BASES ADMINISTRATIVAS
LICITACIÓN PÚBLICA
“CONVENIO SUMINISTRO DE DETERMINACIONES CON EQUIPAMIENTO E INFORMATIZACION PARA EL LABORATORIO CLÍNICO DEL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO”
ID 1063538-324-LR22
HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO
1° OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
1.1 Objetivo
El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere contratar el “CONVENIO SUMINISTRO DE DETERMINACIONES CON EQUIPAMIENTO E INFORMATIZACION PARA EL LABORATORIO CLÍNICO DEL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO”, para lo cual se contempla el suministro mensual de reactivos y otros insumos necesarios que requiera el Laboratorio Clínico del Hospital Base San José de Osorno, según sus necesidades para obtener las determinaciones licitadas de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición mayor a 8.000 U.T.M.
Las presentes Bases Administrativas, tienen por objeto regular el proceso de Licitación Pública: Apertura, Evaluación, Adjudicación, Contratación y Recepción de los productos sujetos en la presente Licitación.
1.2 Ámbito
Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para estipular la contratación del servicio adquisición de insumos para la ejecución de exámenes Bioquímicos e Inmunoquímicos, para el Hospital Base San José de Osorno.
Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl.
El presupuesto de referencia para el presente proceso licitatorio será de $ 5.100.000.000 (Cinco mil cien millones de pesos chilenos) I.V.A. incluido.
Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra.
2° BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
2.1 Bases de licitación
● Bases Administrativas
● Bases Técnicas
● Formularios anexos
2.2 Definición de términos
● Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Administración realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
● Ley de Compras: Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
● Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
● Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
● Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
● Oferta: La coste ofrecida por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas.
● Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.
● Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”.
● Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación.
● Comisión evaluadora: Delegación de funcionarios del hospital Base San José de Osorno designados por su Director(a) con el objeto de asesorar en la apertura de la propuesta y la evaluación de las ofertas.
● Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto.
● Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”. (Artículo 2°, numeral primero del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda).
● Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
● Precio de Referencia: Corresponde a una aproximación del precio a pagar por el servicio licitado.
● Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sea inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
● Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva.
● Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección.
● Unión Temporal de Proveedores: asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo.
3° NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
● Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones, Contractuales y Resolución Aprobatoria.
● Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere.
● Oferta de él o los proponentes respectivos.
● Resolución adjudicataria.
● Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde.
● Orden de compra.
3.1 Análisis técnico económico (Artículo 13 ter del Reglamento de la Ley de Compras)
Se establece que estas bases fueron elaboradas teniendo en cuenta análisis técnico económico previo vía mecanismo de cotización.
Las cotizaciones fueron requeridas considerando el detalle de los precios, presentación de los insumos, equipamiento en comodato sin costo, y propuesta de implementación de sistema informático de laboratorio, además de todas las características especiales señaladas en las bases técnicas.
4° LLAMADO A LICITACIÓN (Artículo 24º del Reglamento de la Ley de Compras)
El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl.
El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por decreto supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las preguntas, respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el Hospital publique en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl el documento, acto, o resolución objeto de la notificación.
5° REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES (Artículo 4º de la Ley de Compras 19.886)
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.
Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Artículo 67 bis), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente:
● No estar afecta a alguna de las causales del artículo 4º de la Ley 19.886 de compras Públicas. (Formulario N°9).
● En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393. (Formulario N°10).
Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
Al momento de la suscripción del contrato, resultado de la propuesta, el oferente favorecido deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Inscripción.
En caso de Uniones Temporales de Proveedores, cumplir con los requisitos exigidos en el art. 67 bis del Decreto 250 que contiene el Reglamento a la Ley de Compras Públicas.
5.1 Unión temporal de proveedores (Artículo 67º del Reglamento de la Ley de Compras)
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
La propuesta deberá ser presentada por un único representante al que se denominará “oferente”, quien actuará en representación del resto de los integrantes de la Unión y será responsable directo de la propuesta ante la entidad licitante, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria e indivisible de quienes la componen, la que deberá constar en el acuerdo en el conste la unión temporal que deberán suscribir de conformidad a lo establecido en el art. 67 bis del D.S.250/2004 Reglamento de Compras.
Debe adjuntar, junto a la propuesta, el acuerdo en el que conste la constitución de la Unión Temporal de Proveedores. La no presentación de este acuerdo al momento de presentar la oferta es causal de rechazo de la misma.
El contenido del acuerdo de la unión temporal de proveedores deberá señalar los siguientes aspectos básicos:
1.- La responsabilidad solidaria de todos quienes conforman esta unión temporal de proveedores, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante.
2.- El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes de administración y representación para actuar por la unión temporal tanto con la entidad licitante, por ejemplo, para contratar la garantía de fiel cumplimiento de contrato entre otras acciones, como frente a terceros con quienes deba interactuar a fin de dar cumplimiento a las obligaciones que forman pare de la presente licitación.
3.- Serán socios de esta unión temporal sólo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente ingresados en la presentación de las ofertas. Asimismo, se debe asegurar la presencia de cada uno de los miembros durante la ejecución del contrato.
