|
Generalidades |
|
La Secretaría Regional Ministerial de Salud de Tarapacá, en adelante la SEREMI de Salud, invita a participar en la presente Licitación
Pública a oferentes que cuenten con experiencia y conocimiento en el rubro la administración y gestión, para la contratación del Servicio
de Apoyo Administrativo y Gestión Documental para la COMPIN.
Las presentes bases técnicas, económicas y administrativas, tienen por objeto regular el procedimiento de licitación pública para la
contratación de los servicios requeridos, considerando que la institución no cuenta con los recursos humanos disponibles para su
ejecución. Asimismo, estas bases establecen los fines, condiciones y requisitos que deberán cumplirse durante el proceso de adjudicación
y ejecución del contrato.
Se deja constancia que la sola presentación de una oferta implica la aceptación íntegra e incondicional de las presentes bases y todas las
condiciones establecidas en ellas.
|
|
|
|
Artículo 1°: Objetivo del Servicio. |
|
La presente licitación tiene por objeto contratar un servicio externo de apoyo técnico-administrativo y gestión documental para la COMPIN
Tarapacá.
Este servicio consistirá específicamente en la organización, registro, seguimiento, sistematización y control de expedientes y antecedentes
vinculados a los procedimientos regulados por la Ley N° 20.585 y el D.S. N° 3/1984 del Ministerio de Salud, con el propósito de contribuir a
la adecuada trazabilidad de la documentación, al levantamiento de antecedentes objetivos y al cumplimiento de los plazos establecidos en
la normativa vigente.
La contratación se efectúa conforme a la Ley N° 19.886 y su Reglamento, D.S. N° 661/24 que faculta a los órganos de la administración
del Estado para contratar los bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
Asimismo, de conformidad con el DFL N° 1/2005, y el D.S. N° 136/2004 ambos del mismo Ministerio de Salud, corresponde a la SEREMI
organizar, bajo su dependencia, y apoyar el funcionamiento de la COMPIN, pudiendo esta última darse la organización interna que resulte
adecuada para el eficaz cumplimiento de sus funciones médico-administrativas.
El servicio contratado tendrá carácter exclusivamente auxiliar y de apoyo técnico-administrativo. En consecuencia, las actividades que
ejecute el proveedor serán de naturaleza instrumental y preparatoria, sin que ello implique la transferencia, delegación o ejercicio de las
competencias, atribuciones o potestades públicas que la ley confiere a la COMPIN, a la SEREMI de Salud o la autoridad competente.
Los informes, registros y demás antecedentes elaborados por el proveedor tendrán el carácter de insumos de apoyo para la revisión y
análisis de la autoridad competente, la que conservará en todo momento la responsabilidad exclusiva de adoptar las decisiones y ejercer
las atribuciones que le confiere la normativa vigente.
|
|
|
|
Artículo 2°: Servicio requerido |
|
El proveedor adjudicado deberá ejecutar las actividades necesarias para apoyar la gestión documental y administrativa de COMPIN,
debiendo desarrollar, a lo menos, las siguientes funciones:
1. Recepcionar, revisar, clasificar y organizar expedientes y demás antecedentes que le sean entregados por la contraparte técnica.
Gestión de Notificaciones Digitales: Ejecutar el proceso de notificación electrónica a prestadores mediante el uso de domicilios
digitales registrados en la Superintendencia de Salud o informados por el prestador, conforme al Art. 9° septies de la Ley 20.585.
2.
Control de Plazos y Alertas: Mantener un registro actualizado de cada expediente, monitoreando el cumplimiento de los plazos
establecidos para el pronunciamiento de la COMPIN.
3.
Control de Calidad de Insumos (Anexo I): Validar administrativamente que los Informes Médicos Complementarios (IMC) presentados
por los profesionales contengan todos los campos obligatorios y sean presentados en formato digital, de acuerdo con la Circular N°
3842 y el Anexo 1 del Manual de Fiscalización.
4.
Sistematización de Antecedentes Objetivos: Consolidar y estructurar la información de los expedientes en evaluación. Este proceso
se limitará exclusivamente a la revisión material del expediente, identificando y registrando los antecedentes presentes, faltantes o
pendientes para su correcta agregación (por ejemplo: constatar la no recepción física de un Informe Médico Complementario). Se
deja expresa constancia de que el proveedor carece de facultades fiscalizadoras; su labor es de estricto cotejo documental. Toda esta
labor servirá de insumo técnico auxiliar y preparatorio, quedando la decisión administrativa final, la calificación jurídica y la eventual
aplicación de sanciones bajo la exclusiva responsabilidad, control y titularidad del equipo de la COMPIN.
5.
Gestión Documental de Cobranzas: Llenar la base de datos que se utiliza para generar las cartas de notificación de deudas por
subsidios indebidos derivados de licencias rechazadas, asegurando la recepción de la notificación para proceder a notificar al
departamento jurídica las cobranzas judiciales que correspondan.
6.
Archivo y Ordenamiento de Expedientes: Mantener actualizados y organizados los expedientes de apoyo a la verificación de Ley
20.585 y cobranzas documentales.
7.
Condiciones Operativas de la Prestación del Servicio:
Personal Requerido: El adjudicatario deberá garantizar la prestación del servicio mediante la conformación de un equipo de trabajo
idóneo y suficiente para asegurar el cumplimiento íntegro y oportuno de las labores contratadas. Para efectos de esta licitación, y con
el fin de garantizar la continuidad operacional y eficiencia del servicio, el oferente deberá presentar una propuesta que contemple, a lo
menos, dos (2) personas que operen de manera coordinada. El adjudicatario, mantendrá plena autonomía en la organización de sus
recursos, siendo el único responsable de organizar, gestionar y supervisar a su equipo, asegurando que el equipo responda a las
necesidades de continuidad y eficiencia del servicio, manteniendo plena autonomía en la organización de sus recursos. En
consecuencia, no existirá vínculo de subordinación ni dependencia entre el equipo de trabajo del proveedor y la SEREMI, debiendo el
adjudicatario asegurar el reemplazo inmediato de cualquier integrante del equipo para no afectar la prestación del servicio. El
adjudicatario deberá garantizar la prestación del servicio mediante la conformación de un equipo de trabajo idóneo y suficiente para
asegurar el cumplimiento íntegro y oportuno de las labores contratadas.
