnicas, a las que deben ceñirse todas las partes interesadas.
Comprende las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, Formularios y cualquier otro antecedente que forme parte de la licitación pública.
2.2 Resolución Adjudicación:
Es el documento administrativo mediante el cual se adjudica la Propuesta.
2.3 Especificaciones Técnicas:
Conjunto de características y condiciones particulares que deberán cumplir con la contratación de servicios profesionales objeto de la presente licitación.
2.4 Garantías Administrativas:
Son los documentos emitidos por entidades bancarias que garantizan en este proceso de Fiel Cumplimiento del Contrato, se materializan a través de instrumento Bancario.
2.5 Licitación:
Es el concurso mediante el cual se solicita a proponentes ofertas destinadas a la contratación de servicios profesionales que se señalan. Se inicia el llamado a Licitación Pública y finaliza con la adjudicación y firma del contrato.
2.6 Oferta o Propuesta:
Proposición Técnica y Económica presentada por el oferente.
2.7 Oferente, Proponente o Licitante:
Persona natural o jurídica que participa en la licitación y realiza la oferta o propuesta.
2.8 Boleta Garantía:
Documento emitido por un Banco destinado a responder por las obligaciones del proponente y/o contratante, que en virtud de las Bases o del Contrato, deban ser garantizadas.
2.9 Mandante:
Es la entidad que ordena efectuar la licitación y tiene la administración financiera del Programa. Le corresponderá llamar a licitación, analizar y evaluar las ofertas, resolver la adjudicación y realizar la recepción del servicio contratado. En este proceso de licitación el Mandante es el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, con domicilio en Cajales N° 1900 de la ciudad de San Felipe.
ARTÍCULO 3: DE LA PROPUESTA
3.1 Podrán presentar ofertas personas naturales o jurídicas, UTP, individualizados en los Términos de Referencia de la presente licitación, que se encuentren registrados en www.chileproveedores.cl y que cumplan los requisitos señalados en las Bases de la Licitación.
3.2 Todos los documentos asociados al proceso de licitación deberán ser en idioma español.
3.3 La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada.
3.4 Los plazos a que se refieren las presentes Bases se entenderán en días corridos.
3.5 La Propuesta será resuelta por la Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, mediante Resolución Exenta.
ARTICULO 4: DOCUMENTOS DE LA LICITACION
El análisis de las ofertas, contratos y todos los trámites necesarios que lleven a la correcta entrega del servicio especificado, se regirán por los documentos indicados a continuación, todos los cuales el oferente declara conocer y respetar:
4.1.Licitación Pública
4.2.Las presentes Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas.
4.3.Consultas, Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos efectuadas por los oferentes a través del www.mercadopublico.cl.
4.4.La Oferta del Proponente.
4.5.Los Formularios constituidos por los formularios que el oferente debe presentar con su oferta.
4.6.Todo otro documento que forme parte de la Licitación.
ARTICULO 5: ACLARACION DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACION, CONSULTAS Y RESPUESTAS
Los proponentes en el momento de presentar su oferta, declaran conocer todos los antecedentes asociados a la licitación, aceptando íntegramente lo expuesto en las Bases, en señal de lo cual entregan la Declaración Jurada que forma parte de los Formularios mencionados en el artículo 4°, punto N° 4.5.
El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de los antecedentes especificados en el artículo 4°. Si producto del estudio, el oferente estimare que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular las consultas pertinentes al Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, a través de las Consultas del portal www.mercadopublico.cl en el plazo establecido en las Bases Administrativas Especiales.
Si no se solicitan las aclaraciones oportunamente cualquier diferencia de interpretación posterior que se pudiera suscitar respecto de los antecedentes citados precedentemente, será resuelta conforme a lo que determine el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, comprometiéndose él o los oferentes a aceptar tal decisión.
Las aclaraciones a las consultas formuladas dentro del plazo establecido para ello, serán comunicadas a través del sitio www.mercadopublico.cl a todos los interesados, hayan o no formulado consultas, en la fecha que se indica en las Bases Administrativas.
Con motivo de dichas aclaraciones el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá rectificar, aclarar o modificar estas Bases Administrativas, las Bases Administrativas Especiales, las Especificaciones Técnicas y los demás documentos que formen parte de la licitación, adjuntando el Acto Administrativo correspondiente a la Ficha Electrónica de Mercado Público.
