Licitación ID: 1063538-95-LP26
CONV. REPARACIONES DE DEPENDENCIAS DEL HOSPITAL
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO
Fecha de Cierre: 14-05-2026 17:15:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 132
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Instalación o reparación de paredes 1 Unidad
Cod: 72101607
044-2078 | Convenio del servicio de reparaciones de dependencias del hospital  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONV. REPARACIONES DE DEPENDENCIAS DEL HOSPITAL
Estado:
Publicada
Descripción:
El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere adquirir el Convenio de servicio de reparaciones de dependencias del Hospital”, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas adquisiciones entre 1.000 y 5000 UTM.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-05-2026 17:15:00
Fecha de Publicación: 29-04-2026 15:30:01
Fecha inicio de preguntas: 29-04-2026 16:00:00
Fecha final de preguntas: 07-05-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-05-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-05-2026 17:16:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-05-2026 17:16:00
Fecha de Adjudicación: 15-07-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 10.1 De los Antecedentes Administrativos. Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Formulario Nº 1: Identificación del proponente. • Formulario Nº 2: Aceptación de bases y conocimiento de la ley de contratación pública. • Formulario Nº8: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. • Formulario Nº9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. • Formulario N°10: declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la Ley N°21.595. • Formulario N°11: declaración jurada de independencia de la oferta. • Formulario N°12: declaración jurada programa de integridad con aplicación de Código Ética para proveedores (Directiva N°31 Chilecompra). Al momento de presentar sus propuestas los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar, los oferentes deben adjuntar en su oferta el Certificado de antecedentes laborales y previsionales. El certificado no debe señalar anotaciones u observaciones vigentes.
Documentos Técnicos
1.- 10.3 De la Propuesta Técnica Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de servicios y prestaciones requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Además, deberá adjuntar toda documentación, antecedentes y/o certificaciones que se solicite en este formulario. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE. Formulario N°5: plazo de inicio de los servicios: contabilizados desde el momento del envío del correo electrónico, con la solicitud de realizar el servicio, por parte del Hospital y, el período de Post Venta, desde la entrega final de los servicios. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE. El proveedor deberá acreditar experiencia por servicios ejecutados desde el año 2021 hasta la fecha de publicación de este proceso, mediante certificados y/o actas de conformidad por trabajos finalizados parcial o completos con firma, timbre y datos de contactos del cliente al que prestó el mismo servicio en sector público (Formulario N°6). El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional acreditado adjuntando certificados correspondientes e identificar a supervisor (Formulario N°7). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE.
 
Documentos Económicos
1.- 10.2 De la Propuesta económica El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, costo de instalación, puesta en marcha, y capacitación para el servicio ofertados, según corresponda. Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo a las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos. (REQUISITO EXCLUYENTE) Diferencias en los valores de la propuesta: en caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 50%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Nº REQUISITOS TÉCNICOS CUMPLE (SI: 100 – NO: 0) 1 Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas. 100 / inadmisible 2 Oferente adjunta fichas técnicas con imagen referencial de los materiales a utilizar. 100 / inadmisible 3 Nómina de personal y profesional del área de construcción a cargo de los trabajos. 100 / inadmisible 4 Carta compromiso donde se declara que personal ejecutor de los trabajos tendrá certificados de trabajo en altura antes de dar inicio a los trabajos y que debe ser emitido por entidad certificadora del área, los cuales deberán ser renovados durante la vigencia del contrato de trabajo requerido en bases técnicas. 100 / inadmisible 5 Oferta incluye anexo itemizado 100 / inadmisible 6 Oferente adjunta responsable eléctrico autorizado por la SEC (carnet vigente). 100 / inadmisible 20%
3 Plazo de Entrega PLAZO DE ENTREGA PUNTAJE 01 días corridos contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra 100 De 02 a 05 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra 80 De 06 a 08 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra 50 De 09 a 11 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra 20 Más de 12 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra 0 10%
4 Servicio Post Venta Post Venta PUNTAJE Igual o mayor a 18 meses desde la fecha de entrega de los servicios al hospital. 100 De 14 a 17 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital. 80 De 09 a 13 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital. 50 De 5 a 8 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital. 20 Igual o menor de 4 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital. 0 10%
5 Experiencia de los Oferentes EXPERIENCIA DEL OFERENTE PUNTAJE Mas de 7501 m2 100 7500 a 7001 m2 75 7000 a 6501 m2 50 5500 a 5001 m2 25 < 5000 m2 0 5%
6 INT Y ETICA INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL PUNTAJE Oferente aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad. 100 puntos El Oferente aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia de dicho Programa de Integridad; o, no aplica dicho programa, o no logra acreditar su aplicación. 0 punto 3%
7 Cumplimiento de los requisitos CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PUNTAJE Oferta presentada no contiene errores u omisiones 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo 0 punto 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE CORDOVA
e-mail de responsable de pago: JOSE.CORDOVA@REDSALUD.GOB.CL
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO
Fecha de vencimiento: 31-07-2028
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES DEL “SERVICIO DE REPARACIONES EN DEPENDENCIAS DEL HOSPITAL” ID: 1063538-95-LP26”.
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS

LICITACIÓN PÚBLICA

“CONVENIO SERVICIO DE REPARACIONES DE DEPENDENCIAS DEL HOSPITAL”

ID: 1063538-95-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

1°        OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

1.1        Objetivo

El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere adquirir el Convenio de servicio de reparaciones de dependencias del Hospital ”, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas adquisiciones entre 1.000 y 5000 UTM.

1.2      Ámbito

Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para generar la contratación del Convenio servicio de reparaciones de dependencias del Hospital Base San José Osorno.

Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl.

El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $260.000.000.- (Doscientos sesenta millones de pesos chilenos) I.V.A. incluido. Vigencia 24 meses.

Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra.

2°       BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

 

Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

2.1      Bases de licitación

  • Bases Administrativas
  • Bases Técnicas
  • Formularios anexos

2.2      Definición de términos

  • Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual los organismos del Estado realizan un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
  • Ley de Compras: Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
  • Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
  • Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
  • Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
  • Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas.
  • Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
  • Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”.
  • Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación.
  • Comisión evaluadora: Delegación encargada de evaluar las ofertas en aquellas licitaciones en las que la evaluación revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, conformada por a lo menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del Hospital Base Osorno o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a las entidades que forman parte de la Administración del Estado, pero limitada siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran.
  • Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto.
  • Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”.
  • Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
  • Presupuesto Estimado: Es la previsión financiera que indica el gasto que, en virtud de la contratación, puede asumir el HBSJO, incluido el Impuesto al Valor Agregado y demás tributos que graven la adquisición del bien o servicio. Este cálculo se realiza antes de iniciar un proceso de licitación y sirve como referencia para constatar que la Entidad cuenta con los fondos suficientes, lo cual valida posteriormente mediante un Certificado de Disponibilidad Presupuestaria.
  • Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles.
  • Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva.
  • Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección.
  • Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño (EMT).

      Empresa de menor tamaño (EMT): Para los efectos del Reglamento de compras públicas, y según lo dispuesto en artículo 47 de la Ley de Compras, se estará a la definición de micro, pequeña y mediana empresa y empresa de menor tamaño del artículo segundo de la ley N° 20.416, que Fija Normas Especiales para las EMT.

-      Son microempresas aquellas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario;

-      Pequeñas empresas, aquellas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no exceden de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario, y

-      Medianas empresas, aquellas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 25.000 unidades de fomento y no exceden las 100.000 unidades de fomento en el último año calendario.

Dentro de esta clasificación serán consideradas aquellas cooperativas que, de conformidad con el decreto con fuerza de ley N°5 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, cumplan con los requisitos para ser EMT de acuerdo con la referida ley N° 20.416. No será considerada como una EMT aquella que pertenezca a un grupo empresarial, definido de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de compras públicas, en el que la sociedad controladora no sea una EMT. Lo anterior deberá ser acreditado de conformidad con la información disponible en el Registro de Proveedores, proporcionada mediante declaración jurada.

Para efectos de lo establecido en el párrafo tercero del Capítulo IX de la Ley de Compras, los artículos 71 numeral 6, 86, 87, 89, 97 y 98 del Reglamento de compras públicas, especifican las reglas aplicables para asegurar la adecuada participación de las EMT y proveedores locales en los procedimientos de contratación.

      Para los efectos del Reglamento de compras públicas, y según lo dispuesto en artículo 47 de la Ley de Compras, se estará a la definición de micro, pequeña y mediana empresa y empresa de menor tamaño del artículo segundo de la ley N° 20.416, que Fija Normas Especiales para las EMT.

-      Son microempresas aquellas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario;

-      Pequeñas empresas, aquellas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no exceden de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario, y

-      Medianas empresas, aquellas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 25.000 unidades de fomento y no exceden las 100.000 unidades de fomento en el último año calendario.

Dentro de esta clasificación serán consideradas aquellas cooperativas que, de conformidad con el decreto con fuerza de ley N°5 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, cumplan con los requisitos para ser EMT de acuerdo con la referida ley N° 20.416. No será considerada como una EMT aquella que pertenezca a un grupo empresarial, definido de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de compras públicas, en el que la sociedad controladora no sea una EMT. Lo anterior deberá ser acreditado de conformidad con la información disponible en el Registro de Proveedores, proporcionada mediante declaración jurada.

Para efectos de lo establecido en el párrafo tercero del Capítulo IX de la Ley de Compras, los artículos 71 numeral 6, 86, 87, 89, 97 y 98 del Reglamento de compras públicas, especifican las reglas aplicables para asegurar la adecuada participación de las EMT y proveedores locales en los procedimientos de contratación.

  • cualquier instrumento, aparato, aplicación, material o artículo, incluyendo software, usados solos o en combinación y definidos por el fabricante para ser usados directamente en seres humanos, siempre que su acción principal prevista en el cuerpo humano no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función; con el propósito de diagnóstico, prevención, seguimiento, tratamiento, o alivio de una enfermedad, daño o discapacidad; de investigación o de remplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico, o de regulación de la concepción.
  • Se entiende para todos los efectos Hospital Base San José Osorno, Institución que convoca la presente licitación.

3°       NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS.

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

  • Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones Contractuales y Resolución Aprobatoria.
  • Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere.
  • Oferta de él o los proponentes respectivos.
  • Resolución adjudicataria.
  • Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde.
  • Orden de compra.

4°        LLAMADO A LICITACIÓN

El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl .

El llamado a presentar ofertas deberá publicarse en el Sistema de Información y deberá contener, a lo menos, la siguiente información:

1. Descripción del bien y/o servicio a licitar.

2. Nombre de la Entidad licitante.

3. Fechas para las consultas y aclaraciones a las Bases.

4. Fecha y hora de cierre y apertura de las ofertas.

5. En los casos fundados en que la apertura se efectúe respecto de sobres en soporte papel y se admita la presencia de los oferentes, se deberá indicar el lugar en que se llevará a cabo la apertura.

6. Monto y modalidad de las garantías exigidas cuando corresponda.

5°        REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.

Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Empresas de Menor Tamaño), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente:

  • No estar afecta a alguna de las causales de los artículos 4º y 35 quáter de la Ley 19.886 de Compras Públicas, modificada por la Ley N°21.364, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595.
  • En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393.

5.1      Idoneidad Técnica y Financiera de los Proveedores.

La idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores.

En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado.

5.2      Habilidad en el Registro de Proveedores.

Podrán contratar con los Organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en estado hábil en el Registro de Proveedores del Estado establecido en el artículo 16 de la Ley, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común.

La referida inscripción será requisito, igualmente, para gestionar órdenes de compra recibidas.

El servicio del Registro está a cargo de la Dirección ChileCompra y en él se inscribirán las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado, siendo las tarifas diferenciadas según el tamaño de empresa.

5.3      De las Inhabilidades.

Estarán inhabilitados para inscribirse o permanecer inscritos en el Registro de Proveedores, quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, y que afectan tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas:

  1. dentro de los anteriores dos años, según establece la ley.
  2. Condenas por los delitos concursales y tributarios indicados en el artículo 35 septies de la Ley de Compras Públicas.
  3. Condenas por delitos de cohecho, financiamiento al terrorismo y lavado de activos y aquellas incluidas en las listas negras de instituciones financieras multilaterales.
  4. Condenas por incumplimiento contractual respecto de un contrato con organismos sujetos a la Ley de Compras Públicas.
  5. Quienes hayan proporcionado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados respecto de sus beneficiarios finales y no hayan subsanado aquello dentro del plazo de 10 días desde que se requiera la enmienda de la información por parte de ChileCompra.

5.4 Conflictos de Interés

 

Se establece que no podrán suscribirse contratos con personal del Hospital Base San José Osorno, ni con sus cónyuges, convivientes civiles o familiares hasta el 2° de consanguinidad o afinidad, ni con las sociedades en las que las personas señaladas participen o sean beneficiarios finales.

Igualmente, la prohibición para suscribir contratos se aplica respecto de los funcionarios directivos del Hospital Base San José de Osorno hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, así como también respecto de los funcionarios que participen en procedimientos de contratación.

Es decir, la imposibilidad de vender bienes y servicios al Hospital Base San José de Osorno se amplía a todos los funcionarios y funcionarias que allí trabajen, cualquiera que sea su calidad jurídica, y no solo a los Directivos.

Esta prohibición, tratándose de directivos y funcionarios que participen en los procesos de compra para suscribir contratos con la misma institución en la que se desempeñan, se extiende mientras ocupen sus cargos, y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo.

5.5 Deber de Abstención (Artículo 35 quinquies de la Ley de Compras Públicas)

 

Se establece que las autoridades y funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno deberán restarse de los procedimientos de compra en los que puedan tener interés.

Esto considera, además, si está involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguineidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común.

5.6 Unión temporal de proveedores

La Unión temporal de proveedores (UTP) permite a personas y empresas asociarse temporalmente para ofertar en los procesos que se publican en www.mercadopublico.cl, de manera de sumar experiencia y presentar una oferta más completa y atractiva. Para este efecto los oferentes deberán cumplir con los requisitos exigidos de acuerdo a la “Modernización de la Ley de Compras Públicas”.

a. Estará integrada por una o más EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO.

b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.

c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.

d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. REQUISITO EXCLUYENTE.

e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.

5.7      Presentación de las ofertas

El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.

Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

Cada Entidad licitante establecerá para cada Proceso de Compra el formulario de oferta y los antecedentes solicitados a los Oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.

Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas, salvo el caso que las Bases dispongan la autorización de la presentación de más de una oferta por un mismo Proveedor. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.

6°        PLAZOS.

 

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl).

A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los sábados, los domingos y los festivos.

1

Publicación de las Bases de Licitación

Dentro de los 10 días siguientes (corrido) a la fecha de la total tramitación de la Resolución que aprueba las presentes Bases.

2

Periodo de Publicación

10 días (hábiles) (*)

3

Inicio Período de Consultas

Desde el día y hora de publicación.

4

Cierre Período de consultas

Hasta el día 5 (hábil) a las 17:00 horas.

5

Publicación de Respuestas

Hasta el día 7 (hábil) a las 17:00 horas.

6

Recepción de las Ofertas

Hasta el día 10 (hábil) (*) a las 17:15 horas

7

Acto de Apertura de las Ofertas

Día 10 (hábil) (*) a las 17:16 horas.

El acto de apertura se realizará en una etapa, es decir se procederá a abrir la oferta técnica y económica conjuntamente.

8

Período de Evaluación de las Ofertas

Hasta el día 10 (corrido), contado desde la fecha de la Resolución exenta que designa comisión evaluadora.

9

Adjudicación

Hasta el día 60 corrido siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas.

10

Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Hasta el sétimo día (7) días corridos siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

11

Fecha para firma de contrato

Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).

12

Fecha término de contrato.

24 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria.

Nota 1: Las diversas etapas y plazos serán contados desde el día siguiente a la fecha de publicación (día 1) de las Bases en el portal mercadopublico.cl.