●
Lugar de Prestación: Las labores se desarrollarán en las dependencias institucionales de la COMPIN Tarapacá, ubicadas en calle
Thompson N° 127, Edificio Puerto Mayor, comuna de Iquique. La institución proveerá el espacio físico necesario para la revisión
material de los expedientes.
●
Jornada y Horario: Para efectos de coordinación con la contraparte técnica, el proveedor deberá garantizar la ejecución de las metas
documentales diarias dentro de la franja operativa de 08:00 a 13:00 horas. El control de asistencia y supervisión administrativa del
personal recaerá exclusivamente en el proveedor adjudicado.
●
Salvaguarda de Vínculo: Se deja expresa constancia que la fijación de este lugar y horario responde única y exclusivamente a
razones de operatividad, seguridad de la información (Ley N° 19.628) y coordinación con los sistemas y el personal de planta de la
COMPIN. El cumplimiento de esta franja horaria no genera ni constituye, en ninguna circunstancia, un vínculo de subordinación,
dependencia o relación laboral con la SEREMI de Salud de Tarapacá.
●
Contraparte técnica por parte del proveedor: El proveedor debe designar a un coordinador técnico, quien será el único interlocutor
válido frente a la SEREMI, responsable de la supervisión del desempeño y la entrega de los resultados del equipo de trabajo.
●
Productos entregables:
1. Reporte mensual de expedientes ingresados, notificados y resueltos.
2. Planilla de control de plazos con semáforo de criticidad (diario).
3. Expedientes físicos foliados y digitales listos para firma del presidente/a COMPIN.
|
|
|
|
Artículo 3°: cláusula de confidencialidad (obligatoria) |
|
Dada la naturaleza sensible de los datos, el adjudicatario deberá dar cumplimiento estricto a la Ley N° 19.628, por lo que se obliga a
mantener absoluta reserva respecto de los datos de carácter personal y sensible a los que tenga acceso, acorde a los siguientes términos:
Alcance de la Reserva: El Adjudicatario y todo el personal destinado a la ejecución del servicio deberán mantener estricta reserva y
confidencialidad respecto de toda la información a la que tengan acceso con ocasión de este contrato. Esto incluye, de manera
enunciativa mas no taxativa: nombres, RUT, domicilios, números telefónicos, diagnósticos médicos, antecedentes laborales de los
trabajadores y fichas clínicas de prestadores.
1.
Limitación de Uso: La información proporcionada por la COMPIN Tarapacá es suministrada única y exclusivamente para los fines
contratados, esto es, el apoyo técnico-administrativo para la gestión integral de expedientes y cobranzas. Queda estrictamente
prohibido cualquier otro uso, comunicación, cesión o tratamiento de los datos para fines comerciales, estadísticos o de cualquier otra
índole.
2.
Deber de Custodia: El proveedor será responsable de implementar las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias
para evitar la pérdida, acceso no autorizado o filtración de los datos personales (Ley N° 19.628).
3.
Sanciones: El incumplimiento de esta cláusula será considerado una falta gravísima, facultando a la SEREMI de Salud de Tarapacá
para el término anticipado del contrato sin derecho a indemnización.
4.
Documentación Adicional: El adjudicatario deberá presentar, al inicio del servicio, el Anexo N° 7 firmado por cada uno de sus
trabajadores donde reconozcan conocer y aceptar estas condiciones de confidencialidad.
5.
Esta obligación subsistirá aun después del término del contrato, por el plazo que establezca la normativa vigente.
6.Devolución y Destrucción de Datos: Al término de la prestación del servicio, ya sea por cumplimiento del plazo o término anticipado, el
proveedor estará obligado a devolver a COMPIN o destruir de manera segura e irrecuperable la totalidad de las bases de datos, actas,
fotografías y cualquier registro que contenga datos personales o sensibles recopilados durante la ejecución del contrato. Se deberá emitir un
certificado de destrucción de datos firmado por el representante legal del contratista.
|
|
|
|
Artículo 4°: Requisitos técnicos del profesional(perfil del equipo requerido) |
|
El proveedor deberá proponer el personal que ejecutará el servicio, el cual deberá cumplir, a lo menos, con los siguientes requisitos:
Formación: Poseer título de Técnico de Nivel Medio o Técnico de Nivel Superior en las áreas de Salud, Administración, Secretariado
Ejecutivo, Jurídico o carreras afines.
●
la formación deberá acreditarse mediante copia simple del certificado de título o documento equivalente. La falta de acreditación
será causal de inadmisibilidad de la oferta.
Experiencia: Para asegurar la continuidad operativa y la correcta gestión de los expedientes, el personal propuesto deberá acreditar,
como requisito mínimo de admisibilidad, al menos un (1) año de experiencia laboral en labores iguales o equivalentes a las
solicitadas. El incumplimiento de este requisito mínimo individual respecto de cualquier integrante del equipo facultará a la SEREMI
para declarar inadmisible la oferta.
●
La experiencia deberá acreditarse mediante certificados emitidos por empleadores, contratos de trabajo, certificados de prestación
de servicios, órdenes de compra, facturas, boletas de honorarios u otros documentos que permitan verificar fehacientemente la
experiencia declarada en el sector público o privado.
● Competencias Técnicas Requeridas: El personal propuesto deberá contar con conocimientos y habilidades en:
● Manejo de herramientas de ofimática (procesadores de texto word y planillas de cálculo Excel nivel intermedio).
● Redacción administrativa y ortografía técnica.
● Habilidades en ordenamiento correlativo
● Gestión de archivos físicos y digitales.
Estas competencias se entenderán declaradas por el oferente mediante la presentación de su oferta técnica y podrán ser
verificadas durante la ejecución del contrato.
Reemplazo de integrantes del equipo ejecutor:
La SEREMI podrá solicitar fundadamente el reemplazo de algún integrante del equipo cuando ocurra alguna de las siguientes
circunstancias:
1. Incumplimiento reiterado de las funciones establecidas en las presentes Bases.
2. Aplicación de dos o más observaciones formales por parte de la contraparte técnica respecto del desempeño del trabajador.
