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Territorio |
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Para la presente licitación se consideran los territorios de:
•La Provincia de Concepción, compuesta por las comunas de: Santa Juana, Tomé, Florida
•La Provincia de Biobío compuesta por las comunas de: Nacimiento, Quilleco, Mulchén, Los Ángeles, Yumbel., Cabrero y Quilaco
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Características Técnicas de los servicios |
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Los servicios a contratar contemplan las actividades que a continuación se describen:
A. Control químico de malezas y fertilización de plantaciones exóticas afectadas por incendios.
La descripción de estas actividades aplica tanto al servicio de la Línea 1 del Bloque 1 Provincia de Biobío, como al de la Línea 4 del Bloque 2 Provincia de Concepción.
Se deberá realizar control de malezas tipo químico, en el caso de que la maleza corresponda a pastos anuales, gramíneas, el control debe ser en la hilera de plantación con ancho entre 1,5 m a 2 m con boquilla espejo, usando Glifosato dosis 2,5 a 3,0 kg/ha, y Simazina 1,5 kg/ha; en el caso de que la maleza o vegetación invasora corresponda aromo, zarzamora o rosa mosqueta u otros similares, el control debe ser al 100% usando Glifosato dosis 2,5 a 3,0 kg/ha, Triclopir dosis 0,4 lts/ha y Ajax 50 WP o equivalente en dosis 0,03 kg/ha (30 gr/ha). Se aplicará un coadyuvante aceite miscible (tipo SILWET o equivalente) en dosis de 100cc/Ha para 100 litros de agua.
Luego de aplicar el herbicida y esperar el tiempo de acción de este, el supervisor CONAF deberá evaluar la correcta ejecución de la actividad. En el caso de existir mortalidad en las plantaciones el proveedor deberá reponer las plantas a la brevedad y antes de ejecutar la fertilización.
Posterior al plazo de evaluación del control químico, se deberá realizar una fertilización, en dosis de 20g aprox. de boronatrocalcita por planta exótica. Para el caso de los rebrotes exóticos se administrarán 40g aprox. por tocón. Cada dosis se incorporará al suelo a una profundidad de 20 cm aprox. utilizando palas plantadoras, colocando la cantidad prescrita a una distancia de 20 cm aprox. de cada planta en el caso de las plantaciones, y en el caso de rebrotes la distancia debe ser 50cm aprox de cada tocón. Los fertilizantes deben ser proporcionados por el adjudicatario.
- Fertilización en plantaciones con especies exóticas quemadas.
Este servicio aplica en la Línea 2 del Bloque 1 Provincia de Biobío
En las plantaciones con especies exóticas, se aplicarán 20g aprox. de fertilizante Boronatrocalcita por planta, mientras que en los rebrotes de especies exóticas se administrarán 40g aprox. por tocón. Cada dosis se incorporará al suelo a una profundidad de 20 cm aprox. utilizando palas plantadoras, colocando la cantidad prescrita a una distancia de 20 cm aprox. de cada planta en el caso de las plantaciones, y en el caso de rebrotes la distancia debe ser 50cm aprox de cada tocón. Los fertilizantes deben ser adquiridos por el adjudicatario.
- Control químico de malezas en plantaciones exóticas afectadas por incendios
Este servicio aplica en la Línea 3 del Bloque 1 Provincia de Biobío
Se deberá realizar control de malezas tipo químico, en el caso de que la maleza corresponda a pastos anuales, gramíneas, el control debe ser en la hilera de plantación con ancho entre 1,5 m a 2 m con boquilla espejo, usando Glifosato dosis 2,5 a 3,0 kg/ha, y Simazina 1,5 kg/ha; en el caso de que la maleza o vegetación invasora corresponda aromo, zarzamora o rosa mosqueta u otros similares, el control debe ser al 100% usando Glifosato dosis 2,5 a 3,0 kg/ha, Triclopir dosis 0,4 lts/ha y Ajax 50 WP o equivalente en dosis 0,03 kg/ha (30 gr/ha); en el caso de rebrotes de Eucalyptus sp., el control debe ser en la hilera de plantación y en el rebrote usando Glifosato dosis 2,5 a 3,0 kg/ha, Triclopir dosis 0,4 lts/ha y Ajax 50 WP o equivalente en dosis 0,03 kg/ha (30 gr/ha). Se aplicará un coadyuvante aceite miscible (tipo SILWET o equivalente) en dosis de 100cc/Ha para 100 litros de agua.