4.- La no suscripción del instrumento de constitución de la unión temporal por parte de todos quienes acudieron a la presentación de la oferta, será suficiente para tener por desestimada la oferta y re-adjudicar.
5.- Definir la forma de facturación de la unión temporal de proveedores.
6.- Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal va a tomar las garantías a nombre del Servicio de Salud de Osorno.
7.- La Duración de la Unión Temporal será el periodo de ejecución del contrato con la entidad licitante, más la renovación de contrato si procediere.
6° PLAZOS (Artículo 22º del Reglamento de la Ley de Compras)
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl)
A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos.
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Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl
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Hasta 30 días corridos desde la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación.
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Fecha inicio preguntas
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A contar de la publicación en el portal de compras públicas.
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Fecha final de preguntas
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Hasta las 17:00 hrs. del décimo quinto (15) día corrido a contar de la publicación.
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Fecha de publicación de respuestas
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Hasta las 17:00 hrs. del vigésimo (20) día corrido a contar de la publicación.
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Fecha de cierre de recepción de ofertas
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A las 15:00 hrs. del trigésimo (30) día corrido a contar de la publicación.
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Fecha de acto de apertura de ofertas
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Al trigésimo (30) día corrido desde la publicación de la licitación a las 15:05 hrs.
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Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación
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Hasta 48 horas a partir de la publicación de solicitud de aclaración en portal de www.mercadopublico.cl.
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Fecha estimada de adjudicación
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Hasta el sexagésimo (60) día hábil siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas.
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Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
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Hasta el sétimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).
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Fecha para firma de contrato
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Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico).
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Fecha término de contrato
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60 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
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Fecha de visita técnica Obligatoria
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Décimo día hábil desde la publicación de la presente licitación a las 09:00 hrs. Se levantará acta de registro de los asistentes
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Se establece que el plazo de cierre para la recepción de las ofertas, no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15.00 horas, conforme al inciso final del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886.
7° DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
8° CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES (Artículo 27° del Reglamento de la Ley de Compras)
Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido.
No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de las mismas.
Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl).
Del mismo modo, toda modificación o acto que modifique actos tomados razón, estará afecto a toma de razón. Lo anterior, de acuerdo a lo previsto en el artículo 10, numeral 10.4 de la Resolución N°7 de 2019 que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
9° VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS (Artículo 63° del Reglamento de la Ley de Compras)
La propuesta deberá tener validez de 90 días contados desde la fecha de apertura electrónica. Si dentro de dicho plazo no fuese posible efectuar la adjudicación del llamado a licitación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas, hasta en 60 días más.
Serán rechazadas aquellas propuestas cuyo periodo de validez sea menor que el requerido o sea mal extendido provocando un desmedro para el hospital.
10° PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS (Artículo 30° del Reglamento de la Ley de Compras)
La entrega de las propuestas deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas.
Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases.
10.1 De los Antecedentes Administrativos
Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes:
- Formulario Nº1: Identificación del proponente.
- Formulario Nº2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública.
- Formulario Nº9: Declaración jurada que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley nº 19.886.
- Formulario Nº10: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.
- Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales: Los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
- Garantía de Seriedad de la Oferta extendida de acuerdo con el punto nº 12.1 de estas Bases. REQUISITO EXCLUYENTE
La Garantía de Seriedad de la oferta podrá ser enviada electrónica o físicamente. En el primer caso (cuando sea con firma electrónica o código de barra) debe ser escaneada e informada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl . Además, el archivo deberá ser cargado en portal www.mercadopublico.cl junto a los demás documentos que acompañen la oferta respectiva; y en el segundo caso (cuando no tengan cabida en lo mencionado anteriormente) debe ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base San José de Osorno, con plazo hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas. REQUISITO EXCLUYENTE, por lo que su omisión será causal de rechazo de la oferta en el acto de Apertura.
Los oferentes deberán adjuntar, además, la siguiente información en el caso de no encontrarse vigente en el portal de compras.
● Documentación que acredite la constitución legal de la empresa, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor.
● Copia autorizada de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente.
● Certificado de vigencia con anotaciones vigentes de una data no superior a 30 días, de constitución de la sociedad y personería.
● Fotocopia del RUT del oferente y de la Cédula de Identidad de su representante legal.
10.2 De la Propuesta económica
El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl.
Deberá ser expresado en pesos chilenos, y corresponder a los valores unitarios netos de cada determinación (precio por determinación), sin I.V.A.
Teniendo en cuenta los valores considerados y proyectados en cotización, se establece que los montos de la oferta económica no podrán ser reajustados durante toda la vigencia del convenio.
Los oferentes deberán completar además el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo con las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo.
Errores en la Oferta Económica: En caso de existir diferencia entre el monto de la oferta ingresada al portal www.mercadopublico.cl y el indicado en el formulario Nº3 “oferta económica”, prevalecerá el monto neto ingresado en el portal.
10.3 De la Propuesta Técnica
Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en las Bases Técnicas. Para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas.
