Una vez, publicado este convenio marco en la tienda virtual ChileCompra Express, se asociarán a todos los adjudicatarios las fichas correspondientes para la adquisición de:
a. Anteproyecto
Considera todas aquellas tareas necesarias que permitan identificar los requerimientos del software a partir de las necesidades que se deben satisfacer. La definición cubre aspectos funcionales del proyecto, atributos de calidad (facilidad de uso, confiabilidad, seguridad, protección de datos y facilidad de mantenerlo a lo largo del tiempo) y el modelo de arquitectura que garantice el éxito del proyecto desde el punto de vista técnico.
Como resultado de la ejecución del anteproyecto, se podrá determinar los perfiles y cantidad de horas necesarias para la ejecución del proyecto.
La adquisición de anteproyectos sólo considera la contratación de servicios incluidos en la sub-categoría de Perfiles de Diseño y Gestión de los traslados requeridos.
b. Proyecto
Considera aquellos desarrollos de software de acuerdo a lo diseñado y planificado por la entidad compradora a partir de la toma de requerimientos. Los proyectos consideran levantamiento de requerimientos específicos, creación de códigos fuentes, interfaces finales, integración e implantación del sistema junto al testeo del software a desarrollar, siguiendo por completo los lineamientos impuestos en el diseño y en consideración siempre a los requisitos funcionales y no funcionales especificados.
La adquisición de proyectos considera la contratación de uno o más perfiles, independiente de la sub-categoría a la que pertenezca, y de los traslados requeridos.
c. Traslados
Corresponde a la ficha que permite especificar costos asociados a traslado, alojamiento y/o alimentación incurridos por el oferente para el desempeño de la labor de los profesionales y técnicos, en tanto sea realizada en una provincia distinta respecto a la que corresponda a la dirección del profesional o técnico que se trasladará.
Los oferentes no podrán incorporar en su oferta nuevos servicios. Entiéndase por nuevo servicio cualquier ficha creada por el oferente desde el botón “Agregar Productos”, disponible en el paso 2 de la sección “Mis condiciones Comerciales para Convenio Marco”.
*Las ofertas están asociadas a un único RUT de proveedor, por lo tanto, distintas sucursales de un mismo proveedor no podrán presentar ofertas separadamente.
9.2. Procedimiento de Evaluación de Ofertas
La evaluación de las ofertas será realizada por una comisión designada especialmente para tal efecto.
Dicha comisión estará compuesta por 3 integrantes designados por resolución de la DCCP.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la comisión designados por la DCCP, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.
Esta comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director de la DCCP la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación.
Para efectos de la evaluación:
1° Se considerarán los servicios ofertados que contengan claramente la información requerida en la Ficha Electrónica y que, además, correspondan a las categorías y tipos de productos solicitados en esta Licitación.
2° Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula 6, “Instrucciones para Presentación de Ofertas”, de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación de las ofertas. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
3° La DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
4° La evaluación de las ofertas se realizará considerando los siguientes criterios y ponderadores:
Criterios
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Ponderación
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a. Certificaciones
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15%
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b. Experiencia en Proyectos
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15%
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c. Niveles de servicio
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15%
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d. Cumplimiento de Políticas y/o Programas de sustentabilidad
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2%
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e. Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación
de Oferta
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3%
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f. Precio
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50%
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A continuación se detallan cada uno de estos criterios de evaluación:
a. Certificaciones
El oferente deberá indicar en la sección “Garantías Generales” disponible en el paso 1 de la sección “Mis condiciones Comerciales para Convenio Marco”, el número de certificaciones con las que se presenta a participar en este proceso licitatorio, en los siguientes dos tópicos establecidos.
