La Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a los Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. El plazo será de 48 horas contado desde el requerimiento de las mismas. El presente párrafo no es aplicable a errores u omisiones referida al precio.
La Municipalidad podrá además permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos (punto 10.3.1 de las presentes bases) que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, el oferente tendrá un plazo de 48 horas para la corrección de estas omisiones, contado desde el requerimiento.