1.1. FECHA DE SUSCRIPCIÓN E INICIO DEL CONTRATO
Una vez adjudicada la Licitación y publicada en www.mercadopublico.cl, el adjudicatario seleccionado deberá firmar el contrato que elabore el Servicio dentro del plazo 10 días hábiles, contados desde la publicación de la adjudicación en el Portal del www.mercadopublico.cl, el cual será redactado por el Servicio tomando como base el texto de las presentes Bases de Licitación, y los gastos en que se incurra con ocasión de la suscripción del mismo serán de cargo exclusivo del adjudicatario.
En el mismo plazo de 10 días hábiles, deberá hacer llegar, además, la garantía por cumplimiento de contrato y obligaciones laborales y Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, en caso de ser procedente. Solo en casos excepcionales, por razones de fuerza mayor, previamente autorizado por resolución del jefe de la unidad operativa respectiva, se podrá aumentar el plazo para suscribir el contrato hasta en 5 días hábiles más.
En el caso que el adjudicatario haya ofertado a través de la Unión Temporal de Proveedores, previo a la firma del contrato o a la emisión de la orden de compra y su aceptación, deberá entregar el acuerdo en que conste la unión temporal de proveedores, materializado a través de una escritura pública o privada, según corresponda, con vigencia no inferior a la del contrato adjudicado, según lo establecido en el numeral once (11.-) de las presentes Bases.
La no presentación de todos estos documentos se entenderá como un desistimiento de su oferta, lo que facultará al Servicio para adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere siempre y cuando dicha oferta sea conveniente a los intereses del Servicio. En forma complementaria se procederá a informar en plataforma de mercado público el desistimiento de la adjudicación por parte del proveedor y se hará efectivo el cobro de la garantía por seriedad de la oferta, según corresponda.
En el evento que el oferente seleccionado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o bien no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte, conforme a lo dispuesto en la ley N° 21.722, que aprueba el presupuesto del sector público correspondiente al año 2025.
El contrato será suscrito en el plazo antes señalado por el Jefe de la Unidad Operativa, según corresponda, y el adjudicatario/a o representante(s) legal del adjudicatario/a.
El contrato comenzará a regir al día siguiente de la fecha en que se publica en el portal www.mercadopublico.cl la resolución que lo aprueba, lo cual se entenderá como suficiente notificación al ejecutor o contratista, para efectos de comenzar a ejecutar el contrato respectivo.
PARA LAS COMPRAS DE SERVICIOS y para otras adquisiciones en que sea procedente: al momento de iniciar los servicios, deberá presentar nómina del personal a contratar. Esta documentación quedará en la unidad operativa licitante de la CONADI dentro de los antecedentes de la licitación, deberá acompañar la siguiente documentación: Copia de Contrato de Trabajo firmado por ambas partes, y sus posteriores modificaciones; Copia de Certificado de Afiliación a AFP; Copia de Certificado de Afiliación a FONASA o ISAPRE. Dicha documentación deberá entregarse a más tardar dentro de los 10 días siguientes al inicio de la Compra de Servicios, en carpetas individuales por cada trabajador. En el caso de las nuevas contrataciones rigen los mismos plazos.
Para el evento que una orden de compra no haya sido aceptada, la CONADI podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, pudiendo re-adjudicar según sea el caso.
El plazo de validez de las ofertas será de 60 días corridos, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta, y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y en el Reglamento.
La no presentación de todos estos documentos se entenderá como un desistimiento de su oferta, lo que facultará al Servicio para adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere siempre y cuando dicha oferta sea conveniente a los intereses del Servicio. En forma complementaria se procederá a informar en plataforma de mercado público el desistimiento de la adjudicación por parte del proveedor y se hará efectivo el cobro de la garantía por seriedad de la oferta, según corresponda.
En el evento que el oferente seleccionado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o bien no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte, conforme a lo dispuesto en la ley N° 21.640, que aprueba el presupuesto del sector público correspondiente al año 2024.
Para la contratación se requerirá del Proveedor a quien se le adjudique la propuesta, su inscripción en el Registro de Contratistas y Proveedores (www.chileproveedores.cl) a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública al momento de la suscripción del respectivo contrato.
1.2. DESISTIMIENTO.
El oferente adjudicado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la publicación de la resolución de adjudicación, al momento de suscribir el contrato definitivo, deberá entregar los antecedentes solicitados para la suscripción de este.
La no presentación de estos se entenderá como desistimiento de su oferta, lo que facultará a re adjudicar al segundo mejor oferente, si hubiera, siempre y cuando, dicha oferta sea conveniente a los intereses del servicio (art. 59 del DS 661). En forma complementaria se podrá aplicar las sanciones que correspondan y se procederá a informar en plataforma de mercado público el desistimiento por parte del proveedor.
1.3. VIGENCIA Y RENOVACION DE CONTRATO
El contrato se cursará por un plazo de 8 meses, contados desde la Resolución aprobatoria del Contrato totalmente tramitada, pudiendo ser prorrogado por una sola vez hasta por (máximo el doble del plazo original), por razones fundadas y siempre que se cumplan las siguientes consideraciones:
- Exista visación de la unidad licitante, en la medida que se estime por informe fundado que acredite que la necesidad de continuar con el requerimiento se mantiene y resulta por tanto imprescindible seguir con el contrato.