La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de prestación de servicios requeridos y la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación.
Formularios N°4: Los oferentes deben completar y adjuntar la Ficha Técnica que señala los requerimientos técnicos obligatorios. REQUISITO EXCLUYENTE
Formularios N°4.1: Los oferentes deben completar y adjuntar la Ficha Técnica que señala los requerimientos técnicos deseables.
Formulario N°5: Documentos requeridos.
Formulario N°6: Los oferentes deben señalar los plazos comprometidos para este convenio.
Formulario N°7: Servicio técnico
Formulario N°8: Contratación inclusiva y convenios sindicales
Documentos que debe adjuntar en su oferta:
1.- Catálogo del (los) equipo(s) en español.
2.- Catálogo del (los) reactivos, controles y calibradores en español.
3.- Documentos (s) que acrediten Representación oficial en Chile de marcas ofertadas.
4.- Plan de Contingencia Detallado para la derivación de muestras frente a fallas y perdida de continuidad operacional, especificar lugar, plazos, transporte, tiempos de respuesta, etc.
5.- Cartas Gantt de acuerdo a lo requerido en bases técnicas.
6.- Listado de todos los reactivos, incluyendo: soluciones genéricas, soluciones de limpieza, soluciones auxiliares, diluyentes de muestra; insumos como: cubetas, puntas de muestra, etc. que sean necesarios para el funcionamiento de los instrumentos que sean instalados producto de esta licitación.
7.- Credencial de discapacidad y contratos vigentes.
8.- Contratos convenios colectivos.
11° PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas
i) por los organismos correspondientes.
12° GARANTÍAS
Para el presente llamado a licitación y dada las características del proceso se requerirán Garantía de Seriedad de la Oferta y Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley N° 19.886 y su reglamento.
12.1 Garantía de Seriedad de la Oferta (Artículo 31 del Reglamento de la Ley de Compras)
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CARACTERISTICAS
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Tipo de Garantía
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Garantía de Seriedad de la Oferta
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Exigibilidad
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Será obligatoria su entrega para todos los oferentes de la licitación. Independiente de la cantidad de propuestas que presente cada oferente, cada oferta debe presentar su propia garantía.
La no entrega en el plazo señalado será causal de rechazo de la oferta.
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Estipulaciones del documento
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Expresar su monto en pesos chilenos.
Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.
La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.
No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.31 del Reglamento de Compras Públicas.
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Beneficiario
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Hospital Base San José Osorno
Rut: 61.602.260-1
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Tomador
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El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo oferente, o un tercero a su nombre.
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Monto
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$500.000.- (Quinientos mil pesos)
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Fecha de vencimiento
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Deberá poseer una vigencia mínima no inferior a noventa días corridos desde la fecha de cierre del plazo para ofertar a la propuesta, fecha portal www.mercadopublico.cl.
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Glosa
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“GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PARA EL “CONVENIO SUMINISTRO DE DETERMINACIONES, CON EQUIPAMIENTO E INFORMATIZACION PARA EL LABORATORIO CLÍNICO DEL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO”, ID 1063538-324-LR22”.
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Causales de cobro
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El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía si el oferente desiste de su oferta por cualquier causa, en las siguientes instancias:
- El proveedor que resulta adjudicado no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo establecido en el numerando 6° de las presentes bases.
- El adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de licitación.
- El adjudicatario desiste de participar de la propuesta.
Esta garantía no devengará intereses ni reajustes, y será restituida al adjudicatario una vez que éste suscriba el contrato respectivo y confiera la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
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Forma y momento de entrega
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Deberá entregarse con plazo hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas.
Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente.
En el primer caso (cuando sea con firma electrónica o código de barra) deberá ser escaneada e informada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl. Además, el archivo deberá ser cargado en portal www.mercadopublico.cl junto a los demás documentos que acompañen la oferta respectiva, y en el segundo caso (cuando no tengan cabida en lo mencionado anteriormente) deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base San José de Osorno.
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Forma y momento de restitución.
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La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato.
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12.2 Garantía de fiel cumplimiento de contrato (Artículos 70, 71, y 72 del Reglamento de la Ley de Compras).
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CARACTERISTICAS
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Tipo de Garantía
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Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato
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Exigibilidad
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Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de hacer uso efectivo de la Garantía de Seriedad de la Oferta, dejando sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos.
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Estipulaciones del documento
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Expresar su monto en pesos chilenos.
Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social.
La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.
No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.68 del Reglamento de Compras Públicas.
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Beneficiario
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Hospital Base San José de Osorno
Rut: 61.602.260-1
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Tomador
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El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo adjudicatario, o un tercero a su nombre.
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Monto
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8% del monto total adjudicado y se expresará en pesos.
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Fecha de vencimiento
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La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, aumentada en 90 días corridos después de terminado el vínculo contractual.
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Glosa
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“CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA EL CONVENIO SUMINISTRO DE DETERMINACIONES, CON EQUIPAMIENTO E INFORMATIZACION PARA EL LABORATORIO CLÍNICO DEL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO, ID 1063538-324-LR22”.
