Licitación ID: 1490160-16-LP26
SERVICIO DE SEGURIDAD SLEP LOS PARQUES
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA LOS PARQUES
Fecha de Cierre: 20-04-2026 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Cámaras de seguridad 1 Unidad
Cod: 46171610
SERVICIO DE SEGURIDAD INTEGRAL PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE LA COMUNA DE QUINTA NORMAL Y NIVEL CENTRAL DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE SEGURIDAD SLEP LOS PARQUES
Estado:
Publicada
Descripción:
resguardar, cuidar y vigilar los recintos educacionales individualizados en el numeral 11 de las Bases Técnicas, mediante la implementación y operación de un Servicio de Monitoreo Integral en tiempo real, que incluya mecanismos disuasivos, video vigilancia, detección de intrusiones y reacción presencial, conforme a los requisitos y niveles de servicio establecidos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Adquisiciones Desarrollo Educativo Los Parques
R.U.T.:
61.981.260-3
Dirección:
Nicolas Palacios 1689
Comuna:
Quinta Normal
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-04-2026 15:01:00
Fecha de Publicación: 30-03-2026 8:36:51
Fecha inicio de preguntas: 30-03-2026 9:00:00
Fecha final de preguntas: 07-04-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-04-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-04-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-04-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 19-05-2026 13:22:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo Nº1: Formulario de datos del oferente
2.- Anexo N°2: Declaración jurada simple del proponente sobre inhabilidades.
3.- Anexo N°6: Declaración jurada Programa de integridad.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°4: Plazo de Implementación y habilitación
 
2.- Anexo N°5: Experiencia del Oferente
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°3: “Oferta Económica”
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del oferente De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.4.2 b) de las Bases Administrativas. 28%
2 Programa de integridad De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.4.3 b) de las Bases Administrativas. 2%
3 Cumplimiento Requisitos formales De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.4.3 a) de las Bases Administrativas. 3%
4 Plazo de Implementación De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.4.2 a) de las Bases Administrativas. 15%
5 Oferta Económica De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.4.1 de las Bases Administrativas. 50%
6 Sello Mujer De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.4.3 c) de las Bases Administrativas. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: P01-P02
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Daniel Amaro
e-mail de responsable de pago: TESORERIA@sleplosparques.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Local de Educación Pública Los Parques RUT N° 61.981.260-3
Fecha de vencimiento: 03-08-2029
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Garantía de fiel cumplimiento del contrato y obligaciones laborales y previsionales de la licitación ID N° XXX-XX-XXXX
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato será realizada a los 90 (noventa) días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato, previa verificación del correcto cumplimiento del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Bases Administrativas
´

BASES ADMINISTRATIVAS

“SERVICIO DE SEGURIDAD INTEGRAL PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE LA COMUNA DE QUINTA NORMAL Y NIVEL CENTRAL DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES”

 

 

  1. Definiciones:

SLEP: El Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, representado por su director ejecutivo, ambos domiciliados en Calle Nicolas Palacios 1689, Quinta Normal, Santiago, Rut.: 61.981.260-3, en adelante “SLEP” o “Servicio Local”.

Portal: El sistema de información de compras y contrataciones de la administración www.mercadopublico.cl.

Bases: Documento aprobado por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones establecidas por la entidad licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el proceso de compra y el contrato definitivo. Incluye las Bases Administrativas y Técnicas.

Certificado de Habilidad Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección Chile compra, que acredita una determinada persona natural o jurídica se encuentra hábil en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.

Formularios: Formatos o documentos elaborados por el Servicio Local, los cuales deberán ser completados por los proveedores interesados en efectuar un Proceso de Compras, a través del Sistema de Información y de otros medios para la contratación electrónica.

Propuesta: La oferta técnica y/o económica elaborada por el oferente, presentada de acuerdo a las presentes Bases y Especificaciones Técnicas correspondientes.

Fuerza Mayor o Caso Fortuito: El artículo 45 del Código Civil lo define como “el imprevisto al que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.”

Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización.

Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, en adelante “UTP”.

Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.

Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y el Reglamento.

Ley de Compras Públicas N°21.634 que moderniza la Ley N°19.886: Ley N°21.634 de 2024, que moderniza la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. En adelante “Ley de Compras” y aquella parte de esta última no modificada por la nueva Ley.

Reglamento de Compras Públicas: Decreto 661, de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. En Adelante “El Reglamento”.

Director Ejecutivo del Servicio Local de Educación Pública de Los Parques: en adelante “El Director”.

Días corridos: son todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa.

Días hábiles: son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.

Cronograma de Licitación: es el cuadro contenido en las bases administrativas de la presente licitación, en el que se define la oportunidad para la realización de las etapas o fases del presente proceso de compras.

  1. Características de la Licitación

Nombre de la Licitación

SERVICIO DE SEGURIDAD INTEGRAL PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE LA COMUNA DE QUINTA NORMAL Y NIVEL CENTRAL DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES

Tipo de Licitación

Licitación Pública mayor a 1.000 UTM, menor a 5.000 UTM (LP)

Tipo de Convocatoria

Abierta

Moneda

Peso Chileno

Presupuesto Disponible

$269.000.000(doscientos sesenta y nueve millones de pesos) impuestos incluidos.

Contrato

SI

Tipo de Contrato

Contrato de Servicios

Duración del Contrato

36 meses

Renovación

Se podrá renovar

Etapas del proceso de apertura

Una Etapa

Toma de Razón Contraloría

No aplica

Publicidad de Ofertas Técnicas

Si

  1. Antecedentes básicos del organismo demandante

Razón Social

SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES

Programa de Compra

Programa P01 y Programa 02

RUT

61.981.260-3

Dirección

Carrascal #3420, ingreso por Calle Nicolas Palacios 1689, comuna de Quinta Normal, Santiago Región Metropolitana

Representante legal

Ulises Nolberto Jaque Carreño

  1. Objetivo:

El Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, en adelante, SLEP de Los Parques, como sostenedor de los establecimientos educacionales de su jurisdicción, y para el cumplimiento de sus objetivos, requiere la suscripción de un contrato para “SERVICIO DE SEGURIDAD INTEGRAL PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE LA COMUNA DE QUINTA NORMAL Y NIVEL CENTRAL DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES” con objeto de satisfacer las necesidades de las unidades educacionales de manera eficaz, eficiente y oportuna.

La contratación de los servicios se realizará a través de una licitación pública, cuya contratación será realizada bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios, atendiendo de esta forma las necesidades más urgentes y necesarias para el buen funcionamiento de cada establecimiento.

Las Bases Administrativas y Bases Técnicas establecen las condiciones que regirán el presente proceso licitatorio, el contrato que se celebre en su virtud y las obligaciones que deberán cumplirse para la correcta ejecución del servicio objeto de la contratación.

La contratación tendrá una vigencia de 36 meses, sin perjuicio de la imputación que se pueda realizar con cargo a futuras disponibilidades presupuestarias en la medida en que existan recursos para esos efectos y se cumpla con las condiciones estipuladas para el desembolso. Dicho plazo se contabilizará desde el acta de inicio de servicio.

La vigencia del contrato podrá ser prorrogada por un período máximo de seis (6) meses, o bien, hasta alcanzar el aumento máximo del contrato, equivalente a un treinta por ciento (30%) del monto originalmente adjudicado, lo que ocurra primero, siempre que exista disponibilidad presupuestaria del Servicio Local y sin perjuicio de la facultad de éste para efectuar un nuevo proceso licitatorio, conforme a la normativa legal vigente.

Por lo tanto, la contratación de “SERVICIO DE SEGURIDAD INTEGRAL PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE LA COMUNA DE QUINTA NORMAL Y NIVEL CENTRAL DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES”, tiene por objeto, cumplir de manera continua la labor que ha sido encomendada a nuestra Institución, estableciendo las condiciones que permitan alcanzar la combinación más ventajosa entre todos los beneficios del bien o servicio a adquirir, y todos sus costos asociados, presentes y futuros (Art. 37° del Reglamento), según el siguiente detalle:

ÍTEM

DESCRIPCIÓN ITEM

DESCRIPCIÓN

VIGENCIA

1.

