Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6
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Fecha de vencimiento:
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26-04-2025
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Monto:
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150000
Peso Chileno
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Descripción:
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La seriedad de la oferta se garantizará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos de Garantía:
a) Una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, un Depósito a la Vista o un Vale a la Vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile; o un Certificado de Fianza a la Vista, emitido por alguna de las Instituciones de Garantía Recíproca (IGR); documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6”, por la suma de $150.000.-, y deberá tener una vigencia mínima de 120 días corridos posteriores a la fecha fijada para la apertura de la oferta económica.
b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, RUT: 61.933.800-6, por el mismo monto y vigencia señalado en el párrafo anterior, cuyo monto deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile. El pago de la póliza debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase.
c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable.
El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar seriedad de la oferta correspondiente a la propuesta ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completa o bien no puede incorporarse, ésta deberá ser escrita al reverso o consignarse en un documento emitido por la entidad emisora, el cual deberá acompañarse a tal instrumento. El referido documento podrá acompañarse en forma física o electrónica. En los casos que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y enviarse al correo electrónico adquisiciones.drm@gendarmeria.cl Cuando se acompañe en forma física, deberá hacerse en original, en un sobre cerrado en la Oficina de Adquisiciones de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, ubicada en Vicuña Mackenna N° 5065, comuna de San Joaquín, Región Metropolitana, el cual deberá indicar el nombre o razón social del proponente, la individualización de la propuesta de que se trata y el respectivo número ID, correo electrónico y teléfono de contacto.
Este sobre se entregará en el lugar antes mencionado, los días y hora indicados en el cronograma de licitación. El oferente que no entregue el documento de Garantía, en la oportunidad indicada, quedará automáticamente fuera de la propuesta.
La mencionada Garantía será revisada por un abogado de la Oficina. Jurídica Regional antes de la apertura de los Anexos Administrativos; sólo si se estima que ella cumple con todos los requisitos exigidos en este artículo, se podrá proceder a la apertura de sus Anexos Administrativos.
De no presentarse la Garantía aludida o de no ajustarse a los términos y condiciones descritos, la oferta será declarada inadmisible, dejándose expresa constancia de ello en el acta de la comisión de apertura, por incumplimiento de las Bases Administrativas.
En todo caso, la Dirección Regional podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de Garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de 02 días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta.
Las garantías de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y aquellos cuyas ofertas hayan sido desestimadas se restituirán trascurridos 10 días corridos desde la notificación de la Resolución de adjudicación y/o inadmisibilidad de las ofertas, en la forma dispuesta en el artículo 37º de estas bases. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose de las garantías de aquellos proponentes cuyas ofertas fueren desestimadas, pero que hayan obtenido el segundo y tercer mejor puntaje ponderado, se pondrán a su disposición transcurridos 10 días corridos de haberse aprobado el contrato. Lo anterior en concordancia con lo señalado en el artículo 18º de las bases administrativas, y lo dispuesto en la parte final del artículo 43º del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
En el caso que la licitación sea declarada desierta, las garantías de seriedad que se hubieren entregado se devolverán transcurridos 10 días corridos desde que se haya realizado la notificación del acto administrativo que declare desierto el proceso.
Al proponente adjudicado se le devolverá dicho documento, una vez que quede totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato, previa recepción conforme de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Para todos los casos anteriores, se establece como lugar de retiro de las Garantías, las dependencias de la Oficina de Contabilidad de la Dirección Regional de Metropolitana, ubicada en Vicuña Mackenna N°5065, comuna de San Joaquín, Región de Metropolitana.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, deberá entregarse un solo documento de garantía.
Este documento de garantía se cobrará, sin notificación ni forma de juicio, si el proponente:
1°.- Se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, durante el periodo de vigencia de la misma y hasta antes de haberse suscrito el contrato.
2º- Si su oferta o alguno de los antecedentes que la componen son falsos, material o ideológicamente.
3°.- Si siendo adjudicado en la licitación:
a) No se inscribe o encontrándose inscrito, no posee la calidad de “hábil”, en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, o;
b) No entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el plazo fijado para ello, o no entrega los documentos señalados en el artículo 20° dentro de plazo;
c) No suscribe el respectivo contrato.