3. Vulneración de las obligaciones de confidencialidad.
4. Inasistencias injustificadas que afecten la continuidad del servicio.
5. Pérdida de alguno de los requisitos mínimos exigidos para el servicio.
Asimismo, si durante la ejecución del contrato alguno de los integrantes del equipo de trabajo cesare en sus funciones por renuncia,
fallecimiento, incapacidad, licencia médica prolongada, término de la relación laboral, inhabilidad sobreviniente o por cualquier otra
circunstancia que le impida continuar prestando los servicios comprometidos, el proveedor deberá informar este hecho por escrito a la
contraparte técnica dentro del plazo de un (1) día hábil contado desde que tome conocimiento de dicha circunstancia.
En estos casos, el proveedor deberá reemplazar al integrante afectado dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, proponiendo una
persona que cumpla requisitos iguales o superiores a los exigidos en las presentes Bases para el cargo correspondiente. La contraparte
técnica verificará el cumplimiento de dichos requisitos antes de la incorporación del reemplazante al servicio.
Mientras no se materialice el reemplazo, el proveedor deberá adoptar las medidas necesarias para asegurar la continuidad y correcta
ejecución del servicio, siendo de su exclusiva responsabilidad cualquier incumplimiento derivado de la falta de personal.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este artículo dará lugar a la aplicación de las multas previstas en el artículo 24°,
numeral 2, letra e), sin perjuicio de las demás medidas contempladas en las presentes Bases.
|
|
|
|
Artículo 5°: Compromisos del PROVEEDOR. |
|
El prestador será responsable de entregar los servicios, de acuerdo con las Bases; en caso contrario se incurrirá en incumplimiento y
corresponderá aplicar las multas y demás sanciones que por este concepto se consideran, según se indica en el acápite de las multas
señaladas en la presentes Bases.
La Certificación de las incidencias que sean meritorias de sanción, ya sea amonestación, aplicación de multa o término anticipado de
Contrato, estará a cargo de la contraparte técnica de la SEREMI, conformada por el Encargado de Unidad de Apoyo a Contraloría Médica
Coordinador de Gestión o quien le subrogue.
El proveedor se obliga a pagar puntualmente a todo su personal las remuneraciones y cotizaciones previsionales contenidas en la ley.
Será requisito indispensable para el pago de los estados de pago mensuales, la presentación del Certificado F30-1 (o el que corresponda
según la Dirección del Trabajo) que acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de las personas
asignadas al servicio.
|
|
|
|
Artículo 6°: Contraparte técnica y compromisos de los funcionarios/as. |
|
La contraparte técnica estará a cargo del Encargado de Unidad de Apoyo a Contraloría Médica, Coordinador de Gestión o quien le
subrogue y/o del funcionario designado para la revisión y certificación de documentación del servicio enviada por PROVEEDOR.
Será la contraparte técnica, la encargada de elaborar el certificado de cumplimiento respectivo que acompañará la factura para el proceso
de pago. Este certificado debe ser firmado por la presidenta de la COMPIN (o quien le subrogue) y/o del funcionario designado para esta
labor.
|
|
|
|
Artículo 7°: Monto disponible. |
|
El monto total presupuestario disponible el año 2026 para la prestación de los Servicios es de $8.000.000.- (Impuestos y Retenciones
Incluidas).
Siendo el pago mensual de $1.600.000.- (Impuestos y Retenciones Incluidas). El servicio se extenderá desde el envío y la aceptación de la
orden de compra al proveedor adjudicado y tendrá una vigencia de 5 meses a partir de esa fecha.
|
|
|
|
Artículo 8°: Requisitos de los oferentes. |
|
Podrán participar en la presente licitación personas que emitan factura, que acrediten su idoneidad técnica y financiera, y que cumplan con
los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases. No podrán participar ni resultar adjudicados los oferentes afectados por
alguna de las siguientes causales de inhabilidad:
Condena por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o el
contrato, art. 4° ley 19.886).
a.
b. Condena a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo, (art. 10 ley 20.393).
c. Condena por delitos concursales establecidos en el código penal (art. 4° ley 19.886).
d. Condena del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (art. 26, letra d, de DL 211).
e. Vínculos con funcionarios directivos de la entidad compradora (art. 4° ley 19.886).
La concurrencia de alguna de estas causales constituye causal de inadmisibilidad. La SEREMI podrá verificarlas nuevamente al adjudicar y
durante la ejecución del contrato.
El oferente acredita el cumplimiento de lo anterior mediante la Declaración Jurada disponible en www.mercadopublico.cl al momento de
presentar su oferta.
|
|
|
|
Artículo 9° Emisión de la orden de compra. |
|
La adquisición de los servicios objeto de los presentes bases se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de
ésta por parte del Proveedor
|
|
|
|
Artículo 10° Plazo de validez de ofertas. |
|
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos, contados desde el cierre de recepción de las ofertas en el portal Mercado
Público.
|
|
|
|
Artículo 11° Norma y orden de precedencia de los documentos |
|
Esta adquisición se rige por las normas previstas en la ley Nº 19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto N° 661 de 2024 del
Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones, las directivas de contratación pública y por la siguiente documentación, en el orden de
precedencia que se indica en caso de existir discrepancia entre ellos:
1. Bases de licitación y los respectivos anexos.
Aclaraciones y respuestas sobre las bases de licitación entregados por la SEREMI de Salud con motivo de alguna consulta de los
proponentes.
2.
3. Cotización del proponente.
4. Resolución que aprueba la publicación
5. Resolución que aprueba la adjudicación o declara desierto.
6. Orden de compra.
Toda discrepancia entre distintos documentos de la contratación, así como toda diferencia de interpretación de su contenido será resuelta
en primera instancia por la Contraparte Técnica de la Autoridad Sanitaria de la SEREMI de Salud, pudiendo recurrir a todas las instancias
legales que le permite la ley para resolver controversias.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las
obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de
preeminencia de los Bases.
|
|
|
|
Artículo 12° Presentación de la Propuesta |
|
Los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos se deberán presentar en un mismo acto, a través de los anexos establecidos,
incluyendo el nombre y firma del representante legal del proponente cuando así lo requiera.
|
|
|
|
Artículo 13° Contenido de la propuesta |
|
Las personas interesadas en prestar el servicio señalado y que cumplan con los requisitos mínimos especificados en estas Bases y sus
anexos y no excedan la disponibilidad presupuestaria establecida en el precedente, deberán presentar sus antecedentes exclusivamente
vía portal www.mercadopublico.cl, en los plazos allí señalados. La evaluación de las propuestas se realizará de acuerdo con los criterios
consignados en las presentes Bases.