SERVICIO DE SEGURIDAD INTEGRAL PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE LA COMUNA DE QUINTA NORMAL Y NIVEL CENTRAL DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS PARQUES

Servicio de Seguridad Integral a través de un sistema de monitoreo de televigilancia y sistema disuasivo en tiempo real

36 meses

  1. Cronograma

Período de publicación de bases de licitación

Estarán publicadas en el Portal Mercado Público por 20 (veinte) días corridos.

Fecha de inicio de consultas

Desde el día de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl

Fecha final de consultas

Hasta el 5° día hábil posterior a la fecha de publicación de 

las bases en el portal www.mercadopublico.cl 

Fecha publicación de respuestas

Hasta el 3° día hábil posterior a la fecha final de consultas 

en el portal www.mercadopublico.cl 

Fecha de cierre de recepción de las ofertas

Hasta el 20° día corrido a contar de la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl.

Apertura de las ofertas

Hasta el 20° día corrido a contar de la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl.

Confirmación de apertura de las ofertas

Hasta 3 días corridos desde la apertura de la licitación.

Plazo evaluación

Hasta 10 días hábiles desde la validación administrativa y técnica.

Fecha de adjudicación

Hasta 10 días hábiles contados desde el término del plazo de evaluación de las ofertas.

Si por cualquier causa no fuera posible adjudicar en la fecha informada en la ficha de la Licitación, se comunicarán oportunamente los motivos, informando una nueva fecha a través del portal de la Licitación, sin necesidad de dictar un acto administrativo previo.

Firma del contrato

Hasta el 20° día hábil contado desde la fecha de adjudicación en el portal.

Se hace presente que, en caso de que uno de los plazos expire en días sábado, domingo o festivos se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente, corriendo de igual forma los periodos propuestos en el cronograma.

Por otra parte, en el caso del cierre de las ofertas, que el vencimiento ocurra en día inhábil, o un lunes antes de las 15:00 horas, su vencimiento se prorrogará al día hábil siguiente.

  1. Aceptación del contenido de las bases

Se entenderá que los oferentes que participan en esta licitación conocen y aceptan todas las condiciones establecidas tanto en las bases administrativas y técnicas, como en las aclaraciones realizadas en su oportunidad, por el sólo hecho de presentar sus ofertas, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.

  1. Antecedentes que rigen el proceso de compras

Se entenderá que forman parte integrante de estas Bases, sus anexos y las consultas, aclaraciones y respuestas que se originen con ocasión de esta licitación y la Ley N°19.886 y su Reglamento, contenido en el D.S. N°661 del 2024 del Ministerio de Hacienda.

La licitación se regirá por todos los documentos que más adelante se señalan y en caso de discrepancia entre unos y otros, se establece el siguiente orden de prelación:

       I.      Bases administrativas, técnica, anexos de la licitación y modificaciones a las Bases si las hubiere.

      II.     Respuestas a las preguntas de los proveedores.

     III.      Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por el Servicio. Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al Portal Mercado Público.

   IV.      Contrato y su acto administrativo aprobatorio.

  1. De los oferentes

Podrán participar en la presente licitación todos aquellos oferentes que se encuentren inscritos Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, y habilitados en él para poder participar de cualquier procedimiento de contratación y suscribir los contratos definitivos. En dicho registro se inscribirán todas las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras, que no tengan alguna de las causales de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado estipuladas en el Art. 154° del Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de la UTP deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. 

La oferta presentada por una UTP compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 54° de la Ley N°19.886, del Ministerio de Hacienda.

8.1 Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) se requerirán los siguientes antecedentes para ofertar:

  • Mismos formularios para cualquier oferente, agregando al final del nombre del oferente “(UTP)”, salvo que para la licitación de que se trate se disponga de formularios especiales.
  • Copia simple de la Cédula de Identidad del representante o apoderado común con poderes suficientes.
  • Copia simple de la escritura pública que formaliza la Unión Temporal de Proveedores, el cual deberá constar claramente, a lo menos, lo siguiente:
  • Dar cuenta del acuerdo para participar en la licitación como unión temporal de proveedores.
  • La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante.
  • El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
  • La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando, además, el tiempo adicional ante una eventual readjudicación del contrato y/o no firma del mismo de otro proveedor adjudicado. 

De acuerdo con lo establecido en el Art. 181° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, la elección respecto a qué antecedentes presentar para ser evaluados será de la Unión Temporal de Proveedores (UTP). Sin embargo, ello no puede significar el ocultamiento de información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Por tanto, en caso de que se constate la ocurrencia de esta circunstancia, el proceso se encontrará afecto a un vicio que facultará al Servicio de Educación Pública de Los Parques para poner término al contrato en cualquier momento.

  1. Consultas y aclaraciones sobre las bases

Las consultas de los participantes se deberán realizar únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl conforme el cronograma de actividades de esta licitación señalado en el punto 5. “Cronograma” precedente. A su vez, las respuestas y aclaraciones estarán disponibles a través del portal Mercado Público, en los plazos indicados en el cronograma señalado precedentemente, información que se entenderá conocida por todos los interesados desde el momento de su publicación. Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.

Es exclusiva responsabilidad del oferente la revisión del portal y el conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Servicio de Educación Pública de Los Parques.

10. Modificaciones de Documentos de Licitación

En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Servicio de Educación Pública podrá introducir modificaciones a los documentos de licitación a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. En caso de que lo anterior ocurra, el SLEP deberá cambiar la fecha de cierre de recepción de ofertas, otorgando un plazo prudencial a los oferentes para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, lo cual será informado en el portal Mercado Público junto con las modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado

De acuerdo con la Ley de Compras Públicas, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Entidad licitante, por lo que toda información sobre modificaciones se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.

Es exclusiva responsabilidad del oferente la revisión del portal y el conocimiento de las modificaciones que pudiesen realizarse durante la publicación de Bases.

11.Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente este Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el proporcionar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación Pública, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  • El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República (CPR) en su artículo 19° números, 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad con el artículo 485° del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
  • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio público, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución total de él o los contratos que de ello se deriven.
  • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas.
  • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio público, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres, y transparencia en el presente proceso licitatorio público.
  • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio público es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  • El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación Pública, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
  • Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y, en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.

12. Presentación de las Ofertas

Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal, idioma español, dentro del plazo de recepción de estas establecido en el punto 5. “Cronograma” de las presentes Bases de Licitación.

De acuerdo con lo anterior, los oferentes deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los documentos que se adjunten en sistema de información Mercado Público, en cuanto a las fichas de oferta técnica, administrativa y económica, y, de preferencia, hechas en los formularios dispuestos por el Servicio Local de Educación Pública de Los Parques para tales efectos (so pena de ser sancionado con el puntaje que corresponda por incumplimiento de requisitos formales). 

El Servicio Local no es responsable si no fuese posible visualizar la información contenida en la oferta de los proponentes, a modo de ejemplo, los múltiples archivos que son comprimidos en uno solo. Esta situación no será impedimento para evaluar la oferta, considerando únicamente los antecedentes que se puedan visualizar, no significando mayor plazo para la presentación de la información.

En caso de presentarse más de una oferta por un mismo oferente o, según lo estipulado en el artículo 60° del Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, ofertas simultáneas por parte empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, se considerará solo la oferta más conveniente según los criterios establecidos en las Bases y se declararán inadmisibles los demás.

13.Vigencia de las Ofertas

Las ofertas tendrán una vigencia mínima de 120 (ciento veinte) días corridos, a contar del acto de apertura de las ofertas. El sólo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante todo el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto. Si dentro de este plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Servicio Local se reserva el derecho de extender el plazo de vigencia. En este caso, solicitará a los oferentes prorrogar sus ofertas, si alguno de los oferentes no lo hiciere, dicha oferta no será considerado en la evaluación.

14.Documentos en soporte electrónico para presentar ofertas (portal)

Los formatos NO deben ser modificados, los oferentes que modifiquen los anexos, su oferta quedará INADMISIBLE.

