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BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS |
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BASES ADMINISTRATIVAS
“CONVENIO DE SUMINISTRO INSUMOS PARA TOMA DE MUESTRAS CON ENTREGA PARCIALIZADA CESFAM SAN FELIPE EL REAL”
GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas, regularán el proceso de licitación y adquisición denominada “CONVENIO DE SUMINISTRO INSUMOS PARA TOMA DE MUESTRAS CON ENTREGA PARCIALIZADA CESFAM SAN FELIPE EL REAL”, con cargo al CESFAM San Felipe El Real.
La presente licitación tiene como objetivo adquirir insumos con entrega parcializada para stock en Toma de Muestras del CESFAM San Felipe El Real, según el siguiente detalle:
Producto Detalle Insumos Cantidad Total Requerida para el Convenio
01 Tubos para muestras de Hematología, de plástico transparente, tapa lila, con anticoagulante EDTA, capacidad 3ml, graduado, dimensiones 13x75mm 20.000
02 Tubos tapa amarilla, con activador del coágulo, con gel separador, capacidad de 3,5 mL, graduado, dimensiones 13x75mm 20.000
03 Frascos plásticos estériles, tapa color rojo rosca de 3 estrías o hilos, envase individual, para toma de muestras de urocultivo, capacidad de 60ml. 8.000
04 Agujas múltiples o multipropósitos 21Gx1" color verde. 5.600
05 Mariposa con adaptador Luer 21Gx3/4x7" para toma de muestras al vacío 6.400
06 Mariposa con adaptador Luer 23Gx3/4x7" para toma de muestras al vacío 3.200
07 Tubo para extracción de sangre para VIH tapa lila capacidad 6 ml graduado dimensiones 13x100 mm 800
08 Tubo para glicemia tapa gris, con anticoagulante Fluoruro de Sodio EDTA graduado capacidad 2 ml dimensiones 13x75 mm 1.600
09 Tubo al vacío plástico tapa celeste para coagulación con anticoagulante citrato de sodio 3.2% capacidad 2.7 ml dimensiones 13x75mm 400
10 Camiseta estándar de plástico para toma de muestra al vacío 80
ARTÍCULO 1: DEL OBJETIVO
Las presentes Bases Administrativas Generales, constituyen el instrumento guía a aplicar en el Proceso de Licitación Pública, convocada por el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, para la “CONVENIO DE SUMINISTRO INSUMOS PARA TOMA DE MUESTRAS CON ENTREGA PARCIALIZADA CESFAM SAN FELIPE EL REAL”
ARTICULO 2: DEFINICION DE TERMINOS
En las presentes Bases Administrativas Generales, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación.
2.1 Bases:
Conjunto de normas que regulan el Proceso de contratación de servicios individualizados en especificaciones técnicas, a las que deben ceñirse todas las partes interesadas.
Comprende las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas, Formularios y cualquier otro antecedente que forme parte de la licitación pública.
2.2 Resolución Adjudicación:
Es el documento administrativo mediante el cual se adjudica la Propuesta.
2.3 Especificaciones Técnicas:
Conjunto de características y condiciones particulares que deberán cumplir con la contratación de servicios objeto de la presente licitación.
2.4 Garantías Administrativas:
Son los documentos emitidos por entidades bancarias que garantizan en este proceso de Fiel Cumplimiento del Contrato, se materializan a través de instrumento Bancario.
2.5 Licitación:
Es el concurso mediante el cual se solicita a proponentes ofertas destinadas a la contratación de servicios que se señalan. Se inicia el llamado a Licitación Pública y finaliza con la adjudicación y firma del contrato.
2.6 Oferta o Propuesta:
Proposición Técnica y Económica presentada por el oferente.
2.7 Oferente, Proponente o Licitante:
Persona natural o jurídica que participa en la licitación y realiza la oferta o propuesta.
2.8 Instrumento de Garantía:
Documento emitido por un Banco destinado a responder por las obligaciones del proponente y/o contratante, que en virtud de las Bases o del Contrato, deban ser garantizadas.
