Licitación ID: 999-24-LE26
SUMINISTRO DE BARRERAS DE HORMIGÓN TIPO F
Fecha de Cierre: 30-06-2026 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 46
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 12 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Barreras 30 Unidad
Cod: 46151505
Barreras de Hormigón tipo F simétricas”, de acuerdo a Especificaciones Técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO DE BARRERAS DE HORMIGÓN TIPO F
Estado:
Publicada
Descripción:
La Oficina Provincial de Vialidad Concepción requiere adquirir barreras de hormigon tipo F destinadas a obras de la red vial de la Administración Directa de la Provincial de Concepcion, Región del Biobío.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección de Vialidad - VIII Región - Provincia Concepción
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
RUTA 150 CAMINO PENCO KM. 6,5
Comuna:
Penco
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-06-2026 15:01:00
Fecha de Publicación: 18-06-2026 9:42:53
Fecha inicio de preguntas: 18-06-2026 13:50:00
Fecha final de preguntas: 24-06-2026 14:50:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-06-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-06-2026 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-06-2026 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 15-07-2026 17:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- En el caso de la UTP, deberá: a) Dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 180 del Decreto 661/2024, según corresponda, lo cual será verificado por la Dirección de Vialidad. En consecuencia: - Cada empresa integrante de la UTP, deberá cumplir con los requisitos que se indican en el numeral 1.4.1., según sea su naturaleza jurídica. - Deberá acompañar, junto a los antecedentes mencionados anteriormente, copia simple del documento, público o privado, mediante el cual han formalizado su unión, el que deberá contener a lo menos, el objetivo de la unión, su vigencia, el pacto de solidaridad entre las partes que la componen respecto de las obligaciones que se generan con la Dirección de Vialidad, y el nombramiento de un representante o apoderado en común con poderes suficientes para representarlos en conjunto, para ofertar y contratar. b) Adjuntar el documento que da cuenta del acuerdo de participar de esta forma, de conformidad con el artículo 181 del Decreto 661/2024.
Documentos Técnicos
1.- - Certificado de Conformidad que acredite que los productos ofertados cuentan con certificación bajo esquema ISO CASCO N° 5. Dicho certificado deberá encontrarse vigente a la fecha de cierre de recepción de ofertas. En caso de que el certificado no indique expresamente una fecha de vigencia o vencimiento, se aceptarán aquellos emitidos con una antigüedad no superior a seis (6) meses contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. - Formulario N° 3, referente a Programas de integridad y ética empresarial, firmado por el representante legal de la empresa oferente
 
Documentos Económicos
1.- - Los oferentes deberán subir su oferta económica en pesos chilenos y valores netos, en el apartado disponible para tal fin en la plataforma www.mercadopublico.cl. - Dicha oferta económica se verá reflejada en el "comprobante de ingreso de oferta" que estará disponible en la licitación respectiva, y que será descargado, para su evaluación, por el funcionario encargado de la DRV al momento de la apertura de las ofertas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 ECONOMICO Puntaje Económico = Menor Precio (neto) de las Ofertas * 0.85 * 100 Precio en Estudio (Neto) 85%
2 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR DEL PROVEEDOR Este criterio corresponde a la consideración del número de sanciones que el proveedor tenga por parte de las instituciones en las cuales ha realizado servicios o ventas de productos y que aparezcan en Mercado Publico al momento de su evaluación. Tendrá un factor de ponderación de 0,05 esto es el puntaje máximo de 5 puntos. Puntaje Comportamiento contractual del Proveedor= (Puntaje tabla N°2)×0,05 5%
3 Programa de integración y ética empresarial Para evaluar este Subfactor, el oferente deberá acompañar la Declaración Jurada Simple (Formulario N° 3), que indique que tiene programas de integridad y ética empresarial, los cuales sean efectivamente conocidos y aplicados por su personal, debiendo adjuntar estos programas, en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda y tendrá una Ponderación de 0.10 VER BASES 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: FONDO SECTORIAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 10 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MOP, Dirección de Vialidad
e-mail de responsable de pago: dv08.pagos@mop.gov.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
POR RESGUARDO DE LOS INTERESES FISCALES
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas
1.10.1 PACTO DE INTEGRIDAD: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 2) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 3) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 4) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 7) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 8) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 1.10.2. NORMATIVA Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto Nº 661/24, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones y por la normativa que regule la respectiva actividad comercial. 1.10.3. PARTICIPANTES Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl. 1.10.4. MODIFICACIONES A LAS BASES La Dirección de Vialidad, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la hora de cierre de la licitación, a través del Portal electrónico, otorgando, además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada. Las respuestas de las consultas efectuadas y que no ameriten modificación de bases, se responderán mediante el mismo portal. Aquellas consultas que por alguna razón no alcancen a ser respondidas dentro del plazo establecido, se responderán mediante circular aclaratoria, en un plazo no mayor a 2 días hábiles, contados desde el término de la Fecha de Publicación de Respuestas, otorgada por la Ficha de licitación correspondiente. 1.10.5. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1.10.5.1. OBJETIVO: “ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE BARRERAS DE HORMIGÓN TIPO F SIMETRICAS H= 810 MM, MODULOS L=3 M PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS A EJECUTAR POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO”. 1.10.5.2. CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO: ITEM CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA TIPO CODIGO FEMN 01 30 N° SUMINISTRO DE BARRERAS DE HORMIGÓN TIPO F SIMETRICAS h= 810 MM, MODULOS L=3 M CMSV0002 Las barreras deben cumplir con lo indicado en:  Manual de Carreteras Volumen 5, Sección 5.709  Manual de Carreteras volumen N°4, láminas 4.302.101, 4.302.102, 4.302.103 y 4.302.104. Manual de carreteras vigente al momento de la presentación de la oferta.  Se requerirán barreras con o sin placa de conexión.  Para efectos de la oferta, el proveedor deberá presentar el Certificado de Conformidad exigido en el numeral 1.5 de las presentes bases. El Laboratorio Regional de Vialidad se reserva el derecho de controlar la fabricación en planta y de efectuar inspecciones, mediciones, ensayos y verificaciones técnicas que estime pertinentes, con el objeto de comprobar el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el Manual de Carreteras y la resistencia del hormigón de las barreras suministradas, en cualquier etapa de fabricación, transporte o recepción del producto. Las dimensiones, geometría, terminaciones, daños visibles y demás características verificables mediante inspección visual o medición directa serán verificadas por el Inspector Fiscal al momento de la recepción. Asimismo, la resistencia del hormigón podrá ser verificada mediante los controles, inspecciones, mediciones y/o ensayos efectuados por el Laboratorio Regional de Vialidad. En caso de verificarse incumplimientos respecto de las especificaciones técnicas exigidas, la Dirección de Vialidad rechazará las unidades observadas cuando se trate de defectos individualizables detectados mediante inspección visual o medición directa, o rechazará la totalidad de la partida recepcionada cuando los incumplimientos correspondan a características técnicas que comprometan la conformidad del conjunto de los productos suministrados, tales como la resistencia del hormigón u otras verificadas mediante control técnico. Los productos que no cumplan con las especificaciones técnicas exigidas serán rechazados por la Inspección Fiscal, debiendo el proveedor retirarlos y reponerlos, por su cuenta y cargo, dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles contados desde la notificación efectuada mediante correo electrónico. La recepción conforme sólo procederá una vez verificada por el Inspector Fiscal la correcta reposición de los productos y el cumplimiento íntegro de las exigencias establecidas. El incumplimiento de esta obligación, sea por falta de reposición dentro del plazo señalado o por persistir observaciones respecto de las especificaciones técnicas requeridas, dará lugar a la aplicación de las multas y demás medidas contractuales que correspondan. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la aplicación de las sanciones establecidas en el numeral 1.10.16 de las presentes bases administrativas. 1.10.5.3. UBICACIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS PRODUCTOS: Los productos deben incluir el suministro de transporte, acopio Puestos en Piso y ordenadas en Recinto de Vialidad Provincial Enlace Penco Ruta 150 km 6.5, Comuna de Penco. Cabe mencionar que, la Dirección de Vialidad no prestará ayuda alguna de personal o maquinarias para descargar u ordenar los prefabricados de hormigón que van a ser recepcionados.  Horarios: De lunes a jueves de 09:30 a 13:00 hrs. y de 14:00 a 17:00 hrs. y el día viernes de 09:30 a 13:00 hrs. y de 14:00 a 16:00 hrs, previa coordinación con el Inspector Fiscal.  