Atendida la naturaleza de lo licitado, tratándose de bienes de simple y objetiva especificación y por motivos de buen funcionamiento del Hospital Base San José de Osorno, se rebajan los plazos de publicación de veinte a diez días desde la publicación al cierre de recepción de las ofertas.

7°        DOMICILIO Y JURISDICCIÓN.

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

8°        CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES.

Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de las mismas.

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.

 

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas.

Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopúblico.cl).

 

9°        VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS.

El plazo de validez de las ofertas será de sesenta (60) días corridos contados desde el cierre, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su reglamento.

10°     PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS.

La entrega de las propuestas deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas.

Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases, y considerando las restricciones de UTP.

Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 de la Ley 21.634, se podrán recibir en soporte papel, en el domicilio de la Entidad licitante y en los plazos que correspondan.

En el caso que la Entidad licitante reciba físicamente documentación de parte de los proveedores, designará a una persona encargada de la custodia de las ofertas, archivos digitales y documentos acompañados, debiendo disponer las medidas que aseguren su inviolabilidad y correcta conservación.

10.1    De los Antecedentes Administrativos.

Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes:

  • Formulario Nº 1: Identificación del proponente.
  • Formulario Nº 2: Aceptación de bases y conocimiento de la ley de contratación pública.
  • Formulario Nº8: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra    afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595.
  • Formulario Nº9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
  • Formulario N°10: declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la Ley N°21.595.
  • Formulario N°11: declaración jurada de independencia de la oferta.
  • Formulario N°12: declaración jurada programa de integridad con aplicación de Código Ética para proveedores (Directiva N°31 Chilecompra).

Al momento de presentar sus propuestas los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar, los oferentes deben adjuntar en su oferta el Certificado de antecedentes laborales y previsionales. El certificado no debe señalar anotaciones u observaciones vigentes.

10.2    De la Propuesta económica

El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl.

Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, costo de instalación, puesta en marcha, y capacitación para el servicio ofertados, según corresponda.

Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo a las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos. (REQUISITO EXCLUYENTE)

Diferencias en los valores de la propuesta: en caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.

10.3    De la Propuesta Técnica

Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas.

La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de servicios y prestaciones requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación.

La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Además, deberá adjuntar toda documentación, antecedentes y/o certificaciones que se solicite en este formulario. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE.

Formulario N°5: plazo de inicio de los servicios: contabilizados desde el momento del envío del correo electrónico, con la solicitud de realizar el servicio, por parte del Hospital y, el período de Post Venta, desde la entrega final de los servicios. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE.

El proveedor deberá acreditar experiencia por servicios ejecutados desde el año 2021 hasta la fecha de publicación de este proceso, mediante certificados y/o actas de conformidad por trabajos finalizados parcial o completos con firma, timbre y datos de contactos del cliente al que prestó el mismo servicio en sector público (Formulario N°6).

El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional acreditado adjuntando certificados correspondientes e identificar a supervisor (Formulario N°7). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE.

10.4    Presentación de Antecedentes omitidos

El Hospital podrá permitir la presentación de Formularios que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta en el portal, siempre que dichos formularios omitidos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 56 Reglamento Ley Nº 19.886).

En estos casos, el Hospital a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá el plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl al momento de cargar la consulta para que subsane dichas omisiones.

Si los documentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con la nota correspondiente, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, señalado en el numeral 14.4.7 de la presente Bases.

Lo anterior, con excepción de los formularios N° 3, 4, 5 y 7 que son de carácter excluyente, al igual que los certificados y antecedentes que se solicitan en dichos formularios.

El Hospital se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases.

No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación.

Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.

Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.

11°     PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c)  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

f)   El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

g)  El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h)  El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

i)     Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

 

Programas de integridad por parte de los proveedores: los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programa de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal (Formulario N°12).

12°     GARANTÍAS

Para el presente llamado a Licitación y dadas las características del proceso, se requerirá de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

En el evento que la garantía de fiel cumplimiento de contrato se otorgue de forma electrónica, deberán ajustarse a la ley 19.799, sobre Documentos electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.

Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley Nº19.886 y su reglamento.

12.1    Garantía de fiel cumplimiento de contrato.


CARACTERISTICAS

Tipo de Garantía

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Exigibilidad

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de hacer uso efectivo de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si aplicare), dejando sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos.

Estipulaciones del documento

Expresar su monto en pesos chilenos.

Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.

La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable y al primer requerimiento. Ésta podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar.

No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.121 y siguientes del Reglamento de Compras Públicas.

Beneficiario

Hospital Base San José de Osorno

Rut: 61.602.260-1

Tomador

El RUT del tomador del instrumento de garantía debe coincidir con el RUT del oferente.

Monto

5% del monto total NETO adjudicado y se expresará en pesos. Sin embargo, para el caso que el proveedor adjudicado sea una empresa de menor tamaño la garantía a entregar será del 5% del monto neto contratado, en conformidad a la clasificación contenida en el artículo segundo de la ley N°20.416

Vigencia Mínima

La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, aumentada en 90 días hábiles después de terminado el vínculo contractual.

Glosa

“CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES DEL “SERVICIO DE REPARACIONES EN DEPENDENCIAS DEL HOSPITAL”

ID: 1063538-95-LP26”.

Causales de cobro

El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos:

  • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 18.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral.
  • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886
  • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas.

Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial.

En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Forma y momento de entrega

Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento Jurídico).

Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente.

En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso, deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno.

Si la garantía de cumplimiento no fuere entregada dentro del plazo indicado, la Entidad licitante podrá aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato definitivo al Oferente siguiente mejor evaluado.

Forma y momento de restitución.

Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al jefe (a) de la Unidad de Tesorería.

Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.

Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería.

Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.

En el caso de prórroga o aumento del contrato.

En el caso de prórroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional.

13°     REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas se efectuará a través del Sistema de Información, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en el numeral 6 de las presentes Bases.

La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la seriedad de la oferta (solo si se ha solicitado en el proceso licitatorio).

Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica.

13.1    Admisibilidad de las ofertas y comprobación de lo declarado (Artículo 59 del Decreto 661 de la Ley de Compras)

Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.

El Hospital tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los Oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.

Conforme con lo anterior se verificará que la propuesta haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores.

Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente.

Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en el numeral 11 de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.

Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas.

14°     EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

14.1    Designación de la Comisión Evaluadora Comisión Evaluadora

Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. La designación se hará a través de una Resolución que contenga el ID del proceso de contratación, e identificando las personas que la componen con su nombre completo y Rut.

Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.

La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno:

  1. Jefe Subdepartamento de Infraestructura del HBSJO o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.
  2. Jefe de unidad movilización del HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.
  3. Secretaria Subdepartamento de Infraestructura HBSJO o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue.

Cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá entregar por escrito una Declaración Jurada por la cual manifieste no tener conflicto de Intereses con los proveedores del rubro de esta licitación, así como su compromiso a no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros (oferentes o no) mientras integre esta comisión. Esta declaración será publicada una vez adjudicada o desertada la licitación pública junto al Acta de evaluación, en la ficha de licitación de www.mercadopublico.cl en su apartado “Ver adjuntos”.

14.2    Funciones Comisión Evaluadora

Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierta el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.

Corresponderá al ente técnico confeccionar un informe de evaluación, el cual deberá contener la siguiente información: 

  1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
  2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o Reglamento de compras; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de compras.
  3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
  4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
  5. Proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
  6. Identificación de los integrantes de la comisión evaluadora.
  7. Firmas y cargos integrantes de la comisión evaluadora.
  8. Fecha del Acta.

De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl , aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.

14.3    Errores u omisiones detectados durante la evaluación.

Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:

1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

14.4    Matriz de evaluación

El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1

Oferta económica (precio)

50%

2

Requisitos Técnicos

20%

3

Plazo de inicio de los servicios

10%

4

Post Venta

10%

5

Experiencia

5%

6

Integridad y ética empresarial

3%

7

Cumplimiento requisitos formales

2%

TOTAL, PORCENTAJE

100%

14.4.1            Evaluación Económica.

Esta evaluación consta de una ponderación del 50% respecto a la evaluación final. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica.

Los montos deben ser ingresados en el (Formulario N°3) de las bases de licitación.

Fórmula de Cálculo:

Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *50

14.4.2            Requisitos Técnicos.

Esta evaluación posee una ponderación del 20% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de las siguientes tablas de evaluación.

REQUISITOS TÉCNICOS

CUMPLE

(SI: 100 – NO: 0)

1

Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas.

100 / inadmisible

2

Oferente adjunta fichas técnicas con imagen referencial de los materiales a utilizar.

100 / inadmisible

3

Nómina de personal y profesional del área de construcción a cargo de los trabajos.

100 / inadmisible

4

Carta compromiso donde se declara que personal ejecutor de los trabajos tendrá certificados de trabajo en altura antes de dar inicio a los trabajos y que debe ser emitido por entidad certificadora del área, los cuales deberán ser renovados durante la vigencia del contrato de trabajo requerido en bases técnicas.

100 / inadmisible

5

Oferta incluye anexo itemizado

100 / inadmisible

6

Oferente adjunta responsable eléctrico autorizado por la SEC (carnet vigente).

100 / inadmisible

14.4.3            Plazo de inicio de los servicios.

Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente (Formulario N°5), el plazo para iniciar los servicios se contabilizará en días corridos desde el momento de envío de correo electrónico o llamada telefónica, solicitando realizar el servicio, por parte del Hospital, al contacto indicado en el formulario respectivo:

PLAZO DE ENTREGA

PUNTAJE

01 días corridos contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra

100

De 02 a 05 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra

80

De 06 a 08 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra

50

De 09 a 11 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra

20

Más de 12 días contados desde el envío de la solicitud para realizar el servicio por parte del hospital en el portal de compra

0

14.4.4 Post Venta

Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la post venta del oferente a los requerimientos de la institución. La post venta debe cubrir la totalidad de la actividad realizada durante la ejecución del presente proceso licitatorio; debe cubrir cualquier falla presente en los trabajos solicitados, durante el periodo comprometido por parte de la empresa ejecutora, la cual debe reparar en su totalidad.

La empresa u oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl (Formulario N°5), garantizando la entrega del servicio comprometido y requerido por el Hospital.

Post Venta

PUNTAJE

Igual o mayor a 18 meses desde la fecha de entrega de los servicios al hospital.

100

De 14 a 17 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital.

80

De 09 a 13 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital.

50

De 5 a 8 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al hospital.

20

Igual o menor de 4 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al   hospital.

0

14.4.5            Experiencia del oferente

Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la experiencia del oferente desde el año 2021 a la fecha de publicación de este proceso. Esta información otorgada por el oferente tiene relación con la ejecución de obras terminadas, la que será registrada en el formulario correspondiente, el proponente debe indicar: nombre de la obra, mandante, metros cuadrados (m2), año de ejecución, monto adjudicado y datos de contacto.

Para esta evaluación, se considerará la cantidad de m2 informados por el proveedor por medio de certificados de conformidad o actas de entrega por trabajos finalizados o parcial, debidamente acreditado, se aceptará solo documentación válida aquélla relativa a servicios de características técnicas y económicas equivalentes al servicio licitado. No se aceptarán trabajos referentes a subcontratos de especialidad inmersos en una obra ejecutados por un tercero.

Como medio de acreditación de experiencia se aceptarán certificados de recepción, definitiva o conforme, certificados de ejecución de obras emitidos por los mandantes que acrediten la ejecución de los trabajos totalmente terminados.

No se aceptarán órdenes de compra, facturas o contratos como medio acreditador de experiencia; del mismo modo, no se aceptarán certificados que no señalen expresamente los m2 de la obra.

La comisión evaluadora se reserva el derecho a consultar a los mandantes nombrados en el formulario, corroborando la veracidad de la información otorgada con el objetivo de aceptar o no el certificado.   

 

El oferente deberá adjuntar en formato electrónico, a través del portal www.mercadopublico.cl , (Formulario N°6), garantizando la experiencia del servicio comprometido y requerido por el Hospital.

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

PUNTAJE

Mas de 7501 m2

100

7500 a 7001 m2

75

7000 a 6501 m2

50

5500 a 5001 m2

25

< 5000 m2

0

14.4.6 Integridad y ética empresarial

Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Formulario N°12 donde se señala expresamente como política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores (Directiva N°31 de ChileCompra).

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.  

Una vez completado el documento, se debe adjuntar a la carpeta técnica con el nombre “Formulario N°12: Declaración jurada programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).”

Asimismo, debe adjuntar documento respectivo donde acredite su programa de integridad.

Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.

Si no se presenta este anexo, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para proveedores. Asimismo, se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Formulario N°12. Por tanto, su oferta será evaluada con 0 (cero) en este criterio de evaluación.

De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.

Esta evaluación tiene una ponderación del 3% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro:

INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL

PUNTAJE

Oferente aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad.

100 puntos

El Oferente aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia de dicho Programa de Integridad; o, no aplica dicho programa, o no logra acreditar su aplicación.

0 punto

14.4.7 Cumplimiento de requisitos formales

Esta evaluación posee una ponderación del 2% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente.

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

PUNTAJE

Oferta presentada no contiene errores u omisiones

100 puntos

Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo

50 puntos

El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo

0 punto

El criterio “14.4.7”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 56º del Decreto N°661 que establece el Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente:

1.  Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

2.  La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

3.  La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

La solicitud de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe informar y publicar a través del Sistema de Información.

Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.

De igual modo las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales.

La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:

Puntaje final: puntaje evaluación económica + puntaje en requisitos técnicos + puntaje en plazo de inicio + puntaje post venta + puntaje experiencia + puntaje integridad y ética empresarial + puntaje cumplimiento requisitos formales de la presentación de la oferta.

 “La Comisión Evaluadora” recomendará o sugerirá al director del hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del hospital, aun cuando no sea la de menor precio.

La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo.

15°     ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.

Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente.

Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

15.1    Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado

El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas.

Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.

Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta.

15.2    Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.

Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.

En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente.

15.3    Ofertas riesgosas o temerarias.

La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Adicionalmente, las Entidades podrán establecer en las Bases criterios específicos para determinar que una oferta es riesgosa o temeraria.

Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

De ser adjudicada la oferta riesgosa o temeraria, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.

15.4    Mecanismo de resolución de empate

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. En tal caso se aplicarán las siguientes cláusulas de desempate, en el mismo orden indicado, hasta obtener un solo ganador, entre los participantes que han empatado:

  • En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”
  • En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Requisitos técnicos”
  • En caso de persistir el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “Plazo de inicio de los servicios”.

De persistir el empate se solicitará la opinión conjunta y unánime de toda la comisión que participa en el proceso de evaluación; los que, previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad. De ser necesario, se aplicará el método de redondeo estándar: las fracciones decimales iguales o superiores a 0,5 se aproximarán al entero superior, mientras que las inferiores a 0,5 se mantendrán en el entero actual. La regla anterior debe ser aplicada de manera uniforme a todos los oferentes para asegurar la objetividad e igualdad del proceso.

15.5    Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.

Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.

15.6    Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.

En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a yasna.albarran@redsalud.gob.cl quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

16°     FACULTAD DE READJUDICAR

El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días corridos (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta (si aplicara), en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa:

 

a)  Producto/servicio licitado no cumple técnicamente o presenta serios inconvenientes técnicos durante la ejecución del convenio, lo cual genera pérdida de la confianza técnica en el desarrollo del servicio contratado. Esto se avala con informe de la contraparte técnica del Hospital.

b)  Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido.

c)  Si el contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario.

d)  Si el adjudicatario desiste de su oferta.

e)  Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información.

f)   Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.393.

La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl.

La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo, y se deberá realizar dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

17°    REQUERIMIENTOS DE LA UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Antes de comenzar con los trabajos el oferente que resulte adjudicado deberá tener en cuenta y cumplir a cabalidad los siguientes requerimientos de la Unidad de Prevención de Riesgos del Hospital, para todo personal externo que desarrolle faenas de mantenimiento, reparación y obras dentro del recinto hospitalario. Si el adjudicatario no da cumplimiento a lo requerido, el Hospital se reserva el derecho de dar término anticipado y unilateralmente al servicio, o de readjudicar a la oferta que haya resultado en segundo lugar de la evaluación, si la hubiere.

