|
1.-
2.9.1. OFERTA TÉCNICA
La oferta técnica deberá incluir, como mínimo, los antecedentes que se indican a continuación:
a) Programa de integridad: Los proveedores deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los que deberán ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal.
Para efectos de la evaluación de las ofertas, el proveedor deberá indicarlo expresamente en el formulario contenido en el Anexo N° 4, donde tendrá que describirlos y adjuntar los medios de verificación que permitan acreditar lo señalado en el párrafo anterior.
Tratándose de una unión temporal de proveedores, para obtener el puntaje, cada integrante de la unión deberá cumplir con lo descrito en el presente literal.
Para obtener el puntaje en el criterio de evaluación correspondiente, los antecedentes que se adjunten deberán dar cuenta de la existencia de los programas y de su efectivo conocimiento y aplicación por parte de su personal.
b) Plan de Trabajo: Debe ser presentado en formato de Carta Gantt, para cada una de las tareas comprendidas en la consultoría que han sido definidas en el punto 1.3 de estas bases, y las tareas adicionales propuestas por el oferente, indicando la secuencia de ellas y su interrelación, así como los plazos de entrega de los informes propuestos en concordancia con el punto 1.5 de las Bases Técnicas. Este plan debe efectuarse considerando el plazo máximo de ejecución de la consultoría, en relación con el plazo de vigencia de la contratación, según lo dispuesto en el punto 2.29. de las presentes bases, en consecuencia, solo debe contemplar la programación de las tareas a ejecutar por la contratista, excluyendo los períodos de revisión por parte del encargado.
c) Conformación del equipo de trabajo y organigrama: La conformación del equipo de trabajo propuesto deberá constar en una nómina con el nombre y apellido de los profesionales, que participarán por el oferente en la ejecución de la consultoría, indicando el cargo de cada uno de ellos en el equipo, de acuerdo a lo establecido en el punto 1.5 de las presentes bases de licitación.
Por su parte, el Organigrama deberá comprender la organización del equipo de trabajo asignado a la consultoría, en el que se deberá especificar el nombre y cargo de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo y su posición dentro de él, conforme al punto 1.4 de las presentes bases de licitación.
Además, para efectos de la evaluación, se debe adjuntar el Currículum de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo considerados en el referido organigrama (ver formato Anexo N°10). Dicho currículum deberá acompañarse FIRMADO por cada uno de los integrantes, con la indicación del nombre, cédula de identidad, profesión (título y entidad de educación superior que lo otorgó), y/o grado académico, años de experiencia, y una nómina de los trabajos más importantes realizados por el profesional, en materias relacionadas al tema de la consultoría, explicando su participación e indicando la entidad contratante, en cada caso.
No se aceptará la oferta que omita alguno de los currículums de los integrantes del equipo de trabajo y/o si estos se presentaren sin la firma del respectivo integrante.
Asimismo, se debe acompañar copia simple del respectivo título profesional de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo.
En caso de que el oferente contemple como parte de su equipo de trabajo, la subcontratación de una persona natural o jurídica para el desarrollo de la consultoría, deberá acompañar el currículum vitae de cada uno de los profesionales, que participarán en la consultoría materia de la presente licitación.
Ninguno de los cargos de responsabilidad definidos en el organigrama requerido en este literal, podrá tener la calidad de subcontratista.
d) Currículum del oferente (ver formato Anexo N°9): Para efectos de la evaluación del criterio “Experiencia de los oferentes”, deberá acompañarse el currículum del oferente, el cual deberá especificar el nombre de la consultoría y/o proyecto, entidad contratante y RUT, periodo de ejecución de las consultorías y/o proyectos finalizados que ha realizado, indicando, asimismo, la similitud de cada uno de estas consultorías y/o proyectos asociados a servicios de recaudación electrónica, en consonancia a los objetivos a cumplir, tareas a desarrollar e instrumentos de análisis a utilizar. No se considerarán para efectos de la evaluación del criterio Ítem III “Experiencia de los oferentes”, de la Tabla N° 1 del punto 2.18., consultorías y/o proyectos en desarrollo que no hayan finalizado al cierre del plazo de presentación de ofertas.