Certificaciones de Proveedor: Certificaciones vigentes obtenidas por el proveedor para el proceso de desarrollo de software. Además de lo indicado en las “Garantías Generales” disponible en el paso 1 de la sección “Mis condiciones Comerciales para Convenio Marco”, los correspondientes certificados deberán adjuntarse a la oferta. El puntaje para este criterio será asignado de acuerdo a la siguiente tabla:
N° de Certificaciones
|
Puntaje
|
No indica cantidad, no adjunta certificados, o estos no se encuentran vigentes
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0 puntos
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1
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25 puntos
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2
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50 puntos
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3
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75 puntos
|
Más de 3
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100 puntos
|
Se establece que el cálculo de la cantidad de certificaciones realizará de acuerdo a lo declarado y a la cantidad de certificados entregados. Por ejemplo, si el proveedor tiene 3 certificaciones, pero entrega sólo 1 certificado, se contabilizará sólo una certificación y, por tanto, obtiene 25 puntos. En caso que el oferente declare 2 certificaciones y entregue 10 certificados, se contabilizará lo declarado y respaldado, es decir 2 certificaciones y, por tanto, obtiene 50 puntos.
Algunas de las certificaciones disponibles, entre otras, son las siguientes:
- CMMI.
- ISO 25000.
- ISO 27001.
- ISO/IEC 12207.
- ISO/IEC 15504 (Spice).
- ISO 9001.
- Six Sigma.
Certificaciones de Perfiles: Corresponde a las certificaciones de tecnología que poseen los integrantes del equipo de trabajo con contrato indefinido que trabajen para el oferente. Deberán ser declaradas en las “Garantías Generales”, disponible en el paso 1 de la sección “Mis condiciones Comerciales para Convenio Marco”. El puntaje para este criterio será asignado de acuerdo a la siguiente tabla:
N° de Certificaciones
|
Puntaje
|
No indica cantidad
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0 puntos
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1
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25 puntos
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2 a 3
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50 puntos
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4 a 5
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75 puntos
|
Más de 5
|
100 puntos
|
Las certificaciones posibles a contabilizar son las siguientes:
- COBIT.
- ITIL.
- PMO.
- Certificaciones de lenguajes de programación.
- Certificaciones de bases de datos.
- Certificaciones de redes.
- Certificaciones seguridad de Información.
- Diplomados, Magister o Postgrados atingentes a los perfiles licitados.
No deberán considerarse para el cálculo de la declaración de certificaciones:
- Los títulos académicos de pregrado que posean las personas contratadas de manera indefinida por el oferente.
- Las certificaciones de personas con contrato a honorarios o a plazo fijo.
Se deja expresa constancia que la Dirección ChileCompra se reserva el derecho de comprobar y exigir que se acredite la existencia, validez, veracidad y/o atingencia de lo declarado, en cualquier etapa de este convenio. En caso de detectar alguna inconsistencia en lo declarado, durante la etapa de evaluación, el oferente será descartado de dicho proceso.
El puntaje final para este criterio será asignado de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje Niveles de Servicio = Puntaje Certificaciones Proveedor x 0,5 +
Puntaje Certificaciones Perfiles x 0,5
*En caso de compras iguales o superiores a 1.000 UTM, las entidades compradoras podrán limitar este criterio al equipo del proyecto que participará en el Desarrollo y/o Mantención de software. Además podrá solicitar que el proveedor entregue documentos de certificaciones (tanto de proveedor como de perfiles) para respaldar lo declarado, si así lo considera necesario.
Los adjudicatarios deberán mantener o mejorar las características de los profesionales respecto de las certificaciones declaradas en la oferta, durante la vigencia del convenio.
b. Experiencia en Proyectos
El oferente deberá indicar en la sección “Garantías Generales”, disponible en el paso 1 de la sección “Mis condiciones Comerciales para Convenio Marco”, la cantidad de proyectos implementados satisfactoriamente en los que ha trabajado. Además, deberá adjuntar a su oferta los correspondientes certificados de implementación satisfactoria firmados por los clientes, de acuerdo al formato adjunto como anexo N° 3.
Se establece que el cálculo de la cantidad de proyectos se realizará de acuerdo a lo declarado y a la cantidad de certificados entregados. Por ejemplo, si el proveedor declara haber realizado o participado en 5 proyectos, pero entrega sólo 3 certificados de implementación satisfactoria, se contabilizaran sólo 3 proyectos, por tanto, obtiene 25 puntos. En caso que el oferente declare 6 proyectos y entregue 10 certificados de implementación satisfactoria, se contabiliza lo declarado y respaldado, es decir 6 proyectos y, por tanto, obtiene 50 puntos.
