Licitación ID: 1425773-7-LP26
SERVICIO PRODUCCION TECNICA ANIVERSARIO
Responsable de esta licitación: CORP CULTURAL Y TURISMO DE CALAMA
Fecha de Cierre: 10-03-2026 16:19:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Equipo de música 1 Unidad
Cod: 52161510
La presente licitación tiene por objeto contratar el Servicio de Producción Técnica Integral para el desarrollo de las actividades oficiales del Aniversario de la Ciudad de Calama 2026, en conmemoración del 23 de marzo. El evento se desarrollará en la Ex  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO PRODUCCION TECNICA ANIVERSARIO
Estado:
Publicada
Descripción:
La presente licitación tiene por objeto contratar el Servicio de Producción Técnica Integral para el desarrollo de las actividades oficiales del Aniversario de la Ciudad de Calama 2026, en conmemoración del 23 de marzo. El evento se desarrollará en la Explanada de la Finca San Juan de la ciudad de Calama, durante los días 20, 21 y 22 de marzo de 2026, contemplando tres jornadas consecutivas de carácter masivo, con alta afluencia de público. En términos generales, el servicio requerido comprende la provisión integral de infraestructura y soporte técnico necesario para la correcta ejecución del evento, incluyendo entre otros escenarios, sistemas de iluminación, amplificación de audio, pantallas y demás equipamiento técnico indispensable para su adecuado desarrollo, asegurando condiciones óptimas de funcionamiento, seguridad y calidad técnica acordes a la magnitud de la actividad.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CORP CULTURAL Y TURISMO DE CALAMA
R.U.T.:
88.951.800-6
Dirección:
AVENIDA O´HIGGINS SN PARQUE EL LOA
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-03-2026 16:19:00
Fecha de Publicación: 24-02-2026 19:42:51
Fecha inicio de preguntas: 24-02-2026 21:00:00
Fecha final de preguntas: 27-02-2026 13:40:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-02-2026 13:40:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-03-2026 16:20:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-03-2026 16:20:00
Fecha de Adjudicación: 13-03-2026 16:20:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 20. OFERTA ADMINISTRATIVALos oferentes deberán adjuntar en el portal www.mercadopublico.cl, en el ícono correspondiente a “Anexos Administrativos”, los siguientes antecedentes, según corresponda: Persona Natural a) Hoja de Identificación del Oferente, firmada, según formato Persona Natural – Anexo N°1. b) Declaración Jurada Simple de aceptación íntegra de las Bases de Licitación – Anexo N°2. c) Fotocopia de Cédula de Identidad vigente Persona Jurídica a) Hoja de Identificación del Oferente, según formato Persona Jurídica – Anexo N°2. b) Declaración Jurada Simple de aceptación íntegra de las Bases de Licitación – Anexo N°1. c) Fotocopia del RUT de la empresa. d) Fotocopia de Cédula de Identidad del Representante Legal.
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO TECNICO a) CUMPLIMIENTO TÉCNICO (45%) Se evaluará el grado de cumplimiento de la propuesta técnica presentada por el oferente respecto de las especificaciones mínimas obligatorias establecidas en el Anexo N°3 – Especificaciones Técnicas Festival Aniversario de Calama. La evaluación considerará el cumplimiento íntegro de: Equipamiento requerido. Cantidades mínimas exigidas. Marcas y modelos cuando corresponda. Componentes estructurales críticos (escenario, sistema principal de sonido, sistema eléctrico, pantallas LED y generadores). Metodología de Evaluación El porcentaje de cumplimiento técnico (PCT) se calculará sobre el total de ítems técnicos obligatorios señalados en el Anexo N°3, considerando: PCT=("N" "u" ˊ"mero de " "ı" ˊ"tems cumplidos" )/("N" "u" ˊ"mero total de " "ı" ˊ"tems exigidos" )×100 El puntaje asociado al cumplimiento técnico se asignará de acuerdo con la escala siguiente: Nivel de Cumplimiento Porcentaje de ítems cumplidos Puntaje sobre 100 Excelente 90% a 100% 100 B 45%
