BASES ADMINISTRATIVAS y TÉCNICAS
“CURSOS DE CAPACITACIÓN PARA CONSEJEROS REGIONALES”
El Servicio Administrativo del Gobierno Regional del Maule convoca a licitación pública para la contratación del siguiente servicio de capacitación dirigido a las y los Consejeros Regionales: Curso de Capacitación en Inteligencia Artificial Aplicada a Consejeros Regionales.
El objetivo de esta capacitación es entregar herramientas que permitan a las y los consejeros/as comprender y utilizar la Inteligencia Artificial (IA), con el fin de apoyar su gestión, mejorar la toma de decisiones y optimizar la comunicación con la ciudadanía, fortaleciendo así su rol como representantes públicos.
El monto que se indica corresponde al presupuesto disponible para la capacitación, dirigida al número total de participantes.
1.1 ORGANISMO ADQUIRENTE
Razón Social: Gobierno Regional del Maule.
R.U.T.: 72.227.000-2
Domicilio: 1 Norte N° 711, Talca
2. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Nombre del servicio: Cursos de capacitación para consejeros regionales.
Tipo de contratación: Licitación Pública superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM.
Tipo de Convocatoria: Abierta.
Moneda: peso chileno.
Etapas del Proceso de Apertura: Una etapa.
Toma de Razón: No requiere toma de razón por Contraloría General de la República.
Publicidad de las Ofertas Técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
3. ETAPAS Y PLAZOS
Publicación: La Publicación de las Bases de Licitación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que las apruebe.
Cierre de Recepción de Ofertas: Diez (10) días corridos siguientes a la fecha de publicación. El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles (sábado, domingo o festivo) ni en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
Acto de Apertura Técnica y Económica: Este acto se realizará dentro de los dos (2) días corridos siguientes a la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Preguntas Aclaración Bases: Los oferentes tendrán tres (3) días hábiles contados desde la fecha de publicación, para generar preguntas de aclaración de las Bases de Licitación. Asimismo, el Gobierno Regional tendrá dos (2) días hábiles contados desde la fecha de término del periodo de consultas para responderlas.
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas o solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes Bases.
Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl.
Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados en el formulario electrónico de bases de licitación.
Fecha de Adjudicación: La adjudicación se realizará dentro del plazo de quince (15) días corridos contados desde la apertura de las ofertas.
En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, el Gobierno Regional informará en el Sistema de Información Mercado Público las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
4.- DE LOS OFERENTES.
Podrán contratar con los organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme al reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada y en calidad de “hábil” en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16 de la Ley 19.886, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.
5.- DE LAS INHABILIDADES PARA PRESENTAR OFERTAS.
El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley N° 19.886 y en su reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, en la Ley N°20.393, en la Ley N°21.595, en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente.
En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de uno o más requisitos mínimos para participar de la oferta, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que la entidad licitante podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP.
Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales".
Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte.
6.- PRESENTACIÓN DE ANEXOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN
Presentación de Anexos: Anexos Nº1 “Carta de presentación del oferente”, N°2 “Declaración jurada aceptación de la propuesta” N°3 “Propuesta Económica”, N°4 “Experiencia del oferente” y N°5 “Propuesta técnica”, todos debidamente firmados por el oferente, su representante legal, o por quien tenga poder suficiente para representarlo en la presentación de la oferta.
IMPORTANTE: La no presentación de alguno de estos anexos tendrá como consecuencia que la oferta quedará fuera de bases y será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de las presentes bases.
7.- INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las propuestas se presentarán de acuerdo a los anexos señalados y adjuntos, en la modalidad de formato digital a través del portal www.mercadopublico.cl.
Las ofertas deberán ser presentadas íntegramente en idioma español, pero se aceptarán documentos anexos en otro idioma siempre que se anexe su respectiva traducción al español, tales como prospectos, folletos, etc.
Antecedentes Administrativos: Anexo N° 1 “Carta de presentación del oferente”, Anexo Nº 2 “Declaración jurada aceptación de la propuesta”
Antecedentes Económicos: Anexo N° 3 “Propuesta Económica”
Antecedentes Técnicos: Anexo N°4 “Experiencia del oferente” y Anexo N°5 “Propuesta técnica”
8.- DE LA FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Cada proponente deberá presentar su oferta a través del Portal, utilizando su propia cuenta de usuario, con arreglo a las condiciones de uso del mismo, disponibles en el sitio web www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado en el calendario de la licitación, en formato electrónico o digital. Las propuestas presentadas a través de una cuenta de usuario del portal, que no corresponda a la persona identificada en el Anexo N°1, “Carta de presentación del oferente”, serán declaradas inadmisibles, y no serán evaluadas en sus demás antecedentes, en razón de vulnerar las citadas condiciones de uso, sin perjuicio de las indagaciones que la Comisión Evaluadora pueda efectuar, en orden a verificar el cumplimiento por parte de los oferentes, de la demás normativa dictada por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el ámbito de su competencia. En el caso de las UTP, sólo se aceptarán ofertas presentadas mediante la cuenta de usuario del Portal del apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión. En este caso, el oferente UTP deberá acompañar el documento que formalice su acuerdo. En caso de inconsistencia entre la información contenida en los Anexos y la señalada por el oferente en otros instrumentos o fichas del portal, primará la indicada en los Anexos o documentos señalados en el numeral 6 precedente “Presentación de anexos”.