Los documentos que debe presentar el adjudicatario antes de comenzar con el trabajo son los siguientes:

1.    Hojas de entrega elementos de protección personal.

2.    Registros entrega DAS e Inducción Seguridad.

3.    Registros entrega Reglamento Interno.

4.    Reglamento interno de su empresa.

5.    Registro de entrega del reglamento interno a:

      Mutualidad, Inspección del Trabajo y Autoridad Sanitaria.

6.    Certificado de adhesión a Mutualidad.

7.    Certificado de siniestralidad y accidentabilidad (período 1 año).

Lo anterior, además de la presentación de la documentación indicada en el Reglamento Subcontrataciones (adjunto) y solicitada por Unidad de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional.

Esta documentación debe ser obligatoriamente cumplida, en un 100%, según lo exija ley y corresponda a características de la empresa.

Una vez formalizada la adjudicación el proveedor deberá presentar en un sobre cerrado los documentos en la Unidad Prevención de Riesgos del Hospital. El sobre debe ser dirigido al Jefe de la Unidad Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional del Hospital o a quién él designe. El sobre debe señalar, además:

·     Nombre o Razón Social del proveedor

·     Nombre de la licitación

·     N° ID de la licitación

El oferente adjudicado tendrá la responsabilidad de todas las actividades realizadas por su personal en las dependencias asignadas dentro del Hospital, por lo tanto, deberá mantener una supervisión permanente sobre la forma en que se están prestando los servicios contratados.

 

El oferente adjudicado y su personal respetarán las reglas, procedimientos y disposiciones especiales de orden interno dictadas por el Hospital, tales como áreas restringidas, condiciones de ingreso a los distintos lugares y oficinas, precauciones de seguridad y otras que el Hospital determine. Para ello deberán coordinar en forma permanente los trabajos a efectuar con el Supervisor o jefe de la Unidad a cargo de los equipos.

 

Se autorizará el ingreso al Establecimiento sólo a los trabajadores prestadores de servicio, que se encuentren en la nómina entregada por el oferente adjudicado, quienes no podrán ingresar elementos que no correspondan al servicio que deben realizar.

La empresa adjudicada proveerá a sus trabajadores de una credencial de identificación con su nombre, fotografía y membrete o logo de la empresa en la que presta servicios, a su vez proporcionará los implementos de seguridad industrial y ropa de trabajo.

18°     CONTRATO

Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. Para la firma del contrato se solicitará la Garantía de Fiel Oportuno Cumplimiento del Contrato, extendida de acuerdo al numeral 12 de estas bases.

Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM, la suscripción del contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación.

Para la subscripción del contrato, los proveedores deberán encontrarse habilitados en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras donde además deberán acreditar su situación financiera y técnica.

El proveedor deberá presentar al departamento jurídico, boleta de garantía de acuerdo a lo solicitado vía correo electrónico. El oferente deberá hacer llegar la boleta a oficina de partes después de ello, el contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual.

Junto con lo anterior el proveedor deberá acompañar un documento en que se acredite la personería de quien actúe como representante legal en la suscripción del contrato. En dicho documento deberán constar las facultades o poderes de dicho representante legal para suscribir contratos o convenios como el de la especie.

Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución.

El proveedor deberá acreditar, al tiempo de celebración del contrato, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante la entrega de un certificado emitido por la Inspección del Trabajo o entidad certificadora de obligaciones laborales y previsionales acreditada de conformidad con la ley Nº 20.123 y su reglamento.

En caso de que se constate algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales señaladas durante la ejecución del contrato, el pago producto del contrato será destinado al cumplimiento de dichas obligaciones y/o se solicitará al proveedor que proceda a dichos pagos y le presente al Hospital los comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

Las obligaciones referidas se extenderán a las empresas subcontratadas por el proveedor en caso de que las presentes bases permitan la subcontratación.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor permitirá al Hospital a dar por terminado el contrato y en caso de llamarse a una nueva licitación éste no podrá participar.

En razón de lo anterior, el HBSJO estará facultado para solicitar en todo momento durante la vigencia del convenio, cualquier tipo de información y documentos referente al cumplimiento del pago de remuneraciones y leyes sociales y previsionales por parte del adjudicatario a sus trabajadores.

Se entenderá que el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remitiendo la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desistiéndose de la propuesta; caso en el cual “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta  (si procediere) y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital.

18.1    Vigencia

El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato y tendrá una vigencia de 24 meses.

18.2    Aumentos y disminuciones de contrato

El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica.

Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación en la que es parte una entidad de salud, y responde a la necesidad imperiosa que ésta tiene de cubrir sus requerimientos .

El aumento y/o disminución de contrato debe ser solicitado por el Referente técnico del HBSJO.

Para hacer efectivo dicho aumento, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.

El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances.

Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.

El aumento o disminución deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de aumentos renueve las garantías de acuerdo con lo indicado en el capítulo 12 de las presentes bases.

18.3 Prórroga plazo del contrato

De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, y fundadamente.

La prórroga de contrato debe ser solicitada por el Referente técnico del HBSJO.

Para hacer efectiva la prórroga, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a prorrogar o disminuir el plazo del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento.

El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de prórroga o disminución de plazo del contrato, sus principales implicancias y alcances.

Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico.

La prórroga o disminución del plazo del contrato deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de prórroga renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12 de las presentes bases.

En ningún caso, la o las modificaciones, relativas al aumento o disminución del contrato, o a la prórroga del plazo del mismo, podrán alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Entendiéndose que se alteran éstos cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases o, cuando la modificación altera el equilibrio financiero del contrato o, si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.

No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual.

18.4       Resciliación del Contrato

Las partes podrán poner término al Contrato de común acuerdo en forma anticipada.

18.5    Cesión del contrato y subcontrataciones

El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. Además, el subcontratista deberá encontrarse hábil en el registro de proveedores.

En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital.

El Hospital cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring en la medida que se notifique oportunamente de dicho contrato al correo jose.cordova@redsalud.gob.cl y gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl y no existan obligaciones pendientes.

18.6    Término anticipado de contrato por parte del Hospital.

En caso de incumplimiento del contrato celebrado, y previa calificación de las circunstancias y por resolución fundada, el Hospital podrá ponerle término administrativamente, en forma anticipada e inmediata, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnización por perjuicios causados.

Se consideran como causales de dicho término, las indicadas en el artículo Nº13 bis de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº130 del Decreto Nº661 de 2024 que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:

a)    La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

b)    La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

c)    El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se entenderá incumplimiento grave la aplicación de dos o más multas de las enumeradas en el punto 24, dentro un plazo de tres (3) meses durante la vigencia del contrato, cualquiera sea su fuente, o la acumulación de multas cuyo monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato. 

d)    El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

e)    La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de compras. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de compras.

f)     Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

g)    Las demás establecidas en la ley, en las presentes Bases de la licitación o en el contrato.

18.6.1 De los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada

Los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo o su modificación deberán ser fundados y publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las veinticuatro horas de dictado; salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 97 del reglamento de compras.

18.7    Referente o Coordinador técnico

El Hospital Base San José de Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Referente o Coordinador del mismo al Jefe de Subdepartamento de Infraestructura (francisco.zunigam@redsalud.gob.cl) o quien lo subrogue o reemplace, quien tendrá entre otras, las siguientes funciones:

  • Monitorear y gestionar los plazos establecidos en el contrato.
  • Exigir y fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato en todos sus aspectos técnicos.
  • Exigir informes técnicos a empresa que ejecuta servicios, evaluar cumplimiento por parte del ente técnico del hospital, para su validación y subsanar eventuales observaciones de conformidad de servicio en términos cuantitativos y cualitativos sobre la ejecución, operación, gestión del contrato, sugerir y/o solicitar aplicación de multas cuando procediere.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

18.8   Contraparte técnica del convenio.

El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor (Formulario N° 1).

En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá:

1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio.

2. Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas.

3. Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda.

4. Coordinar las asesorías que el Hospital requiera.

5. Recepcionar los reclamos y su gestión.

6. Coordinar las urgencias.

7. Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.

18.9    Administrador del Contrato

El Hospital Base San José Osorno también supervisará y revisará los aspectos administrativos del convenio, a través del administrador de contratos del Hospital (yasna.albarran@redsalud.gob.cl ), o por medio de quien le subrogue o reemplace, o de aquel en quien se delegue, quien tendrá las siguientes funciones:

  • Controlar el plazo de vigencia del contrato.
  • Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio.
  • Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital.
  • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.

18.10   Confidencialidad

El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.

En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital.

El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción.

18.11  Precio

El precio de la adquisición corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl más los impuestos correspondientes y, en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (Formulario Nº3). Éste, no será reajustable.

19°        Estados de pago

Los estados de pago deberán presentarse dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes al mes incluido en el respectivo Estado de Pago, y comprenderán periodos mensuales, entre el 1° y 28, 30 o 31 de cada mes, según corresponda. O bien, a decisión del contratista, presentar un solo estado de pago al final de los trabajos, adjuntando la recepción provisoria sin observaciones.

Para los contratos que cuenten con orden de compra sin emisión automática, una vez aprobado el monto del Estado de Pago, el ITO solicitará al Departamento de Abastecimiento la respectiva emisión de la Orden de Compra asociada al monto del Estado de Pago que se autoriza, cuya orden de compra deberá incorporarse en el folio referencia de la respectiva factura.

Los Estados de Pago serán considerados como abonos parciales que efectúa el Hospital durante el curso de los trabajos en conformidad a las Bases y tendrán sólo carácter de un pago provisorio concedido al contratista a cuenta del valor de la obra. En ningún caso se estimará este pago provisorio como aceptación de parte del Hospital de la cantidad y calidad de obra ejecutada por el contratista y a la cual corresponde dicho abono.

También será requisito para cursar un estado de pago, que el contratista entregue previamente al ITO los antecedentes que acrediten que no existen deudas con los trabajadores ocupados en la mantención por concepto de imposiciones, Seguro Social Obligatorio contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. En el caso que el contratista se encuentre utilizando subcontratistas, deberá entregar copia de las mismas cancelaciones efectuadas por dichos subcontratistas a los organismos pertinentes, lo que se detallará más adelante.

El proceso para presentar y cancelar los Estados de se hará por estados de pago mensuales. El o los estados de pago estarán ligados al plazo de ejecución de la obra. Si la obra se ejecuta en un plazo de 30 (treinta) días o menos, habrá un estado de pago, si supera los 30 (treinta) días habrá 02 (dos) estados de pago, y así sucesivamente de forma mensual. Excepcionalmente, el I.T.O podrá acordar con el contratista una fecha de corte distinto al mensual durante el transcurso del convenio.

El contratista previo a la facturación debe presentar a la I.T.O informe solicitado en ítem 8.- INFORMES DE ESTADOS DE PAGO de las bases técnicas. Si de la revisión se detectan observaciones, el contratista deberá subsanar dentro del plazo que le otorgue el I.T.O para tales efectos.

Una vez que cuente con la visación por escrito del I.T.O del avance y monto de estado de pago y de la documentación de respaldo, el contratista está obligado a presentar el expediente de los Estados de Pago mensuales, debidamente visado por el I.T.O.

El Contratista solo podrá emitir la respectiva factura, una vez que el I.T.O, lo haya autorizado expresamente, en caso contrario el Hospital, según quien financie el proyecto, solicitará su anulación en el SII.

Además, junto al informe de estado de pago, el contratista deberá presentar al I.T.O los siguientes documentos:

a)    Cubicaciones de respaldo, correspondientes al avance de las mantenciones que se contempla en el estado de pago.

b)    Últimos Certificados otorgados a la fecha de presentación del estado de pago emitido por la Inspección del Trabajo que acredite el Cumplimiento de las Obligaciones laborales y Previsionales, tanto del Contratista como de las empresas subcontratistas, y Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales del Contratista y de las empresas subcontratistas.

c)    Últimos Certificados vigentes a la fecha de presentación del estado de pago de las respectivas instituciones previsionales que acrediten que se encuentra al día en el pago de las prestaciones previsionales y remuneraciones de todo el personal que labore en la obra, tanto de los propios trabajadores como de los trabajadores de sus Subcontratistas.

d)    Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F-30-1) del mes que se efectuaron los trabajos, que acredita el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del contratista o subcontratista con sus trabajadores.

e)    Comprobante de pago de seguro de accidente del trabajo.

f)     Cualquier otro documento técnico y/o administrativo atingente a la obra y los trabajos de avance del mes que se curse, que la I.T.O estime pertinente y sea requerido a través del Libro de Obra con anticipación.

Sin estos antecedentes NO se recibirá la respectiva factura, ni se cursará el estado de pago correspondiente.

Así también, si en la revisión del expediente se detecta que estuviere mal presentado, o contuviere errores, el Hospital se reserva el derecho a disponer que se corrija o rechazarlo, previo informe del ITO.

En general, el incumplimiento en la entrega de forma y fondo de la documentación solicitada para cada estado de pago, no dará lugar al pago de éste, hasta completar los antecedentes requeridos.

El informe debe indicar íntegramente los servicios prestados, debe considerar documentación administrativa y debe adjuntarse para envío a los correos electrónicos francisco.zunigam@redsalud.gob.cl

La validación del EXPEDIENTE por parte del HBSJO, será requisito indispensable para proceder al (1) envío de la orden de compra, (2) recepción conforme de los servicios y finalmente (3) la facturación de estos.

20°        EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA

Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba el contrato, el Hospital podrá emitir la primera orden de compra.

Las órdenes de compra serán emitidas después de realizado los servicios, contra información de avance de los servicios.

Cuando se emitan las Órdenes de Compra, el adjudicatario deberá aceptar la orden de Compra a través del portal en un plazo no superior a 48 horas, de acuerdo a los precios ofrecidos por el oferente y visados previamente por el Coordinador del Convenio y Administrador de Contratos.

En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, el Hospital podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.

La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la recepción conforme que realizará el Hospital del bien/insumo o producto a través del portal de servicios públicas.

Antes del envío de la orden de compra, el comprador del Departamento de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en Registro de Proveedores.

21°     ENTREGA Y/O EJECUCIÓN DE PRESTACIONES Y SERVICIOS.

Los servicios deben ser ejecutados, previa solicitud formal y coordinación, con Departamento de Operaciones del HBSJO, ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.

22° ENTREGA DE EL O LOS PRODUCTOS (EN CASO DE PROCEDER O APLICAR)

Los insumos o productos, así como el equipamiento en comodato (bonificación), en caso de proceder o aplicar, debe ser entregado previa solicitud formal y coordinación, en Bodega General del hospital; ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno.

Además, el proveedor de forma obligatoria debe considerar lo siguiente: el transporte de los productos desde las Bodegas del Proveedor hasta las dependencias del Hospital será de costo y cargo de este. Es decir, debe estar incorporado en el precio ofertado del producto.

Para la gestión de despachos o el envío de los bienes/insumos o productos por parte del proveedor hacia la bodega general del Hospital, este deberá ser imperativamente acompañado por la guía de despacho y orden de compra correspondiente.

Posterior a la entrega de bienes/insumos o la prestación de un servicio (según corresponda); la institución deberá proceder con la validación o recepción conforme de estos. Este proceder resultará imprescindible para la posterior emisión de la factura comercial respectiva.

Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases.

23°     DE LA FACTURACIÓN Y PAGO

Los pagos a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos por las Entidades deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto.

Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la respectiva Entidad registre en el Sistema de Información:

a)  La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra.

b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, por la jefatura de la unidad encargada de adquisiciones de la respectiva Entidad, por quien tenga delegada dicha función o por quien haya sido designado administrador del contrato.

Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.

La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes.

  NOMBRE

Hospital Base San José De Osorno

RUT

61.602.260-1

DOMICILIO

Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos.

