Resolución de Empates |
8.9. Resolución de empates
En caso de existir empate entre dos o más ofertas, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación económica, de conformidad a lo propuesto en el numeral 8.6 de las presentes bases.
En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación del literal a), del numeral 8.4.1, del referido pliego de condiciones.
En caso de que persista el empate se adjudicará a la oferta que se haya ingresado primero al sitio www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
10. ADJUDICACIÓN
La Subsecretaría de Energía, mediante una resolución fundada, podrá:
a) Declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses del servicio, o concurra alguna de las causales establecidas en el numeral 9, literal c de las presentes bases administrativas.
b) Adjudicar al oferente que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos precedentemente.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución fundada, dictada por la Subsecretaría de Energía, la que será publicada en www.mercadopublico.cl una vez que se encuentre totalmente tramitada.
En caso de que la Subsecretaría de Energía no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes bases administrativas, informará a través de www.mercadopublico.cl, dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y, asimismo, indicando el nuevo plazo para la adjudicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los oferentes, mediante su publicación en www.mercadopublico.cl. Luego de notificada la resolución, en caso de ser adjudicada la licitación, se suscribirá el respectivo contrato dentro de los plazos establecidos en las presentes bases administrativas.
Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de tres (3) días hábiles, contado desde la publicación de la resolución de adjudicación, al correo electrónico compras@minenergia.cl, indicando el ID de la presente licitación. La respuesta será derivada al correo electrónico que el interesado señale, dentro del plazo
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
8.2.2. Errores u omisiones formales detectados durante el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas.
Con todo, en atención a lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes que salven los errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Asimismo, la Subsecretaría podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para estos efectos, se otorgará un plazo de dos (2) días hábiles, contado desde la fecha de la solicitud respectiva al oferente, para que éste subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el criterio de evaluación “Presentación formal de la oferta”, de acuerdo con lo estipulado en el literal b) del numeral 8.4.1 las presentes bases administrativas.
Transcurrido el plazo otorgado por la Subsecretaría sin que el oferente subsane las salven los errores u omisiones formales señaladas, se rechazará sin más trámite su oferta, declarándose inadmisible la oferta para todos efectos legales.
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Pacto de integridad |
21. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
d. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.
f. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
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dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
i. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.
Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la
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