2.9 Mandante:
Es la entidad que ordena efectuar la licitación y tiene la administración financiera del Programa. Le corresponderá llamar a licitación, analizar y evaluar las ofertas, resolver la adjudicación y realizar la recepción del servicio contratado. En este proceso de licitación el Mandante es el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, con domicilio en Cajales N° 1900 de la ciudad de San Felipe.
ARTÍCULO 3: DE LA PROPUESTA
3.1 Podrán presentar ofertas personas naturales, jurídicas y/o utp, que cumplan los Términos de Referencia de la presente licitación, que se encuentren registrados y habilitados en www.chileproveedores.cl y que cumplan los requisitos señalados en las Bases de la Licitación.
3.2 Todos los documentos asociados al proceso de licitación deberán ser en idioma español.
3.3 La omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada.
3.4 Los plazos a que se refieren las presentes Bases se entenderán en días corridos.
3.5 La Propuesta será resuelta por el director (s) del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, mediante Resolución Exenta.
ARTICULO 4: DOCUMENTOS DE LA LICITACION
El análisis de las ofertas, contratos y todos los trámites necesarios que lleven a la correcta entrega del servicio especificado, se regirán por los documentos indicados a continuación, todos los cuales el oferente declara conocer y respetar:
4.1 Licitación Pública.
4.2 Las presentes Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas.
4.3 Consultas, Aclaraciones y Respuestas sobre aspectos administrativos y técnicos efectuadas por los oferentes a través del www.mercadopublico.cl.
4.4 Las ofertas recibidas
4.5 Los Formularios constituidos que el oferente debe presentar con su oferta.
4.6 Todo otro documento que forme parte de la Licitación
ARTICULO 5: ACLARACION DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACION, CONSULTAS Y RESPUESTAS
Los proponentes en el momento de presentar su oferta, declaran conocer todos los antecedentes asociados a la licitación, aceptando íntegramente lo expuesto en las Bases, en señal de lo cual entregan la Declaración Jurada que forma parte de los Formularios mencionados en el artículo 4°, punto N° 4.5.
El oferente se obliga a efectuar por su cuenta el completo estudio de los antecedentes especificados en el artículo 4°. Si producto del estudio, el oferente estimare que existen contradicciones o ausencias de información, deberá formular las consultas pertinentes al Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, a través del Foro disponible del portal www.mercadopublico.cl en el plazo establecido en las Bases Administrativas.
Si no se solicitan las aclaraciones oportunamente cualquier diferencia de interpretación posterior que se pudiera suscitar respecto de los antecedentes citados precedentemente, será resuelta conforme a lo que determine el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, comprometiéndose él o los oferentes a aceptar tal decisión.
Las aclaraciones a las consultas formuladas dentro del plazo establecido para ello, serán comunicadas a través del sitio www.mercadopublico.cl a todos los interesados, hayan o no formulado consultas, en la fecha que se indica en las Bases Administrativas.
Con motivo de dichas aclaraciones el Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá rectificar, aclarar o modificar estas Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas y los demás documentos que formen parte de la presente licitación.
Modificación de los documentos de licitación:
El Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, modificar los documentos de licitación, mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases y del contrato respectivo y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl a todos los interesados, en la misma fecha establecida en las Bases Administrativas para publicar las respuestas a consultas.
ARTICULO 6: DE LA REPRESENTACION DEL OFERENTE O PROPONENTE
En caso de personas naturales o jurídicas el proponente individualizará en su oferta, a la persona facultada para representarlo con amplios poderes en la presente Licitación, para lo cual adjuntará el Instrumento Público en que conste dicha personería.
ARTÍCULO 7: DE LOS PRECIOS
La oferta económica entregada debe ser expresada en pesos chilenos. la oferta debe presentarse en el portal www.mercadopublico.cl valores netos, es decir, sin incluir IVA. El impuesto será incorporado posteriormente para efectos de adjudicación y emisión de la orden de compra.”
ARTICULO 8: DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
La oferta que presente el licitante, tendrá una vigencia de 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 9: MODALIDAD DE LICITACION Y CONTRATACION
El Mandante, centralizará a través de la Dirección del CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento de llamado a Licitación Pública, a través del portal www.mercadopublico.cl, bases y antecedentes, análisis y evaluación de las ofertas realizado por la Comisión Técnica de Evaluación, basándose en los criterios de evaluación anexados a la propuesta.