GIRO

Salud

Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada:

1.  Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión.

Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail).

2.  Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazará automáticamente.

Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo (campo 801). Este debe ser referenciado en un lugar distinto; por ejemplo, cuerpo del documento u observaciones.

3.  Debe coincidir monto facturado con monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público.

La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado.

El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (Ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento desde el cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago.

23.1    Pago indebido y su restitución.

Se entenderá que existe un pago indebido cuando por error material, aritmético o de hecho se efectúe un desembolso de fondos públicos a favor de un Proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u Orden de Compra respecto de bienes y/o servicios afectos a la Ley de Compras.

El Proveedor que reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso.

El Hospital Base San José de Osorno deberá requerir, de oficio, al Proveedor la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde que tomó conocimiento del pago indebido. Este requerimiento podrá efectuarse a través del Sistema de Información. Para estos efectos, los servicios deberán tener en cuenta las instrucciones dictadas por el Ministerio de Hacienda al respecto.

En caso de que el Proveedor no proceda a la restitución en el plazo solicitado, el HBSJO deberá informar dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a los artículos 160, numeral 9, y 161 del Reglamento de Compras.

24°     INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS

Antecedentes Generales

El Hospital podrá aplicar las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases por actuaciones imputables al proveedor y que impliquen una deficiencia o incumplimiento de las obligaciones señaladas en las bases, en el contrato y en todos los documentos que son parte de la presente licitación. Lo anterior, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor.

En consecuencia, ejercerá los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se causaren.

24.1    Infracciones Contractuales

Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento:

  • Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado: la multa será de 3 UTM por evento.
  • No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes. La multa será de 3 UTM, por evento.
  • Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. Por cada día de atraso la multa será de 3 UTM.

24.2    Del servicio

Las siguientes infracciones del servicio serán sancionadas con las siguientes multas en UTM:

  • Transgresión u omisión de las indicaciones del Departamento de Operaciones. Multa de 5 UTM por evento.
  • Si se comprobase la ejecución de actividades para fines ajenos al servicio contratado, en equipos y /o en las dependencias de la institución. Multa de 5 UTM por evento.
  • Por incumplimiento en el servicio solicitado de acuerdo a lo requerido en las especificaciones técnicas el monto de la multa será de 5 UTM, por evento.
  • Incumplimiento en el tiempo de entrega de los servicios, se aplicará una multa de 5 UTM por cada falta y cada día de atraso.
  • Incumplimiento en el servicio de post venta, según plazos comprometidos por el adjudicatario. Multa será de 5 UTM por evento.
  • Incumplimiento o la no entrega de documentación solicitada por Unidad de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional. La multa será de 5 UTM, por evento.
  • Multa de 5 UTM por evento.
  • Por no cumplimiento de los servicios por desistimiento de oferta, multa de 15 UTM, por evento.

24.3    Del personal

De igual manera estarán afectos a sanciones o multas de 3 UTM

  • Falta de condiciones y capacitación del personal que se presente a efectuar los trabajos. Multa de 3 UTM por cada trabajador.
  • El incumplimiento de las normas de seguridad. Multa de 3 UTM por evento.
  • La utilización deficiente o no uso de equipos e implementos indispensables y seguridad para su trabajo. Multa de 3 UTM por cada trabajador y por evento.
  • Conducta poco deferente o irrespetuosa del personal del adjudicatario hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del HBSJO. Multa de 3 UTM por cada trabajador, y por evento siempre que el hecho sea comprobado vía reclamo formal (por escrito).

Nota: Para el cobro de las multas se tomará como referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento.

25°      PROCEDIMIENTOS PARA APLICACIÓN DE MULTA

En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informará al adjudicatario por correo electrónico (aquél informado en el Formulario N°1) indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.

A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos y/o disconformidad con el contenido de dicha notificación, por escrito y dirigidos al director del Hospital Base San José de Osorno.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para pronunciarse. De esta manera, y con los antecedentes que disponga, dictará la resolución o acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, rechazando o acogiendo los descargos, total o parcialmente, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose al adjudicatario o a su representante legal por correo electrónico.

En efecto, todo tipo de sanción o multa será comunicada al representante indicado en el registro de proveedores o en el registro de la propuesta, mediante correo electrónico de la Dirección del Hospital, o desde el correo electrónico de quien ésta considere pertinente.

El acto administrativo que aplique dicha sanción debe revestir el carácter de fundado.

El proveedor podrá interponer contra dicho acto administrativo el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal.

Además, la medida aplicada será publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl.

Si el proveedor no formula descargos dentro del plazo conferido o los interpone fuera de, plazo, una vez verificada la no presentación de descargos por parte del proveedor, o habiéndose recibido éstos fuera de plazo, se procederá a dictar un acto administrativo que dejará firme la resolución de aplicación de multa, dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos, y se publicará el acto administrativo, a través de www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de 24 horas de su dictación.

En el evento de que el proveedor no estuviere conforme con lo resuelto, se encontrará facultado para interponer los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, en la forma y plazos previstos en dicho cuerpo normativo.

Sólo una vez transcurrido los plazos legales, y dictados los actos administrativos que resuelven los recursos interpuestos, rechazándolos, se podrá proceder a hacer efectiva la aplicación de la multa.

La reiteración (tres) de estas faltas dará derecho a que el Hospital dé término al contrato y al cobro de las garantías comprometidas.

En caso alguno, el monto total de las multas podrá exceder el 30% del monto total del contrato.

25.1    Cobro de multas

En caso de que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:

 

  • Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl,

  • Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital.

 

Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases.

La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.

En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato.

Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl.

 

25.2    Indemnización por daños y perjuicios

Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados a la Entidad por el incumplimiento del contrato, ésta estará facultada para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.

25.3    Notificaciones electrónicas

Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales.

Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.

26°     RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS

En caso se generarse responsabilidad civil extracontractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal.

27°     SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

                                       

BASES TECNICAS

BASES TÉCNICAS

“CONVENIO SERVICIO DE REPARACIONES DE DEPENDENCIAS DEL HOSPITAL”

ID: 1063538-95-LP26

HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO

  1. OBJETIVO         

Se requiere contratar especialista en el área de obras civiles para realizar el convenio de suministro partidas construcción en diferentes áreas del HBSJO.

2.- REPARACIONES.

 

2.1.-    Los Trabajos a considerar:

Las presentes especificaciones técnicas guiaran al contratista en la ejecución de materiales, disposición de estos, tipo y calidad como así en los materiales complementarios y accesorios utilizados para llevar a cabo cada partida solicitada. En caso de duda, diferencia o comentario, estas deberán ser realizadas en la etapa de consultas en el plazo asignado en portal de licitación o en visita técnica, las cuales serán resueltas por el profesional a cargo correspondiente. En caso de no declarar ninguna consulta, diferencia u objeción, se entenderá que el contratista conoce el proyecto y está de acuerdo con la ejecución de sus partidas y deberá realizar el proyecto a cabalidad, incluyendo todas las faenas necesarias para la correcta ejecución de éste.

El oferente deberá ejecutar las obras de acuerdo con las especificaciones técnicas e indicaciones del coordinador de obra dispuesto por el hospital. El coordinador rechazará o hará retirar sí se encontrasen instalados, todos aquellos materiales que no se ajusten a las Especificaciones Técnicas, así como los materiales defectuosos o mal instalados, podrá además solicitar la certificación técnica de los materiales que se empleen. Todos los materiales a utilizar serán de óptima calidad.

El contratista, deberá contar con un supervisor en obra el cual tenga contacto permanente durante toda la ejecución de esta y hacer que los trabajadores, desempeñen su labor con los elementos de seguridad necesarios. El coordinador se reserva el derecho de solicitar inspecciones de los organismos que correspondan para fiscalizar el cumplimiento de Leyes Laborales, de seguridad del trabajo y otras afines. Durante la ejecución de cada partida el contratista deberá mantener permanentemente limpio, aseado el acceso a las dependencias, pasillos o lugar en donde se ejecuten las reparaciones, además de retirar los escombros en forma diaria.

2.2.- Obras provisorias y de seguridad.

El contratista, antes y durante la ejecución de los servicios, deberá tomar las medidas de resguardos necesarios para evitar la caída y/o proyección de objetos, colocar barrera sobre área de tránsito de peatones en especial para quienes transitan frente al lugar de trabajo.

El contratista deberá cerrar las áreas de trabajo con mangas de polietileno, placas de madera u otro material, a fin de aminorar el polvo en suspensión y ruido, en especial, cuando se realicen las labores de corte, lijado o desbastado, además para evitar el libre acceso del personal no autorizado a los trabajos. También se deberá contar con letreros o cintas que indiquen el acceso restringido a personal no autorizado en el caso que corresponda.

El contratista deberá disponer de todos los elementos de protección personal (E.P.P.) para sus trabajadores, los que ejecutaran labores especificadas, conforme a la ley y reglamento interno. Este será responsable de su personal y la seguridad de ellos, por lo que deberá tomar todas medidas necesarias para mitigar posibles riesgos inherentes al servicio a entregar.

2.3.- Materiales:

Los materiales de uso transitorio son opcionales del oferente, sin perjuicio de los requisitos de garantía y seguridad de trabajo que deben cumplir, bajo su responsabilidad.

Los materiales que se especifican para las obras definitivas se entienden de primera calidad dentro de su especie conforme a las normas y según indicaciones de fábrica. El coordinador rechazará todo aquel material que a su juicio no corresponda a lo especificado. Además, podrá solicitar al oferente la certificación de calidad de los materiales a utilizar en obra.

En caso de que se especifique una marca de fábrica para un determinado material se entiende como una mención referencial, por lo tanto, el oferente podrá proponer el empleo de una marca alternativa, siempre y cuando su calidad técnica sea igual o superior a la especificada; en todo caso, la opción alternativa debe someterse oportunamente a consideración del coordinador técnico por parte del hospital para su aprobación o rechazo.

Por otra parte, los materiales provenientes de demoliciones serán clasificados y entregados al hospital, los que se encuentren en buen estado. No se aceptará su uso en las obras definitivas, salvo que el coordinador técnico del hospital autorice su reutilización.

El material desechado es de responsabilidad del contratista en su disposición final, durante la ejecución de las reparaciones de estos los cuales serán acopiados en lugar dispuesto por el hospital solo hasta el fin de las reparaciones, luego de ello el contratista debe depositar en vertedero o recinto autorizado por la autoridad sanitaria.

2.4.- Normas y reglamentos.

En todo aquello que sea aplicable a las obras materia del proyecto y salvo estipulaciones en contrario, se tendrán como parte íntegra y/o complementaria de las presentes especificaciones técnicas, las siguientes Normas, Leyes y Reglamentos que concurren a la definición del proyecto:

  • Ley General de Urbanismo y Construcción.
  • Ordenanza General de Urbanismo y Construcción de 1992 y sus modificaciones posteriores (Decreto Nº 173 de diciembre 1996 y Nº 78 de diciembre 1997 del Minvu).
  • Plan regulador comunal, correspondiente a la comuna donde se ubica el proyecto.
  • Leyes, decretos, reglamentos, y resoluciones relativas a permisos, aprobaciones, derechos, impuestos e inspecciones fiscales y municipales.
  • Reglamentos y Especificaciones Técnicas para la construcción de pavimentos vehiculares ó peatonales (Serviu).
  • Reglamento sobre los proyectos y construcciones de redes de instalación de alumbrado y fuerza motriz (SEC).
  • Reglamentos generales sobre Instalaciones Domiciliarias de Alcantarillado y Agua Potable.
  • Reglamento y Manual de Normas Técnicas de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado.
  • Normas de Seguridad sobre Accidentes del Trabajo y Seguridad en excavaciones (Nch. 436 Of.51 – Nch.349 Of.55).
  • Normas I.N.N. referidas a calidad, métodos de muestreo y ensayos de los materiales a utilizar en el proyecto.

2.5.- Inspección Técnica De Obra

Se tomarán las medidas de control y gestión necesarias para un buen desarrollo de la obra, tal como se indica en el documento ingresado con el expediente Municipal.

Esta función recaerá en un profesional designado por el mandante, el cual tendrá plenas atribuciones y facultades para exigir el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas y de todas las obligaciones estipuladas en el respectivo Contrato de Construcción.

Será también función del ITO, autorizar la sustitución y/o reemplazo de materiales previa consulta con el Arquitecto y Mandante manteniendo las mismas características de calidad del material especificado originalmente.

2.6- Calidad de los Materiales

Los materiales especificados son de primera calidad, debiendo cumplir con la totalidad de las características técnicas ofrecidas por el fabricante, así también deberán cumplir con todas las Normas I.N.N. vigentes en cuanto a calidad de los materiales.

2.7.- Recintos a trabajar

Como referencia de lugares a trabajar en el hospital, se puede mencionar los siguientes:

-      Reparación de muros en la UHCIP

-      Sellado piso mecánico UHCIP.

-      Reparación de muros edificio M2.

-      Habilitación de oficina en sector CAE.

-      Mantención farmacia ambulatorio.

-      Habilitación de bodega 3 piso medicina.

-      Ampliación interna archivo.

-      Habilitación de sala de control centralizado. 

-      Modificación ingreso a dependencias de Lista de Espera.

-      Divisiones estructurales en puntos de acopio y bodega del REAS.

-      Reacondicionamiento de puertas en zona intermedia de pasillos del hospital.

-      Construcción cielo oficina jefe CAE.

-      Pintar salas de hospitalizados servicios de pediatría.

-      Pintar puertas de pediatría. 

-      Puerta de acceso a CAE, Policlínico de ginecología

-      Puertas frente a pabellón, frente a patio de luz, sector S.

-      Mamparas de acceso a post operados, 1er piso, sector R.

-      Puerta hacia patio de luz frente a lavandería, 1er piso, sector K.

-      Puertas de ingreso a admisión urgencias, 1er piso, sector M.

-      Puertas de patio de luz al costado de diálisis, 1er piso, sector G 

-      Reparación de puerta a patio de luz frente a Oncología, sector B

-      Puerta patio de luz policlínico medicina en sector CAE.

-      Reparación de ventanas en mal estado.

-      Habilitación y mantenimiento de oficinas en UCA, sector K.

Cabe destacar, que estos sectores son referenciales y puede existir una variación de estos lugares durante el proceso del convenio.

3.- PARTIDAS CONSTRUCTIVAS.

El contratista deberá realizar una valorización de cada uno de los siguientes puntos sean estos expresados en m2 (metros cuadrados), ml (metros lineales), valores unitarios, entre otros. Para ello se debe contemplar el precio del trabajo completo por unidad de medida, considerando materiales, mano de obra, accesorios, etc. 

3.1.- Hormigones EN FUNDACIONES                                                                                                 

Para las estructuras que contemplan hormigón se deben considerar las siguientes:

3.1.1.- Emplantillado                                                                                                 M2

Contemplará el suministro y confección de emplantillado para separación entre suelo y armadura proyectada. Se utilizará hormigón grado G-05(20)40 de 5 cm de espesor preparado por medios mecánicos o in situ manuales.

Antes de colocar el emplantillado se deberá: limpiar y mojar cuidadosamente el sitio de colocación; verificar la impermeabilidad del sitio para evitar pérdidas de absorción y revisar que las excavaciones tengan la sección adecuada.

La colocación se deberá efectuar con los equipos adecuados y mediante los procedimientos necesarios para: mantener la homogeneidad y evitar la segregación; asegurar la continuidad de los elementos estructurales; mantener las dimensiones y la forma geométrica de los elementos; evitar la contaminación con materiales extraños que alteren sus propiedades; evitar que las condiciones del sitio de colocación afecten negativamente sus propiedades, y; colocar el hormigón sobre terreno no congelado y sin hielo superficial.

Se utilizará en todos los elementos de hormigón (armado y sin armar) que estén en contacto con el terreno y sobre el emplantillado se deberá considerar película de polietileno de 0,2 mm.

