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Resolución de Empates |
En el caso que se presenten dos o más ofertas que obtengan la misma puntuación, el mecanismo para resolver los empates sucesivos que se puedan producir en el resultado final de la evaluación, será el siguiente:
- En primera instancia para desempatar se considerará la propuesta que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio: PRECIO- De continuar empatados se considerará la propuesta que haya presentado el mejor puntaje en el
criterio: PLAZO DE ENTREGA
- De seguir empatados se considerará la oferta con mejor puntaje en el criterio: CUMPLIMIENTO
REQUISITOS FORMALES
- Y como último criterio de desempate se considerará la propuesta que haya presentado el mejor
puntaje en el Criterio: PACTO DE INTEGRIDAD
Si el empate persiste hasta el final, la Universidad, a través de Responsable de la evaluación, propondrán al
rector o a quien éste haya delegado la facultad, adjudicar la propuesta al proponente que ingresó primero
su oferta en www.mercadopublico.cl, constituyendo antecedente suficiente la información proporcionada
por el portal web; y si hubieran ofertas que se hayan ingresado en un mismo momento o no pudiere
determinarse la fecha del ingreso, será dicha autoridad que resuelva la adjudicación.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes podrán realizar consultas sobre la adjudicación a la Universidad dentro del plazo fatal de 2
días hábiles contados a partir de la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema de
www.mercadopublico.cl, el cual será el mecanismo para resolver consultas sobre adjudicación y el medio
por el cual se proporcionará la respuesta correspondiente.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Universidad podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los
proponentes, en caso de ser necesario.
Se deja claramente establecido, que no se aceptarán certificados que se encuentre en “trámite” o “no
vigentes”.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, para responder a lo solicitado por la
Universidad o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Universidad no considerará las
respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. La responsabilidad de revisar el “foro
inverso” disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y
aclaraciones, durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.
Se exceptúa de esta opción la entrega de oferta técnica y económica, la cual deberá ser entregada antes
del cierre de la Licitación.
De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación, aquel o
aquellos proveedores que presentaran antecedentes administrativos fuera de plazo, serán sancionados
según los criterios de evaluación.
La Universidad se reserva el derecho de comprobar la veracidad de cualquier antecedente presentado por
el oferente. De constatarse la falsedad de cualquiera de estos, el oferente quedará fuera del proceso de
licitación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente
licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a
cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo,
sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y
demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada
necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o
conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su
tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su
oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los
contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas
o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de
cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto
específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o
conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y
documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso
licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de
legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente
proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas
y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos
integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones
previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa
que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso
licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos
técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de
cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para
que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente
cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en
general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus
subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de
su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también
procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Exclusivo para Personas Jurídicas:
Que, para efectos del posterior contrato, EL PROVEEDOR declara que:
1. Ha tomado conocimiento de la Ley N°20.393, que establece la
responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos señalados en el
artículo 1° del mencionado texto legal.
2. En caso de que le sea aplicable la Ley N°20.393, se obliga a adoptar controles
internos eficientes y eficaces para prevenir, evitar y detectar la comisión de los
delitos señalados en el artículo 1° de dicha ley.
3. Tomará todas las medidas necesarias y eficaces para asegurar que sus
trabajadores o dependientes, sus subcontratistas, y demás personas
involucradas en el desarrollo y ejecución del contrato que esté bajo su control
y dependencia, den cumplimiento al Pacto de Integridad establecido en las
respectivas bases de licitación, con el objeto de asegurar estándares de
probidad, buenas prácticas, moral y éticos exigidos por la UNIVERSIDAD DE LOS
LAGOS, durante toda la vigencia de la relación contractual.
4. Las Partes que suscriban el Contrato declararan expresamente que en la
negociación que derivó en la firma del instrumento, EL PROVEEDOR ni de la
UNIVERSIDAD DE LOS LAGOS, actuado por sí mismos, por medio de
representantes o dependientes, solicitó, aceptó recibir, dio, ofreció o consintió
en dar algún beneficio económico o de otra naturaleza, con el objeto de
favorecer la contratación por sobre otro oferente, por lo que la contratación se
ajustará a estándares de transparencia y probidad.
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Instrucciones para presentaciones de oferta |
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Las ofertas que se presenten en este proceso de Licitación Pública,
deberán formularse conforme a las presentes bases administrativas, bases
técnicas, formularios anexos y lo dispuesto en la Ley 19.886 y su
Reglamento aprobado por D.S. N°661 de 2024.
