Licitación ID: 1562-71-LE23
SERVICIO DE ARRIENDO DE EQUIPAMIENTO COMPUTACIONAL
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA, Servicio Nacional de Geología y Minería
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Productos o servicios
1
Notebook, laptop o computador portátil excepto Tablet PC 36 Mes
Cod: 43211503
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ARRIENDO DE EQUIPAMIENTO COMPUTACIONAL, POR UN PERÍODO DE 36 MESES, PARA EL DEPARTAMENTO RED NACIONAL DE VIGILANCIA VOLCÁNICA DEL SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE ARRIENDO DE EQUIPAMIENTO COMPUTACIONAL
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Unidad de Geología y Peligros de Sistemas Volcánicos del Departamento Red Nacional de Vigilancia Volcánicas, requiere tener altos estándares de tecnologías informáticas para llevar a cabo eficientemente la generación y representación de información cartográfica de peligros volcánicos. Para ello, convoca a oferentes especializados, con el fin de obtener las mejores condiciones técnicas y económicas a las que puede acceder SERNAGEOMIN, en relación con el arriendo de 7 computadores para procesamiento productivo, por un periodo de treinta y seis 36 meses.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA
Unidad de compra:
Servicio Nacional de Geología y Minería
R.U.T.:
61.702.000-9
Dirección:
Avda. Santa María Nº 0180
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-09-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 31-08-2023 13:49:21
Fecha inicio de preguntas: 31-08-2023 14:00:00
Fecha final de preguntas: 04-09-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-09-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-09-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 11-09-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 04-10-2023 17:01:34
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1
2.- ANEXO N°2
3.- ANEXO N°3
4.- ANEXO N°5
5.- ANEXO N°6
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°7
 
2.- ANEXO N°8
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°4 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 POST VENTA SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°16 DE RESOLUCIÓN EXENTA N°1655 DE FECHA 31 DE AGOSTO DE 2023. 30%
2 PRESENTACIÓN FORMAL DE LA PROPUESTA SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°16 DE RESOLUCIÓN EXENTA N°1655 DE FECHA 31 DE AGOSTO DE 2023. 5%
3 OFERTA ECONÓMICA SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°16 DE RESOLUCIÓN EXENTA N°1655 DE FECHA 31 DE AGOSTO DE 2023. 20%
4 OFERTA TÉCNICA SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°16 DE RESOLUCIÓN EXENTA N°1655 DE FECHA 31 DE AGOSTO DE 2023. 30%
5 PLAZO DE ENTREGA Y PUESTA EN MARCHA DE EQUIPOS SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°16 DE RESOLUCIÓN EXENTA N°1655 DE FECHA 31 DE AGOSTO DE 2023. 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SERNAGEOMIN
Monto Total Estimado: 54180000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: ANDRES PRADO
e-mail de responsable de pago: andres.prado@sernageomin.cl
Nombre de responsable de contrato: RODRIGO ORDENES
e-mail de responsable de contrato: rodrigo.ordenes@sernageomin.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-24825500-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA
Fecha de vencimiento: 14-12-2026
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para Garantizar a SERNAGEOMIN el Fiel y Oportuno Cumplimiento de la contratación para la contratación del servicio de arriendo de computadores de alto rendimiento para procesamiento vectorial, ráster y modelamiento, por el período de treinta y seis (36) meses y las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del proveedor”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de finalizados los servicios, una vez transcurridos 60 días hábiles desde el término del contrato, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso SERNAGEOMIN queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. Sin perjuicio de lo anterior, considerando que el uso de garantías es de carácter excepcional y tiene por objeto proteger los intereses fiscales, resguardando el correcto cumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que emanan del contrato, en caso que el mismo termine anticipadamente por cualquier causa que no dé lugar a la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento entregada, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la referida caución será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Se deja constancia que la ejecución de las garantías que se otorguen en virtud de lo establecido en este artículo es compatible con el cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo 21° sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, y además con el ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento de la adjudicataria genere. Asimismo, en caso de ejecutarse el cobro de esta boleta de garantía, el proveedor deberá reponer y constituir una nueva boleta de garantía en los mismos términos antes señalados, considerando el período de tiempo restante. El procedimiento de cobro de garantías se sujetará a lo señalado en el procedimiento para la aplicación de multas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

ARTÍCULO 1º: NORMATIVA Y TIPO DE LICITACIÓN

La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento y estas Bases, que se encuentran conformadas por Bases Administrativas y Técnicas, además de sus Anexos.

Las presentes Bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.