3.1.2. Aceros de Refuerzo                                                                                          Kg

Contemplará el suministro, doblado y colocación de barras y/o mallas de acero de refuerzo. Se deberá utilizar acero en calidad A630-420H y para las mallas de AT56-50H. De esta manera, se permitirá que las armaduras puedan venir prefabricadas.

Las barras rectas, rollos y mallas deberán almacenarse bajo techo, ordenando el material en lotes, de manera tal que se evite el contacto directo con el suelo y que se deformen o ensucien.

Éstas podrán ser cortadas y dobladas en el sitio de la obra o fuera de él. El cortado y doblado de las barras y mallas de acero deberá ejecutarse en frío, con los elementos y herramientas adecuadas y de acuerdo con las formas y dimensiones adecuadas. Antes de colocar una barra o malla, deberá verificarse que se encuentre libre de toda suciedad, lodo, escamas sueltas de óxido, pintura, aceite o cualquier otra sustancia extraña que pueda afectar la adherencia.

Asimismo, durante el hormigonado de las estructuras, se deberá eliminar el mortero que hubiere salpicado las armaduras. Se deberán fijar adecuadamente en sus intersecciones, mediante amarras de alambre de acero y sujetarse por medio de bloques de mortero, distanciadores, soportes, separadores y otros dispositivos, de modo que la armadura quede en su posición correcta y ajustándose a los recubrimientos de hormigón especificados. Los empalmes de armaduras principales se realizarán únicamente en los lugares indicados.

3.1.3. Moldajes                                                                                                          M2

Se contemplan el suministro, la confección y colocación de moldajes para su utilización.

Serán de madera de calidad adecuada, que no presenten hendiduras, fisuras, agujeros u otros defectos que puedan afectar el buen servicio.

Se deberá tener en consideración el tratamiento previo de desmolde el cual no deberá producir efectos adversos en el hormigón.

La confección estará a cargo del Contratista, y deberán conformarse de acuerdo con las dimensiones del elemento pertinente.

Los soportes del moldaje deberán ser fundados con elementos que aseguren su estabilidad y rigidez. Todos los sistemas de soporte deberán construirse de modo que permitan un

descimbre seguro y fácil, para lo cual se apoyarán en cuñas, cajas de arena, tornillos u otros dispositivos. Los arriostramientos deberán evitar todo movimiento de los moldes durante las etapas de colocación y fraguado del hormigón.

Previo a la colocación del hormigón, el moldaje deberá ser mojado en todos sus costados y se verificará que cumplan con las condiciones geométricas de los elementos estructurales indicados, que sean estancos, estables y resistentes.

El retiro de los moldajes debe realizarse sin producir sacudidas, choques ni destrucción de aristas, esquinas o de la superficie del hormigón. La autorización para el desmolde de los elementos deberá ser otorgada por la ITO correspondiente.

3.1.4. Hormigones                                                                                                     M3

Previo al proceso de hormigonado se deberá tener la aprobación de la ITO con el fin de evitar molestias en las dependencias.

Se contempla el suministro y confección de elementos resistentes de hormigón. El grado del hormigón a utilizar para estos elementos será de mínimo G-20 con cono especificado entre 8 a 10 cm (G20(10)20/6) el cual podrá ser de proveedor externo o fabricado in situ con la dosificación correspondiente y aprobada.

Antes de colocar el hormigón se deberá: limpiar y mojar cuidadosamente el sitio de colocación; verificar la impermeabilidad del sitio para evitar pérdidas de absorción; preparar las juntas de hormigón y su tratamiento;

La colocación se deberá efectuar con los equipos adecuados y mediante los procedimientos necesarios para: mantener la homogeneidad y evitar la segregación; asegurar la continuidad de los elementos estructurales; mantener las dimensiones y la forma geométrica de los elementos; evitar desplazamiento y/o deformaciones de las armaduras u otros elementos embebidos; evitar la contaminación con materiales extraños que alteren sus propiedades; evitar que las condiciones del sitio de colocación afecten negativamente sus propiedades, y; colocar el hormigón sobre terreno no congelado y sin hielo superficial.

El vaciado deberá ser continuo y uniforme, colocándolo en franjas o capas horizontales de un espesor no mayor que 50 [cm], de acuerdo con el elemento estructural y los equipos seleccionados para efectuar la vibración. La altura de caída libre del hormigón no deberá sobrepasar los 2,5 [m] de altura.

La vibración se deberá efectuar con los equipos adecuados y mediante los procedimientos necesarios para que, manteniendo la homogeneidad, se pueda: obtener la máxima capacidad del hormigón por eliminación de las burbujas de aire arrastradas; rellenar completamente el moldaje sin deformarlo y sin producir nidos de piedras; rodear en forma continua las armaduras, asegurando que queden completamente embebidas en el hormigón, y; obtener la textura superficial con terminación corriente.

En ningún caso durante el periodo de curado, el hormigón deberá sufrir cargas, impactos, vibraciones, tránsito de personas y equipos, materiales y otros, que puedan dañar el material de curado.

El desmolde y el descimbre se deben realizar sin producir daños en el elemento estructural. No se deberán producir destrucción de aristas, en las esquinas o en la superficie del hormigón.

El Contratista deberá proponer la ubicación de las juntas de hormigonado para aprobación de la ITO. La junta se debe someter a un tratamiento de manera que, al momento de continuar el hormigonado, esté limpia y libre de lechada.

En caso de utilizar fundaciones y elementos prefabricados, se deberá tener la certificación de que el proveedor cumple con la normativa y con los pasos de fabricación adecuados.

Figura 1: Ejemplo de fundaciones.

          Figura 2: Consideraciones Radier

3.2.- Tabiquería nueva EN perfiles de acero galvanizado                

3.2.1.- Estructura.                                                                                                        M2

El tabique proyectado, se deberá estructurar con perfiles de acero galvanizado, tipo U de 2x4x0,85 para las soleras, y perfiles tipo C de 2x4x0,85 como montantes, distanciados a 40 cm. y fijados entre sí, mediante tornillos lentejas punta broca de ½”, fijados al hormigón mediante pernos de anclaje de ½ x 3 ¾”. (imagen2).

3.2.2.- Aislación                                                                                                           M2

Para la aislación del tabique se solicita la instalación de rollos de lana mineral debiendo cumplir un espesor total de 100 mm, referencia tipo aislanglass o similar.

3.2.3.- Encamisado                                                                                                      M2

Para el encamisado, se solicita la instalación de planchas de OSB de 122 x 244 cm x 11,1 mm. de espesor por ambos lados del muro, interior y exterior, estas planchas serán fijadas mediante tornillos cabeza plana punta broca de 1 ¼”, a la estructura de perfiles de acero galvanizado.

3.2.4.- Membranas hidrófugas                                                                                      M2

En caras de muros exteriores nuevos y como membrana hidrófuga se instalará papel de fibras de polipropileno de 1,5 mm de espesor tipo Tyvek de calidad igual o superior. Éste irá afianzado al encamisado de OSB con engrape (corchetes) y totalmente extendido. Se deberán seguir las instrucciones del fabricante para su correcta instalación.

3.2.5.- Revestimiento interior plancha yeso cartón                                                                  M2

Para revestimiento interior se consideran planchas de yeso cartón de 120 x 240 cm, x 15 mm., de espesor, fijadas al encamisado con tornillos zincados de rosca gruesa de ¾” o 1”., una vez instaladas se solicita la aplicación de cinta americana de fibra de vidrio adhesiva microperforada y también la aplicación de yeso en uniones, lijado y empastado, dejando las superficies lisas y planas para recibir la terminación.

3.2.6.- Revestimiento interior plancha fibrocemento                                                             M2

Para revestimiento interior se consideran planchas de fibrocemento de 120 x 240 cm, x 8 mm., de espesor, fijadas al encamisado con tornillos zincados de rosca gruesa de ¾” o 1”., una vez instaladas se solicita la aplicación de cinta americana de fibra de vidrio adhesiva microperforada y también la aplicación de yeso en uniones, lijado y empastado, dejando las superficies lisas y planas para recibir la terminación.

3.2.7.- Revestimiento exterior de fibrocemento                                                                          M2

Se podrán revestir los muros en sus caras exteriores con planchas de fibrocemento de 120 x 240 cm. de 8 mm fijadas al encamisado con tornillos zincados de rosca gruesa de 3/4” o 1”. Será de tipo Internit, igual o superior.

3.2.8.- Revestimiento exterior metálico                                                                                    M2

Se podrán revestir los muros en sus caras exteriores con planchas de PV4 en medidas a rectificar en terreno para anchos útiles y largos, de 0.4 mm con tornillos autoperforantes para fijar la plancha metálica a la estructura de acero galvanizado en frio.

Figura 3: Ejemplo tipo de PV4 exterior

3.2.9.- Terminación interior de cerámicas                                                                                M2

Se solicita la instalación de las siguientes cerámicas en caso de necesitarse:

Cerámico beige.

Se solicita al contratista la provisión de cerámica para piso y muro arcadia marfil 46x46cm con antideslizante según figura 5, o modelo de similares características instalado en el recinto hospitalario. Se debe adjuntar ficha técnica de la cerámica ofertada.

Figura 4: Cerámica Beige ejemplo.

 

Cerámica blanca.

Se solicita al contratista la provisión de cerámica blanca (Ref: modelo holztek) de dimensiones 20x30 cm o similar. Debe ser de similares características al modelo que se encuentra instalado en el recinto. Se deberá presentar la ficha técnica del material.

Figura 5: Cerámica blanca ejemplo.

 

3.2.10.- Terminación interior pintura oficinas y box                                                                    M2

Para la terminación interior se solicita la aplicación de dos manos de esmalte al agua color marfil oriental, terminación de brillo satinado. Será aplicado sobre una mano de pintura látex extracubriente blanco, el cual se debe proveer y aplicar de ser necesario.

3.2.11.- Terminación interior pintura áreas clínicas críticas                                                   M2

En algunas terminaciones interiores de áreas críticas se solicita la aplicación de dos manos de esmalte epóxico antibacteriano en terminación satinada y color a definir según el área en que se aplique. Será aplicado sobre una mano de pintura látex extracubriente blanco, el cual se debe proveer y aplicar de ser necesario.

 

 

3.2.12.- Terminación interior pintura áreas clínicas                                                                   M2

En algunas terminaciones interiores de áreas clínicas se solicita la aplicación de dos manos de óleo sintético en terminación brillante y color a definir según el área en que se aplique. Se debe procurar que esta pintura sea de alta lavabilidad. Será aplicado sobre una mano de pintura látex extracubriente blanco, el cual se debe proveer y aplicar de ser necesario.

3.2.13.- Terminación Exterior “DAFS”                                                                                       M2

Para la terminación exterior se solicita la aplicación de “Direct Applied Finish System” o “DAFS” sobre el revestimiento exterior de fibrocemento, instalando la malla de fibra de vidrio, con dos manos de mortero adhesivo, enlucido, para la posterior aplicación de textura graneada, de color blanco. Para esta terminación se debe contemplar la instalación de corta gotera, tratamiento de juntas, para su correcta ejecución y funcionamiento.

3.2.14.- Terminación Exterior Zinc ondulado                                                                                   M2

La terminación exterior de muro podrá ejecutarse mediante revestimiento de zinc ondulado, fabricado en acero estructural revestido con aleación de aluminio–zinc galvanizado, según corresponda.
El revestimiento deberá utilizar planchas de 0,4 mm de espesor, cuyos largos y anchos útiles se rectificarán en terreno para optimizar su modulación e instalación.
Las planchas deberán ser prepintadas, en color blanco o azul cobalto, de acuerdo con los requerimientos del sector donde se instalen.

3.2.15.- Molduras de Madera                                                                                         ML

Las terminaciones de junquillos, pilastras, cornisas y guardapolvos se realizarán con materiales de madera. Se contemplarán pintadas con dos (2) manos de esmalte al agua en color a definir según ITO.

Figura 6: Muro Perimetral.

3.3.- TECHUMBRE.

3.3.1.- Estructura en perfiles de acero galvanizado                                                                   M2

El tabique proyectado, se deberá estructurar con perfiles de acero galvanizado, tipo U de 2x4x0,85, y perfiles tipo C de 2x4x0,85 como montantes, distanciados a 60 cm., y fijados entre sí, mediante tornillos lentejas punta broca de ½”, y fijados al hormigón mediante pernos de anclaje de ¼” x 2 ½”. Para las costaneras se deberán instalar perfiles de acero galvanizado tipo Omega Estructural. (figura 5).

 

 

 

 

 

Figura 7: Cercha Tipo

 

3.3.2.- Aislación                                                                                                                M2

Para la aislación de techumbre se solicita la instalación de rollos de lana mineral debiendo cumplir un espesor total de 120 mm., de espesor, referencia tipo aislanglass o similar.

3.3.3.- Encamisado                                                                                                                 M2

Para el encamisado de cubierta, se solicita la instalación de planchas de OSB, de 122 x 244 cm., x 11,1 mm., de espesor, fijadas mediante tornillos cabeza plana punta broca de 1 ¼”, a la estructura de techumbre de perfiles de acero galvanizado.

3.3.4.- Barrera de humedad                                                                                                      M2

En caras exteriores de la techumbre nueva y como membrana hidrófuga se instalará papel de fibras de polipropileno de 1,5 mm de espesor tipo Tyvek de calidad igual o superior. Éste irá afianzado al encamisado de OSB con engrape (corchetes) y totalmente extendido. Se deberán seguir las instrucciones del fabricante para su correcta instalación.

3.3.5.- Revestimiento Exterior de cubierta.                                                               M2

Para el revestimiento exterior se solicita instalar planchas de zinc trapezoidales de tipo PV4 de 5 mm de espesor. Éstas estarán prepintadas de color azul cobalto cód: RAL5005 (mismo color de las ya existentes en Hospital), fijadas con tornillos para techo hexagonales con golilla de metal y neopreno de 3”. Se deberán seguir las indicaciones del fabricante para la correcta instalación del revestimiento, evaluando el uso de ganchos omega para su fijación.

3.3.6.- Revestimiento Interior Cielo                                                                                                   M2

Para el revestimiento interior de cielo se deben proyectar perfil omega cada 40 cm, luego se solicita instalar planchas de yeso cartón RH y/o ST de 120 x 240 cm, x 10 mm. de espesor, fijadas a la estructura de cielo mediante tornillos cabeza plana punta broca de 1”., una vez instaladas se solicita la aplicación de cinta americana de fibra de vidrio adhesiva microperforada y también la aplicación de yeso en uniones, lijado y empastado, dejando las superficies planas para recibir la terminación.

Figura 6: Ejemplo tipo detalle instalación de cielo

3.3.7.- Terminación interior pasillos y box de atención                                                          M2

Para la terminación interior se solicita la aplicación de una mano de látex y dos manos de esmalte al agua color marfil oriental y del tipo satinado. Se aplicará como terminación de cielo interior.

3.3.8.- Terminación interior áreas clínicas críticas                                                                    M2

En algunas terminaciones interiores de áreas críticas se solicita la aplicación de dos manos de esmalte epóxico antibacteriano en terminación satinada y color a definir según el área en que se aplique. Será aplicado sobre una mano de pintura látex extracubriente blanco, el cual se debe proveer y aplicar de ser necesario.

 

3.3.9.- Terminación interior áreas clínicas                                                                   M2

En algunas terminaciones interiores de áreas clínicas se solicita la aplicación de dos manos de óleo sintético en brillo satinado y color a definir según el área en que se aplique. Se debe procurar que esta pintura sea de alta lavabilidad. Será aplicado sobre una mano de pintura látex extracubriente blanco, el cual se debe proveer y aplicar de ser necesario.

3.4.- Puertas

3.4.1. Puertas MDF y Quincallería                                                                                                           M2

Se solicita la provisión e instalación de puertas de MDF con su respectivo afinado dos manos de pintura esmalte al agua color a definir, con cuatro bisagras y una cerradura con manilla. REF. Cerradura Modelo 1080 con manilla 960U color acero inoxidable satinado y bisagra de aluminio P45 color titanio.