La seriedad de la oferta se garantizará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos de Garantía:
a) Una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, un Depósito a la Vista o un Vale a la Vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile; o un Certificado de Fianza a la Vista, emitido por alguna de las Instituciones de Garantía Recíproca (IGR); documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6”, por la suma de $150.000.-, y deberá tener una vigencia mínima de 120 días corridos posteriores a la fecha fijada para la apertura de la oferta económica.
b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, RUT: 61.933.800-6, por el mismo monto y vigencia señalado en el párrafo anterior, cuyo monto deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile. El pago de la póliza debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase.
c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable.
El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar seriedad de la oferta correspondiente a la propuesta ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completa o bien no puede incorporarse, ésta deberá ser escrita al reverso o consignarse en un documento emitido por la entidad emisora, el cual deberá acompañarse a tal instrumento. El referido documento podrá acompañarse en forma física o electrónica. En los casos que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y enviarse al correo electrónico adquisiciones.drm@gendarmeria.cl Cuando se acompañe en forma física, deberá hacerse en original, en un sobre cerrado en la Oficina de Adquisiciones de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, ubicada en Vicuña Mackenna N° 5065, comuna de San Joaquín, Región Metropolitana, el cual deberá indicar el nombre o razón social del proponente, la individualización de la propuesta de que se trata y el respectivo número ID, correo electrónico y teléfono de contacto.
Este sobre se entregará en el lugar antes mencionado, los días y hora indicados en el cronograma de licitación. El oferente que no entregue el documento de Garantía, en la oportunidad indicada, quedará automáticamente fuera de la propuesta.
La mencionada Garantía será revisada por un abogado de la Oficina. Jurídica Regional antes de la apertura de los Anexos Administrativos; sólo si se estima que ella cumple con todos los requisitos exigidos en este artículo, se podrá proceder a la apertura de sus Anexos Administrativos.
De no presentarse la Garantía aludida o de no ajustarse a los términos y condiciones descritos, la oferta será declarada inadmisible, dejándose expresa constancia de ello en el acta de la comisión de apertura, por incumplimiento de las Bases Administrativas.
En todo caso, la Dirección Regional podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de Garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de 02 días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta.
Las garantías de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y aquellos cuyas ofertas hayan sido desestimadas se restituirán trascurridos 10 días corridos desde la notificación de la Resolución de adjudicación y/o inadmisibilidad de las ofertas, en la forma dispuesta en el artículo 37º de estas bases. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose de las garantías de aquellos proponentes cuyas ofertas fueren desestimadas, pero que hayan obtenido el segundo y tercer mejor puntaje ponderado, se pondrán a su disposición transcurridos 10 días corridos de haberse aprobado el contrato. Lo anterior en concordancia con lo señalado en el artículo 18º de las bases administrativas, y lo dispuesto en la parte final del artículo 43º del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
En el caso que la licitación sea declarada desierta, las garantías de seriedad que se hubieren entregado se devolverán transcurridos 10 días corridos desde que se haya realizado la notificación del acto administrativo que declare desierto el proceso.
Al proponente adjudicado se le devolverá dicho documento, una vez que quede totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato, previa recepción conforme de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Para todos los casos anteriores, se establece como lugar de retiro de las Garantías, las dependencias de la Oficina de Contabilidad de la Dirección Regional de Metropolitana, ubicada en Vicuña Mackenna N°5065, comuna de San Joaquín, Región de Metropolitana.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, deberá entregarse un solo documento de garantía.
Este documento de garantía se cobrará, sin notificación ni forma de juicio, si el proponente:
1°.- Se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, durante el periodo de vigencia de la misma y hasta antes de haberse suscrito el contrato.
2º- Si su oferta o alguno de los antecedentes que la componen son falsos, material o ideológicamente.
3°.- Si siendo adjudicado en la licitación:
a) No se inscribe o encontrándose inscrito, no posee la calidad de “hábil”, en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, o;
b) No entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el plazo fijado para ello, o no entrega los documentos señalados en el artículo 20° dentro de plazo;
c) No suscribe el respectivo contrato.
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Glosa:
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La seriedad de la oferta se garantizará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos de Garantía:
a) Una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, un Depósito a la Vista o un Vale a la Vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile; o un Certificado de Fianza a la Vista, emitido por alguna de las Instituciones de Garantía Recíproca (IGR); documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6”, por la suma de $150.000.-, y deberá tener una vigencia mínima de 120 días corridos posteriores a la fecha fijada para la apertura de la oferta económica.
b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, RUT: 61.933.800-6, por el mismo monto y vigencia señalado en el párrafo anterior, cuyo monto deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile. El pago de la póliza debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase.
c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable.
