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Resolución de Empates |
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese
dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno en
condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un
mayor puntaje en el criterio, de acuerdo al siguiente orden:
Oferta económica; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor puntaje
en el siguiente criterio,
Experiencia en el rubro de vigilancia; De persistir el empate, se considerará a quien
tenga mayor puntaje en el siguiente criterio,
Cantidad de clientes con contrato; De persistir el empate, se considerará a quien tenga
mayor puntaje en el siguiente criterio,
Cumplimiento de los requisitos formales: Finalmente, si aún persiste el empate, se
seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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MULTAS Y SANCIONES |
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La Municipalidad de Futrono podrá cursar multas de acuerdo al siguiente detalle:
Nº INCUMPLIMIENTO
DESCRIPCIÓN
1 Atraso en la entrega de los informes
requeridos por ITS
0,2 UTM por cada
informe y cada día de
atraso en la entrega, con
un tope de 5 días hábiles
2 No dar aviso al ITS en cambios de turnos de
guardias
0,5 UTM por evento.
Tope 3 UTM
3 No dar aviso al ITS por cambios de hora y/o
fecha de entrega del servicio
1 UTM por evento.
Tope 5 UTM.
4 No dar aviso al ITS en caso de detección de
situaciones riesgosas para el CESFAM
1 UTM por evento.
Tope 5 UTM
5 Cualquier otro incumplimiento de las bases
que afecte directamente la correcta
prestación del servicio.
1 UTM por evento y/o
día según corresponda.
Las multas se aplicarán de acuerdo a lo siguiente:
- El valor de la UTM corresponderá al valor del día en que se originó el
incumplimiento.
- En caso de que ITS evidencie un incumplimiento, el DESAM emitirá un oficio al
proveedor indicando el incumplimiento y el monto de la multa.
- El proveedor podrá hacer sus descargos emitiendo un oficio dirigido al ITS del
contrato y al Alcalde de la Comuna de Futrono, dentro de 5 días hábiles , desde la
notificación del DESAM.
- Vencido el plazo sin presentar descargos, el DESAM dictará el acto administrativo
aplicando la multa.
- Si el adjudicatario hubiese presentados descargos en tiempo y forma, el DESAM
tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante acto
administrativo, el cual será notificado al adjudicatario mediante correo electrónico.
Las notificaciones por correo electrónico se entenderán practicadas a contar del
tercer día hábil siguiente a su envío.
El monto de las multas será rebajado de la orden de compra emitida por DESAM
más próximas y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos
pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de 10 días
hábiles siguientes a la notificación.
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COBRO GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO |
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La Municipalidad podrá proceder al cobro y ejecución de la garantía de fiel
cumplimiento del contrato, haciendo efectiva esta garantía, administrativamente y sin
necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, cuando se verifique el
incumplimiento de las obligaciones impuestas en virtud del contrato.
En particular, se procederá al cobro de la garantía en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de cualquiera de los plazos establecidos en las presentes bases.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario en virtud
del contrato. Se entenderá incumplimiento grave la ejecución parcial, la ejecución
imperfecta y/o tardía de cada uno de los trabajos requeridos, sin que exista alguna causal
que le exima de responsabilidades por el incumplimiento del servicio contratado; todo
ello en conformidad a la ley.
c) Si el adjudicatario no renovare la correspondiente garantía antes de 30 días corridos
previos a su vencimiento, la unidad técnica queda facultada para hacerla efectiva. Esta
causal de incumplimiento opera exclusivamente para el caso que sea necesario la
renovación de la garantía. Frente a la no renovación en el plazo establecido, la unidad
técnica queda facultada para hacerla efectiva.
d) Si los representantes y/o el personal del proveedor adjudicado no observaren los más
altos niveles éticos o cometen actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión coerción
y/o cohecho de conformidad con las normas de probidad administrativa contempladas
en la ley N° 18.575, orgánica constitucional de bases de la administración del Estado,
en el estatuto administrativo, en el estatuto administrativo para funcionarios
municipales, o en la legislación penal contenida en el código del ramo que sanciona esta
clases de ilícitos.”
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SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS |
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El DESAM permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes
hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no
presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal
de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad
licitante, la que se informará a través del Sistema de información
www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema
durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
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El DESAM declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los
requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio
de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de
acuerdo con lo establecido en el punto 16 de las presentes bases.
El DESAM podrá, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o
cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán
materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a
indemnización alguna a los oferentes.
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SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
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a) El DESAM formalizará la relación con un contrato, cuya vigencia es a partir de la
fecha de adjudicación y hasta el 31 de Diciembre del año 2023, el cual se suscribirá
dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación
totalmente tramitada.
b) El responsable de la elaboración del contrato será de responsabilidad de la entidad
licitante.
c) Para suscribir el contrato, el adjudicatario deberá adjuntar la siguiente información:
- Acta o Certificado de constitución de sociedad o Escritura Pública actualizado.
- Cédula de identidad vigente del representante legal de la empresa
- Rol Único Tributario vigente (RUT) legalizado ante notario
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INSPECTOR TECNICO DEL SERVICIO |
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El ITS será el responsable velar que el servicio se preste de acuerdo con lo establecido
en las presentes bases y su respectivo contrato. Además, deberá será el responsable de
dar recepción conforme al servicio, de acuerdo a lo establecido en las bases técnicas, la
cantidad requerida por el CESFAM y lo ofertado por el proveedor.
El ITS de la presente licitación será Coordinación Técnica o quien lo reemplace, del
CESFAM Belarmina Paredes de Futrono. El nombre, contacto telefónico y correo
electrónico del ITS será proporcionado al proveedor posterior a la adjudicación.
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MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
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Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos
fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte
integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total
del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
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PAGOS |
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a) El servicio se pagará se realizará de manera mensual. Por lo anterior, el adjudicatario
deberá enviar informe del servicio prestado. El informe deberá ser emitido los primeros
5 días hábiles del mes en curso.
b) Para proceder el pago, el proveedor deberá emitir una factura en relación a la
información validada por ITS, quien emitirá certificado de recepción conforme del
servicio. Con todo, el pago será en pesos chilenos, efectuado mediante cheque y/o
transferencia electrónica dentro de los treinta (30 días) corridos siguientes desde la fecha
de recepción de la factura respectiva y previo cumplimiento y recepción conforme del
servicio.
c) El proveedor deberá enviar a la Unidad de Adquisiciones del DESAM de Futrono, al
correo dsoto@munifutrono.cl y cmolina@munifutrono.cl la factura de los bienes
adquiridos.
d) Cuando el resultado del monto a facturar sea un número con decimales, se redondeará
al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior
a 5. En caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.
e) La emisión de la factura será a nombre de Ilustre Municipalidad de Futrono, RUT
69.200.700-K, dirección: Carlos Acharan Arce S/N - Futrono
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