2 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL b) COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL 5% Se evaluará la conducta contractual del oferente en contratos ejecutados durante los últimos 3 años, considerando el cumplimiento, aplicación de multas y término anticipado de los contratos. Condiciones y Puntaje Condición acreditada Puntaje sobre 100 Sin multas ni términos anticipados en los últimos 3 años 100 Registra multas inferiores al 5% del monto contractual total acumulado 70 Registra multas superiores al 5% o término anticipado imputable al proveedor 30 Registra término anticipado por incumplimiento grave en los últimos 3 años 0 Fórmula de cálculo El puntaje ponderado del comportamiento contractual (PCC) se calculará mediante la siguiente fórmula: PCC="Puntaje obtenido"×0,05 Donde: Puntaje obtenido corresponde al valor asignado según la tabla de condiciones acreditadas. 0,05 corresponde al peso del 5% del comportamiento contractual sobre la evaluación global de la propuesta. 5%
3 PRECIO (P) 26.1 EVALUACIÓN ECONÓMICA (40%) La evaluación económica se efectuará sobre la base del Precio Neto ofertado, de acuerdo con la información presentada en el Anexo N° 5 – Propuesta Económica. El puntaje se determinará aplicando la siguiente fórmula: Puntaje=((Precio" " Mı ˊnimo" " Ofertado)/(Precio" " del" " Oferente" " Evaluado))×100 Donde: Precio Mínimo Ofertado: corresponde al precio total admisible presentado en la licitación. Precio del Oferente Evaluado: corresponde al precio neto ofertado por el proponente que se está evaluando. El puntaje máximo en este criterio será de 100 puntos, correspondiente al oferente que presente el menor precio neto, y luego 90 segundo , 80 tercero etc. Posteriormente, se aplicará la ponderación del criterio conforme a su porcentaje asignado 40%
4 PROGRAMA INTEGRAL PRODUCCION c) PROGRAMA INTEGRAL PRODUCCIÓN 5% Se evaluará la presentación completa y coherente del Programa Integral de Producción exigido en el Anexo Técnico, verificando el cumplimiento de los contenidos mínimos obligatorios. Contenidos mínimos exigidos: Plan de nivelación y anclaje considerando terreno irregular. Plan de contingencia técnica (climática, eléctrica y fallas de equipos). Escala de evaluación Nivel de Cumplimiento Condición Verificable Puntaje sobre 100 Cumple 100% Presenta los 2 elementos solicitados de manera completa y coherente 100 Cumple parcialmente Presenta al menos 1 elemento exigido 70 No cumple Presenta menos de 1 elemento o la información es insuficiente 0 Fórmula de cálculo El puntaje ponderado del Programa Integral de Producción (PPIP) se calculará mediante la siguiente fórmula: PPIP="Puntaje obtenido"×0,05 Donde: Puntaje obtenido corresponde al valor asignado según la tabla de niveles de cumplimiento. 5%
5 PACTO INTEGRIADAD d)CUMPLIMIENTO PACTO INTEGRIDAD 5% Se evaluará la acreditación de la existencia de un Programa de Integridad, vigente a la fecha de presentación de la oferta. Para efectos de este criterio, se entenderá por Programa de Integridad aquel conjunto de normas y procedimientos internos destinados a prevenir infracciones legales, prácticas corruptas, conflictos de interés o vulneraciones normativas en el desarrollo de sus actividades. El oferente deberá acompañar: • Declaración simple firmada por su representante legal que indique la existencia del Programa de Integridad vigente; o • Copia del documento interno que lo contenga; o • Certificado que acredite su implementación. Situación Puntaje Acredita la existencia de Programa de Integridad vigente 100 puntos No acredita la existencia de Programa de Integridad 0 puntos 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBVENCION MUNICIPAL 2026
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: ANDRES AYABIRE MOLINA
e-mail de responsable de pago: aayabire@calamacultural.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: CORPORACION CULTURAL Y TURISMO
Fecha de vencimiento: 15-04-2026
Monto: 1 %
Descripción: No hay información
Glosa: SERVICIOS PRODUCCION TECNICA ANIVERSARIO
Forma y oportunidad de restitución: CONTRA RECEPCION CONFORME EL INFORMEFINAL Y EL PAGO DE LA FACTURA SE EFECTUARA LA DEVOLUCION
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACION CULTURAL Y TURISMO
Fecha de vencimiento: 22-04-2026
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: SERVICIO PRODUCCION TECNICA ANIVERSARIO
Forma y oportunidad de restitución: ONTRA RECEPCION CONFORME EL INFORMEFINAL Y EL PAGO DE LA FACTURA SE EFECTUARA LA DEVOLUCION
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Cláusula de Readjudicación
33. RE-ADJUDICACIÓN Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes contratar y/o la garantía del fiel cumplimiento, o no firma el contrato, /o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación y hacer un nuevo llamado si fuese necesario.