Se evaluará favorablemente que el oferente cuente con experiencia en el desarrollo de consultorías y/o proyectos finalizados de igual o similar naturaleza asociadas a servicios de recaudación electrónica, en cuanto a los objetivos a cumplir, tareas a desarrollar e instrumentos de análisis a utilizar.
En caso de que el oferente no presente el Anexo N°9, se considerará que no cuenta con experiencia o que no acredita contar con ella, debiendo ser evaluado con puntaje “0” en el respectivo criterio. En caso de Unión Temporal de Proveedores, se debe presentar de manera conjunta un solo Anexo N°9, en caso contrario sólo se considerará para efectos de la evaluación, el que haya sido cargado en primer lugar por el oferente en el portal de mercado público, según orden correlativo de los mismos.
e) Documento que acredite situación de discapacidad y documento que acredite el vínculo laboral con el oferente: para efectos de la evaluación del Ítem IV de la tabla del punto 2.18 de las presentes bases, el oferente que cuenta con personas con discapacidad entre su personal (ya sea que esté dentro del equipo de trabajo ofertado o no) deberá indicarlo expresamente en el Anexo N°9 de esas bases administrativas.
Para obtener el puntaje en el referido ítem, deberá, además, acreditar la situación de discapacidad y el vínculo laboral con el oferente, conforme a lo siguiente:
a) Situación de discapacidad: adjuntando a su oferta la constancia de discapacidad de dicha(s) persona(s), pudiendo consistir en un certificado emitido por la COMPIN, una copia del certificado o credencial de discapacidad, ambos emitidos por el Servicio de Registro Civil e Identificación, o bien, un certificado, resolución u otro documento equivalente emitido por la autoridad extranjera competente.
b) Vínculo laboral: i) en el caso de trabajador(es) que se desempeñe(n) en Chile, adjuntando a la oferta un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales con su nómina de trabajadores, emitido por la Dirección del Trabajo dentro de los 60 días anteriores a la presentación de la oferta, en que figure(n) la(s) persona(s) con discapacidad; ii) en el caso de trabajador(es) que se desempeñe(n) fuera de Chile, adjuntando a la oferta copia del contrato de trabajo.
En el evento de que la documentación indicada precedentemente se encuentre en un idioma distinto al español, deberá entregarse traducida al español.
En caso que el oferente no indique expresamente que cuenta con personas con discapacidad entre su personal en el Anexo N°9 y/o no presente dicho anexo, el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo y/o la constancia de discapacidad de dicha persona y/o la copia el contrato de trabajo, según corresponda; se considerará que no cuenta con personas con discapacidad entre su personal o que no acredita contar con ellas, debiendo ser evaluado con puntaje “0” en el respectivo criterio.
f) Equidad de Género: Del listado para la evaluación de equidad de género propuesto en el Anexo N° 11 se desprenderá la información de la cantidad de mujeres integrantes del equipo de trabajo, para efectos de evaluar el criterio “Equidad de género” del equipo ofertado, de acuerdo a lo dispuesto en la Tabla N° 1, ÍTEM V: EQUIDAD DE GENERO del punto 2.18 de estas bases de licitación.
Cabe señalar, que la presentación del Plan de Trabajo, el Organigrama, los currículums vitae (Anexos N° 10), así como las copias simples de los certificados
de título que acrediten la calidad de profesional de todas las personas que integran el equipo de trabajo definido en el respectivo organigrama (tanto de los tres cargos mínimo de responsabilidad como del resto del equipo), no podrá ser subsanada, por tanto, la oferta que carezca de lo precedente deberá ser declarada inadmisible.
Es importante señalar que, la Comisión Evaluadora no solicitará subsanar errores u omisiones respecto de los antecedentes que formen parte de la oferta técnica. Por tanto, solamente evaluará las ofertas con los antecedentes presentados, siempre y cuando sea procedente. Sin perjuicio de ello y en virtud de lo dispuesto en el punto 2.8 de estas bases, en caso de dudas la comisión evaluadora podrá solicitar antecedentes meramente aclaratorios con respecto a las ofertas.
(VER BASES TÉCNICAS ADJUNTAS EN RESOLUCIÓN EXENTA N° 288/2025)
|
|
|
| |
|