Licitación ID: 1261-5-LE26
Estudio Diagnóstico Atención Pública Veterinaria
Responsable de esta licitación: GOBIERNO REGIONAL REGION METROPOLITANA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 13
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Productos o servicios
1
Análisis de mercado 1 Unidad
Cod: 80141501
ESTUDIO DE DIAGNOSTICO PARA LA ATENCIÓN PÚBLICA VETERINARIA EN LA RM. Ver archivo adjunto RESOLUCION_EXENTA_N°287_Aprueba Bases.pdf  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Estudio Diagnóstico Atención Pública Veterinaria
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Levantar un estudio para el desarrollo de un diagnóstico que permita caracterizar el mercado de las atenciones veterinarias públicas en sus distintos niveles primario, secundario y terciario técnico, jurídico y financiero, con el fin de generar los insumos necesarios para la formulación de un modelo de negocio regional que sustente la creación de un hospital veterinario público
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
PROGRAMAS REGIONALES - PROGRAMA 02
R.U.T.:
61.923.200-3
Dirección:
Bandera N° 46
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-03-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 20-02-2026 10:36:29
Fecha inicio de preguntas: 23-02-2026 15:00:00
Fecha final de preguntas: 26-02-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-03-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-03-2026 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-03-2026 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 08-05-2026 15:02:01
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Persona Jurídica a) Copia del RUT de la empresa o equivalente si fuere extranjero. b) Anexo Nº1: “Formulario de Identificación del Oferente” c) Anexo N°2: “Declaración Jurada Aceptación de Bases” d) Anexo Nº3 “Declaración de no encontrarse inhabilitado y/o con prohibición de suscribir contratos con el Estado”. En el caso de los Consorcios deberán presentar la declaración jurada de cada uno de sus integrantes, naturales y/o jurídicos. e) Anexo N°4: “Unión Temporal de Proveedores”, se deberá adjuntar copia del acuerdo, ya sea por escritura pública, o privada. f) Anexo N°5: “Sustentabilidad e inclusión” g) Anexo N°6: “Declaración Jurada Programa de Integridad y Comportamiento Respetuoso con la ciudadanía y con los Funcionarios y Funcionarias, Contratados y Dependientes del Gobierno Regional”. h) Copia de cédula de identidad vigente del representante legal o de quien tenga poder suficiente para presentar la oferta, y que suscribirá todos los antecedentes de la presente licitación. En el caso de las personas jurídicas extranjeras, deberá acompañar fotocopia de documento equivalente. i) (1) Certificado de Vigencia de la Persona Jurídica, extendido por el funcionario competente que según sea el caso, se encuentre a cargo del registro de comercio correspondiente o Certificado de vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659, emitidos con una antelación no superior a sesenta días contados desde la fecha de recepción de la propuesta, (2) copia de la escritura en la que consta su constitución legal, y sus modificaciones posteriores si las hubiere. Las personas jurídicas extranjeras, deberán presentar certificados que acrediten la vigencia de la persona jurídica y de los poderes de los representantes legales, con una antelación no superior a sesenta días contados desde la fecha de recepción de la propuesta y conforme a lo dispuesto en los artículos 345 y 345 bis del Código de Procedimiento Civil. j) Certificado de Poder vigente del representante legal, emitido por el funcionario competente o Certificado de vigencia emitido de conformidad con el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la Ley N°20.659 dentro de los sesenta días anteriores al acto de apertura. En caso de extranjero debe estarse a lo indicado en la letra precedente. k) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con no más de 45 días de antigüedad a la fecha de apertura de la propuesta (solo si es chileno y/o tiene trabajadores en Chile).
2.- Unión Temporal de Proveedores: a) Todos los integrantes deben encontrarse hábiles en ChileProveedores. b) Fotocopia de la cédula de identidad o RUT de las empresas, de todos los integrantes. c) El documento público o privado en el que conste el acuerdo con las menciones establecidas en el artículo 180 del decreto supremo N° 661/2024 del Ministerio de Hacienda. d) Los mismos anexos para cualquier oferente agregando al final del nombre del oferente “(UTP)”, además de los formularios especiales para UTP. e) Al momento de contratar, además, deberá entregar todos aquellos documentos estipulados en las Bases Generales. En caso de que el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago advierta prácticas atentatorias a la libre competencia, denunciará tal circunstancia a la Fiscalía Nacional Económica.
Documentos Técnicos
1.- a) Anexo Nº8 “Equipo Técnico Mínimo”. El oferente deberá presentar en su oferta un grupo mínimo de personas organizadas para prestar el servicio de consultoría que se adquiere mediante la presente licitación, el que queda conformado según lo indicado en las Bases Técnicas de esta licitación. Será requisito de la postulación nominar a cada uno de los profesionales del equipo mínimo.
 