14.1 Anexos Administrativos

  • Anexo Nº1: Formulario de datos del oferente.            En caso de una unión temporal de proveedores, se requiere individualizar todas las personas naturales o jurídicas que lo integren y deberán adjuntar además el documento indicado.

  • Anexo N°2: Declaración jurada simple del proponente sobre inhabilidades.

  • Anexo N°6: Declaración jurada Programa de integridad.

En el caso de uniones temporales de proveedores, el proveedor deberá adjuntar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Todos los proveedores deben suscribir la Nueva Declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda.

14.2 Anexos Técnicos

 

  • Anexo N°4: Plazo de Implementación y Habilitación

  • Anexo N°5: Experiencia del Oferente: debidamente firmado por el oferente donde se declara la experiencia considerando los servicios de seguridad en establecimientos educacionales públicos y/o privados y/o en seguridad municipal. Solo se contabilizarán aquellos contratos ejecutados en los últimos cinco (5) años, contados desde la fecha de cierre original de las ofertas hacia atrás.

 

Cada una de las experiencias declaradas deberá ser debidamente acreditada con cualquiera de los siguientes documentos:

 -Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente, debidamente firmados.

 -Copia de  Contrato.

 -Cualquier otro antecedente técnico que el oferente considera como relevante para la toma de la decisión.

El oferente no podrá incluir contratación que hubiese terminado anticipadamente.

En cualquiera de estos casos dichos documentos deberán dar cuenta de lo siguiente:

-Nombre y/u objeto de la contratación

-Vigencia de la Contratación (expresadas desde DD/MM/AA hasta DD/MM/AA)

-Identificación de Institución mandante. [CO1] [FZ2] 

14.3 Anexos Económicos

  • Anexo N°3: “Oferta Económica” El proponente deberá señalar en el formulario su oferta económica por los servicios requeridos.
  • La oferta total no podrá superar el presupuesto disponible.

La oferta efectuada, deberá tener incluidos todos aquellos costos que, sin estar expresamente indicados en las presentes bases, fueran necesarios para el completo y total cumplimiento del Contrato, incluyéndose en esto los gastos incurridos para la presentación de la oferta.

 

15.Consideraciones

Los anexos deberán ser suscritos por el oferente.En el caso de tratarse de una persona natural o por el o los representantes legales de los oferentes, cuando se trate de personas jurídicas, y por el representante de la UTP en el caso que corresponda.

Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío de ofertas que entrega el sistema. Por tanto, es responsabilidad del oferente verificar que su propuesta y sus antecedentes se hayan ingresado correctamente a la plataforma.

Las únicas ofertas validas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl.

El oferente deberá considerar en su propuesta todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o bien a causa de él.

Las ofertas económicas deben ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras. Si se deja alguna celda de la oferta del presupuesto detallado vacía, dicho ítem o partida se entenderá que no cumple con las bases de licitación, y por tanto será declarada inadmisible por el acto administrativo que corresponda. Por otra parte, si se incluyen todos los valores del itemizado (incluyendo valor “0”, lo que se entenderá que el proveedor presentó su oferta y decidió no cobrar por dicho ítem), entonces la oferta será completa, y pasará a ser evaluada.

En caso de existir discrepancias entre lo ingresado en la ficha electrónica del portal www.mercadopublico.cl, y el formulario adjunto por el proponente de oferta respectivo, prevalecerá la oferta ingresada en el formulario.

16.De la apertura de la Licitación y evaluación de admisibilidad de las ofertas.

El Acto de Apertura se efectuará a través del Sistema de Información en una etapa, en el día y hora establecida en el portal de Mercado Público. El Servicio Local se reservará el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia, siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni la correcta evaluación de las propuestas.

El objetivo de la etapa de apertura será la constatación de la presentación de los documentos señalados como “Obligatorios” en las presentes bases y de los requisitos técnicos mínimos de las ofertas, los que constituyen requisitos de admisibilidad, dejando constancia de la aceptación o rechazo de la oferta, en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl. 

16.1 Requisitos de admisibilidad de las ofertas:


Documentos Obligatorios

  • Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar (declaración digital firmada en portal Mercado Público al momento de ingresar la oferta).
  • Anexo N°03 Oferta Económica
  • Anexo N°04 Plazo de Implementación.

Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes Bases de Licitación y confeccionado el correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa, técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada mediante acto administrativo.

17.De la evaluación de las ofertas.

17.1 Comisión evaluadora

El Informe técnico de evaluación de las propuestas y adjudicación será elaborado por una Comisión conformada por un mínimo de 3 funcionarios del Servicio Local, nombrados mediante Resolución Exenta. En caso de ausencia del titular, este será subrogado por el funcionario que corresponda.La evaluación se realizará en estricta sujeción a lo indicado en el Artículo 54 y siguientes del Reglamento de la Ley de Compras. 

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los oferentes, para lo cual deberán dejar constancia en una declaración jurada de la no concurrencia de esta circunstancia. Además, tendrán las siguientes obligaciones:

           

a) Omitir cualquier contacto con proveedores.

b) Mantener la confidencialidad de lo que está sucediendo en el proceso de evaluación y de la documentación respectiva.

c) Materializar la evaluación de las ofertas en base a los criterios de evaluación definidos en las presentes bases mediante un acta de evaluación. 

Contravenir lo señalado se podrá considerar como infracción a lo dispuesto en el artículo 62°, N°1 de la Ley N°18.575.  

La Comisión evaluadora propondrá a la Dirección adjudicar al oferente que, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las bases, haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación de cada oferta, o en su defecto la declaración desierta por no encontrar ofertas que se ajusten a las necesidades descritas en las Bases Técnicas de la presente licitación. 

17.2 Presentación de aclaraciones o antecedentes omitidos por los oferentes

Con el objeto de dar la máxima precisión a los aspectos por los cuales se regirán el servicio a contratar, el Servicio Local podrá solicitar a un oferente, aclaraciones de su oferta y/o salvar errores u omisiones formales, de acuerdo con lo indicado en el Artículo 56° del Reglamento de compras públicas, a través del portal Mercado Público, siempre y cuando no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, las que deberá responder en un plazo de 48 horas corridas por la misma vía, (El Portal). No se permitirán cambios sustanciales de la propuesta presentada.

En el caso que se compruebe la falsificación de algún documento, será causal suficiente para rechazar la propuesta y se informará al registro que corresponda. El análisis detallado de cada una de las ofertas aceptadas será materializado por la Comisión Evaluadora, de acuerdo con lo indicado en las presentes Bases de Licitación.

Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o, se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

17.3 Proceso de evaluación

El proceso de evaluación de las ofertas considerará sólo aquellas que fueron declaradas admisibles. Respecto de aquellas ofertas declaradas inadmisibles, no procederá su evaluación.

En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación, se utilizarán dos decimales.


La Comisión Evaluadora podrá verificar todos aquellos antecedentes presentados por los oferentes e informará al Director, quien en virtud de lo dispuesto en el Artículo 9° de la Ley 19.886, podrá declarar inadmisible aquellas ofertas que no se cumplan los requisitos establecidos en las bases. En caso de no presentarse oferentes o cuando las ofertas no resultan convenientes para los intereses del establecimiento podrá sugerir declarar desierta la licitación, fundándose en razones objetivas y no discriminatorias.

17.4 Criterios de evaluación

Criterio

Descripción

Ponderación

Económico (50%)

Oferta Económica

50%

Técnico (43%)

Plazo de Implementación

15%

Experiencia

28%

Administrativo (7%)

Cumplimiento Requisitos Formales

3%

Programa de Integridad

2%

Sello Mujer

2%

17.4.1 Criterio Económico (50%):

a. Oferta Económica (50%)

La evaluación se realizará por comparación entre el valor ofertado según lo declarado en Anexo N°3 con la propuesta de menor valor. 


La oferta total no podrá superar el presupuesto disponible.

Los valores ofertados deberán encontrarse expresados en moneda nacional (pesos) y deben considerar todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre ellos por ejemplo los relativos a personal, productos, implementos, etc. 

