Los proponentes podrán formular consultar o solicitar consultar, aclaraciones según lo establecido en el Artículo N°16, de las Bases Administrativas Generales, Decreto Alcaldicio Ex. N°866, a través del portal Mercado Público, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido en el cronograma de la licitación pública, contenido en el Artículo N°2, de las presentes Bases Administrativas Especiales.
Por lo descrito en Artículo N°16, de las Bases Administrativas Generales, queda estrictamente prohibido todo contacto por parte del proponente con la Municipalidad mientras dure el proceso de evaluación de las ofertas, según lo dispuesto en el Artículo 35 ter, de la Ley N°19.886, sobre Contrataciones y Compras Públicas y en la Ley Nº20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios. El no cumplimiento a este punto será causal de exclusión del proponente del presente proceso.
Los antecedentes proporcionados por el mandante, sólo tienen carácter informativo por lo cual el oferente deberá realizar inspecciones en terreno y los estudios que estime conveniente previo a la presentación de la oferta.
En el caso, que se requiera realizar modificación a las Bases Administrativas Especiales, y/o especificaciones técnicas del presente proceso licitatorio, y este se realice mediante resolución fundada, se prorrogara el plazo de cierre de las ofertas por el transcurso transcurrido entre la publicación de la licitación y la modificación aprobada.