2.- b) Anexo Nº9 “Formato Curriculum Vitae”. Este formulario debe ser emitido para cada uno de los profesionales del equipo ofertado, que cuenten con la experiencia indicada en las bases técnicas, copia simple del certificado de título y antecedentes acreditadores de experiencia
 
3.- c) Anexo N°10 “Carta Compromiso del Equipo Técnico Mínimo”. El oferente deberá presentar por cada profesional propuesto con la firma correspondiente del integrante.
 
4.- d) Anexo Nº11 “Experiencia del Oferente”. La experiencia del oferente deberá acreditarse para cada contrato señalado en el formulario anterior mediante el (o los) certificado(s) emitido(s) por el mandante o titular o empleador de la(s) iniciativa(s).
 
5.- e) Anexo N°12 “Cronograma”. Debe expresar los plazos de ejecución de cada etapa desde el inicio hasta la entrega del producto esperable en días corridos.
 
6.- f) Propuesta Plan de Trabajo y Carta Gantt (formato libre). Documento que contenga la metodología a utilizar teniendo como directriz lo estipulado en las Bases Técnicas.
 
Documentos Económicos
1.- a) Anexo N°7 “Oferta Económica a Suma Alzada “(ESENCIAL).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes Se evaluará la experiencia del oferente en la ejecución de estudios técnicos o económicos afines al objeto de la presente licitación, realizados durante los últimos 10 años, conforme a la información declarada en el Anexo N°11. Se definirá la experiencia aceptada, considerando válidos únicamente los proyectos que cumplan con las siguientes condiciones: • Hayan sido contratados por organismos públicos o privados con personalidad jurídica distinta del oferente. • Correspondan a estudios, diagnósticos o evaluaciones técnicas, económicas o de gestión en ámbitos de salud, infraestructura pública, bienestar animal o medicina veterinaria. • Se encuentren finalizados al momento de la oferta. • Estén respaldados mediante contrato, orden de compra los que deberán estar acompañados de sus respectivos certificados de recepción conforme del mandante. La capacidad de trabajo intersectorial se acreditará mediante la presentación de antecedentes que demuestren participación en proyectos con más de una contraparte institucional (por ejemplo, convenios colaborativos, cartas de apoyo, referencias formales de distintos sectores o actas de participación). Se deberá acreditar por cada proyecto, donde el oferente deberá presentar en los Documentos Técnicos: • Copia del contrato, orden de compra o convenio. • Certificado de recepción conforme emitido por el mandante. • Contacto verificable (nombre, cargo, teléfono o correo electrónico). • Breve descripción del estudio, objetivo y sector involucrado. CRITERIO DESCRIPCION Puntaje EXPERIENCIA DEL OFERENTE Experiencia baja: 0 proyectos o proyectos no correctamente acreditados 0 Experiencia baja: de 1 a 5 proyectos correctamente acreditados 25 Experiencia media: 6 a 10 proyectos 50 Experiencia sobresaliente: al menos 5 proyectos y uno de ellos con evidencia de trabajo intersectorial (más de una entidad o área) 100 En caso de que se presenten más de diez proyectos, solo se considerarán los primeros diez (10) declarados en el Anexo N°11. El puntaje máximo a obtener será de 100 puntos, aun cuando el oferente presente más de 10 proyectos. EO= Puntaje obtenido ×0,25 25%
2 Propuesta Plan de Trabajo (PT) Se considerará el cumplimiento del mínimo exigido y se otorgará puntaje únicamente cuando la propuesta incorpore elementos que excedan lo establecido en las Bases Técnicas. Estos elementos adicionales deberán ser técnicamente viables, coherentes con el objetivo del estudio, debidamente integrados al Plan de Trabajo...Ver archivo adjunto. 20%