- Que el adjudicatario cuente con la capacidad técnica para continuar con los servicios.
- Que se disponga del financiamiento correspondiente y que el proveedor acepte prorrogar en las condiciones que establezcan las presentes bases.
- Que se autorice la prórroga por Resolución fundada.
En caso de prórroga se deberá canjear la garantía (si la hubiere) por otra que cubra el nuevo monto y período legal.
1.4. DESCRIPCIÓN DE GARANTIAS Y MULTAS
1.4.1. GARANTÍA FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y OBLIGACIONES LABORALES. (Contrataciones superiores a las 1.000 UTM)
Entrega de la Garantía: Quien se adjudique la licitación, y junto con la suscripción del contrato, o dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación por el portal www.mercadopublico.cl, y/o emisión de la orden de compra, deberá entregar un documento, como garantía de fiel cumplimiento de contrato y obligaciones laborales, en papel o electrónica y válidamente emitida, dependiendo de la naturaleza del instrumento, documento que podrá ser Boleta bancaria o vale o deposito a la vista, póliza de seguro electrónica, certificado de fianza, u otra garantía de fácil y rápida ejecución pagadera al día, de carácter irrevocable y sin intereses, pagadera al primer requerimiento, que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva, deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de IRREVOCABLE, la cual garantice el Buen Cumplimiento de Contrato y Obligaciones Laborales, a nombre de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, RUT 72.396.000-2, por un monto equivalente al 5% del valor neto adjudicado. Déjase expresamente establecido que las obligaciones caucionadas son pagaderas al primer requerimiento o a la vista, de acuerdo ello, si el documento a entregar contiene cláusulas contractuales, deberá revisarse el tenor de éstas a fin de que se cumplan con los requerimientos antes señalados.
La Garantía de Fiel Cumplimiento y obligaciones laborales debe ser entregada en el plazo señalado, y será requisito para el pago, de no ser presentada esta garantía de fiel cumplimiento o no cubrir todo el período y monto, la factura será reclamada, no serán aceptadas facturas que no cuenten con la garantía respectiva.
La garantía debe venir en sobre cerrado y dirigido a la Directora Regional de CONADI, a la dirección García Hurtado de Mendoza 1043, Osorno e ingresar por Oficina de Partes. En caso de ser electrónica, la misiva podrá ingresar a través de la casilla electrónica partesosorno@conadi.gov.cl.
No serán aceptadas facturas que no cuenten con la garantía respectiva, las que deben ser emitidas de acuerdo con el siguiente detalle:
Tomada a nombre de:
R.U.T.:
Dirección:
Monto:
El plazo máximo para entregar esta garantía será al momento de suscribir el contrato.
El plazo de vigencia o vencimiento de la garantía será de a lo menos 60 DÍAS HÁBILES, después de recepcionado en conformidad el servicio.
En aquellos casos en que la CONADI autorice una prórroga en la ejecución del contrato, el ejecutor deberá presentar una nueva Garantía de Fiel Cumplimiento y Obligaciones Laborales con iguales características, con vencimiento 60 días hábiles después del nuevo vencimiento del contrato.
Forma y oportunidad de restitución: Luego de terminado el plazo del contrato y vencida la garantía, se procederá a la devolución dentro el plazo de 30 días corridos, sin perjuicio de lo establecido en el punto de las MULTAS.
Glosa: Por buen cumplimiento de contrato y obligaciones laborales. Licitación ID N°…
En caso de que el documento no permita la incorporación de glosa de manera electrónica, el adjudicatario deberá incorporar glosa escrita al reverso del documento o anexar Declaración jurada Simple, donde especifique tomador, n° documento, banco, monto, beneficiario y glosa. Si por alguna razón no puede consignar esta glosa, se entenderá, para todos los efectos legales, que el documento entregado es para cumplir con esta exigencia.
Dejase expresamente establecido que el Servicio no dará curso al pago de ninguna factura, si no cuenta con la garantía de fiel cumplimiento de contrato vigente.
NO SE ACEPTARÁ CHEQUE, LETRA DE CAMBIO O PAGARÉ, COMO GARANTÍA.
De haber atraso o postergación en la entrega del total, puesta en marcha o renovación, deberá reemplazar esta garantía por otra que cubra el nuevo período con vencimiento IGUAL AL PERIODO DEL CONTRATO, más 60 días hábiles, de carácter IRREVOCABLE y pagadera al día.
En el caso de cobro de la garantía, derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que imponen las presentes bases de licitación o de las señaladas en el respectivo contrato, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de 5 días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la misma, bajo sanción de término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
COBRO DE GARANTÍA POR TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO: En caso de término anticipado total de contrato, se hará efectivo el cobro de garantía de fiel cumplimiento de contrato si se haya exigido.
1.4.2. GARANTIA DE ANTICIPO
La CONADI, establecerá en las Bases Técnicas la procedencia de la entrega de anticipo y los requisitos y exigencias para su otorgamiento.
