|
Resolución de Empates |
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en
condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la siguiente secuencia, con los criterios que resulten aplicables:
1° Oferta Económica
2° Experiencia del oferente.
3° Cumplimiento de los Requisitos Técnicos
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 2 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico que se indica en el numeral 28 de las bases.
SERVIU Los Lagos dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El SERVIU Los Lagos tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
El oferente que haya omitido certificaciones o antecedentes al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud de la presente cláusula, serán sancionados en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta (Criterio “Cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta”).
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales
|
|
|
|
DURACIÓN E INICIO DE LA CONTRATACIÓN. |
|
La contratación tendrá una duración de 12 meses y comenzará a regir desde la fecha de aceptación de la Orden de Compra por parte del adjudicatario en el Portal de Compras Públicas, la cual podrá ser emitida una vez notificada la Adjudicación de la presente licitación. La contratación, dado que el servicio es imprescindible para el funcionamiento operativo de la institución, podrá ser renovado por un nuevo periodo de 12 meses, si el SERVIU lo estima pertinente, bajo condición de existir presupuesto disponible y de dictarse previamente resolución fundada que justifique la renovación.
El SERVIU Los Lagos se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, en cualquier momento por razones de interés público debidamente fundadas, dando aviso con 30
días de anticipación, mediante carta certificada dirigida al domicilio del Adjudicatario. Lo anterior, sin perjuicio de la procedencia de alguna causal de término anticipado expresamente regulada.
En el evento de no existir acuerdo en los términos de la continuidad de la prestación del servicio que se contrata, el SERVIU Los Lagos o ambas partes de mutuo acuerdo, podrán poner término al contrato que se celebre, debiendo darse un aviso simple con 30 días de antelación, sin ulterior responsabilidad para los contratantes.
|
|
|
|
DE LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO |
|
El SERVIU Los Lagos podrá aplicar una multa equivalente a 0,5 UTM por evento, con un tope máximo que no podrá exceder el treinta por ciento (30%) del monto total del contrato, conforme a lo dispuesto en el artículo 136 del Decreto Supremo N° 661 de 2024. Dichas multas se descontarán de los estados de pago de los servicios siguientes al evento que les dé origen, en los siguientes casos:
• Incumplimiento injustificado, a criterio del Servicio, por parte del proveedor respecto de las instrucciones entregadas por la Unidad Requirente.
• Cualquier otra infracción a los términos y condiciones establecidos en estas Bases.
Tratándose del incumplimiento de los plazos de entrega, se aplicará una multa equivalente a 0,5 UTM por cada día de atraso, contado desde el vencimiento del plazo comprometido por el adjudicatario en su oferta técnica.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 130 del Decreto Supremo N° 661 de 2024, y de la aplicación de multas conforme a lo indicado en los incisos anteriores, el SERVIU Los Lagos, o sus delegaciones provinciales u Oficinas Locales, podrá dar término anticipado al contrato si el proveedor, en forma reiterada, no ejecuta los servicios en los términos propuestos en las presentes Bases de Licitación, a satisfacción del Servicio.
Asimismo, en conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Decreto Supremo N° 661 de 2024, en caso de que las multas aplicadas no cubran los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del contrato, el SERVIU Los Lagos quedará facultado para demandar
|
|
|
|