Las ofertas deberán ingresarse solamente a través del portal
www.mercadopublico.cl, adjuntado sus ofertas en los 3 módulos
habilitados en el sistema para tal efecto: Oferta Administrativa, Oferta
Técnica, y Oferta Económica. Todos los antecedentes solicitados, deberán
subirse al portal en archivos individuales (en cualquier formato: doc, pdf,
ppt, tif, gif, jpg, etc.), los cuales estarán identificados con el nombre de lo
que contiene, de tal forma que se pueda saber fácilmente a qué
corresponde.
No podrán, para un mismo proceso de contratación, ofertar de forma
individual y además a través de Unión Temporal de proveedores (UTP),
remitiéndonos íntegramente a los establecido en el articulo 5 de las
presentes bases.
Si el Oferente desea incorporar más de una oferta, deberá subirla al portal
www.mercadopublico.cl por separado, generando un comprobante de
oferta por cada una de ellas.
Para los casos de ofertas de los mismos grupos empresariales o
relacionados entre sí, se considerará para efectos de la evaluación de la
licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos
proveedores, según los criterios de evaluación, declarando inadmisibles
las demás.
Si por cualquier razón un archivo o documento de la oferta no pudiere ser
abierto o revisado por problemas de software incompatible o de
conversión de archivos, éste será enviado a la personal de Informática de
la Universidad para su análisis y posterior conversión a un formato legible.
Si una vez realizado lo expuesto precedentemente el documento aún no
pudiera leerse o revisarse de un modo fiable, y el documento fuere
esencial para la oferta, aquello será certificado por el personal de Informática de la Universidad mediante correo electrónico de dicha
unidad y esta oferta será declarada inadmisible.
Para facilitar la presentación de ofertas, los anexos que se indican a
continuación, y que son aprobados por la misma resolución que aprueba
las presentes bases, se encuentran disponibles en formato editable en la
documentación adjunta en el sistema de información.
SE ADJUNTAN ANEXOS PARA PRESENTAR SU OFERTA, por lo tanto para
la evaluación se considerará la información indicada en cada uno de los
formularios anexos entregados en las presentes bases de licitación.
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Bases y Documentos que Rigen la Propuesta. |
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La propuesta de los oferentes, se regirán por los siguientes documentos:
• Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
• Las consultas, respuestas y las aclaraciones derivadas del procedimiento
estipulado en las bases.
• Las ofertas Administrativa, técnica, y económica.
• Las modificaciones a las bases si las hubiese.
• Orden de compra (contrato) y sus anexos (orden de compra) si los hubiera.
Ante cualquier discrepancia entre éstos, prevalecerá el siguiente orden de
precedencia:
1) Las consultas, respuestas y las aclaraciones derivadas del procedimiento
estipulado en las bases y del proceso licitatorio.
2) Bases Administrativas, sus anexos y modificaciones, si las hubiere;
3) Oferta seleccionada; orden de compra (Contrato) y sus anexos (orden de
compra) si los hubiera.
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Conocimiento y Aceptación de las Bases |
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El sólo hecho de participar, en cualquier forma, en la presente Licitación
Pública, implicará el conocimiento y aceptación íntegra y obligatoria de todos
los procedimientos, requisitos, y términos de estas Bases Administrativas, de
las Bases Técnicas y del proceso licitatorio en general.
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Obligación de Reserva y Confidencialidad |
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Los Oferentes y Adjudicatarios, deberán guardar estricta reserva y
confidencialidad respecto de toda información que no sea de dominio público
referida a la Licitación efectuada en conformidad a las presentes Bases.
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Prohibiciones |
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Queda prohibido realizar gestiones o pagos directamente o a través de
terceros, diversos a las diligencias contempladas en el procedimiento regular
de licitación para adjudicarse la contratación de los bienes, obras o servicios.
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Publicidad de las Ofertas |
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Después de Adjudicada la Licitación las ofertas de los diversos oferentes serán
de carácter público.
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Domicilio, Competencia y Legislación Aplicable |
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Para todos los efectos legales, las partes fijarán su domicilio en la ciudad de
Osorno y se someterán expresamente a la legislación chilena y a la jurisdicción
de sus tribunales ordinarios de justicia.
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Situaciones No Previstas |
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Toda situación no prevista o que resultare dudosa en su alcance o efectos,
vinculada a las presentes bases será resuelta por la Universidad de Los Lagos,
quien está facultada para integrar los vacíos de las Bases, buscando el sentido
que más se ajuste al espíritu de ellas, siendo su decisión obligatoria e
inapelable para los participantes; quienes, en esta materia, no tendrán
derecho a reclamo alguno. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones legales
que procedan.
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Confidencialidad |
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El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución
de los bienes y/o servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en
general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido,
en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con
éste.
Al adjudicatario, así como su personal dependiente que de una u otra manera
se hayan vinculado a la ejecución del servicio licitado, en cualquiera de sus
etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con
el desarrollo de dicho servicio.