El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar seriedad de la oferta correspondiente a la propuesta ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completa o bien no puede incorporarse, ésta deberá ser escrita al reverso o consignarse en un documento emitido por la entidad emisora, el cual deberá acompañarse a tal instrumento. El referido documento podrá acompañarse en forma física o electrónica. En los casos que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y enviarse al correo electrónico adquisiciones.drm@gendarmeria.cl Cuando se acompañe en forma física, deberá hacerse en original, en un sobre cerrado en la Oficina de Adquisiciones de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, ubicada en Vicuña Mackenna N° 5065, comuna de San Joaquín, Región Metropolitana, el cual deberá indicar el nombre o razón social del proponente, la individualización de la propuesta de que se trata y el respectivo número ID, correo electrónico y teléfono de contacto.
Este sobre se entregará en el lugar antes mencionado, los días y hora indicados en el cronograma de licitación. El oferente que no entregue el documento de Garantía, en la oportunidad indicada, quedará automáticamente fuera de la propuesta.
La mencionada Garantía será revisada por un abogado de la Oficina. Jurídica Regional antes de la apertura de los Anexos Administrativos; sólo si se estima que ella cumple con todos los requisitos exigidos en este artículo, se podrá proceder a la apertura de sus Anexos Administrativos.
De no presentarse la Garantía aludida o de no ajustarse a los términos y condiciones descritos, la oferta será declarada inadmisible, dejándose expresa constancia de ello en el acta de la comisión de apertura, por incumplimiento de las Bases Administrativas.
En todo caso, la Dirección Regional podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de Garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de 02 días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta.
Las garantías de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y aquellos cuyas ofertas hayan sido desestimadas se restituirán trascurridos 10 días corridos desde la notificación de la Resolución de adjudicación y/o inadmisibilidad de las ofertas, en la forma dispuesta en el artículo 37º de estas bases. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose de las garantías de aquellos proponentes cuyas ofertas fueren desestimadas, pero que hayan obtenido el segundo y tercer mejor puntaje ponderado, se pondrán a su disposición transcurridos 10 días corridos de haberse aprobado el contrato. Lo anterior en concordancia con lo señalado en el artículo 18º de las bases administrativas, y lo dispuesto en la parte final del artículo 43º del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
En el caso que la licitación sea declarada desierta, las garantías de seriedad que se hubieren entregado se devolverán transcurridos 10 días corridos desde que se haya realizado la notificación del acto administrativo que declare desierto el proceso.
Al proponente adjudicado se le devolverá dicho documento, una vez que quede totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato, previa recepción conforme de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Para todos los casos anteriores, se establece como lugar de retiro de las Garantías, las dependencias de la Oficina de Contabilidad de la Dirección Regional de Metropolitana, ubicada en Vicuña Mackenna N°5065, comuna de San Joaquín, Región de Metropolitana.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, deberá entregarse un solo documento de garantía.
Este documento de garantía se cobrará, sin notificación ni forma de juicio, si el proponente:
1°.- Se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, durante el periodo de vigencia de la misma y hasta antes de haberse suscrito el contrato.
2º- Si su oferta o alguno de los antecedentes que la componen son falsos, material o ideológicamente.
3°.- Si siendo adjudicado en la licitación:
a) No se inscribe o encontrándose inscrito, no posee la calidad de “hábil”, en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, o;
b) No entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el plazo fijado para ello, o no entrega los documentos señalados en el artículo 20° dentro de plazo;
c) No suscribe el respectivo contrato.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La seriedad de la oferta se garantizará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos de Garantía:
a) Una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, un Depósito a la Vista o un Vale a la Vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile; o un Certificado de Fianza a la Vista, emitido por alguna de las Instituciones de Garantía Recíproca (IGR); documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6”, por la suma de $150.000.-, y deberá tener una vigencia mínima de 120 días corridos posteriores a la fecha fijada para la apertura de la oferta económica.
b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, RUT: 61.933.800-6, por el mismo monto y vigencia señalado en el párrafo anterior, cuyo monto deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile. El pago de la póliza debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase.
c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable.