En el evento que las Bases permitan la entrega de anticipos al proveedor, la unidad operativa licitante de la CONADI deberá exigir una garantía de anticipo por el 100% de los recursos anticipados. En este caso se permitirán los mismos instrumentos establecidos al regular la garantía por buen cumplimiento de contrato y obligaciones laborales.
La garantía de anticipo es un requisito previo al otorgamiento del anticipo. En caso de que el documento no permita la incorporación de glosa de manera electrónica, el adjudicatario deberá incorporar glosa escrita al reverso del documento. La garantía debe venir en sobre cerrado y dirigido a la Directora Regional de CONADI, a la dirección García Hurtado de Mendoza 1043, Osorno e ingresar por Oficina de Partes. En caso de ser electrónica, la misiva podrá ingresar a través de la casilla electrónica partesosorno@conadi.gov.cl.
Entrega de Garantía: La garantía deberá ser entregada, juntamente con la solicitud de anticipo, expresando el o los productos contra los cuales procede el pago y de los que se solicita anticipo.
El anticipo podrá alcanzar el 50% del precio ofertado.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por parte de la Entidad, de los bienes o servicios que el proveedor haya suministrado con cargo al respectivo anticipo. No se aplicará dicho procedimiento de devolución en los casos de pólizas de seguros y/o fianzas, que, por tratarse de documentos no reembolsables de naturaleza digital, no requieren de devolución, bastando la sola suscripción y aprobación del finiquito correspondiente para entender por liberada la correspondiente garantía.
Glosa : Para garantizar el Adecuado y Correcto uso del anticipo del Contrato de la licitación pública XXX ID………….
1.4.3. MULTAS
Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en las presentes bases, la CONADI aplicará administrativamente multas, salvo que sea debido caso fortuito, fuerza mayor o contingencias externas a la consultora, los que deberán ser justificados por el contratista o proveedor ante la Corporación.
La CONADI aplicará multas en los siguientes casos:
a) Por no cumplimiento de plazo de inicio del servicio contratado o por no prestación oportuna de servicios, de acuerdo con el plazo ofertado y convenido, por cada día corrido de atraso, contado desde el incumplimiento, se cobrará una multa de 0,1 % del monto total del contrato.
b) Atraso en la entrega de informes y productos comprometidos. Por cada día de atraso contados desde que la obligación se hizo exigible, se cursará una multa de 0,1 % del monto total del contrato.
c) Paralización sin causa justificada en la ejecución del proyecto. La contraparte técnica tomará medidas necesarias (citación a reunión, correos electrónicos, cartas, entre otros), se cursará una multa de 0,1 % del monto total del contrato, por cada día que dure la paralización.
d) Por no destinar el equipo ofertado al inicio del servicio (sobre los 30 días de ejecución) CONADI podrá cursar una multa de 1 % del monto total del contrato, por cada cambio realizado. Por realizar cambios sin autorización previa a la modificación “durante la ejecución”, del servicio podrá cursar una multa de 0,1 % del monto total del contrato, por cada día que pase entre la renuncia de quien dejará el equipo y la fecha de la Resolución que autoriza el cambio por CONADI.
Si el atraso es mayor a 20 días hábiles, a contar del incumplimiento en el plazo, se podrá poner término anticipado al contrato, independiente de las multas y cobros de garantías según corresponda, de conformidad a lo establecido en las causales de incumplimiento grave.
Si el atraso es mayor a 20 días hábiles, a contar del incumplimiento en el plazo ofrecido, se podrá poner término anticipado al contrato, independiente de las multas y cobros de garantías según corresponda previa solicitud e informe fundado de la contraparte técnica del contrato. De no solicitar termino de contrato deberá emitir informe fundado con las razones del por qué no solicita término de contrato.
El cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, por incumplimiento del mismo, basado en el no de pago de las multas, se realizará indistintamente del cobro de las correspondientes multas, por lo que procederá realizar ambos cobros.
Las multas las aplicará la jefatura de la unidad operativa a requerimiento de la contraparte técnica con todos los antecedentes del caso que le haga llegar la contraparte técnica del contrato.
Con todo, el monto total de las multas a aplicar no podrá superar el 30% del precio total contratado, de superar ese monto se podrá poner término del contrato.
La contraparte técnica del contrato será responsable de requerir la aplicación de las multas a la jefatura de la unidad operática licitante, para lo cual adjuntará todos los documentos que sustenten las medidas.
Tanto en el caso de término de contrato, como en el caso de aplicación de multas por parte del Servicio, deberá dejarse constancia de ello ingresando los antecedentes correspondientes a los portales www.mercadopublico.cl y/o www.chileproveedores.cl según corresponda.
Las Multas se tratarán contablemente en el SIGFE, según el procedimiento contable de CONADI, esto es:
Será de acuerdo al instructivo emitido por la Dirección de Presupuesto (DIPRES) sobre contabilización de multas en Sigfe, denominado Mantenimiento Devengos con Multa en la Plataforma de Pago Centralizado (PPC) de noviembre 2021, válido para facturas con forma de pago a crédito emitidas a nombre y Rut de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), considerando las siguientes situaciones:
Una vez concluido el proceso de resolución que ordena la aplicación de la multa, se procederá a contabilizar en Sigfe el monto total de la multa, la que será cargada al concepto presupuestario 08.02 denominado Multas y Sanciones pecuniarias.
