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Resolución de Empates |
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Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación Precio. En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Equipo de Trabajo.
Cuando se produzcan situaciones en que, a pesar de la aplicación de los criterios de desempate, estos se mantienen, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en la plataforma de mercado público, según lo establece el comprobante de ingreso de oferta que emite el Sistema de Información.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación podrán efectuar sus consultas al mail de contacto de la licitación adquisiciones.sl@puertocordillera.edupub.cl, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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De la evaluación de las ofertas |
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El SLEP Puerto Cordillera evaluará los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en el presente pliego de condiciones.
Las propuestas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora detallada en el numeral 7.1 de las presentes bases.
La referida Comisión efectuará una revisión de antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter técnico, legal, económico u otro antes de aplicar la pauta de evaluación, teniendo la facultad de dejar fuera de bases a las empresas que no cumplan con los requisitos establecidos en éstas. Pudiendo esta comisión Evaluadora solicitar informe al Asesor Jurídico del SLEP Puerto Cordillera, respecto de materias de orden legal.
Las ofertas serán evaluadas de acuerdo con los factores y aspectos especificados en los criterios de evaluación.
Se podrá corregir los errores aritméticos que presenten las ofertas, como así mismo, podrá admitir las propuestas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el principio de igualdad de los oferentes y no altere el monto de su oferta.
Se podrá rechazar todas las ofertas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la propuesta o cuando sea evidente que no ha existido competencia o haya habido colusión.
Toda información que se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes, será estimada fraudulenta, siendo causal de eliminación del oferente del proceso de licitación. Las empresas oferentes serán evaluadas de manera separada según la pauta que procede, de manera tal de analizar sus potencialidades técnicas y económicas individualmente y no en comparación directa entre oferentes. Una vez que se obtengan los puntajes, se traspasarán a una tabla comparativa que determinará la empresa mejor evaluada.
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Comisión evaluadora. |
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La evaluación de las ofertas estará a cargo de una comisión evaluadora, que estará integrada por los siguientes funcionarios del SLEP Puerto Cordillera, o en caso de impedimento, por quienes los subroguen legalmente:
1. Claudio Pérez Cortes, Encargado Área Gestión Personas, RUT: 11.619.483-K.
2. Juan Francisco Quintanilla Gallardo, Profesional de Mantención y Gestión de Proyectos, RUT: 12.048.731-0.
3. Nelson Pizarro López, Jefe de Planificación y Control de Gestión, RUT: 10.750.761-2.
Durante la etapa de evaluación, la comisión podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información de los medios de contacto indicados por los propios oferentes.
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De la adjudicación |
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La comisión encargada de la evaluación propondrá a la Directora Ejecutiva (o a quien delegue o lo subrogue) adjudicar la propuesta al oferente que satisfaga de la mejor forma los requisitos técnicos y económicos materia de la presente licitación. Esta adjudicación se hará mediante Resolución que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, indicando allí las razones del atraso.
Cuando el monto de la oferta económica proporcionada por un oferente sea inferior al 50% del valor informado por el proponente que siga su orden de prelación, la contraparte técnica deberá informar que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, por lo que el SLEP Puerto Cordillera podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42° del reglamento de compras, adjudicar la presente licitación a esta propuesta mediante resolución fundada, siempre que solicite al adjudicatario una ampliación del valor de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, hasta por la diferencia del precio de la oferta que siga en el orden antedicho.
La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación. |
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El SLEP Puerto Cordillera declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación.
Además, el SLEP Puerto Cordillera declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no resultan convenientes a sus intereses.
En todo caso, las declaraciones de inadmisibilidad o de desierta de una Licitación Pública, deberá ser siempre por resolución fundada.
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Puntaje Mínimo de Adjudicación |
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Se establece para la presente licitación que el porcentaje mínimo para adjudicar una oferta será de un 60%, considerando el puntaje obtenido tras la aplicación de los criterios de evaluación. Una oferta que cumpla con los requerimientos técnicos, pero que no alcance la puntuación mínima de 60 no podrá ser adjudicada.
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Facultad de Re-adjudicar |
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El SLEP Puerto Cordillera podrá re-adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario.
b) Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
c) Si el adjudicatario desiste de su oferta.
d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886 o en virtud de la ley N° 20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
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Del contrato. |
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Una vez adjudicada la mejor propuesta, el adjudicatario deberá suscribir el contrato dentro del plazo establecido para tales efectos en el punto Etapas y Plazos de la Licitación.
Para la firma del contrato, el adjudicatario que sea persona natural deberá acompañar una copia de su cédula de identidad; el adjudicatario que sea persona jurídica deberá acompañar una copia de su escritura de constitución y de sus modificaciones, un certificado de vigencia de la persona jurídica y de los poderes de su(s) representante(s), emitidos con una antelación no superior a seis meses, y una copia de la cédula de identidad de su(s) representante(s). Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el registro de comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses.
En todo caso, el adjudicatario no deberá acompañar los documentos especificados en el párrafo anterior si ellos u otros similares se encuentren disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl).
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Obligaciones del contratista. |
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Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el proveedor tendrá las siguientes obligaciones:
a) No podrá hacer por iniciativa cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en el presente pliego de condiciones.
b) Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución de la contratación.
c) Ejecutar la contratación con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases, bases técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
d) Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del trabajo y prevención de riesgos como, asimismo, a las directrices que establezca la contraparte técnica.
e) Es responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia de la contratación le pudiera ocurrir al personal o a las dependencias del SLEP Puerto Cordillera, que sean imputables al proveedor.
f) De igual modo, el proveedor será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, etc.
g) Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización de ninguna especie por pérdida, destrucción, deterioro, desgaste producido por robo, uso, mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.
h) Mantener un permanente control sobre la ejecución de los servicios, a través de cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto.
i) Las demás que le encomienden las presentes Bases
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Encargado del contratista |
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El adjudicatario deberá nombrar en el contrato, un encargado para la ejecución de este, que tendrá, a lo menos, las siguientes funciones:
a) Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la correcta operación y cumplimiento del contrato.
Todo cambio relativo a esta designación deberá ser informado al SLEP Puerto Cordillera por el representante legal, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado
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Contraparte técnica por parte del SLEP Puerto Cordillera y administrador del contrato. |
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La contraparte técnica del SLEP Puerto Cordillera será el Área de Mantención y Gestión de Proyectos de Infraestructura, los que realizarán, a lo menos, las siguientes funciones:
a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones.
b) Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios.
c) Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante oficio a la Unidad de Adquisiciones en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.
d) Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas.
e) Las demás que le encomienden el presente pliego de condiciones.
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Multas. |
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Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, el SLEP Puerto Cordillera podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista ante la contraparte técnica.
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