ARTICULO 6: MODIFICACION DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACION
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, modificar los documentos de licitación, mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases y del contrato respectivo y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl a todos los interesados, en la misma fecha establecida en las Bases Administrativas para publicar las respuestas a consultas.
ARTICULO 7: DE LA REPRESENTACION DEL OFERENTE O PROPONENTE
En caso de personas naturales o jurídicas el proponente individualizará en su oferta, a la persona facultada para representarlo con amplios poderes en la presente Licitación, para lo cual adjuntará el Instrumento Público en que conste dicha personería.
ARTÍCULO 8: DE LOS PRECIOS
La Oferta Económica entregada debe ser expresada en pesos chilenos e incluir todos los impuestos legales que correspondan para el servicio entregado. La Oferta Económica se debe presentar en el portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 9: DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
La oferta que presente el licitante, tendrá una vigencia mínima 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 10: MODALIDAD DE LICITACION Y CONTRATACION
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, licitará la prestación mediante Propuesta Pública, a través del portal www.mercadopublico.cl,
La modalidad de contrato a que de origen esta propuesta será a honorarios a suma alzada y sin derecho a reajuste ni intereses.
ARTICULO 11: CONDICION DE LOS PROPONENTES
Podrán participar en la presente licitación Personas Naturales y Jurídicas que ofrezcan los servicios requeridos y acrediten antecedentes en el cumplimiento de los mismos.
ARTICULO 12: ANTECEDENTES QUE ENTREGA EL MANDANTE
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en la licitación, a través de www.mercadopublico.cl, los antecedentes que se indican:
4 Las Bases Administrativas Generales.
5 Términos Técnicos de Referencia
6 Formularios
ARTICULO 13: NORMAS Y REGLAMENTOS
El Mandante, centralizará a través de la Dirección del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento de llamado a Licitación Pública, bases y antecedentes, análisis y evaluación de las ofertas realizado por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los criterios de evaluación anexados a la propuesta, adjudicación mediante Resolución.
En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales de la Ley 19886 de Compras y Contratación pública y su Reglamentos, y todos los Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen éste recinto Asistencial.
ARTICULO 14: DE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS O PROPUESTAS
Las ofertas se presentarán en el portal www.mercadopublico.cl, debiendo informar en ese sitio los precios, condiciones y cualquier otro dato relevante del servicio ofertado.
Todas las Ofertas deberán incluir obligatoriamente los siguientes documentos:
ü Formulario Nº1: Formulario de Identificación del Oferente
ü Formulario Nº2: Declaración Jurada Simple de Aceptación y Conocimiento de las Bases.
ü Formulario Nº3: Declaración Jurada Simple del Oferente a Inhabilidades.
ü Formulario Nº4: Declaración Unión Temporal de Proveedores.
ü Formulario N°5: Declaración jurada por infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
ü FormularioNº6: Nómina de las clientes del sector público y /o privado, a los cuales ha entregado este servicio ofertado, en los últimos dos años.
ü Formulario N°7: Especificaciones Técnicas y Económicas de la Oferta.
El Oferente deberá adjuntar como requisito OBLIGATORIO:
ü Título Profesional otorgado por una Universidad o Institución Profesional del Estado o reconocido por este o aquellos validados en Chile, de acuerdo con la legislación vigente.
ü Certificado de Antecedentes.
ü Certificado de la Superintendencia de Salud, tanto del médico como de la Técnico en enfermería que lo asistirá.
ü Curriculum Vitae.
ü Certificado de manejo de plataforma de Hospital Digital. (Deseable)
Nota:
- Será obligación del oferente presentar estos documentos en su propuesta Administrativa, aquellos que no presenten toda la documentación requerida, su oferta será declarada INADMISIBLE, razón por la cual no será evaluada.
En cuanto a los documentos señalados como Formularios el proveedor deberá subirlos a su oferta según corresponda en el portal www.mercadopublico.cl . Esta copia deberá ser imagen digitalizada del original firmada por el Prestador del Servicio.