3.4.2. Puertas correderas MDF y Quincallería                                                                                 M2

Se solicita la provisión e instalación de puertas de madera con sistema de corredera más cerradura y tirador con medidas de 80 cm de ancho y 2.1 m de alto. Se deberá contemplar todo lo necesario para la instalación del sistema de corredera como guías, rieles, carros, topes y accesorios para que quede completamente funcional. REF. Cerraduras Modelos igual o similar a 1280 con tirador tip301B, que son la tienen instaladas en el Hospital actualmente. Las puertas se instalarán con 2 dos manos de esmalte al agua color Marfil oriental.

3.4.3. Puertas PVC blanco y Quincallería                                                                                           M2

Se solicita la instalación de puertas de abatir y/o vaivén según diseño de imagen, estructuradas en perfiles de PVC blanco de alta resistencia térmica y acústica. Las medidas de las puertas serán de ancho a rectificar según necesidad y de altura de 2.1 m. El acristalamiento será de cristal de 5 mm con junquillos, sellos de goma, burletes y silicona para estanqueidad. Incluye marcos con refuerzo interior de madera (o acero galvanizado según norma), hojas, palillos, jambas y piernas. La quincallería consta de 3 bisagras por hoja, cerradura modelo 1070/1270/1280 y dos manillas ergonómicas en acero inoxidable satinado con tirador. Se consideran todas las fijaciones, pestillos manuales y guías necesarias para su correcto funcionamiento.

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Figura 7: Ejemplo tipo de puerta PVC a instalar.

3.5.- VENTANAS

El contratista deberá realizar una valorización de cada uno de los siguientes tipos de ventanas, expresadas en metros cuadrados (M2), para ello se debe contemplar el trabajo completo, materiales, mano de obra, accesorios, etc. Todas las ventanas proyectadas en termopanel deben cumplir con el plan descontaminación atmosférica de Osorno (PDAO). El proceso de confección implica la preparación y corte de los perfiles de PVC, ensamblaje de la estructura, colocación del cristal, instalación de accesorios para garantizar la hermeticidad y fijación adecuada. Todo el proceso debe cumplir con las normativas locales y nacionales de seguridad y calidad aplicables para ventanas y perfiles de PVC. (Figura 09).

Figura 8: Tipo Termopanel

 

 

3.5.1.- Ventana Fija Cristal Simple                                                                                               M2

Se solicita la fabricación e instalación de ventanas simple fija, con perfiles de PVC color blanco o de calidad técnica genérica, y cristal simple de 5 milímetros de espesor. En la ventana se deben considerar marcos, hojas, palillos, junquillos y burletes, junto con los accesorios como sello de silicona del mismo color del perfil, sellos de goma, fijaciones, y otros elementos necesarios para su correcta instalación. (Figura 10).

Figura 9: Ventana Fija Cristal Monolítico.

3.5.2.- Ventana Fija Termopanel                                                                                                   M2

Se solicita la fabricación e instalación de ventanas de tipo termopanel fija, con perfiles de PVC color blanco con calidad calidad técnica genérica. Doble vidriado hermético con cristales de 5 milímetros de espesor, con separador metálico de 10 milímetros. En la ventana se deben considerar marcos, hojas, palillos, junquillos y burletes, junto con los accesorios como junquillos, sello de silicona, sellos de goma y fijaciones, según las exigencias del diseño. (Figura 11).

Figura 10: Ventana Fija Termopanel.

3.5.3.- Ventana Proyectante Cristal Simple                                                                    M2

Se solicita la fabricación e instalación de ventanas con apertura proyectante, estructurada en con perfiles de PVC color blanco con calidad técnica genérica, y cristal simple de 5 milímetros. En la ventana se deben considerar marcos, hojas, palillos, junquillos y burletes, junto con los accesorios como sello de silicona, sellos de goma, fijaciones, manillas, burletes y brazos de apertura según sea necesario. (Figura 12).

Figura 11: Ventana Proyectante Cristal Simple.

3.5.4.- Ventana Proyectante Termopanel                                                                                 M2

Se solicita la fabricación e instalación, de ventanas termopanel con apertura proyectante, estructurada con perfiles de PVC con calidad técnica genérica, con doble vidriado hermético con cristales de 5 milímetros con separador metálico de 10 o 12 mm, según recomendación del fabricante. Se deben incluir los materiales necesarios para su instalación como accesorios tipo junquillos, sello de silicona, sellos de goma, fijaciones, manillas, burletes y brazos de apertura según sea necesario. En la ventana se debe considerar marcos de paño fijo, hojas, palillos, junquillos monolíticos y burletes. (Figura 13).

Figura 12: Ventana Proyectante Termopanel.

3.5.5.- Ventana Abatible Cristal Simple                                                                                           M2

Se solicita la fabricación e instalación, de ventanas con apertura de abatir, estructurada en perfiles de PVC color blanco con calidad técnica genérica, con cristales de 5 milímetros. Se deben incluir los materiales necesarios para su instalación como accesorios tipo junquillos, sello de silicona, sellos de goma, fijaciones, manillas, burletes y brazos de apertura según sea necesario. En la ventana se debe considerar marcos de paño fijo, hojas, palillos, junquillos monolíticos y burletes. (Figura 14).

Figura 13: Ventana Abatible Cristal Monolítico.

3.5.6.- Ventana Abatible Termopanel                                                                                           M2       

Se solicita la fabricación e instalación, de ventanas termopanel con apertura de abatir, estructurada en perfiles de PVC color blanco con calidad técnica genérica. Doble vidriado hermético con cristales de 5 milímetros con separador metálico de 10 milímetros. Los materiales incluyen accesorios como junquillos, sello de silicona, sellos de goma, fijaciones, manillas, burletes y brazos de apertura según sea necesario. En la ventana se debe considerar marcos de paño fijo, hojas, palillos, junquillos monolíticos y burletes. (Figura 15).

Figura 14: Ventana Abatible Termopanel.

3.5.7.- Ventana Corredera Cristal Simple                                                                                 M2

Se solicita la fabricación e instalación, de ventanas con apertura corredera, estructurada en perfiles de PVC color blanco de calidad técnica genérica y cristal simple de 5 mm. En la ventana se debe considerar marcos, hojas, palillos, jamba, pierna cerrada, pierna hoja fija, y riel portafelpa, además accesorios como junquillos, sello de silicona, sellos de goma, fijaciones, manillas, burletes, cierre caracol, pestillos manuales con enganches y keeper, y guías según sea necesario. (Figura 16).

                                Figura 15: Ventana Corredera Cristal Monolítico.

3.5.8.- Ventana Corredera Termopanel                                                                                         M2

Se solicita la fabricación e instalación, de ventanas con apertura corredera, estructurada en perfiles de PVC color blanco de calidad técnica genérica. Doble vidriado hermético con cristales de 5 milímetros con separador metálico de 10 mm. En la ventana se debe considerar marcos, hojas, palillos, jamba, pierna cerrada, pierna hoja fija, y riel portafelpa, además accesorios como junquillos, sello de silicona, sellos de goma, fijaciones, manillas, burletes, cierre caracol, pestillos manuales con enganches y keeper, y guías según sea necesario. (Figura 17).

Figura 16: Ventana Corredera Termopanel.

3.6.- Artefactos Sanitarios y red de agua potable.

Dependiendo del recinto que se deba habilitar se podrá sugerir o tener en cuenta la aplicación de los siguientes artefactos.

3.6.1.- Lavamanos                                                                                                          UN

Se solicita la instalación de artefacto sanitario lavamanos de tipo pedestal y de porcelana vitrificada con sus fittings, combinación cuello de cisne, agua fría y caliente, apertura de codo paleta corta o monomando, en tamaño 520 x 400 mm en donde se indica en planta esquemática. Se considera grifería de paleta corta con cuello de cisne. 

Éste deberá conectarse al arranque de agua potable y a la red de alcantarillado más cercana con todos sus accesorios necesarios para ello, la cual se encuentra indicada en esquemas adjuntos.

3.6.2.- WC                                                                                                                    UN

Se solicita la instalación de taza WC descarga vertical (ver distancia a muro terminado), alimentación horizontal para fluxor, altura a piso terminado, 38,5 cm. Ancho máximo 36 cm. Spud de unión inodoro con fluxómetro de 1 ½”.

Asiento de resina termoendurecida con bisagras de acero inoxidable. Manguito de conexión.

Fluxor para inodoro de instalación expuesta con tubo de descarga recto, cromado de primera calidad, manilla metálica oscilante, válvula de paso angular, de 1” I.P.S., con Bak-Chec, con desarmador, con tapa protectora, boquilla trasera ajustable, rompedor de vacío, conexión a raz de codo y copla para cuello expuesto trasero de 1 ½”, rosetones para pared y empalme con sanitario. (alternativa: SLOAN).

(ref.: Roca modelom igual o similar a ARIES, con válvula flush incorporada al muro Zurn (USA) flush Z6010XL). Asiento y tapa de resina fenólica y bisagras de acero. Manguito de conexión. (Ref.: mod.AQ 1000116, igual o similar).

3.6.3.- Conexión a red de agua potable                                                                      ML

Se solicita conexión a matriz y red, según corresponda, el que deberá considerar instalación embutida de agua fría y caliente de ser necesario más llaves de paso según se indique en el recinto a habilitar. La materialidad de las cañerías interiores deberá ser de PPR y su diámetro se ajustará a cálculo previo a la habilitación del recinto, asegurando una presión mínima de 4 mca en el artefacto más desfavorable. Las redes exteriores deberán ser en PVC clase 10.

Deberá cumplir con todas las especificaciones de instalación indicadas por el fabricante además de cumplir lo mismo con las uniones, que serán de tipo termofusionadas según la materialidad que se utilice.

De la misma manera se deberá conectar a la red de agua potable caliente, saliendo de la matriz principal existente en los pisos mecánicos y conectándose con la misma materialidad de la red de agua fría. Se deberá estudiar y corroborar con la inspección técnica la conexión al retorno del agua caliente.

Se deberán seguir las instrucciones del fabricante del material para instalación y uso en red de agua caliente.

Para los trabajos de conexión de agua con la línea principal de agua potable fría y caliente, se deberá revisar la factibilidad del espacio a habilitar y consultar master plan de la especialidad para encontrar el punto óptimo de esta conexión.

Se deberá considerar valorización de esta partida, considerando posible excavación para la colocación de tubos, cama de arena para recibir tubería en caso de ir en el exterior, colocación de tubos y su funcionamiento. Los tubos de la red exterior deberán ser de PVC hidráulico de diámetro según cálculo, previo acuerdo con el mandante.

3.6.4.- Empalme a red sanitaria                                                                                 ML

Para la descarga de artefactos se contempla la conexión y empalme a la red de alcantarillado de los baños cercanos, con tubería de policloruro de vinilo (PVC) sanitaria saliente de diámetro indicados en esquemas. La conexión se hará mediante el fitting necesario para la conexión a la tubería colectora de 110mm en los recintos mencionados, cumpliendo con todos los requisitos del fabricante.

Todo cambio de dirección y/o diámetro se hará utilizando piezas especiales producidas en fábrica. No se permitirá la confección de piezas en obra. Para las uniones de estas piezas o de las tuberías se utilizará el adhesivo recomendado por el fabricante de éstas y se hará de acuerdo con las instrucciones indicadas para el proceso de unión.

Para el cruce de cañerías con estructuras de hormigón el diámetro de las perforaciones en estructuras deberá ser de 50 mm superior al del diámetro de la cañería pasante, dicho espacio anular, deberá ser rellenado con sello compriband para eliminar la posibilidad de transmisión de ruidos. Deberá contemplarse la reparación del hormigón dañado para las conexiones.

Para los trabajos de empalme con la línea principal de alcantarillado, se deberá revisar factibilidad del espacio a habilitar y consultar master plan de la especialidad para encontrar el punto óptimo de empalme.

Se deberá considerar valorización de esta partida, considerando posible excavación para la colocación de tubos, cama de arena para recibir tubería en caso de ir en el exterior, colocación de tubos y su funcionamiento.

3.7.- instalaciones electricas

El contratista deberá realizar una valorización de cada uno de las siguientes partidas, expresadas en unidades (UN) o centros, para ello se debe contemplar el trabajo completo, materiales, mano de obra, accesorios, etc. El proceso de instalación implica la preparación y conexión de los centros de alumbrado y eléctricos a los tableros de energía correspondientes. Todo el proceso debe cumplir con las normativas locales y nacionales de seguridad y calidad aplicables para instalaciones eléctricas hospitalarias.

3.7.1.- Canalizaciones.                                                                                                            ML

Las futuras canalizaciones proyectadas, no se aceptarán usarán codos en la red de canalización, ya sea en tubos o cañerías. En su reemplazo se usarán curvas, respetando los radios mínimos exigidos por el reglamento SEC.

Las curvas se ajustarán a las indicaciones de planos, no se permitirán más de 2 curvas de 90 grados, entre cajas o accesorios, debiendo usar cajas de paso, en tramos superiores a una distancia de 15,0 mts, (aunque no se indiquen en los trazados de los planos).

Todas las canalizaciones deberán ser afianzadas mediante accesorios certificados, de acuerdo a lo indicado por el fabricante, así mismo el trazado de los ductos deberá ser ordenado y uniforme.

El afianzamiento y sujeción se deberá asegurar en toda la extensión de las canalizaciones, colocando la cantidad de elementos de fijación necesarios para el correcto ordenamiento y rigidez mecánica.

Las canalizaciones se ejecutarán con tubería libre de halógeno. Se debe utilizar sus propios accesorios y cajas de distribución acorde a su línea no permitiendo la mezcla de estas. De mezclarse, esta deberá ser autorizada por referente técnico.

 

3.7.2.- Centros de alumbrado                                                                                                            UN

Para las canalizaciones embutidas, se utilizarán cajas tipo 503 u otra de tamaño relacionado al ducto

Todos los interruptores serán montados a una altura de 1.10m., en caja,m en posición vertical, salvo indicación contraria.

En general, todas las canalizaciones que se ejecuten pre-embutidas serán en ducto PVC libre de halógeno, las que se ejecutan a la vista serán en ducto E.M.T. o libre de halógenos, salvo las que van a la vista en exterior o expuestas a daños mecánicos serán C.A.G.

Los circuitos deberán quedar identificados en la placa de montaje indicando el número de circuito a cuál corresponde, así como en el tablero, en los cables de salida de los circuitos. Para la línea de artefactos, interruptores y enchufes, como referencia se sugiere Magic Nea Bticino o equivalente superior.

Imagen 17: Centros típicos

3.7.3.- Circuitos de Enchufe                                                                                                              UN

Para los centros de enchufe estas se realizarán desde una caja de derivación y los conductores que se utilizarán serán del tipo libre de halógeno, diámetro 2.5 mm2 según normativa.

Todos los enchufes indicados tendrán una altura de 0,3 m sobre nivel de piso terminado.

No se permitirá la combinación de circuitos de alumbrado y enchufes (mixtos).

3.7.4.- Equipos de iluminación                                                                                     UN

Se solicita el suministro e instalación de las luminarias de tipo PANEL LED de 1200 x 300 mm o de foco sobrepuesto, con flujo luminoso mínimo de 3200 Lúmenes (Lm) y luz neutra. Se distribuirán según la necesidad de iluminación de los recintos construidos, previa definición y aprobación coordinador técnico.

Imagen 18: Equipos Iluminación LED 1200x300 mm

3.7.5.- Protecciones                                                                                                       UN 

Para definir las protecciones, el contratista deberá presentar el cuadro de carga y diagrama unilineal para su V°B° según corresponda en cada caso.     

Con esta información se definirán el tipo de protección, curva de trabajo y calibre. Las protecciones serán de una misma marca para disyuntores y diferenciales, se sugiere utilizar Schneider electric, Legrand o algún equivalente técnico de calidad igual o superior.