Posteriormente el proveedor podrá emitir el Documento Tributario Electrónico (DTE) por el monto total, según lo instruido en Resolución Exenta que aprueba informe técnico o en su defecto informe financiero.
La rebaja por multa aplicada al proveedor se realizará en forma interna y automática entre la plataforma de Sigfe (sd.sigfe.gob.cl/sigfe) y Acepta (dte.dipres.gob.cl), restando el monto del devengo presupuestario de ingreso al monto del Documento Tributario Electrónico relacionado.
La rebaja por una Multa se verá reflejada únicamente en la Orden de Pago del Documento Tributario electrónico que luego será gestionada por la Plataforma de Pago Centralizada para pago al proveedor de la Tesorería General de la República. O en su defecto a través del comprobante de pago por CONADI. Para efecto de contabilización y ejecución del presupuesto el DTE Multado se reflejará por el 100% del monto.
Se podrá pagar con la debida justificación las Multas con cheque nominativo o mediante depósito o transferencia electrónica, dentro de los 30 días siguientes de la notificación de la multa, a nombre de la corporación Nacional de Desarrollo Indígena, RUT 72.396.000-2, cuenta corriente 62909143093, Bienes y Servicios CONADI.
1.4.4. CONTRAPARTE TÉCNICA
La contraparte técnica del contrato por parte de la CONADI será el funcionario Javier Vera Martínez, quien estará a cargo de la correcta ejecución del contrato, que tendrá, entre otras, las funciones de:
a) Coordinar la 1era reunión para definir en detalle las actividades y productos requeridos.
b) Coordinar las reuniones técnicas y levantar actas en cada una de ellas, o en su defecto minuta de la reunión con lista de asistencia.
c) Dar visto bueno y recepción conforme, de los servicios contratados, mediante Informe Técnico firmado por el y su jefatura.
d) Recepcionar las facturas o documentos de pago que emita el proveedor y manifestar su conformidad o disconformidad con ella, según corresponda. Previo a la recepción conforme, deberá solicitar la aplicación de multas, cuando sea procedentes, e informar las ya aplicadas para su cobro.
e) Reunir los antecedentes de la Licitación para efectuar el correspondiente pago, de acuerdo a los productos entregados en cada Informe de Avance y a los requisitos exigidos para el pago.
f) Hacer seguimiento al proyecto, supervisar y controlar que se cumplan los plazos y los productos licitados y ofertados por el adjudicatario.
g) Demás funciones que encomienden las Bases.
Las reuniones de coordinación se establecerán de común acuerdo entre la contraparte técnica y el consultor(a) del proyecto para aprobar y sancionar el plan de trabajo. La primera reunión de trabajo se deberá realizar en la oficina de la Unidad Operativa, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de entrada en vigencia del contrato respectivo.
La Unidad Técnica determinará el número de reuniones entre el equipo ejecutor y la contraparte técnica de la CONADI. Será de responsabilidad de la Contraparte técnica elaborar acta o minuta con lista de asistencia y archivarla en Carpeta Administrativa.
En el evento que el ejecutor realice reuniones y/o capacitaciones en las Unidades Operativas, será responsabilidad de éste realizar las actas o minutas con lista de asistencia y entregar como medio de verificación a Contraparte Técnica, junto a los Informes de Avance.
Además, el ejecutor debe realizar un breve reporte quincenal del Estado de Ejecución de los trabajos, si así fuere requerido, donde estipule los avances y las principales dificultades, mediante correo electrónico o minuta ingresada a través de oficina de partes de la Unidad Operativa, de manera de tener contacto permanente con la contraparte técnica. La contraparte técnica será responsable de informar todos los incumplimientos del consultor.
Los materiales y productos que se editen de la ejecución del proyecto deben señalar en forma explícita y manifiesta que son de propiedad de la CONADI, de conformidad a la legislación que regula la materia en nuestro ordenamiento jurídico, sus conclusiones y toda información recopilada por el consultor(a) así como los insumos que generó, no podrán difundirse salvo previa autorización de la CONADI.
1.4.5. EVALUACIÓN A APLICAR AL CONTRATO
Se efectuará una evaluación del servicio ejecutado, posterior al haberse realizado el cierre administrativo. Será realizada por la contraparte técnica del contrato y deberá estar contenida en un informe elaborado por el encargado del programa, que sirve de fundamento para la Resolución Exenta que aprueba la evaluación, debiendo ser subida al portal de mercado público.
IDENTIFICACIÓN DE QUIEN EVALÚA:
PERIODO DE LA EVALUACIÓN:
FECHA DE LA EVALUACIÓN:
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Factor
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Nota
(de 1 a 5)
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Ponderación (%)
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Puntos
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Eficacia del Servicio.
¿Con que nota evaluaría la eficacia de los bienes y/o servicios entregados?
Eficacia nula: nota 1
Baja eficacia: nota 2
Eficacia media: nota 3
Mayormente eficaz: nota 4
Totalmente eficaz: nota 5
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60%
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Cumplimiento de oportunidad de entrega:
¿Con que nota evaluarías el cumplimiento de los plazos y/o horarios comprometidos del contrato?
