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Resolución de Empates |
Cuando respecto del puntaje total, dos o más ofertas obtengan la
misma puntuación, de manera que queden ubicadas en el primer
orden de elegibilidad, se seleccionará la propuesta que haya
presentado la mejor propuesta económica, de mantenerse el
empate, se privilegiará de acuerdo al puntaje obtenido
consecutivamente en los siguientes criterios:
- Oferta técnica.
- Equidad de Género.
- Programa de integridad.
- Cumplimiento de los requisitos formales.
En última instancia, de seguir el empate, se preferirá la oferta que
haya ingresado primero al portal de la licitación, de acuerdo a la
información que conste en los respectivos comprobantes de
ingreso de ofertas.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58° del Reglamento de la
Ley N° 19.886, los interesados podrán realizar consultas sobre la
adjudicación, en el sistema de información de mercado público, a
través del siguiente link:
https://www.mercadopublico.cl/Portal/modules/Site/Reclamos/In
gresoReclamo.aspx
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
SERNAMEG podrá solicitar a el/la contratante, en cualquier
tiempo, mientras dure la ejecución de los trabajos o servicios, la
acreditación del cumplimiento de sus obligaciones Laborales y
sociales.
Será obligación del/la contratante cumplir con todas las
disposiciones del Código del Trabajo, Leyes Sociales y
contratación de los Seguros exigidos.
Para el caso que el/la contratante registre saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los
últimos dos años, los primeros estados de pago producto de los
servicios licitados deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo acreditar al Departamento de
Administración y Finanzas, mediante certificados emanados de la
autoridad competente que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas antes de efectuar cualquiera de los pagos.
El incumplimiento de estas obligaciones será causal de término
anticipado de la prestación.
Retenciones
SernamEG, se reserva el derecho a deducir administrativamente
de cualquiera de los estados de pago, siempre que lo comunique
al adjudicatario por escrito, cualquier suma que éste adeude por
multas, suministros, servicios prestados, daños causados a la
propiedad o al personal o bienes de SernamEG o por
requerimientos judiciales de las Instituciones de Previsión o Salud,
Inspección del Trabajo o trabajadores del adjudicatario, multas de
atraso en el cumplimiento de las obligaciones y plazos
establecidas en las presentes bases, multas por incumplimiento
en general, multas administrativas, así como cualquier suma
derivada de otro concepto.
Además, se podrá retener el pago de uno o más estados de pagos
pendientes a la fecha, en que SernamEG haya sido notificado
válidamente de la existencia de demandas por concepto de su
responsabilidad subsidiaria en juicios laborales o previsionales por
el personal de la empresa contratista. En este caso, podrá
convertirse una retención ajustada al monto de la demanda.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Si durante la evaluación de las ofertas se detectaren errores
formales en las propuestas de los oferentes o solicitar
antecedentes omitidos, la comisión evaluadora podrá solicitar a
esos proveedores que salven dichos errores u omisiones, así como
la presentación de certificaciones y antecedentes, siempre y
cuando, ello se efectúe en conformidad a lo establecido en el
artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Al ejercer esta
facultad, la Comisión Evaluadora no podrá propiciar que los
oferentes alteren la esencia de sus ofertas, ni vulnerar los
principios de igualdad entre los oferentes y sujeción estricta a las
Bases de Licitación.
La Comisión Evaluadora enviará, vía portal
www.mercadopublico.cl la correspondiente solicitud de aclaración,
informando los antecedentes omitidos que faltan. Tanto las
aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar
parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle
adjudicado.
Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas
certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido
con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las
ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación.
Los oferentes tendrán el término fatal 48 horas para entregar los
antecedentes omitidos, plazo que se contará desde la publicación
de la solicitud de aclaración.
Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias
facultades para verificar la idoneidad, respecto de aquellas
propuestas en las cuales se determine que uno o más de los
documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo
acudir a los medios que estime pertinente para corroborarlos.
En caso de que determine de falta de idoneidad, veracidad o
autenticidad del o los documentos acompañados junto con la/las
propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá desestimar la oferta
del proponente, dejando constancia en su informe de las
circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los
medios por los cuales se corroboró la falta de idoneidad, veracidad
o autenticidad del o los documentos cuestionados.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la
presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato
de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de
integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que
se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás
documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria y
exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales
se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente
adjudicado:
1. El/la oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la
presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de
integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se
señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el/la oferente acepta
el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes
bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
2. El/la oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar
ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el
proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los
contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.