El mayor puntaje corresponderá a la oferta con menor precio (OMP). Las demás serán evaluadas de la siguiente manera:

Fórmula: OMP/OE x 100

Donde:

OMP: Oferta menor precio

OE: Oferta Evaluada

El puntaje que resulte de la tabla anterior, se aplicará el factor de ponderación tal como se indica en la siguiente fórmula:

Formula: (puntaje obtenido) x 50%

Las ofertas económicas deben ser completas. Si se deja alguna celda de la oferta del presupuesto detallado vacía, dicho ítem o partida se entenderá que no cumple con las bases de licitación, y por tanto será rechazada la oferta, no dando lugar a foro inverso, pudiendo ser impugnada en la apertura de ofertas o declarada inadmisible por el acto administrativo que corresponda. Por otra parte, si se incluyen todos los valores (incluyendo valor “0”, lo que se entenderá que el proveedor presentó su oferta y decidió no cobrar por dicho ítem), entonces la oferta será completa, y pasará a ser evaluada. En caso de existir discrepancias entre lo ingresado en la ficha electrónica del portal www.mercadopublico.cl, y el formulario adjunto por el proponente de oferta respectivo, prevalecerá la oferta ingresada en el formulario.

17.4.2 Criterio Técnico (43%):

a. Plazo de Implementación (15%):

Cada oferente debe incluir en su propuesta el plazo de implementación ofertado para el servicio solicitado. Este plazo debe estar claramente especificado en el Anexo N°4, donde el oferente debe especificar los días corridos de despacho y habilitación de los equipos. 

Además, deberá adjuntar a su oferta técnica una carta Gantt en la que detalle los hitos y tareas del proyecto.  

Plazo en días corridos

Puntaje

1-15

100

16-20

50

21-30

30

31-35

0

 

 

El plazo de implementación se define como el período, expresado en cantidad de días corridos, comprendido entre la total tramitación del contrato y la fecha máxima en que éste se compromete a hacer entrega de la totalidad del bien o servicio requerido en las presentes Bases de Licitación. 

Los plazos ofertados por el proveedor en el Anexo N°4 deberán estar expresados en números enteros, esto es, sin cifras decimales, en caso contrario, se aproximará el valor ofertado al entero más cercano a fin de no considerar cifras decimales. Lo anterior será aplicable para todos los efectos.   


Se deja constancia de que aquellas ofertas que indiquen un plazo de entrega superior a 35 días corridos serán declaradas inadmisibles en el proceso de apertura. Además, las ofertas que ingresen datos que no sean válidos (por ejemplo: 0 días como plazo de entrega, valores negativos o expresiones que no puedan asociarse a un plazo de tiempo específico e inequívoco en los términos referidos, esto es, días hábiles administrativos) se declararán inadmisibles en su totalidad y no participarán del proceso de evaluación de ofertas. 

Puntaje plazo de implementación= puntaje*15%

b.  Experiencia (28%)

La experiencia del oferente se evaluará en base a servicios prestados similares al solicitado en el presente proceso, considerando los servicios de seguridad en establecimientos educacionales públicos y/o privados y/o en seguridad municipal. Se evaluará aplicando la siguiente escala y según lo ingresado por el oferente en el Anexo Nº5, de acuerdo con la siguiente tabla: 

Cantidad de certificados acreditados 

Puntaje 

Ponderación 

Entre 7 y 10 certificados de experiencia acreditada 

100

 

28%

 

Entre 4 y 6 certificados de experiencia acreditada 

60

Entre 2 y 3 certificados de experiencia acreditada 

30

1 certificado de experiencia  

10

No informa certificado de experiencia  

0

 

En dicho anexo el proponente debe indicar el nombre de los establecimientos donde prestó los servicios, especificando la fecha y teléfono de contacto para efectos de verificar la información proporcionada. 

Es importante destacar, que se considerarán sólo hasta 10 experiencias declaradas.

Para acreditar la información indicada en el anexo, el oferente debe acompañar un certificado emitido por la entidad correspondiente a cada servicio presentado como experiencia en el Anexo N°5, donde se indique el nombre y/o Rut del oferente.

Cada una de las experiencias declaradas deberá ser debidamente acreditada con cualquiera de los siguientes documentos:

 -Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente, debidamente firmados.

 -Copia de Contrato.

 -Cualquier otro antecedente técnico que el oferente considera como relevante para la toma de la decisión.

El oferente no podrá incluir contratación que hubiese terminado anticipadamente.

En cualquiera de estos casos dichos documentos deberán dar cuenta de lo siguiente:

-Nombre y/u objeto de la contratación

-Vigencia de la Contratación (expresadas desde DD/MM/AA hasta DD/MM/AA)

-Identificación de Institución mandante.

 

Solo se admitirá un certificado por contratación, por tanto, aquellos servicios prestados en diferentes dependencias y/o periodo, pero originados por un mismo proceso de contratación, serán considerados como solo una certificación para efectos de la evaluación. 

Se evaluará experiencia hasta un máximo de los últimos 5 años de experiencia por oferente contados desde la fecha de publicación de la Licitación. 

De no existir documento de respaldo que acredite lo señalado, no se considerará en la evaluación y no obtendrá puntaje por dicha experiencia. 

Puntaje experiencia del oferente= puntaje*28%

17.4.3 Criterio Administrativo (7%)

a. Cumplimiento requisitos formales (3%)

El cumplimiento de este criterio será evaluado según la presentación total de la documentación solicitada en esta licitación, asignando de acuerdo con la siguiente tabla:

Descripción

Puntaje

Ponderación

Puntaje Ponderado

Presenta la totalidad de los antecedentes solicitados en Bases de Licitación.

100

3%

3

No entrega todas las certificaciones o antecedentes solicitados en Bases de Licitación.

0

0

b. Programa de integridad (2%)

Los oferentes, a través del Anexo N°6 deberán señalar si la empresa cuenta con un programa de integridad implementado y deberá adjuntar el programa y los antecedentes que respalden que es conocido por los trabajadores de la empresa. 

Descripción

Puntaje

Ponderación

Puntaje Ponderado

Oferente posee programa de integridad implementado y conocido por sus trabajadores

100

2%

2

Oferente no posee programa de integridad implementado o no declara mediante Anexo N°6 y conocido por sus trabajadores o no es posible acreditar el cumplimiento

0

0

Los oferentes que no adjunten alguno de los documentos anteriormente mencionados, se les aplicará puntaje 0.

  1. Sello Mujer (2%)

Se evaluará la tenencia del Sello Mujer, el cual será verificado mediante la Ficha del Registro de Proveedores de Mercado Público.

 

Aplica cuando en la Propuesta 

Puntaje 

 

Sello Mujer

Oferente posee Sello Mujer acreditado en el Registro de Proveedores.   

100 puntos

 

Oferente no posee Sello Mujer acreditado en el Registro de Proveedores.   

0 puntos

 

18. De la adjudicación de las ofertas

La adjudicación se realizará dentro del plazo señalado en el cronograma. En caso de que no se realice la adjudicación dentro del plazo definido, el Servicio Local informará a través del Portal dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación.

El Servicio Local adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje final de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en las presentes bases. Para esta acción, se adjudicará la oferta mediante resolución fundada, la cual explicitará los criterios de evaluación que se han cumplido para adjudicar, debiendo notificar al adjudicatario y al resto de los oferentes a través de su publicación en el portal.

El Servicio Local declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando habiendo presentado ofertas, no resulten convenientes a los intereses de este Servicio en base a razones objetivas y no discriminatorias que deberán ser fundamentadas en la respectiva resolución. También, podrá declararla inadmisible cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes bases. En ambos casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por este concepto. La declaración de inadmisibilidad o de declarar desierta la presente licitación, se efectuará por resolución fundada, publicándose en el Portal.

El Servicio Local no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases.

La adjudicación se realizará por el total del servicio, adjudicando a un único proveedor.