ARTÍCULO 15: DE LAS REGLAS DE PRESENTACION
15.1.El oferente deberá examinar y dar cumplimiento a todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en la documentación indicada en el Articulo Nº 14 de las presentes Bases.
15.2.Todos los documentos de la licitación que explícitamente lo indican deberán ser firmados por el representante legal, en caso de persona jurídica y por el titular o mandatario de este, en caso de persona natural.
ARTICULO 16: SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
Se establece que las consultas, se deberán hacer, a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día estipulado en las bases, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales, correos electrónicos o hechos fuera de plazo.
La serie de consultas y respuestas, incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las respuestas correspondientes, se subirán al portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 17: ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS
La apertura de las Propuestas será realizada a través, del sistema electrónico del portal www.mercadopublico.cl, y será evaluada por una Comisión Técnica, designada por La Directora del Establecimiento.
En la Apertura de las Propuestas, oportunidad en que los antecedentes se revisan de manera general, sólo se aceptarán aquellas que presenten la totalidad de la documentación solicitada, siendo atribución de la Comisión aceptar ofertas que tengan detalles u omisiones menores siempre que ellas no alteren el principio de igualdad de los proponentes y sin perjuicio de dejar establecido en el Acta de Apertura Administrativa, de cualquier observación que se estimase necesaria por parte del Establecimiento o por parte de los participantes.
Las propuestas serán evaluadas por la Comisión Técnica, de acuerdo a la pauta de evaluación establecida en los Criterios de Evaluación, establecidos en las bases de licitación.
De la evaluación de los antecedentes presentados por cada proponente, se obtendrá un puntaje para cada uno de ellos. Este puntaje implica la combinación de los diferentes factores considerados.
La comisión revisará y analizará entre ellas la propuesta más conveniente a los intereses del Establecimiento, considerando en detalle los antecedentes evaluados.
La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de adjudicar la prestación de servicios ó de rechazar todas las ofertas, debidamente fundamentadas.
La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, se reserva el derecho de Adjudicar la propuesta a uno o más profesionales, fundamentando esta decisión.
ARTICULO 18: CRITERIOS DE EVALUACION
Los factores a evaluar, los puntajes y la ponderación de los mismos se indican a continuación:
Factores a evaluar Puntaje
A) EXPERIENCIA EN PROCEDIMIENTOS DE CIRUGIA MENOR 50 %
Más de 12 meses 100 pts.
De 11 mes a 6 meses 50 pts.
Sin experiencia 0 pts.
B) PERFECCIONAMIENTO ATINGENTE AL AREA (CIRUGIA MENOR) 30%
Acredita perfeccionamiento atingente 100 pts.
No acredita perfeccionamiento 0 pts.
C) EXPERIENCIA EN SISTEMA PÚBLICO (ACREDITABLE CON CERTIFICADOS) 20 %
Más de 12 meses 100 pts.
De 11 meses a 6 meses 50 pts.
Sin experiencia 0 pts.
ARTICULO 19: RESOLUCION DE DISCREPANCIAS DEL CONTRATO
Cualquier discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como las diferencias de interpretación en su contenido, será resuelta sin ulterior recurso por La Directora del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría Regional de la República.
ARTICULO 20: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICADO
El o los oferentes, son responsables del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio de excelente calidad.
El Oferente adjudicado, deberá presentar la PLANILLA MENSUAL, con el detalle de las intervenciones realizadas
La oferta debe ser realizada en valor unitario por prestación.
El Profesional que preste los Servicios deberá considerar apoyo de TENS para realizar Procedimientos Cutáneos de Baja Complejidad, siendo el responsable de los honorarios de éste y además de tomar todas las medidas de seguridad, para evitar posibles accidentes del mismo, proporcionando la totalidad de Elementos de Protección Personal certificados para las tareas a realizar durante cada procedimiento cutáneo quirúrgico de baja complejidad en el CESFAM. El profesional deberá considerar por su cuenta todos los insumos necesarios para la realización de los procedimientos.
EL OFERENTE NO PODRÁ REALIZAR MÁS PROCEDIMIENTOS QUE LAS CANTIDADES ADJUDICADAS, CUALQUIER EXCESO NO SERÁ RESPONSABILIDAD DE ÉSTE CESFAM.