3 Precio El oferente deberá completar el Anexo N°7. En la evaluación de las ofertas se aplicará el “Análisis del mínimo costo”, donde se considerará la relación entre cada oferta y la de menor costo, ambas en pesos chilenos. De este modo, el puntaje total del criterio Oferta Económica, se calculará de acuerdo a la siguiente formula: OE = [ (OM / OE) x 0.2 Dónde: OM = Oferta Mínima (postulante) OE = Oferta Evaluada 20%
4 Cumplimiento de los requisitos Será determinado según si la Comisión Evaluadora requiere solicitar antecedentes adicionales o aclaraciones o complementar los antecedentes, vía “Foro inverso” del Portal, de acuerdo al siguiente cuadro: CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PUNTAJE No se solicitan antecedentes no esenciales o aclaraciones por foro inverso 100 Se solicitan antecedentes no esenciales o aclaraciones por foro inverso y oferente lo acompaña o aclara dentro de plazo. 50 Se le solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso o aclaraciones y oferente no los acompaña o aclara dentro de plazo. 0 CUALQUIER ANTECEDENTE ESENCIAL QUE NO SE PRESENTE AL MOMENTO DE LA APERTURA DE PROPUESTAS SERA CAUSAL DE RECHAZO DE LA OFERTA EN DICHO ACTO De este modo, el puntaje total del criterio Cumplimiento de Requisitos Formales, se calculará de acuerdo a la siguiente formula: CR = Puntaje oferta evaluada x 0.05 5%
5 Sustentabilidad en inclusión Se evaluará la incorporación de prácticas de sustentabilidad e inclusión por parte del oferente, de acuerdo con lo indicado en el Anexo N°5 “SUSTENTABILIDAD E INCLUSIÓN”.Ver archivo adjunto 3%
6 Pacto Integridad La información se evaluará según lo que se indica en el Anexo N°6 DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD, el que se debe adjuntar al momento de efectuar la oferta... Ver archivo adjunto 2%
7 Experiencia del Equipo (EE) 2 subcriterios: a) Experiencia profesional, como años desde la obtención del título, y b) Experiencia laboral como el número de proyectos o estudios acreditados y pertinentes al cargo ofertado. Los antecedentes serán verificados mediante la información contenida en los Anexos N°8, N°9 y N°10, Ver archivo adjunto 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: BIP 40074955-0
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Rosa Garay
e-mail de responsable de pago: rgaray@gobiernosantiago.cl
Nombre de responsable de contrato: Paola Fuenzalida Mattei
e-mail de responsable de contrato: pfuenzalida@gobiernosantiago.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-22509-296
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
14 DE LA READJUDICACIÓN. 14.1 El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago podrá readjudicar el contrato al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en caso de que el oferente adjudicado no continúe el proceso de contratación. En caso de que se hayan presentado menos de cinco ofertas, el proceso podrá repetirse hasta el proponente que haya obtenido el tercer lugar en la tabla de evaluación respectiva. En caso de que se hayan presentado cinco o más ofertas el proceso podrá repetirse hasta el proponente que haya obtenido el cuarto lugar en la tabla de evaluación. Si aplicado lo antedicho, no puede darse lugar a la readjudicación, entonces la licitación será declarada desierta, por entenderse que las ofertas restantes no cumplen con lo dispuesto en las presentes bases, de acuerdo a los intereses de la Institución. 14.2 La readjudicación no operará automáticamente, sino previa consulta al Proponente de la segunda, tercera o cuarta oferta, dependiendo el caso. En caso de aceptar, deberá manifestar su voluntad por el medio que se le indicará, debiendo prorrogar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta y de su oferta. 14.3 El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago velará porque las ofertas de los participantes, que quieran mantener la mera expectativa de ser contratados, permanezcan vigentes, de manera tal que sea posible readjudicar la licitación a una o más ofertas efectivas.
Resolución de Empates