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Causales de cobro
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El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos:
- Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 17.7 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral.
- Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886
- Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas.
- proveedor no efectúa el pago de una multa en el plazo otorgado.
Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial.
En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
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Forma y momento de entrega
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Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico). Si no se entrega dentro del plazo, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta, y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible.
Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno.
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Forma y momento de restitución.
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Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Contabilidad.
Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contrato del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato.
Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Contabilidad.
Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
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En el caso de prorroga o aumento del contrato.
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En el caso de prorroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional.
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13° REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS (Artículo 33 del Reglamento de la Ley de Compras)
La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en la fecha prevista en las presentes bases (Ficha del Portal mercadopublico.cl) y estará a cargo de un Ejecutivo Comprador de la Unidad de Abastecimiento del Hospital.
Corresponderá al funcionario, verificar el ingreso de todos los anexos en el portal www.mercadopublico.cl, y realizar la admisibilidad de las ofertas, según lo señalado en el artículo siguiente.
13.1 Admisibilidad de las ofertas (Artículo 32 del Reglamento de la Ley de Compras)
Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.
Conforme con lo anterior se verificará el cumplimiento de cada uno de los siguientes criterios:
● La propuesta fue entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores.
● El oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y que están reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886.
Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que, la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, no impida la correcta evaluación de las propuestas, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
14° EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
14.1 Designación de la Comisión Evaluadora (Artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras)
Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. La designación se hará a través de un acto administrativo que contenga el ID del proceso de contratación, y señalando las personas que la componen con su nombre y apellido.
Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.
La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno:
1. Jefa CR Apoyo Clínico del HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función.
2. Encargada de Sección Urgencia de Laboratorio Centra del HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función.
3. Encargado Sección de Inmunoquímica de Laboratorio Central del HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función.
14.2 Funciones de la Comisión (Artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras)
Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierta el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.
Corresponderá a la Comisión confeccionar un Acta de evaluación, la cual deberá contener la siguiente información:
- Cotejar la admisibilidad de las propuestas.
- Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
- Oferentes aprobados en etapa de Apertura.
- Realizar el proceso de evaluación técnica de las ofertas en base a antecedentes.
Esto implica revisar en detalle todos los requerimientos que establecen las bases administrativas y técnicas
- Observaciones finales y las decisiones adoptadas por ente técnico.
- Cuadro Resumen de todas las propuestas por orden de puntaje total obtenido.
- Recomendación de Adjudicación.
- Firmas integrantes de la comisión evaluadora.
- Fecha del Acta.
De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.
14.3 Matriz de evaluación
El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados en la siguiente matriz:
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ITEM
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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PONDERACIÓN
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A
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Oferta económica
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45%
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B
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Requerimientos técnicos deseables (Ficha técnica)
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30%
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C
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Plazo entrega de los equipos
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15%
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D
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Contratación inclusiva
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5%
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E
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Convenios colectivos vigentes
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2%
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F
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Cumplimiento de requisitos formales
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3%
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TOTAL PORCENTAJE
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100%
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A. Evaluación Económica (Formulario N°3)
El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación con la más económica.
Fórmula de Cálculo:
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Descripción
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Puntaje
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Menor precio
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100 puntos
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Segundo menor precio y siguientes
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PUNTAJE= (menor precio/precio en evaluación) X100
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Ponderación: Puntaje obtenido x 45%
B. Requerimientos técnicos deseables 30% (Formulario N°4.1)
Fórmula de Cálculo:
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FICHA TÉCNICA DE REQUERIMIENTOS DESEABLES
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Cumplimiento
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Puntaje
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ITEM 1
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Punto 1
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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Punto 2
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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ITEM 2
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Punto 1
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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Punto 2
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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ITEM 3
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Punto 1
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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Punto 2
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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ITEM 4
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Punto 1
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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Punto 2
|
Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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ITEM 5
|
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Punto 1
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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Punto 2
|
Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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ITEM 6
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Punto 1
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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|
Punto 2
|
Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
|
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ITEM 7
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Punto 1
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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Punto 2
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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ITEM 8
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Punto 1
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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Punto 2
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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ITEM 9
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Punto 1
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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|
Punto 2
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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ITEM 10
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Punto 1
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Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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|
Punto 2
|
Si cumple 5 puntos/ No cumple 0
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Ponderación: Puntaje obtenido x 30%
C. Plazo de entrega de equipos 15% (Formulario N°6)
Fórmula de Cálculo:
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Plazo entrega de un (1) equipo Pre analítico 5%
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Puntaje
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=< 30 días hábiles
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100 puntos
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> 30 días hábiles
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0 punto
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Ponderación: Puntaje obtenido 5%
Fórmula de Cálculo:
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Plazo entrega de dos (2) equipos de Química Clínica 5%
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Puntaje
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=< 30 días hábiles
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100 puntos
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> 30 días hábiles
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0 punto
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Ponderación: Puntaje obtenido 5%
Fórmula de Cálculo:
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Plazo entrega de dos (2) equipos de Inmunoensayos 5%
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Puntaje
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=< 30 días hábiles
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100 puntos
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> 30 días hábiles
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0 punto
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Ponderación: Puntaje obtenido 5%
Total Ponderación: Puntaje obtenido 15%
D. Contratación inclusiva (Formulario N°8)
Oferentes deben adjuntar credencial y contratos respectivos vigentes.