Eficacia nula: nota1
Nulo: nota 2
Bajo: nota 3
Alto: nota 4
Total: nota 5
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40%
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NOTA FINAL
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OBSERVACIONES
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EFICACIA DEL SERVICIO
Nota 5: Bien o Servicio entregado o prestado cumple totalmente los objetivos de la contratación. El desempeño del proveedor no presentó deficiencias.
Nota 4: Bien o Servicio entregado o prestado cumple en general con los objetivos de la contratación. Se cumplen los objetivos relevantes, existiendo deficiencias menores.
Nota 3: Bien o Servicio entregado o prestado cumple parcialmente con los objetivos de la contratación. El proveedor no cumplió algunos objetivos de importancia.
Nota 2: Bien o Servicio entregado o prestado cumple marginalmente con los objetivos de la contratación. En general el proveedor no cumplió los objetivos de la contratación.
Nota 1: Bien o Servicio no cumple propósito institucional. En términos de valor provisto, es equivalente a servicio no prestado.
CUMPLIMIENTO DE OPORTUNIDAD DE ENTREGA:
Nota 5: El Bien o servicio fue íntegramente entregado o prestado en las etapas requeridas. Se cumplieron totalmente los plazos comprometidos.
Nota 4: Bien o Servicio entregado o prestado en su mayor parte con cumplimiento en la oportunidad/puntualidad de entrega.
Nota 3: Bien o Servicio entregado o prestado con cumplimiento medio en la oportunidad/puntualidad de entrega.
Nota 2: Bien o Servicio entregado o prestado con bajo nivel de cumplimiento en oportunidad/puntualidad de la entrega.
Nota 1: Bien o Servicio entregado o prestado sin cumplir lo requerido en cuanto a oportunidad /puntualidad de la entrega.
Finalizada la ejecución de la licitación, se procederá a establecer un promedio de las evaluaciones, la cual será ingresada al Portal Mercado Público, como nota de evaluación del consultor.
El servicio se considerará adecuado, si el puntaje promedio es de 3,5 como mínimo. Cada evaluación será notificada al proveedor, por escrito o vía e-mail, en el plazo adecuado. Este podrá presentar a la autoridad del Servicio su disconformidad a dicha evaluación, aportando los antecedentes o argumentos que estime dentro del plazo de cinco días desde la notificación.
1.4.6. RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL ADJUDICATARIO.
El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que cause al Servicio o a terceras personas, con motivo de la ejecución de los trabajos por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado “el Servicio” o por violación a las leyes o reglamentos aplicables.
la Corporación Nacional de Desarrollo velará por el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales entre el consultor y las personas que integran el equipo profesional y administrativo contratados para la ejecución del servicio. En virtud de lo establecido en art. 183-B Código del trabajo y Directiva N° 16 Chile Compra.
El Adjudicatario se compromete a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes y demás normas laborales y previsionales que afecten a los trabajadores que contrate, especialmente a las normas del Código del Trabajo, ley Nº 16.744 y otras análogas o similares.
En consecuencia, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del Contrato que suscribirá en su oportunidad con este Servicio.
El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus trabajadores, causen a terceros, de acuerdo a lo dispuesto en las disposiciones pertinentes del Código Civil.
1.4.7. RECHAZO
La CONADI, por iniciativa propia, se reserva el derecho de rechazar los productos entregados, por defectos de calidad o por no corresponder a las especificaciones técnicas. En este caso, éstos se consideran como no entregados para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo. Por lo tanto, el Servicio, aplicará las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases y ejercerá los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra oportuna y total de los daños que se causaren.
1.4.8. CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Servicio dentro del plazo de 48 horas, de su celebración. Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la ley N° 19.983.
No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existen obligaciones o multas pendientes. Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurará causal de incumplimiento grave para los efectos del término del contrato.
1.4.9. SUBCONTRATACIÓN
Para la presente licitación no se podrá subcontratar.
1.4.10. DERECHOS DE PATENTE Y PROPIEDAD INTELECTUAL LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD AL SERVICIO
La información, documentos e informes que se generen como resultado de los servicios y/o productos objeto del contrato, serán de exclusiva propiedad de la CONADI, no pudiendo hacer uso de ellos el adjudicatario y/o los encargados del proyecto, consultores, profesionales o personal ligado al mismo sin autorización previa por escrito del Representante Autorizado de la CONADI. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la CONADI en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones a la propiedad intelectual, derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de los productos adquiridos como resultado de esta licitación.
1.4.11. DEL PAGO
Los pagos a los proveedores por los bienes y servicios adquiridos se harán en el número de cuotas que definan las bases técnicas, contra la entrega de productos, medios de verificación, informes de avance, entrega y aceptación conforme de la respectiva factura, una vez aprobado el informe parcial o la etapa que corresponda del bien o servicio adquirido, por el Jefe de Servicio, mediante Resolución Exenta, los pagos se realizarán de acuerdo al avance real de los trabajos encomendados. Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente se certifique, a través de la contraparte técnica, la recepción conforme de los bienes o servicios adquiridos por aquélla.