La Adjudicación de la Licitación Pública se materializará mediante Resolución Exenta y el contrato, se formalizará con documento ante Notario.
ARTICULO 10: CONDICION DE LOS PROPONENTES
Podrán participar en la presente licitación Personas Naturales o Jurídicas que ofrezcan los servicios requeridos y/o acrediten experiencia en la provisión y ejecución de estos servicios.
ARTICULO 11: ANTECEDENTES QUE ENTREGA EL MANDANTE
El CESFAM San Felipe El Real, entregará a los interesados en participar en la licitación, los antecedentes que se indican:
Las presentes Bases Administrativas.
Formularios.
ARTICULO 12: NORMAS Y REGLAMENTOS
El Mandante, centralizará a través de la Dirección del CESFAM San Felipe El Real, el procedimiento del llamado a Licitación Pública, Bases, Antecedentes, análisis, evaluación de los Postulantes, adjudicación mediante Resolución Exenta y la formalización del respectivo contrato mediante la emisión de la Orden de Compra.
En la prestación del servicio se deberá dar cumplimiento a todas las Normas Técnicas y Legales, Reglamentos, Instructivos y Disposiciones locales vigentes que rigen un recinto Asistencial.
ARTICULO 13: DE LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS
Para la Propuesta del CESFAM San Felipe El Real, será obligatorio ingresar la oferta Administrativa y Económica al portal www.mercadopublico.cl.
El Oferente deberá anexar como requisito obligatorio, todos los formularios anexos técnicos de los productos ofertados, para una correcta evaluación. El no hacerlo resultará en la eliminación del proveedor en la etapa de Apertura de las Propuestas del Portal electrónico www.mercadopublico.cl. (Considerando estos requisitos como Criterios de Evaluación).
El postulante deberá utilizar los formatos o modelos de estos, que se anexan a las presentes bases, en los casos que correspondan.
Los documentos de la licitación, que así lo indiquen, deberán ser firmados por el Representante Legal en caso de persona jurídica y por el titular o mandatario, de este, en caso de Persona Natural.
Las Propuestas se recibirán a través, de www.mercadopublico.cl, anexando todos los antecedentes solicitados.
13.1 FORMULARIOS ADMINISTRATIVOS :
• Formulario Nº1: Formulario De Identificación Del Oferente
• Formulario Nº2: Declaración Jurada Simple De Aceptación Y Conocimiento De Las Bases.
• Formulario Nº3: Declaración Jurada Simple Del Oferente Inhabilidades
• Formulario Nº4: Unión Temporal De Proveedores
• Formulario Nº5: Declaración Jurada Por Infracción A Los Derechos Fundamentales Del Trabajador
• Formulario Nº 6: Nomina De Clientes Del Sector Publico Y/O Privado, A Los Cuales Ha Entregado Este Servicio, En Los Últimos Dos Años.
13.2 ANEXOS TECNICOS :
• Formulario N° 7: Carta de Garantía Técnica.
• Formulario N° 8: Carta compromiso Plazo de Entrega desde la emisión de orden de compra
• Formulario N° 9: Descripción detallada del Servicio Ofertado.
• Formulario N°10: Certificado de clientes.
• Formulario N°11: Cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias.
13.3 ANEXOS ECONOMICOS:
13.3.1 Formulario N° 10: Descripción Económica de la oferta
Será obligación del oferente presentar la totalidad de los documentos requeridos en su propuesta, debidamente firmados por el representante legal o por quien cuente con las facultades para ello, y subirlos al portal www.mercadopublico.cl en la sección correspondiente (administrativa o económica), en formato digitalizado del original.
El oferente deberá incluir, además, una nómina de clientes conforme al Formulario N° 6, correspondiente a servicios de similar naturaleza al objeto de la presente licitación. Esta deberá contener, al menos, el nombre de la entidad contratante (pública o privada), período de ejecución y descripción del servicio prestado. La experiencia deberá ser acreditada mediante antecedentes verificables, tales como certificados de conformidad, contratos, órdenes de compra, facturas u otros documentos que respalden la efectiva prestación de los servicios. En el caso de personas jurídicas, la experiencia deberá acreditarse a través del profesional que ejecutará las prestaciones, debiendo identificarse y adjuntar los respectivos respaldos.