ARTICULO 21: DE LA RESOLUCION DE EMPATES
En el caso de presentarse la situación de empates, se resolverá aplicando como primer criterio de desempate la mayor ponderación obtenida en el criterio EXPERIENCIA EN CIRUGIA MENOR, de continuar la condición de empate, se aplicará como segundo criterio de desempate PERFECCIONAMIENTO ATINGENTE, y de persistir la situación de empate, resolverá la unidad requirente con un informe fundando su elección.
ARTÍCULO 22: PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS A LA PROPUESTA
22.1 Apertura de los Documentos de la Propuesta:
La apertura de las ofertas se realizará electrónicamente a través, del portal www.mercadopublico.cl, verificando el cumplimiento de las exigencias establecidas para la presentación de ofertas.
La apertura se efectuará el día y la hora fijada en la etapa y plazo de la licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl, en el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, ubicado en Cajales N° 1900, San Felipe, ante la Comisión de Técnica integrada por funcionarios del Establecimiento.
Los Oferentes que NO cumplan con los documentos requeridos para la presentación de ofertas, todos señalados en el Art.14 de las presentes Bases Administrativas Generales, le podrán ser solicitados a través del foro “Consultas y Aclaraciones” para ser respondidos en un lapso de 24 horas por la misma vía a través del portal www.mercadopublico.cl., siempre y cuando no se altere el principio de igualdad de condiciones.
En caso de detectarse errores en la presentación de la Oferta Económica el monto que prevalecerá será el valor total señalado en la oferta económica ingresada en el portal www.mercadopublico.cl Sin perjuicio de lo anterior, deberá dejarse constancia de este hecho en el Acta de Apertura.
ARTÍCULO 23: DE LA EVALUACION Y ADJUDICACION
23 .1 De la Evaluación
En el análisis y evaluación de las ofertas el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes.
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá solicitar a través del Foro Aclaración de Ofertas, con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones que considere necesarias y oportunas, respecto de uno o más aspectos de las ofertas recibidas, siempre que no violen o modifiquen las bases de la licitación, no alteren la oferta o el precio de la misma ni violen el principio de igualdad entre los proponentes.
Estas consultas así como las respuestas serán informadas al resto de los oferentes a través del sitio www.mercadopublico.cl.
La evaluación y calificación del cumplimiento de especificaciones técnicas de las ofertas será realizada por una Comisión Técnica designada para tal efecto por La Directora del Establecimiento e integrada por funcionarios del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real.
23.2. DE LA ADJUDICACION.
La Directora junto con la Comisión Evaluadora del Consultorio General Urbano San Felipe -CESFAM San Felipe El Real, analizarán los antecedentes presentados, especialmente en lo que se refiere a la experiencia acreditada, además de los factores que inciden en los montos de las propuestas.
De la evaluación se determinará la propuesta seleccionada y se dictará la Resolución de adjudicación respectiva.
La comunicación oficial, tanto al proponente que se le adjudique la prestación del servicio como al resto de ellos, se efectuará una vez cumplido el trámite de resolución interna.
Los proponentes no podrán presentar reclamo alguno, ni solicitar indemnización de los gastos de la propuesta, cualquiera sea la determinación tomada.
ARTICULO 24: MODALIDAD DE PAGO
El sistema de pago será por mes vencido, el 05 día del mes siguiente al de la prestación, por servicios efectivamente realizados, los cuales se deben acreditar con la siguiente documentación.
ü Certificado de Cumplimiento emitido y firmado por el Encargado de Programa, con el detalle de funciones realizadas durante el periodo que prestó los servicios.
ü Certificado de Actividades Realizadas, este informe es emitido por el prestador de servicios y debe indicar todas las actividades realizadas durante el periodo que realizó la prestación de servicios y debe venir visado Encargado de Programa. El no hacerlo dentro de los plazos establecidos, significará el retraso en el pago de las prestaciones según las fechas establecidas.
ü Medio verificador de asistencia (Tarjeta de Marcación).