Fórmula de Cálculo:
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Descripción contratación inclusiva
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Puntaje
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El oferente mantiene dentro de su personal a trabajadores con discapacidad física, sensorial (visión y audición) o mental (intelectual o psíquica).
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100 puntos
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El oferente NO mantiene dentro de su personal a trabajadores con discapacidad física, sensorial (visión y audición) o mental (intelectual o psíquica).
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0 punto
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Ponderación: Puntaje obtenido x 5%
E. Convenios colectivos vigentes (Formulario N°8)
Fórmula de Cálculo:
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Descripción convenios colectivos
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Puntaje
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El oferente mantiene vigentes convenios colectivos con organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores
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100 puntos
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El oferente NO mantiene vigentes convenios colectivos con organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores
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0 punto
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Ponderación: Puntaje obtenido x 2%
F. Cumplimiento de requisitos formales
Fórmula de Cálculo:
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Cumplimiento requisitos formales
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Puntaje
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Oferta presentada no contiene errores u omisiones.
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100 puntos
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Oferta observada con errores y/u omisiones, enmienda las mismas dentro de plazo.
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50 puntos
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El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo.
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0 punto
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Ponderación: Puntaje obtenido x 3%
El criterio “F”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 40º inciso segundo del D.S. Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente:
Presentar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido: i) con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o ii) se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas.
Lo anterior sólo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales.
La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:
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Puntaje final: Puntaje evaluación económica + Requerimientos técnicos + Plazo de entrega de equipos + Contratación inclusiva + Convenios colectivos vigentes + Cumplimiento de requisitos formales.
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“La Comisión Evaluadora” recomendara o sugerirá al Director del Hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del Hospital, aun cuando no sea la de menor precio.
La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo.
15° ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA (Artículo 41 del Reglamento de la Ley de Compras)
La modalidad de la presente licitación es mediante “adjudicación simple”, con emisión de orden de compra de acuerdo con las necesidades de la institución.
De acuerdo con los criterios de evaluación señalados en estas bases, se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje, sin tener que ser necesariamente la oferta más económica.
La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley Nº 19.886.
15.1 REQUERIMIENTOS DE LA UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
El oferente que resulte adjudicado deberá estar en conocimiento del Reglamento Especial de Seguridad y Salud en el trabajo para Empresas Contratistas y Subcontratistas, el cual establece procedimientos, requerimientos, y obligaciones en materia de prevención de riesgos, laboral y previsionales. Para este efecto, y para que el adjudicatario lo tenga en cuenta, y no alegue desconocimiento, se adjunta como archivo anexo el REGLAMENTO ESPECIAL PARA CONTRATISTAS, el cual se publicará en el portal Mercado Publico y formará parte integra del contrato que en su oportunidad se suscriba.
Antes de comenzar con los trabajos el oferente que resulte adjudicado deberá tener en cuenta y cumplir a cabalidad los siguientes requerimientos de la Unidad de Prevención de Riesgos del Hospital, para todo personal externo que desarrolle faenas de mantenimiento, reparación y obras dentro del recinto hospitalario. Si el adjudicatario no da cumplimiento a lo requerido, el Hospital se reserva el derecho de dar término anticipado y unilateralmente al servicio, o de readjudicar a la oferta que haya resultado en segundo lugar de la evaluación, si la hubiere.
Los documentos que debe presentar el adjudicatario antes de comenzar con el trabajo son los siguientes:
1. Hojas de entrega elementos de protección personal.
2. Registros entrega DAS e Inducción Seguridad.
3. Registros entrega Reglamento Interno.
4. Reglamento interno de su empresa.
5. Registro de entrega del reglamento interno a:
Mutualidad, Inspección del Trabajo y Autoridad Sanitaria.
6. Certificado de adhesión a Mutualidad.
7. Certificado de siniestralidad y accidentabilidad (período 1 año).
Según corresponda lo exija ley y corresponda a características de la empresa.
Una vez formalizada la adjudicación el proveedor deberá presentar en un sobre cerrado los documentos en la Unidad Prevención de Riesgos del Hospital. El sobre debe ser dirigido al Jefe de la Unidad Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional del Hospital o a quién él designe. El sobre debe señalar, además:
· Nombre o Razón Social del proveedor
· Nombre de la licitación
· N° ID de la licitación
El oferente adjudicado tendrá la responsabilidad de todas las actividades realizadas por su personal en las dependencias asignadas dentro del Hospital, por lo tanto, deberá mantener una supervisión permanente sobre la forma en que se están prestando los servicios contratados.