La Dirección de Vialidad, por resolución fundada, designará un Inspector Fiscal y su subrogante, quien estará encargado de la administración, control y recepción del contrato, velando por el fiel cumplimiento de las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas. 1.10.5.4. MODO DE EJECUCIÓN: a) Para dar inicio a la ejecución del contrato, se enviará la orden de compra proveniente de la licitación. b) Luego, el Inspector Fiscal del contrato coordinará, a través de correo electrónico con el proveedor adjudicado, las condiciones para la recepción de las barreras, debiendo éste completar la entrega de la totalidad de los productos contratados dentro del plazo establecido en el numeral 1.10.11 de las presentes bases. c) Terminada la entrega, el Inspector Fiscal deberá hacer recepción conforme y evaluar al proveedor, entregando vía correo electrónico esta información a la Unidad de Compras. Luego la Unidad de Compras deberá realizar la recepción en la orden de compra correspondiente. d) La Unidad de Compras, entregará el comprobante de recepción conforme al Inspector Fiscal, para que éste informe a la Empresa y pueda facturar, además de anexarla al expediente de pago. 1.10.6. INGRESO DE OFERTAS La documentación referida en el punto Nº 1.5 " Antecedentes para incluir en la oferta " de las presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf u otro archivo no modificable y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en las presentes bases. 1.10.6.1 CONTENIDO DE LAS OFERTAS. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del DS 661/2024, se establece que, en el presente proceso licitatorio, los oferentes no podrán, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores. Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico. Asimismo, conforme al artículo 60 del Reglamento de Compras, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes a los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. La sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida. 1.10.7. APERTURA DE LICITACIÓN 1.10.7.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA: Esta será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRÓNICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases. 1.10.7.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES: Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes. 1.10.8. RESOLUCIÓN DE EMPATES Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico". En caso de persistir el empate, como segundo mecanismo de desempate, se establece que se adjudicará al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programas de integridad y ética empresarial”. Si se mantiene el empate, se establece como tercer mecanismo de desempate de la adjudicación, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio "Comportamiento Contractual Anterior del Proveedor". Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl 1.10.9. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA Se adjudicará esta licitación, al oferente que presente la totalidad de los ítems y que obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de los revisores, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, declarará desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región del Biobío. Además, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación. En este caso, la Entidad licitante considerará, para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores de los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente (ofertas temerarias). El Proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas: 1.10.9.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN: Se adjudicará a través de una resolución del Jefe Provincial de Vialidad, Región del Biobío. 1.10.9.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl. 1.10.9.3. ENVÍO ORDEN DE COMPRA La Orden de Compra será enviada una vez que el Proveedor adjudicado haya entregado a plena conformidad y todos los documentos requeridos en el Punto N° 1.6. “Antecedentes para Contratar”. Este contrato comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl. Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 117 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud”. Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, ejecutará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”. 1.10.10. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad Región del Biobío, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, "Organismo Demandante" de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante Oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación. 1.10.11. PLAZO DE ENTREGA Se considera un plazo de entrega máximo de 10 días hábiles. Este plazo, comenzará a regir al día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl. Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 117 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud”. Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, hará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”. 1.10.12. GESTIÓN DEL CONTRATO a) TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado. b) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad verificará la habilidad del proveedor adjudicado durante la ejecución del contrato, debiendo éste mantenerse en estado “hábil”. En caso de que el proveedor se encuentre inhábil, dispondrá de un plazo de 15 (quince) días corridos para regularizar su situación. Si transcurrido dicho plazo no subsana la observación, la Dirección de Vialidad pondrá término anticipado al contrato, sin perjuicio de la eventual aplicación de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 159 del Decreto N° 661 de 2024. c) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general. Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluacion es el siguiente: Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable 4 es bueno y 5 es muy Bueno. d) PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del contrato será de 10 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente a la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor en la plataforma www.mercadopublico.cl. Para todos los efectos, si el vencimiento del plazo recae en un día sábado, domingo o festivo, éste se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente. La vigencia del contrato se extenderá desde la aceptación de la orden de compra hasta la total recepción conforme de los bienes o servicios contratados y el pago íntegro de las obligaciones derivadas del mismo. e) PREVENCIÓN DE RIESGOS: La Dirección de Vialidad requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, den cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Para ello, iniciado el contrato, la empresa adjudicada, deberá presentar fotocopia del registro de entrega de los elementos de protección personal. Esta información será verificada por el Inspector Fiscal, quien dejará consignado vía correo electrónico, cualquier incumplimiento asociado a esta exigencia, y si corresponde, procederá a la aplicación de la multa respectiva indicada en el punto 1.10.16 de las presentes bases de licitación. f) MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: f.1 Modificación del contrato: El contrato podrá modificarse durante su vigencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, y art. 129 del Decreto 661/2024, por las siguientes causas: a) Por mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Por razones de interés público y seguridad nacional. c) Para hacerse cargo de situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificadas por esta Dirección de Vialidad, acaecidas durante la vigencia del contrato y que incidan en su normal desarrollo. En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales de la contratación u orden de compra inicial, entendiéndose por estos elementos: - Cuando se efectúan modificaciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, que provocaría aceptar una oferta distinta a la aceptada inicialmente o hubiese afectado al principio de libre concurrencia de los participantes. - Cuando se efectúan modificaciones que alteran el objetivo primitivo de la contratación. Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas a la contratación o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. La Dirección de Vialidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación. Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero de la contratación y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. f.2 Término anticipado del contrato: La contratación podrá terminarse anticipadamente, conforme a lo indicado en el artículo N° 13 bis de la ley de compras, y art. 130 del Decreto 661/2024, por las siguientes causales: a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación. e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento de la contratación obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter. f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. g) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado. h) En el caso que el adjudicatario sea una UTP y concurra alguna de las siguientes circunstancias: i. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando la contratación con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. ii. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. iii. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. iv. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. v. Disolución de la UTP. i) Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información. 1.10.13. INSPECCIÓN FISCAL: La Dirección de Vialidad designará un Inspector Fiscal (y su subrogante) mediante la resolución de adjudicación, para garantizar el estricto cumplimiento de lo estipulado en las Bases administrativas y especificaciones técnicas de la licitación. El adjudicatario deberá someterse exclusivamente a las instrucciones del Inspector Fiscal, las que serán impartidas siempre por escrito a través de correo electrónico. Las funciones de la Inspección fiscal del contrato, será en términos generales las siguientes: a) Velar por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. b) Emitir un Acta de Recepción conforme para adjuntarlo a la factura correspondiente. c) Revisar y aprobar la documentación de pago, considerando eventuales multas. d) Evaluar el comportamiento del proveedor según formato establecido. e) Desarrollar todas las acciones tendientes al control y gestión que facilite la ejecución del contrato. Toda la comunicación entre la empresa adjudicada y el Inspector fiscal deberá ser, a través de correo electrónico. 