Para el pago de cada cuota, se requerirá que previamente la contraparte técnica de la CONADI emita el Informe Técnico, apruebe el Informe de Avance y el cumplimiento de todos los requisitos legales para proceder al pago, y una vez aprobado respectivo informe mediante resolución, el ejecutor deberá emitir la respectiva factura la que deberá ser aceptada por la contraparte técnica de la CONADI cuando corresponda, y el pago se concretará en un plazo máximo de 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
En caso de caso fortuito o fuerza mayor, o contingencias externas a ejecutor, que le impida r entregar algún informe de avance en la fecha estimada en el contrato, y en pos de la entrega de productos de la calidad solicitada, se podrá de mutuo acuerdo, entre la CONADI y el EJECUTOR, y previo Informe de la contraparte técnica que fundamente la situación, modificar las fechas de entrega de los productos asociados a los Informes de Avance, sin modificar el monto de la presente licitación y dentro del plazo originalmente estipulado para la ejecución de la licitación. Se puede solicitar prórroga en la entrega de los productos de avance por única vez, para lo cual se deberá presentar una propuesta con las modificaciones solicitadas y sin que ello signifique aumentar el plazo del contrato.
Esta propuesta se realizará mediante una carta dirigida al Jefe de Servicio, previo al vencimiento de la fecha de entrega, adjuntando las modificaciones propuestas y justificadas (mediante correos electrónicos u otros medios de verificación). Luego de lo cual, se procederá a realizar una modificación de contrato, el cual una vez firmado, se aprobará mediante el acto administrativo correspondiente. Cabe destacar que la no entrega de los productos e informes de avance en las nuevas fechas pactadas, constituirá incumplimiento grave de contrato.
En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
23.2.13. DE LA FACTURACIÓN Y PAGO:
Junto al Informe Técnico presentado por el proveedor debe contener además del avance de los productos comprometidos, los siguientes documentos:
- Cumplimiento de Obligaciones Laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo en que conste que ha cumplido con todas las exigencias legales laborales y previsionales con el personal que ha prestado servicios en el mes anterior al que está facturando)
- Listado con todos los trabajadores que trabajaron en el mes respectivo (conforme a formato)
- Los prestadores de servicios a honorarios deberán adjuntar Boletas de Honorarios
- Declaración Jurada simple del miembro del equipo que señale haber recibido el pago de sus honorarios
- El formulario N°29 de Servicio Impuestos Internos según corresponda
- Liquidación de sueldo si corresponde.
El pago lo hará la Tesorería General de la República mediante transferencia electrónica, previa recepción conforme por parte de la contraparte técnica. Cada factura o documento tributario se pagará dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de emisión.
Para proceder al pago, el proveedor, posterior a la aprobación o recepción conforme de los productos o servicios por parte de la contraparte técnica del contrato de la CONADI, deberá emitir y entregar la factura electrónica o documento tributario de acuerdo a lo adjudicado y a las órdenes de compra emitidas, en la forma establecida por el Servicio de Impuestos Internos, haciendo referencia en el campo respectivo, el número de la Orden de Compra de Mercado Público.
La factura debe ser emitidas a:
Razón Social: Corporación Nacional de Desarrollo Indígena
Rut: 72.396.000-2
Giro Comercial: Servicio Público
Dirección: Vicuña Mackenna 399, Temuco región de la Araucanía.
Las facturas deben emitirse al crédito a 30 días plazo.
La no presentación de los documentos señalados autoriza al Servicio para retener de los estados de pagos las cantidades adeudadas o el valor que estime necesario para cubrir dichas deudas, o hacer efectiva la garantía.
El proveedor debe informar los datos necesarios para realizar la transferencia bancaria a la contraparte técnica del contrato y a su jefatura a través de correo electrónico, estos deben corresponder a la persona a quien se emitió la Orden de Compra.
Déjese expresamente establecido que el Servicio no dará curso al pago de ninguna factura o documento tributario, si hubiere multa pendiente de pago y/o no existe recepción conforme.
Nuestro Servicio opera bajo dos importantes modalidades de trabajo, en el marco de la modernización del Estado, las cuales tienen como objetivo, cumplir con la aceptación formal de la Factura dentro del plazo legal de ocho días y el pago oportuno.
Estas modalidades corresponden básicamente al devengo automático y pago centralizado a través de Tesorería General de la República, TGR, en este contexto, en la relación contractual se debe considerar lo siguiente:
1.- Esta modalidad implica la aceptación formal de la Factura dentro del plazo legal de ocho días, motivo por el cual y considerando los tiempos de traslado, recepción e ingreso de mercadería apuntan hacia la utilización en forma preferente de despacho de los bienes con Guía de Despacho, para posteriormente efectuar la emisión de la factura solamente una vez realizada la recepción conforme de los Bienes (incluido la instalación, capacitación y puesta en marcha, según corresponda).
2.- En el caso de contratos de servicios, y con la finalidad de que no sea rechazada la Factura por no contar con la recepción conforme dentro de los 8 días, será imprescindible que se haga llegar en una primera instancia, el estado de pago, a la contraparte técnica del contrato, que debe indicar el periodo al cual corresponde el cobro del servicio, el detalle del servicio prestado y el monto por el cual será facturado. Una vez que el estado de pago sea validado sin observaciones se le solicitará al proveedor la emisión de la Factura.
