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PRESENTACION DE LAS OFERTAS |
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Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del portal Mercado Público, en formato digital,
dentro del plazo de recepción de estas establecido en la calendarización de la licitación.
En caso de participar mediante Unión Temporal de Proveedores (UTP), el oferente debe seleccionar
la opción correspondiente en el portal, adjuntar el documento que formaliza la UTP y cumplir con
lo establecido en los artículos 180 y 181 del Decreto N°661/2024. No se permitirá que un mismo
oferente participe simultáneamente de forma individual y en UTP en el mismo proceso (artículo 48
del Decreto N° 661/2024).
Los formularios para la presentación están disponibles en formato editable (documento word) en el
portal Mercado Público. La presentación de la oferta implica la conformidad plena del oferente con
las bases administrativas, técnicas y las respuestas a consultas, sin reservas ni condiciones.
Si existiera una indisponibilidad técnica del portal, certificada por la Dirección de Compras y
Contratación Pública mediante certificado de indisponibilidad que deberá ser solicitado por el
proveedor interesado, y solicitada dentro de las 24 horas posteriores al cierre de recepción, los oferentes afectados tendrán un plazo adicional de 2 días hábiles para presentar la oferta en formato
físico, conforme a la cláusula “licitaciones en soporte papel” de estas bases.
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OFERTA TÉCNICA |
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La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en las Especificaciones Técnicas y satisfacer todos los requerimientos allí señalados. La especificidad de lo ofertado deberá ser consignada en la propuesta técnica, podrá además complementar con documento que debe ser subido al portal mercado público si así lo considera proveedor antes del cierre de la propuesta, en la cual se deberán incluir todos o los antecedentes específicos descritos en su Formulario N°4, el que deberá ser, además, suscrito por el oferente y declarar su cumplimiento, en señal de aceptación, además de los archivos anexos de respaldo que estime pertinente en oferta técnica señalados en las presentes bases.
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OFERTA ECONÓMICA |
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Las ofertas económicas deben ser expresadas en pesos chilenos ($). Aquellas ofertas económicas que sean expresadas en una moneda o unidad de reajustabilidad distinta a la señalada serán declaradas INADMISIBLES.
En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl se deberá informar el precio total de los productos requeridos, expresado en Pesos y sin impuestos (NETO). Adicionalmente, deberá presentarse en forma obligatoria a través del portal, la Oferta Económica Detallada, según se describe en el Formulario Económico de las presentes bases.
La evaluación de las ofertas se efectuará en atención a lo informado en el referido Formulario Económico, por lo que, los proponentes que no acompañen dicho formulario, debidamente completado y firmado, no serán evaluados por resultar sus ofertas INADMISIBLES.
En caso de que se presente disconformidad entre el precio informado por el oferente en el formulario electrónico y el precio señalado en el Formulario Económico, primará el precio informado en el referido formulario.
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DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN |
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A. Documentos Administrativos:
• Formulario N°1: Identificación del Oferente. Se solicita consignar datos de Representante Legal que efectúa declaración jurada online y que además será quien formalice contrato de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
• Formulario N°2: Declaración Jurada de Socios. Solo para aquellos proveedores que oferten en modalidad UTP, se deberá dar cumplimiento a
lo establecido en articulo N°180 y 181 bis del Decreto N° 661/2025. Documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar como Unión Temporal de Proveedores.
• Declaración Jurada Digital: Los/as oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten esta declaración, serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participaran de la evaluación de las ofertas.
• Formulario N°3: Programa de Integridad y Compliance de acuerdo a Articulo 17 Decreto N° 661/2024 y su medio verificable de difusión.
Se entenderá por programa de integridad, cualquier sistema de gestión que tenga como objeto prevenir, identificar y sancionar las infracciones a las leyes, regulaciones, códigos y procedimientos internos, que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento y de prevención de la corrupción. Para efectos de la evaluación, dicha información será acreditada presentando a lo menos, uno de los siguientes documentos:
a) Certificaciones en materia de cumplimiento normativo.
b) Código de ética, plan de integridad, implementado por la empresa.
c) Capacitaciones, cursos o jornadas en materia de integridad, impartidas a todos o parte del personal que presta servicios para la empresa, debiendo acompañar los certificados o constancias correspondientes.
Consideraciones para el declarante:
“Selecciona a la persona que firmará esta declaración jurada. Te recordamos que debe ser un Representante Legal de tu empresa. Podrás seleccionar alguno de los Representantes Legales obtenidos del Servicio de Impuestos Internos o agregar uno nuevo.”
