El pacto de Integridad como medida para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia
de compras Públicas, según el Dictamen N° E370752 de Contraloría General de la Republica de
fecha 20 de Julio del 2023, es un criterio de evaluación para mejorar la transparencia y la
participación y prevenir la corrupción en la contratación Pública. Este pacto contiene compromisos
con el objeto de mantener una conducta honrada y transparente de los oferentes en el proceso de
contratación administrativa.
Conforme lo que señala el Anexo N°8, los oferentes deberán declarar si cuentan o no con
programas o pactos de integridad, conforme señala el dictamen citado anteriormente.
Adicionalmente, deberán acreditar que estos programas o pactos han sido debidamente
difundidos y comunicados al personal. Por lo anterior, la presentación de los programas o pactos
deberán ser acompañados de evidencias que permitan comprobar que han sido difundidos y por
ende conocidos por el personal, esto es:
• Está disponible en el sitio web del proveedor, de accedo público, comprobable. (Indicar
URL para verificación).
• Haber sido distribuido con el personal, acreditado mediante la firma de recepción
conforme de los trabajadores e involucrados.
• Haber sido comunicado mediante una charla o capacitación, mediante la firma de
asistencia a dicha instancia por parte de los trabajadores o colaboradores e involucrados.
• Ser parte de alguna política o parte del reglamento interno de la empresa, el cual debe
haber sido recepcionado conforme, mediante firma del trabajador e involucrarlos.
• Cualquier otro mecanismo que permita evidenciar y a la vez acreditar que el personal ha
tomado conocimiento del programa o pacto en cuestión.