En cuanto al servicio de control químico de malezas, los insumos requeridos deberán ser adquiridos por el adjudicatario. En el caso de no contar con los mismos productos, se aceptarán similares, siempre y cuando correspondan a herbicidas autorizados por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y previa comunicación y anuencia de CONAF.
Las precauciones para la seguridad personal y ambiental, la adquisición de los químicos requeridos y la utilización de las herramientas adecuadas para la aplicación serán de responsabilidad del contratista.
La aplicación de químicos deberá considerar siempre los procedimientos de seguridad definidos por el fabricante de cada producto, poniendo especial atención al cumplimiento de las indicaciones contenidas en la etiqueta autorizada y vigente de cada producto.
Los trabajadores deberán utilizar equipos de protección personal adecuados, que permitan una aplicación segura de los productos.
La aplicación de los herbicidas, en ningún caso deberá afectar bosque nativo, sectores de protección (cursos de agua, quebradas, entre otros) o exceder los sectores definidos en cada predio.
Se deberá realizar la correcta eliminación de los envases después de su uso, de acuerdo a un procedimiento de manejo de agroquímicos el cual debe ser conocido previamente por los trabajadores.
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Características del oferente |
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Podrán presentarse a esta licitación personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, uniones temporales de proveedores, en cuyo caso deberá dar cumplimiento a lo indicado en la Directiva N° 22, los integrantes de UTP (Unión Temporal de Proveedores) deberán presentar los documentos requeridos para ofertar. Con lo anterior todos los oferentes deben acreditar idoneidad técnica conforme lo señala el Reglamento de la Ley de Compras Pública.
Quedan excluidos quienes en los dos años precedentes a la presentación de la oferta, formulación de la propuesta, o suscripción del contrato, según sea el caso, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, o por delitos concursales del Código Penal.
Asimismo quedarán excluidos de participar los funcionarios directivos de la Corporación, ni personas unidas a ellos por vínculos de parentesco señalados en la letra b) del Art. 54 de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que éstos formen parte, ni con sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen al menos el 10% del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dicha.
En caso de ser el oferente Persona Jurídica, también quedarán excluidas aquellas que hubiesen sido condenadas a las penas señaladas en el Art. 8 N° 1 y 2 de la Ley 20.393.
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Consideraciones de la oferta |
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Esta licitación pública se regirá por las Bases Únicas y Anexos que se publican en el Portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado Portal de compras.
Todas las ofertas y documento Anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del Portal www.mercadopublico.cl. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las Bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las Bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los Productos y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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Validez de la oferta |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la CONAF podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciera, dicha oferta se entenderá desistida.
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Visita a Terreno |
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CONAF realizara dos visitas a terreno, la cuales están programadas para los días 6 y 7 contado desde la fecha de publicación de la licitación u otra fecha a considerar por la Corporación. En esta visita se mostraran dos predios representativos de las faenas a realizar, uno en la provincia de Biobío y otro de la Provincia de Concepción. Todos los detalles serán avisados oportunamente a través del portal www.mercadopublico.cl.
Todos los oferentes que participen en la/las visita(s) a terreno obtendrán el puntaje según el criterio definido en el punto 15, el cual otorga puntaje según la presentación de sus ofertas, es decir si postula al bloque 1 debe asistir a la visita del predio de la Provincia de Biobío, si postula al Bloque 2 debe asistir a la visita de la Provincia de Concepción y en caso de postular a ambos bloques, debe asistir a ambas visitas para obtener todo el puntaje.
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Seguros |
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El Adjudicatario, deberá contratar a su entero costo una póliza de seguro de accidentes personales y vida por una prima mínima de 300 UF para cada trabajador de las faenas, con cobertura de accidentes personales con adicional de gastos hospitalarios y muerte accidental e invalidez accidental, que deberá mantenerse vigente hasta por lo menos un mes posterior al término del contrato, a fin de precaver eventuales demandas de cualquier tipo a CONAF por parte de los trabajadores que laboren en estas actividades o sus familiares. Al momento de ser adjudicado, el/los oferentes deberán proporcionar copia de las pólizas o certificados de póliza a la Corporación, de lo contrario no se formalizará el contrato.