1.10.14. RECEPCIÓN, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO 1.10.14.1. RECEPCIÓN: El inspector fiscal, recibirá conforme el producto, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos: 1) Que se haya efectuado la entrega física de los insumos, en las cantidades que corresponde conforme a la orden de compra. Esto se acreditará con las respectivas guías de despacho de los productos. 2) Que se haya acreditado el cumplimiento de las leyes laborales. Para verificar el cumplimiento de la Leyes Laborales, el Encargado de Abastecimiento de Conservación, adjuntará el Certificado de Habilidad del Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Esta documentación será fotocopiada y quedará respaldada en la Unidad de Abastecimiento Regional. La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el acta de recepción conforme del Inspector Fiscal, la que será anexada a la recepción conforme de respectiva Orden de Compra emitida por www.mercadopublico.cl y que acompañará a la factura, para disponer su pago. 1.10.14.2. FACTURACIÓN: 1) Deberá aceptar la Orden de compra en www.mercadopublico.cl, para dar inicio a la entrega del producto. 2) Que se haya efectuado la entrega física de los productos y que éstos hayan sido recepcionados conforme por el Inspector Fiscal, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas. 3) Luego deberá verificar que la Orden respectiva esté en estado "Recepción Conforme" para facturar. 4) La factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl Para el caso que sea Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut, de la empresa que hará la facturación. 5) Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código 1000, REG_08_DIRECCION_DE_VIALIDAD_CONCEPCION, que identifica a esta Dirección. 6) La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) Factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda. En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la ley N° 21.796 de presupuestos año 2026, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°. Autorización de Transferencia Electrónica: los proveedores deberán efectuar el trámite de autorización de transferencia electrónica a través de la plataforma digital: https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio , para ingresar los datos bancarios asociados a su empresa. La inscripción de la cuenta en el Sistema SICOF será requisito para la recepción conforme de lo contratado. 1.10.14.3. PAGO: El pago se realizará respecto de los productos efectivamente recepcionados conforme por el Inspector Fiscal, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas. La recepción conforme deberá constar en el Acta de recepción respectiva, y en la Orden de Compra emitida a través del portal www.mercadopublico.cl El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos contados desde la recepción de la factura. 1.10.15.- FACTORING: El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley. (Art. 127 del Reglamento de la Ley de Compras). 1.10.16.- SANCIONES Los incumplimientos serán sancionados con multas y con término anticipado del contrato, según su gravedad. 1.10.16.1. Las multas se aplicarán de acuerdo a lo descrito en el Punto 1.10.17. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES y se descontarán administrativamente del valor de la respectiva factura, incluyendo el IVA. Las multas expresadas en Unidades Tributarias Mensuales (UTM) se calcularán considerando el valor vigente de la UTM correspondiente al mes en que se haya incurrido en el incumplimiento o infracción. a) MULTA POR ATRASO EN EL PLAZO TOTAL DE LA ENTREGA: Vencido el plazo de entrega establecido en el numeral 1.10.11, sin que el proveedor haya efectuado la entrega total de los productos contratados, la Dirección de Vialidad aplicará una multa equivalente al 1% del monto de la factura respectiva por cada día hábil de atraso. Lo anterior con un máximo de 5 días hábiles de atraso. Si transcurrido dicho plazo el proveedor no hubiere efectuado la entrega total de los productos contratados, la Dirección de Vialidad pondrá término anticipado al contrato por incumplimiento grave, pagando lo efectivamente entregado y recepcionado conforme. b) MULTA POR ATRASO EN EL PLAZO DE REPOSICIÓN DE LOS PRODUCTOS RECHAZADOS POR EL INSPECTOR FISCAL: Vencido el plazo de reposición establecido en el numeral 1.10.5.2, sin que el proveedor haya efectuado la reposición de los productos rechazados, la Dirección de Vialidad aplicará una multa equivalente al 1% del monto de la factura respectiva por cada día hábil de atraso. Lo anterior con un máximo de 5 días hábiles de atraso. Si transcurrido dicho plazo el proveedor no hubiere efectuado la reposición de los productos rechazados, la Dirección de Vialidad pondrá término anticipado al contrato por incumplimiento grave, pagando lo efectivamente entregado y recepcionado conforme. c) MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL NUMERAL 1.10.12 LETRA e): En caso de incumplimiento de las obligaciones asociadas a prevención de riesgos y uso de elementos de protección personal establecidas en el numeral 1.10.12 letra e) de las presentes bases, el Inspector Fiscal dejará constancia de ello mediante correo electrónico dirigido al proveedor y aplicará una multa equivalente a 3 UTM por cada incumplimiento constatado. Asimismo, podrá suspender las