La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:

  1. Modificaciones que se introduzcan a las Bases Administrativas y Técnicas que se aprueban por este acto.
  2. Las consultas a las Bases formuladas por los oferentes y las respectivas respuestas evacuadas por SERNAGEOMIN.
  3. Las aclaraciones que se efectúen a las Bases de iniciativa de SERNAGEOMIN.
  4. Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
  5. Los antecedentes solicitados a cada postulante.
  6. Las aclaraciones a las ofertas que solicite SERNAGEOMIN.
  7. El acto administrativo que adjudica la presente licitación pública
  8. El acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios.
  9. Las órdenes de compra que se emitan al proveedor.

Se deja constancia que la presente licitación contempla la opción de adjudicación simple y total, mediante la cual SERNAGEOMIN busca seleccionar la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, adjudicando en su caso la licitación a un solo oferente.

 

ARTÍCULO 2º: COMUNICACIONES Y PLAZOS

Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, con anterioridad a la adjudicación de la misma deberán canalizarse exclusivamente por medio del portal de internet www.mercadopublico.cl. Durante el período indicado no se aceptarán ni responderán comunicaciones planteadas por un conducto diferente al señalado, sin perjuicio de otras vías de comunicación que se encuentren expresamente previstas en estas Bases, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Los plazos a que se haga referencia en estas Bases son de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario.

Cuando el último día del plazo recaiga en día sábado, domingo o festivo, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Se deja constancia de que, tratándose de presentaciones o gestiones que en conformidad a estas Bases deban realizarse presencialmente en alguna oficina o dependencia de SERNAGEOMIN, deberán considerarse las limitaciones derivadas del horario de funcionamiento de la respectiva oficina o dependencia informado en la página web institucional www.sernageomin.cl, el que puede variar atendida la situación de emergencia que se encuentra enfrentando el país por el brote del Coronavirus 2019 (COVID-19), siendo exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar periódicamente la referida página, como asimismo las respuestas y aclaraciones que pueda emitir al respecto SERNAGEOMIN, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y efectuar las respectivas presentaciones o gestiones dentro del plazo definido al efecto.

ARTÍCULO 3º: PARTICIPANTES

Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales y jurídicas, que tengan interés en ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.

Podrán participar también grupos de personas jurídicas o naturales que se unan para presentar una oferta en conjunto, en cuyo caso, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia que el acuerdo en que conste la unión temporal deberá establecer, a lo menos, lo siguiente:

  1. Identificación de sus integrantes

  1. La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN. Por lo anterior, las partes no podrán establecer en el acuerdo, cláusulas de exención o de limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes.

 

  1. El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, quien deberá ser aquel que presente su oferta en el portal www.mercadopublico.cl. Dicha designación deberá recaer en alguno de los integrantes de la Unión, o sus representantes, no pudiendo ser designado un tercero ajeno a ésta.

  1. La vigencia de la unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

Será obligación de la Unión Temporal de Proveedores dar aviso inmediato a SERNAGEOMIN en caso de retiro de uno o más de sus integrantes, o en caso de modificación de la unión, debiendo acompañarse el respectivo documento modificatorio.

Se deja constancia de que, tanto las Uniones Temporales de Proveedores que participen en la presente licitación, como SERNAGEOMIN, deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886 y a las recomendaciones contenidas en la Directiva N° 22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sobre “Orientaciones sobre la participación de las uniones temporales de proveedores en los procesos de compra”, disponible en disponible en http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/.

ARTÍCULO 4°: INHABILIDADES Y PROHIBICIONES

Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en el inciso 1° del artículo 4° de la Ley Nº19.886, para cuyo efecto el proponente deberá suscribir la Declaración Jurada Simple disponible en la plataforma de mercado público al momento de subir su oferta.

Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia de que no podrán contratar con SERNAGEOMIN aquellos participantes que se encuentren en una o más de las situaciones que se indican a continuación:

  1. Incurrir en las inhabilidades o prohibiciones que a continuación se indican, señaladas en el inciso 6°, del artículo 4°, de la Ley Nº19.886, para cuyo efecto el adjudicatario deberá suscribir la declaración jurada disponible en el portal www.mercadopublico.cl, que señala lo siguiente:

a)       Ser funcionario directivo de SERNAGEOMIN, o tener respecto de alguno de dichos directivos los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la Ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (cónyuge, hijo, adoptado, o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive);

b)        Ser una sociedad de personas en la que formen parte los funcionarios directivos de SERNAGEOMIN, o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la Ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;

c)       Ser una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas indicadas en la letra a) anterior sean accionistas;

d)       Ser una sociedad anónima abierta en que alguna de las personas indicadas en la letra a) precedente sea dueña de acciones que representen el 10% o más del capital.

e)       Ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

  1. Haberle sido aplicada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, la medida de prohibición de contratar a cualquier título con órganos públicos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos o empresas o servicios en lo que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier  concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, en conformidad a lo dispuesto en la letra d), del artículo 26, del Decreto Ley N°211, de 1973.

