Licitación ID: 1305532-17-LP25
CONTRATACION SOFTWARE GESTION PRESUPUESTARIA SLEP
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ELQUI
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Paquetes de software para oficinas 1 Unidad
Cod: 43231513
CONTRATACION DE SOFTWARE DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACION SOFTWARE GESTION PRESUPUESTARIA SLEP
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contratación de software de Gestión Presupuestaria, tramitación electrónica de compras y contrataciones, y gestión de contratos, tanto para los programas de gestión interna o administración central del Servicio o P01 y para programas de establecimientos educacionales y jardines infantiles de su dependencia, o P02 correspondiente a112 unidades educacionales. Contratacion por 36 meses
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
COMPRAS Y LICITACIONES
R.U.T.:
61.981.040-6
Dirección:
Juan Cisternas N° 2501, La Serena
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-08-2025 15:30:00
Fecha de Publicación: 14-07-2025 16:14:14
Fecha inicio de preguntas: 17-07-2025 9:00:00
Fecha final de preguntas: 21-07-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-07-2025 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-08-2025 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-08-2025 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 04-09-2025 13:18:47
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) FORMULARIO N°1: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE. Si la oferta corresponde a una unión temporal de proveedores, deberá ser rellenado de manera individual por cada empresa integrante de la UTP. b) FORMULARIO N°2: ACEPTACIÓN DE BASES. Declaración Jurada de aceptación de bases y conocimiento de los Antecedentes Administrativas y técnicos que regulan el proyecto. Deberá utilizar formato adjunto que se entregará. c) Personas Naturales y Jurídicas: La información del oferente en la etapa de presentación de ofertas solo será validado con la ficha del contratista alojado en la plataforma Mercado Público, información que podrá ser cotejada según lo expuesto por el contratista en el formulario N°1 solicitado en el presente proceso. d) Unión Temporal de Proveedores: El representante de la UTP deberá adjuntar al momento de ofertar, la escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma (Esencial), documento que deberá establecer a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto a las obligaciones que se generen con la entidad, representante o apoderado común y el o los responsables de emitir factura y recepcionar el pago. e) FORMULARIO N°5. PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD. El contratista deberá indicar si cuenta con programa de Integridad de la empresa conocido por sus trabajadores. Para lo anterior, deberá adjuntar el programa en cuestión y medios verificados de su distribución, tales como actas de entrega, correos electrónicos de distribución, nóminas firmadas por los trabajadores, u otros medios de respaldo que acrediten que dichos programas han sido conocidos efectivamente por sus trabajadores. f) Certificado de Propiedad Intelectual y Derechos de Autor del Departamento de Derechos Intelectuales del Servicio Nacional de Patrimonio Cultural, que certifique la propiedad del software ofertado a arrendar por el SLEP del Elqui, en cumplimiento a la normativa aplica-ble vigente.
Documentos Técnicos
1.- a) FORMULARIO N°4 (esencial): EXPERIENCIA DEL OFERENTE. Formulario en que el oferente declara su experiencia en la provisión de los servicios materia de la presente licitación o de similar naturaleza en Servicios Locales de Educación Pública a lo largo del territorio nacional, instituciones, servicios, organismos, o empresas públicas o privadas, correspondiente a la provisión y servicio de arriendo de software de gestión presupuestaria, incluyendo la gestión de contratos y recepción conforme, la cuales, serán evaluadas en función de la cantidad de documentos validos como experiencia. Para validar la experiencia declarada en el formulario, se aceptará únicamente como documentos válidos para su acreditación, cualquiera de los siguientes: - Contratos suscritos con Servicios Locales de Educación Pública, instituciones, servicios, organismos, o empresas públicas con sus respectivas Resoluciones aprobatorias, o solo estas últimas en la medida que estas últimas incorporen el texto del respectivo contrato o convenio, todos debidamente firmados. - Órdenes de Compra provenientes de un contrato emitidas en el sistema Mercado Público, en estado de recepción conforme. - Tratándose de ejecución de contratos para particulares, contratos debidamente suscritos, firmados por las partes, con sus respectivas facturas que acrediten la ejecución el pago de la totalidad de los servicios contratados. La experiencia que no sea informada en el formulario N°4, o que no se acredite con la documentación señalada anteriormente, no será considerada para su evaluación, siendo el oferente evaluado con cero puntos en el criterio de evaluación de experiencia del contratista, sin que esta omisión sea causal de rechazo de su oferta; misma situación ocurrirá en el caso de que el contratista no acompañe el formulario N°5 que detalla la experiencia y su documento verificador. Los documentos validadores de experiencia que provengan de un mismo proceso de Licitación, o de un mismo proceso de contratación directa, o las derivadas de la prórroga o ampliación de un contrato anterior, serán contabilizadas como un solo contrato, para efectos de su evaluación. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, se contabilizará la sumatoria de las experiencias de los integrantes de ésta. b) PROPUESTA TÉCNICA: Documento en formato propio del oferente, que contiene la propuesta técnica del proveedor, donde deberá indicar el cumplimiento de las condiciones y características técnicas mínimas exigidas en las especificaciones técnicas, debiendo incluir a lo menos lo siguiente: descripción del servicio ofertado, términos y condiciones del servicio ofertado, módulos, submódulos y/o componentes ofertados del software, especificaciones técnicas de la plataforma, seguridad de datos y monitoreo de la plataforma, garantías, mantenciones, asistencia técnica, capacitaciones, tiempo de respuesta ante fallas del software, descripción de la instalación y puesta en marcha del servicio, y todos aquellos aspectos detallado en bases técnicas del proceso.