B. Antecedentes Técnicos (OBLIGATORIO):
• Formulario N°4: Especificaciones técnicas. El proveedor deberá adjuntar en su oferta este anexo obligatorio donde señale el cumplimiento de las características solicitadas en el proceso, señalando nombre y página donde se compruebe en su catálogo o ficha técnica.
• REGISTRO COSMETICO ISP
C. Antecedentes Económicos (OBLIGATORIO):
• Formulario N°5: Económico. El proveedor deberá indicar detalladamente en su oferta sobre el costo de cada línea indicadas en el Formulario N°5, siendo el valor a evaluar, además del monto ofertado se señalará en este documento el plazo de entrega del requerimiento y garantías de los productos (en meses).
La omisión de documentos/antecedentes técnicos y/o económicos será causal de declarar la oferta inadmisible.
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VALIDEZ DE LA OFERTA |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la entidad podrá solicitar a través del Portal www.mercadopublico.cl, la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en el proceso.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o
condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para
solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en
las presentes bases de licitación.
La oferta se declarará inadmisible en los siguientes casos:
- La no presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl , salvo en lo descrito en el
artículo 115 del reglamento de compras N°661/2024.
- Si omite en la presentación de la oferta los Formularios Técnicos (N°4), Económicos (N°5) u
omite alguna información fundamental para la evaluación requerida (Ficha Técnica).
- Si la oferta no cumple con la totalidad de los criterios considerados como obligatorios en el
Formulario N°4.
- Si omite en la presentación de la oferta documento público o privado que da cuenta del acuerdo
para participar cómo unión temporal de proveedores (Sólo cuando corresponda).
- Se verificará la habilidad de los integrantes de la UTP, se declarará inadmisible si no da
cumplimiento a lo establecido en Articulo 182 del reglamento de compras N°661/2024 a cada
integrante de la unión individualmente. La oferta presentada por una unión compuesta por
proveedores que no correspondan a una empresa de menor tamaño será declarada
inadmisible.
- De acuerdo a Artículo 48 del reglamento de compras N°661/2024 serán inadmisibles aquellos
oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y
a través de Unión Temporal de Proveedores.
- No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con
las Entidades (Artículo 58 y 120 del del reglamento de compras N°661/2024).
- Se declarará inadmisible las ofertas simultáneas, conforme a lo señalado en el reglamento de
compras N°661/2024, Artículo 60.- Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores
del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. Se declarará inadmisible una o más
ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas
respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo
empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. Se
evaluará a la oferta más conveniente para el Servicio de acuerdo a lo señalado en el mismo
articulo del reglamento de compras.
- Si el proveedor le afectare alguna de las inhabilidades contempladas en los artículos 33 de la
ley N°21.595; 8 y 10 de la ley N°20.393 y 35 quáter de la ley N°19.886. (Aplica Dictamen E485379
de 2024).
Las demás causales que señala la ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro
y prestación de servicios, Ley 21.634 que Moderniza Ley de Compras y su reglamento, el decreto
N°661 publicado con fecha 12/12/2024 del Ministerio de Hacienda. La declaración de
inadmisibilidad se traducirá el rechazo de la oferta, no se someterá a proceso de evaluación. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o
cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses técnicos y/o económicos. Dichas
declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán
derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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CONSULTAS Y RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN |
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La Unidad Licitante podrá efectuar aclaraciones y/o alcances a las Bases o Ficha de Licitación y demás documentos de la propuesta, antes de la recepción de las ofertas, hasta el día de la fecha indicada en el Calendario de la Licitación como fecha de término de consultas. Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo a lo que resuelva el Servicio. De verificarse una ampliación, ella será dada a conocer a todos los oferentes mediante una aclaración a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras.
Las respuestas serán también públicas en el Sistema de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Posterior a la publicación en el portal, dichas preguntas y respuestas serán aprobadas por el correspondiente Acto Administrativo. (Art. 108 letra a) Licitación Pública N°3, Decreto N° 661/2024.
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MODIFICACIÓN DE BASES |
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La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, de oficio o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl y formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación,
según lo señalado en el artículo 40 del Decreto N°661, reglamento de la Ley de Compras.
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MODIFICACION DE FECHA DE CIERRE |
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En caso de modificarse (ampliarse) la fecha de cierre de recepción de ofertas de las presentes bases de licitación, la entidad publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, fundando las razones de dicha ampliación.
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MODIFICACION FECHA DE ADJUDICACION |
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En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación,
se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, fundando las razones de dicha ampliación.