3.- Esta instrucción trae consigo, el uso de un sistema establecido por la Dirección de presupuesto (DIPRES), que recepcionará las facturas emitidas a nuestro Servicio, para hacer más expedita la tramitación de las mismas. Dicho sistema considera las siguientes validaciones que se realizarán de forma automática, sobre las cuales deberá tener especial atención de cumplir, ya que darse alguno de los casos señalados, las facturas serán reclamadas.
Las facturas serán rechazadas automáticamente si:
- No se indica correctamente la Orden de Compra, OC, de acuerdo al formato de Mercado Público y en el campo habilitado en el sistema de facturación electrónica del Servicio de Impuestos Internos.
- Traer OC errónea o no es aceptada por el proveedor en Mercado Público.
- conadirecepcion@custodium.com dentro de 72 horas en la forma establecida por el Servicio de Impuestos Internos.
- Por facturar un valor mayor al disponible en la Orden de Compra.
La revisión de los pagos podrá ser consultada por el proveedor en la página de Tesorería General de la República; www.tgr.cl en modulo CONSULTA PAGO PROVEEDORES DEL ESTADO.
Recibido el documento tributario en ACEPTA, (administrador)/adquisiciones/funcionario responsable lo envía, mediante correo electrónico, al Departamento de Administración y Finanzas de la Dirección Nacional de CONADI, quien debe (gestionar) manifestar su conformidad/o rechazo con los productos/servicios recibidos, en el plazo máximo de 6 días de emitido el documento tributario.
De conformidad al manual de gestión de abastecimiento de la CONADI, el responsable de la recepción del bien o servicio debe expresar su:
- Conformidad mediante su firma en el mismo documento tributario, mediante certificado de recepción conforme, o bien junto a un memo conductor o por correo electrónico.
- Disconformidad mediante memo o correo electrónico, indicando si rechazo corresponde a reclamo por contenido documento, reclamo por falta parcial productos/servicios, reclamo por falta total productos/servicios, otras que a futuro defina plataforma ACEPTA, puede indicar mayores detalles si es pertinente. Informa situación mediante correo electrónico al Proveedor.
En caso de Disconformidad y acorde a información recibida, adquisiciones/administrador SGDT, rechaza documento tributario en SGDTE/SII.
En caso de conformidad, recibido el documento pertinente, la unidad de adquisiciones/funcionario responsable ejecutar recursos, gestiona Recepción Conforme orden de compra en portal del Mercado Público.
23.4.14. PLAZO DE ENTREGA DE PRODUCTOS
Los trabajos deberán realizarse y/o los productos entregados en el plazo ofertado por el adjudicatario y establecido en el contrato y/o bases, en caso de existir solo orden de compra, el que será de días corridos, y se contarán a partir de la fecha en que sea notificada la resolución que apruebe el respectivo contrato, o en que se emita y acepte la orden de compra. En este tiempo el ejecutor deberá hacer entrega de todos los productos, bienes y/o servicios que se indican en la presente licitación, según Bases Técnicas.
23.4.15. AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN Y MULTAS POR ATRASO
El plazo para la ejecución del contrato se podrá ampliar a solicitud del ejecutor formulada antes del vencimiento del mismo, siempre que existan razones fundadas para ello, lo que será calificado por la contraparte técnica y aprobado por resolución del Jefe de Servicio.
La garantía de fiel cumplimiento que se encontrare vigente al momento de realizar el aumento del plazo deberá renovarse, de manera que el vencimiento de la respectiva garantía se adecúe al nuevo plazo de término del contrato.
La solicitud de aumento de plazo deberá ser requerida antes del vencimiento del plazo pactado, indicando las razones por las cuales se justifica la ampliación por el tiempo solicitado, conjuntamente con la entrega de las garantías ampliadas y que se adecuen a la vigencia del nuevo plazo de término de ejecución del servicio licitado. El plazo fijado para la entrega de los informes de avance y/o final será fatal.
23.4.16. CAUSALES DE INCUMPLIMIENTO GRAVE
Se entenderán como causales de incumplimiento grave de las obligaciones del ejecutor o consultor:
a) Por no cumplimiento de plazo de inicio del servicio contratado o por no prestación oportuna de servicios, de acuerdo con el plazo ofertado y convenido, habiéndose cursado la multa establecida en el numeral 17.5 letra a) de las presentes bases.
b) Si el ejecutor retrasa la entrega de informes y productos comprometidos por sobre 20 días hábiles.
c) Si el ejecutor no mejora la calidad del trabajo encomendado, y habiéndose observados por más de tres veces, sin que se subsanen las observaciones y/o reparos. Se entenderá por calidad mínima, la relación del contenido de las actividades, los informes y productos con lo establecido en la Oferta Técnica
d) Paralización sin causa justificada en la ejecución del proyecto y no reanudándose el servicio, por sobre 20 días hábiles.
e) Si el Consultor (a) no destina el número de personas profesionales y de apoyo indicado en la Oferta Técnica para que trabajen durante la ejecución del mismo o los recursos suficientes para el normal desarrollo de éste.
f) Si el monto total de las multas a aplicar, supera el 30% del precio total contratado.