3. El/la oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o
realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por
objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o
conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus
tipos o formas.
4. El/la oferente se obliga a revisar y verificar toda la información
y documentación, que deba presentar para efectos del
presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El/la oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los
principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El/la oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y
respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que
de ellos se derivase.
7. El/la oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y
sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la
legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El/la oferente reconoce y declara que la oferta presentada en
el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información
fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma
en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El/la oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen
necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas
sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las
personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción,estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se
señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el/la oferente acepta
el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes
bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
2. El/la oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar
ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el
proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los
contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.
3. El/la oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o
realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por
objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o
conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus
tipos o formas.
4. El/la oferente se obliga a revisar y verificar toda la información
y documentación, que deba presentar para efectos del
presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El/la oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los
principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El/la oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y
respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que
de ellos se derivase.
7. El/la oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y
sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la
legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El/la oferente reconoce y declara que la oferta presentada en
el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información
fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma
en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El/la oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen
necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas
sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las
personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción,estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se
señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el/la oferente acepta
el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes
bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
2. El/la oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar
ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el
proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los
contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.
3. El/la oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o
realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por
objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o
conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus
tipos o formas.
4. El/la oferente se obliga a revisar y verificar toda la información
y documentación, que deba presentar para efectos del
presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El/la oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los
principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El/la oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y
respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que
de ellos se derivase.
7. El/la oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y
sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la
legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El/la oferente reconoce y declara que la oferta presentada en
el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información
fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma
en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El/la oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen
necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas
sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las
personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción,
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ampliaciones o disminuciones del servicio |
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El SernamEG se reserva el derecho de ordenar al proveedor que
amplíe o disminuya hasta en un 30% el servicio contratado. Los
aumentos o disminuciones del servicio, su presupuesto y el plazo
definido para la vigencia de los mismos, deberán ser aprobados
por la Autoridad competente mediante el acto administrativo
respectivo.
Tanto la ampliación como la disminución de los productos
contratados, se hará de acuerdo a los valores vigentes del
contrato.
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Modificación a las bases |
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Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea
por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada
por alguno de los y las oferentes, durante el proceso de la
propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para
presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a
través de mercadopublico.cl, entendiéndose por tal
circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los
participantes. Estas modificaciones formarán parte integral
de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes
desde la total tramitación del acto administrativo que las
apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un
nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las
propuestas, a fin de que las y los potenciales oferentes
puedan adecuar sus ofertas.
En el caso de aclaraciones, bastará informar de ella a través
de la plataforma electrónica.
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Ofertas Simultáneas de proveedores pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionados entre sí |
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Se declararán inadmisible aquellas que tengan el carácter de
ser simultáneas entre proveedores de un mismo grupo
empresarial o se encuentren relacionadas entre sí, de acuerdo
a las disposiciones contempladas en el art. 60° del
Reglamento.
Para tal efecto, se considerará que 2 o más proveedores,
cualquiera sea su naturaleza jurídica, pertenecen al mismo
grupo empresarial o se encuentran relacionadas entre sí cuando respecto de éstos concurran alguna(s) de la(s)
cirucuntancia(s) establecidas en el art. 9° de la Ley N°19.886.
En el supuesto que se presenten ofertas simultáneas, en las
condiciones mencionadas anteriormente, solamente se
considerará la oferta más conveniente conforme a los criterios
de evaluación definidos en las presentes Bases. En este caso,
el SernamEG valorará como “oferta más conveniente” aquella
que presente la mejor oferta económica. Si existe un empate,
se preferirá la oferta con el mejor puntaje de acuerdo al orden
determinado en los criterios de desempate dispuestos en las
presentes bases de licitación.