El puntaje para este criterio será asignado de acuerdo a la siguiente tabla:
N° de Proyectos
|
Puntaje
|
No indica cantidad, o no adjunta certificados de implementación satisfactoria
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0 puntos
|
1-3
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25 puntos
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4-7
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50 puntos
|
8 -12
|
75 puntos
|
Más de 12
|
100 puntos
|
*En caso de compras iguales o superiores a 1.000 UTM, las entidades compradoras podrán limitar este criterio a la cantidad de proyectos realizadas por el equipo de proyecto que participará en el Desarrollo y/o Mantención de software; a la experiencia en lenguaje de la empresa o del equipo; o a la experiencia en el tipo de software, área o industria a la que corresponde la materia de la adquisición. Además podrá solicitar que el proveedor entregue los documentos relativos a los proyectos presentados para evaluar la pertinencia del proyecto a contabilizar, tales como Carta Gantt, objetivo del proyecto, casos de uso etc., si así lo considera necesario.
c. Niveles de Servicio
El oferente deberá indicar en la sección “Garantías Generales”, disponible en el paso 1 de la sección “Mis condiciones Comerciales para Convenio Marco”, los tiempos de respuesta para cada uno de los niveles de servicio establecidos: SLA 1era respuesta, SLA On-Site y Garantía.
SLA de 1era Respuesta: Tiempo de respuesta máximo en horas hábiles que demora el oferente en tomar conocimiento respecto al requerimiento de servicios actualmente prestado o bien de servicios de garantías de software. Se entenderá por hora hábil de 9:30 a 17:30 de lunes a viernes sin considerar festivos.
La asignación de puntaje será la siguiente:
Tiempo
|
Puntaje
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Hasta 3 horas
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100 puntos
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Más de 3 y hasta 8 horas
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75 puntos
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Más de 8 y hasta 16 horas
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50 puntos
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Más de 16 y hasta 24 horas
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25 puntos
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Mayor a 24 horas
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0 puntos
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SLA On-Site: Tiempo de respuesta máximo en días hábiles en que el proveedor da respuesta efectiva al requerimiento informado (cambio de persona asignada y/o inicio de programa de mantención y/o garantía de software) contado desde la entrega de la primera respuesta a la información de requerimiento. Se entenderá por día hábil de lunes a viernes sin considerar festivos. La asignación de puntaje será la siguiente:
Tiempo
|
Puntaje
|
Hasta 1 día hábil
|
100 puntos
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Más de 1 y hasta 3 días hábiles
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70 puntos
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Más de 3 y hasta 5 días hábiles
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40 puntos
|
Más de 5 días hábiles
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0 puntos
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Garantía de Software: Número de meses en que el desarrollo software será reparado sin costo por el adjudicatario ante fallas del software original o sus reparaciones posteriores a la implementación, de acuerdo al requerimiento final del desarrollo puesto en producción. La asignación de puntaje será la siguiente:
Tiempo
|
Puntaje
|
Más de 3 y hasta 6 Meses
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40 puntos
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Más de 6 y hasta 9 Meses
|
70 puntos
|
Más de 9 meses
|
100 puntos
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Se establece que el periodo de garantía mínima para todo desarrollo de software será de 3 meses, por tanto, si el proveedor declara entregar menos de 3 meses de garantía será descartado del proceso de evaluación.
El puntaje final para este criterio será asignado de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje Niveles de Servicio = Puntaje SLA de Respuesta x 0,2 + Puntaje SLA On-Site x 0,5 +
Puntaje Garantía de Software x 0,3
Se deja constancia que los niveles de servicio mencionados deben ser entregados en todas las regiones en las que el proveedor declare tener cobertura.
d. Cumplimiento de Políticas y/o Programas de Sustentabilidad
La asignación de puntajes en este criterio, será realizada de acuerdo al cumplimiento de alguna de las materias y contenidos mencionados en el cuadro que sigue. Para ello bastará con la declaración afirmativa SI en la sección “Garantías Generales”, disponible en el paso 1 de la sección “Mis condiciones Comerciales para Convenio Marco”. Las materias y contenidas a considerar son las siguientes:
MATERIAS Y CONTENIDOS
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MEDIO DE VERIFICACIÓN
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a) Cuenta con un Programa de gestión ambiental que permita prevenir la contaminación generada por sus productos y operaciones.