Sin perjuicio de dar término anticipado al contrato, el servicio procederá aplicar las multas y cobros de garantías según corresponda.
En todo caso, si el adjudicatario comprueba que los atrasos o las deficiencias obedecen a caso fortuito, fuerza mayor o contingencias externas a la consultora, no imputable a su desempeño, el Jefe de la Unidad Operativa, podrá dejar sin efecto la sanción, previo informe técnico que lo acredite.
El incumplimiento será calificado por el Jefe de Servicio, según corresponda, previo Informe de la Unidad de Técnica, a sugerencia de la contraparte técnica del contrato.
23.4.17. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS.
Cualquier diferencia en la interpretación de estas Bases Administrativas será resuelta por el Servicio a través de Fiscalía o las Unidades Jurídicas de la unidad operativa respectiva, según corresponda, sin perjuicio de la facultad que pueda corresponder a la Contraloría General de la República.
23.4.18. MODIFICACION, TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO Y/O COBRO GARANTIAS
TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO Y/O COBRO GARANTIAS:
Se deja expresa constancia que cada contrato que se genere de esta licitación tiene el carácter de administrativo, y que por lo mismo podrá modificarse o terminarse anticipadamente por resolución fundada de la CONADI, como lo establece el art. 13 de la ley N° 19.886 por las siguientes causales, sin perjuicio de los casos señalados en las Bases técnicas:
a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) Que el Proveedor fuere declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia, lo que procederá en el evento que no se mejoren las caucionen entregadas o las existentes sean insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registra saldos insolutos de remuneraciones o de honorarios, de las cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores.
f) Disolución de la persona jurídica.
g) Muerte del ejecutor.
h) Por el acontecimiento de un hecho fortuito o fuerza mayor, lo que será calificado por la CONADI.
La resolución de terminación o de modificación se deberá cumplir con lo establecido en el artículo Nº 129 y 130 del DS 661 del Ministerio de Hacienda, esto es, deberá ser fundada y publicarse oportunamente en el Sistema de Información a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, dándosele traslado de 5 días hábiles al proveedor a fin de que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento.
Si la causa por la cual se da por terminado unilateralmente el contrato, y siendo este imputable al contratista, el Servicio hará efectiva la garantía del cumplimiento de contrato, como sanción y procederá a calificarlo con la nota mínima en el sistema que, para el efecto, tiene www.mercadopublico.cl
En contra de la Resolución que aplique dicha sanción de término anticipado, procederán los recursos contemplados en la ley N°19.880.- que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Tanto para el caso de multas ejecutoriadas como para el caso de término anticipado de contrato, el departamento o unidad de administración de la unidad operativa licitante informará al sistema chileproveedores.cl, como a mercadopúblico.cl estos hechos para los efectos del comportamiento contractual de proveedores.
En caso de terminar anticipadamente el contrato, la CONADI se reserva el derecho de aplicar contratación o trato directo o llamar a una nueva licitación pública para proveer el servicio o lo que según la normativa pertinente se disponga.
MODIFICACIÓN:
La CONADI, por razones justificadas podrá, con acuerdo del Ejecutor y a solicitud de éste o previo requerimiento de la unidad requirente, modificar alguno de los productos establecidos en las bases, previo informe favorable de la Unidad contraparte, siempre y cuando exista una equivalencia económica entre los productos a modificar.
Dicha decisión es facultativa de la CONADI y debe ser fundada en criterios técnicos.
23.4.19. DEL TÉRMINO DE LA EJECUCIÓN Y CIERRE DEL PROYECTO
En la etapa de Término de la Ejecución, el Contratista o prestador debe entregar el Informe Final y una vez aprobado éste, el ejecutor debe emitir y entregar la respectiva factura. La Contraparte Técnica de la CONADI efectuará la revisión y estudio del Informe Final y de sus antecedentes dentro del plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde la entrega de los informes, para luego pronunciarse sobre la conformidad o disconformidad de dichos informes finales. En caso de que se declare la disconformidad de los informes finales y su documentación, se pondrán las observaciones en conocimiento del ejecutor o Contratista, a fin de que subsane las observaciones y dé las respuestas requeridas. Una vez entregados los referidos Informes Finales observados por parte del Consultor (a), la CONADI revisará la documentación y se pronunciará dentro del plazo indicado precedentemente, respecto de su conformidad o disconformidad.
23.4.20. PROHIBICION DE USO DE RECURSOS EN ACTIVIDADES POLÍTICAS.
Se establece expresamente la prohibición de uso de recursos públicos de esta licitación para realizar o financiar actividades de carácter político, tales como, propaganda política en cualquier forma de difusión, promover o intervenir en campañas o ejecutar reuniones, o cualesquiera otras actuaciones con tal finalidad.
Ninguna persona o entidad financiada directa o indirectamente con recursos de CONADI, podrá realizar actos tendientes o cuyo fin sea el intervencionismo político en el contexto sociopolítico que se vive en el país.