 
Documentos Económicos
1.- a) FORMULARIO N°3 (Esencial): CARTA OFERTA U OFERTA ECONOMICA. Documento en el cual se deberá indicar el valor total del servicio requerido de manera mensual y por los 3 años del contrato, identificando claramente los valores por instalación y puesta en marcha del servicio (si corresponde), como también, el valor mensual del servicio de arriendo de software encomendado, el cual, debe ser un precio fijo por el periodo vigente de contratación, correspondiente a 36 meses. Además, en este formulario los proveedores deberán indicar la cantidad de días corridos ofertados como plazo de instalación, implementación, habilitación y puesta en marcha del servicio. Si el proveedor indica un plazo de entrega entre rangos, el plazo más alto del rango indicado será el considerado para efectos de su evaluación, y del contrato; por su parte, si el proveedor no indicare plazo alguno para la instalación y puesta en marcha del servicio, se declarará inadmisible su oferta, sin derecho a ser evaluado. El servicio que forma parte del presente proceso, así como su descripción y características técnicas, se encuentran expresamente indicadas en las bases técnicas adjuntas a las presentes bases de Licitación. La oferta económica deberá efectuarse en pesos chilenos, fijo, sin reajustes, impuestos ni intereses de ninguna especie, considerando todos los gastos necesarios para la realización de los servicios requeridos, y en general, todo cuanto implique un gasto para la presentación de la oferta y el cumplimiento de la relación contractual, sea este directo o causa de él. El Servicio Local no efectuará ningún pago adicional o distinto al señalado por el Oferente en su oferta económica. En el caso que el proveedor oferte los servicios en otra unidad monetaria diferente a la solicitada, tales como USD, U.F., U.T.M, u otro, se considerará el valor de su oferta al precio en peso chileno convertido al día en que se cierre la recepción de ofertas y se aperturen las mismas. Se recuerda que el monto de la oferta que debe ingresarse en el portal www.mercadopublico.cl, es el valor Neto (Sin IVA ni impuestos).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA INDIRECTA Se atenderá la información proporcionada y válidamente verificada como experiencia directa (sector privado) indicada en el formulario N°4, correspondiente a la provisión y servicio de arriendo de software de gestión presupuestaria, incluye. Ver tabla de puntuacion indicada en bases administrativas 5%
2 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR Se evaluará el puntaje asignado de acuerdo con la nota comportamiento base de cada proveedor, según la información de sanciones por incumplimiento registradas en su ficha de Proveedor en Mercado Público, en la sección comportamiento contractual, correspondiente a los últimos 24 meses de actividad, a contar de la fecha indicada en dicho portal. Ver tabla en bases 3%
3 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD DEL PROVEEDOR I. El oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por el personal, y además de acompañar los programas de integridad, adjunta medios de verificación para acreditar son conocidos por estos (correos electrónicos, actas de entrega programa firmada por quien la recibe, etc.) 100 puntos. II. No cuentan con programas de integridad que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal, o no adjunta dichos programas. 0 puntos. 2%
4 PLAZO DE INSTALACION Y PUESTA EN MARCHA Para la evaluación de este criterio, se revisará la información detallada en el formulario N°3 respecto al plazo ofertado para la instalación, implementación, habilitación y puesta en marcha en días corridos. Revisar tabla de puntuacion indicada en bases administrativas 8%
5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados en los puntos 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de esta Bases, sin que se soliciten aclaraciones o correcciones a su oferta. II. Se evaluará con 80 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los documentos solicitados en los puntos 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de estas Bases, pero respecto a los cuales se solicitaron una o más aclaraciones de su oferta, sin necesidad de acompañar documentos faltantes, debido a errores menores, o para aclarar documentos adjuntos. III. Se evaluará con 50 puntos a aquellos oferentes que no presenten antes del cierre de recepción de ofertas un documento requerido en el artículo 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4, y que no sea esencial. IV. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presenten, antes del cierre de recepción de ofertas dos o más documentos requeridos en el artículo 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 y que no sean esenciales. Nota: Si se da el caso que, un mismo contratista 7%