La falta de presentación de cualquiera de los documentos exigidos, su presentación incompleta, sin firma correspondiente o sin respaldo suficiente, así como la omisión de la nómina solicitada, será causal de inadmisibilidad de la oferta, no siendo susceptible de subsanación, por lo que dicha oferta no será evaluada.
NOTA: EL PROVEEDOR ADJUDICADO, DEBERA HACERSE CARGO DEL COSTO TOTAL DEL DESPACHO DE LA MERCADERIA. YA QUE, ESTE CESFAM SAN FELIPE EL REAL, NO ASUMIRA COSTOS POR RECEPCION DE MERCADERIAS.
ARTICULO 14: SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS.
Se establece que las consultas de deberán hacer, a través, del portal www.mercadopublico.cl, hasta el día estipulado en las bases, acerca de los antecedentes entregados por el Mandante, desestimándose las consultas verbales, correos electrónicos o hechas fuera de plazo.
La serie de consultas y respuestas, incluirá la reproducción textual de todas las consultas formuladas y las respuestas correspondientes, se subirán al portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 15: ATRIBUCIONES DE LA COMISION Y DEL MANDANTE EN RELACION A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS.
Las postulaciones serán evaluadas por una Comisión designada por el director (s) del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, la cual seleccionará y evaluará las propuestas que den cumplimiento cabal a lo establecido en el artículo N° 13 de las presentes bases. La Directora se reserva el derecho de adjudicar la prestación de servicios a cualquiera de los proponentes o de rechazar todas las ofertas fundamentando esta decisión.
ARTICULO 16: CRITERIOS DE EVALUACION
CRITERIOS DE EVALUACION PONDERACTON
1.-Económicos 70%
2.-Certificado de clientes 20%
3.-Plazo de entrega de los insumos 10%
CRITERIO Nº1: ECONOMICO 70%, según la fórmula del Precio Mínimo Ofertado
PMO= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X.
CRITERIO Nº2: CERTIFICADOS DE CLIENTES 20%
Se evaluará los certificados que emitan clientes para la presente licitación en cuanto a su conformidad con el servicio prestado por el oferente y conformidad en relación con la calidad de los insumos ofertados. Formulario disponible en Anexo 10.
Certificados Puntaje
Más de 5 certificados de satisfacción 100 puntos
De 3 a 5 certificados de satisfacción 50 puntos
De 1 a 2 certificados de satisfacción 10 puntos
0 certificados de satisfacción 0 puntos
CRITERIO Nº3: Plazo de Entrega de los insumos 10%
Plazo de entrega de los insumos desde que la orden de compra es enviada a proveedor.
-Entre 1 a 3 días hábiles = 100 puntos
-Entre 3 a 5 días hábiles = 50 puntos
-No informa = 0 puntos
SE CONSIDERA INADMISIBLE SI EL PLAZO DE ENTREGA SUPERA LOS 5 DIAS HABILES
ARTICULO 17: INTEGRANTES DE LA COMISION TECNICA
La Comisión Técnica estará conformada por la Jefa de Laboratorio, la Enfermera Coordinadora y la Jefa de Abastecimiento, quienes serán responsables de revisar, analizar y evaluar las ofertas presentadas en el proceso de licitación, conforme a los criterios establecidos en las bases administrativas y técnicas, emitiendo un informe fundado que sirva de base para la decisión de adjudicación.
ARTICULO 18: RESOLUCION DE DISCREPANCIAS
Cualquier discrepancia entre los distintos documentos de la prestación, así como las diferencias de interpretación en su contenido, será resuelta sin ulterior recurso por la directora del CESFAM San Felipe El Real, sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Contraloría General de la República.
En todo caso, los antecedentes se interpretarán siempre en el sentido de la mejor y más perfecta ejecución de la prestación, conforme con las normas de la Bases Administrativas.