Se considerará la información presentada en los siguientes documentos:
13.1 Presentación de antecedentes administrativos:
Los oferentes deberán presentar:
● Anexo N° 1 Formato de Identificación del oferente.
● Anexo N° 2 Carta Aceptación de Bases.
● Antecedentes que acrediten los requisitos exigidos en el Artículo 4° de estas Bases.
● Currículum Vitae actualizado (máximo 5 páginas).
Si falta alguno de estos documentos, o no están firmados por el representante legal del oferente, la SEREMI podrá solicitar la presentación
de los documentos omitidos.
13.2. Presentación de antecedentes económicos:
El oferente deberá completar el Anexo N° 3, detallando la Oferta Económica. (No se aceptarán propuestas económicas por $1, temerarias).
De existir diferencias entre los montos indicados en el Comprobante de Oferta del Portal Mercado Público y la Oferta Económica señalada
en el Anexo N° 3, se considerará el Comprobante de Oferta del Portal Mercado Público.
Ofertas riesgosas o temerarias:
De acuerdo al art. 61 del reglamento de compras, la SEREMI de Salud podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se
trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras
propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos
del contrato.
13.3. Presentación de antecedentes técnicos:
Anexo N° 4 Oferta Técnica.
Anexo N° 5: Experiencia del Equipo Propuesto (acreditada mediante boletas, facturas, contratos u órdenes de compra).
Anexo N° 6 Capacitación del Equipo Propuesto (acreditada mediante certificados o diplomas).
|
|
|
|
Artículo 14°: Subsanación de errores u omisiones formales. |
|
La SEREMI de Salud, a través de la Comisión de Evaluación tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes
que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se
entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 24 horas, contadas desde su comunicación al
oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La
responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos
oferentes.
Tratándose de oferentes inscritos en el Registro electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de
documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
|
Artículo 15°: inadmisibilidad de las Ofertas. |
|
La SEREMI de Salud declarará inadmisibles aquellas ofertas que incurran en alguna de las siguientes situaciones:
1. No presentar el Anexo N° 3 Oferta Económica.
2. No presentar el Anexo N° 4 Oferta Técnica
3. No presentar el Anexo N° 5 Experiencia del Equipo Propuesto.
4. No presentar el Anexo N° 6 Capacitación del Equipo Propuesto.
No acrediten el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para el personal propuesto en el artículo correspondiente de las
bases.
5.
6. Presenten una oferta económica superior al presupuesto máximo disponible para la contratación.
No desarrollen en el Anexo N° 4, respecto de la totalidad de las actividades señaladas en el Artículo 2° de las presentes Bases (letras
a) a g)), los tres elementos objetivos exigidos-carga diaria, mecanismos de control y verificación de calidad, e identificación de roles y
responsables-. La ausencia de uno o más de dichos elementos respecto de cualquiera de las actividades obligatorias hará
inadmisible la oferta por no ajustarse al objeto mínimo de la contratación
7.
No constituirán causal de inadmisibilidad aquellos errores u omisiones formales que puedan ser subsanados de conformidad con lo
dispuesto en la Ley N° 19.886, su Reglamento y las presentes Bases, siempre que dicha subsanación no altere los principios de igualdad de
los oferentes y estricta sujeción a las Bases.
|
|
|
|
Artículo 16°: Comisión evaluadora, criterios de evaluación y adjudicación. |
16.1 Comisión evaluadora.
El análisis y evaluación de las ofertas estarán a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por los siguientes funcionarios o sus
subrogantes legales, todos los cuales deben tener la calidad de funcionarios públicos.
● Presidente de COMPIN o quien le subrogue.
● Encargado de la unidad de Contraloría medica de la COMPIN
● Jefe del Departamento de Desarrollo Institucional o quien le subrogue.
A petición de la Comisión de Evaluación de Ofertas, el jefe del Dpto. Jurídico o quien designe, podrá participar en calidad de asesor.
No serán considerados aquellos antecedentes que no cumplan con los requisitos anteriormente señalados y que sobrepasen el monto
disponible máximo estipulado.
Será responsabilidad de los participantes haber proporcionado toda la información que permita a la SEREMI efectuar la evaluación de sus
ofertas.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al jefe de Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de
acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes Bases y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
16.2 Criterios de Evaluación.
Se asignará puntaje a cada PROVEEDOR de acuerdo con los Criterios establecidos, que refleje y permita obtener una ponderación final por
oferta, comparando en igualdad de condiciones la conveniencia técnico – económica de cada una de ellas.
Los puntajes para cada Criterio, su ponderación y puntaje máximo total ponderado serán los siguientes:
|
Criterio
|
Ponderación (%)
|
|
Oferta económica
|
40%
|
|
Experiencia del equipo propuesto
|
33%
|
|
Capacitación del equipo propuesto
|
27%
|
|
Total
|
100%
|
16.2.1 Criterio Precio (40%)
Para efectos de evaluación de la oferta económica, solo se considerarán aquellas ofertas que no superen el monto disponible, aplicando lo
informado en la siguiente fórmula:
Precio Mínimo x 100 = Puntaje asignado x ponderación 40% = Puntaje Ponderado.
Precio Evaluado
El oferente deberá completar el Anexo N° 3, informando su oferta económica conforme a lo señalado en dicho anexo. Para efectos de esta
evaluación, se entenderá por “Precio Evaluado” el valor total del contrato (monto mensual con IVA incluido multiplicado por 5 meses del
servicio) declarado en el Anexo N° 3.
16.2.2 Experiencia del equipo ejecutor (33%):
El oferente deberá completar el Anexo N° 5, identificando a cada integrante del equipo ejecutor y acreditando su experiencia en labores
iguales o equivalentes al objeto de la presente licitación.
La experiencia del equipo se acreditará mediante el promedio simple de los años de experiencia profesional (acreditada mediante contratos,
finiquitos, órdenes de compra en estado Recepción Conforme, certificados laborales u otros) de los integrantes que conforman el equipo de
trabajo propuesto
Mínimo de admisibilidad
Para que la oferta sea considerada admisible, todos los integrantes del equipo propuesto deberán acreditar una experiencia laboral mínima
de un (1) año.
La comisión evaluadora revisará los antecedentes presentados de cada integrante. Si al menos un integrante tiene experiencia inferior a un
(1) año, o no es acreditada, la oferta será declarada inadmisible.