19. Resolución de empates

El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los factores a evaluar:

1. Oferta Económica

2. Experiencia

3. Plazo de Implementación

20.De la readjudicación

Procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del Artículo 4° de la Ley 19.886 al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra; si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no acepta la orden de compra en el plazo establecido, en los plazos que se establecen en las presentes bases, el Servicio Local podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

En caso de que se proceda a adjudicar al oferente que corresponda de acuerdo con el orden establecido en el acta de evaluación, este deberá cumplir íntegramente lo establecido en las presentes bases.

La Resolución Fundada de re-adjudicación se publicará en el portal. El nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evolución del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación, siempre y cuando se mantengan las mismas condiciones realizadas en la propuesta pública, en caso contrario se declarará desierta la licitación y se realizará un nuevo proceso licitatorio.

  1. Causales de inadmisibilidad:

a)    Omisión de documentación obligatoria establecida en el punto 16.1 de las presentes bases.

b)    Oferta no cumpla con las especificaciones solicitadas en bases administrativas y técnicas.

c)    Plazo de implementación ofertado es superior a 35 días corridos.

d)    Toda información que se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes, entregada en los documentos solicitados u otros que la Comisión de Evaluación requiera, será estimada fraudulenta, siendo causal de eliminación del oferente del proceso de licitación.

22.  Derecho a declarar desierta o revocar la licitación

El Servicio Local de Educación Pública de Los Parques se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas cuando no cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, entendiendo que ellos son el objeto de la contratación, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y a las bases de licitación. 

El SLEP, además, podrá declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten conveniente a sus intereses.

Por otra parte, podrá revocar la licitación, en los casos establecidos en la normativa aplicable a las actuaciones del Estado.

Todo lo anterior, deberá ser aprobado mediante acto administrativo formal. 

23.Formalización de la contratación

Una vez notificada y de conformidad al artículo Nº117 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, la presente licitación se formalizará mediante la suscripción de un contrato entre las partes.

El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su contrato, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la adjudicación y según el siguiente detalle:

24.  Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato:

Tipo de documento

Podrán ser presentados uno o más documentos de caución tales como: boletas de garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que cumpla con los siguientes requisitos: 

  • Pagadero a la vista
  • No sujeto a modalidad 
  • De ejecución inmediata e irrevocable
  • Emitida a favor de entidad pública
  • Tomada por el oferente o por un tercero a nombre del oferente
  • Expresada en pesos chilenos o su equivalente en U.F al valor del día de apertura de ofertas, en caso de las pólizas de seguro. 
  • Permitir su ejecución para el cobro de multas.
  • En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje.

Monto

5% del monto total neto del contrato

A favor de

Servicio Local de Educación Pública Los Parques                       

RUT N° 61.981.260-3

Glosa

Garantía de fiel cumplimiento del contrato y obligaciones laborales y previsionales de la licitación ID N° XXX-XX-XXXX (donde se señala XX, reemplazar por el ID de la presente licitación)

Plazo de vigencia

A lo menos, 60 (sesenta) días hábiles adicionales al plazo de ejecución del contrato, desde el día siguiente al previsto para el término del plazo contractual.

Forma y oportunidad de Entrega

La caución deberá ser entregada, a más tardar, dentro de 10 (diez) días hábiles contados desde la fecha de adjudicación.

La garantía deberá entregarse físicamente en la Carrascal #3420, ingreso por Nicolás Palacios #1689, Quinta Normal,

en horario de lunes a jueves entre las 08:30 y las 16:00 hrs, y viernes entre las 08:30 y las 15:00 hrs.

Las garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de Finanzas, señalando en el sobre lo siguiente: 

- GARANTIA FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO ID: XXXXX-XX-LP26 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)

 - Identificación del oferente

En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser enviadas al correo licitaciones@sleplosparques.gob.cl, indicando en el asunto del correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.

La no entrega de la caución en el plazo señalado facultará al Servicio Local a dejar sin efecto la adjudicación señalada, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, declarar la licitación desierta, revocarla e inclusive readjudicar al oferente acreedor del segundo mejor puntaje, o tercero si así procediere.

El Servicio Local Los Parques en las presentes bases administrativas, establecerá de acuerdo con la normativa de compras públicas los detalles referentes a esta caución. En silencio de las bases especiales o de manera complementaria, deberá regirse por las siguientes reglas:

a)    Las condiciones de la póliza deben señalar expresamente como siniestro cualquier incumplimiento del contrato que derive en la ejecución de la garantía, que es el objeto de las cauciones de este tipo, según el Art. 121° del Reglamento, señalando, y solo a modo enunciativo, sin que la expresión sea taxativa, que el objeto de la caución es responder por: incumplimientos laborales y previsionales derivados del contrato, y cobro de multas.

b)    La restitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato será realizada a los 90 (noventa) días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato, previa verificación del correcto cumplimiento del contrato.

Una vez verificado el correcto cumplimiento del contrato, Gestión Financiera del Servicio Local realizará la restitución de la caución al proveedor. De igual modo, la devolución de la garantía de fiel cumplimiento, una vez ratificado lo anteriormente señalado en este párrafo, será devuelta al proveedor adjudicado, si la contratación ha terminado de manera anticipada, por causas no imputables al contratista, como la resciliación o mutuo acuerdo, la seguridad nacional o, en el caso de las personas naturales, su muerte natural o presunta.

Si se contempla por modificación contractual un aumento en el monto total del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá aumentarse proporcionalmente, de acuerdo al porcentaje o fórmula definida en las presentes bases, manteniendo la vigencia. Será responsabilidad del proveedor mantener vigente la garantía, y deberá ingresar la renovación al momento de la formalización de la modificación del contrato, y en caso de que dicha formalidad no proceda, con a lo menos 10 (diez) días corridos anteriores a su vencimiento.

Si a propósito de multas se cobran de la garantía de fiel cumplimiento, entonces será obligación del proveedor sustituir la caución en particular.

Aumento de garantía por oferta temeraria o contratación riesgosa: Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Servicio Local que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, se podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del monto con la oferta que le sigue.

24.1 Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos:         

a)    No pago de multas dentro del plazo establecido en las presentes bases.

b)    Incumplimientos de las exigencias técnicas de los bienes y/o servicios adjudicados establecidos en el Contrato.           

c)    Incumplimiento en las obligaciones legales de sus trabajadores.           

d)    Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, imputable al proveedor.

Observaciones: Cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de esta cláusula, se enmarcan de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°19.886, a partir de lo cual se asegurará el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, y permanecerán vigentes hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas adjudicados.

24.2 Antecedentes Legales para Ser Contratado:

El proveedor adjudicado debe encontrarse inscrito y en estado hábil en el Registro de Proveedores al momento de celebrar el respectivo contrato. Además, deberá presentar y acreditar en el Registro de Proveedores los siguientes documentos:

Personas Naturales

1) Fotocopia simple de cédula de identidad

2) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.

Personas Jurídicas

1) Escritura de constitución social o Certificado de estatuto social  actualizado, según corresponda con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación,               
2) Certificado de vigencia de poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente.

3) Certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no mayor a 30 (treinta) días corridos, contados desde la fecha de adjudicación o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

4) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.

Tratándose de Sociedades Anónimas, se deberá acompañar simple del acta de sesión de la junta de accionistas o del acta del directorio o mandato, reducido a escritura pública, en que conste la personería del representante legal de la sociedad. En el caso de ser una persona jurídica de derecho privado, sin fines de lucro, deberá acompañar documento que dé cuenta del poder del representante legal.

Unión Temporal de Proveedores

1) La Unión Temporal de Proveedores deberá entregar todos estos documentos respecto a cada uno de sus integrantes, quienes deben encontrarse hábiles en Chile Proveedores. De igual modo, el apoderado de ésta deberá constar en los documentos legales que presenten y que respalden la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo establecido en el Art. 182° del Reglamento de la Ley N°19.886. 

2) Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la copia simple de Escritura Pública que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 180°, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el decreto Nº661/2024 del Ministerio de Hacienda.

Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no mantiene disponibles en el Registro de Proveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado desde la notificación de la resolución de adjudicación, el Servicio Local podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y Re adjudicar la licitación.