El organismo licitante no se verá obligado por limitación, restricción u obligación alguna impuesta por los oferentes en sus propuestas, sino sólo por aquellas establecidas en las presentes bases, la Ley de Compras y su Reglamento. En consecuencia, cualquier documento acompañado a las ofertas que imponga algún tipo de restricción u obligación al licitante, no será considerado como parte de la oferta, debiendo el contratante cumplir igualmente el contrato en conformidad a lo establecido en las Bases de Licitación, en caso de resultar adjudicado.
Es responsabilidad del oferente velar por la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, Proyect o Word), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el sistema informático (20 MB). En caso de que la propuesta no pueda ajustarse a dicho peso, el proponente tendrá que ingresarla dividida en tantos documentos como el Portal lo permita, debiendo numerarlos correlativamente.
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes proporcionar en forma oportuna, clara y completa los documentos exigidos, velar por la exactitud y fidelidad de sus contenidos y la veracidad de lo que en ellos conste.
Todos los gastos en que incurran los interesados para la preparación y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
9.- GARANTÍAS
9.1.- Garantía de Seriedad de Oferta: Dado el monto estimado para la presente licitación y posterior contratación, el Servicio, a través de la Jefatura de División de Administración y Finanzas, resolvió no requerir garantía de Seriedad de la Oferta, en conformidad con la normativa vigente.
9.2.- Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato:
Dado el monto estimado para la presente licitación y posterior contratación, el Servicio, a través de la Jefatura de División de Administración y Finanzas, resolvió no requerir garantía de fiel cumplimiento de contrato, en conformidad con la normativa vigente
10.- PRESUPUESTO DISPONIBLE
El presupuesto disponible para la contratación del servicio que se licita asciende a la suma total de $15.939.000 (Quince millones novecientos treinta y nueve mil pesos).
11.-OFERTA
Los proponentes deberán subir al portal www.mercadopublico.cl los antecedentes y especificaciones técnicas del servicio ofertado; ello, conforme al Anexo N°5 “Oferta Técnica”.
12.-PROPUESTA ECONÓMICA
Se refiere al precio total neto del servicio solicitado, que el proponente debe ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, expresado en pesos, sin incluir el IVA, ni reajuste alguno.
El oferente deberá detallar los valores correspondientes a los trabajos indicados en el Anexo Nº 3. El valor indicado en la casilla "Costo Neto" deberá ser el valor ofertado en el portal.
Sin embargo, deberá indicar claramente en el anexo económico (Anexo N° 3) que se suba al portal y en una nota explicativa, los impuestos que gravan su oferta (IVA, segunda categoría o si está exento de impuesto).
13.- PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Durante la etapa de evaluación el Gobierno Regional del Maule podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por el Gobierno Regional del Maule que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
El Gobierno Regional del Maule solicitara estas rectificaciones o aclaraciones a través del sistema electrónico y los oferentes tendrán un plazo máximo de 25 horas para cumplir lo solicitado por el Gobierno Regional del Maule, a través del mismo medio.
En ningún caso se podrá, mediante este procedimiento, subsanar la no presentación de los Anexos Administrativos, Técnicos y Económicos que se exigen en las presentes Bases Administrativas.
14.- PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES
Los plazos y antecedentes de esta licitación serán publicados en el portal www.mercadopúblico.cl.
En consecuencia, no se recepcionarán antecedentes enviados por correo electrónico.
La presentación incompleta de antecedentes será motivo para declarar inadmisible la propuesta del oferente.
15.- PLAZO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS
El plazo de validez de las ofertas será de sesenta días corridos contados desde el cierre de la recepción de las ofertas.
16.- COSTOS DE LA OFERTA
Los costos en que el proponente deba incurrir como consecuencia de la formulación de su oferta serán de su exclusivo cargo, no dando origen a pago o indemnización alguna en caso de rechazarse la oferta.
17.- MODIFICACIÓN DE LAS BASES
El Gobierno Regional del Maule podrá modificar o aclarar algunos puntos de las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, hasta antes del cierre de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, en caso de ser necesario. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las presentes bases y obligarán a su cumplimiento por todos los proponentes.
18.- ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LAS BASES
La participación en el proceso de licitación implica la total aceptación, por parte de los proponentes, de todos y cada uno de los términos y disposiciones contenidas en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas, anexos, aclaraciones y demás antecedentes de la propuesta, sin necesidad de declaración expresa del oferente.
19.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
El Gobierno Regional del Maule se reserva la facultad de interpretar el sentido y alcance de todas aquellas materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, de acuerdo a criterios de ecuanimidad y racionalidad que estime convenientes, teniendo presente los principios de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación objeto de este proceso licitatorio.
20.- DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS.
La apertura de las ofertas se realizará en una etapa, en la cual se abrirán conjuntamente las ofertas, tanto técnicas como económicas.
La apertura de las ofertas se efectuará en la fecha y a partir de la hora establecida en el calendario de la licitación, mediante la liberación automática de las mismas.
Las ofertas deberán ser enviadas por los Oferentes a través del Sistema de Información. Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 del
reglamento, se podrán recibir en soporte papel y en los plazos que correspondan.
Sólo se procederá a revisar Ofertas Técnicas y Económicas de los proponentes que las hayan presentado utilizando su propia cuenta de usuario con arreglo a las condiciones de uso del Portal.
21.- EXAMEN DE ADMISIBILIDAD
Las ofertas ingresadas al Portal serán objeto de un examen de admisibilidad, y en caso de ser calificadas como admisibles por la Comisión Evaluadora, serán objeto de una posterior evaluación técnica y económica.
En esta instancia la Comisión Evaluadora verificará la entrega en tiempo y forma de la totalidad de los Anexos indicados en el numeral 6, constatando que no concurra ninguna de las causales de inadmisibilidad que establecen las presentes Bases.
Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no se ajusten a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la ley o el reglamento. Asimismo, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.
En este caso, la Comisión Evaluadora considerará para efectos de la evaluación de la licitación, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás.
22.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Le corresponde a la Comisión Evaluadora la evaluación de las ofertas presentadas.
Las propuestas técnicas y económicas de los oferentes, declaradas admisibles, serán evaluadas por una Comisión de Evaluación, nombrada al efecto por medio de Resolución y conformada por tres funcionarios del Gobierno Regional del Maule.
La Comisión de Evaluación, durante el proceso de evaluación de las propuestas, podrá solicitar aclaraciones a las personas naturales o jurídicas postulantes, sin perjuicio que será responsabilidad de los proponentes el proporcionar toda la información que permita efectuar una correcta evaluación de las ofertas, de acuerdo a lo solicitado en estas bases.
Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses
con los Oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el Reglamento. En ese sentido, y conforme al artículo 35 nonies de la ley 19.886, toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obligue a guardar confidencialidad sobre él.
Durante el periodo comprendido entre el cierre de recepción de ofertas y la fecha señalada en el calendario de la licitación para la adjudicación de cada proceso, uno o más integrantes de la Comisión Evaluadora realizarán la revisión pormenorizada de los antecedentes de cada uno de los oferentes. De dicha revisión se confeccionará una minuta o informe por cada propuesta examinada, la que será puesta a disposición de la Comisión Evaluadora. Dichas minutas formarán parte integrante del Acta de Evaluación.
Durante el periodo de evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora podrá sesionar las veces que estime pertinente, con el propósito de revisar la documentación presentada por cada oferente y las minutas o informes de evaluación confeccionadas por los revisores, a fin de asistir a un adecuado examen de las mismas. De cada sesión realizada, la Comisión podrá levantar un Acta de Sesión, en la que deberá exponer en forma resumida y clara lo tratado, o bien incluir dicho contenido en el Acta de Evaluación de las Propuestas que deberá levantar al finalizar el periodo de evaluación, la que deberá ser suscrita por todos sus integrantes. El proceso de evaluación tendrá el carácter de confidencial durante su realización no pudiendo los oferentes mantener contacto con el licitante por medios distintos a los previstos en estas Bases.
23.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS OFERENTES
Las ofertas serán evaluadas administrativa, técnica y económicamente por la Comisión Evaluadora, fundada en los siguientes criterios:
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Propuesta económica
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20 puntos. Se concederá mayor puntaje al oferente que entregue el valor más económico. (Anexo N°3)
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Experiencia (35 ptos)
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Experiencia oferente
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15 puntos. Se concederá el mayor puntaje al oferente con mayor experiencia Anexo N°4 “Experiencia del Oferente”.
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Experiencia equipo profesional
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20 puntos. Se concederá mayor puntaje a los oferentes cuyos equipos de profesionales cuenten con mayor experiencia
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Programa de integridad
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5 puntos. Se concederá el puntaje completo a aquellas ofertas que acrediten la existencia de programas de integridad y ética empresarial
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Propuesta técnica
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30 puntos. Se concederá el mayor puntaje al oferente que presente una mejor calidad de los cursos ofrecidos considerando su metodología, contenidos, extensión y complejidad. (Anexo N°5 “Oferta Técnica”)
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Proveedor Local
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5 puntos. Conforme al Artículo 63 del Reglamento de Compras Públicas, se otorgarán 5 puntos a los oferentes que acrediten domicilio en la Región del Maule, verificado en la ficha del proveedor en el Registro de Proveedores.
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Cumplimiento de los requisitos formales
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5 puntos. Se concederá el mayor puntaje al oferente que no omita requisitos y cumpla con la totalidad de los documentos exigidos.
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La oferta que logre en la evaluación el mayor puntaje final, como resultado de la suma de los puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación, debidamente ponderados, de acuerdo con las tablas siguientes, será considerada como la más conveniente para el interés del Servicio y por ende propuesta para su adjudicación.
23.1 Propuesta Económica (20 puntos) – Precio.
Este criterio evaluará el precio total ofertado por el servicio, de acuerdo con lo indicado en el Anexo N°3 “Propuesta Económica”. Se privilegiará la oferta de menor valor económico, asignando los puntajes según la siguiente tabla:
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PROPUESTA ECONOMICA: 20 PUNTOS
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Nota =
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7,00
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Oferta más económica
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6,00
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2da. oferta más económica
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5,00
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3ra. oferta más económica
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4,00
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Resto de las ofertas
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Puntaje precio =
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Nota Prov. Evaluado x 20 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente al precio se expresará con dos decimales.
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El Gobierno Regional del Maule aceptará la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación antes señalados, con sus correspondientes ponderaciones, no estando obligado a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea aquella de menor valor, sino a la oferta que resulte mejor evaluada.
El puntaje máximo para el presente criterio es de 20 puntos
23.2 Experiencia. 35 puntos
23.2.1 Experiencia del Oferente (15 puntos)
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EXPERIENCIA DEL OFERENTE: 15 PUNTOS
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Nota =
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7,0
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1er. Oferente con mayor experiencia, relacionada con la propuesta a la que postula, según cantidad de clientes en los últimos 5 años.
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6,0
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2do. Oferente con mayor experiencia, relacionada con la propuesta a la que postula, según cantidad de clientes en los últimos 5 años.
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5,0
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3er. Oferente con mayor experiencia, relacionada con la propuesta a la que postula, según cantidad de clientes en los últimos 5 años.