6 OFERTA ECONOMICA Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario de Oferta Económica N°3. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente, entendiendo como tal al monto referencial o a la oferta menor si alguna es inferior al monto referencial. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Fórmula de Cálculo: Pje. Oi = ((Oe/Oi)*100)*45%) Donde: Pje. Oi : Puntaje obtenido por oferente i. Oe : Monto de la oferta más económica. Oi : Monto de la oferta del oferente i. Las ofertas que excedan el presupuesto referencial no serán declaradas inadmisibles, sino que serán consideradas para posterior análisis por parte de la Comisión Evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, la adjudicación en dichos casos quedará sujeta al análisis técnico/económico de las ofertas, pudiendo ser de todas formas declaradas inadmisibles por no ser conveniente a los intereses del Servicio, sin derecho a indemnización alguna, en caso de que no se ajusten al presupuesto de que disponga e 45%
7 EXPERIENCIA SIMILAR Se atenderá la información proporcionada y válidamente verificada como experiencia similar (sector publico distinto a SLEP) indicada en el formulario N°4, correspondiente a la provisión y servicio de arriendo de software de gestión presupuestaria, incluye. Ver tabla de puntuacion indicada en bases administrativas 10%
8 EXPERIENCIA DIRECTA Se atenderá la información proporcionada y válidamente verificada como experiencia directa (otros SLEP) indicada en el formulario N°4, correspondiente a la provisión y servicio de arriendo de software de gestión presupuestaria, incluye. Ver tabla de puntuacion indicada en bases administrativas 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: LEY DE PRESUPUESTO PUBLICO - P01
Monto Total Estimado: 70000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: VIVIANA GARAY
e-mail de responsable de pago: viviana.garay@slepelqui.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Francisca Pérez García
e-mail de responsable de contrato: francisca.perez@slepelqui.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-42203726-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Local de Educación Pública Elqui
Fecha de vencimiento: 31-12-2028
Monto: 5 %
Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 121° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº 11 de la Ley Nº19.886, la empresa adjudicataria a la firma del Contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, R.U.T. N° 61.981.040-6, por un monto equivalente al 5% del valor neto del Contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y su correcta ejecución, como también, caucionar el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de el o los contratantes. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y correcta ejecución del contrato denominado “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO SOFTWARE DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA”, ID 1305532-17-LP25, la que deberá ser extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, R.U.T. N° 61.981.040-6 La Garantía por fiel y oportuno cumplimiento y correcta ejecución del contrato debe caucionar el plazo de vigencia del contrato correspondiente a 36 meses, más 3 meses. Si no se ha entregado la Garantía exigida en las presente Bases, El Servicio Local Elqui, si así lo determina, podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente o llamar a un nuevo proceso público. Si en el curso de la ejecución del proyecto se introdujeren aumentos y/o modificaciones al contrato, deberán también rendirse garantías sobre estas modificaciones, en el porcentaje indicado y sobre el monto de esas partidas adicionales, con vigencia igual al plazo de ejecución más 3 meses, sumado a la modificación de plazo aprobada, en caso de que se contemple. El proveedor será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel y oportuno cumplimiento y de correcta ejecución del contrato”, si éste aumenta su plazo, o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente al SLEP Elqui para cobrar y hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del oferente para aplicar los fondos recuperados de la garantía a satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades. La garantía de Fiel y oportuno cumplimiento del contrato, se cobrará y hará efectiva, en todos los casos establecidos en las presentes bases de Licitación, y, además, en todos aquellos casos en que el Servicio Local de educación ponga término anticipado al contrato de suministro que se suscriba. Las garantías de “Fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio” se devolverá al proveedor adjudicado una vez vencido el plazo de su vigencia, o transcurrido 3 meses desde la recepción conforme total del servicio; en cualquiera de los casos, siempre y cuando, se haya efectuado la recepción conforme de los servicios por parte del SLEP Elqui, sin observaciones de ninguna especie.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y correcta ejecución del contrato denominado “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO SOFTWARE DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA”, ID 1305532-17-LP25, la que deberá ser extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, R.U.T. N° 61.981.040-6
