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Resolución de Empates |
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11.7. En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera:
a) menor precio y de persistir el empate;
b) mayor puntaje a distancia en cuadras y de persistir el empate;
c) mayor puntaje experiencia oferente y de persistir el empate;
d) mayor puntaje experiencia educadoras de párvulos y de persistir el empate;
e) mayor puntaje cumplimiento en entrega de antecedentes al momento del cierre electrónico.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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12.6. Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es patricia.sandovalq@redsalud.gov.cl, Jefe Sub-departamento de Licitaciones.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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12.15. Las instituciones privadas, cualquiera sea su naturaleza, al momento de contratar con el Estado deberán acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneraciones. En el evento que la institución privada se encuentre incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones o bien, no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte según lo dispuesto en el Art. 8 inciso final de la Ley Nº20.713.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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11.1. A partir del segundo (2) día hábil posterior a la apertura y durante treinta (30) días hábiles posteriores a la Apertura, las ofertas de la Propuesta podrán ser evaluadas por una comisión formada por funcionarios del Hospital y nombrada de acuerdo a lo establecido en el punto Nº 6 del Ítem II Procedimiento Licitatorio de estas Bases Administrativas. La Comisión de Evaluación de las Ofertas podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes, y se informe que dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información (Art. 40 inc.1 del Decreto 250).
11.2. La Entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto 250).
11.3. La Comisión de Evaluación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
11.4. Todas las aclaraciones, preguntas y/o respuestas emitidas por el Hospital y los oferentes, formarán parte integrante de la licitación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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2.- DURACION DE LA PROPUESTA Y OFERTA |
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2.1 La propuesta por el suministro del Servicio de Jardín tendrá una duración de doce (12) meses, empezará a regir a partir del primer día hábil del mes de Marzo del presente año, ósea desde marzo del 2020 a Febrero de 2021.
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4.- DE LA FACTURACION Y FORMA DE PAGO |
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4.- DE LA FACTURACION Y FORMA DE PAGO
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6.- CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CREDITO |
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En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración.
Se podrá reclamar en contra del contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de las prestaciones del servicio, dentro de los ocho (8) días corridos, siguientes a su recepción, según lo señalado en la Ley N°19.983.
Asimismo, la unidad técnica deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N°19.983.
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8.- DE LAS OBLIGACIONES |
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8.1 Será obligación del Adjudicatario cumplir con plazos y horarios de entrega del Servicio.
8.2 Será obligación del Adjudicatario cumplir con todas las condiciones de entrega señaladas en las Bases Técnicas.
8.3 Será obligación del Adjudicatario cumplir con todas las condiciones de entrega señaladas en las Bases Técnicas.
8.4 Será obligación el debido cuidado de la salud, seguridad e integridad física y moral de los menores
8.5 Será obligación del Adjudicatario hacer entrega de la documentación legal exigida al momento de la entrega del Servicio (Facturas o Guías de Despacho).
8.6 El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con la Licitación y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las presentes Bases.
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9. DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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9. DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
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10. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO |
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10. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
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11 MULTAS POR ATRASO |
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11 MULTAS POR ATRASO
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ANTECEDENTES GENERALES |
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Se requiere la contratación del Servicio de Jardín Infantil, para el Nivel Medio Menor en las jornadas diurnas y de extensión, para hijos/as de funcionarias del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, en adelante el Servicio, que cuenten con este beneficio, el cual es de carácter facultativo respecto al servicio de Jardín Infantil, y al no contar con la capacidad de atención, se requiere contratar el servicio por un periodo de 12 meses (marzo 2020 a febrero 2021).
El Servicio a contratar, requiere deberá proveer atención y bienestar integral a los niños y niñas sujetos de derecho, es decir, alimentación, educación oportuna y pertinente, mobiliario, material didácticos y atención de primeros auxilios, en caso de accidentes, en el servicio de jardín infantil.
Considera aspectos de la gestión pedagógica vinculada a los distintos niveles de planificación educativa, así como, que el material didáctico sea de calidad acorde a la edad de los párvulos y se encuentre en buen estado, debe contar con equipamiento y mobiliario necesario y suficiente para impartir educación de calidad a niños y niñas.
Sin prescindir del proyecto educativo y plan de acción pedagógico anual, planificaciones pedagógicas, planificación de la organización del tiempo, documentos que avalan un quehacer pedagógico de calidad.
El establecimiento adjudicado debe estar empadronado en la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) y Patente Comercial vigente otorgada por la Municipalidad correspondiente a su dirección comercial, documentos que deberán ser ingresados en su oferta en el ID de mercado público.
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REQUISITOS |
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Ámbito organizacional
Área infraestructura
Área de seguridad
Área pedagógica y administrativa
Área nutricional
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HORARIO |
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HORARIO
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PAGO |
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a) Se realizará el pago de la matrícula en el mes de Marzo por cada cupo requerido, por una vez, sin importar si existen modificaciones durante la duración del contrato.
b) El pago mensual del servicio, será por niño/a matriculado que utilice efectivamente el beneficio, de acuerdo al calendario que señala a continuación, en el cual se detalla la incorporación gradual de los párvulos al servicio a contratar:
c) En caso de presentarse el retiro formal de párvulos beneficiados con el servicio de jardín del nivel Medio Menor contratado, el Hospital asegurará al adjudicatario el pago de a lo menos el 50% de los cupos adjudicados.
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DEL ESTABLECIMIENTO Y PERSONAL |
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DEL ESTABLECIMIENTO Y PERSONAL
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DE LA ALIMENTACIÓN |
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La cobertura de alimentación debe incluir los siguientes períodos de alimentación:
• Alimentación horario normal: Considerar colación en la mañana, almuerzo y colación u once en la tarde.
• Alimentación extensión horaria: Incluir cena.
• Se solicita incorporar anexo alimentación: Minuta diaria.
Las minutas de alimentación pueden ser modificadas en común acuerdo con nutricionista del Hospital.
Los horarios de la alimentación pueden ser modificados en común acuerdo con el ITC.
En el caso que uno de los párvulos tenga un diagnóstico médico que requiera una formula láctea especial, será responsabilidad de los apoderados llevar la formula láctea y el adjudicatario es el encargado de preparar en el SEDILE.
NOTA 1: El Hospital se reserva el derecho de realizar visitas en forma periódica al establecimiento adjudicado y sin previo aviso.
NOTA 2: Las cantidades descritas en el anexo Nº1 son aproximadas, las cuales podrán sufrir variaciones según las necesidades del hospital.
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