Aquellas ofertas que superen la admisibilidad serán evaluadas según el promedio aritmético de los años de experiencia de los integrantes
del equipo, conforme a la siguiente tabla:
|
Experiencia Promedio (Años)
|
Puntaje
|
|
Superior a 2 años
|
100
|
|
>1,8 hasta 2 años
|
80
|
|
>1,6 hasta 1,8 años
|
60
|
|
>1,4 hasta 1,6 años
|
40
|
|
>1,2 hasta 1,4 años
|
20
|
|
Desde 1 hasta 1,2 años
|
10
|
El promedio se calculará sumando los años de experiencia de cada integrante (expresados en años y meses convertidos a decimales) y
dividiendo el resultado por el número total de integrantes del equipo propuesto (ejemplo: si el equipo tiene 3 personas con 1, 1,5 y 2 años
respectivamente, el promedio es 1,5. Este valor corresponde a 40 puntos, a lo que se aplica el 33% asignado al criterio)
16.2.3 Criterio Capacitación del equipo (27%):
El oferente deberá completar el Anexo N° 6, identificando a cada uno de los integrantes del equipo ejecutor y detallando las capacitaciones
acreditadas en materias relacionadas con el objeto de la presente licitación.
Solo serán consideradas para efectos de la evaluación las capacitaciones correspondientes a las siguientes áreas:
● Gestión Documental/Archivo.
● Redacción Administrativa.
● Microsoft Excel y/o Word.
La información declarada deberá encontrarse respaldada mediante uno o más de los siguientes documentos:
● Certificados de aprobación.
● Otros antecedentes que permitan validar la capacitación del equipo.
Asignación de puntaje individual
Cada integrante del equipo ejecutor obtendrá puntaje de acuerdo con las áreas de capacitación que acredite conforme a la siguiente tabla:
|
Áreas de Capacitaciones Acreditadas
|
PUNTAJE
|
|
Gestión documental y/o archivo
|
40
|
|
Redacción Administrativa
|
40
|
|
Microsoft Excel y/o Microsoft Word
|
20
|
|
Total
|
100
|
Determinación del puntaje del equipo
El puntaje final del presente criterio corresponderá al promedio aritmético de los puntajes obtenidos por todos los integrantes del equipo
ejecutor propuesto, aplicándose la siguiente fórmula:
Suma de pjes. obtenidos por cada integrante x 100 = Pje. asignado x ponderación 27% = Pje. Ponderado.
Número total de integrantes del equipo
La Comisión Evaluadora verificará únicamente la existencia y correspondencia de los elementos señalados, debiendo su análisis limitarse
a criterios objetivos y verificables. Todos los documentos deben ser legibles, sin enmendaduras ni alteraciones. Documentación borrosa o
incompleta no será considerada.
|
|
|
|
Artículo 17°: Mecanismo de resolución de empates. |
|
En caso de empate en el puntaje total final entre dos o más ofertas técnicamente admisibles, la Comisión Evaluadora aplicará el siguiente
orden de prelación de criterios para resolver el empate:
1. Precio más bajo: En caso de empate, se dará preferencia al oferente que presente el menor precio total.
Mayor experiencia: En caso de igualdad en precio, se priorizará al oferente con mayor porcentaje de integrantes con experiencia
superior a 1 año comprobados mediante respaldo documental.
2.
3. Mayor puntaje en capacitaciones: Si persiste el empate, se considerará el oferente con mayor puntaje en capacitación.
|
|
|
|
Artículo 18°: De la Adjudicación. |
|
La SEREMI de Salud seleccionará a la oferta o propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus
correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en los Bases considerando sus objetivos. Es preciso señalar, que no
necesariamente se adjudicará a la oferta más económica, puesto que se evaluará además si aquélla se ajusta técnicamente a lo requerido.
Declaración de la licitación pública como desierta: Se declarará desierto (o fallida) la licitación pública cuando no se presenten ofertas;
cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, estas no resulten convenientes a los intereses de la Entidad.
|
|
|
|
Artículo 19°: Requisitos para contratar. |
|
Documentos Persona Jurídica:
● Certificado de estado “Hábil” en el Registro de PROVEEDORES del Estado.
● Copia simple Cédula de Identidad del representante legal.
● Certificado de Vigencia de la Sociedad.
● Declaración Jurada de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado en razón de:
No haber sido condenado por prácticas antisindicales e infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años
anteriores de suscribir el Contrato (art.4, ley 19.886).
No haber sido condenado de acuerdo a la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, por delitos de lavado de
activos, financiamiento del terrorismo y cohecho (art.10, ley 20.393).
No encontrarse inhabilitado por condenas por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los dos
años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el Contrato.
No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar con el Estado (art. 26, letra d, DL
211).
No tener vínculos con funcionarios directivos de la entidad compradora (artículo 4° de la ley 19.886).
Los servicios se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra a través del Portal www.mercadopublico.cl. No será necesario
presentar ni adjuntar en la oferta los documentos legales y administrativos que se encuentren vigentes y disponibles en el Registro de
Proveedores de Mercado Público
Los servicios se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra a través del Portal www.mercadopublico.cl. No será necesario
presentar ni adjuntar en la oferta los documentos legales y administrativos que se encuentren vigentes y disponibles en el Registro de
Proveedores de Mercado Público.
|
|
|
|
Artículo 20°: Contratación. Contratos y Validez de la Oferta. |
|
En el Artículo 117 del Decreto N° 661/24 que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras N° 19886, señala: “Para formalizar las
adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley de Compras, se requerirá la suscripción de un contrato. Sin perjuicio de lo anterior,
las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte
del Proveedor. De la misma forma, podrán formalizarse las adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate
de bienes y/o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas Bases de licitación”.
Por lo anterior, esta Licitación cuyo monto de adquisición es mayor a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM, y es un servicio de simple y objetiva
especificación se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor Adjudicado
En caso de que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose
definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
En adelante, toda referencia a "el Contrato" en las presentes Bases se entenderá hecha a la relación contractual formalizada mediante la
Orden de Compra aceptada por el Proveedor Adjudicado, conforme a lo señalado precedentemente.
|
|
|
|
Artículo 21°: Cesión del Contrato y subcontratación. |
|
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de
esta adquisición.
Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente suministre los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a
un tercero la ejecución de sus obligaciones.
En todos los casos es el oferente y eventual adjudicatario el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en este documento.