El oferente adjudicado y su personal respetarán las reglas, procedimientos y disposiciones especiales de orden interno dictadas por el Hospital, tales como áreas restringidas, condiciones de ingreso a los distintos lugares y oficinas, precauciones de seguridad y otras que el Hospital determine. Para ello deberán coordinar en forma permanente los trabajos a efectuar con el Supervisor o Jefe de la Unidad a cargo de los equipos.
Se autorizará el ingreso al Establecimiento sólo a los trabajadores prestadores de servicio, que se encuentren en la nómina entregada por el oferente adjudicado, quienes no podrán ingresar elementos que no correspondan al servicio que deben realizar.
La empresa adjudicada proveerá a sus trabajadores de una credencial de identificación con su nombre, fotografía y membrete o logo de la empresa en la que presta servicios, a su vez proporcionará los implementos de seguridad industrial y ropa de trabajo.
15.2 Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado (Artículo 9° de la Ley de Compras Públicas)
El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas, por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, o cuando la oferta no es conveniente para los intereses de la Institución de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886 sobre Compras Públicas.
Del mismo modo, de no presentarse propuestas, se declarará desierto el llamado a licitación. En ambos casos se dictará una resolución fundada.
Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta.
15.3 Mecanismo de resolución de empate (Artículo 38 del Reglamento de la Ley de Compras)
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente.
● En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta económica”
● En caso de continuar el empate, como segundo criterio se seleccionará a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Requerimientos técnicos”
● En caso de persistir el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “Plazo entrega e instalación de equipos”.
● De persistir el empate se solicitará la opinión de la comisión evaluadora, quienes, en conjunto, y previo estudio de las ofertas dirimirá la igualdad
15.4 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada.
Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación.
15.5 Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.
En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jonathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
16° FACULTAD DE READJUDICAR
El Hospital podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa:
a) Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario.
b) Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido.
c) Si el adjudicatario desiste de su oferta.
d) No modificación de inscripción no vigente en chileproveedores, que impida la emisión de la orden de compra (como contrato) o contrato, en un plazo superior a 10 días hábiles desde la adjudicación.
e) Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información.
f) Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley nº 20.393.
La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl
La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo, y se deberá realizar dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
17° CONTRATO (Artículos 65 y 71 del Reglamento de la Ley de Compras)
Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. En dicho caso se deberá presentar además instrumentos de garantía descritos en numerando 12.2 de las presentes bases de licitación.
El contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual.
Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución.
Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remitiendo la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desistiéndose de la propuesta; caso en el cual “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital.
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
En razón de lo anterior, el HBSJO estará facultado para solicitar en todo momento durante la vigencia del convenio, cualquier tipo de información y documentos referente al cumplimiento del pago de remuneraciones y leyes sociales y previsionales por parte del adjudicatario a sus trabajadores.
Si el adjudicatario no cumple con la firma y envío del contrato dentro del plazo señalado en el numeral 6° de las bases, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta, y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible.
17.1 Vigencia (Artículo 65 del Reglamento de la Ley de Compras)
El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato y tendrá una vigencia de 60 meses, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicatoria.
17.2 Aumento y disminución de contrato
El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica.
Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación y el carácter necesario que significa para una entidad de salud, permitiendo cubrir los requerimientos.
Para hacer efectiva dicho aumento, “el Hospital” deberá comunicar por escrito a su contratante la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 5 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. El aumento deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12° de las presentes bases.
Será requisito exigible la presentación de un informe por parte de la Unidad requirente o coordinador del contrato, el cual se respalde dicho requerimiento.
En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances.
Informe de respaldo debe acompañar y ser parte de la tramitación desde un inicio, por ende, debe ser presentado en tiempo y forma. Dando cumplimiento a plazos estipulados en bases de licitación.
17.3 Prórroga plazo del contrato
De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, fundadamente, y sólo se permitirá por una vez. La prórroga debe contar con VB de la Subdirección Administrativa o Medica del HBSJO según corresponda, y debe ser solicitada por el referente técnico del HBSJO.
Será requisito exigible la presentación de un informe por parte de la Unidad requirente o coordinador del contrato, el cual se respalde dicho requerimiento.
En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la prórroga de contrato, sus principales implicancias y alcances.
Informe de respaldo debe acompañar y ser parte de la tramitación desde un inicio, por ende, debe ser presentado en tiempo y forma. Dando cumplimiento a plazos estipulados en bases de licitación.
17.4 Resciliación del Contrato (Artículo 77 del Reglamento de la Ley de Compras)
Las partes podrán poner término al Contrato de común acuerdo en forma anticipada.
17.5 Cesión del contrato y subcontrataciones
El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital.