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Criterios de desempate |
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En el caso de configurarse un empate entre dos o más oferentes con posibilidad de ser adjudicados, se definirá de acuerdo a las siguientes etapas secuenciales, hasta alcanzar el desempate (puntajes generados a través de los criterios e indicadores de evaluación del punto 15 de las presentes Bases Administrativas):
a) El que tenga mayor puntuación en el criterio C3 “Experiencia de los oferentes”.
b) El que tenga mayor puntación en el criterio C1 “Nivel de remuneración”
c) El que tenga mayor puntuación en criterio C2 “Propuesta económica”
d) El que tenga mayor puntuación en el criterio C5 “Sustentabilidad”
e) El que tenga mayor puntuación en el criterio C4 “Cumplimiento Requisitos Formales”.
f) El que tenga mayor puntuación en el criterio C6 “Visita a terreno”
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Consultas y aclaraciones |
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Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl asociado a esta licitación pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma (ver punto 7, del presente documento), indicando el numeral y tipo de base que dan origen a la consulta. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl hasta la fecha establecida en estas Bases para la publicación de respuestas.
Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de licitación. Tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl. Las consultas y aclaraciones formarán parte integral de los respectivos contratos
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Modificación de las bases |
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CONAF podrá modificar las Bases de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes antes del cierre de recepción de las ofertas, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl.
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Apertura electrónica y evaluación de las ofertas |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el Portal de Compras Públicas del Estado y considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación establecidos en las bases administrativas y técnicas de la presente licitación.
Las ofertas técnicas y económicas de los proponentes, que cumplan con todos los requisitos formales de presentación, serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto una Comisión Evaluadora con los siguientes integrantes:
- Jefe del Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos o quien le subrogue.
- Jefa de la Sección Gestión Forestal, Suelos y Agua o en caso de ausencia un profesional del Departamento.
- Jefe Departamento de Finanzas y Administración Regional CONAF Región del Biobío o quien le subrogue.
- Jefe de Sección de Administración CONAF Región del Biobío.
- Un abogado (a) designado por la Fiscalía de CONAF, en calidad de ministro de fe del proceso.
La Comisión Evaluadora, luego de su evaluación emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al respectivo Director Regional la adjudicación, aceptación o rechazo de las propuestas analizadas.
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Consultas posteriores al cierre de la licitación y antes de la Adjudicación |
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CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO o Aclaración de Ofertas del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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Aplicación del Art. 40 del Reglamento |
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Si al oferente le fuere solicitada que se salvaren errores u omisiones formales, siempre y cuando estas rectificaciones no le confieran una situación de privilegio frente a los demás oferentes mediante la presentación de antecedentes a través de la modalidad “foro inverso”, ello de acuerdo a lo señalado en el artículo 40, inciso segundo del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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Adjudicación |
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CONAF adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto por cada bloque, de acuerdo con los cálculos y criterios de evaluación definidos en las presentes Bases, en el caso de configurarse un empate entre oferentes con posibilidad de ser adjudicados, se considerará lo establecido en la letra b del punto 15 de las presentes Bases Únicas.
Una vez definida la opción más ventajosa a adjudicarse, la Corporación emitirá una “Resolución de adjudicación”, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente y se entenderá como notificada luego de 24 horas transcurridas desde su publicación.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, CONAF podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
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De los contratos |
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MONTOS Y DURACIÓN DE LOS CONTRATOS:
Categoría de los contratos:Servicios
Tipo de contrato: Contrato de ejecución en el tiempo
Tiempo del contrato: Desde la fecha de firma de contrato hasta el 31 de Agosto de 2024.
Presupuesto disponible: Total de la licitación: $ 500.000.000 de pesos chilenos con impuestos incluidos
Bloque 1: $383.000.000 de pesos chilenos con impuestos incluidos
Bloque 2: $117.000.000 de pesos chilenos con impuestos incluidos
Fuente de financiamiento: Presupuesto CONAF
Tiempo para la firma del contrato: La suscripción del contrato se realizará entre el Director Regional y los adjudicatarios dentro de los 10 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación a través del portal www.mercadopublico.cl.