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de “Fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio” se devolverá al proveedor adjudicado una vez vencido el plazo de su vigencia, o transcurrido 3 meses desde la recepción conforme total del servicio; en cualquiera de los casos, siempre y cuando, se haya efectuado la recepción conforme de los servicios por parte del SLEP Elqui, sin observaciones de ninguna especie.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente licitación, personas naturales o jurídicas, nacionales y extranjeros, que desarrollen actividades en el rubro de los bienes y servicios solicitados, que se encuentren inscritos en el registro de proveedores del Estado (Chileproveedores) en estado hábil y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4° y 35° quater de la Ley N°19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los precitados artículos.
UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES
Asimismo, podrán participar empresas de menor tamaño sean personas naturales y jurídicas, conformadas como Uniones Temporales de Proveedores (UTP). Conforme a lo preceptuado en el capítulo IX, párrafo 1, artículo 53, inciso primero, de la Ley N°19.886, cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores en estado hábil ya sea para ofertar o contratar. De igual forma, tal como lo dispone el artículo 52° de la Ley 19.886 vigente, y al ser una contratación superior a las 1000 UTM, para el efecto de participar en un proceso de compra, el acuerdo en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse mediante escritura pública, de este modo, el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el referido documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma y consta la UTP, en el que incluya la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. En este tenor, el documento deberá cumplir con lo señalado en el punto 8.2 y 8.4.2 de las presentes bases. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentra en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro propuesto por los integrantes restantes de la unión, siempre y cuando, cumpla con los requisitos y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio del SLEP Elqui, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse la presente licitación. En lo demás, las Uniones Temporales de Proveedores se regirán por lo establecido en el párrafo 2, artículos 180 al 184 del Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, Reglamento de Compras Públicas, párrafo 2, artículos 51 al 55 de la Ley 19.886 y en la directiva N°22 de fecha 01/12/2015, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
INHABILIDADES PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION
No podrán participar en la presente licitación ni celebrar el contrato con el SLEP, aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley de Compras y aquellas indicadas en el capítulo VII, artículo 35 quáter de la Ley N°19.886. Tratándose de personas jurídicas, no podrán participar aquellas que hayan sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N°20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las personas Jurídicas en los delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohechos que indica.
ACLARACIONES Y MODIFICACION DE LAS BASES
Las consultas que los oferentes deseen realizar con relación a la materia de esta licitación deberán ser efectuadas a través del foro del Portal. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes a través del mismo modo. Las consultas o aclaraciones efectuadas por e-mail u otra vía se considerarán inválidas. De conformidad a lo establecido en el artículo 35° Ter de la Ley N°19.886, se prohíbe la comunicación entre los oferentes, participantes o interesados en el proceso de contratación, una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del portal de compras públicas, y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, asegurando participación e igualdad de todos los oferentes. El Servicio Local, por cualquier causa y antes de que venza el plazo para la presentación de las ofertas, podrá realizar aclaraciones, enmiendas o modificaciones, de oficio o en atención a las consultas presentadas por algún oferente, ya sea a las presentes Bases Administrativas, especificaciones técnicas, o a cualquier otro antecedente del proceso de licitación. Estas aclaraciones, enmiendas o modificaciones, en caso de existir, se realizarán mediante resolución fundada del Director Ejecutivo, o del funcionario a quién este último haya delegado dicha facultad, y serán publicadas en el Portal de compras públicas, las que pasarán a ser obligatorias para todos los Oferentes, desde la fecha de su publicación en el sistema de información. El Servicio Local, tendrá la facultad discrecional de prorrogar prudencialmente el plazo para la presentación de las ofertas, si la cantidad o complejidad de las enmiendas y/o aclaraciones así lo amerita, especialmente en caso de existir una modificación en los criterios de evaluación, en las bases técnicas, y/o a documentación obligatoria que deban presentar los oferentes. Será exclusiva responsabilidad de cada oferente, la revisión del portal, con el objeto de verificar la existencia de aclaraciones, enmiendas o modificaciones, y de adecuar o modificar su oferta a los nuevos términos establecidos en dichos antecedentes.