La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito, será solidaria
respecto de la de sus administradores, representantes, personeros,
empleados, consultores o subcontratistas
El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la
confidencialidad de la información, reservándose la Universidad el derecho de
ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales
vigentes.
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Causales para declarar Desierta la Licitación |
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El o los responsables de evaluar la licitación podrá(n) proponer al Rector o a
quien tenga la facultad delegada de la Universidad de Los Lagos, se declare
desierta la licitación por las siguientes causales:
- Que no se presenten oferentes.
- Que todas las ofertas presentadas resulten inadmisibles.
- Que las ofertas no resultaren convenientes a los intereses de la entidad
licitante, conforme a los requerimientos contenidos en las Bases
Administrativas y Técnicas.
La existencia de la causal para declarar desierta la Licitación será calificada
exclusivamente por el o los responsables de evaluar la licitación, quienes a
través de un informe de evaluación propondrán al Sr. Rector o a quien tenga la
facultad delegada de la Universidad de Los Lagos declarar desierta la propuesta
pública. Esta declaración deberá ser efectuada mediante un Resolución
fundada que deberá ser publicado en el portal www.mercadopublico.cl. Esto
no dará derecho a reclamar indemnización alguna.
Los fundamentos de esta decisión serán incluidos en el Informe de Evaluación
correspondiente que efectuará el o los responsables de evaluar la licitación y
expuestos en acto administrativo fundado que dictará la Entidad Licitante.
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Responsabilidades del Adjudicatario |
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El Adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del
cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes
complementarias, leyes sociales de previsión, de seguros de enfermedades
profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de
todos y cada uno de los trabajadores.
En su calidad de empleador, si bien es responsabilidad del contratista el pago
de las remuneraciones y de las demás obligaciones labores, ello es sin
perjuicio de lo establecido en los articulo 183-B y 183-D, del código del
Trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable en forma exclusiva del
pago oportuno de las remuneraciones, indemnizaciones, desahucios,
beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto
deba pagarse a su personal.
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Unión Temporal de Proveedores |
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1.- Participación en el caso particular de las UTP:
Considerando los artículos 180 al 183 del Reglamento de la Ley 19.886 (D.S.
661/2024), la Unión Temporal de Proveedores, en adelante UTP, deberá dar
cumplimiento a lo siguiente:
De la conformación de una UTP:
a. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño.
b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de
licitaciones, sin que sea necesario constituir una sociedad.
c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su
vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su
renovación o prórroga.
d. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en
que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la
unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones
que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un
representante o apoderado común con poderes suficientes para
representarlos en conjunto.
Presentación de las ofertas:
El representante de la UTP deberá adjuntar, al momento de ofertar, el
documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión
determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la
evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar
información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a
alguno de los integrantes de esta.
Cada integrante de la UTP deberá encontrarse hábil en el Registro de
Proveedores.
Habilidad de los integrantes de la UTP:
Las causales de inhabilidad del Registro de Proveedores establecidas en el
artículo 154 del Reglamento de la Ley 19.886 (D.S. 661/2024) afectarán a cada
integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá
decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los
restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el
respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una unión compuesta
por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será
declarada inadmisible.
Inhabilidad sobreviniente de integrantes de la UTP:
En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el
contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser
reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que
cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación
para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio de la Entidad compradora,
inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse
el contrato, de todo ello la Entidad compradora deberá dejar constancia en un
acta.
En el evento de que la Entidad compradora apruebe el reemplazo del
integrante inhábil, la UTP deberá suscribir, según corresponda, el respectivo
instrumento público o privado para su materialización. Dicho cambio debe
formalizarse en un acto administrativo.
Lo dispuesto en el párrafo anterior será verificado en la forma siguiente:
1. Cuando la modificación de la composición de la Unión Temporal de
Proveedores suponga la disminución de empresas, o la sustitución de una o
varias por otra u otras, se necesitará la autorización previa y expresa de la
Universidad de los Lagos, debiendo haberse ejecutado el contrato al menos en
un veinte por ciento de su valor. En todo caso, deberá mantenerse al menos
una de las empresas inicialmente adjudicatarias dentro de la UTP
2. La solicitud efectuada por el representante de la UTP deberá incluir los
antecedentes técnicos y económicos que sean relevantes según el tipo de
contrato, sin perjuicio de la facultad para solicitar cualquier otro antecedente
que razonablemente sea necesario para la adecuada resolución de la solicitud,
los que deberán ser entregados en el plazo de cinco días hábiles desde que
hayan sido solicitados. La no presentación de tales documentos en el plazo
establecido será causal para el rechazo de la solicitud.
3. Una vez que los antecedentes necesarios se encuentren en poder de la
Entidad compradora, dispondrá de un plazo de quince días hábiles para
aprobar o rechazar esta solicitud.
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