Resolución de Empates
28. CRITERIOS DE DESEMPATE En caso de producirse empate en el puntaje final entre dos o más oferentes, la Comisión Evaluadora aplicará los siguientes criterios objetivos de desempate, en el orden de prelación que se indica: 1. Se seleccionará la oferta que obtenga mayor puntaje en el criterio Evaluación Económica (Precio). 2. De mantenerse el empate, se privilegiará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el subcriterio Cumplimiento Técnico. 3. Si aún persiste la igualdad, se seleccionará la oferta que registre mayor puntaje en el subcriterio Comportamiento Contractual. 4. En caso de continuar el empate, se privilegiará al oferente con mayor puntaje en el subcriterio Programa Integral de Producción. 5. Si todavía subsistiere la igualdad, se seleccionará al oferente que obtenga mayor puntaje en el subcriterio Cumplimiento del Pacto de Integridad. 6. Finalmente, si aplicados todos los criterios anteriores el empate se mantuviere, se resolverá en favor del oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, según conste en el comprobante electrónico de fecha y hora de ingreso registrado en el sistema.
Mecanismos para solución de consultas respecto a la adjudicación .- Aclaracioón de Adjudicación
ACLARACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Las consultas deberán formularse dentro del plazo de 48 horas hábiles contado desde la notificación de la adjudicación, y serán respondidas individualmente mercado público. Asimismo, por principios de transparencia e igualdad de información, las preguntas y respuestas serán publicadas en el portal Mercado Público como anexo de esta licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento aprobado por D.S. N° 661 del Ministerio de Hacienda. La Corporación adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje final, siempre que haya dado cumplimiento íntegro a los requisitos exigidos en las Bases y anexos, y se haya ajustado a los criterios objetivos de evaluación definidos en las bases, conforme a lo previsto en el artículo 60 del Reglamento.
Pacto Integridad
PACTO DE INTEGRIDAD. El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
17.-RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Toda controversia, dificultad o desacuerdo que surja entre la Corporación Cultural y de Turismo de Calama y el proveedor adjudicado, con ocasión de la interpretación, ejecución, cumplimiento o terminación del contrato derivado de la presente licitación, deberá intentarse resolver preferentemente por la vía administrativa, mediante gestión escrita del proveedor ante la Unidad Técnica correspondiente, dentro del plazo de 5 (dias) días hábiles desde ocurrida la situación que la motiva. Si transcurridos 10(Diez) días hábiles desde dicha presentación no se ha resuelto la controversia entre a las partes estas, podrán recurrir a la jurisdicción ordinaria, para lo cual se fija como domicilio la ciudad de Calama y se prorroga expresamente la competencia en favor de sus tribunales ordinarios de justicia. Lo anterior es sin perjuicio del deber de cumplimiento del contrato mientras no exista resolución firme que lo modifique, suspenda o ponga término
APLAZAMIENTO DE FECHA DE ADJUDICACIÓN.
32. APLAZAMIENTO DE FECHA DE ADJUDICACIÓN. La Corporación Cultural y Turismo podrá adjudicar la presente licitación por situaciones que lo ameriten, en otra fecha de la estipulada en las bases, para lo cual la Corporación publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informándose las razones del atraso.