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obligaciones del proveedor |
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Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la
contratación, el contratista tendrá las siguientes obligaciones:
a) Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y
dedicación para su debido cumplimiento.
b) Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las
presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
c) Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la
forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y
no haya sido autorizada por la contraparte técnica.
d) Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales y reglamentarias
aplicables a la contratación, especialmente en materia de accidentes del
trabajo y prevención de riesgos, laborales, remuneraciones, de previsión
y seguridad social, u otros que le sean aplicables.
e) Asumir la responsabilidad de todo accidente o daño que durante la
vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o a los bienes del
SernamEG, que sean imputables al contratista o al personal de su
dependencia. En estos casos, el contratista deberá reponer en el más
breve plazo el daño ocasionado.
f) Emplear el máximo cuidado respecto de los bienes, materiales, equipos
e instalaciones que sean de su propiedad. En consecuencia, no tendrá
derecho a indemnización o reembolsos de ninguna especie por perdida,
destrucción, deterioro o desgaste que éstos experimenten, incluyendo
la fuerza mayor y caso fortuito.
Dar fiel y oportuno cumplimiento a las órdenes e instrucciones que le dé la
contraparte técnica. En especial, deberá entregarle, cuando le sean
solicitados, copia de los contratos de trabajo vigentes, liquidaciones de
sueldo, finiquitos y cualquier otra documentación que le sea solicitada con
la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales para con
las y los trabajadores.
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Reunión Inicial de coordinación |
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Una vez emitida la orden de compra en la presente licitación, se fijará una
reunión inicial entre el Servicio Nacional de La Mujer y Equidad de Género
(en adelante “SERNAMEG”, indistintamente) y el proveedor adjudicado, la
que deberá fijarse dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha de la
emisión de la orden de compra, con la finalidad de realizar las
coordinaciones y definiciones pertinentes.
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Plazos |
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La vigencia del contrato comenzará a regir una emitida la orden de compra
y ésta sea aceptada por parte del proveedor adjudicado, y se extenderá
hasta la entrega total de los productos ofertados, lo que no podrá exceder
al 14 de marzo del 2025.
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Descalificación Técnica |
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Quedarán técnicamente descalificadas/os aquellas/os oferentes
que obtengan menos de 50 puntos en el puntaje final.
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Adjudicación |
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Se adjudicará por cada línea del servicio licitado, pudiendo un
oferente adjudicarse una o más líneas requeridas en la presente licitación. Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje
en la evaluación de la propuesta y en los términos descrito en los
criterios de evaluación.
A la Comisión de Evaluación le corresponderá proponer la
adjudicación o deserción respecto de las ofertas presentadas. En
cuanto a la adjudicación, ésta será sólo en la medida de que la
oferta seleccionada haya obtenido el mayor puntaje– aun cuando
no sea la de más bajo costo – y siempre que cumpla con las Bases
y se adecúe a los intereses de la Institución, de acuerdo con los
criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y
puntajes asignados para cada uno de los factores.
La evaluación considera los dos primeros números decimales para
cada criterio.
Asimismo, le compete proponer la inadmisibilidad de las ofertas
que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases.
El SernamEG declarará inadmisible/s la/s oferta/s presentada/s en
los siguientes casos:
- Cuando se presenten ofertas simultáneas de proveedores de
un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de
acuerdo a las disposiciones contempladas en el art. 60° del
Reglamento.
- Cuando las condiciones ofrecidas por el oferente no cumplan
con los requisitos y demás condiciones establecidas en las
presentes bases.
- Los documentos recibidos no incluyan la información y
requisitos solicitados.
- Haber adulterado o falsificado alguno de los antecedentes
requeridos por las presentes bases.
- Cuando el oferente no ingrese propuesta económica o no
indique plazo de entrega o exceda el plazo máximo de entrega
del bien o ejecución del servicio.
- Cuando el presupuesto ofertado exceda el presupuesto total
disponible para la presente contratación.
Sin perjuicio de lo anterior, la comisión evaluadora podrá solicitar
a los oferentes que salven errores u omisiones formales de
acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y
en las presentes Bases.
El informe final de la comisión evaluadora, según lo dispone el
Reglamento de Compras Públicas, en su artículo 57, deberá
referirse a que a las siguientes materias:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las
ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse
a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o este reglamento; o por corresponder a empresas
relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial,
en conformidad al artículo 60 del Reglamento.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta,
cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión
evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan
convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las
fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos
puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de
aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada
para adoptar la decisión final.
El SernamEG podrá, además, declarar desierta la licitación cuando
no se presenten ofertas, o cuando todas las ofertas presentadas
sean declaradas inadmisibles, o cuando las ofertas presentadas no
resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la
dictación de una resolución fundada.