Todos estos antecedentes deben ser presentados en Oficina de Abastecimiento, ubicada en el Área Administrativa (sector subterráneo), hasta las 12:00 horas del primer día hábil de cada mes, en caso de caer este día sábado, domingo o festivo, se deberá hacer entrega el primer día hábil siguiente, sólo con ésta información la Unidad de Abastecimiento realizará la recepción conforme de los servicios y gestionará con Unidad de Contabilidad el Pago correspondiente:
La emisión de la boleta debe ser según el siguiente detalle:
RECEPTOR: Consultorio General Urbano San Felipe-Cesfam San Felipe El Real.
RUT. 69.287.560-5
DI7RECCION: Calle Sargento Cajales #1900
FECHA DE EMISION: Ultimo día del mes en que se realiza la prestación.
GLOSA: Servicios de (acción que se realiza), correspondiente a la orden de compra (número de orden de compra) del mes en que se realiza la prestación.
El monto del valor mensual corresponde al informado en el artículo 8 de las presentes Bases Administrativas, siendo este el valor de cálculo para prorratear por 30 días en caso de aplicar descuentos por ausencias.
ARTICULO 25: LUGAR Y HORARIO DE LA PRESTACION
El profesional adjudicado deberá realizar las prestaciones en la Sala de Procedimientos del Establecimiento ubicado en Calle Sargento Cajales N°1900, San Felipe.
El horario de realización del programa será de:
- Lunes a Jueves de 17:00 a 20:00 hrs
- Viernes de 16:00 a 20:00 hrs.
- Sábado de 09:00 a 13:00 hrs
Existiendo la flexibilidad en días y horarios, con previo aviso y coordinación con Subdirección Medica, medico referente del programa y Jefe de SOME.
ARTICULO 26: SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Se suscribirá contrato entre el CESFAM San Felipe El Real y el oferente adjudicado mediante la emisión de la Orden de Compra, la cual obliga al adjudicatario el cumplimiento conforme a las bases y su oferta.
ARTICULO 27: VIGENCIA DEL CONTRATO
El Contrato tendrá vigencia máxima al 30 de Diciembre de 2025 o hasta haber dado cumplimiento al 100 % de las prestaciones comprometidas, es decir, lo que ocurra primero.
ARTICULO 28: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO
Se entenderán que forman parte del presente contrato, los siguientes documentos:
7 Ficha de Licitación
8 Bases Administrativas Generales.
9 Especificaciones técnicas
10 Serie de consultas y respuestas.
11 Apertura.
12 Acta de evaluación.
13 Resolución de adjudicación.
14 Orden de Compra.
15 Todos los antecedentes que formen parte del Llamado a Licitación
ARTÍCULO 29 : MULTAS
Se aplicará una multa equivalente a 0.5 U.T.M., la cual se descontará del pago correspondiente, en los siguientes casos:
31.1. Faltas a las cláusulas de la oferta, que signifiquen alteración en la calidad del servicio y que entorpezcan el normal funcionamiento de los servicios contratados, previa comunicación al proveedor.
31.2. Incumplimiento de los plazos señalados en su oferta, tanto para la entrega o para observaciones formuladas de la Unidad Requirente o Referente Técnico del Consultorio General Urbano-CESFAM San Felipe El Real.
ARTÍCULO 30: PROCEDIMIENTO COBRO DE MULTAS
La multa se hará efectiva una vez que la Subdirección Médica informe a la Unidad de Abastecimiento el NO CUMPLIMIENTO del servicio adjudicado por parte del proveedor, ya sea en plazo y ejecución de los trabajos, dicha multa se notificara al proveedor vía correo electrónico e informado en el portal www.mercadopublico.cl, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.
ARTICULO 31: CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONTRATO
Podrá ponerse término anticipado del Contrato en los siguientes casos:
El CESFAM San Felipe El Real, queda facultado para declarar unilateral y administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurren algunas de las causales que se señalan, Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante e indicadas en su oferta, siendo estos:
- Incumplimiento en las funciones a realizar, según bases técnicas
- Revocación o disolución de la personalidad jurídica, en caso que él o los adjudicatarios sean personas jurídicas.
- Si el Oferente no se acerca a suscribir el Contrato dentro de los plazos establecidos en las presentes Bases.
- Si el oferente no da cumplimiento a lo establecido en las Bases de Licitación o el contrato.