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COMISIÓN DE EVALUACIÓN |
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La apertura en el Portal Mercado Publico, evaluación y calificación de las ofertas de manera administrativa, técnica y económica estará a cargo de una Comisión de Evaluación considerando los Artículos 13 y 54 contenidas en Decreto N° 661/2024, la que estará integrada por los siguientes profesionales del Servicio:
- Profesional Asesor del Programa Odontológico del Servicio de Salud Talcahuano, o quien lo subrogue o reemplace legalmente.
- Jefatura Depto. Gestión de los Programas de Salud del Servicio de Salud Talcahuano, o quien lo subrogue o reemplace legalmente.
- Jefatura Depto. Abastecimiento y Logística del Servicio de Salud Talcahuano, o quien lo subrogue o reemplace legalmente.
La Comisión de Evaluación, en conformidad a las atribuciones entregadas por el Mandante de acuerdo al contenido de este capítulo y demás antecedentes de las presentes Bases, queda facultada para:
a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal www.mercadopublico.cl.
b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas se comunicarán a los demás oferentes, solo para efectos que estos tomen conocimientos de las mismas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o rupturas del principio de igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes para la adecuada evaluación y comprensión de las propuestas.
c) Solicitar a cualquier oferente, que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas. Estos requerimientos se harán por escrito a través del portal www.mercadopublico.cl, debiendo el oferente dar respuesta en la misma forma, dentro de 48 horas.
d) En caso de falta de algún antecedente administrativo, se solicitará su ingreso a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro de las 48 horas posteriores a la consulta.
e) Revisará y estudiará la documentación solicitada, evaluará las ofertas técnicas y económicas confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes.
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MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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En caso de que exista empate entre dos o más oferentes, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje hasta dos decimales posibles durante la evaluación de las ofertas, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje, en orden de prelación sucesiva y excluyente:
1. Valor Neto de la Oferta
2. Plazo de Entrega
3. Comportamiento Contractual Anterior
4. Programa de Integridad y Compliance
5. Cumplimiento de Requisitos Formales
Si de persistir el empate se adjudicará al oferte que primero hubiese ingresado su oferta al portal www.mercadopublico.cl considerando en primer lugar fecha y luego hora.
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ADJUDICACIÓN |
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Finalizado el proceso de evaluación de las ofertas, el SST aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las presentes bases. La presente licitación se adjudicará bajo modalidad adjudicación simple a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de 24 horas trascurridas desde su publicación en el portal.
No obstante:
-La entidad licitante no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las bases.
-No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentran inhabilitados para contratar con las entidades.
-No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realiza en
conformidad a la ley.
El SST se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas, si no cumplen con una o más disposiciones de estas bases. Así mismo, se podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la entidad licitante. La adjudicación será dejada sin efecto por el Servicio dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
-Si el adjudicatario rechaza la adjudicación, ya sea por escrito o a través del portal.
-Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en el proceso para la suscripción o aceptación de
documentos.
-Si el adjudicatario infringiere la Ley N°19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el
artículo 4° de la referida Ley.
Lo anterior, de acuerdo a los plazos establecidos en las presentes bases y sin perjuicio de la facultad del Mandante de dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le
seguía en puntaje, dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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READJUDICACION |
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El mandante se reserva el derecho de re-adjudicar la licitación en los siguientes casos:
- Cuando las condiciones en las cuales fue adjudicada la propuesta hayan cambiado o si el oferente adjudicado alude a un caso fortuito o fuerza mayor.
- Si el adjudicado desiste de su oferta.
- Si el adjudicado rechaza la orden de compra.
- En caso de término anticipado del contrato.
- Cuando en los 2 años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, haya sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos
concursales establecidos en el Código Penal.
- Si al proceder con la readjudicación de la segunda oferta mejor evaluada, dicho adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, se procederá a rechazar y declarar inadmisible su oferta, con expresión de causa en acto administrativo correspondiente y proceder con la oferta que le siga en puntaje y así sucesivamente. No obstante, la entidad
podrá determinar realizar un nuevo proceso de compra, sin ningún tipo de indemnización al o los oferentes.
La readjudicación será de acuerdo a los plazos establecidos en las presentes bases y sin perjuicio de la facultad del Mandante de dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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CONTRATO |
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Podrán formalizarse las adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes y/o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas Bases de licitación, según lo señalado en el artículo 117 del reglamento de compras N°661/2024.
En consecuencia, para el presente proceso licitatorio, la orden de compra será considerada el instrumento que formaliza la contratación.