17.6 Término de contrato por parte del Hospital (Artículo 77 del Reglamento de la Ley de Compras)
El Hospital se reserva el derecho de poner término al contrato anticipadamente si procede alguna de las siguientes causales:
a) Por razones de Ley, actos de autoridad, caso fortuito, fuerza mayor, o por exigirlo el interés público o la seguridad nacional; el Hospital se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, y sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado.
b) Si el Ejecutor es declarado en quiebra, o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. (Informe Chileproveedores).
c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Pérdida de la confianza técnica en el desarrollo de los servicios contratados, lo que será avalado con informe técnico confeccionado por la contraparte técnica designada para el presente convenio.
e) En caso de término de giro, liquidación, cambio de razón social, o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad ejecutora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Hospital, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.
f) Cuando el Hospital posea evidencias fundadas que el oferente ha incumplido en forma reiterativa (multas superan en 20% del total del contrato) compromisos establecidos en las bases y el contrato, por causas imputables al oferente.
g) Cuando el prestador proporcione antecedentes falsos en relación a las exigencias de las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
h) Cuando el prestador durante el periodo de vigencia del contrato, sea sancionado por la Autoridad Sanitaria o la Superintendencia de Salud.
i) Que con la ocasión de la realización de una auditoría técnica y / o administrativa se concluya “graves incumplimientos a las normas técnicas de las especialidades o de las presentes bases técnicas y administrativas”.
j) La realización de donaciones de bienes y/o servicios de todo tipo por parte del oferente adjudicado a los usuarios del Contrato o funcionarios públicos pertenecientes al Hospital.
k) Inhabilidad del proveedor en sistema de chileproveedores, no subsanada en un plazo de 15 días hábiles desde que el Hospital comunica dicho incumplimiento. (la comunicación se realizará vía correo electrónico al coordinador del convenio de la empresa adjudicada).
l) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
m) Falta de reposición y/o entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en plazos estipulados y en los mismos términos y condiciones originales.
n) Si se excede el monto máximo previsto para la aplicación de multas. Esto es que las multas superan el 20% del total del contrato.
El término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en la letra a), dará derecho al Hospital para cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de clausula penal y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Hospital en contra del contratante.
El término anticipado del contrato, previo a su ejecución deberá ser informado al proveedor contratado mediante correo electrónico, argumentando el motivo de su término, adjuntando los antecedentes que respalden dicha decisión. El adjudicado contará con un plazo máximo de 5 días hábiles para impugnar dicha decisión y presentar sus descargos al Director del hospital Base San José de Osorno, quien, en conjunto con el Departamento Jurídico resolverán con todos los antecedentes si se acoge o no el termino anticipado del contrato.
En el caso de ser acogido el término anticipado del contrato se formalizará mediante Resolución Fundada y publicada en el sistema de información a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, salvo que concurran alguna de las situaciones señaladas en el artículo N°62 del reglamento N°250 de la ley 19.886.
Lo anteriormente indicado guarda relación con lo dispuesto en el artículo N°79 TER del reglamento N°250 de la ley 19.886.
17.6 Referente o coordinador técnico del convenio
El Hospital Base San José de Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Coordinador del mismo a la Jefa de Laboratorio del Hospital, (andrea.velasquez@redsalud.gov.cl), o quien le subrogue o reemplace, o en quien se delegue, quien tendrá entre otras las siguientes funciones:
● Fiscalizar el estricto cumplimiento del convenio en todos sus aspectos técnicos.
● Ante cualquier irregularidad en el cumplimiento del contrato o posibles complicaciones desde el punto de vista técnico por parte del proveedor; deberá informar a la Subdireccion Administrativa y/o Subdirección Médica de este Hospital, y a Control de convenios para que se apliquen las multas que correspondan.
● Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.
18° CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA ADJUDICATARIA PARA EL CONVENIO
El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor. (Formulario N° 1)
En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá:
1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio.
2. Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas.
3. Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda.
4. Coordinar las asesorías que el Hospital requiera.
5. Recepcionar los reclamos y su gestión.
6. Coordinar las urgencias.
7. Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio.
Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio.
19° CONFIDENCIALIDAD
El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación.
En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital.
El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción.
20° PRECIO
El precio unitario de cada determinación corresponderá al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl, y en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (formulario Nº3). Éste, no será reajustable.
21° EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA
La orden de compra será emitida por el Hospital Base San José de Osorno mensualmente (por mes vencido), según la estadística entregada mensualmente (REM), y que corresponde al mes anterior. Su obtención será a través del Sistema Informático de Laboratorio en formato Excel.
Esta estadística será acreditada por la jefa de Laboratorio Clínico, quien subrogue, o en quien se delegue, la cual puede aumentar o disminuir mes a mes.
Antes del envío de cada orden de compra, el comprador de la Unidad de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en chileproveedores.
El adjudicatario deberá aceptar las órdenes de compra a través del portal en un periodo máximo de 48 horas.
21.1 Entrega del o los productos y/o ejecución de prestaciones y servicios
Los insumos deben ser requeridos con solicitud formal, y coordinación de laboratorio central del HBSJO con el Departamento de Abastecimiento del Hospital.
Además, el proveedor de forma obligatoria debe considerar lo siguiente: El transporte de los productos desde las Bodegas del proveedor hasta las dependencias del Hospital será de costo y cargo de este. Es decir, debe estar incorporado en el precio ofertado del producto.
Para la gestión de despachos o el envío de los bienes/insumos o productos por parte del proveedor hacia la bodega general del Hospital, este deberá ser imperativamente acompañado por la GUÍA DE DESPACHO correspondiente.