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4,0
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Resto de las ofertas
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0
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No acredita experiencia
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Puntaje experiencia=
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Nota Prov. Evaluado x 15 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente se expresará con dos decimales.
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La experiencia será medida según cantidad de clientes a los cuales se les ha prestado servicios similares o afines (públicos o privados), a nivel nacional, en los últimos 5 años, ingresando Anexo con nombre y número telefónico de contacto según antecedentes solicitados en Anexo N°5 “Experiencia del Oferente”.
Para acreditar la experiencia el oferente deberá presentar los documentos probatorios de la misma como Órdenes de Compra, facturas, contratos, certificados del mandante entre otros. Toda experiencia que no cuente con su respaldo no será considerada para efectos de la evaluación del criterio.
El puntaje máximo para el presente subcriterio es de 15 puntos.
23.2.2 Experiencia del equipo profesional (20 puntos)
Este criterio evalúa la experiencia del equipo profesional (relator o relatores) que participará en la ejecución del curso, considerando la cantidad de proyectos de capacitación ejecutados en el área de Tecnologías de la Información (TI), así como la formación certificada en Inteligencia Artificial (IA).
La evaluación se realizará únicamente respecto de las ofertas que cumplan con los requisitos mínimos establecidos en este criterio.
1. Composición del equipo profesional
El equipo podrá estar conformado por uno o más relatores. Para efectos de evaluación, se considerarán los antecedentes de hasta dos relatores por propuesta. En caso de presentarse más, se evaluarán únicamente los dos con mayor puntaje individual, quienes deberán ser efectivamente los encargados de impartir la totalidad del curso.
2. Requisitos de admisibilidad
Para que la oferta sea considerada admisible en este criterio, al menos uno de los relatores propuestos deberá acreditar:
- Certificación formal en Inteligencia Artificial (IA), emitida por:
- Una institución de educación superior (universidad, instituto profesional o centro de formación técnica).
- Un centro de capacitación reconocido por el Estado.
La certificación puede corresponder a diplomados, especializaciones u otras instancias formativas pertinentes a los contenidos del curso licitado.
- Título profesional afín al área de Tecnologías de la Información, otorgado por una institución reconocida por el Estado.
Las ofertas que no acrediten ambas condiciones en al menos uno de los relatores serán declaradas inadmisibles en este criterio y no pasarán a evaluación.
3. Evaluación de la experiencia en capacitación en Tecnologías de la Información.
Se asignará puntaje en función de la cantidad total de proyectos de capacitación en Tecnologías de la Información acreditados por el equipo relator (máximo dos personas evaluadas) realizados en los últimos cinco (5) años, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Sólo se considerarán proyectos en los que el relator haya participado directamente como instructor, facilitador o relator. La experiencia deberá ser respaldada con documentación verificable, como contratos, certificados, órdenes de compra o cartas de certificación del mandante u otros.
La evaluación de la experiencia se realizará conforme a los proyectos detallados en la tabla incluida en el Anexo N°5, considerando únicamente aquellos que cuenten con respaldo documental completo y en los que el relator haya participado directamente.
Tabla de evaluación:
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Total de proyectos acreditados por el equipo
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Puntaje
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6 o más proyectos
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20 puntos
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4 a 5 proyectos
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15 puntos
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2 a 3 proyectos
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10 puntos
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1 proyecto
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5 puntos
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0 proyectos
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0 puntos
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4. Consideraciones adicionales
- Se evaluará hasta un máximo de dos (2) relatores por propuesta.
- El puntaje será el resultado de la suma de los proyectos acreditados por esos relatores.
- No se considerará experiencia declarada sin respaldo documental.
- Se deberá adjuntar el Currículum Vitae de todos los integrantes del equipo profesional que participarán en la ejecución del curso.
- La documentación deberá presentarse junto con la oferta técnica en el anexo N° 5.
5. Reemplazo de relatores
No se permitirá la sustitución de relatores una vez adjudicado el contrato, salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados y aprobados por la contraparte técnica del Gobierno Regional.
En caso de requerirse un reemplazo, deberá acreditar una experiencia a lo menos equivalente a la del relator originalmente propuesto. Se entenderá como equivalente aquella experiencia que, al ser evaluada conforme a la tabla anterior, otorgue el mismo puntaje que el relator a reemplazar en el criterio “Experiencia del Equipo Profesional”.
El puntaje máximo para el presente subcriterio es de 20 puntos.
23.3 Programa de integridad (5 puntos)
Los oferentes deberán declarar que su empresa cuenta con un Programa de Integridad, el cual debe ser conocido y comprendido por todo su personal. Para que el proveedor obtenga puntaje por este criterio, será necesario presentar documentación o antecedentes que respalden la existencia del programa y demuestren que este es efectivamente conocido por el personal de la empresa. La documentación proporcionada deberá incluir evidencia clara y verificable de la implementación del programa, así como de la conciencia y compromiso del personal en relación con dicho programa.
El criterio se evaluará aplicando el siguiente cuadro:
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Cumple con el Criterio
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Descripción
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Puntaje
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Sí
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El oferente presenta documentación completa que acredita la existencia de un programa de integridad y evidencia de que todo su personal tiene conocimiento de este programa (por ejemplo, evidencia de capacitación, políticas internas, etc.).
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5 puntos
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No
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El oferente no presenta evidencia suficiente de la existencia de un programa de integridad o de que el personal tenga conocimiento del mismo.
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0 puntos
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El puntaje máximo para el presente criterio es de 5 puntos.
23.4 Propuesta técnica (30 puntos)
Este criterio evalúa la calidad, pertinencia y completitud de la propuesta técnica presentada por el oferente, conforme a los requerimientos establecidos en las especificaciones técnicas.