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
35. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO De conformidad con el artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado mediante Decreto Supremo N° 661 del Ministerio de Hacienda, y atendida la naturaleza no estandarizada del servicio licitado —que requiere ejecución técnica, coordinación operativa, montaje estructural y cumplimiento de condiciones específicas de seguridad y plazos—, la formalización del vínculo contractual no se realizará únicamente mediante orden de compra. Por tanto, el proveedor adjudicado deberá suscribir un contrato formal y por escrito con la Corporación Cultural y de Turismo de Calama, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Este contrato contendrá, al menos, las siguientes disposiciones: • Identificación clara de las partes, • Plazo de ejecución y fecha de término, • Obligaciones técnicas y administrativas del proveedor, • Especificaciones del servicio conforme a las bases técnicas, • Causales de término anticipado conforme al artículo 78 del Reglamento, • Garantías exigidas y procedimiento para su ejecución, • Aplicación de multas, • Condiciones de pago y exigencias previsionales, • Solución de controversias y jurisdicción aplicable. La negativa injustificada del proveedor adjudicado a suscribir el contrato dentro del plazo señalado habilitará a la Corporación para dejar sin efecto la adjudicación, pudiendo contratar al segundo oferente mejor evaluado o declarar desierto el proceso, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario original.
MODIFICACIONES DE CONTRATO
39 MODIFICACIONES DE CONTRATO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por Decreto Supremo N° 661 del Ministerio de Hacienda, vigente desde el 12 de diciembre de 2024, el presente contrato solo podrá ser modificado por razones fundadas de interés público, debidamente justificadas por la Corporación y respaldadas mediante informe técnico, sin alterar su objeto ni reemplazar al proveedor adjudicado. Las modificaciones deberán formalizarse mediante resolución fundada del Mandante, aprobada por la autoridad competente, y aceptada por el proveedor, salvo que obedezcan a hechos sobrevinientes que hagan imprescindible su ejecución. Estas modificaciones podrán versar sobre: • Ampliación o reducción de plazos de ejecución; • Ajustes en partidas presupuestarias hasta por un 30% del monto original contratado; que no se altere la naturaleza del contrato. • Cambios en condiciones técnicas sin alterar el objeto del contrato; • Otras modificaciones compatibles con el interés público y la normativa vigente. En todo caso, se requerirá disponibilidad presupuestaria y control de legalidad previo.
TERMINANDO DE CONTRATO
XI TERMINO DE CONTRATO CAUSALES DE TERMINO DEL CONTRATO Conforme a lo establecido en el artículo 78 del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado mediante Decreto Supremo N° 661 del Ministerio de Hacienda y vigente desde el 12 de diciembre de 2024, la Corporación Cultural y de Turismo de Calama podrá poner término anticipado al presente contrato, por medio de resolución fundada y debidamente motivada, en cualquiera de las siguientes circunstancias: a)Incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones contractuales establecidas en el contrato, las bases o sus anexos. b) Acreditación de caso fortuito o fuerza mayor que impida total o parcialmente la ejecución del contrato. c) Necesidades sobrevinientes de interés público o razones de buen servicio que hagan inviable la continuación del contrato. d) Pérdida de idoneidad técnica, inhabilidad legal o incapacidad sobreviniente del proveedor. e) Aplicación de sanciones contractuales que, individual o acumuladamente, superen el 20% del monto total adjudicado. f) Estado de notoria insolvencia, declaración de quiebra o liquidación del proveedor. g) Fallecimiento del proveedor si es persona natural, o extinción de la personalidad jurídica si es persona jurídica. h) Resciliación o término de mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora. i) Imposibilidad de adecuar el contrato ante modificaciones sustanciales en el servicio, conforme al artículo 77 del Reglamento. j) Reiterado desacato a instrucciones formales impartidas por la Unidad Técnica, debidamente constatado mediante informe. k) Ejecución defectuosa del servicio, cuando los vicios sean de tal entidad que no admitan reparación. l) Modificación o alteración unilateral del servicio por parte del proveedor, sin autorización expresa de la Corporación. m) Cesión o traspaso total o parcial del contrato o de sus obligaciones sin autorización previa y por escrito de la Corporación. n) Condena judicial firme al proveedor por prácticas antisindicales o infracciones a derechos fundamentales del trabajador. o) Existencia de saldos insolutos por concepto de remuneraciones o cotizaciones previsionales, respecto de trabajadores actuales o anteriores. p) Hechos imputables al proveedor derivados de emergencia o desastre natural que impidan la prestación del servicio, cuando estos no puedan justificar l imposibilidad de cumplimiento por efecto de la emergencia o desastre natural. La decisión de poner término anticipado al contrato será notificada por escrito al proveedor, quien deberá cesar inmediatamente la ejecución del servicio. La Dirección de Producción deberá disponer, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes, la tramitación de la resolución que declare el término del contrato, autorice la recepción única de los servicios ejecutados hasta la fecha y disponga, en su caso, la ejecución de las garantías comprometidas. Efectuado el término, corresponderá a la Unidad Técnica aprobar la liquidación del contrato, gestionar los pagos proporcionales por servicios efectivamente prestados y proponer, de ser necesario, una nueva contratación. El término anticipado por causas imputables al proveedor podrá acarrear, adicionalmente, la pérdida de las garantías constituidas, sin perjuicio de la eventual inhabilitación del proveedor para contratar con la Administración del Estado, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento.