Detalles del contrato: El contrato será confeccionado por el o la abogado (a) de la Unidad Jurídica Oficina Regional o quien lo subrogue, y en ellos se establecerán las cláusulas que regirán la adquisición de los servicios adjudicados, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicado, los que deben ser concordantes con lo estipulado con las presentes Bases.
Los adjudicados deberán adjuntar la documentación que le requiera la Unidad Jurídica Oficina Regional dentro del plazo establecido para la suscripción de los contratos. Los contratos serán publicados en el ID de la licitación del portal de compras.
El Proveedor adjudicado debe estar hábil en el Registro de Proveedores administrado por Chile Proveedores; en caso de no estarlo, se le dará un plazo de 5 días corridos para obtener la habilidad. En caso de no obtener la habilidad se procederá con la re adjudicación al oferente que le sigue en puntaje, en caso de no tener más oferentes admisibles, el proceso será declarado desierto.
Nota: Se deja constancia que, el contrato originado a partir de esta adjudicación corresponde a un contrato comercial, en ningún caso constituye un contrato de trabajo.
Si el adjudicatario del servicio no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización.
Así mismo CONAF queda facultada para readjudicar el proceso, ejecutar las garantías correspondientes y/o cobrar las multas respectivas.
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Clausula de Readjudicación |
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En el caso en que el oferente adjudicado no acepte la Orden de Compra dentro del plazo de 5 días hábiles, no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, se desista de su oferta, no cumpla con el registro en Chileproveedores en el tiempo señalado o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los productos licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso.
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Modalidad, Forma y Plazo de pago. |
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Pago por Avance Mensual:
Para solicitar el pago, el prestador de servicio deberá presentar un informe mensual en la oficina provincial correspondiente (Biobío o Concepción según adjudicación), previa coordinación con el supervisor CONAF respectivo, reportando la superficie completada en cada faena, según lo ofertado en el Anexo de oferta económica.
Cada estado de pago deberá ser respaldado con el informe mensual emitido por el adjudicatario, la recepción conforme por parte de personal técnico de CONAF y la acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales, cumplimiento de las pólizas de seguro, cumplimiento de lo ofertado en nivel de remuneraciones.
Para ello deberá adjuntar los siguientes documentos:
● Informe mensual en el formato que CONAF disponga.
● Cartografía de la superficie ejecutada.
● Fotografías de apoyo para las diferentes actividades.
● Boleta de Honorarios o factura correspondiente, la cual será emitida previa indicación del administrador del contrato.
● Formulario F30 y F31 emitidos por la Dirección del Trabajo, en caso de tener trabajadores a su cargo.
El oferente deberá presentar al inicio de la actividad, la nómina de los trabajadores que participarán y respecto de los cuales se les exigirá el Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales. También deberá informar los movimientos de Personal que ocurran durante la ejecución de la misma, respaldado con la documentación respectiva (Contrato, Anexo, Finiquito).
El adjudicado deberá informar de forma regular al personal de CONAF de los avances realizados, predios terminados y actividades en ejecución. Esto permitirá la supervisión y facilitará la emisión de la recepción conforme de superficie terminada.
El pago procederá cuando:
● CONAF apruebe el informe mensual correspondiente al periodo solicitado a pago, lo cual quedará respaldado en un contra informe de recepción de faenas, emitido por personal de la oficina provincial correspondiente.
● El Jefe Provincial apruebe con su V°B° por sistema de correspondencia interna de la Corporación (Cero papel) el Informe, contra informe, la factura y autorice el pago respectivo.
● CONAF realice recepción conforme de la documentación respecto a las obligaciones Laborales y Previsionales de los trabajadores que participan en el servicio contratado.
El pago corresponderá al monto de la cantidad de hectáreas realizadas por cada actividad, conforme a lo ofertado en el Anexo N° 10 Propuesta económica.
En caso que existan observaciones a la gestión del oferente o en el informe mensual entregado, éstas deberán ser subsanadas para proceder al pago. Una vez emitido el contra informe CONAF de recepción de faenas, se solicitará la emisión de la factura correspondiente.
Facturación:
En caso que el proveedor adjudicado factorice los documentos tributarios entregados a la Corporación, éste deberá notificar oportunamente a la institución de la existencia de dicho contrato, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.