Posterior a la entrega de bienes/insumos o la prestación de un servicio (según corresponda); la institución deberá proceder con la validación o recepción conforme de estos. Este proceder resultará imprescindible para la posterior emisión de la factura comercial respectiva.
Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases.
22° DE LA FACTURACIÓN Y PAGO
El oferente deberá presentar la correspondiente factura emitida a nombre del Hospital Base San José de Osorno con todos los documentos de respaldo.
El período de pago corresponde a las disposiciones establecidas en Circular N° 34 del Ministerio de Hacienda donde instruye el pago de 30 días para el sector salud.
La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado.
La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes.
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NOMBRE
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Hospital Base San José De Osorno
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RUT
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61.602.260-1
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DOMICILIO
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Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia De Osorno, Región De Los Lagos.
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GIRO
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Salud
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Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada:
1. Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión.
Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail).
2. Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico.
Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazara automáticamente.
3. Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público.
El período de pago corresponde a las disposiciones establecidas en Circular N° 34 del Ministerio de Hacienda donde instruye el pago de 45 días para el sector salud.
La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 45 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado.
El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago.
23° INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS (Artículos 22 y 79 del Reglamento de la Ley de Compras)
Antecedentes Generales
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor.
23.1 Infracciones contractuales
Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento:
● Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado.
● No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes.
23.2 Infracciones del servicio:
● Atraso en la entrega de los equipos: 10 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la instalación de los equipos: 10 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la integración y operatividad del sistema informático: 10 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la entrega de los insumos: 5 UTM por cada día de atraso, aún en caso fortuito o fuerza mayor.
● Atraso en el tiempo de respuesta del servicio técnico en terreno de los equipos en comodato: 5 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en el tiempo de respuesta del servicio informático: 5 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en el cumplimiento de las mantenciones preventivas de acuerdo a la propuesta del adjudicatario: 5 UTM por cada día de atraso.
● Incumplimientos Servicio Técnico Vía remota superior a 60 minutos desde el envío de reporte vía correo electrónico o notificación vía plataforma web, se cobrará 1 UTM por hora de retraso.
● Atraso en el plazo de inicio de la capacitación a los usuarios operadores de los equipos: 3 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la entrega de certificados de capacitación: 1 UTM por cada día de atraso desde finalizada la capacitación, con un límite de 10 días hábiles.
● Atraso en la entrega de comprobante de suscripción a programa(as) externo(s): 3 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la instalación de los computadores: 5 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en aplicar el Plan de contingencia: 5 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la instalación de los software de control de calidad: 5 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la entrega de Agitador de laboratorio orbital compacto con contador de tiempo: 1 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la entrega del Telón Proyector Eléctrico o Automático: 0,5 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la modificación de espacio físico y mobiliario: 10 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la instalación de un sistema de tratamiento de agua: 10 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la conexión de nuevos equipos analizadores al LIS: 10 UTM por cada dia de atraso.
● Atraso en la entrega del Hardware para el LIS: 10 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la entrega de los servidores: 10 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la conexión al nuevo LIS: 5 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la entrega del Plan de retirada del LIS: 5 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la entrega de la Centrifuga: 5 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la Construcción, instalación y habilitación de una Cámara de refrigeración: 10 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la Construcción y habilitación (incluye modificaciones de la planta física) de una bodega de insumos: 10 UTM por cada día de atraso.
● Atraso en la Construcción y Habilitación (incluye modificaciones de la planta física) de un área de trabajo cerrada: 10 UTM por cada día de atraso.
23.3 Para la tramitación y gestión de las posibles multas, el referente técnico o funcionario designado por la Subdireccion administrativa, informará a Control de convenios del Hospital los eventos ocurridos adjuntando los antecedentes e informes que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con el asesor jurídico del Hospital.
Nota: Para el cobro de las multas se tomará como referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento.
23.4 Procedimientos para aplicación de multa
En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informara al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos.
Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que estos se hayan presentado, la entidad dictara la respectiva Resolución Exenta aplicando o no la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal.
Se hace presente que las notificaciones se realizaran al domicilio que le proveedor haya informado en la licitación o, en su defecto, el que tenga registrado en mercado público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor trascurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos.
23.5 Cobro de multas
Todo tipo de sanción o multa será comunicado mediante carta certificada de la Dirección del Hospital -o a través de quien ésta considere pertinente- al domicilio del representante indicado en el registro de proveedores o en el de la propuesta, a elección del Hospital o bien por notificación personal efectuada por quien administre el contrato.
El proveedor dispondrá de 5 días hábiles para presentar sus descargos. Luego de dicho período, y con los antecedentes que disponga, se dictará el acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos y la sanción, si fuere el caso. El proveedor podrá interponer contra dicho acto el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal.
En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:
- Ø Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl,
- Ø Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital.
Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases.
La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.
En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato.
Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl.
El monto total de las multas no podrá exceder el 20% del monto total del contrato.
24° RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS
En caso se generarse responsabilidad civil extra-contractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal.
25° SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.