SANCIONES Y MULTAS.
20.-SANCIONES Y MULTAS. Se aplicará las multas de acuerdo con el siguiente detalle: Situación Monto Multa Determinación de multa Incumplimiento en el plazo instalación del Servicio 0,5% del valor Total de Orden de Compra por cada Día de atraso. Si el adjudicatario no cumple con el plazo de instalación del AUDIO, PANTALLA LED Y ILUMINACIÓN Multas Fallas técnicas no subsanadas dentro de 1 hora desde notificación: 0,2 % del valor Total de Orden de Compra por cada día de atraso. Si el adjudicatario no cumple con el plazo de desinstalación del AUDIO, PANTALLA Y ILUMINACIÓN Las multas no podrán exceder del 20% del monto total contratado. La Corporación Cultural y de Turismo de Calama podrá aplicar multas al proveedor adjudicado por incumplimientos contractuales, conforme a lo establecido en las presentes bases, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 65 y 78 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 661 del Ministerio de Hacienda. Las multas se harán efectivas administrativamente, sin necesidad de requerimiento judicial, mediante descuento directo de los pagos pendientes al proveedor o, en su defecto, a través del cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda. Procedimiento de aplicación de sanciones: 1. Notificación de la infracción: Detectada una situación constitutiva de incumplimiento que amerite la aplicación de una sanción, la Unidad Técnica de la Corporación notificará al proveedor adjudicado, mediante carta certificada y/o correo electrónico, describiendo los hechos y el fundamento de la eventual sanción. Dicha comunicación deberá especificar con claridad el incumplimiento, la base contractual infringida y la multa o medida propuesta. 2. Descargos del proveedor: A contar de la notificación señalada, el proveedor dispondrá de un plazo improrrogable de tres (3) días hábiles para presentar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Los descargos deberán ser ingresados en la sede de la Corporación Cultural y de Turismo de Calama, ubicada en calle O’Higgins S/N, y copia de ellos deberá ser entregada en la Dirección de Administración. 3. Evaluación y resolución de los descargos: Recibidos los descargos, la Unidad Técnica tendrá un plazo de tres (3) días hábiles para analizarlos y emitir un pronunciamiento. En caso de rechazarlos, total o parcialmente, se deberá dictar un Decreto debidamente fundado, señalando el detalle de la infracción, el monto de la multa y los fundamentos jurídicos y contractuales de la decisión. Este decreto será notificado al proveedor mediante carta certificada. 4. Ejecución de la sanción: La multa se hará efectiva mediante descuento en los pagos futuros que la Corporación deba realizar al proveedor. En caso de no existir pagos pendientes, se podrá hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, en conformidad con lo establecido en las bases y la normativa vigente. 5. Fuerza mayor o caso fortuito: En caso de ocurrencia de un evento constitutivo de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente acreditado, el proveedor deberá comunicar dicha situación dentro del plazo de 48 horas desde su acaecimiento, mediante correo electrónico dirigido al Director(a) (S) de Administración o a quien este designe, acompañando todos los antecedentes que respalden la situación invocada. La Corporación resolverá fundadamente si corresponde aceptar o rechazar la eximente invocada. En caso de acogerse, no procederá la aplicación de sanción alguna. Esta decisión será notificada por correo electrónico y tendrá carácter administrativo.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.