ARTICULO 19: MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Durante su vigencia, el monto total del contrato podrá ser aumentado o disminuido por la institución, de acuerdo a la demanda real existente, ante lo cual el proveedor estará obligado a aceptar y a mantener el precio ofertado. En caso de aumento, éste no podrá ser superior al 30% por línea del monto originalmente pactado, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 77° del Reglamento de la Ley 19.886.-
ARTICULO 20: MODALIDAD DE PAGO
El sistema de pago será dentro de 30 días, por entregas de productos/servicios efectivamente realizadas, contra presentación de la correspondiente Factura, la cual será cancelada previa visación del Jefe Administrativo y realizados los correspondientes procesos administrativos del Establecimiento.
Será la Unidad de Contabilidad y Presupuesto del Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real el encargado de gestionar el pago de la respectiva factura, enviada a nombre del CESFAM SAN FELIPE EL REAL, Rut: 69.287.560-5, domiciliado en CAJALES N° 1900, SAN FELIPE, Giro: SALUD.
ARTICULO 21: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICADO.
El Adjudicado es responsable del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio y/o productos de excelente calidad.
a) El proveedor deberá despachar los productos requeridos directamente a Cajales 1900, San Felipe, solicitud que se realizara mediante una orden de compra la cual indicara las cantidades de acuerdo a los precios y condiciones establecidas en la oferta.
b) El despacho debe realizarse en un plazo máximo indicado por el ofertante una vez de emitida la orden de compra, según carta compromiso FORMULARIO 8, acompañado de la factura o guía de despacho, indicando el número de serie y fecha de vencimiento del producto. El costo del despacho debe ser asumidos por el proveedor. La unidad de Abastecimiento podrá cancelar unilateralmente la orden de compra en cualquiera de los siguientes casos :
a. Si el proveedor oferta un producto que no tiene en stock.
b. Si los productos llegan vencidos
c. Si el proveedor oferta una marca y/o laboratorio y envía otra.
ARTICULO 22: DE LAS GARANTIAS
22.1. Instrumento de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
El Oferente que resulte adjudicado deberá presentar un instrumento bancario que sea de liquidez inmediata, pagadero a la vista e Irrevocable, como Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato proveniente del Llamado a Licitación denominado “Convenio Suministro Insumos para Toma de Muestras del Cesfam San Felipe El Real”, dentro de los 05 días hábiles siguientes a la notificación de la Adjudicación realizada a través del portal www.mercadopublico.cl, dicho documento debe ser entregado en la Oficina de Partes del Establecimiento, ubicado en Cajales N° 1900 de la Ciudad de San Felipe,
Este instrumento será tomado a nombre del “Consultorio General Urbano San Felipe”, Rut: 61.606.700-1, con la individualización clara " Por el fiel cumplimiento del Contrato proveniente de Licitación denominada “Convenio Suministro Insumos para Toma de Muestras del Cesfam San Felipe El Real, en una entidad bancaria que estime conveniente.
Monto: Equivalente al 5% del monto total del contrato
Vigencia: 30 días después del término del contrato
Devolución: Este instrumento será devuelto al proveedor hasta 30 días posteriores al vencimiento del contrato.
ARTICULO 23: SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Se suscribirá un contrato entre el CESFAM San Felipe El Real y el oferente adjudicado, en el cual se establecerá el servicio que este se obliga a entregar, conforme a las presentes bases y a su oferta. El contrato correspondiente a la licitación denominada “CONVENIO DE SUMINISTRO INSUMOS PARA TOMA DE MUESTRAS CON ENTREGA PARCIALIZADA CESFAM SAN FELIPE EL REAL” será confeccionado por la Unidad de Abastecimiento, incluyendo las cláusulas que regirán la prestación del servicio, derechos y obligaciones de las partes, en concordancia con lo estipulado en las presentes bases.
La formalización del contrato podrá realizarse mediante firma electrónica avanzada (FEA). Para estos efectos, el documento será enviado al correo electrónico informado por el oferente en el Formulario N° 1. La entidad licitante contará con un plazo máximo de 10 días corridos desde la adjudicación para disponer del contrato y remitirlo al proveedor.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde el envío del contrato, para remitirlo debidamente firmado. El contrato suscrito será publicado en la licitación correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl.
El adjudicatario deberá adjuntar toda la documentación que le sea requerida por la Unidad de Abastecimiento para la correcta formalización del contrato.