labores de entrega y descarga hasta que la situación sea subsanada. El máximo de incumplimientos permitidos será de tres (3); superado dicho límite, la Dirección de Vialidad pondrá término anticipado al contrato por incumplimiento grave. d) MULTA POR INCUMPLIMIENTO EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PRODUCTO: De acuerdo con lo establecido en el numeral 1.10.5.2, la Dirección de Vialidad podrá efectuar controles, inspecciones, mediciones y verificaciones técnicas respecto de los productos suministrados. Las dimensiones, geometría, daños visibles y demás características verificables mediante inspección visual o medición directa podrán ser constatadas por el Inspector Fiscal. Por su parte, la resistencia del hormigón podrá ser determinada mediante los controles, inspecciones, mediciones y/o ensayos efectuados por el Laboratorio Regional de Vialidad. Cada incumplimiento constatado a las especificaciones técnicas será considerado una infracción independiente. El número máximo de incumplimientos permitidos durante la vigencia del contrato será de tres (3). En caso de verificarse un cuarto incumplimiento, la Dirección de Vialidad pondrá término anticipado al contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales. Los incumplimientos a las especificaciones técnicas serán sancionados de acuerdo con las tablas que se indican a continuación, sin perjuicio del rechazo de los productos observados o de la totalidad de la partida recepcionada, según corresponda, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.10.5.2 de las presentes bases.  Multa por incumplimiento en su resistencia Grado de Hormigón Condicionante Igual o Mayor a G30 Cumple G29 2% del valor de la factura G28 5% del valor de la factura G27 7% del valor de la factura G26 9% del valor de la factura Igual o menor a G25 Se rechazará la totalidad de la partida recepcionada  Multa por incumplimiento en su Sección Tolerancia según su sección Condicionante Igual y Mayor a las medidas establecidas en lámina Tipo Cumple Igual o Menor al (-10%) Cumple (-11%) y (-15%) 3% del valor de la factura (-16%) y (-20%) 8 % del valor de la factura Igual o Mayor (-21%) Se rechazará la totalidad de la partida recepcionada Nota: En caso de que proceda aplicar la sanción de término anticipado, por alguna de las causas aquí mencionadas, en todo caso, la Dirección de Vialidad procederá a pagar lo efectivamente entregado y recepcionado conforme. 1.10.16.2 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Se pondrá término anticipado administrativamente, cuando haya incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato y especialmente: a) Si la empresa adjudicada mantiene un atraso superior a 5 días hábiles respecto del plazo de entrega establecido en las presentes bases, o si transcurrido dicho plazo no ha efectuado la entrega total de los productos contratados. b) Si la empresa adjudicada mantiene un atraso superior a 5 días hábiles en la reposición de los productos rechazados, contado desde el vencimiento del plazo establecido en el numeral 1.10.5.2 de las presentes bases. c) Si la empresa adjudicada incumple su obligación de prevención de riesgos en más de 3 oportunidades, debidamente consignadas por el Inspector Fiscal. d) Si la empresa adjudicada no regulariza su habilidad en el Registro de Proveedores, en el plazo establecido en el punto 1.10.12 letra b), salvo que, se determine proceder de conformidad a lo dispuesto en el inciso 2° art. 159 Decreto 661/2024. 1.10.17. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES: PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS: La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa. En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles. La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado. Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal. La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE OTRAS SANCIONES, COMO EL TÉRMINO ANTICIPADO: El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles. La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado. Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo , la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión respecto de la medida de termino de contrato propuesta por el Inspector Fiscal. La resolución que disponga el término anticipado del contrato se podrá impugnar conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley N° 19.880. 1.10.18. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL. Durante la ejecución del contrato, para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. En caso de que se detecte que el proveedor se encuentra inhábil, se otorgará el plazo establecido en el punto 1.10.12 letra b) de las presentes bases de licitación. Si transcurrido ese plazo, la empresa no subsana la observación, se procederá, si correspondiere, conforme lo dispuesto en el inc. 2 Del artículo 159, a saber: “En el evento de declararse la inhabilidad sobreviniente del Proveedor, podrán continuar ejecutándose los contratos vigentes a la fecha de declaración de la inhabilidad hasta su total terminación, siempre que la Entidad respectiva funde tal decisión en razones de interés público o continuidad del servicio, lo que deberá constar en el acto administrativo correspondiente; salvo, que la ley disponga su terminación inmediata o de pleno derecho.” 