3.8. Instalaciones de redes débiles

CABLEADO ESTRUCTURADO – REDES DE VOZ Y DATOS

El instalador podrá proveer una línea de productos diferente, la cual cumpla con las EETTS o las supere.

Puntos importantes que deben ser considerados:

  • Cableado de Alta calidad que sea flexible y permita al Hospital un crecimiento futuro de acuerdo a los estándares de la industria.
  • odos los productos deben ser de primera calidad y deben estar bajo las diferentes normas y estándares que rige la normativa eléctrica nacional y la correspondiente a Corrientes débiles.
  • Estado del arte en comunicaciones de voz y datos a través de los sistemas de comunicaciones.
  • Alto desempeño en las redes de datos protegidas.
  • Servicios exteriores de alta disponibilidad

Debe asegurarse que el sistema y materiales a ser utilizados, se fabriquen normalmente y que el cable se garantice como mínimo, por 10 años desde el día de su instalación. Los proveedores deben registrar la instalación y tendrán la responsabilidad de informar al Cliente de cualquier plan de discontinuidad de productos o partes críticas por lo menos por tres años después de descontinuado el sistema.

INFRAESTRUCTURA DE CABLEADO

El siguiente documento presenta las bases generales bajo los estándares de un

sistema de cableado estructurado de acuerdo con TIA/EIA568 C que define los estándares que permitin el diseño e implementación de sistemas de cableado estructurado para edificios comerciales. TIA/EIA568 C define los tipos de cables, distancias, conectores, arquitecturas, terminaciones de cables y características de rendimiento, requisitos de instalación de cable y métodos de pruebas de los cables instalados.

  • A/EIA568 C .1 define los requisitos generales
  • A/EIA568 C.2 se centra en componentes de sistemas de cable de pares balanceados
  • A/EIA568 C.3 aborda componentes de sistemas de cable de fibra óptica.

La base de estos estándares forma parte de una serie de buenas prácticas para el diseño e instalación de sistemas de cableado estructurado el cual debe ser capaz de soportar una amplia variedad de los servicios tanto de voz como de datos.

El diseño debe ser capaz de cumplir con las normas y las necesidades descritas en estas bases, además debe contener mejoras necesarias siendo un sistema flexible que permita cambios sin necesidad de instalación adicional, además debe poseer la capacidad de adecuarse a las necesidades ambientales de crecimientos en el futuro.

CARACTERÍSTICAS GENERALES

  • Un sistema de cableado estructurado es un sistema que, dentro de los componentes de red, tiene una vida útil más extensa en este caso el sistema de cableados debe tener una vida útil de al menos de 10 años siendo estas capas de brindar todas las necesidades y cambios entre ese periodo desde el momento de la instalación.

  • Todo sistema independiente no puede ser rígido ya que los cambios tantos estructurales como tecnológicos varia a cada momento, por ende, el cableado estructurado debe ser capaz de soportar las diferentes modificaciones que surjan, ya sea por crecimiento o por cambio de crecimiento internos que se presenten durante el desarrollo de la instalación y posterior a su instalación considerando el periodo señalado en párrafo anterior.

  • El sistema de cableado horizontal deberá considerar la instalación de puestos de trabajos full IP, deberá considerar la instalación de puestos de trabajos dobles, bajo el concepto de cableado estructurado con cable S/FTP de 4 pares Categoría 6A, de acuerdo ISO/IEC 11801 ED2, EN50173-1 (Cat 6A), libre de halógeno (LSOH o LSZH). para la red de voz y datos. Todos los cables serán centralizados en gabinete ubicado en bodega equipos.

  • En cuanto a datos, el sistema de cableado estructurado deberá ser capaz de proveer soporte a las distintas aplicaciones de red vigentes, tales como IEEE 802.3 Ethernet 10Base–T, entre otros, así como aquellas que en el futuro se desarrollen y se apoyen en el actual estándar de cableado ANSI/TIA/EIA–568– C.2–1 y C.2–10 para especificar el desempeño de la aplicación.

  • Los patchcords para datos deberán ser Categoría 6A, con terminación tipo RJ-45 en ambos extremos, Categoría 6A, de 0,9 m, 1,5 m y 3 m en los puestos de trabajo, dependiendo de la separación entre los elementos y/o equipos a interconectar, debiendo ser confeccionados en fabrica y proveerse debidamente embalados, considerando uno por cada punto de datos.

  • patchpanels   deberán quedar instalados incluyendo su correspondiente ordenador posterior de cables.

  • odos los cables y elementos de terminación serán 100% probados y certificados contra defectos de instalación y para verificar el desempeño del sistema de cableado instalado de acuerdo a los requerimientos del estándar ANSiTlA/EIA-568-C. Todos los pares de cada cable Instalado deberán ser verificados en forma previa a la recepción del sistema. Cualquier defecto en la instalación del sistema de cableado, incluyendo cables, módulos, patchpanels, patchcords, jumpers y elementos asociados, deberán ser reparados o reemplazados con el fin de garantizar la utilidad y disponibilidad del 100% de la instalación.

  • odos los cables serán probados y certificados de acuerdo con estas especificaciones, los estándares ANSI/TIA/EIA, el Programa de Certificación y garantía de la marca de la solución de canal a instalar, y las mejores prácticas de instalación. Si no se cumple alguna de estas especificaciones, el instalador deberá notificarlo oportunamente para aclarar y resolver dicha situación.

  • Las instalaciones de cableado estructurado para este proyecto deberán estar de acuerdo con la norma de administración de infraestructura de telecomunicaciones en edificios comerciales ANSI/TIA/EIA-606-A. Se utilizará el color azul para el cable STP de datos y la fibra óptica será de color café.

GENERALIDADES DEL CABLEADO ESTRUCTURADO

3.8.1.- Patch panel                                                                                                       UN

  • Los patch panels para el cableado horizontal deberán ser, 6A, de alta densidad, de 24 bocas, tipo RJ–45, para montaje en gabinetes estándar EIA de 19” x1U, terminación con pintura de alta resistencia color negro, de la misma marca del cable a utilizar.

  • Los Patch Panels serán completos de fábrica, no se aceptarán paneles con frente vacíos para la instalación de conectores RJ45 en campo.

  • Cada Patch Panel de 24 ports deberá poseer una barra de sujeción de cables posterior, con un accesorio plástico que permita amarrar los cables cada uno, con cintas de velcro y presentarlos en forma perpendicular y prolija al panel, mejorando la imagen posterior del gabinete.

  • Los bloques IDC en la parte posterior del panel deben permitir la instalación tanto de conductores sólidos como conductores multifilares.

  • Rotulación en patch panel se debe realizar bajo estándar TIA/EIA 606A clase1 Ej.: D (Correlativo punto).  
  • Los Patch Panels serán de color negro, estando recubiertos por una tapa

plástica del mismo color.

  • ara facilitar el trabajo de instalación y mejorar la sujeción de los cables, los bloques IDC posteriores deberán contar para cada cable con un accesorio plástico que permite terminar los pares en forma independiente garantizando el nimo destrenzado y la sujeción del cable.

  • Deberán estar totalmente compuestos al frente y atrás por una protección física metálica para evitar daños y contaminación a los circuitos.

  • Deberán incluir “jacks” que cumplan con la norma FCC CFR 47 parte 68 subparte F y con IEC 60603-7 con 50 micro pulgadas de chapa de oro sobre los contactos de níquel.

  • Deberán tener un organizador posterior de cables.

  • Deberán tener números de identificación de puertos individuales permanentemente marcados al frente y detrás del panel

•    Deberán soportar por lo menos 200 ciclos de terminación. La fuerza de retención nima del plug tipo RJ-45 deberá ser de 133N, y una vida mínima de inserción de 750 veces.

•    Deberán tener conectores por desplazamiento de aislante tipo S110 con aislamiento individual robusto de pares y sistema de soporte de cables.

•    Deberá estar indicada la categoría de desempeño al frente y en la parte posterior del panel.

•    Deberá incluir portainsertos autoadhesivos para marcación.

•    Deberán tener certificación Underwriters Laboratories (UL).

3.8.2.-   Patch cords                                                                                                                      UN

Los patch cords deberán ser Categoría 6A, STP 4 pares, multifilar, RJ–45/RJ–45, calibre # 24 AWG, 100. Su longitud será definida según requerimientos del propietario. El color deberá ser:

  • ara Patch Cords de Enlaces y Enlaces entre Switch, color Rojo.

  • ara User Cords, mantener línea estética de arquitectura. Para Patch Cords de Datos, color azul.

3.8.3.- Escalerilla porta conductor                                                                                ML

El proyecto contempla implementación de escalerillas porta conductores en piso mecánico de uso exclusivo para facilitar la distribución puntos datos a diferentes ubicaciones. Para estos fines se utilizará tipo canastillo electrozincado autosoportada de 60X100, la cual debe contemplar los accesorios necesarios para su implementación cumpliendo la normativa vigente, tanto las escalerillas como accesorios deben ser de fábrica, no se aceptarán adaptaciones de otro tipo de escalerillas o accesorios.

3.8.4.- Cableado horizontal                                                                                             ML

El sistema de cableado horizontal, como se indica en planos, deberá considerar la instalación de puestos de trabajos full IP, deberá considerar la instalación de

puestos de trabajos dobles, bajo el concepto de cableado estructurado con cable S/FTP de 4 pares Categoría 6A (depende aplicación, libre de halógeno (LSZH) para la red de voz y datos. Todos los cables serán centralizados en gabinete destinado para fines del proyecto

• Los conductores individuales serán FEP aislados. El cable tendrá funcionamiento por completo en categoría 6A, según lo definido por la lista referida en esta especificación. El cable será empaquetado de una manera que reduzca al mínimo el enredo y el enroscarse durante la instalación.

•  Para reducir la interferencia los cables deberán tener separador interno en cruz (cross filled) entre sus cuatro pares. No se aceptarán ofertas cuyo cable no tenga este separador.

• No se aceptarán cables con conductores pegados u otros métodos de ensamblaje que requieran herramientas especiales para su terminación.

• El rango de temperatura mínimo para la operación de los cables sin afectar su rendimiento y categoría estará entre los – 10º C y + 60º C.

• La terminación de los puntos de voz y datos en los puestos de trabajo será mediante módulos de conexión estándares, formato tipo RJ45, Categoría 6 A, con conexionado rápido sin herramienta o terminación posterior 110 calibre 2224 AWG.

Todas las salidas para voz, datos y otras aplicaciones deberán permitir la conectorización de los pares del cable STP y deberán soportar por lo menos 200 ciclos de terminación (ponchado) y tener un ciclo de vida mayor o igual a 750 inserciones del plug tipo RJ-45.

• Los módulos de conexión deberán quedar montados en placas línea aprobado por la ITO, según indicación de planos. No se aceptará el uso de faceplate o wallplate (placa plástica blanca). Los módulos de conexión deberán contar con adaptadores para placas Mosaic de Legrand o el que corresponda según corresponda, estos adaptadores deberán ser originales de fábrica, no se aceptará el uso de adaptadores hechizos. Los módulos deberán tener marcada la categoría de desempeño tanto al frente como en su parte posterior.

• Se deberá considerar también el suministro de los respectivospatch cords” y “user cords” de interconexión y cruzada para todos los servicios considerados más un 30% extra para crecimiento futuro, los que deberán tener longitudes de 1.0 m y 2.0 m respectivamente y las características siguientes:

  • atch cords red de datos, RJ-45/RJ-45, 1 metro Azul
  • cords red de datos, RJ-45/RJ-45, 2 metros Azul
  • Estos patch cords deberán estar ensamblados en fábrica, con cable adecuadamente flexible y certificados para la Categoría 6 A.
  • Ubicación puntos datos serán distribuidos siguiente manera
  • Estación de enfermería 4 puntos

3.8.5.- Puntos de datosTeléfonos, impresoras                                                            UN

Los puntos para instalar en este proyecto, involucra tanto punto de datos, teléfonos e impresora.

Para efectos de instalación y habilitación cada punto se cablea de la misma forma desde el puesto de trabajo hasta gabinete respectivo, sin hacer distinción entre ellos.

 

3.8.6.- Módulo RJ – 45 Voz, datos                                                                                         UN

Los módulos de conexión para el cableado horizontal deberán ser cat 6 A, 8P8C, formato tipo RJ 45 color blanco.

3.8.7.- Faceplate                                                                                                                UN

Cada faceplate deberá ser del tipo:

  • Simple 1 puerto o doble 2 puertos según ubicación
  • etardante de fuego autorizado por UL.
  • Bajo norma TIA/EIA – 568B
  • Bajo estándar NEMA

4.- REPARACIONES Y REMODELACIONES:

4.1.- REPARACION DE REVESTIMIENTOS

Se requiere el recambio y reposición de revestimientos que se describen a continuación, en zonas que cuenten con su material en mal estado o que requieran esta reposición previa autorización de ITO y mandante.

4.1.1.- Planchas de yeso cartón RH 12.5 mm                                                                           M2

Se requiere la colocación de planchas de yeso cartón de 12.5 mm de espesor para revestimiento de tabiquería interior. Se deberán reemplazar las planchas en muros y cielos que se encuentren en mal estado, previa autorización y confirmación de ITO, por planchas de yeso cartón antes mencionadas. Estas planchas deberán instalarse siguiendo todas las indicaciones del fabricante, dejando una cantería de aproximadamente 3 mm.

4.1.2.- Terciado estructural                                                                                                            M2

La instalación de planchas de terciado estructural o marino de 15 mm como reparación del revestimiento de tabiques, pisos y cielos en donde sea indicado previamente por la ITO y mandante y según sea requerido.

Estos se instalarán siguiendo todas las instrucciones dadas por el fabricante e irán atornillados de la misma manera que los revestimientos interiores nuevos.

4.2.- EMPASTES

La aplicación de empaste, tal como se describe a continuación, en las canterías y uniones reparadas de los revestimientos instalados con el fin de otorgar una buena preparación de superficie para la pintura.  

4.2.1.- Pasta                                                                                                                                      M2

En los revestimientos en mal estado se deberá remover pintura deteriorada, aplicar pasta y yeso en muros o una mezcla de estos.

REF: YESO SUPER VOLCAN o equivalente técnico de calidad igual o superior

REF: PASTA MURO INTERIOR TAJAMAR F11 o equivalente técnico de calidad igual o superior

Antes de aplicar pintura en muros o cielos se deberá remover toda la impureza para luego empastar las grietas y zonas deterioradas, con el objetivo de lograr una superficie óptima en la cual se aplicará la pintura, posteriormente se deberá lijar toda el área a intervenir y eliminar todo el resto de suciedad y/u hongos que pudiera existir.

4.2.2.- Juntas                                                                                                                              M2

Todas las uniones de yeso cartón deberán ser tratadas con cinta de papel microperforada (americana), pasta muro o similares, debidamente lijadas para dar continuidad al muro.  

4.3.- PINTURAS Y BARNICES

4.3.1.- Pinturas en cielos y muros, oficinas y box                                                                  M2

Se debe considerar la aplicación de pintura tipo esmalte al agua “línea hospitalaria”, dos (2) manos (color similar al existente) en proyección de cielo – muro o muro – cielo que hayan sido afectados por la reparación. En caso de no contar con superficie preparada, se considerará una mano de látex extracubriente blanco.

REF.: Sherwin Williams o equivalente técnico de calidad igual o superior.

 

4.3.2.- Pinturas en cielos y muros, áreas clínicas críticas                                                       M2

En algunas terminaciones interiores de áreas críticas se solicita la aplicación de dos manos de esmalte epóxico antibacteriano en terminación satinada y color a definir según el área en que se aplique. Será aplicado sobre una mano de pintura látex extracubriente blanco, el cual se debe proveer y aplicar de ser necesario.

 

4.3.3.- Pinturas en cielos y muros, áreas clínicas                                                       M2

En algunas terminaciones interiores de áreas clínicas se solicita la aplicación de dos manos de óleo sintético en brillo satinado y color a definir según el área en que se aplique. Se debe procurar que esta pintura sea de alta lavabilidad. Será aplicado sobre una mano de pintura látex extracubriente blanco, el cual se debe proveer y aplicar de ser necesario.