El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar seriedad de la oferta correspondiente a la propuesta ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completa o bien no puede incorporarse, ésta deberá ser escrita al reverso o consignarse en un documento emitido por la entidad emisora, el cual deberá acompañarse a tal instrumento. El referido documento podrá acompañarse en forma física o electrónica. En los casos que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y enviarse al correo electrónico adquisiciones.drm@gendarmeria.cl Cuando se acompañe en forma física, deberá hacerse en original, en un sobre cerrado en la Oficina de Adquisiciones de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, ubicada en Vicuña Mackenna N° 5065, comuna de San Joaquín, Región Metropolitana, el cual deberá indicar el nombre o razón social del proponente, la individualización de la propuesta de que se trata y el respectivo número ID, correo electrónico y teléfono de contacto.
Este sobre se entregará en el lugar antes mencionado, los días y hora indicados en el cronograma de licitación. El oferente que no entregue el documento de Garantía, en la oportunidad indicada, quedará automáticamente fuera de la propuesta.
La mencionada Garantía será revisada por un abogado de la Oficina. Jurídica Regional antes de la apertura de los Anexos Administrativos; sólo si se estima que ella cumple con todos los requisitos exigidos en este artículo, se podrá proceder a la apertura de sus Anexos Administrativos.
De no presentarse la Garantía aludida o de no ajustarse a los términos y condiciones descritos, la oferta será declarada inadmisible, dejándose expresa constancia de ello en el acta de la comisión de apertura, por incumplimiento de las Bases Administrativas.
En todo caso, la Dirección Regional podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de Garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de 02 días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta.
Las garantías de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y aquellos cuyas ofertas hayan sido desestimadas se restituirán trascurridos 10 días corridos desde la notificación de la Resolución de adjudicación y/o inadmisibilidad de las ofertas, en la forma dispuesta en el artículo 37º de estas bases. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose de las garantías de aquellos proponentes cuyas ofertas fueren desestimadas, pero que hayan obtenido el segundo y tercer mejor puntaje ponderado, se pondrán a su disposición transcurridos 10 días corridos de haberse aprobado el contrato. Lo anterior en concordancia con lo señalado en el artículo 18º de las bases administrativas, y lo dispuesto en la parte final del artículo 43º del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
En el caso que la licitación sea declarada desierta, las garantías de seriedad que se hubieren entregado se devolverán transcurridos 10 días corridos desde que se haya realizado la notificación del acto administrativo que declare desierto el proceso.
Al proponente adjudicado se le devolverá dicho documento, una vez que quede totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato, previa recepción conforme de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Para todos los casos anteriores, se establece como lugar de retiro de las Garantías, las dependencias de la Oficina de Contabilidad de la Dirección Regional de Metropolitana, ubicada en Vicuña Mackenna N°5065, comuna de San Joaquín, Región de Metropolitana.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, deberá entregarse un solo documento de garantía.
Este documento de garantía se cobrará, sin notificación ni forma de juicio, si el proponente:
1°.- Se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, durante el periodo de vigencia de la misma y hasta antes de haberse suscrito el contrato.
2º- Si su oferta o alguno de los antecedentes que la componen son falsos, material o ideológicamente.
3°.- Si siendo adjudicado en la licitación:
a) No se inscribe o encontrándose inscrito, no posee la calidad de “hábil”, en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, o;
b) No entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el plazo fijado para ello, o no entrega los documentos señalados en el artículo 20° dentro de plazo;
c) No suscribe el respectivo contrato.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA, R.U.T. N°61.933.800-6
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Fecha de vencimiento:
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03-05-2027
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Monto:
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10
%
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Descripción:
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Artículo 19º Con el propósito de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el proponente que resulte adjudicado deberá entregar al Servicio, dentro del plazo de 05 días hábiles, desde la respectiva notificación de la adjudicación, alguno de los siguientes documentos de garantía:
a) Un Vale Vista Bancario, un Depósito Bancario a la Vista, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista o un Certificado de Fianza a la vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile, en caso que se trate de un Certificado de Fianza a la vista deberá ser emitido por alguna Institución de Garantía Recíproca; documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA”, R.U.T. N°61.933.800-6, por un monto ascendente al 10% del monto total del contrato, expresándose dicho valor en pesos chilenos;
b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea Gendarmería de Chile, Dirección Regional Metropolitana, R.U.T. N°61.933.800-6, que cubra el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo monto señalado en el párrafo anterior, el cual deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile, es decir, de ejecución inmediata. Por lo que, su pago debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase; o
c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable.