Administración: El referente técnico asignado del Depto. Gestión de los Programas de Salud de la Dirección del Servicio de Salud Talcahuano, o quien lo subrogue o reemplace legalmente, o el
funcionario que el director del Servicio de Salud Talcahuano designe en su reemplazo, siendo señalado en la ficha de contrato respectiva.
Las funciones de los Supervisores del Contrato serán las siguientes:
-Validar las facturas, según la conformidad de los servicios.
-Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda.
-Requerir el término anticipado del contrato si correspondiere.
-Colaborar, exigir y asistir al proveedor adjudicado, en el ámbito de sus competencias.
-Dirigir, supervisar y controlar el desarrollo de los servicios encomendados, velando por el
estricto cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios y el cumplimiento de los plazos
estipulados; todo lo relativo a la correcta ejecución de los servicios que se contraten
-Recibir conforme la prestación del servicio, los productos e informes y/o certificaciones, cuando corresponda.
-Informar a su Jefatura Directa la aplicación de sanciones/multas en los casos que corresponda.
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AUMENTOS Y/O DISMINUCIONES |
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El Servicio de Salud Talcahuano se reserva el derecho de aumentar o disminuir lo requerido fundadamente y conforme a los requerimientos de la institución, limitando a un aumento o
disminución de hasta 30% de las cantidades estimadas de la presente licitación según disponibilidad presupuestaria, sin alterar los principios de estricta sujeción a las bases y de la igualdad de los oferentes. Esto se calculará posterior a la adjudicación donde se adjudicará la cantidad máxima según el presupuesto disponible.
Fórmula: Cantidades estimadas licitadas por ítem x 0,3. (Tope máximo 30%)
Dicha modificación quedará establecida en la Resolución de adjudicación o la Resolución que amplié el convenio y en la nueva orden de compra que se envíe a proveedor adjudicado, ajustándose a presupuesto descrito en la presente licitación.
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RECEPCION CONFORME Y MODALIDAD DE PAGO |
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El proveedor deberá ACEPTAR la orden de compra dentro de 24 horas siguientes al envío de ésta por el portal www.mercadopublico.cl. El SST teniendo a la vista ORDEN DE COMPRA en estado ACEPTADA procederá a realizar la RECEPCIÓN CONFORME en la plataforma www.mercadopublico.cl una vez verificada la entrega de los BIENES adjudicados.
El pago se realizará vía transferencia electrónica previa Recepción Conforme de lo solicitado. Para todos los efectos, cada uno de los pagos será efectuado conforme con lo dispuesto en la ley N°21.131 “Ley de pago a 30 días” para el sector salud, una vez recibida y aceptada la factura correctamente emitida e ingresada a través de dipresrecepcion@custodium.com. En caso de existir observaciones, se comunicará oportunamente a proveedor y una vez que se subsane eventuales observaciones por parte del proveedor contratado se seguirá con el proceso. En todos los casos, será responsabilidad del proveedor revisar conformidad o reclamo de factura en sistema Acepta, para tramitar nuevamente en caso de ser reclamada su factura.
El establecimiento podrá reclamar del contenido del documento tributario dentro de los 8 días siguientes a su recepción. Si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar el plazo de vencimiento de su pago.
El DTE debe ser enviado en formato XML a la casilla dipresrecepcion@custodium.com y se emitirá con los siguientes datos:
• Nombre: Servicio de Salud Talcahuano
• R.U.T: 61.607.200-5
• Dirección: Avenida Colón 3030 Talcahuano.
• Campo 801 del DTE: Indicar el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl
• Glosa: Detalle de los bienes o servicios entregados
Toda Orden de compra deberá llevar asociado y como referencia una orden de trabajo que deberá ser validada por Ref. de la Dirección a fin de evitar uso indebido del convenio. Además, debe indicar en la factura el número de la orden de compra de la licitación correspondiente.
El Servicio de Salud Talcahuano solo podrá hacer efectivos los pagos una vez cumplidos los siguientes requisitos copulativos: Recepción Conforme de los servicios por Referente Técnico del Contrato del SST, total tramitación del acto administrativo correspondiente y aceptación electrónica en el portal www.mercadopublico.cl de la orden de compra por parte del proveedor.
En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
En caso de modificación de la normativa de pago o tramitación documental durante la evaluación, vigencia y/o adjudicación del presente proceso licitatorio y/o acto administrativo, operará la normativa vigente a la fecha de su ejecución, ya sea, para los plazos, forma de pago y normativa aplicable a los establecimientos, proveedores y sus condicionales.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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