En el caso de no ser publicada la resolución de adjudicación dentro
de plazo establecido, el Servicio publicará en la plataforma de la
Dirección de Compras y Contratación Pública, una nueva fecha,
fundamentando el atraso.
Los actos antes indicados se publicarán en el sistema de
información de Mercado Público.
De acuerdo a lo señalado en el inciso tercero del artículo 120 del
Reglamento de la Ley Nº 19.886, el SernamEG exigirá al
adjudicatario su inscripción en el Registro de Chile Proveedores
para poder suscribir el contrato definitivo, en caso que no hubiere
cumplido dicho trámite para lo que le otorgará un plazo máximo
de 10 días corridos, contados desde la total tramitación de la
Resolución que adjudica.
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Notificación y aceptación |
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Una vez notificada y de conformidad al artículo 117° del
Reglamento de la Ley de Compras Públicas, la presente licitación
se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la
aceptación de ésta por parte del proveedor.
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Plazo y condiciones de entrega del servicio |
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-El plazo de entrega de los productos corresponderá al indicado
por el/la oferente en su oferta, en la medida que la misma se
ajuste a los plazos previstos en las bases de licitación. Sin perjuicio
de lo anterior, los servicios no podrán exceder al 14 de marzo.
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Coordinador |
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La/el oferente adjudicada/o deberá nombrar un/a coordinador/a
de la prestación de los servicios, cuya identidad deberá informarse
a su contraparte de SernamEG.
En el desempeño de su cometido, la/el coordinador/a deberá:
a. Informar oportunamente a su contraparte de todo hecho
relevante que pueda afectar el cumplimiento de la prestación
de los servicios.
b. Representar a el/la adjudicatario en la discusión de materias
relacionadas con la prestación de los servicios.
c. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación
y cumplimiento de los servicios.
La designación del/la coordinador/a y todo cambio relativo a éste
deberá ser informado a la contraparte de SernamEG por el/la adjudicatario/a a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de
haberse efectuado la designación o el cambio. Las comunicaciones
pueden realizarse a través de los correos electrónicos que
establecerán las partes.
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Supervisión y coordinación por parte del SernamEG |
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El SernamEG definirá una contraparte técnica como coordinador/a
de la prestación de los servicios, quien ejercerá las siguientes
funciones:
a. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los
procedimientos establecidos en las bases para el oportuno
cumplimiento de los servicios.
b. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la
operación y cumplimiento de lo acordado.
c. Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, para
los efectos de su pago.
d. Notificar al proveedor de los hechos que pueden dar lugar
a la aplicación de una multa.
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Cesión |
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El/la adjudicatario/a no podrá ceder ni transferir en forma alguna,
total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del
desarrollo de esta licitación.
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Subcontratación |
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El proveedor no podrá concertar con terceros la subcontratación
parcial de la contratación.
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Delimitación de responsabilidad |
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El equipo de personas dispuestas por el/la oferente adjudicado
para ejecutar las labores que se deriven de la ejecución del
presente contrato, no tendrá vínculo laboral alguno con el
SERNAMEG, siendo de exclusiva responsabilidad del/la
adjudicatario/a el pago de sus remuneraciones, cotizaciones
previsionales y cualquier otro beneficio laboral que les pudiere
corresponder.
El/la contratante será el único responsable en caso de daños
ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que
sean atribuibles a actos u omisiones por parte de sus empleados
en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato.
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Vigencia de la contratación |
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La vigencia de la contratación comenzará a regir una vez emitida
la orden de compra y producida la aceptación de ésta por parte
del proveedor adjudicado, y se extenderá hasta el 14 de marzo
de 2025.
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Termino anticipado de la relación contractual |
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La relación contractual podrá terminarse anticipadamente y en
forma administrativa, mediante resolución fundada, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 130° y 132° del D.S.
N° 661, que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886, por las
siguientes causales:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natura,
o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad
contratista.
2. Resciliación o mutuo acuerdo entre los/as contratantes.
3. Estado de notoria insolvencia del/la contratante, a menos que
se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean
suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos
inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129° del Reglamento. En tal
caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o
servicios que efectivamente se hubieren entregado o
prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato.
Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento
del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor,
procederá que se apliquen en su contra las medidas
establecidas en el artículo 135° del Reglamento.
5. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
6. Por no contar con presupuesto disponible en un determinado
ejercicio presupuestario.
7. Registrar el proveedor saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores/as, o con trabajadores/as contratados en los
últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del
contrato, con un máximo de seis meses.
8. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el/la
contratante.
9. Si se constata que uno de los integrantes de la UTP la
constituyeron con el objeto de vulnerar la libre competencia.
En dicho caso, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los
antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
10. Si alguno de los integrantes de la UTP, se retira y solo él reunía
los requisitos que los hacían objeto de la evaluación de la
oferta.
11. Ocultar información relevante para la ejecución del contrato,
que afecte a alguno de los integrantes de la UTP.
12. Disolución de la UTP.
13. Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la
UTP, en la medida que la misma no pueda continuar
ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los
mismos términos adjudicados.
14. Incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula “Pacto de
Integridad”.
15. Superar el tope de multas señalado como máximo para el
respectivo contrato.
El SernamEG podrá, en cualquier momento, poner término al
contrato, sin indemnización alguna al contratante, notificándolo
por escrito mediante carta certificada, si se decretara la
Resolución de liquidación firme y ejecutoriada, en procedimiento
concursal de liquidación o se disolviere la sociedad, sin perjuicio
de ejercer los derechos e interponer en su contra las acciones
civiles y penales que procedan. Sin perjuicio de lo anterior, si el
contratante en estado de notoria insolvencia mejora las cauciones
entregadas o las existentes son suficientes para garantizar el
cumplimiento del contrato, el SernamEG podrá darle continuidad
al mismo.
Respecto al término anticipado por incumplimiento grave de las
obligaciones, se entenderá que existe incumplimiento cuando los
objetivos previstos para la contratación no se logran en forma
reiterada o en sus aspectos sustantivos, por circunstancias que resultan imputables al contratista, como, por ejemplo:
a. No se cumplan con los estándares técnicos de calidad
entregados por la empresa.
b. La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los
servicios que hubiere comprometido en su oferta, que sean
procedentes.
c. Aplicación de multas por un monto igual o superior al 30% del
valor total del contrato.
d. Incorporar en la facturación costos que no hayan sido expresa
y específicamente descritos en la oferta.
e. Contar con dos evaluaciones consecutivas con una calificación
igual o inferior a 4.
En tal caso, por resolución fundada se pondrá término al contrato,
previa notificación al contratista por carta certificada y, se harán
efectiva la Póliza de Seguro, Boleta de Garantía Bancaria,
Certificado de Fianza o documento que se haya entregado para
garantizar el oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del
contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y
previsionales con los trabajadores del contratante.
Lo establecido precedentemente, es sin perjuicio de las acciones
que el SERNAMEG pueda ejercer para exigir el cumplimiento
forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos
casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
En todos los casos de término anticipado, el adjudicatario estará
obligado a entregar, a plena satisfacción del SernamEG, aquellos
servicios, que se encuentran pendientes a momento de
comunicársele el término anticipado, salvo que SernamEG opte
por una solución distinta, la cual notificará por escrito al
adjudicatario. Asimismo, SernamEG se encontrará facultada para
hacer efectiva la boleta de garantía de fiel cumplimiento lo que,
en caso alguno dará derecho a indemnización para el contratante,
sin perjuicio de que serán pagados todos los servicios
efectivamente prestados hasta la fecha de notificación de la
resolución que pone término anticipado.
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Multas |
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Para los efectos de la aplicación de multas, las causales que
pueden originarlas son las siguientes:
Infracción Multas
Atraso en la entrega del
producto según lo indicado en
su oferta.
0,5 UF por día corrido de
atraso con un tope de 10 días
corridos.
Productos defectuosos o
caducos
0,5 UF por cada artículo
defectuoso o caduco.
Nota: La UF (unidad de fomento) aplicable, será la
correspondiente al día en que se verificó la falta.
El tope máximo para la aplicación de las multas será de 10 días
de atraso en la entrega de los productos o del 30% del precio del
contrato, cumpliéndose cualquiera de los dos supuestos se dará
lugar al término anticipado del mismo.
Procedimiento para la aplicación de multas:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el
administrador del contrato designado por el SERNAMEG notificará
a el/la contratante al correo electrónico de contacto, informándole
la sanción a aplicar y los hechos en que se fundamenta.