La propuesta deberá detallar, como mínimo:
- La metodología de enseñanza propuesta para el desarrollo del curso.
- La distribución y duración de las horas lectivas.
- La descripción de los materiales, equipos, herramientas e insumos a utilizar.
- Las condiciones logísticas, incluyendo alimentación, estadía y lugar de capacitación.
- Cualquier prestación adicional que supere las exigencias mínimas.
La evaluación se realizará sobre la base de la información entregada en el Anexo N°5 “Oferta Técnica” exclusivamente sobre las propuestas que cumplan con todos los requisitos mínimos obligatorios establecidos en las Especificaciones Técnicas. Aquellas ofertas que no cumplan dichos requisitos o bien, que no presenten una propuesta técnica serán declaradas inadmisibles y no pasarán a evaluación técnica.
Las propuestas admisibles serán evaluadas bajo los siguientes subcriterios y escalas:
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Subcriterio
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Puntaje Máximo
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Descripción del nivel de cumplimiento
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1. Descripción del Servicio Ofertado
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7 pts
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- Excelente: 7 pts (contenido completo, claro y pertinente)
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- Adecuado: 4 pts (contenido parcial, poco claro o general)
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- Mínimo: admisible, pero sin puntaje
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2. Metodología de Enseñanza
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7 pts
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- Excelente: 7 pts (didáctica participativa, bien articulada)
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- Adecuada: 4 pts (presenta metodología, pero poco detallada)
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- Mínimo: admisible, sin puntaje
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3. Condiciones Logísticas y de Ejecución
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7 pts
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- Excelente: 7 pts (propuesta detallada, con entorno favorable para la concentración, equipamiento completo y alimentación adecuada.)
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- Adecuado: 4 pts (cumple, pero con deficiencias o menor calidad)
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- Mínimo: admisible, sin puntaje
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4. Cronograma de Ejecución
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3 pts
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- Claro, detallado y realista: 3 pts
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General, pero coherente y funcional: 1 pto.
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Admisible, pero no presenta cronograma específico o es insuficiente: 0 ptos.
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5. Servicios Adicionales
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6 pts
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- Se ofrecen prestaciones adicionales útiles y detalladas: 6 pts
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- Se ofrecen adicionales limitados o poco relevantes: 3 pts
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- No ofrece adicionales: 0 pts
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Servicios Adicionales Valorados
Para efectos de evaluación del criterio “Servicios Adicionales”, se consideran aquellos elementos o prestaciones que, sin ser obligatorios, aportan un valor agregado relevante a la capacitación y contribuyen a mejorar la experiencia y el aprendizaje de los participantes. Entre los servicios adicionales valorados se incluyen:
- Acceso a contenidos asincrónicos grabados por un tiempo determinado posterior al curso.
- Manual digital del participante, con contenido ampliado y bibliografía recomendada.
- Certificado con validación mediante código QR para asegurar autenticidad.
La ausencia de estos servicios no implica la exclusión de la oferta, pero su inclusión será valorada positivamente conforme a los puntajes establecidos.
El puntaje máximo para el presente criterio es de 30 puntos
23.5. Proveedor Local (5 puntos)
Conforme al Artículo 63 del Reglamento de Compras Públicas, se otorgarán 5 puntos a las ofertas que acrediten que el proveedor posee domicilio en la Región del Maule.
La verificación del domicilio se realizará exclusivamente a través de la Ficha del Proveedor en el Registro de Proveedores de ChileCompra (www.mercadopublico.cl), vigente al momento del cierre de recepción de las ofertas.
La evaluación se efectuará según el siguiente cuadro:
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Cumple con el Criterio
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Descripción
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Puntaje
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Sí
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El proveedor registra domicilio en la Región del Maule.
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5 puntos
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No
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El proveedor no registra domicilio en la Región del Maule.
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0 puntos
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El puntaje máximo para el presente criterio es de 5 puntos
23.6. Cumplimiento de los requisitos formales (5 puntos)
Se concederá mayor puntaje a aquel oferente que no haya debido subsanar la omisión de requisitos formales en la presentación de su oferta.
Por el contrario, a aquel oferente que ha subsanado la omisión de requisitos formales, se le descontarán puntos por de acuerdo con el siguiente cuadro:
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CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES: 5 PUNTOS
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Nota =
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7,00
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Oferente no omite requisitos
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4,00
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Oferente omite un antecedente o certificación.
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1,00
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Oferente omite dos o más antecedentes o certificaciones
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Puntaje =
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Nota Prov. Evaluado x 5 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente se expresará con dos decimales.
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El puntaje máximo para el presente criterio es de 5 puntos.
Requisitos:
- Para la evaluación se considerarán solamente las ofertas que cumplan las Bases administrativas y Técnicas y las aclaraciones, si las hubiere.
- El no cumplimiento de los requisitos antes solicitados producirá que la oferta será declarada inadmisible y, por lo tanto, no pasará al proceso de evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de las presentes Bases.
24.- CRITERIOS PARA DESEMPATE
En caso que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de prelación:
1) Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación en el desarrollo del “Propuesta técnica”
2) Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación en el criterio “Experiencia”.
3) Si persistiere la igualdad, se preferirá la oferta de la que resulte una combinación mejor ponderada respecto de los dos criterios anteriores.