El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y obligaciones previsionales correspondiente a ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente o bien esta no se puede incluir, se deberá inscribir la glosa en su reverso o consignarla en una declaración jurada acompañada a tal instrumento.
El oferente que sea readjudicado deberá cumplir con la entrega de la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde que se notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
El referido documento de Garantía reemplazará a aquél destinado a garantizar la seriedad de la oferta.
La Garantía podrá otorgarse uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
El plazo de vigencia de la Garantía será igual al plazo de vigencia del contrato, aumentado en un período de 120 días corridos, a contar del término de aquel.
Una vez certificada la prestación de los servicios, sin reparos ni observaciones por parte de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, efectuados, si procede, los respectivos análisis técnicos de calidad, certificados tales hechos por el área de Infraestructura Regional, y previo al vencimiento del plazo adicional de Garantía de 120 días corridos mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al proveedor, en caso contrario, se ejecutará dicha Garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna.
Si la o las Garantías de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato no fuere entregada dentro del plazo indicado en el inciso primero de este artículo, se hará efectiva la Garantía por Seriedad de la Oferta y habilitará a Gendarmería de Chile, a proceder en conformidad al inciso primero del artículo 30° de las presentes Bases Administrativas.
En el evento que se cobre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con motivo de la aplicación de una multa, el contratista deberá modificar dicha garantía, con el propósito de mantener vigente el monto original indicado en el presente artículo. El plazo para entregar este nuevo documento de garantía será de 05 días hábiles, contados desde que se comunique al proveedor el cobro del documento original.
El Servicio podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de Garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de 02 días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta.
En caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, Gendarmería de Chile estará facultada para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que Gendarmería de Chile pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista.
En caso de verificarse una readjudicación, el oferente readjudicado deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones descritas en los incisos anteriores, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde que se le notifique la resolución de readjudicación, mediante su publicación en el sistema, sin perjuicio de remitírsele correo electrónico.
Una vez cumplido el contrato, sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile, certificado tal hecho por la contraparte técnica y vencido el plazo adicional de garantía mencionado en este artículo, se procederá a la devolución del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al proveedor; en caso contrario, se ejecutará dicha garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna. La devolución de los documentos de garantía será gestionada por la Institución con los respectivos proveedores, por medio de correo electrónico.
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Glosa:
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Artículo 19º Con el propósito de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el proponente que resulte adjudicado deberá entregar al Servicio, dentro del plazo de 05 días hábiles, desde la respectiva notificación de la adjudicación, alguno de los siguientes documentos de garantía:
a) Un Vale Vista Bancario, un Depósito Bancario a la Vista, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista o un Certificado de Fianza a la vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile, en caso que se trate de un Certificado de Fianza a la vista deberá ser emitido por alguna Institución de Garantía Recíproca; documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA”, R.U.T. N°61.933.800-6, por un monto ascendente al 10% del monto total del contrato, expresándose dicho valor en pesos chilenos;
b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea Gendarmería de Chile, Dirección Regional Metropolitana, R.U.T. N°61.933.800-6, que cubra el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo monto señalado en el párrafo anterior, el cual deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile, es decir, de ejecución inmediata. Por lo que, su pago debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase; o
c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable.
El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y obligaciones previsionales correspondiente a ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente o bien esta no se puede incluir, se deberá inscribir la glosa en su reverso o consignarla en una declaración jurada acompañada a tal instrumento.
El oferente que sea readjudicado deberá cumplir con la entrega de la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde que se notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
El referido documento de Garantía reemplazará a aquél destinado a garantizar la seriedad de la oferta.
La Garantía podrá otorgarse uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
El plazo de vigencia de la Garantía será igual al plazo de vigencia del contrato, aumentado en un período de 120 días corridos, a contar del término de aquel.
Una vez certificada la prestación de los servicios, sin reparos ni observaciones por parte de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, efectuados, si procede, los respectivos análisis técnicos de calidad, certificados tales hechos por el área de Infraestructura Regional, y previo al vencimiento del plazo adicional de Garantía de 120 días corridos mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al proveedor, en caso contrario, se ejecutará dicha Garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna.
Si la o las Garantías de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato no fuere entregada dentro del plazo indicado en el inciso primero de este artículo, se hará efectiva la Garantía por Seriedad de la Oferta y habilitará a Gendarmería de Chile, a proceder en conformidad al inciso primero del artículo 30° de las presentes Bases Administrativas.