OFERTAS TEMERARIAS
El Servicio Local de Educación podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, en conformidad a lo señalado en el artículo 61° del Reglamento de Compras públicas. Se entenderá como Oferta Temeraria”, cuando el precio de la oferta presentada por un proponente resulte inferior al 70% del precio presentado por el contratista que le sigue y se verifique por parte del Servicio Local que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. Ante esta situación el SLEP Elqui podrá, a través de una Resolución fundada, adjudicar esa oferta al contratista, previa solicitud de un aumento de la garantía de fiel cumplimiento, que deberá corresponder al 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de la Ley 19.886.
VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una vigencia de 90 días corridos a contar de la fecha de cierre de recepción de las Ofertas del Portal www.mercadopublico.cl. El sólo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante todo el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto. Si dentro de este plazo no se pudiera realizar la adjudicación, el Servicio Local podrá solicitar a los oferentes extender la vigencia de sus ofertas de acuerdo a lo señalado en estas Bases. Si alguno de los oferentes no lo hiciere, dicha oferta no será considerada en la evaluación.
VIGENCIA DE PRECIOS
Los precios ofertados serán invariables y fijos durante toda la vigencia del contrato que se suscriba, hasta su término. No se aceptarán ofertas que contemplen futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones, actualizaciones, o alzas del precio cotizado, con posterioridad a la formulación de la oferta económica y presupuesto detallado presentado.
INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA
La entidad licitante declarará inadmisibles las ofertas presentadas en una o ambas líneas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en numeral 12.1.1 y 12.1.2. de las presentes bases. En particular, y sin que ello signifique limitación alguna a la facultad prevista en el artículo 56 del reglamento de compras, las causales para declarar inadmisible las ofertas, y proceder a su rechazo, sin derecho a ser evaluadas, serán las siguientes: a. Si no se acompaña el formulario N°3 correspondiente a la oferta económica b. Si no adjunta la propuesta técnica del servicio o si ésta no cumple con las descripciones mínimas indicadas en el artículo 8.4.4., letra b). c. Si el servicio ofertado no cumple con las características técnicas mínimas obligatorias establecidas en las bases técnicas de Licitación d. Si no se indica por el proveedor plazo alguno para la instalación, implementación, habilitación y puesta en marcha del servicio en el Formulario N°3. e. Si el proveedor no adjunta certificado de protección legal por derechos de autor y propiedad intelectual del software ofertado. f. Si la oferta corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, y éste no adjunta el documento público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, conforme a lo indicado en el artículo 8.2 y 8.4.2, o no cumple con cualquiera de las exigencias establecidas en la normativa vigente para las UTP, por ejemplo, que uno de los proveedores no sea una empresa de menor tamaño, o si no se pacta solidaridad entre sus miembros. g. Cuando las ofertas no satisfagan técnica y económicamente los intereses del SLEP Elqui. De igual forma, cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases Administrativas, Bases Técnicas, la Ley 19.886 y el Reglamento. h. Asimismo, se declarará inadmisible la ofertas cuando se presenten ofertas simultáneas por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, en conformidad al artículo 60° del Reglamento de Compras Públicas. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación, sólo la oferta más conveniente económicamente y que cumpla con los requerimientos técnicos de cada producto, siendo declaradas inadmisibles las demás. i. Si la información adjuntada por el proveedor se demuestre ser falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes. j. La omisión de antecedentes o entrega de información contradictoria, que haga imposible la revisión de aspectos de admisibilidad o evaluación de las propuestas, sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los oferentes. k. Si presentados los formularios o documentos del oferente que no son catalogados como esenciales, estos son ingresados de forma incompleta, errónea o defectuosa, siendo observado por el Servicio vía foro inverso, habiéndose solicitado al proveedor aclarar, adjuntar o informar según sea el caso, algún documento parte integrante de su oferta solicitado en los artículos 8.4.2., 8.4.3, y 8.4.4 de las presentes bases, y éste no da respuesta a tal solicitud en dicha sección en el plazo prudencial estipulado para su respuesta o aclaración. Lo anterior, siempre y cuando, dichas certificaciones o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. l. En los demás casos establecidos en las presentes bases administrativas, y en las bases técnicas del proceso de Licitación.