25.- CONTACTOS DURANTE LA EVALUACIÓN
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas formuladas por los proponentes, el Gobierno Regional del Maule podrá solicitar por intermedio de foro inverso del Portal Mercado Público, durante el proceso de evaluación, aclaraciones técnicas y/o económicas y entrega de antecedentes complementarios, como asimismo la información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones formales, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
Las respuestas las deberá entregar el oferente por medio del foro inverso del Portal Mercado Público, referidas solamente a los puntos solicitados, hasta 25 horas posteriores al ingreso de la consulta en el Portal por parte del Gobierno Regional del Maule, según se dispone en el numeral 13 de las presentes bases.
26.- ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Comisión de Evaluación recomendará adjudicar la licitación en favor de aquel oferente que haya obtenido el mayor puntaje por aplicación de lo establecido en el numeral 23 de las presentes Bases.
El puntaje total de cada oferente se expresará con dos decimales.
Estos elementos se incluirán en un cuadro comparativo que será parte del Informe de Evaluación.
En caso debidamente justificado, la Comisión podrá recomendar declarar desierta la presente licitación debido a que ningún oferente garantiza en forma satisfactoria cumplir en calidad y tiempo la provisión del servicio requerido.
La adjudicación de la licitación se hará mediante resolución de la autoridad facultada para ello, debidamente notificada a través del Sistema de Información.
27.- NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La resolución que adjudique la Licitación será notificada al oferente que resulte adjudicado, a través de la página www.mercadopublico.cl
Posteriormente el encargado de esta licitación en la Unidad de Abastecimiento del Departamento de Administración enviará un correo electrónico al adjudicatario, comunicándole que debe presentar la garantía de fiel cumplimiento de contrato, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles a contar de esa comunicación.
Considerando que la presente adquisición es superior a 100 UTM e inferior a 1000 UTM y que se trata de un servicio estándar de simple y objetiva especificación, la jefatura de la División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional del Maule ha determinado que la contratación del servicio licitado se formalizará mediante la emisión de una orden de compra por la institución licitante y su aceptación por parte del proveedor, de conformidad a lo establecido en el artículo 117 del Reglamento de la Ley de Compras.
El oferente adjudicado tendrá un plazo de 24 horas para aceptar la Orden de Compra. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
En caso de que el oferente adjudicado requiera realizar consultas, podrá dirigirlas al correo electrónico compraspublicas@goremaule.cl.
En caso de que el adjudicatario incurra en cualquiera de las inhabilidades para contratar, no se encuentre hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, no entregue las declaraciones juradas, no entregue la documentación señalada en numeral 8, entregue documentos falsos, no presente la garantía de fiel cumplimiento de contrato, no acepte la Orden de Compra emitida, se entenderá que éste no acepta la adjudicación.
En esta situación el servicio licitante podrá readjudicar la propuesta y para ello la Comisión Evaluadora realizará el ofrecimiento al proponente cuya oferta le siga en puntaje, quien deberá pronunciarse en el plazo que al efecto se le indique.
El acto administrativo que deje sin efecto la adjudicación respecto del adjudicado afectado, procederá también a readjudicar la licitación, o en su caso la declarará desierta.
En caso de que se proceda a readjudicar al oferente que corresponda de acuerdo al orden establecido en el Acta de Evaluación, para proceder con la contratación, éste deberá hacer entrega de la documentación correspondiente, antes del envío de la Orden de Compra.
28.- PROHIBICIÓN DE CESIÓN y SUBCONTRATACIÓN DE LA CONTRATACIÓN.
El Oferente adjudicatario no podrá transferir los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la contratación referida a la presente licitación, para resguardo del interés del Servicio. Lo anterior se entiende sin perjuicio que una norma legal especial permita expresamente la cesión de derechos y obligaciones.
Los documentos justificativos de los créditos que de ellos emanen serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
El contratante podrá concertar con terceros la ejecución parcial del contrato (que no exceda un 30% del monto total del contrato), cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 15 de la ley 19.886 y en el 128 del Decreto Hacienda N°661/2024.
Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad y la obligación del cumplimiento del contrato permanecerá siempre en el contratista adjudicado.
El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el contratista principal deberá acreditar que éste cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior.
29.- PLAZO DE VIGENCIA DEL SERVICIO LICITADO y VIGENCIA CONTRACTUAL:
El plazo de vigencia del servicio contratado regirá a contar de la fecha de aceptación por parte del proveedor de la orden de compra emitida por el Servicio y será ofrecido por el oferente en su propuesta.
En todo caso, la fecha de inicio del curso de capacitación que considera el servicio licitado deberá ser previamente coordinada con la Contraparte Técnica del Gobierno Regional del Maule.
30.- FORMA DE PAGO.
El pago al proveedor se realizará en una sola cuota dentro de los treinta (30) días siguientes a la prestación efectiva del servicio, aprobación del Gobierno Regional, contra la presentación de la factura emitida a nombre del Gobierno Regional del Maule, RUT N° 72.227.000-2, y previa recepción conforme del servicio prestado por parte de la Contraparte Técnica.
En consecuencia, el Departamento de Finanzas del Gobierno Regional del Maule deberá efectuar el pago que corresponda teniendo a la vista únicamente la resolución de adjudicación, la orden de compra emitida y aceptada, la factura visada y la recepción conforme por parte de la contraparte técnica.
El precio del contrato será el que se indique en la resolución de adjudicación, producto de la oferta seleccionada, se expresará en pesos, moneda nacional, e incluirá todos los gastos en los términos señalados precedentemente, impuestos incluidos.
31.- MULTAS.
El Servicio podrá aplicar, en forma administrativa, multas al proveedor contratado cuando éste incumpla con las obligaciones establecidas en el contrato, salvo en casos fortuitos o de fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica. El tope de multa será del 20% del monto total contratado.