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA DEL EQUIPO (EE)”.

Si aplicando la fórmula anterior, aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia del Oferente (EO)”.

Si el empate entre oferentes se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica (OE)".

Si aun así persiste el empate, se adjudicará a aquel proveedor que ingresó primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

6          ACLARACIONES, CONSULTAS Y RESPUESTAS A LAS BASES.

6.1   Las comunicaciones entre la entidad licitante y los Oferentes deben realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl. Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.


6.2   Los interesados en participar en la licitación podrán formular consultas y/o preguntas dentro de los plazos señalados en el cronograma de la licitación, las que deberán formularse a través del Sistema de Información.

6.3   El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información, dentro del plazo señalado en el cronograma de la licitación. Lo mismo acontecerá con las aclaraciones de oficio. De las respuestas y aclaraciones se pronunciará siempre la autoridad que corresponda, a través del acto administrativo, en la etapa del proceso licitatorio que estime pertinente.

6.4   Las aclaraciones que se efectúen no podrán en caso alguno modificar los aspectos sustanciales de la licitación, y en caso de que así ocurra, se deberá previamente proceder conforme al punto 7 siguiente de estas Bases.

7. MODIFICACIONES A LAS BASES.
7 MODIFICACIONES A LAS BASES. 7.1 Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos sin modificar el tipo, la naturaleza y objeto de la licitación, ya sea de oficio o en atención a una consulta formulada por alguno de los oferentes durante el proceso pertinente, hasta 5 (cinco) días hábiles antes del vencimiento del plazo para presentar las ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del Sistema de Información. 7.2 Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 7.3 Es obligación del Oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada, entendiendo que rige la presunción del artículo 9° del Reglamento, que dispone “Todas las notificaciones, salvo las que dicen relación con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley de Compras, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y en virtud del presente Reglamento, incluso respecto de la resolución de Adjudicación, se entenderán realizadas, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Entidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación”.
Pacto de integridad
9 PACTO DE INTEGRIDAD, PRACTICAS REÑIDAS CON LA PROBIDAD Y CONDUCTAS  DE LAVADO Y BLANQUEO DE ACTIVOS.


9.1 El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.
9.2 En concordancia con el artículo 17 del Decreto N°661, de 03 de junio de 2024, “los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Esta acreditación será considerada en un criterio de evaluación en las Bases de licitación”.


9.3 Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:


9.3.1 El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.


9.3.2 El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.


9.3.3 El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.


9.3.4 El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio. 
9.3.5 El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.


9.3.6 El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en el pliego de condiciones, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.


9.3.7 El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna, en términos técnicos y económicos ajustados al mercado, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones ofertadas.


9.3.8 El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


9.3.9 El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través de lo establecido en el Sistema de Información. Se incluyen, participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso.


9.3.10 Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, lo que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora, siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.


9.4 En el evento que se comprobare que el adjudicatario o diversos oferentes han incurrido en “prácticas corruptas”, “prácticas fraudulentas” o “prácticas colusorias” sea con respecto al proceso de selección o con respecto a la adjudicación, el mandante rechazará de plano la propuesta o la adjudicación o pondrá término al contrato anticipadamente. Para estos efectos, se entenderá por “práctica corrupta” todo ofrecimiento, suministro o aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario en el proceso de selección o en la ejecución del contrato. Se entiende por “práctica fraudulenta” toda tergiversación o maquinación con el fin de influir en la adjudicación o en la ejecución de un contrato en perjuicio de los demás oferentes o del mandante, y por “práctica colusoria”; sea con anterioridad o con posterioridad a la presentación de las ofertas, los acuerdos entre proveedores con el propósito de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos que priven al mandante de las ventajas de la competencia libre y abierta. 
9.5 El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, en su calidad de Órgano de la Administración del Estado, y en virtud de dispuesto en la Ley N° 19.913 que “Crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos”, está obligado a informar sobre operaciones sospechosas, que puedan estar dentro de la conducta tipificada como “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios” que advierta en el ejercicio de sus funciones.


En consecuencia, los participantes de esta licitación, deberán tener en cuenta que cualquier hecho que revista de características de conducta de “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios”, en el tenor de lo dispuesto en la Ley N° 19.913, y de la forma en que lo determine la UAF, será informado, de acuerdo a la norma, a dicho Servicio Público.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
11 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES.


11.1 Si el oferente no adjunta una o más certificaciones o antecedentes que forman parte de los documentos no esenciales requeridos por el pliego de condiciones, la comisión evaluadora podrá solicitarla por foro inverso, a través del sistema de información, su incorporación, dándole un plazo breve y fatal para ese propósito.


11.2 Se aceptarán dichas certificaciones o antecedentes adjuntados en la respuesta del foro, siempre que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación antes del cierre de recepción de las ofertas.


11.3 Solo se aceptarán a evaluación aquellos documentos entregados dentro del plazo, y que cumplan con lo señalado en el numeral anterior. Adjuntándose o no los antecedentes solicitados, entonces se procederá a evaluar de acuerdo a los criterios de ponderación contenidos en las bases administrativas especiales respectivas, entendiéndose además que debe aplicarse el puntaje que corresponde a la falta de cumplimiento de los antecedentes de la oferta, en el tenor de la forma expuesta en el criterio respectivo y de lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento.


11.4 En cualquier caso, la posibilidad de solicitar antecedentes omitidos por los oferentes es una facultad del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, y la comisión evaluadora, puede determinar expresa o tácitamente no hacer uso de ella, teniendo en cuenta los principios de la ley de compras públicas en su decisión.


11.5 La comisión evaluadora no podrá en ninguna circunstancia solicitar que se presenten                                                                                                                documentos esenciales que deben estar presente al momento de la apertura de las ofertas en las fichas electrónicas, siendo plena responsabilidad de los proponentes el estudio de los antecedentes que componen las condiciones de la licitación. Si alguna de las ofertas no cuenta con alguno de los documentos determinados como esenciales por las bases administrativas especiales, dicha propuesta será objetada por la comisión, sugiriendo se declare la oferta en esta situación como “inadmisible”.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
15.2 De la tramitación administrativa del contrato.