- Por infracción a lo estipulado en la Ley Nº 20.238, de 19.01.2008, que modifica la ley 19.886, asegurando la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la Administración del Estado.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Constar con 03 multas formales, se entenderá por retraso el plazo que transcurra fuera de los tiempos de entrega informados en su oferta.
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Por la no solución por el adjudicatario, dentro de los plazos convenidos, de los reparos que les sean formulados por escrito por parte del CESFAM San Felipe El Real.
- Por el incumplimiento en la realización de los procedimientos contratados.
ARTICULO 32: CONTINUACION DE LA PRESTACION POR TÉRMINO ANTICIPADO
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real (Mandante), determinará el procedimiento a seguir para la continuación de la prestación.
Esta continuidad de prestaciones podrá ser autorizadas mediante Resolución Exenta aduciendo a la Contratación de Servicios Conexos, según el Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas y siempre que no supere la Disponibilidad Presupuestaria asignada para esta Licitación Pública.
ARTICULO 33: MODIFICACIONES DEL MONTO DEL CONTRATO
En el transcurso de la ejecución de la prestación, el Mandante podrá determinar necesidades de aumentos o disminuciones de hasta un 30% de la prestación adjudicada, sin superar con esto la Disponibilidad Presupuestaria asignada para esta propuesta.
Las partidas que se ejecuten por concepto de aumento podrán ser iniciadas sólo cuando hayan sido aprobadas por el Mandante, según la Resolución Exenta respectiva, la cual se entenderá incorporada al contrato.
De igual modo, las disminuciones de partidas, deberán ser acordadas por las partes en casos justificados y sancionados por las respectivas Resoluciones Exentas. El monto de los aumentos o disminuciones de partidas no podrán exceder el 30% del valor del contrato, considerado individualmente.
ARTICULO 34: SUPERVISION DE LA PRESTACION
Corresponderá a la Subdirección Médica del Establecimiento, al médico referente de programa y/o JEFE SOME, la Supervisión de la Prestación, quienes la evaluaran mensualmente de acuerdo a la cantidad y calidad definida a realizar.
Las prestaciones de servicios efectivamente realizadas cuya boleta o factura dependiendo del caso, serán visadas por Subdirección Administrativa del Establecimiento y la posterior recepción conforme por el Encargado del Programa de Especialidades del Establecimiento, para que esta sea cancelada.
ARTICULO 35. MODALIDAD DE PAGO Y PRESUPUESTO DISPONIBLE.
El valor por cada servicio será el valor adjudicado de la oferta más conveniente a los intereses del Establecimiento.
Una vez recibida la boleta o factura, corresponderá a la Unidad de Abastecimiento, emitir la Orden de Compra correspondiente al mes de las prestaciones efectivamente realizadas, una vez recibida la boleta de servicios con el V°B° de Subdirección Administrativa y la recepción conforme del Encargado del Programa del Establecimiento.
EL SISTEMA DE PAGO SERÁ DENTRO DE LOS 30 DÍAS SIGUIENTES DE LAS PRESTACIONES DE SERVICIOS EFECTIVAMENTE REALIZADAS. De no existir prestaciones en un determinado mes deberá ser avisado a Subdirectocción Administrativa del Establecimiento.
El Presupuesto Disponible es de $7.250.000.- (siete millones doscientos cincuenta mil pesos), para esta Licitación Pública denominada “CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA PROCEDIMIENTOS CUTANEOS DE BAJA COMPLEJIDAD DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL 2025”.
ARTICULO 36. NUMERO DE PRESTACIONES A ENTREGAR
El Servicio de “CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA PROCEDIMIENTOS CUTANEOS DE BAJA COMPLEJIDAD DEL CESFAM SAN FELIPE EL REAL 2025”, a realizarse en San Felipe, en el período comprendido desde la fecha del proceso de adjudicación hasta el término de los mismos, deberá realizar la cantidad de 250 procedimientos.
ARTICULO 37. VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia será hasta el 15 de diciembre de 2025 o hasta haber dado cumplimiento al 100% de las prestaciones comprometidas, es decir, lo que ocurra primero.
ARTICULO 38. CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación contractual, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla.
El Adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la relación contractual, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de aquélla.
El Adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
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