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Resolución de Empates |
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje total, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la siguiente secuencia (orden de prelación), con los criterios que resulten aplicables:
1. Experiencia oferente
2. Equipo de trabajo
3. Propuesta técnica proyecto
4. Precio
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes que así lo estimen, podrán efectuar consultas respecto de la adjudicación dentro del plazo de 5 días contados desde la notificación al adjudicatario y los demás oferentes, de haberse aceptado una de las ofertas. Dichas consultas,
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
En caso de que el proveedor contratado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, se deberá proceder en conformidad a lo señalado en el artículo 4º de la Ley Nº19.886, que dispone:
▪ La empresa debe destinar los primeros pagos a dichas obligaciones.
▪ La empresa debe acreditar, cuando se cumpla la mitad del contrato, que no tiene obligaciones de seguridad social pendientes.
▪ En caso de tener obligaciones pendientes con sus trabajadores, el organismo licitante exigirá que la empresa proceda a regularizar los pagos y presente, como evidencia de aquello, comprobantes y planillas en un plazo que la UAF determinará.
▪ El incumplimiento de la cláusula precedente es causal de término anticipado del contrato.
▪ En caso de que la empresa incurra en incumplimiento, no podrá participar en futuros llamados a licitación producto del término anticipado de contrato.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la UAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
Asimismo, la UAF permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan originado u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar la oferta o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar la oferta y el periodo de evaluación.
Para estos efectos se otorgará un plazo de 48 horas hábiles, contados desde que se origine el requerimiento por parte de la UAF, situación que se informará a través del sistema, para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, sin perjuicio de que éste será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el factor de evaluación “Cumplimiento de Requisitos Formales”, de acuerdo con lo señalado en el punto sobre “Criterios de Evaluación” contenido en estas Bases.
Transcurrido el plazo otorgado por la UAF sin que el participante subsane las omisiones señaladas, su oferta será declarada inadmisible, salvo en los casos en que las presentes Bases contemplen expresamente como sanción para la falta de información, la asignación de una determinada nota en la evaluación del correspondiente factor.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Cláusula de Readjudicación |
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En caso que el respectivo adjudicatario se desistiera de su oferta, o bien no entregare los antecedentes legales para suscribir el respectivo contrato, no aceptara la orden de compra o no cumpliera cualquiera de los plazos que se establecen en las presentes bases, la UAF podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la respectiva evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante resolución fundada.
En caso de acogerse un reclamo contra la adjudicación o declaratoria de desierta, en razón de la verificación de error o arbitrariedad, se dejará sin efecto, total o parcialmente, la resolución pertinente y se retrotraerá el proceso licitatorio hasta aquella etapa inmediatamente anterior al origen del error o arbitrariedad, si procediere.
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