15.2.1 El contrato se podrá suscribir sólo una vez se haya dictado el acto de adjudicación, y con la condición expresa de que el oferente haya hecho entrega, física o electrónicamente, de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y de los documentos indicados en el título “Antecedentes a presentar para contratar al proveedor adjudicado”, estos últimos deberán presentarse en el mismo plazo dispuesto para la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.


15.2.2 El contrato deberá suscribirse, independiente del monto de la contratación, a partir del décimo (10) día hábil, y hasta el quinceavo (15) día hábil, ambos computados a partir de la notificación del acto de adjudicación en el sistema de información y conforme al cronograma que se encuentre vigente. De no suscribirse la convención dentro del plazo, el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago podrá invalidar la adjudicación, aludiendo al presente vicio del proceso, y readjudicar la licitación o declarar desierto el concurso, según sea el caso


15.2.3 Será obligatorio acompañar la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, en virtud de lo establecido en el artículo 4 de la ley N° 19.886. Una vez definido al oferente a contratar, se verificarán los antecedentes laborales mediante un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales expedido por la Dirección del Trabajo. Sin embargo, de contar con saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El proveedor deberá proceder a dichos pagos, debiendo presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo materializarse la nueva contratación por la modalidad correspondiente, de acuerdo con la normativa aplicable y, al mérito, conveniencia y oportunidad de la Administración. El proveedor al que se le haya puesto término anticipado a la convención no podrá participar en el concurso o ser contratado directamente, en caso de ser procedente, para la materialización de esta contratación.


15.2.4 El Departamento Jurídico del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago será el encargado de redactar el contrato correspondiente, entendiéndose y podrá incorporar en él solo cláusulas establecidas en las bases de licitación, entendiendo que, si existe discrepancia entre lo dispuesto en el contrato y en las bases, serán siempre las bases las que tengan prioridad.


15.2.5 El tratamiento específico para cada tipo de contrato estará señalado en el pliego de condiciones.


15.2.6 Es obligación del adjudicatario persona jurídica entregar la personería actualizada y el certificado de vigencia de su empresa o persona jurídica sin fines de lucro.


15.2.7 Una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del contrato, podrá comenzar el plazo de ejecución del contrato, el que por regla general comenzará a contar desde la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor, o en su defecto, dentro de las 24 horas siguientes a su emisión, la que solo podrá ser emitida con posterioridad al acto administrativo antes referido. El objeto de la contratación deberá ser ejecutado con posterioridad a la emisión de la orden de compra. Las bases administrativas especiales podrán establecer una fecha de inicio de ejecución del contrato diferente, de acuerdo con las características del objeto de la contratación.


15.2.8 El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.


15.2.9 Salvo declaración expresa y fundamentada en las bases administrativas especiales o técnicas, la regla general es que el proveedor puede subcontratar, sin perjuicio de que la responsabilidad del cumplimiento del contrato permanecerá en él, de modo que la subcontratación en ningún caso significará disminuir o traspasar la responsabilidad de la ejecución de esa partida, ni cualquier eventual daño directo, previsto o imprevisto, o perjuicios de cualquier naturaleza, causado por el proveedor, sus dependientes o subcontratistas.
El proveedor deberá informar, a más tardar al momento de dar inicio a la ejecución del contrato, la parte del contrato que tiene previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores.
Los motivos de cualquier prohibición a esta prerrogativa, ya sea total, es decir negándose, o parcial, como por ejemplo disponiendo de tareas críticas que no sean subcontratables, se detallarán en las bases administrativas especiales y/o técnicas.


15.2.10 Empero, no será admisible la subcontratación en los siguientes casos:
a) Si se trata de servicios especiales, y se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del contratista.
b) Si se excede el treinta (30%) por ciento del monto total del contrato, salvo que en las bases especiales o técnicas se establezca un monto mayor por razones fundadas.
c) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores.
d) Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado establecidas en el artículo 35 quater de la Ley de Compras.


15.2.11 El proveedor principal deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios.


15.2.12 Conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, podrá exigirse al proveedor un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo respectiva, respecto de sus trabajadores. Asimismo, se exigirá la referida documentación respecto de las obligaciones que tienen los subcontratistas con sus trabajadores. Ello a propósito de hacer efectivos los derechos que le asisten al Mandante de ser informado y de retención consagrados en los incisos 1° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a las que hace mención el artículo 183-D del Código del Trabajo.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.