24.3 De la Tramitación Administrativa del Contrato:

Una vez dictado el acto de adjudicación, y con la condición expresa de que el oferente haya hecho entrega, física o electrónicamente, de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, y de los documentos indicados se procederá a la redacción de éste. El contrato deberá suscribirse en un plazo máximo de 20 (veinte) días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de publicación de la adjudicación en el sistema de información. De no suscribirse el contrato dentro del plazo, el Servicio Local podrá invalidar la adjudicación, aludiendo al presente vicio del proceso, y readjudicar la licitación o declarar desierto el concurso, además del cobro efectivo de la garantía de seriedad de la oferta.

Será obligatorio acompañar la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, en virtud de lo establecido en el inciso 1°, del artículo 4° de la ley N°19.886, una vez definido al oferente a contratar, se verificarán los antecedentes laborales mediante un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales expedido por la Dirección del Trabajo. Sin embargo, de contar con saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 (seis) meses. El proveedor deberá proceder a dichos pagos, debiendo presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo materializarse la nueva contratación por la modalidad aplicable, de acuerdo a la normativa aplicable, y, al mérito, conveniencia y oportunidad de la Administración. El proveedor al que se le haya puesto término anticipado a la convención no podrá participar en el concurso o ser contratado directamente para la materialización de esta contratación.

El proveedor adjudicado deberá proporcionar, al momento de contratar, o con anterioridad, correo electrónico válido para efecto de llevar a cabo exitosamente el procedimiento de notificación de eventual cobro de multa, como también de posible término anticipado, ambas situaciones de configurarse el incumplimiento o la causal respectiva.

25.Vigencia de la contratación

La contratación tendrá una vigencia de 36 (treinta y seis) meses, y será contabilizado desde el acta de inicio de servicios, que deberá entregar el supervisor de la contratación al Coordinador de Adquisiciones y Logística del Servicio Local.,

Sin embargo, excepcionalmente por razones de buen servicio y mediante resolución fundada prestación de servicios podrá iniciarse una vez aceptada la orden de compra y/o suscrito el respectivo contrato, debiendo, en ese caso, sujetarse el pago a la total tramitación de la resolución que lo apruebe y la recepción a plena conformidad del servicio.


El servicio contratado estará sujeto a modificación, en el evento que ocurran catástrofes naturales, situaciones de emergencia sanitaria, paralizaciones educacionales o situaciones de similares características.

La contratación podrá ser renovada hasta por un período máximo de 6 meses, previo informe favorable del supervisor de la contratación y mediante resolución fundada, solo mientras se procede al nuevo proceso licitatorio del mismo servicio, por considerarse indispensable propender a la continuidad de éste, a fin de procurar un eficaz funcionamiento del Servicio Local. 

Para proceder con la renovación del contrato, el adjudicatario deberá ampliar la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato conforme a lo establecido en el numeral 24 de las presentes Bases Administrativas, según corresponda. 

26.Monto de la contratación

El monto del contrato corresponderá al monto ofertado por el adjudicatario y declarado en Anexo N°3, sin embargo, el pago estará condicionado a los servicios correctamente ejecutados y recepcionados conformes.

La primera facturación deberá considerar el valor correspondiente a la instalación del servicio y al primer mes de prestación del servicio de seguridad. Con posterioridad, el adjudicatario deberá facturar mensualmente el valor del servicio de seguridad.

El adjudicatario facturará mensualmente el precio correspondiente a los servicios efectivamente prestados, mediante la emisión de la respectiva factura electrónica, conforme a los servicios solicitados y ejecutados, y de acuerdo con el Acta de Recepción Conforme emitida por el Supervisor Técnico del Contrato. Las cuotas serán iguales y sucesivas de acuerdo a los montos adjudicados, a excepción de la cuota N°1, el cual incluirá el valor de la instalación e implementación. 


Se deja expresa constancia que el Servicio Local no tendrá vínculo contractual con el personal del proveedor adjudicado, ni relación laboral con sus respectivos trabajadores, por tanto, el Servicio Local queda liberado de cualquier responsabilidad que diga relación con los derechos y obligaciones que imponen las leyes laborales y previsionales.

El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad al Servicio Local en caso de acciones legales entabladas por terceros como consecuencia de la ejecución del contrato.

27.  Modificaciones contractuales

Estas procederán solamente durante la vigencia del contrato, de conformidad al artículo 129 del Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, fundamentadas en informes escritos y siempre que no se alteren las cláusulas esenciales del mismo. Dichas modificaciones surtirán plenos efectos una vez aprobada la Resolución de modificación respectiva. Con todo, la modificación que se pudiera realizar, no podrá superar el monto originalmente pactado, lo que debe ser aprobada por resolución administrativa correspondiente.

 
Podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la orden de compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.

En caso de aumentar o disminuir los servicios solicitados, los valores a considerar, serán aquellos establecidos en el formulario de oferta respectivo. 

En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al 30% del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.

28.  Relación entre el proveedor y el Servicio Local de Educación Pública Los Parques

Toda comunicación entre el proveedor y Servicio Local de Educación Pública de Los Parques se canalizará a través de la Contraparte Técnica del SLEP o quien subrogue o sea designado por la autoridad facultada para ello.

El proveedor no podrá subcontratar la prestación de servicios.

No existirá relación laboral ni funcionaria de ninguna especie entre el SLEP de Los Parques y el personal a través de los cuales la empresa cumpla con las obligaciones del contrato. 

Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, podrá exigirse al proveedor un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo respectiva, respecto de sus trabajadores. Asimismo, se podrá exigir la referida documentación respecto de las obligaciones que tienen los subcontratistas con sus trabajadores. 

La empresa deberá solucionar inmediatamente y sin dificultad para el servicio, cualquier acción legal o fiscalización de orden laboral, administrativa, sanitaria, tributaria, civil o de la naturaleza que sea, derivada de reclamaciones de sus socios, personal subcontratado o contratado bajo cualquier modalidad o del ejercicio de las funciones fiscalizadoras de órganos de la administración del estado o de reclamaciones de terceros.

29.Término anticipado de la contratación

Conforme al artículo 13 bis de la Ley de Compras y al artículo 130 del Reglamento, el contrato podrá terminar anticipadamente por las siguientes causales:

  1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
  2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
  3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor, entendiendo estas como no dar proveer el servicio solicitado, respecto a algún requerimiento para la correcta ejecución del servicio que se encomienda y al fin que su realización persigue, o en general incurrir en cualquiera de las causales establecidas u otras situaciones de similar naturaleza
  4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
  6. Acumular multas o sanciones por un monto total igual o superior al 20% del monto total de la relación contractual.
  7. Por infringir  la obligación de confidencialidad a que está obligado el proveedor
  8. Si el representante o alguno de los socios de una Sociedad de responsabilidad limitada fuera condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. En los casos de una Sociedad Anónima, cuando algún miembro del Directorio o algún Gerente incurra en esta situación.
  9. Si la empresa proveedora se disolviere, en cuyo caso se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedaren pendientes. Las obligaciones serán compensadas con las garantías que obran en poder del Servicio Local.
  10. El  proveedor fuera declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación.
  11. Si el proveedor es condenado por prácticas antisindicales durante la vigencia del contrato.
  12. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  13. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos pactados.
  14. Disolución de la UTP.
  15. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad Ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación debidamente justificado.
  16. La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.
  17. El Servicio Local podrá poner término definitivo a la prestación del servicio en cualquier momento, por causales ajenas a la responsabilidad del prestador, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, sin derecho a reclamo o indemnización alguna a favor de la empresa.
  18. Las demás establecidas en la ley o en el contrato.

La resolución que disponga el término anticipado del contrato deberá ser fundada y deberá publicarse en el sistema de información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictadas, respetando los principios de contradictoriedad e impugnabilidad.

Si el proveedor incurre en alguna de las causales de término anticipado imputables a este, el SLEP de Los Parques lo comunicará formalmente al proveedor, de manera fundada, otorgándole al proveedor un plazo de 5 (cinco) días hábiles desde su notificación para evacuar sus descargos por escrito.