En caso de que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, se entenderá que desiste de su oferta, facultando al CESFAM San Felipe El Real para readjudicar al oferente que le siga en puntaje según el informe de evaluación, o bien declarar desierta la licitación mediante el acto administrativo correspondiente.
Nota: El CESFAM San Felipe El Real podrá requerir a los oferentes adjudicados todos los antecedentes necesarios para verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas, pudiendo además recurrir a las instancias e instituciones competentes para su validación y fiscalización.
ARTICULO 24: VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato tendrá una vigencia desde la fecha de adjudicación y hasta el 31 de diciembre de 2026, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl o desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, según corresponda.
ARTICULO 25: PRÓRROGA DEL CONTRATO
El contrato podrá prorrogarse por una sola vez, por un período de hasta 3 meses, siempre que se cumplan copulativamente las siguientes condiciones:
a) Existencia de disponibilidad presupuestaria para financiar el período de prórroga.
b) Evaluación satisfactoria del cumplimiento del contrato por parte del CESFAM San Felipe El Real, emitida por la Unidad Técnica.
c) Mantención de las condiciones originalmente pactadas, sin que la prórroga implique modificaciones sustanciales al contrato.
d) Formalización de la prórroga mediante el correspondiente acto administrativo fundado, dictado con anterioridad al vencimiento del contrato.
e) Que las necesidades del servicio se mantengan vigentes y resulte indispensable asegurar su continuidad.
La prórroga tendrá por finalidad asegurar la continuidad del servicio mientras se gestiona un nuevo proceso de contratación, en concordancia con los principios de eficiencia, eficacia y continuidad del servicio público.
En ningún caso la prórroga podrá implicar alteración de las condiciones esenciales del contrato ni utilizarse para eludir un nuevo proceso de licitación. Asimismo, no implicará aumento de precios ni modificación de las condiciones económicas pactadas, salvo que ello se encuentre expresamente establecido en las presentes bases.
ARTICULO 26: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL CONTRATO
Se entenderán que forman parte del presente contrato, los siguientes documentos:
1. Ficha de Licitación
2. Bases Administrativas Generales.
3. Especificaciones Técnicas y Formularios.
4. Serie de consultas y respuestas.
5. Ofertas recibidas
6. Apertura
7. Acta de evaluación.
8. Resolución de adjudicación.
9. Orden de Compra.
10. Todos los antecedentes que formen parte del Llamado a Licitación
ARTICULO 27: CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
a) Por acuerdo entre las partes.
b) Por incumplimiento del Prestador del Servicio
c) Por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificado por el Mandante. En este caso se podrá cursar las cancelaciones correspondientes a la prestación ejecutada hasta la fecha del término del contrato.
d) Por No Aceptación de la Orden de Compra
e) Por No Suscripción del Contrato en Notaria respectiva
f) Por NO realización de los Servicios dentro de los plazos estipulados en su oferta
g) Sin perjuicio de lo anterior, el Consultorio se reserva el derecho de poner término unilateralmente al contrato avisando al contratista con 30 días de anticipación.
ARTÍCULO 28: MULTAS
Se aplicará una multa equivalente a 0.5 U.T.M., la cual se descontará del pago correspondiente, en los siguientes casos:
Faltas a las cláusulas de la oferta, que signifiquen alteración en la calidad del servicio y que entorpezcan el normal funcionamiento de los servicios contratados, previa comunicación al proveedor.
Incumplimiento de los plazos señalados en su oferta, tanto para la entrega o para observaciones formuladas de la Unidad Requirente o Referente Técnico del Consultorio General Urbano-CESFAM San Felipe El Real.
Incumplimiento de los plazos definidos en las cartas compromiso
Inadecuada calidad de la prestación, tanto en lo técnico como administrativo.
No acatar en forma reiterada las indicaciones de la Enfermera Coordinadora
ARTÍCULO 29: PROCEDIMIENTO COBRO DE MULTAS
La multa se hará efectiva una vez que la Enfermera Coordinadora o Jefe Administrativo informen a la Unidad de Abastecimiento el NO CUMPLIMIENTO del servicio adjudicado por parte del proveedor, ya sea en plazo y ejecución de los trabajos, dicha multa se hará efectiva mediante acto administrativo y se notificara al proveedor vía correo electrónico e informado en el portal www.mercadopublico.cl, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.