● La Factura, según su categoría de contribuyente; deberá ser enviada electrónicamente de acuerdo a la plataforma autorizada por la ley, adicionalmente deberá presentar el informe del respectivo mes. Dicha Factura, debe considerar los siguientes datos:
● Razón Social : CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL
● R.U.T. : 61.313.000-4
● Giro : Servicios forestales
● Dirección : Barros Arana N° 514
Nota: En el folio de la referencia de la factura deberá señalar el número de la orden de compra
Tratándose de factura electrónica, una vez adjudicado se informará dirección electrónica de recepción, y los requisitos estrictos que debe cumplir en su emisión la factura electrónica para que no sea reclamada.
El pago se realizará por La Tesorería General de la República o CONAF dentro de los 30 días corridos, contados a partir de la recepción de la Factura electrónica correctamente emitida y el informe, el cual deberá contar con su debido V°B° y autorización de pago del Encargado provincial del Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos que corresponda.
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Informes Mensuales |
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Al momento de la adjudicación, se acordará un plan de trabajo entre el adjudicatario y CONAF, según prioridades institucionales y factores que pudiesen afectar las faenas, definiendo metas y fechas de cumplimiento.
Los informes mensuales de avance se realizarán según el plan de trabajo fijado y deberán tener los siguientes contenidos mínimos:
Cuadro resumen de actividades ejecutadas, superficie y predios, listado de predios concluidos con actividades terminadas dentro del mes, listado de predios en ejecución con tipo de actividad y su estado de avance (superficie), sugerencias y recomendaciones a la planificación según sea el caso, programa de actividades y planificación de término de actividades para el próximo mes, set de fotos de las actividades ejecutadas (imágenes de al menos 5x8 cm), planos, cobertura digital (formato shape), cantidad de jornadas empleadas y nómina de trabajadores (en formato Excel).
Estos informes se entregarán impresos a color y en copia digital en formato Word y/o Excel a través de la oficina de partes, dirigido al encargado de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos provincial correspondiente.
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Multas |
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La Corporación Nacional Forestal, se reserva el derecho de aplicar multas en aquellos casos en que se produzca el incumplimiento del plazo de entrega del Informe Mensual por causas imputables al proveedor, salvo causa de fuerza mayor comunicada formal y oportunamente. La multa será de 3 UF por cada día hábil de atraso en la entrega del informe mensual que corresponda.
Asimismo, la Corporación se reserva el derecho de aplicar multas por retraso en el avance de metas acordadas al inicio de las faenas por causas imputables al proveedor, salvo justificaciones de fuerza mayor comunicada formal y oportunamente. En estos casos la multa será de 3 UF por cada día hábil de retraso en el avance de metas acordadas.
No serán admitidas justificaciones presentadas una vez producido el problema, debiendo el adjudicatario comunicar por escrito tan pronto prevea cada situación, indicando las fechas en las cuales podrá realizar la entrega del producto, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo a los méritos señalados en la presentación, pudiendo acoger los fundamentos y aceptar la propuesta, o en su defecto, no acogerla y aplicar las multas que correspondan.
Asimismo, se establece una multa en caso de pagos de remuneraciones inferiores al declarado en el Anexo N°6, que será de un monto igual a la diferencia entre lo pagado y lo declarado en el Anexo y que serán descontadas de la boletas de fiel cumplimiento del contrato, y/o del pago del precio de los servicios.
A) Monto Máximo por cobro de Multas: El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto total estimado del contrato, sin impuestos.
B) Procedimiento Aplicativo de Multas:
• Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica del respectivo contrato, informará a la Contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa, señalando los antecedentes y documentos que justifiquen las faltas incurridas.
• El Departamento de Finanzas y Administración calculará y validará el monto de las multas, y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada, informándole los hechos que motivan dicha sanción.
• A contar de la notificación singularizada anteriormente, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito a través de carta dirigida al Jefe del Departamento de Finanzas y Administración, acompañando todos los antecedentes y argumentos que respalden sus descargos. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF.
• Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que el proveedor haya presentado descargos, se aplicará la sanción y la correspondiente multa, informando de ello al proveedor por medio de una carta certificada.
• Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
• La medida a aplicarse deberá ser formalizada a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. A su vez, deberá ser enviada a través de una carta certificada al proveedor, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar.
• En contra de la mencionada resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
• Recurso de Reposición: El proveedor seleccionado dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director regional.
• El Director Regional resolverá mediante resolución fundada dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición.
• Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que CONAF deba efectuar al proveedor. Por otro lado, si la garantía de fiel cumplimiento del contrato es cursada, el cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
• Además, CONAF podrá descontar de las facturas del proveedor pendientes de pago, el monto de la multa aplicada.
• Además, de acuerdo a las bases de licitación, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
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Término anticipado del Contrato. |
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La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieran constituido, si concurre alguna de las causales que, a continuación se señalan, sin perjuicio de las que establece la ley:
a) Si el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
b) Si durante el ejercicio del Producto se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato.
c) Si se produjese cualquier incumplimiento gravísimo de las obligaciones establecidas en las presentes Bases y Contrato.
d) Cuando CONAF y el Adjudicatario de común acuerdo resuelvan poner término al Contrato.
e) Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva o es formalizado por iguales delitos.
f) Si el Adjudicatario no iniciara la ejecución del contrato dentro de los 10 días hábiles administrativos después de haber suscrito el contrato.
g) Si el Adjudicatario cayera en inhabilidades de la Ley 19.886 y/o la Persona Jurídica Adjudicataria fuere condenada de conformidad a las normas de la Ley 20.393.
h) Si se disolviese la empresa adjudicataria, si fuese una persona jurídica.
i) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del adjudicatario.
j) Muerte o incapacidad sobreviniente del adjudicatario, si fuese una persona natural.
k) Muerte del representante legal que implique el término del giro de la sociedad, si fuese persona jurídica.
l) Por registrar el adjudicatario saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
m) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
n) En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia.
- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
- Disolución de la UTP.
o) Si durante el trascurso del contrato el adjudicatario no cumple reiteradamente (2 o más veces) con el programa de trabajo fijado, tanto en plazo como en detalles técnicos de la ejecución de la faena.
p) Cuando el contratista no corrige una ejecución deficiente luego de las indicaciones de corrección indicadas por el supervisor CONAF.
q) Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
CONAF queda facultada para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, para el pago de las multas aplicadas, pago de obligaciones laborales no canceladas o en caso de resolverse anticipadamente el contrato, exceptuando las cáusales d), j), k) y m).
Si la Garantía se cobrare para el pago de multas y el contrato subsistiere, el Adjudicatario deberá reemplazar ésta, por otra de igual valor y características de la original en un plazo de 10 días hábiles.
En caso de resolverse anticipadamente el contrato por voluntad unilateral de la Corporación, o cobrarse la Garantía, se comunicará tal decisión al Adjudicatario, el cual podrá expresar sus descargos dentro de los cinco días hábiles administrativos siguientes a la notificación, la cual se hará mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en la oferta o en el contrato en su caso.
Una vez vencido dicho plazo, se hayan o no formulado descargos, el Director Regional del Biobío procederá a dictar una Resolución fundada que resuelva sobre el punto. Contra dicha Resolución, procederán todos los recursos administrativos contemplados en el Ley 19.880.
La Corporación comunicará la decisión antes señalada mediante carta certificada y además, lo publicará en el Sistema de Información de Compras Públicas.
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Incumplimientos Gravísimos |
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Se considerará incumplimiento gravísimo, cuando:
a) El prestador de servicio presente un retraso en la entrega de la documentación exigida para el pago superior a 15 días corridos a contar del plazo otorgado para la presentación del informe.
b) Cuando el informe mensual sea rechazado por CONAF y devuelto para su corrección en 2 meses consecutivos o 3 en el periodo total de ejecución del servicio.
c) Cuando el prestador de servicio no ejecute o realice una ejecución deficiente de alguna de las actividades de forma reiterada (2 o más veces), pudiendo inclusive tratarse de actividades diferentes.
d) Cuando el prestador de servicio entregue información falsa de su gestión.
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Prohibiciones |
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Quedará estrictamente prohibido al Adjudicatario, ceder a cualquier título, los derechos u obligaciones del contrato a suscribir. Sólo en casos calificados la Corporación podrá autorizar, por Resolución fundada, estas posibilidades.
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Confidencialidad |
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Toda la información que el Adjudicatario conozca con ocasión de la ejecución de los servicios contratados, será considerada reservada quedando prohibida su difusión por cualquier forma o medio, salvo expresa autorización de CONAF.
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Propiedad intelectual |
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Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas previa autorización de CONAF y, citando la fuente.