La infracción de esta prohibición dará derecho a la SEREMI de Salud, para poner término anticipado al Contrato, en forma inmediata. Lo
anterior es sin perjuicio de la transferencia que se puede efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos
justificativos de los créditos que emanen del respectivo Contrato. Toda referencia a “el contrato” corresponde a la Orden de Compra
aceptada por el proveedor.
|
|
|
|
Artículo 22°: Facturación y pago. |
|
22.1 Facturación
La facturación se realizará mensualmente por los servicios de apoyo administrativo y gestión documental efectivamente prestados. Una vez
que el encargado de Coordinación de Gestión de COMPIN informe al proveedor, con copia a la encargada de recursos físicos y
abastecimiento, sobre la recepción conforme de los servicios, el proveedor podrá emitir la factura correspondiente.
La factura deberá incluir los siguientes datos:
SEÑOR (ES) : SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA o SEREMI DE SALUD DE TARAPACÁ.
DIRECCION : THOMSON 127, QUINTO PISO, OFICINA 505, EDIFICIO PUERTO MAYOR.
RUT : 61601000-K
CIUDAD : IQUIQUE.
GIRO : SERVICIO PUBLICO.
FORMA DE PAGO: CRÉDITO.
Facturar indicando en campo referencia (801) el ID de la orden de compra, que debe ser idéntico a como aparece en mercado público
(ejemplo: 2270-xxx-SE23).
Enviar archivo XML de factura a la casilla subsalrecepcion@custodium.com antes de 72 horas de emitida, de lo contrario será rechazada
automáticamente por la plataforma.
Cualquier error en los datos indicados, puede resultar en el rechazo de la factura o en la solicitud de Nota de Crédito.
La SEREMI de Salud tendrá un plazo de 8 días contados desde su presentación, para proceder al reclamo del contenido de la factura
conforme al artículo 3° de la Ley N°19.983.
22.2 Pago
Los servicios se pagarán una vez certificada la conformidad del mismo, adjuntando los documentos que se señalan a continuación:
1. Orden de compra: Emitida por la SEREMI de Salud de Tarapacá, la que debe estar “Recepción Conforme”.
Reporte mensual en PDF (no editable) que contenga la consolidación de los expedientes ingresados, notificados y resueltos, acorde a
los entregables del Artículo 2°
2.
Certificado de cumplimiento: Recepción Conforme por los servicios prestados, emitido por el Coordinador de Gestión de COMPIN o
quien le subrogue para estos efectos. En el certificado se debe indicar la plena conformidad de los servicios contratados, indicando si
se debe aplicar disminución y/o multas por incumplimiento de contrato. Una vez visado, el certificado de cumplimiento debe ser
firmado por el jefe/a del Departamento o quien le subrogue.
3.
4. Planilla que identifique las gestiones documentales realizadas en el período que corresponda.
5. Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales de la Dirección del Trabajo (F30-1)
Factura: Concordante con la orden de compra la factura deberá contener el N° de la orden de compra, glosa con descripción del mes
y servicio realizado.
7. Para efectos del pago debe señalar N° de cuenta corriente, banco y contacto para concretar la transferencia.
La Institución tendrá un plazo de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de su recepción conforme, para realizar el pago.
|
|
|
|
Artículo 23°: Causales de Término Anticipado. |
|
23.1 Causales.
El contrato o la orden de compra, Bases y especificaciones técnicas podrán terminarse anticipadamente por:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave de las obligaciones contractuales que genere perjuicio a la institución (ej. vulneración de Ley N° 19.628).
3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social.
4. Imputación de delitos que merezcan pena aflictiva al adjudicatario o sus representantes.
5. Disolución de la sociedad.
6. Falsedad en la documentación presentada.
7. Infracción a los deberes de ética o práctica de actos corruptos (sobornos, regalos al personal, etc.)
8. Incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad.
9. Acumulación de tres (3) multas durante la vigencia del contrato.
10. Incumplimiento en el pago de remuneraciones.
23.2 Procedimiento administrativo de término anticipado del contrato
Mediante oficio se informará al PROVEEDOR adjudicado el término anticipado del contrato, el cual podrá manifestar sus descargos.
Dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl de
la resolución exenta que aplique disponga el término anticipado del contrato, el PROVEEDOR adjudicado podrá interponer un recurso de
reposición ante el la SEREMI de Salud, quien deberá resolverlo dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde su recepción en
la oficina de partes de la institución.
Una vez resuelto el recurso de reposición, rechazándolo total o parcialmente, o transcurridos los cinco (5) días hábiles para oponerlo sin
que esto se haya efectuado, la SEREMI de Salud deberá resolver sobre el término del contrato mediante la dictación del acto
administrativo correspondiente.
Caso fortuito o fuerza mayor: Si durante el desarrollo del proceso de adquisición y cumplimiento del Contrato, se presentaran eventos de
fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales o cumplimiento de alguna de las obligaciones pactadas, el
adjudicatario deberá comunicar esa circunstancia por escrito a la SEREMI de Salud a los correos randall.stenvensb@redsalud.gob.cl,
dalitza.perez@redsalud.gob.cl con copia a marisol.paillalef@redsalud.gob.cl dentro de los 2 días siguientes a su acontecimiento,
acreditando el hecho y entregando la documentación pertinente que explique cómo éste ha provocado el atraso o entorpecimiento,
solicitando la ampliación de los plazos comprometidos.
La SEREMI de Salud en vista de los antecedentes que presente el PROVEEDOR adjudicado, calificará si el hecho da lugar a fuerza mayor
o caso fortuito, emitiendo un informe a la SEREMI de Salud y ésta, mediante Resolución Fundada, dará lugar o no a los hechos.
Transcurrido el plazo de 5 días a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del adjudicatario fundamentándose en razones de
caso fortuito o fuerza mayor.
|
|
|
|
Artículo 24°: Multas. |
|
En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales, la SEREMI de Salud podrá aplicar las siguientes multas, previa notificación al
contratista y otorgamiento de un plazo de cinco (5) días hábiles para presentar sus descargos por escrito:
Incumplimiento de entrega de productos o reportes: Se aplicará una multa de 0,5 UTM por cada día hábil de atraso en la entrega de
los productos (Reporte mensual y Planilla diaria). El atraso se computará si el producto no es entregado antes de las 14:00 horas del
día hábil comprometido. La multa se aplicará hasta un máximo de 5 UTM por cada evento de incumplimiento.