ACLARACION DE ANTECEDENTES, SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
En concordancia con lo establecido por Contraloría General de la República entre otros en dictamen N°5.104 del año 2003 donde establece que la Administración a fin de velar por una correcta decisión, debe considerar los errores numéricos o de cálculos que se detecten en un procedimiento de licitación, la comisión evaluadora podrá corregir de oficio o solicitando corregir todas las disconformidades de esa índole que sean evidentes, en resguardo de los principios de eficiencia, eficacia e impulsión de oficio del procedimiento que consagran los artículos 3°, inciso segundo; 5°, inciso primero, y 8° de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; sin perjuicio de lo anterior, los proveedores no podrán corregir el precio de su oferta.
PRESENTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
El Servicio podrá solicitar a través del portal, de conformidad a lo establecido en el artículo 56 del reglamento de compras, que los oferentes salven errores u omisiones formales, dentro de un plazo máximo de 48 horas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás oferentes esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal. De este modo, durante la etapa de evaluación el SLEP Elqui podrá solicitar aclarar los oferentes, lo siguiente: a) Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. b) La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas. Lo anterior incluye, la presentación de formularios administrativos o técnicos que no sean declarados como esenciales en las presentes bases, y que el oferente haya omitido presentar. c) La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Estas ofertas serán evaluadas con un menor puntaje, de acuerdo a lo señalado en el criterio de evaluación de cumplimiento de requisitos formales, de las presentes bases de Licitación.
MECANISMO RESOLUCION DE EMPATE
El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los factores a evaluar: i. Oferta Económica ii. Oferta Técnica – Experiencia del Proveedor Directa iii. Oferta Técnica – Experiencia del Proveedor Similar iv. Plazo de Instalación y puesta en marcha v. Cumplimiento de requisitos formales vi. Oferta Técnica – Experiencia del Proveedor Indirecta vii. Comportamiento contractual anterior viii. Programas de Integridad De persistir el empate, se adjudicará entre estos oferentes, al que ha ingresado primero la oferta al Portal Mercado Público.
VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que se suscriba con el oferente adjudicado del servicio, tendrá una vigencia a contar de la fecha de la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato suscrito entre las partes, esto es, la notificación a las partes, hasta 36 meses aumentado al plazo de instalación, implementación, habilitación y puesta en marcha ofertado por el proveedor.
FACTURACION
La Inspección Técnica solicitará emitir la factura correspondiente al proveedor, siempre y cuando, efectivamente se hayan ejecutado la totalidad del servicio, habiendo a su vez, dado su visto bueno a la presentación del estado de pago presentado por el ejecutante dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 19.2 de las presentes bases. El proveedor deberá emitir la factura a nombre del Servicio Local de Educación Pública del Elqui, RUT: 61.981.040-6, Dirección Huanhualí 565, La Serena, IV Región), indicando en ella, el número de Orden de Compra en el campo de referencia correspondiente. El SLEP Elqui, de acuerdo con el Oficio Circular N°8/2020 de la Dirección de Presupuesto (DIPRES), pagará las facturas dentro del plazo de 30 días, mediante transferencia electrónica bancaria. En todo caso, debe tenerse en consideración lo señalado en el artículo 133° del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado mediante Decreto 661 de 2024.
FACTORING
El Servicio Local respetará los contratos de cesión de facturas (factoring) suscritos por el adjudicatario, y las cesiones de facturas, siempre y cuando la empresa le notifique oportunamente de dichos contratos y cesiones, y no existan obligaciones o multas pendientes. Dicha notificación de cesión de factura deberá realizarse de manera obligatoria mediante correo electrónico dirigido a las casillas: alejandro.pizarro@slepelqui.gob.cl, con copia a ramon.fuentes@slepelqui.gob.cl , y francisca.perez@slepelqui.gob.cl, asumiendo el proveedor la responsabilidad por todos los perjuicios que la falta de notificación o comunicación en la forma señalada, pudiese ocasionar al Servicio Local de Educación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.