Las causas que harán procedente la aplicación de multa y los montos aplicables son los que se especifican a continuación:
a.1) Multas Leves
La multa leve corresponderá a 1 UTM y se aplicará en los siguientes casos.
- Atraso en la entrega de informes o documentos no esenciales, fuera de los plazos acordados.
- Entrega parcial de material de apoyo comprometido.
- Uso de medios tecnológicos distintos a los ofertados, sin afectar la ejecución del curso.
- Inconsistencias menores en el cronograma si no afectan la duración total del curso.
a.2) Multas Moderadas:
La multa moderada tendrá un rango de 3 a 5 UTM y se aplicará en los siguientes casos:
- Retraso en el inicio del curso respecto a lo establecido en el cronograma aprobado.
- Incumplimiento en la duración total del curso ofertado (horas dictadas inferiores a lo comprometido).
- Cambios en la modalidad de entrega del curso (presencial/virtual) sin autorización previa de la contraparte técnica.
- Falta de asistencia de uno o más relatores, sin reemplazo oportuno ni justificación válida.
- Uso de relatores distintos a los comprometidos, sin autorización.
a.3) Multas graves:
La multa grave tendrá un rango de 6 a 10 UTM y se aplicará en los siguientes casos:
- Incumplimiento grave de las especificaciones técnicas (como modificación del temario, eliminación de contenidos clave o ejes temáticos sin aprobación).
- Omisión del número de relatores comprometidos o cambio del equipo profesional sin autorización previa.
- Suspensión unilateral del curso sin autorización y sin justificación aceptable.
- Entrega de información falsa o documentación adulterada en la propuesta técnica o económica.
Todo lo anterior, rige para el proveedor contratado.
La Contraparte técnica del Gobierno Regional del Maule llevará un registro de reclamos para los casos señalados anteriormente.
De los reclamos fundados realizados por usuarios o funcionarios de la institución, se le pedirá información al proveedor mediante correo electrónico, para corroborar tal reclamo y aplicar la multa correspondiente, si procede.
La aplicación de multas según detalle del siguiente cuadro facultará al Gobierno Regional del Maule, en su caso, para poner Término Anticipado al Contrato.
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SANCIÓN
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CANTIDAD DE APLICACIONES
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Multa Leve
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6
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Multa Moderada
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4
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Multa Grave
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2
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Nota: El tope máximo para la aplicación de multas en la contratación será de un 20% del monto del contrato. Si el proveedor contratado supera el porcentaje establecido como máximo de aplicación de multas, se procederá, en su caso, al término anticipado de contrato.
Pago en efectivo: generada la Resolución que aprueba la multa, esta debe adjuntarse a la generación de un estado de pago del Programa 01 por ingreso de dicha multa, y enviar al Departamento de Finanzas. El proveedor en este caso debe acudir a Tesorería con el dinero en efectivo y se le otorga un comprobante de ingreso manual y con la otra copia del ingreso y demás antecedentes se genera el respectivo comprobante contable de Sigfe.
Pago por transferencia: generada la Resolución que aprueba la multa, esta debe adjuntarse a la generación de un estado de pago del Programa 01 por ingreso de dicha multa, y enviar al Departamento de Finanzas con el respectivo comprobante de transferencia a Tesorería, en esta Unidad se le otorgará un comprobante de ingreso manual entregando una copia al proveedor y con la otra copia y demás antecedentes se genera el respectivo comprobante contable en Sigfe.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad del Servicio de poner término anticipado al contrato.
32.- CONTRAPARTE TÉCNICA.
La contraparte técnica estará a cargo y será desempeñada por un/una funcionario/a del Gobierno Regional del Maule.
El/La funcionario/a tendrá la función de supervisar la calidad y el cumplimiento integral del servicio, velando, por el eficiente desarrollo de la contratación. Lo anterior, sin perjuicio de que podrá asesorarse por funcionarios/as del Gobierno Regional del Maule o profesionales de otros servicios de la Administración, con conocimientos o experticia en las materias vinculadas con aspectos técnicos de la prestación del servicio.
Dentro de sus funciones específicas se encuentran las siguientes:
- Orientar al proveedor adjudicado en la solución de problemas que afecten directamente el cumplimiento de los objetivos del servicio;
- Efectuar el seguimiento y control de la prestación del servicio y velar porque el mismo se desarrolle conforme a los términos del respectivo contrato, las Bases Administrativas y Técnicas que lo integran;
- Mantener comunicación permanente con el prestador, acordando con éste las reuniones que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones y la buena marcha de los servicios contratados y las fechas para el desarrollo de los cursos;
- Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las presentes bases y en la ejecución del servicio se ciña estrictamente a las exigencias establecidas en las presentes Bases, las Bases Técnicas y demás documentos que integran la contratación entre el Gobierno Regional y el proveedor del servicio;
- Requerir y recibir los informes para dar curso al pago correspondiente, formular observaciones, y, en su caso, dar visto bueno a la subsanación de las mismas, aprobar, cuando corresponda los informes y actividades acreditadas por el prestador, en conformidad con la contratación.
- Requerir, en su oportunidad, la factura o boleta correspondiente, preparar el legajo de documentos que, junto a la respectiva factura respaldan el pago, solicitar a la jefa del departamento de administración autorización para el pago y entregar a la jefatura que corresponda, tales documentos, a objeto de que se curse el pago de la cuota respectiva, de acuerdo a los procedimientos internos del Servicio;
- Informar fundadamente y por escrito a la jefatura de la División de Administración y Finanzas, de eventuales incumplimientos del proveedor, de los atrasos, u otras circunstancias que, en conformidad con las presentes Bases, puedan dar origen a multas, a la terminación anticipada del contrato;
- Realizar la recepción de los servicios estipulados en las presentes bases de licitación, una vez revisados y terminados dar tramitación al pago y multas impuestas en su caso.