1.
Incumplimiento de las obligaciones operativas del servicio: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada incumplimiento verificado
respecto de las obligaciones establecidas en el Artículo 2°, tales como:
2.
a. Mantener desactualizada la planilla de control de plazos.
b. No ejecutar notificaciones digitales dentro del plazo legal de la Ley N° 20.585.
c. No mantener los expedientes debidamente ordenados y disponibles para revisión.
d. Omitir registros o antecedentes requeridos para la correcta trazabilidad documental.
No mantener la dotación mínima comprometida para la prestación del servicio o no efectuar el reemplazo de un integrante del equipo
dentro del plazo y en las condiciones establecidas en las presentes Bases.La aplicación de esta multa requerirá informe fundado de la
contraparte técnica.
e.
La aplicación de esta multa requerirá informe fundado de la contraparte técnica.
Incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad: Todo incumplimiento a las obligaciones de confidencialidad establecidas en el
artículo 3° será considerado una infracción grave y podrá ser sancionado con una multa de 3 UTM por cada evento, sin perjuicio del
término anticipado del contrato cuando corresponda.
3.
Límite de multas: Las multas acumuladas durante la ejecución del contrato no podrán exceder el 20% del valor total adjudicado.
Si los incumplimientos son reiterados o afectan gravemente la continuidad, seguridad o calidad del servicio, la SEREMI podrá iniciar el
procedimiento de término anticipado del contrato de conformidad con las presentes Bases y la normativa vigente.
|
|
|
|
Artículo 25°: Resciliación o término de mutuo acuerdo. |
|
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de
común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
|
|
|
|
Artículo 26°: Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos. |
|
Se notificará al adjudicatario la multa correspondiente acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la contraparte técnica
donde se dé cuenta de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.
La notificación de lo anterior se efectuará por correo electrónico del adjudicatario que declare en la oferta y en Registro de
PROVEEDORES.
Una vez notificada, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante la SEREMI de Salud, quien
resolverá dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes de la
SEREMI. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el adjudicatario se allane expresamente, la sanción
deberá aplicarse mediante resolución fundada de la SEREMI, la que podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la
ley N°19.880.
Con todo, las multas establecidas, serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los
perjuicios causados por el incumplimiento del adjudicatario.
Se entenderá que el PROVEEDOR adjudicado está en mora por el sólo incumplimiento de los plazos establecidos para cualquiera de las
obligaciones pactadas, y no será necesario requerimiento judicial previo.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad de la SEREMI de Salud de poner término anticipado al Contrato en los casos
previstos en él y en los presentes Bases.
|
|
|
|
Artículo 27°: Servicios Adicionales y Disminuciones. |
|
La SEREMI de Salud podrá modificar el contrato, aumentando o disminuyendo los servicios hasta en un 30% del valor total adjudicado,
exclusivamente ante fluctuaciones imprevisibles y objetivas en la demanda de tramitación de expedientes de licencias médicas y cobranzas
que superen o mermen el promedio histórico estimado. Toda modificación deberá ser formalizada mediante Resolución Fundada y requerirá
la disponibilidad presupuestaria correspondiente.
|
|
|
|
Artículo 28°: Naturaleza de la prestación de servicios. |
|
El PROVEEDOR adjudicado, sólo ejecutará las prestaciones de Servicio de Apoyo Administrativo, Gestión Documental y Levantamiento de
Antecedentes y no tendrá la calidad de dependientes de la SEREMI de Salud, ni ninguna de las condiciones que configuran dependencia,
por lo que no constituye Contrato de trabajo, ni estará sometido a las disposiciones laborales vigentes.
|
|
|
|
Artículo 29°: Domicilio y Jurisdicción. |
|
Para todos los efectos legales derivados de esta licitación, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Iquique y se someten a la jurisdicción
de sus Tribunales de Justicia.
|
|
|
|
Artículo 30°: Notificaciones |
Las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de Bases se entenderán realizadas luego de trascurridas 24
horas desde que la SEREMI de Salud publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
|
ANEXO N° 1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
“COMPRA DE SERVICIO DE APOYO ADMINISTRATIVO, GESTIÓN DOCUMENTAL Y LEVANTAMIENTO DE ANTECEDENTES OBJETIVOS PARA LA COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ SEREMI DE SALUD DE TARAPACÁ”
|
|
PARA PERSONA JURIDICA
|
|
Nombre completo (Razón Social)
|
|
|
RUT Empresa
|
|
|
Dirección
|
|
|
Domicilio
|
|
|
Giro/actividad
|
|
|
Teléfono (s) / Celular (s)
|
|
|
Correo (s) electrónico (s)
|
|
|
DATOS REPRESENTANTE LEGAL
|
|
Nombre completo
|
|
|
Nº Cédula de Identidad o RUT
|
|
|
Instrumento en que consta personería
|
|
|
Tipo documento
|
|
|
Notaría
|
|
|
Fecha y N° Repertorio
|
|
|
Fecha
|
Nombre, RUT y Firma Representante Legal
|
|
ANEXO N° 2 ACEPTACIÓN DE LAS BASES
“COMPRA DE SERVICIO DE APOYO ADMINISTRATIVO, GESTIÓN DOCUMENTAL Y LEVANTAMIENTO DE ANTECEDENTES OBJETIVOS PARA LA COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ SEREMI DE SALUD DE TARAPACÁ”
|
|
Sr. Secretario Regional Ministerial de Salud Región de Tarapacá. Presente.
El proponente que suscribe, declara lo siguiente:
a) Haber analizado Bases para la “COMPRA DE SERVICIO DE APOYO ADMINISTRATIVO, GESTIÓN DOCUMENTAL Y LEVANTAMIENTO DE ANTECEDENTES OBJETIVOS PARA LA COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ
SEREMI DE SALUD DE TARAPACÁ” y que, habiendo tomado conocimiento de las aclaraciones necesarias, las he considerado para la presentación de mi oferta.
b) Conocer, aceptar y estar conforme con los aludidos de Bases Pública y con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, en caso de adjudicación, ante una eventual discrepancia entre nuestra oferta y los Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas. Asimismo, que lo declarado en el Anexo de identificación del proponente, corresponde a los datos reales y fidedignos del oferente.
c) Estar conforme con las condiciones generales de los presentes Bases, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en los presentes Bases Administrativas, Económicas, y Técnicas, y sus Anexos, aceptándolas en todas sus partes.
|
|
Fecha
|
Nombre, RUT y Firma
|
|
|
![Cuadro de texto: ANEXO N° 3]() |
|
OFERTA ECONÓMICA
“COMPRA DE SERVICIO DE APOYO ADMINISTRATIVO, GESTIÓN DOCUMENTAL Y LEVANTAMIENTO DE ANTECEDENTES OBJETIVOS PARA LA COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ SEREMI DE SALUD DE TARAPACÁ”
|
|
El Oferente, , representado legalmente por quien suscribe, por la presente declara que su cotización económica en pesos chilenos es la siguiente:
Valor total del contrato (Monto mensual con Iva incluido x 5 meses de servicio): $ (IVA incluido).