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Certificado ISO 14001-2004 vigente o norma chilena equivalente
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b) Cuenta con un programa de gestión de residuos
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Acuerdos de reciclaje de desechos.
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c) Cuenta con una Política de inclusión laboral
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Contrato de trabajo de personas en situación de discapacidad.
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d) Dispone de reporte de sostenibilidad.
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Copia digital del informe bajo en estándar GRI del año anterior a la licitación o equivalente.
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En la eventualidad que algún oferente no declare o declare negativamente (NO) en la ficha electrónica en el campo dispuesto para ello, se asignará 0 puntos en este criterio.
Por el contrario, si el oferente declara afirmativamente (SI), se asignarán 100 puntos en la evaluación del criterio “Cumplimiento políticas y/o programas de sustentabilidad”.
Las Entidades Compradoras o la DCCP podrán solicitar los respectivos medios de verificación para validar el cumplimiento de lo declarado en la oferta durante la etapa de evaluación y/u operación del presente Convenio Marco.
Medios de Verificación:
A continuación se detalla la documentación de respaldo que deberá ser presentada por el adjudicatario como medio de verificación, para la acreditación, validación y/o comprobación del cumplimiento de los contenidos de sustentabilidad:
a. Certificado ISO 14001-2004 vigente o norma chilena equivalente.
b.Acuerdo de reciclaje de desechos electrónicos, papel y/o vidrio, es decir, un acuerdo de voluntades entre dos partes (contrato o convenio), debidamente suscrito por ambas, el cual debe haber sido celebrado en una fecha anterior mínima de 3 meses a la fecha de publicación del llamado a la licitación correspondiente en Mercado Público y mantenerse vigente durante toda la vigencia del presente convenio, con entregas regulares.
No serán considerados acuerdos para la respectiva evaluación: las declaraciones unilaterales de políticas de reciclaje del proveedor; las facturas con alguna empresa dedicada al reciclaje; los certificados de números de socios de alguna entidad que reciba algunos de los elementos indicados para reciclar; ni el “Formulario de Inscripción” en alguna entidad dedicada al reciclaje.
c. Copia simple del contrato de trabajo de personas en situación de discapacidad, de carácter indefinido, cuya fecha de suscripción deberá ser de al menos 6 meses anteriores a la publicación del llamado a la licitación en el sistema, junto con acompañar copia simple de documento que acredite la inscripción del (los) trabajador (es) respectivo (s) en el Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN, o documentación equivalente; y copia simple de certificado de pago de cotizaciones laborales y previsionales de los últimos 6 meses anteriores a la publicación del llamado a la licitación del (los) trabajador(es) respectivo(s) .
d. Reporte de sostenibilidad bajo estándar GRI - Iniciativa de Reporte Global- acreditable a través de copia digital del último informe GRI presentado, el cual debe ajustarse a las orientaciones y directrices de la GRI. Para mayor información puede visitar el siguiente link: www.globalreporting.org/home/languagebar/spanishpage.htm o equivalente.
Se deja expresa constancia, que la Dirección ChileCompra se reserva el derecho de comprobar y exigir que se acredite la existencia, validez, veracidad y/o atingencia de la información, documentación y/o certificaciones entregadas, así como el contenido de las mismas.
e. Cumplimiento de Requisitos Formales de Presentación de Oferta
Este criterio será aplicado en todas las sub-categorías, donde cada oferente deberá cumplir con lo solicitado en el punto número 6 “Instrucciones para Presentación de Ofertas”.
Puntaje:
Cumple con los requisitos de presentación de Oferta: 100 puntos
No Cumple con los requisitos de presentación de Oferta: 0 puntos
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos, hasta antes del cierre de presentación de las ofertas, obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, y de lo dispuesto en la cláusula 9.3 siguiente, dentro del plazo definido para acompañar dichos antecedentes, obtendrá 0 puntos en este criterio.
f. Precio
Este criterio aplica a todos los servicios ofertados. Los precios ofertados por los proveedores en las fichas de servicio creadas por esta Dirección, serán comparados con servicios idénticos, es decir, por sus ID.
Los precios deberán ser en valores brutos.