A contar de la comunicación, el/la adjudicatario/a tendrá un plazo
de cinco días para efectuar sus descargos a través de la misma
vía de comunicación.
Vencido el plazo sin que se presenten descargos, se aplicará la
sanción por medio de resolución fundada del SERNAMEG.
Si se presentan descargos, el SERNAMEG tendrá un plazo de 10
días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. El
rechazo total o parcial de los descargos deberá formalizarse a
través de resolución exenta fundada, en la cual se detallará el
contenido de la sanción a aplicar. La resolución deberá notificarse
por carta certificada al el/la contratante.
El/la contratante dispondrá de un plazo de cinco días para
impugnar la resolución que rechaza sus descargos y aplica la
multa, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen
su petición. El SERNAMEG dispondrá de un plazo no superior a 30
días para resolver el recurso, acogiendo total o parcialmente los
fundamentos dados por el contratista, o bien la rechazará
confirmando la multa aplicada.
La multa deberá ser pagada directamente por la empresa en el
SERNAMEG, o en su defecto, descontada directamente de los
estados de pago que se encuentren pendientes. En el caso que la
suma de las multas aplicadas en un mes exceda de lo facturado,
podrá cobrarse del documento de garantía de fiel y oportuno
cumplimiento.
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Pago |
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El pago de los servicios será realizado posterior a la prestación y
recepción conforme de la totalidad de los servicios contratados.
La recepción conforme estará a cargo de la Jefatura de la Unidad
de Mujer y Trabajo del SERNAMEG.
Los documentos tributarios serán pagados en un plazo no superior
a 30 días, a través de la Tesorería General de la República.
El pago se efectuará previo envío de la factura a la casilla
sernamegrecepcion@custodium.com, a través de la Tesorería General de la República, dentro de 30 días corridos, contados
desde la recepción conforme de la factura, por parte de la unidad
técnica.
El proveedor adjudicado, deberá enviar la(s) factura(s) al correo
electrónico sernamegrecepcion@custodium.com, adjuntando el
archivo xml e ingresando el número de la OC en el campo 801 de
la factura, señalando forma de pago crédito, para evitar el rechazo
del documento en el Servicio de Impuestos Internos.
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Confidencialidad |
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El oferente/adjudicatario/contratante, sólo podrá utilizar la
información proporcionada por el SernamEG, para los efectos de dar cumplimiento a los fines propios del presente proceso
licitatorio o la ejecución del contrato que derive del mismo,
quedando prohibido todo uso distinto del señalado.
En dicho entendido, el oferente/adjudicatario/contratante, deberá
resguardar confidencialidad de todos los antecedentes o
información que el SernamEG le proporcione con motivo del
presente proceso licitatorio, no pudiendo hacer uso de esto para
fines ajenos, y en consecuencia, no podrá, a cualquier título y/o
medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar,
reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar,
inutilizar, destruir, en todo o parte está información, durante todo
el proceso licitatorio, así como en la ejecución del contrato, y
posterior al término del mismo.
Esta prohibición afecta al oferente/adjudicatario/contratante, al
personal que labora en distintas calidades jurídicas, que se
encuentre ligado al oferente/adjudicatario/contratante, en todas
las etapas del proceso licitatorio, incluso después de la expiración
del contrato que de origen el referido proceso.
El SernamEG quedará liberado de toda responsabilidad por el uso
indebido que el oferente/adjudicatario/contratante, pueda dar a
la información, reservándose el derecho a ejercer todas las
acciones legales tendientes a demandar el reembolso de las
sumas a las que eventualmente sea obligado a pagar como
consecuencia de lo anterior, más indemnización de perjuicios que
se hubieren ocasionado.
Asimismo, serán de propiedad de SernamEG todos los productos
generados, a través de esta licitación, sin limitación de ninguna
especie, no pudiendo el proveedor realizar ningún acto respecto
de ellos, sin previa autorización expresa de SernamEG.
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Confidencialidad |
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Para todos los efectos derivados del contrato que se suscriba al
efecto, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago,
prorrogando competencia ante sus Tribunales de Justicia. Lo
anterior, sin perjuicio de las facultades que le corresponda ejercer,
al Órgano Contralor, sobre la materia.
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