ARTICULO 30: SUPERVISION DE LA PRESTACION
Corresponderá a la Enfermera Coordinadora, la Supervisión de la Prestación, quién la evaluará de acuerdo con el cumplimiento de las condiciones ofertadas.
ARTICULO 31: DE LAS RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICADO
El proveedor es responsable del cumplimiento de todas las disposiciones establecidas en estas Bases Administrativas.
ARTICULO 32: LUGAR DE LA PRESTACION
El proveedor adjudicado deberá despachar los insumos al Consultorio General Urbano San Felipe-CESFAM San Felipe El Real, en los siguientes horarios
Lunes a Jueves: 8:30 a 12:45 – 14:30 a 16:30
Viernes: 8:30 a 13:00
Toda entrega fuera de horario será rechazada.
ARTICULO 32: DE LA FECHA DE ADJUDICACION
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes Bases de Licitación, el CESFAM San Felipe El Real, publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso, a través de la Resolución correspondiente.
ARTICULO 33: SOBRE LA READJUDICACION
Cuando un proveedor adjudicado, informare (por cualquier medio de comunicación, teléfono, correo, cancelación de orden de compra, etc.), el no despacho de los productos adjudicados, por medio de licitación, ya sea por quiebre de stock, por deuda, por no superar el monto mínimo de despacho solicitado o por no despachar a la región.
El CESFAM San Felipe El Real, podrá readjudicar a la segunda mejor oferta para el insumo requerido. Siempre y cuando el siguiente proveedor cumpla con los requerimientos solicitados y cuente con la total disponibilidad de los insumos. Si esta lógica no se cumpliera, se podrá requerir de la tercera mejor oferta y así sucesivamente, hasta cumplir así con las necesidades del Establecimiento de los productos o servicios requeridos. Formalizándose mediante Resolución Fundada.
ARTICULO 34: FORMA DE ENTREGA
La entrega de los insumos deberá ser parcializada, acorde a las necesidades MENSUALES del Establecimiento y deberán ser entregadas en las dependencias de la Bodega Farmacia del Establecimiento. Ubicadas en calle Sargento Cajales N° 1900 de la Ciudad de San Felipe, en el siguiente horario.
Lunes a Jueves: 8:30 a 12:45 – 14:30 a 16:30
Viernes: 8:30 a 13:00
Toda entrega fuera de horario será rechazada.
ARTICULO 35: PRESUPUESTO DISPONIBLE
El Consultorio General Urbano San Felipe – Cesfam San Felipe El Real posee un presupuesto Disponible para la adquisición de “CONVENIO DE SUMINISTRO INSUMOS PARA TOMA DE MUESTRAS CON ENTREGA PARCIALIZADA PARA CESFAM SAN FELIPE EL REAL” de $8.500.000.- (ocho millones quinientos mil pesos) Iva Incluido.
ARTICULO 36: DE LAS REGLAS DE PRESENTACION
El oferente deberá examinar y dar cumplimiento a todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en la documentación indicada en el artículo N°13 de las presentes Bases.
Todos los documentos de la licitación que explícitamente lo indican, deberán ser firmados por el representante legal en caso de persona jurídica y por el titular o mandatario de éste en caso de persona natural.
ARTICULO 37: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS OBLIGATORIAS
Se detalla en Formulario N° 11
- Tubos de toma de muestra deben ser compatibles con sistema al vacío.
- Etiqueta de los tubos y frascos de orina debe ser de papel color blanco
- Material de los tubos y frascos de orina PET o plástico.
- Adjuntar ficha técnica con fotografías de todos los insumos que incluye la presente licitación.
- Fecha de vencimiento tubos tapa lila, amarillo, gris, frascos de orina, agujas y scalp de 10 meses y más al momento de la recepción
- Fecha de vencimiento tubos tapa celeste de 6 meses y más al momento de la recepción.
- Frasco de orina 60 mL con tapa rosca color rojo, de 3 hilos.
- Certificado de representación de la marca de al menos 2 años desde la fecha de publicación de la presente licitación, para todos los productos ofertados.
- Certificación CE y FDA para los insumos.
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