  1. Tratándose de entidades privadas, encontrarse incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, para cuyo efecto el adjudicatario deberá acompañar certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración.

  1. Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, tener condena vigente que le prohíba celebrar actos con los Órganos de la Administración del Estado, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393, para cuyo efecto SERNAGEOMIN consultará el Registro de personas jurídicas a las que se ha impuesto esta pena, que mantiene la Dirección de Compras y Contratación Pública.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el artículo 3° precedente, las causales de inhabilidad establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado, debiendo en consecuencia suscribir cada uno de ellos la correspondiente Declaración Jurada indicada en el párrafo anterior, según corresponda. En caso de afectar una causal de inhabilidad a un integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

ARTÍCULO 5°: CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los oferentes podrán formular consultas a las Bases, a través de la funcionalidad “preguntas licitación” que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, dentro de los 3 días corridos siguientes a la publicación del llamado. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, dentro de los 2 días corridos siguientes al vencimiento del plazo anterior.

No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.

Asimismo, a través del portal, SERNAGEOMIN podrá efectuar a iniciativa propia aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al quinto día corrido siguiente a la publicación del presente llamado a licitación.

Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. Lo anterior es sin perjuicio de las medidas extraordinarias por caso fortuito, que se formalizarán mediante aclaraciones en los términos dispuestos en el artículo 1 de estas Bases.

Sin perjuicio de lo señalado, SERNAGEOMIN podrá también modificar las presentes Bases antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o con motivo de una consulta o aclaración solicitada por alguno de los interesados.

Las modificaciones que se introduzcan formarán parte integrante de las Bases y estarán vigentes desde la total tramitación del respectivo acto administrativo, el que deberá considerar un aumento prudencial del plazo para la presentación de ofertas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.

En todos los casos, será obligación de los interesados, revisar periódicamente el proceso de licitación, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y considerar para la preparación de sus ofertas las respuestas y aclaraciones emitidas por SERNAGEOMIN, como asimismo toda modificación introducida a las Bases.

 

ARTÍCULO 6º: FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl, no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.

No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886, en cuyo caso las ofertas deberán presentarse en soporte papel y entregarse dentro del plazo y hora señalado en el artículo sobre “Plazo de Presentación de las Ofertas”, en Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María 0104, comuna de Providencia, en sobre cerrado dirigido al Jefe del Departamento de Administración y Finanzas del SERNAGEOMIN, con indicación del N° de ID de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl, rotulado Licitación para la contratación del servicio de arriendo de computadores de alto rendimiento para procesamiento vectorial, ráster y modelamiento, por el período de treinta y seis (36) meses”. Cada oferta que se realice deberá efectuarse respecto de todos los requerimientos previstos en las presentes bases, sin que sea posible efectuar ofertas parciales.

Se deja constancia que un mismo oferente NO podrá presentar más de una oferta.

 

ARTÍCULO 7°: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse dentro de los 10 días corridos siguientes a la publicación de estas Bases en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta las 12:00 horas del último día del plazo, a menos que el último día del plazo recaiga en día lunes, o en un día hábil inmediatamente siguiente a un feriado, en cuyo caso las ofertas podrán presentarse hasta las 15:00 horas. No se aceptarán ofertas presentadas después del día y hora dispuestos al efecto.

Se estableció para esta licitación que si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el Reglamento de la Ley N° 19.886.

Con todo, en caso de indisponibilidad técnica del portal www.mercadopublico.cl, durante este período, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte papel, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, en virtud de lo establecido en el N° 2, del artículo 62, del Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 8º: CONTENIDO DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital:

  1. Antecedentes Generales del Proponente:
    1. Tratándose de Personas Jurídicas

Declaración Jurada, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886.

B.    Tratándose de Personas Naturales

Declaración Jurada Simple, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4 de la Ley Nº19.886.

C.    Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores

  1. Documento público que formaliza la unión, de acuerdo al formato del Anexo N°1 el que debe dar cuenta a lo menos del acuerdo para participar de esta forma, de la solidaridad establecida entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, y del nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo a los requisitos exigidos en el artículo 3° “Participantes”, de las presentes bases. La vigencia de esta unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

  1. Declaraciones Juradas Simples disponibles en la plataforma de mercado público de cada uno de las personas naturales o jurídicas que forman la unión temporal, al momento de ingresar su oferta, debidamente completas y firmadas, que den cuenta que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº2 o N°3 de estas Bases, según corresponda).

ARTÍCULO 9°