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Supervisión y control de actividades |
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CONAF realizará supervisión en terreno durante la ejecución de las actividades con el objetivo de llevar control de avance de estas, como también realizar observaciones al cumplimiento de las prescripciones técnicas. Además, corresponderá la revisión de los antecedentes administrativos del personal contratado.
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Reporte de avance semanal |
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Para el cumplimiento de la planificación establecida, la empresa adjudicada, debe reportar semanalmente el estado de avance de las actividades, en cuanto a cantidad de predios, actividades y superficie. Esto será coordinado con el supervisor CONAF, por vía correo electrónico u otro medio.
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Medidas de protección y elementos de seguridad requeridos |
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La Corporación antes del inicio de las faenas, realizará una reunión informativa y de orientación con el o los proveedores adjudicados para el cumplimiento de las medidas que se indican a continuación:
A) DOCUMENTOS QUE DEBE ENTREGAR EL PROVEEDOR
Al momento de la adjudicación, el proveedor deberá entregar los siguientes documentos a la Corporación con el fin de cumplir con la normativa de seguridad laboral y prevención de riesgos. En caso de requerir cualquier formato o aclaración de información, CONAF podrá prestar su ayuda y colaboración con el fin de que se cumpla con lo dispuesto.
- Contrato de trabajo y/o anexos en caso de que corresponda de cada trabajador
- Matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos. La Corporación podrá entregar un formato ejemplo.
- Procedimientos de trabajo seguro con la respectiva toma de conocimiento por parte de cada trabajador involucrado en las labores.
- Registro de entrega por trabajador y capacitación sobre correcto uso de Elementos de Protección Personal según cada cargo y función.
- Registro de entrega de protector solar.
- Registro de recepción de Reglamento Interno por parte de cada trabajador.
- Protocolo Radiación UV.
- Procedimiento ante accidentes de trabajo.
B) MEDIDAS Y ELEMENTOS A CUMPLIR EN TERRENO:
- Agua potable en cantidad suficiente para consumo e higiene de manos y cara de los trabajadores.
- Baño químico que cuente con jabón líquido y papel higiénico, además de programa de limpieza (mínimo una limpieza semanal).
- Instalación destinada a comedor que cuente con mesas y sillas de material lavable.
- Extintor portátil para uso en caso de amago generado en terreno.
- Sustancia y productos químicos deben encontrarse correctamente almacenados y rotulados, además deben contar con su respectiva Hoja de Datos de Seguridad.
- Vehículos para transporte de personal deben contar con documentación al día, botiquín y extintor.
- Charlas diarias de 5 minutos por parte del supervisor y/o capataz a su personal a cargo.
- Libro de asistencia.
- Basurero con tapa para desechos.
- Letrero índice diario UV, el cual será entregado por CONAF
- Botiquín de primeros auxilios.
Nota: la documentación y los elementos serán revisados por el personal técnico de CONAF
Si al momento de las visitas de supervisión, por parte de funcionarios de CONAF, no se dispusiera de los medios de seguridad y condiciones sanitarias, de acuerdo con lo licitado, se procederá a la paralización de las actividades inmediatamente. Estas serán reanudadas una vez implementadas y/o corregidas las deficiencias detectadas.
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Servicios adicionales |
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SERVICIOS ADICIONALES.
La Corporación Nacional Forestal podrá modificar el contrato suscrito, sin alterarse la aplicación del principio de estricta sujeción a las Bases, así como tampoco podrá aumentarse el monto contratado más allá de un 30% del monto originalmente pactado (Servicio Adicionales).La modificación, si la hubiere, formará parte integrante del contrato, no podrá alterar la naturaleza del objeto de éste, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente y esta debe realizarse siempre y cuando el adjudicatario acepte la ampliación.
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Autorización de subejecución |
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CONAF podrá autorizar una sub ejecución de las actividades licitadas y que impliquen una menor cantidad de actividades ejecutadas o monto a pagar anual, en caso de que tales circunstancias no sean de responsabilidad del adjudicatario, ante lo cual CONAF no realizará el cobro de multas o garantías. En este evento, el pago será proporcional a las Actividades valorizadas efectivamente ejecutadas de acuerdo con la oferta económica. Para lo cual CONAF debe elaborar un informe justificando la subejecución.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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