4.3.4.- Barniz cielos y Muros                                                                                                       M2

Se debe considerar la aplicación de barniz incoloro dos (2) manos en el revestimiento terciado estructural, marino o maderas que hayan sido afectadas por la reparación.

Se deberá aplicar dos manos de pintura o barniz como mínimo. No se aceptarán marcas de brochazos o grumos de pintura. El tono tiene que ser similar al ya utilizado en las zonas existentes.

La calidad de las pinturas deberá responder a las máximas exigencias de durabilidad y aspecto, tanto en materiales como en su ejecución posterior.

Las pinturas deben ser compatibles con los materiales de las bases. No se harán mezclas de pinturas no indicadas por el fabricante. Por otra parte, los envases deben tener identificación de fábrica con indicación clara de su contenido, proporción de mezcla y el diluyente a usar, así como fecha de elaboración.

El diluyente debe ser adecuado para el tipo de pintura.

Los remates de pinturas y líneas de corte deben ejecutarse con absoluta limpieza. No se aceptarán imperfecciones ni manchas sobre elementos ajenos a la superficie a pintar. Las pinturas deben aplicarse sin que estén colocadas tapas ni guarniciones de artefactos eléctricos, cerrajerías, quincallerías. etc.

REF.: Ceresita o equivalente técnico de calidad igual o superior.

4.4.- MOLDURAS

Se consideran terminaciones de molduras en uniones de cielo – muro y piso – muro, pintadas con dos manos de esmalte al agua en color a definir según se requiera.

4.4.1.- Cornisa                                                                                                                         ML

Se proyecta cornisas de madera de 13 x 43 x 3 m en todos los encuentros de muro-cielo de los recintos a intervenir. REF: MC 8 Masisa

4.4.2.- Guardapolvos                                                                                                    ML

Se proyecta guardapolvo de madera 13x68 mm x 3 m en todos los encuentros de piso-muro. REF: GP 22

4.4.3.- Cuarto rodón                                                                                                                  ML

Se proyecta cuarto rodón de madera 13x13 mm x 3 m en todos los encuentros de piso-muro. REF: CR 1

4.4.4.- Pilastras                                                                                                                      ML

Se proyectan pilastra de madera 13x43 mm x 3 m. REF: PL 10

5.- ESTRUCTURA METÁLICA

Se solicita la provisión de materiales incluyendo montaje y mano de obra, para la construcción de los elementos o estructuras metálicos que conformaran de soporte para vigas, cerchas reticuladas, escaleras, cubiertas entre otras. De acuerdo a las necesidades requeridas por el hospital.

5.1.- Fabricación y soldadura                                                                                    Kg

Para la fabricación de las estructuras metálicas se respetarán planos con las secciones exactas, perfiles, espesores, tamaños y detalles de construcción. La modificación y/o sustitución de uniones o detalles se hará previo conocimiento y aprobación del Ingeniero Proyectista.

Las partes y secciones deberán tener un calce adecuado y estar bien encuadrados para asegurar un montaje seguro y correcto en terreno. Se permitirán pequeños desplazamientos para conectar partes, pero no se permitirá ovalar agujeros mal ubicados. El elemento afectado deberá ser reemplazado, con cargo al Contratista.

Los electrodos deben cumplir con las normas AWS correspondientes.

La preparación de las uniones soldadas debe ser de acuerdo a lo establecido en AWS D.1.1; AWS D1.3 ó AWS D1.5, según corresponda.

Las pletinas de respaldo (Backing) y las placas de remate para soldaduras se deben utilizar de acuerdo con la norma AWS D1.1 a fin de producir soldaduras sanas.

Se usará electrodos de la serie E 7010 ó E 7011 (AWS - ASTM) sin contenido de polvo de hierro y deberán ceñirse a las Normas Inditecnor Nch. 304, 306 y 308.

6.- SEGURIDAD.

Para llevar a cabo todos los trabajos requeridos es necesario cumplir a cabalidad con todas las normas técnicas en prevención de riesgos, además de dar cumplimiento al “Reglamento especial de seguridad y salud para empresas contratistas y subcontratistas del HBSJO” otorgado por prevención de riesgo del hospital.

7.- PROFESIONALES Y CERTIFICADOS.

Se debe tener presente que algunos trabajos se realizarán en altura, por lo que deberán contar con todas las herramientas y equipos adecuados para ejecutar los trabajos y dar al personal la máxima seguridad al ejecutar las labores encomendadas, el personal debe ser calificado y autorizado para este tipo de trabajos. Es por ello, que el contratista deberá contar con un profesional a cargo del área de construcción (ing. construcción, civil, constructor civil, arquitecto) el cual tendrá contacto permanente durante toda la ejecución de los trabajos.

El no adjuntar el profesional a cargo del área de construcción al formulario correspondiente, la oferta quedará automáticamente inadmisible.

8.- INFORMES DE ESTADOS DE PAGO

Luego de cada mes trabajado, se debe elaborar informe describiendo brevemente los trabajos ejecutados con respaldo fotográfico como medio de prueba. Este Informe se debe estructurar con:

1.- Portada; esta debe incluir nombre de licitación, ID, y nombre de quien confecciona el informe.

2.- Descripción; debe informar los trabajos realizados acompañado por respaldo fotográfico,

metros lineales o cuadrados según corresponda y alguna información que sea necesaria dar a conocer al depto. De operaciones.

3.- Sugerencia; Aquí el contratista debe informar cualquier acontecimiento de carácter importante que sea relevante observado durante las mantenciones.

En general este informe debe ser lo más claro posible permitiendo su rápida lectura y comprensión.

Por otra parte, este informe será requisito para la emisión de orden de compra mensual por parte del hospital, en caso de que el oferente no emita su informe mensual y por ende no exista orden de compra, no lo excluye de seguir realizando mantenciones según lo solicitado en bases técnicas

9- Oferta Económica.

Para realizar la oferta económica se deberá valorizar cada uno de los puntos descritos en el itemizado Anexo n°1, el cual fijará los precios de cada partida sean estos expresados de manera unitaria (uni), metro lineal (ml), metro cuadrado (m2), metro cubico (m3) o según sea descrito. Todos estos precios deberán ser unitarios considerando todo lo necesario para habilitar el nuevo recinto.

En el caso de la enfierradura el contratista debe prepara su oferta en precio ($) por kilogramos (kg), la cual será medidas y pagada en forma global de acuerdo a los kilos de fierro empleados en fabricación y montaje de las estructuras solicitadas el valor unitario deberá incluir todos los elementos necesarios para concluir adecuadamente los trabajos, incluidos pernos de unión, anclajes, tuercas, golillas, anticorrosiva y esmalte ambas con la aplicación de dos. 

El contratista recibirá el diseño en formato dwg, pdf o impreso, de manera que pueda valorizar la estructura metálica con su valor por kilo ofertado.  

“El hospital se reserva el derecho a solicitar una cantidad adicional de cada item (cantidad) del anexo 1, independientemente de la cubicación inicialmente ofertada. No obstante, cualquier requerimiento suplementario estará estrictamente condicionado a la disponibilidad de fondos presupuestarios asignados para este efecto, sin exceder en ningún caso los límites financieros establecidos.”

El precio ofertado para la licitación corresponderá a la suma de todo el itemizado anexo 1.

La no presentación de este anexo será motivo para excluir del proceso de evaluación al oferente.

10.- ASEO Y RETIRO DE EXCEDENTES:

10.1.- Aseo y retiro de excedentes

El Contratista deberá realizar la limpieza de toda la zona intervenida en forma diaria a fin de no afectar el normal funcionamiento al interior y exterior del recinto hospitalario. Todo material sobrante de alguna reparación, remodelación o trabajo será considerado escombro, tales como trozos de perfiles, vidrios, tabiques, entre otros, a no ser que el coordinador plantee lo contrario. El material desechado es de responsabilidad del contratista en su disposición final, durante la ejecución de las reparaciones serán acopiados en lugar dispuesto por el hospital, solo hasta el término de las reparaciones, luego de ello el contratista debe depositar en vertedero o recinto autorizado por la autoridad sanitaria.

Oferente tendrá la obligación de entregar las dependencias del establecimiento totalmente limpias. Sin resto de materiales, manchas o similares. Todo esto en zonas existentes y proyectadas, el no cumplimiento será causal de eliminación del contrato.

Considerar aseo terminal en pisos, vidrios y cielo de áreas intervenidas o cercanas que pudieren ser afectadas por las reparaciones a realizar.

11.- De la postventa deL servicio y experiencia.

El oferente deberá especificar tiempo de Post Venta en días corridos desde la entrega de los trabajos. Por otra parte, cualquier desperfecto presente después de la entrega deberá ser reemplazado o reparado según corresponda.

mediante certificados y/o actas de conformidad por trabajos finalizados parcial o completos

El oferente deberá acreditar experiencia en obras de construcción similares, solo mediante certificados y/o actas de conformidad por trabajos finalizados parcial o completos de la obra realizada. No se considera documentos distintos a los indicados.

12.- VISITA A TERRENO OBLIGATORIA:

Visita Técnica Obligatoria cuya fecha y hora se informará en el Portal día de la publicación. Lugar Oficina Depto. Operaciones del Hospital Base San José, 2° piso Administración.

14.- CONTACTO

Ing. Francisco Zúñiga Montecinos, Jefe Subdepartamento de Infraestructura, 64 – 2336556

Correo: francisco.zunigam@redsalud.gob.cl


 

ANEXO: 01

 

CONVENIO SERVICIO DE REPARACIONES DE DEPENDENCIAS DEL HOSPITAL

 

ID: 1063538-95-LP26

 

HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO

PROYECTO:   

CONVENIO SERVICIO DE REPARACIONES DE DEPENDENCIAS DEL HOSPITAL

MANDANTE

HOSPITAL BASE SAN JOSÉ OSORNO

UBICACIÓN: 

AVENIDA GUILLERMO BÜHLER 1765, OSORNO.

Ítem

Detalle 

Unidad

Cantidad

Valor

 Unitario

Valor total

neto

3.1.

HORMIGONES EN FUNDACIONES

 

 

 

 

3.1.1.

Emplantillado

M2

350

 

$

3.1.2.

Acero de refuerzo

Kg

760

 

$

3.1.3.

Moldajes

M2

50

 

$

3.1.4.

Hormigones

M3

35

 

$

3.2

Tabiquería Nueva de perfiles de acero galvanizado

 

 

 

 

3.2.1.

Estructura (Metalcon 2x4")

M2

400

 

$

3.2.2.

Aislación (Lana mineral 100mm)

M2

400

 

$

3.2.3.

Encamisado (Placa OSB 11,1 mm)

M2

400

 

$

3.2.4.

Membrana hidrofuga (tyvek)

M2

210

 

$

3.2.5.

Revestimiento Interior plancha yeso cartón (Volcanita St 15)

M2

200

 

$

3.2.6.

Revestimiento Interior plancha fibrocemento

M2

200

 

$

3.2.7.

Revestimiento Exterior de fibrocemento

M2

200

 

$

3.2.8.

Revestimiento Exterior metálico

M2

100

 

$

3.2.9.

Terminación interior de cerámicas

M2

80

 

$

3.2.10.

Terminación Interior pinturas oficinas y box(Pintura Esmalte al agua)

M2

100

 

$

3.2.11.

Terminación interior pintura áreas clínicas críticas                                                  

M2

100

 

$

3.2.12.

Terminación interior pintura áreas clínicas                                                                  

M2

100

 

$

3.2.13.

Terminación Exterior “DAFS”

M2

200

 

$

3.2.14

Terminación Exterior Zinc ondulado

M2

50

 

$

3.2.15.

Molduras Madera

ML

200

 

$

3.3.

Techumbre

 

 

 

 

3.3.1.

Estructura en perfiles de acero galvanizado

M2

250

 

$

3.3.2.

Aislación (Lana mineral 120mm)

M2

250

 

$

3.3.3.

Encamisado

M2

250

 

$

3.3.4.

Barrera de humedad

M2

250

 

$

3.3.5.

Revestimiento Exterior de cubierta

M2

250

 

$

3.3.6.

Revestimiento Interior Cielo

M2

250

 

$

3.3.7.

Terminación Interior pasillos y box de atención

M2

100

 

$

3.3.8.

Terminación interior de áreas clínicas críticas

M2

100

 

$

3.3.9.

Terminación interior áreas clínicas                                                                  

M2

100

 

$

3.4

Puertas

 

 

 

 

3.4.1

Puerta MDF y Quincallería

M2

10,5

 

$

3.4.2

Puertas Correderas MDF y Quincallería

M2

11

 

$

3.4.3.

Puertas PVC blanco y Quincallería

M2

10

 

$

3.5.

Ventanas

 

 

 

 

3.5.1.

Ventana fija cristal simple

M2

8

 

$

3.5.2.

Ventana fija termopanel

M2

8

 

$

3.5.3.

Ventana proyectante cristal simple

M2

8

 

$

3.5.4.

Ventana proyectante termopanel

M2

8

 

$

3.5.5.

Ventana abatible cristal simple

M2

7

 

$

3.5.6.

Ventana abatible termopanel

M2

7

 

$

3.5.7.

Ventana corredera cristal simple

M2

8

 

$

3.5.8.

Ventana corredera termopanel

M2

8

 

$

3.6.

Artefactos sanitarios y red de agua potable

 

 

 

 

3.6.1.

Lavamanos

UN

5

 

$

3.6.2.

WC

UN

5

 

$

3.6.3.

Conexión a red de agua potable

ML

50

 

$

3.6.4.

Empalme a red sanitaria

ML

60

 

$

3.7.

Instalaciones eléctricas

 

 

 

 

3.7.1.

Canalizaciones

ML

20

 

$

3.7.2.

Centros de alumbrado

UN

11

 

$

3.7.3.

Circuitos de enchufes

UN

20

 

$

3.7.4.

Equipos de iluminación

UN

8

 

$

3.7.5.

Protecciones

UN

8

 

$

3.8.

Instalaciones de redes débiles

 

 

 

 

3.8.1.

Patch panel

UN

5

 

$

3.8.2.

Patch cords

UN

5

 

$

3.8.3.

Escalerilla porta conductor

ML

20

 

$

3.8.4.

Cableado horizontal

ML

20

 

$

3.8.5.

Puntos de datos - Teléfonos, impresoras

UN

5

 

$

3.8.6.

Módulo RJ - 45 Voz, datos

UN

5

 

$

3.8.7.

Faceplate

UN

5

 

$

4.

Reparaciones y Remodelaciones

 

 

 

 

4.1.

Reparación de revestimientos

 

 

 

 

4.1.1.

Planchas de yeso cartón RH 12,5 mm

M2

200

 

$

4.1.2.

Terciado estructural

M2

120

 

$

4.2.

Empastes

 

 

 

 

4.2.1.

Pasta

M2

150

 

$

4.2.2.

Juntas

ML

200

 

$

4.3.

Pintura y barniz

 

 

 

 

4.3.1.

Pintura cielos y Muros, oficinas y box

M2

150

 

$

4.3.2.

Pinturas cielos y Muros, áreas clínicas críticas

M2

50

 

$

4.3.3.

Pinturas en cielos y muros, áreas clínicas

M2

50

 

$

4.3.4.

Barniz cielos y Muros

M2

50

 

4.4.

Molduras Madera

 

 

 

 

4.4.1.

Cornisa

ML

80

 

$

4.4.2.

Guardapolvos

ML

80

 

$

4.4.3.

Cuarto rodón

ML

50

 

$

4.4.4.

Pilastras

ML

50

 

$

5.

Estructuras metálicas

 

 

 

 

5.1.

Fabricación y soldadura

kg

1200

 

$

 

 

 

 

 

 

 

Total Neto

 

 

 

$

 

IVA

%

19%

 

$

 

TOTAL

 

 

PRECIO TOTAL

$


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.