Transcurrido el plazo establecido anteriormente, el Director Ejecutivo se pronunciará sobre los descargos del proveedor . El acto administrativo que ponga término anticipado al contrato celebrado se notificará de acuerdo a las reglas establecidas la Ley N°19.880. En caso de que la forma de notificación requiera del domicilio del adjudicatario, se considerará el que haya señalado al celebrar el contrato.

En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, según lo prescribe el artículo 135° del Decreto N°661/2024 que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras.

Ejecutoriado el acto administrativo que dispuso el término anticipado del contrato, se continuará con el procedimiento de liquidación respectivo.

29.1 Término unilateral del contrato

El contrato podrá terminarse anticipada y unilateralmente por el Servicio Local, en forma inmediata, sin forma de juicio y sin indemnización alguna a favor de la contraparte, por situación sobreviniente, consistente en una orden o instrucción, tales como aquellas que puedan emanar del Ministerio de Educación, Dirección de Educación Pública, Contraloría General de la República, entre otras. En estos casos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización.

Asimismo, operará para los casos de término anticipado unilateral provocados por emergencia sanitaria o cualquier otro motivo de fuerza mayor o caso fortuito.

La Contraparte Técnica del SLEP, comunicará por escrito su decisión al proveedor, mediante correo informando los fundamentos que motivan el término del contrato, previo pronunciamiento de la Unidad Jurídica. 

En contra de la Resolución que resuelve el término unilateral del contrato, proceden los Recursos Administrativos dispuestos en la Ley N°19.880 sobre Base de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.

30.  Contraparte técnica del Servicio Local de Los Parques

El Servicio Local designará como Contraparte técnica al Coordinador de Proyectos TI e Innovación del Servicio Local de Educación Pública Los Parques, o quien lo subrogue, para la función de supervisar el fiel cumplimiento del contrato según lo estipulado en las presentes bases. La contraparte Técnica representará al Servicio Local en todo cuanto diga relación con la ejecución de la presente licitación, correspondiéndole, entre otras, las siguientes funciones:

  • Supervisar permanentemente el cumplimiento de los servicios contratados y controlar al proveedor en todo cuanto diga relación con la ejecución del contrato, impartiendo las instrucciones y medidas que estime pertinentes a dicho fin.
  • Requerir del proveedor toda clase de asesorías en el marco de las obligaciones asumidas por esta.
  • Instruir la aplicación de protocolos, procedimientos y definir los estándares de calidad y productividad que deberá cumplir el proveedor y sus funcionarios en la ejecución de los servicios contratados. Tales estándares, dirán relación con la calidad del servicio, información, registros, etcétera.
  • Entregar Informes al director ejecutivo respecto de la ejecución del contrato, cuando sean requeridos.
  • Representar al proveedor todas las faltas al contrato y estándares fijados por el Servicio Local en que incurran los trabajadores a través de los cuales aquel preste sus servicios.
  • Proponer la aplicación de multas que correspondieren en caso de incumplimiento de Contrato.

31.  Multas y su procedimiento de aplicación

                              

Se considerarán infracciones sujetas a multas las que se detallan en la siguiente tabla, las que pueden ser aplicadas en más de una instancia y de manera simultánea dependiendo de la naturaleza de la causa.

INCUMPLIMIENTO

MULTA

Atraso en la Implementación

1 UTM por cada día corrido de atraso, el cual comenzará a contar desde el plazo ofertado por el adjudicatario en Anexo N°4

Incumplimiento en los Niveles Mínimos del Servicio

Por cada incumplimiento en los SLA exigidos, se aplicará una multa de 0,5 UTM por evento, ya sea por la atención inicial, la activación de medidas disuasivas o el contacto con las Fuerzas de Seguridad

No denunciar la comisión de delitos a Carabineros de Chile o PDI.

3 UTM por evento.

Personal sin acreditación OS-10

3 UTM por evento

  Inoperatividad de equipos

En caso de inoperatividad total o parcial de cualquier equipo del sistema de seguridad, tales como cámaras, sensores, sirenas, equipos críticos u otros componentes esenciales, se aplicará una multa equivalente a 1 UTM por cada día corrido de inoperatividad, la cual se aplicará por cada equipo afectado, contado desde el momento en que se detecte o sea informado el desperfecto.

Sistema de seguridad y/o monitoreo fuera de servicio

En caso de que el sistema de seguridad y/o monitoreo se encuentre fuera de servicio, se aplicará una multa equivalente a 0,5 UTM por cada hora completa de indisponibilidad, a contar de la primera hora transcurrida desde iniciado el evento de indisponibilidad.

No disponibilidad de grabaciones por 30 días corridos (hot storage)

2 UTM por evento.

No entrega de informe mensual dentro del plazo de 5 días hábiles del mes siguiente a la prestación del servicio.

1 UTM por día hábil de atraso.

No resolución de desperfecto técnico

1 UTM por día hábil de atraso contados desde las12 horas hábiles para dar solución.

Las multas serán informadas por el La Contraparte Técnica y/o la Unidad de Adquisiciones, quien notificará al oferente adjudicado mediante correo electrónico.

Las multas serán expresadas en Unidades Tributaria Mensual (UTM) y el valor que se utilizará será el correspondiente al momento de la total tramitación de la resolución que ordena aplicar la multa.

Con todo, la aplicación de las multas sumadas no podrá exceder del 20% (veinte por ciento) del precio total del contrato, en caso de excederse ese límite, se entenderá que el adjudicatario ha incurrido en incumplimiento grave y el Servicio Local de Educación Los Parques podrá modificar o poner término a este contrato.

31.1 Procedimiento de aplicación de multa

El proceso de aplicación de multas y/o termino anticipado conforme a las situaciones establecidas en las presentes bases de licitación o condiciones de contratación, como también, aquellas contenidas en el artículo 13 bis de la Ley 19.886 y 130 del Reglamento de Compras, se ceñirán al procedimiento contenido en este acápite el cual, se efectuará por correo electrónico y/o aplicativo gestión de contratos de Mercado Público y podrá iniciarse en cualquier tiempo mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción de la acción para ello.

Fase 1: Detección de posibles faltas al contrato y Notificación:

La Contraparte Técnica, al detectar una falta evaluará si esta puede dar origen a la aplicación de multa, lo cual será comunicado a la Unidad de Adquisiciones con los antecedentes del caso, quien contrastará el hecho ocurrido contra lo indicado en el documento que formaliza la adquisición.

En caso de existir antecedentes que permitan establecer que puede proceder la aplicación de una multa, o al término anticipado del contrato, la Unidad de Adquisiciones confeccionará un breve informe, y lo notificará por correo electrónico al Proveedor, indicando los incumplimientos contractuales en que hubiese incurrido y generar un eventual proceso sancionatorio en su contra y el monto involucrado o sanción dispuesta, ya sea por correo electrónico informado en el formulario de identificación del oferente en las bases y/o condiciones del proceso de contratación (conforme al artículo 140 del Reglamento de compras).

Fase 2: Descargos del Proveedor:

El Proveedor, dispondrá de 5 días hábiles desde su notificación para realizar sus descargos por el mismo medio (correo electrónico, o aplicativo), presentando todos los antecedentes que permitan fundar su posición, exponiendo las circunstancias o antecedentes de hecho y de derecho que eximan o atenúen el posible incumplimiento, así como nieguen la efectiva concurrencia de los hechos, o que demuestren que esto no constituye infracción. Lo anterior, en cumplimiento de los principios de contradictoriedad e impugnabilidad, dispuestos en el artículo 137 del Reglamento.

Si el Adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, y como consecuencia de la respuesta del Proveedor, la Unidad de Adquisiciones junto con la Contraparte Técnica consideren que en virtud de la situación y los descargos no amerita la aplicación de la sanción, emitirán un informe fundado al respecto, el cual será firmado por ambos profesionales, y comunicado al Director Ejecutivo para su decisión y aprobación mediante la respectiva resolución, la cual será notificada al Proveedor, a través de correo electrónico o del aplicativo, quedando registro electrónico de dicha actuación.