33.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda dificultad o controversia que se suscite durante la provisión del servicio serán presentadas a la contraparte técnica.
La contraparte técnica deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual puede abrir un periodo probatorio, de oficio o a petición de parte. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días, ni superior a 30 días. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitarse informes de especialistas, de acuerdo a la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser funcionarios del Gobierno Regional del Maule o externos.
34.- OBLIGACIONES CONTRACTUALES DEL PROVEEDOR CON SUS TRABAJADORES
El proveedor será, por los trabajadores que se desempeñen en los servicios que son objeto de las presentes Bases, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, tribunales de justicia, organismos previsionales y en general, ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones legales y contractuales que le afecten en dicha calidad. De este modo, se deja expresa constancia que el Gobierno Regional del Maule se encuentra exento de toda responsabilidad que pudiere derivar de dicha relación laboral, como asimismo de cualquier hecho imputable al proveedor y a consecuencia del cual se produzcan lesiones o daños en las personas o bienes de los trabajadores del proveedor.
35.- SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 41 N°10 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, el proveedor adjudicado deberá acompañar un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales respecto de su personal, expedido por la Dirección del Trabajo, u otro documento idóneo, el cual será presentado al momento de la formalización de la contratación.
En caso de que la empresa adjudicataria registre saldos insolutos por concepto de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, ya sea respecto de trabajadores actuales o de trabajadores contratados en los últimos dos años, no se autorizará el pago del servicio contratado hasta que dichas obligaciones hayan sido regularizadas en su totalidad. Para ello, la empresa deberá presentar los comprobantes, planillas u otros antecedentes que acrediten el cumplimiento íntegro de dichas obligaciones.
El incumplimiento de esta exigencia facultará al Gobierno Regional del Maule para poner término anticipado al contrato, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor, y para excluirlo de futuras licitaciones públicas convocadas por esta institución.
36.- TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN
De acuerdo al Art. 13 Bis de la Ley de Compras Publicas, el servicio contratado podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas. En tal caso, el Gobierno Regional del Maule sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
h) En caso de disconformidad del servicio prestado según informe fundado de la contraparte técnica.
Las demás causales establecidas en la ley.
Para efectos de la aplicación de la causal de término anticipado indicada en la letra c) precedente, se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, lo siguiente:
a) La verificación de causal constitutiva de falta grave, de acuerdo a lo establecido en el numeral 31. En el caso de superar el 20% del monto contratado o superar la aplicación de 2 multas, el Gobierno Regional del Maule podrá poner término anticipado al contrato.
b) La verificación de causal constitutiva de falta moderada, de acuerdo a lo establecido en el numeral 31. En el caso de superar el 20% del monto contratado o superar la aplicación de 4 multas el Gobierno Regional del Maule podrá poner término anticipado al contrato.
c) La verificación de causal constitutiva de falta leve, de acuerdo a lo establecido en el numeral 31. En el caso de superar el 20% del monto contratado o superar la aplicación de 6 multas, el Gobierno Regional del Maule podrá poner término anticipado al contrato.
De acuerdo al Art. 13 ter de la Ley de Compras Públicas, en caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases, el Gobierno Regional del Maule podrá aplicar multas, cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen, y ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento.
37.- PROCEDIMIENTO EN CASO DE APLICACIÓN DE MEDIDAS FRENTE A INCUMPLIMIENTOS.
Detectada una situación susceptible de aplicación de las medidas frente a incumplimientos del numeral 31 y/o 36 de las presentes Bases, conforme al artículo 140 del reglamento de la ley 19.886, el Gobierno Regional notificará al adjudicatario al correo electrónico fijado en el anexo N°1, indicando los hechos que ameritan la aplicación de una medida y adjuntando los antecedentes que se estimen pertinentes. A contar de esa fecha, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Se deja expresa constancia que es responsabilidad de los proveedores mantener dicha dirección de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio al Gobierno Regional del Maule.
Vencido el plazo sin presentar descargos, el Gobierno Regional del Maule dictará un acto administrativo aplicando la medida que corresponda.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Gobierno Regional, tendrá un plazo de hasta treinta (30) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlas o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará mediante un acto administrativo, que se notificará al correo electrónico señalado anteriormente y se publicará oportunamente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados al Gobierno Regional del Maule por el incumplimiento del contrato, éste estará facultado para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.
38.- RECURSOS
En contra de la resolución señalada en el numeral anterior, procederán los recursos que dispone la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Gobierno Regional resolverá dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente el recurso.
39.- LEGISLACIÓN SUPLETORIA DE LAS BASES.
Las presentas Bases de Licitación, en todo aquello que no se encuentre expresamente regulado, se entenderán complementadas por las disposiciones establecidas en la Ley N° 19.886 y su reglamento, el Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda.
En caso de contradicción o discrepancias entre las presentes Bases de Licitación, con lo dispuesto en la Ley N° 19.886, y el Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, prevalecerán las estipulaciones contenidas en dicha Ley y Decreto.
40.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
1. En casos muy calificados y debidamente fundados, se podrá convenir de común acuerdo con el proveedor una modificación de los servicios contratados. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes, el equilibrio financiero ni dar como resultado un contrato de naturaleza diferente.
2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:
(i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante.
(ii) Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación.
(iii) Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
(iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente artículo, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.