En el evento que se cobre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con motivo de la aplicación de una multa, el contratista deberá modificar dicha garantía, con el propósito de mantener vigente el monto original indicado en el presente artículo. El plazo para entregar este nuevo documento de garantía será de 05 días hábiles, contados desde que se comunique al proveedor el cobro del documento original.
El Servicio podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de Garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de 02 días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta.
En caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, Gendarmería de Chile estará facultada para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que Gendarmería de Chile pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista.
En caso de verificarse una readjudicación, el oferente readjudicado deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones descritas en los incisos anteriores, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde que se le notifique la resolución de readjudicación, mediante su publicación en el sistema, sin perjuicio de remitírsele correo electrónico.
Una vez cumplido el contrato, sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile, certificado tal hecho por la contraparte técnica y vencido el plazo adicional de garantía mencionado en este artículo, se procederá a la devolución del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al proveedor; en caso contrario, se ejecutará dicha garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna. La devolución de los documentos de garantía será gestionada por la Institución con los respectivos proveedores, por medio de correo electrónico.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Artículo 19º Con el propósito de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el proponente que resulte adjudicado deberá entregar al Servicio, dentro del plazo de 05 días hábiles, desde la respectiva notificación de la adjudicación, alguno de los siguientes documentos de garantía:
a) Un Vale Vista Bancario, un Depósito Bancario a la Vista, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista o un Certificado de Fianza a la vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile, en caso que se trate de un Certificado de Fianza a la vista deberá ser emitido por alguna Institución de Garantía Recíproca; documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA”, R.U.T. N°61.933.800-6, por un monto ascendente al 10% del monto total del contrato, expresándose dicho valor en pesos chilenos;
b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea Gendarmería de Chile, Dirección Regional Metropolitana, R.U.T. N°61.933.800-6, que cubra el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por el mismo monto señalado en el párrafo anterior, el cual deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile, es decir, de ejecución inmediata. Por lo que, su pago debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase; o
c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable.
El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y obligaciones previsionales correspondiente a ID N°…” (Indicando el número de ID asignado al respectivo proceso). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completamente o bien esta no se puede incluir, se deberá inscribir la glosa en su reverso o consignarla en una declaración jurada acompañada a tal instrumento.
El oferente que sea readjudicado deberá cumplir con la entrega de la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde que se notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
El referido documento de Garantía reemplazará a aquél destinado a garantizar la seriedad de la oferta.
La Garantía podrá otorgarse uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse en forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
El plazo de vigencia de la Garantía será igual al plazo de vigencia del contrato, aumentado en un período de 120 días corridos, a contar del término de aquel.
Una vez certificada la prestación de los servicios, sin reparos ni observaciones por parte de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, efectuados, si procede, los respectivos análisis técnicos de calidad, certificados tales hechos por el área de Infraestructura Regional, y previo al vencimiento del plazo adicional de Garantía de 120 días corridos mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al proveedor, en caso contrario, se ejecutará dicha Garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna.
Si la o las Garantías de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato no fuere entregada dentro del plazo indicado en el inciso primero de este artículo, se hará efectiva la Garantía por Seriedad de la Oferta y habilitará a Gendarmería de Chile, a proceder en conformidad al inciso primero del artículo 30° de las presentes Bases Administrativas.
En el evento que se cobre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con motivo de la aplicación de una multa, el contratista deberá modificar dicha garantía, con el propósito de mantener vigente el monto original indicado en el presente artículo. El plazo para entregar este nuevo documento de garantía será de 05 días hábiles, contados desde que se comunique al proveedor el cobro del documento original.
El Servicio podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de Garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de 02 días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta.
En caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, Gendarmería de Chile estará facultada para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que Gendarmería de Chile pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista.
En caso de verificarse una readjudicación, el oferente readjudicado deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones descritas en los incisos anteriores, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde que se le notifique la resolución de readjudicación, mediante su publicación en el sistema, sin perjuicio de remitírsele correo electrónico.
Una vez cumplido el contrato, sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile, certificado tal hecho por la contraparte técnica y vencido el plazo adicional de garantía mencionado en este artículo, se procederá a la devolución del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al proveedor; en caso contrario, se ejecutará dicha garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna. La devolución de los documentos de garantía será gestionada por la Institución con los respectivos proveedores, por medio de correo electrónico.
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