1.10.19. ESTÁNDARES DE PROBIDAD El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 1.10.20. OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de Compras, esta Dirección de Vialidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Para estos efectos, el o los funcionarios a cargo de la revisión de ofertas, al momento de analizar el valor económico que hace suponer que se está frente a una oferta temeraria, deberán calcular la media aritmética de las demás propuestas que no sean consideradas riesgosas y calcular el cociente entre el valor de la “propuesta temeraria” y valor de la media aritmética. Si el valor obtenido es inferior a 0,40 y el monto de la propuesta es inferior al 50% de valor del presupuesto estimado (o disponible), se establecerá que la oferta es riesgosa o temeraria. Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, previamente esta Dirección analizará la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación: a) La Comisión o la persona evaluadora solicitará, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios. b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y, en un plazo de cinco días hábiles, evacuará su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia. De ser adjudicada una oferta que, conforme al presente numeral, haya sido analizada como riesgosa o temeraria y cuya justificación haya sido considerada suficiente por la Comisión o persona evaluadora, la Dirección de Vialidad dejará constancia de los fundamentos técnicos y económicos que justifican su adjudicación en el respectivo informe de evaluación y en el acto administrativo que apruebe la adjudicación. 1.10.21.- FORMULARIOS ANEXOS FORMULARIO Nº 1 (Para contratar) “DECLARACIÓN JURADA” El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, “ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE BARRERAS DE HORMIGÓN TIPO F SIMETRICAS H= 810 MM, MODULOS L=3 M PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS A EJECUTAR POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO”, declara bajo juramento que: • El adjudicado no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad por los vínculos de parentesco descritos en el artículo 4º de la Ley N° 19.886, ley de Compras Públicas. • Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, ley de Compras Públicas, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, y • No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior. Nombre Representante Legal Firma Representante Legal FECHA ____ de _____________ de 2026. FORMULARIO Nº 2 (Para contratar) “DECLARACIÓN JURADA” El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública “ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO DE BARRERAS DE HORMIGÓN TIPO F SIMETRICAS H= 810 MM, MODULOS L=3 M PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS A EJECUTAR POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA, PROVINCIA DE CONCEPCIÓN, REGIÓN DEL BIOBÍO”, declara bajo juramento no haber sido condenado por la Ley 20.393, con prohibición de contratar. Nombre Representante Legal Firma Representante Legal FECHA ____ de _____________ de 2026. FORMULARIO N° 3 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE Programas de integridad y ética empresarial En ____ de Chile, a _______ de ________________del 20__, don/doña ____________________________________, RUT __________________________, con domicilio en ___________________, en su calidad de persona natural o representante legal de _________________, viene en declarar lo siguiente: MARQUE CON UNA X SEGÚN CORRESPONDA: El oferente, persona natural o jurídica, con personal contratado, acredita contar con programa de integridad y que es conocido por sus trabajadores. El oferente es persona natural o jurídica*, sin personal contratado, y cuenta con programas de integridad y ética empresarial que acompaña. El oferente no acredita contar con programa de integridad y/o que es conocido por sus trabajadores. *Nota: En caso de declarar que tiene programas de integridad y ética empresarial y que son conocidos y aplicados por su personal, debe adjuntar los documentos que permitan acreditar ambas circunstancias. Para el caso de la persona natural, sin personal contratado, igualmente debe acompañar sus programas de integridad y ética empresarial. En el caso de persona natural o jurídica, sin personal contratado a la fecha de ofertar, y que con posterioridad contrata trabajadores, deberá acompañar, para efectos de la recepción del servicio o suministro (según corresponda) la documentación que permita acreditar que los programas son conocidos por su personal. _______________________ Nombre, RUT y Firma Oferente o Representante (s) Legal (es)* Debe tener facultades para ofertar y suscribir contratos por montos iguales o superiores a lo ofertado. OBSERVACIÓNES: 1. Si el oferente es una UTP, debe presentar este formulario por cada empresa que forme parte de la UTP 2. La Comisión de Evaluación podrá verificar lo informado mediante la presente declaración jurada. FECHA ____ de _____________ de 2026.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.