Se informa además que serán desestimados de la evaluación:
-Todas las fichas nuevas de servicios, creadas por los oferentes desde el botón “Agregar Productos”, disponible en el paso 2 de la sección “Mis condiciones Comerciales para Convenio Marco”.
- Las ofertas de servicios con valor $0; menor o igual que 0,1 y/o cualquier mayor igual que 20. Esto debido a que la unidad de medida para todas las fichas creadas es “Valor Hora/hombre” y la moneda es Unidades de Fomento.
Procedimiento para evaluación del criterio Precio.
Paso 1: Definición de un intervalo de confianza
La DCCP aplicará la fórmula descrita a continuación para la definición de un intervalo de confianza, de manera de establecer un límite superior e inferior para los precios ofertados para cada servicio, de acuerdo a lo que se detalla a continuación:
IC=[P - S, P + S]
Donde:
IC= Intervalo de Confianza
P= Promedio de los valores ofertados
S= Desviación Estándar
Se entenderá por Desviación Estándar a la dispersión de los datos respecto del valor promedio.
Con la fórmula antes referida, se definirá un intervalo de confianza donde se determinará una banda de precios.
Los precios que se encuentren por sobre el Límite Superior del intervalo serán descartados del proceso de evaluación de ofertas. En el caso de los valores que se encuentren bajo el Límite Inferior, se les asignará automáticamente 100 puntos en este criterio.
El procedimiento de cálculo para la definición del intervalo de confianza se explica detalladamente en el Anexo N° 5 “Intervalo de confianza asociado a la desviación estándar”.
Paso 2: Asignación de puntaje
Para asignar este puntaje a cada servicio cuyos valores para precio que se encuentren dentro del intervalo de confianza, se aplicará la siguiente fórmula:
Puntaje Precio = 100 - (0,5*(Valor Tarifa Oferente - valor Tarifa Mínima)/Valor Tarifa Oferente)*100)
La DCCP podrá verificar que los precios ofertados corresponden a aquellos propios de las transacciones normales del negocio, especialmente cuando sólo tienen una oferta, contrastando los precios ofertados contra los precios de los servicios activos del Catálogo Electrónico, durante el periodo de evaluación, pudiendo descartar del proceso de evaluación aquellos que sean superiores a los mayores precios catalogados a la época del cierre de las ofertas, relativos al mismo servicio, sin considerar los “descuentos u ofertas especiales”.
En los casos que la DCCP no encuentre disponible en el Catalogo Electrónico los precios de referencia, podrá solicitar un número representativo de facturas bajo el concepto de “aclaraciones a la oferta”, o bien, verificar precios en el mercado, pudiendo descartar del proceso de evaluación aquellos servicios que no correspondan a los valores de mercado.
*En caso de compras iguales o superiores a mil UTM de anteproyectos y proyectos, la cotización deberá ser solicitada de acuerdo al procedimiento establecido en el punto 10.8. En tanto los perfiles requeridos para las cotizaciones se indican en “Procedimiento de Compra” del punto 10.4, ambos de estas bases de la licitación.
La Entidad Compradora asignará al anteproyecto o proyecto a aquel proveedor cuya cotización obtenga el puntaje más alto sobre la base de los criterios de evaluación y ponderaciones definidas en las siguientes bases.
9.3. Solicitud de Aclaraciones y Antecedentes
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Además la DCCP podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario.
Se permitirá, asimismo, la presentación de las certificaciones y/o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40, Reglamento de la Ley N° 19.886).
Se deja claramente establecido que no se aceptarán certificados que se encuentre en “trámite” o “no vigentes”.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de la plataforma. La responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.
9.4. Adjudicación
La Dirección ChileCompra podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. Dichas declaraciones deberán ser por resolución fundada para ambos casos.
La DCCP adjudicará la licitación a los oferentes que obtengan 55 puntos ponderados en al menos uno de los perfiles ofertados, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las bases de licitación.
La DCCP adjudicará a través de una Resolución Fundada, que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre tramitada.
Resolución de Empates: No Aplica
9.5. Resolución de consultas respecto de la Adjudicación
Si luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese consultas respecto de la adjudicación, deberán ser enviadas en el plazo fatal de 10 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución adjudicatoria al siguiente correo electrónico departamentoservicioscm@chilecompra.cl.
La DCCP dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.