Por el contrario, si analizados los descargos del proveedor, la Unidad de Adquisiciones junto al Inspector Técnico consideren que los incumplimientos ameritan la aplicación de una multa y/o el termino anticipado del contrato, lo comunicará mediante informe fundado a la Dirección Ejecutiva del Servicio Local mediante un memo, acompañando todos los antecedentes del caso, incluso los descargos presentados por el Proveedor.

Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar descargos, se procederá a aplicar la sanción que corresponda, dictándose la resolución fundada respectiva, notificándose dicho acto administrativo vía correo electrónico.

● Fase 3: Aplicación de la Sanción:

En caso de que la Dirección Ejecutiva del Servicio Local, confirme la aplicación multa, lo resolverá por resolución fundada, redactada por la Unidad de Adquisiciones y revisada por el departamento jurídico, la que se notificará al Proveedor mediante correo electrónico, adjuntando los antecedentes y resolución fundada que aprueba la aplicación de la sanción en cuestión, informándole al proveedor que, a su vez, será procedente el recurso de reposición dispuesto en artículo 59 de la Ley Nº19.880.

● Fase 4: Recursos contra la sanción:

El Proveedor podrá interponer el recurso de reposición por correo electrónico dirigido a la Dirección Ejecutiva, dentro de 5 días hábiles posteriores a la notificación. La Dirección tendrá el plazo de 10 días hábiles para resolverlo mediante resolución fundada, pudiendo ratificar, modificar, reemplazar, o dejar sin efecto el acto impugnado.

En caso de rechazar el recurso de reposición, se procederá a la aplicación de la multa y/o dar termino anticipado al contrato, desde la fecha de notificación al proveedor de la resolución que lo rechace.

La interposición del recurso de reposición suspenderá la ejecución de la resolución sancionatoria, salvo que el Servicio Local disponga expresamente algo distinto fundadamente.

● Fase 5: Pago de multa:

El Adjudicatario dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para el pago de la multa a la cuenta corriente del SLEP Los Parques, desde la fecha en que el acto administrativo que formalice su aplicación se encuentre firme y ejecutoriado. El monto de la multa deberá ser depositado o transferido por el proveedor en la cuenta corriente del Servicio Local indicada en la resolución que aplica la multa, o bien, en caso de no verificarse el pago de la multa, el Servicio Local de Educación podrá descontar su valor de cualquiera de las facturas que se encuentren pendientes de pago por parte del Servicio Local, entendiéndose para todos los efectos legales como íntegramente pagada la factura de cualquier suma que el Servicio Local de Educación Pública Los Parques adeude al Adjudicatario o pueda adeudarle a futuro del Contrato vigente, o se cobrarán judicialmente, en su caso.

31.2 Cobro de la Multa

Para efectos de su descuento del pago a que tenga derecho el proveedor, este último deberá facturar el monto total de la orden de compra emitida por el Servicio Local de Educación.

El pago de la totalidad de la multa deberá ser efectuado por el proveedor en Tesorería del SLEP de Los Parques, mediante transferencia electrónica a nombre del Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, RUT 61.981.260-3, dentro del plazo de cinco días hábiles desde que es notificado del acto que dispone del cobro, debiendo remitir el comprobante de transferencia a los correos electrónicos informados en la notificación.

El Servicio Local de Educación Pública de Los Parques, para hacer efectiva la multa aplicada al proveedor, podrá optar por descontar su valor de cualquier factura pendiente de pago, o hacer efectiva y cobrar íntegramente la garantía de fiel cumplimiento de contrato entregada por el proveedor, descontando de su valor, el monto de las multas aplicadas. En este último caso, el proveedor deberá entregar al Servicio Local de Educación una nueva garantía, con el mismo monto y vigencia de la garantía cobrada, en el plazo máximo de 10 días hábiles, contado desde la fecha en que dicha garantía se haya cobrado y hecho exigible. El saldo de la garantía cobrada quedará en poder del Servicio local de Educación, para ser devuelto al proveedor, a solicitud escrita de este último, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de presentación de la solicitud de devolución. Con todo, el proveedor no podrá solicitar la devolución del saldo de garantía, mientras no entregue una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, con la vigencia y por el monto establecidos en las presentes bases de Licitación.

32. Orden de Compra

La Unidad de Adquisiciones y Logística emitirá dos órdenes, una por los servicios contratados para los establecimientos educacionales de la comuna de Quinta Normal y otra por el SLEP Nivel Central.

33. Recepción conforme del servicio

La recepción del servicio se realizará de forma parcializada, emitiéndose el respectivo Certificado de Recepción Conforme por cada mes de prestación de servicios.

34. Modalidad de pago

El Servicio Local efectuará pagos mensuales por el servicio de seguridad, debidamente validado mediante la correspondiente recepción conforme de los servicios prestados.

En este sentido, el adjudicatario, una vez culminado el periodo mensual de la prestación de los servicios, deberá realizar por escrito una solicitud de pago a la Contraparte Técnica del SLEP, adjuntando al menos:

  1. Pre-Factura.
  2. Informe de acuerdo con lo solicitado en el punto 10 de las bases técnicas.
  3. Factura: Forma de pago de la Factura debe ser Crédito, emitiendo una por nivel central, otra por jardines infantiles y otras por escuelas y liceos.
  4. Formularios F30 y F30-1.

Una vez aprobada la solicitud de pago el contratista procederá a la emisión de la factura correspondiente, la cual debe tener la condición de pago a crédito. En el caso de que sea rechazada, el adjudicatario deberá corregir las observaciones con el objetivo de posteriormente emitir la factura.  

Una vez revisado los antecedentes señalados y no presentando observaciones, la contraparte técnica emitirá el “Certificado de Recepción Conforme”. 

 

El pago se efectuará en el plazo máximo de 30 (treinta) días contados desde la fecha de recepción conforme de la factura y de los documentos requeridos de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y a la aprobación por la Contraparte Técnica de Contrato del SLEP de Los Parques. 

Las facturas que correspondan deberán emitirse a nombre del SLEP de Los Parques, debiendo remitirse a los correos dipresrecepción@custodium.com  y tesoreria@sleplosparques.gob.cl, Informando, además los datos de cuenta bancaria necesarios para el pago del documento, así como la información referida a la cesión de facturas (factoring) en caso de corresponder. 

El servicio se pagará en mensualidades vencidas, contra autorización del Administrador del Contrato del Servicio Local de Educación Pública Los Parques. El adjudicatario deberá presentar la factura de la totalidad de los suministros entregados, la cual deberá estar emitida con los datos señalados a continuación: 

  1. Razón Social. 
  1. RUT. 
  1. Domicilio. 
  1. Señalar además el Número de resolución de adjudicación y Número de orden de compra. 

Las facturas que estén mal extendidas, o no cumplan con las condiciones anteriormente señaladas, serán rechazadas dentro del plazo legal establecido en la Ley N°19.983. que Regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura y sus modificaciones, por lo que el proveedor deberá refacturar conforme a lo prescrito en el artículo N°3 de la Ley N°19.983. 

35. Obligación de confidencialidad

El proveedor debe guardar estricta confidencialidad de todos los antecedentes que conozca y no podrá hacer uso de estos para fines ajenos a las presentes Bases y en ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información ya sea durante la vigencia de la licitación como después de su finalización. Esta prohibición afecta a la Empresa, su personal directo e indirecto, sus consultores, sus proveedores y al personal de estos, en cualquier calidad, que se encuentren ligados en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración de esta licitación.

36.Domicilio de las partes y competencia

Las partes fijarán su domicilio en la ciudad de Santiago, sometiéndose a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de dicha ciudad. Además, el contrato respectivo no podrá contener cláusula compromisoria alguna.

Para efectos de procedimientos de multas, término anticipado de contrato, y en todo aquello que el pliego de condiciones requiera notificar por algún medio legal diferente de la publicación en el sistema de información de compras públicas, se entenderá como domicilio válido para tales propósitos, el señalado en el contrato respectivo.



10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.