Para efectos de la evaluación señalada en el Artículo 16.2.1 de las presentes Bases, se considerará como “Precio Evaluado” el valor total del contrato (IVA incluido) declarado en este Anexo.
Nota 1: No se aceptarán cobros adicionales bajo ninguna circunstancia.
Nota 2: Esta oferta no será Reajustable durante el período que dure el servicio.
|
|
Fecha
|
Nombre, RUT y Firma
|
|
CONCEPTO
|
MONTO MENSUAL ($)
|
|
Servicio de apoyo administrativo
|
$
|
|
TOTAL NETO MENSUAL
|
$
|
|
IVA (19%)
|
$
|
|
TOTAL MENSUAL (IVA INCLUIDO)
|
$
|
|
|
|
Actividad requerida, según Artículo 2° de Bases.
|
Carga diaria
|
Mecanismos de control y verificación de calidad
|
Identificación de roles y responsabilidades
|
|
Recepción, revisión y organización.
|
|
|
|
|
Gestión de notificaciones digitales
|
|
|
|
|
Control de plazos y alertas
|
|
|
|
|
Control de calidad de insumos
|
|
|
|
![]()
|
S i s t e m a t i z a c i ó n d e antecedentes
|
|
|
|
|
Gestión documental de cobranzas
|
|
|
|
|
Archivo y ordenamiento
|
|
|
|
|
Integran te N°
|
N o m b r e integrante
|
C a r g o propuesto
|
Institución o empresa en que prestó servicio
|
F u n c i ó n desempeñada
|
F e c h a inicio
|
F e c h a término
|
Documento de respaldo
|
D a t o s d e Contacto para acreditación (opcional)
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
total del equipo conforme a la tabla establecida en las Bases.
Declaro que la información contenida en el presente anexo es veraz, corresponde a la experiencia efectiva de los integrantes del equipo ejecutor propuesto y se encuentra respaldada con la documentación acompañada a la oferta.
Asimismo, declaro que cada integrante cumple con el requisito mínimo de experiencia individual establecido en las Bases
|
|
Fecha
|
Nombre, RUT y Firma
|
|
Integrante N°
|
Nombre del integrante del equipo
|
Gestión documental y/o archivo
|
Redacción administrativa
|
Ofimática (Microsoft Excel y/o Microsoft Word)
|
Total de áreas acreditadas
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Integrante N°
|
Nombre del integrante del equipo
|
Nombre del curso realizado
|
Institución que lo impartió
|
Horas
|
año
|
Área de capacitación
|
Documento de respaldo
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
NEXO N° 6 CAPACITACIÓN DEL EQUIPO EJECUTOR
“COMPRA DE SERVICIO DE APOYO ADMINISTRATIVO, GESTIÓN DOCUMENTAL Y LEVANTAMIENTO DE ANTECEDENTES OBJETIVOS PARA LA COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ SEREMI DE SALUD DE TARAPACÁ”
|
|
El Oferente, , representado legalmente por quien suscribe, por los presentes, declara que los cursos realizados y acreditados son los siguientes:
- Áreas acreditadas por integrante: Marcar con una X aquellos cursos que cumple.
- Detalle de cursos acreditados
Para efectos del cálculo del criterio Capacitación del Equipo (Artículo 16.2.3 de las presentes Bases), se considerará exclusivamente el "Total de áreas acreditadas" registrado en la tabla N°1 (Áreas acreditadas por integrante). La tabla N°2 (Detalle de cursos acreditados) tiene por único objeto respaldar documentalmente la información declarada en la tabla N°1, sin generar puntaje adicional ni duplicado.
Solo serán consideradas para la evaluación las capacitaciones declaradas en el presente anexo y respaldadas mediante la documentación correspondiente.
Puede agregar más filas si es necesario
|
|
Fecha
|
Nombre, RUT y Firma
|
|
ANEXO N° 7
COMPROMISO INDIVIDUAL DE CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA
“COMPRA DE SERVICIO DE APOYO ADMINISTRATIVO, GESTIÓN DOCUMENTAL Y LEVANTAMIENTO DE ANTECEDENTES OBJETIVOS PARA LA COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ SEREMI DE SALUD DE TARAPACÁ”
|
|
(Debe ser firmado por cada profesional antes de iniciar funciones)
Yo, [Nombre Completo], RUN [RUT], en mi calidad de personal dependiente de la empresa [Nombre del Adjudicatario], asignado a la prestación de servicios para la SEREMI de Salud de Tarapacá, declaro conocer y aceptar lo siguiente:
1. Reserva Absoluta: Me comprometo a mantener estricta confidencialidad sobre todo dato sensible (diagnósticos, RUT, domicilios, teléfonos, etcétera) al que acceda con ocasión de las fiscalizaciones de licencias médicas.
1. Propiedad de la Información: Reconozco que la información es de propiedad exclusiva de la COMPIN y que su uso está limitado únicamente al acto de apoyo administrativo.
1. Prohibición de Almacenamiento: No conservaré copias, fotografías de antecedentes clínicos o bases de datos en dispositivos personales ni servicios de nube no institucionales.
1. Protocolo de Envío: Me obligo a utilizar únicamente carpetas cifradas y protegidas con contraseña para el envío de informes a través de correo electrónico.
1. Responsabilidad: Entiendo que la infracción a este compromiso acarrea responsabilidades civiles y penales bajo la Ley N° 19.628 y puede significar el término inmediato de mi relación con el servicio.
Finalmente, declaro bajo juramento que estos antecedentes corresponden a la realidad.
|
|
Fecha
|
Nombre, RUT y Firma
|
|
|
|
|